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MANUAL DE CONVIVENCIA
Fecha: 01.02.14
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MANUAL DE CONVIVENCIA
ESCUELA CEFAP DE LA CARACAS
Resolución Nº 1460 de mayo de 1996 y 13-0110 de Diciembre 01 de 2009
De la Secretaría de Educación y Acuerdos Ejecutivo Nº 13
Del Ministerio de salud
Del 12 de diciembre de 1995, No 0410 de Noviembre 13 de 2009
Del Ministerio de Protección Social.
Reconocimiento SENA Resolución No 01833 de Mayo 15 de 2.013
MÓDULO DE LECTURA OBLIGATORIA
PARA ESTUDIANTES, DOCENTES Y COMUNIDAD
EDUCATIVA.
Calle 52 No 15-68
PBX: 2496653 Fax: 2559353
Bogotá D.C., Colombia
MANUAL DE CONVIVENCIA
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MISIÓN
Formar colombianos en ciencias de la salud líderes en TÉCNICOS LABORALES POR COMPETENCIAS EN
AUXILIARES EN ENFERMERÍA, con un alto sentido ético, humano y pedagógico, capaces de orientar, asistir y
participar en el cuidado integral del paciente y su familia. Promover la Salud y prevenir la enfermedad en el área
comunitaria, clínica y empresarial, actuando con éxito en el campo laboral de la salud, a través de un equipo humano
profesional comprometido y competente.
VISIÓN
Proyectarnos para el año 2016 como una Institución de Educación de alto reconocimiento por su aporte al sistema de
salud colombiano y contribución a la humanización del servicio de enfermería, a partir del alto desempeño de sus
egresados y el desarrollo de cualidades como crecimiento integral, y ser pioneros en la formación de Auxiliares de
Enfermería estando a la vanguardia entre los mejores centros educativos de su área en el país.
POLÍTICA DE CALIDAD
Consciente del compromiso social y de la necesidad de cumplir con los requisitos del Cliente y de las partes intere-
sadas, la alta dirección de CEFAP DE LA CARACAS define la POLÍTICA DE CALIDAD Y OBJETIVOS DE CALI-
DAD así:
Somos una institución de formación para el trabajo y desarrollo humano dedicada a la formación integral por compe-
tencias laborales. La calidad para CEFAP es una filosofía, un objetivo y un compromiso basado en la satisfacción
plena de la Institución, de sus estudiantes y usuarios. Por eso mejoramos continuamente nuestros procesos con un
talento humano altamente calificado, con el apoyo de otras instituciones del sector.
OBJETIVOS DE CALIDAD
 Formar auxiliares en enfermería con alto sentido de ética, humano y académico.
 Tener la más alta calidad en la formación de acuerdo con la normatividad vigente.
 Contar con talento humano capacitado y competente.
 Fortalecer alianzas que nos permitan mejorar nuestro proceso educativo.
 Mantener la satisfacción del cliente
 Mejorar continuamente nuestro sistema de gestión de calidad
PRINCIPIOS
 CRECIMIENTO INTEGRAL
 TRABAJO EN EQUIPO
 BUSQUEDA DE LA EXCELENCIA
VALORES
 HUMANIZACIÓN
 RESPONSABILIDAD
 HONESTIDAD
 DISCRECIÓN
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1. INTRODUCCIÓN
El manual de convivencia ha sido elaborado con la participación de la comunidad educativa, teniendo como referente
la Constitución Nacional, la Legislación Educativa y la Misión y Visión Institucional.
CEFAP DE LA CARCAS, como organización social debe establecer normas y pautas que regulen las relaciones
entre los miembros de su comunidad, y siendo el estudiante el sujeto central del proceso socio-educativo, adquiere
derechos y compromisos que deben ser explícitos, claros y lo más importante, aceptados e incorporados.
