PRONUNCIAMIENTO ICU EN CONTRA DE LA LEY FINA NCIAL ELABORADO POR LA COMISIÓN ESPECIAL DEL ICU INTEGRADA POR LA DRA. SARA GUTIERREZ Y EL ING. CARLOS COLANZI
1. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA GABRIEL RENE MORENO.
DEL ILUSTRE CONSEJO UNIVERSITARIO
A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y AL PUEBLO DE BOLIVIA.
Estoy completamente en desacuerdo con tus ideas
pero daría gustoso mi vida por defender tu derecho
a expresarlas.
Voltaire.
La Universidad que es cuna de la pluralidad de ideas y de tolerancia, cuya esencia radica en
eliminar todo dogma que busque uniformizar el pensamiento de los hombres libres, expresa
en su razón de ser que solo con libertad puede avanzar la ciencia y el conocimiento. En este
sentido, la defensa de la autonomía universitaria expresa tácitamente la defensa misma de la
democracia frente a los peligros del autoritarismo. La defensa de la autonomía universitaria
como conquista democrática está fundada en la preservación de la universidad de las acciones
discrecionales y arbitrarias que puedan emerger del poder ejecutivo a través de la Ley
Financial u otras leyes.
Pese a que el Art. 92 de la actual Constitución respeta la autonomía universitaria desde el
poder central se trata de perforar la misma a través de la aplicación de la Ley Financial. La
autonomía universitaria le da a la Universidad la facultad de “administrar libremente sus
recursos, el nombramiento de sus autoridades y personal docente y administrativo; la
elaboración y aprobación de sus estatutos, planes de estudio Y PRESUPUESTOS ANUALES. Si la
Ley Financial fija un techo al salario máximo que debe percibir un profesor o una autoridad
universitaria, está desconociendo una serie de derechos laborales adquiridos colisionando
con el Art. 48 de nuestra Constitución Política del Estado, la Ley General del Trabajo y lo que
es peor, está dando lugar a discriminación de algunos derechos políticos de los profesores
antiguos, los cuales no podrán acceder a ocupar cargos de autoridad los que además
representan mayor responsabilidad.
La Universidad está sufriendo la fuga de cerebros y esto con el tiempo va a repercutir
negativamente en los futuros profesionales que egresen de nuestras aulas universitarias.
El art.77 de la Constitución Política del Estado en el parágrafo I establece que la EDUCACIÓN
CONSTITUYE UNA FUNCIÓN SUPREMA Y PRIMERA RESPONSABILIDAD FINANCIERA DEL
ESTADO, que tiene la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla.
2. Por lo tanto, la Universidad en ejercicio de su autonomía a través del co‐gobierno universitario
es la única que, sobre la base de las necesidades regionales y nacionales debe elaborar su
presupuesto sin esa condicionante que le impone la ley Financial en sus art. 8, 29,41. De tal
manera que el Ilustre Consejo Universitario reunido en fecha 21 de diciembre 2010 manifiesta
su posición con referencia a esta situación y declara lo siguiente:
1.‐ Nuestro compromiso militante de defensa de la autonomía universitaria contra cualquier
poder que pretenda menoscabarla.
2.‐ Nuestro respeto a la diversidad cultural, sin que ello implique el empoderamiento de una
cultura sobre otra.
3.‐ Nuestro respeto a la ley y al derecho de las personas de ser juzgadas con absoluta
imparcialidad.
4.‐ Nuestra lucha en defensa de los derechos adquiridos y consolidados a través del tiempo
de los profesores universitarios.
Univ. EDSON MONTAÑO Univ. YAJAIRA SAN MARTIN.
Abg. SARAH GUTIERREZ. Ing. CARLOS COLANZI.
Abg. ROBERTO CAPOBIANCO.
COMISIÓN ESPECIAL ICU