2.
El Derecho Informático, ha sido analizado
desde diversas perspectivas. Por un lado
el Derecho Informático se define como un
conjunto de principios y normas que
regulan los efectos jurídicos nacidos de la
interrelación entre el Derecho y la
informática. Por otro lado hay definiciones
que establecen que es una rama del
derecho especializado en el tema de la
informática, sus usos, sus aplicaciones y
sus implicaciones legales.
3.
4.
Desde la aparición de la computación
como un fenómeno, ésta ha sido benéfica
en las distintas áreas de la ciencia y la
cultura. La tecnología siempre ha sido
gran aliada del ser humano, pero ¿qué
pasa cuando ésta se pone al servicio de la
delincuencia?.
5.
6.
Se ha considerado que ésta nueva faceta
del derecho no debe ser considerada tanto
como una rama subyacente de la ciencia
del derecho, si no como un proceso de
transformación de la misma, ya que la
aparición de la informática ha provocado
la diversificación de los procesos jurídicos,
tales como juicios, pruebas, medios de
delinquir, etc.
7.
En derecho penal, se afronta un nuevo reto
en cuanto la sanción y clasificación de los
delitos, ya que como sabemos el delito se
define como una conducta que es sancionada
por las leyes de defensa social. Pero que
sucede cuando el medio es la tecnología, los
abogados defensores de los delincuentes
informáticos podrían alegar la ausencia de
alguna característica que integre la
configuración de un delito, como la tipicidad,
ya que el derecho aún no prevé muchos
actos informáticos ilegales como delitos o la
punidad por la misma causa.
9.
La Federación Iberoamericana de
Asociaciones de Derecho e Informática
(FIADI]) es una de las ONG pioneras en la
región en la promoción, estudio y
desarrollo de la Informática Jurídica y el
Derecho Informático y fue fundada en el
año 1984 con ocasión del I Congreso
Iberoamericano de Informática Jurídica,
celebrado en Santo Domingo, República
Dominicana.
10.
Casi coetáneamente con la anterior nace
el Instituto Latinoamericano de Alta
Tecnología, Informática y Derecho
(ILATID), organización que desde 1984
reúne en los países de América Latina y el
Caribe a profesionales del Derecho que
cooperan en proyectos de investigación y
desarrollo conexos con aspectos legales
de las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones.
11.
Alfa-Redi, establecida en 1998 es una
organización de la Sociedad Civil, de base
en Latinoamérica, dedicada investigación,
discusión, formulación de propuestas y
acción en temas de Políticas de Sociedad
de la Información. Asimismo es parte de
la labor de Alfa-Redi la formación y
capacitación en estas temáticas.
12.
El derecho informático surge de los
conceptos de tecnología y sociedad de
información que son antecedentes
necesarios del derecho informático con la
finalidad de regular el comportamiento en
un ámbito tecnológico. actualmente el
derecho no es muy especifico en si, mas
bien el derecho digital lo abordan las
materias de penal, civil y comercial.
13. LEY PARA EL USO DE MEDIOS
ELECTRÓNICOS DEL ESTADO DE
MÉXICO
14. lo podemos consultar en:
http://www.edomex.gob.mx/legistelfon/doc
/pdf/ley/vig/leyvig153.pdf