El Manual de Convivencia de CEFAP ha sido concebido dentro de los criterios anteriores; es una herramienta
ordenadora y dinamizadora del desarrollo integral de la comunidad educativa. Por lo tanto, más que una
normatividad rígida e inmutable, se debe entender como el compendio de los criterios orientadores de personas
responsables y autónomas en búsqueda del bien común y la excelencia en la formación para el trabajo.
La lectura del este documento es obligatoria, dado que su desconocimiento no autoriza en modo alguno la
transgresión del reglamento. Este contiene los elementos esenciales del reglamento y en tanto no se modifique el
contenido del mismo, a él deberán atenerse en sus relaciones con los organismos de dirección de la institución.
El Manual de Convivencia de Estudiantes en Formación de las Instituciones de Educación para el Trabajo y el
Desarrollo Humano, hace parte integral del Reglamento Pedagógico, necesario para establecer normas y
disposiciones que coadyuven al logro de los Fines de la Educación de conformidad con lo establecido en el Artículo
67 de la Carta Política y en consonancia con el Artículo 5 de la Ley 115 del 8 de Febrero de 1994, permitiendo un
efectivo desarrollo de los Programas Formativos ofrecidos en la entidad, a partir de la definición de los derechos y
obligaciones, de los estudiantes en formación con miras al logro de las competencias laborales en el ámbito del
saber, el hacer y el ser dentro del contexto del área de la salud.
Los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos, estarán
aceptando todas las disposiciones del mismo, constituyéndose en Ley para las partes, por constituirse en
fundamento conceptual e integral de los Contratos de Prestación de Servicios Educativos a nivel de Educación para
el Trabajo y el Desarrollo Humano.
CAPÍTULO I.
DE LOS PRINCIPIOS Y OBJETIVOS.
Los principios y objetivos del manual de convivencia de CEFAP, están basados en los principios y valores
institucionales que orientan nuestra institución así:
NUESTROS PRINCIPIOS
CRECIMIENTO INTEGRAL: Es formar a la persona en las áreas del saber, el hacer y el ser con especial énfasis en
el ser dado el trabajo que va a desarrollar el estudiante y motivándolo para que la formación no sea orientada solo al
trabajo si no aplicable a su vida.
TRABAJO EN EQUIPO: Orientar al estudiante con la conciencia de que desarrolla un trabajo interdisciplinario con un
fin común, que debe desarrollar sinergia con sus compañeros en búsqueda de un objetivo común ya sea a nivel
asistencial o preventivo.
BUSQUEDA DE LA EXCELENCIA: Desarrollar en el estudiante el sentido de mejoramiento continuo para que lo que
desarrolle lo haga de la mejor manera posible.
NUESTROS VALORES INSTITUCIONALES:
HUMANIZACION: Compartir el sentir del paciente y actuar como quisiera ser tratado en una situación similar.
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RESPONSABILIDAD: Es la exigencia que se encuentra más allá del contrato de servicios y del derecho; significa
responder a la salud y bienestar del paciente. La responsabilidad que se genera al atender a alguien que se
encuentra en una situación de vulnerabilidad y dependencia exige un compromiso que va más allá de la esfera
estrictamente asistencial. El auxiliar debe conocer la magnitud de su labor y afrontarla de manera positiva e integral,
en pro del mejoramiento del paciente o del ámbito de salud empresarial.
HONESTIDAD: El Auxiliar de Enfermería, debe actuar de acuerdo a como piensa y siente. A través de los
procedimientos, tener un accionar objetivo, real, verdadero y claro. Es la confianza de aquel que obra con carácter y
buena fe, que es incorruptible y honesto.
DISCRECION: La Auxiliar de Enfermería de CEFAP debe ser una persona que en la práctica al conocer determinada
información del paciente, esta es mantenida en secreto o transmitida de manera prudente y cautelosa de acuerdo a
lo que solicite la fuente de información. La discreción es un elemento de gran importancia a la hora de establecer
vínculos de confianza en el área de la salud.
Objetivos
1. Promover en la persona el respeto por el orden jurídico, a las autoridades legítimas, a la cultura nacional, a la
historia colombiana y a los símbolos patrios.
2. Brindar una formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, social, afectiva, ética y cívica.
3. Respeto a la vida, a los derechos humanos, mediante la tolerancia y la libertad.
4. Formar en la cultura de la promoción y prevención de la salud y la higiene, la recreación y el uso adecuado de
tiempo libre Formar auxiliares en enfermería con alto sentido de ética, humano y académico.
5. Tener la más alta calidad en la formación de acuerdo con la normatividad vigente.
RECONOCIMIENTO DE NORMAS DE OTRAS AUTORIDADES Y ORGANISMOS, EN EL CONTEXTO DE LA
NORMATIVIDAD INTERNA DEL MANUAL DE CONVIVENCIA. El Presente Manual de Convivencia, se supedita y
reconoce dentro de su contexto interno las normas promulgadas por:
1. El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) en módulo de Formación para el trabajo y el desarrollo humano.
2. Las determinaciones de los Organismos de Acreditación de la Calidad, en el marco de aplicación de los pro-
cesos y procedimientos del Sistemas de Gestión de la Calidad (SGC); y
3. Secretaria de Educación, Ministerio de Protección Social y Ministerio de Educación; y
4. Los demás estamentos, organizaciones, instituciones y entidades, que así lo exijan en el marco de los Conve-
nios o Alianzas Estratégicas Marco o Institucionales.
PAUTAS DE COMPORTAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES. Este Manual de Convivencia, fija pautas concretas de
comportamiento orientadas a la creación de hábitos de respeto, trabajo, disciplina, orden, puntualidad, presentación,
participación, responsabilidad de los miembros de la comunidad educativa.
CONCEPTO DE DISCIPLINA. Se entiende por disciplina la actitud, docilidad, y obediencia del estudiante, para el
que hacer en el lugar y tiempo en que le corresponde las actividades y labores de carácter académico. Dichas
labores comprenden el desarrollo de actividades extra clase.
El estudiante se comporta de acuerdo a los preceptos disciplinarios, cuando se somete a los cánones y orientaciones
de la entidad, consignados en los diferentes manuales, Manual de Convivencia y disposiciones promulgadas por el
Consejo de Dirección y los Funcionarios de Nivel Docente, Administrativo y Directivo de la Entidad, según su nivel de
competencia y acción en situaciones determinadas.
NORMAS DE ACCIÓN CONTENIDAS EN EL MANUAL DE CONVIVENCIA. El presente Manual de Convivencia
contiene las normas de acciones académicas y disciplinarias que adoptarán las Directivas y Docentes con relación a
los miembros de la comunidad educativa de CEFAP.
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ALCANCE DEL MANUAL DE CONVIVENCIA. Este Manual de Convivencia contempla en particular:
1. Las normas relativas al bienestar de la comunidad educativa.
2. Las pautas de comportamiento, normas que garantizarán el mutuo respeto entre estudiantes, docentes y directi-
vas.
3. La presentación personal de los estudiantes en los diferentes programas formativos.
4. Las sanciones disciplinarias, incluyendo el derecho de defensa como componente del debido proceso.
5. Otros de vital importancia para el desarrollo del objeto social de la entidad.
CAPITULO II.
DE LOS ESTUDIANTES.
DEFINICIÓN DE ESTUDIANTE. Se considera estudiante de la CEFAP, aquella persona mayor o menor de edad,
que ha llenado los requisitos académicos y financieros establecidos para el ingreso, que ha firmado la matrícula y el
contrato de prestación de servicios educativos, cumpliendo con todo el proceso de admisión.
CALIDAD DE ESTUDIANTE DE LAS PERSONAS MENORES DE EDAD. La calidad de estudiante de la persona
menor de edad, se perfecciona en el momento en el cual sus padres o acudientes en conjunto con ella, firman los
diferentes compromisos institucionales, que hacen parte integral del contrato de prestación de servicios educativos y
se les aplican en consecuencia las normas contenidas en el presente Manual de Convivencia.
CALIDAD DE LOS ESTUDIANTES. Para adquirir la calidad de estudiante es necesario haber sido admitido, previo
cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Manual de Convivencia, haber cancelado los derechos
pecuniarios, firmado la matrícula, como los demás compromisos y documentos referidos en el Artículo anterior.
CAPITULO III.
DE LAS MATRÍCULAS.
DEFINICIÓN DEL PROCESO DE MATRÍCULA. El Proceso de Matrícula es un convenio bilateral de naturaleza
académica y financiera entre CEFAP y el estudiante, por medio del cual la Entidad se compromete con todos los
recursos exigidos por la ley a darle formación integral en el programa escogido y el estudiante se obliga a su vez a
mantener un rendimiento académico suficiente, a cumplir los deberes inherentes a su calidad de estudiante y
establecidos en el presente Manual de Convivencia. La firma de este convenio en el Contrato de Prestación de
Servicios Educativos protocoliza la matrícula.
VIGENCIA DE LA MATRÍCULA. La vigencia de la matrícula se inicia con la firma del Contrato de Prestación de
Servicios Educativos y registro del mismo en el Sistema de la Entidad y termina cuando el Calendario Académico así
lo establece
CALENDARIO ACADEMICO. El semestre académico consta de dieciocho (18) semanas, incluido el tiempo de
evaluaciones, durante las cuales se cumple el programa de cada módulo.
MATRICULAS Y SU RENOVACIÓN
Matricula Académica: Es el proceso por medio del cual el estudiante se incorpora a la institución, queda adscrito a
un determinado programa y adquiere el compromiso de cumplir los estatutos y reglamentos de la institución. El
estudiante debe renovar su matrícula para cada periodo académico regular, si no lo hiciere, su readmisión quedara a
juicio del Rector. La matrícula y su renovación comprende dos aspectos: el académico y el administrativo.
CEFAP se reserva el derecho de admisión.
Al matricularse el estudiante únicamente entregará fotocopias de los documento solicitados que formaran parte del
archivo de la institución y por lo tanto no tienen carácter devolutivo.
Matricula Financiera: Está determinada por el pago de la matrícula y las cuotas que el estudiante deberá efectuar
durante el semestre.
Matrícula Regular: Es aquella que se otorga sin ninguna restricción.
Matrícula Condicional: Cuando se otorga bajo alguna condición académica disciplinaria o administrativa.
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 El valor de la matrícula no es reembolsable cuando ya se han iniciado las clases.
 El estudiante es el responsable de la renovación de su matrícula académica y financiera. Para ello, si esta
en prueba académica o excluida temporalmente, deberá presentar la autorización aprobatoria por escrito del
Coordinador Académico, donde se fijan las condiciones de la prueba académica. Estos estudiantes son
atendidos directamente por el Rector o el Coordinador Académico y su matrícula es condicional.
 Ningún estudiante podrá matricularse sin cumplir con el logro de las competencias señaladas para el
semestre académico y estar a paz y salvo financieramente.
 Modificación de horarios: ningún docente o estudiante podrá realizar modificación de los horarios sin la
aprobación previa del director académico, a efecto de evitar dificultades por asignación de salones o cruce
de horarios, u otras de carácter administrativo.
 Cumplimiento de horarios y respeto a la asignación de salones: ningún docente o estudiante podrá cambiar
la hora de clase y salón asignado, sin previa autorización por escrito del Coordinador académico. el
incumplimiento de esta norma ocasionará sanciones disciplinarias.
Sobre la aceptación de estudiantes de otras instituciones que deseen realizar matricula académica y
financiera.
 Todo estudiante que por razones particulares solicite matricularse con CEFAP de la caracas, provenientes
de otras entidades educativas, DEBE PRESENTAR ENTREVISTA con la psicóloga de la Institución o la
Coordinadora Académica y haber cumplido a cabalidad su formación teórico- práctica con notas
debidamente certificadas por Institución aprobada por las entidades del estado del o los semestres
cursados en ella.
 Toda certificación de estudios de otras instituciones deberá ser revisada por la Coordinación Académica,
para verificar si el pensum se ajusta de conformidad con el programa de CEFAP DE LA CARACAS, para
permitir al estudiante dar continuidad a su formación integral y así ser autorizado a matricularse al semestre
que corresponde.
 Si el estudiante Aspirante a matricula con CEFAP proveniente de otra institución, le certificarán pérdida de
un y hasta dos (2) módulos con nota menor de 3.0; deberá presentar una recuperación. Como lo consagra
el numeral 5 respecto al régimen de notas y evaluaciones. Así mismo, si la pérdida fuera de prácticas y/o
no las hubiera realizado y esta correspondiera al primer semestre deberá pagar el valor de una recuperación
de práctica (ver tabla de costos) y su rotación en tiempo no podrá ser menor a dos semanas de práctica,
en el horario en que disponga la institución sin interferir el semestre que cursa.
 Si el estudiante aspirante a matricula con CEFAP, proveniente de otra institución le certificarán pérdida de
prácticas clínicas o NO las realizó por razones del programa, de la entidad proveniente, el estudiante deberá
realizar la respectiva práctica de segundo semestre, que en todo caso no podrá ser menor a dos semanas
de práctica, en el horario en que disponga la institución sin interferir el semestre que cursa. Para validar su
aspiración de matriculado en nuestra entidad.
 Toda recuperación de teoría o práctica Clínica de estudiantes de otra entidad, genera costos establecidos
(Ver tabla de costos).
El tiempo de práctica y sitio de rotación se establecerá por la Coordinación Académica con la anuencia de
Rectoría.
PARÁGRAFO: El pago de recuperaciones de teoría o práctica, no garantiza la aprobación del módulo y se
aplicará, el reglamento académico de acuerdo a lo establecido en el numeral 6.12 y consiguientes.
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RETIRO DE SEMESTRE
El retiro del semestre se debe realizar por escrito dentro del plazo fijado en el calendario académico, e implica un
retiro voluntario del semestre. El retiro debe ser aprobado por el Rector, previa autorización del Coordinador
Académico. En caso de que el estudiante se encuentre con matricula condicional, las razones para el retiro se
estudiarán desde el punto de vista académico y disciplinario
El retiro extemporáneo del semestre se aceptará solamente cuando concurren razones de fuerza mayor, bajo la
condición de ser suspendido durante un semestre académico, según acuerdo del Rector y del Coordinador
Académico.
Para el reintegro, el estudiante debe presentar con 3 meses de anticipación al inicio del periodo académico al
que desea ingresar los siguientes documentos: una carta al Rector solicitando el reintegro, paz y salvo
financiero, y fotocopia de la autorización del retiro.
CAPITULO IV.
DE LOS DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS ESTUDIANTES.
DEFINICIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS ESTUDIANTES. Los derechos y las garantías de los
estudiantes son aquellas acciones que protegen y garantizan a estos el respeto y mutuo entendimiento con los
diferentes integrantes de la comunidad educativa.
IRRENUNCIABILIDAD DE LOS DERECHOS Y DE LAS GARANTÍAS. Los derechos y las garantías de los
estudiantes son irrenunciables.
DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS ESTUDIANTES. Son derechos y garantías de los estudiantes:
a. Ser respetado como persona por toda la comunidad institucional.
b. Utilizar los recursos de la INSTITUCION para su educación, de conformidad con el presente Manual de Convi-
vencia.
c. Ser asistido, aconsejado y oído por quienes tienen responsabilidad docente y directiva.
d. Presentar por escrito solicitud y reclamaciones ante las directivas competentes y obtener respuesta oportuna.
e. Expresar libremente las ideas, disentir y examinar los conocimientos dentro del respeto a la opinión ajena y cá-
tedra libre, proponiendo alternativas de solución.
f. Recibir la instrucción y formación integral que le permita su desarrollo y crecimiento personal.
g. Recibir el Manual de Convivencia y disposiciones proferidas por las directivas de la INSTITUCION y el respectivo
programa y módulos a cursar en el respectivo período.
h. No ser vulnerado en sus deberes por hechos imputables a la Institución.
i. Crear Comités para fomentar actividades culturales, profesionales y deportivas que no afecten los fines y organi-
zación de la Institución.
j. Solicitar certificados y constancias pertinentes de acuerdo a las normas y tarifas establecidas por la Institución.
k. Solicitar la realización diferida de evaluaciones previa excusa y justificación, las cuales según lo establecido en la
normatividad legal e institucional tendrá o no un costo por su realización.
l. A que se le den explicaciones pedagógicas sobre el rendimiento académico y proceso de aprendizaje.
m. A que se le escuche ante un problema académico o de cualquier índole que interfiera en su proceso formativo.
n. Conocer el rendimiento académico, de acuerdo a las determinaciones sobre la evaluación del proceso de ense-
ñanza y aprendizaje, que se realicen, de acuerdo a la naturaleza de los Módulos o Fases de Módulos.
o. Acogerse a las determinaciones de la Entidad cuando se trate de estudiantes en período de prueba, es decir que
no alcanzan el promedio académico exigido.
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p. Exigir el registro de asistencia a clases con cada uno de los Docentes.
q. Ser identificado con un carné.
r. Exigir el cumplimiento de un alto nivel académico, en lo que respecta al cuerpo docente y a la ejecución del
Proceso de Enseñanza- Aprendizaje-Evaluación.
s. Elegir y ser elegido para los cargos de representación estudiantil en los casos que contempla la institución.
t. Ejercer los derechos de defensa, controversia de la prueba, doble instancia y presunción de inocencia, de
acuerdo con los Principios que rigen el Debido Proceso.
u. Ejercer el derecho de petición consagrado en la Constitución Política Nacional.
v. En caso de ser menor de edad, acogerse a las determinaciones del Código del Menor.
CAPITULO V.
DE LOS ESTIMULOS ACADÉMICOS.
ESTIMULOS APLICABLES A LOS ESTUDIANTES DISTINGUIDOS DE LA ENTIDAD. Los estudiantes que se
distingan por su buen comportamiento, proyección de valores humanos y tecnológicos, dedicación al estudio y
creatividad. En general por toda actividad que conlleve al estímulo de las aptitudes intelectuales, artísticas, técnicas,
morales y/o deportivas; tendrán alguna o algunas de las siguientes distinciones.
1. Mención de honor al mejor estudiante certificado de la promoción de cada semestre en cada área.
2. BECAS: El estudiante que desee solicitar media beca lo hará de manera escrita, dirigida al consejo Directivo.
Debe tener una nota igual o superior a 4.7, en caso de ser adjudicado la media beca deberá conservar dicho
promedio. Esta solicitud rige también para los estudiantes nuevos.
CAPITULO VI.
SISTEMA EVALUATIVO (TEORIA Y PRÁCTICA)
Teniendo cuenta que la metodología del programa es presencial se establecerá los siguientes parámetros:
Cuando la justificación por falta de presentación de una prueba sea enfermedad la excusa médica deberá ser
expedida por una institución hospitalaria, EPS, ARS. (SISBÉN), a la que esté inscrito según el régimen de seguridad
social en salud; además deberá contener las fechas en las cuales el estudiante estuvo incapacitado y solo será
válida si se presenta dentro de los (3) tres días hábiles siguientes a la fecha en que cesó la incapacidad.
Justificada la ausencia por CALAMIDAD podrá presentar las pruebas que tuviera pendientes. En todo caso, la
fecha de la presentación de la prueba no podrá ser mayor a cinco días hábiles, amén de no superar los diez días
calendario, sumado de los cinco anteriores, después de esta fecha se dará por no presentado. El estudiante que no
tenga ninguna justificación el día del parcial este se dará por no presentado.
Se debe entender que en el tiempo de rotación de práctica el estudiante no podrá faltar a ningún turno sin justa
causa, en caso contrario deberá dirigirse a la Coordinación Académica. Cuando se programe asistencia a la
institución las fallas se contarán como de prácticas, toda vez que se cita al estudiante es para retroalimentar su
rotación clínica .Las recuperaciones prácticos son prácticos y serán calificados por un docente de práctica.
PARAGRAFO: Solo se aplicarán las recuperaciones de práctica en los siguientes casos:
- Suspensión por cualquier causa del contrato de aprendizaje, previo pago reglamentado.
- Hospitalización por enfermedad.
Cuando el estudiante deje de asistir a más del 80% de las clases programadas para un módulo, no tendrán valor las
evaluaciones presentadas con posterioridad al momento en el cual se exceda dicho porcentaje. Para todo efecto se
reconocerá la calificación acumulada hasta el momento de acuerdo con los porcentajes fijados en la evaluación del
módulo. Esa calificación será definitiva sin lugar a habilitación, recuperaciones o promoción.
MANUAL DE CONVIVENCIA
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Para los módulos que tienen intensidad de 4 horas semanales, el módulo se pierde con 6 y ½ fallas, que
corresponden a 13 horas; si la intensidad horaria es de 6 horas se pierde con 10 fallas correspondientes a 20 horas
6.1 Los resultados de la actividad académica del estudiante desde el punto de vista matemático se evalúan en una
escala de cero (0.0) a cinco (5.0), sin embargo la nota final será de (1.0) en caso de que el estudiante no cumpla
con ninguna actividad de la competencia. El módulo se aprueba con una nota igual o superior a tres (3.0). No
existen rehabilitaciones en el programa. El docente calcula el cómputo final de cada estudiante, aproximando la
fracción igual o superior a cinco centésimas a la décima inmediatamente superior, y la fracción inferior a cinco
centésimas a la décima inmediatamente inferior. Ejemplo: 2.95 o más se aproxima a 3.0 de 2.94 hacia abajo se
aproxima a 2.9.
6.2 El docente o formador de cada competencia debe entregar al comienzo del semestre el programa a los
estudiantes para que conozcan la estructura del curso, los temas, lecturas, trabajos y forma de evaluación. Las
evaluaciones de cada competencia se cumplirán a través de tres evaluaciones parciales, con un valor relativo
del 15% respecto de la calificación definitiva y de una evaluación final que representa el 30% de la misma
calificación y de otras pruebas con la equivalencia restante del 30% y el 10% para el SABER - SER. La
Institución fija en el calendario académico las fechas obligatorias para la presentación de los parciales y de la
evaluación final y los docentes de manera discrecional programarán las evaluaciones para el 40% restante. Los
seminarios y/o curso remedial (complementario) tendrán las mismas condiciones de un módulo normal,
excepto en cuanto hace a la flexibilidad metodológica y al régimen de pruebas.
El cambio en la forma de evaluación y en los porcentajes deberá ser autorizado por escrito por el Director previa
aprobación del concejo académico. Ninguna de las pruebas académicas señaladas para cada módulo, podrá
representar más del 40% de la correspondiente calificación definitiva.
Los estudiantes deben exigir a sus docentes el cumplimiento tanto de las fechas establecidas por la Dirección y
Coordinación académica para la realización de estas pruebas, como de los porcentajes de cada una de las
evaluaciones.
El desarrollo de las guías de trabajo, talleres y demás actividades pedagógicas son de obligatorio cumplimiento
por parte del estudiante en las fechas estipuladas por los docentes o formadores quienes ejercen el control de
las evidencias de aprendizaje del estudiante; salvo calamidad doméstica comprobada (presentada hasta 5 días
después de la fecha). De igual manera el cumplimiento de las evidencias requeridas y el portafolio.
6.3 El docente o formador no podrá reportar notas de estudiantes que no se encuentren registrados en la lista que
se les entregue. No puede directamente ni incluir, ni excluir a nadie de la lista de clases sin la debida
autorización escrita por parte del Coordinador o del Director; e igualmente no debe permitir el ingreso de
estudiantes que no se encuentren en la lista o debidamente matriculado, para el día del parcial el docente solo
permitirá la presentación de la lista autorizada, estudiantes que se encuentren a paz y salvo, de lo contrario el
docente pagará el valor del evaluación o parcial.
Toda autorización de Coordinación Académica para estudiantes debe hacerse de forma escrita
Cuando un estudiante deje de presentar una de las evaluaciones parciales por motivos debidamente
comprobados de intervención quirúrgica, hospitalización o calamidad doméstica, se distribuirá su valor relativo,
adicionándolo al de las restantes evaluaciones del módulo, con lo cual la ponderación de la nota definitiva
quedara como sigue:
30% para la evaluación final
15% para la evaluación parcial teórico
15% para la evaluación parcial práctico
30% para las pruebas discrecionales del docente.
10% para los comparendos (cada comparendo tiene un valor de 5 décimas)
El plan de mejoramiento se aplica para el desarrollo de procedimientos prácticos y la parte formativa teórica.
Casos especiales serán tratados por dirección general y/o coordinador académico.
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PARAGRAFO:
 CONTRATO DE APRENDIZAJE: Si el estudiante favorecido a Contrato de Aprendizaje; no lo cumple,
pierde la práctica, por lo tanto el semestre y debe cancelar la suma de $ 200.000, por incumplimiento a
dicho contrato y tiene detrimento en la nota de ética. Razón por la cual la nota de práctica solo se le
reportara hasta tanto no haya finalizado la contratación inicial.
 Si el contrato de aprendizaje se realiza en una entidad hospitalaria esta se convalida como práctica.
 para efectos de la nota final se sumara su desempeño en práctica clínica (50%) y la del Contrato de
Aprendizaje (50%), cuando su contrato tenga continuidad después de finalizar el semestre cursado las
sanciones se aplicaran en el siguiente semestre siempre y cuando el estudiante como voluntad tenga
continuar sus estudios en esta institución.
 El estudiante con contrato de aprendizaje debe cumplir con la parte académica, asistencia y la parte
financiera (no se aceptan abonos a las cuotas).
 En el momento que el estudiante deje de pertenecer a la institución automáticamente se cancela el contrato
de aprendizaje.
 La evaluación del aprendiz se realiza de manera periódica con la entidad patrocinadora y un docente de la
institución, en caso de que el estudiante renuncie al contrato de aprendizaje deberá dirigirse al docente del
módulo de ética para su respectiva valoración.
6.4 Cuando un estudiante deje de asistir a una evaluación final de una competencia por las mismas causales válidas
para los parciales podrá presentar una recuperación, cinco (5) días después de la fecha de la evaluación, en
caso contrario se dará por no presentado.
De ordinario las recuperaciones no podrán presentarse después de las dos semanas siguientes a la finalización
del periodo académico. Mientras no se haya presentado la recuperación del módulo respectivo, se dará por no
presentado y así figurará en el certificado de estudios.
La inasistencia sucesiva a dos evaluaciones parciales de un mismo módulo de igual forma se dará por no
presentado, independientemente del tratamiento que se haya dado a la falta de presentación del primero.
6.5 La falta de presentación de las pruebas académicas asignadas por el docente para el 40% de la nota, no dará
lugar a presentaciones posteriores.
6.6 Toda copia, fraude o su intento, en cualquiera de las evaluaciones académicas ocasionara matricula condicional
y quedará como anulado. Su reincidencia implica la expulsión definitiva de la institución, sin mengua de las
demás sanciones reglamentarias. A todo fraude o intento de fraude en la matricula o en cualquier otro proceso
académico o administrativo, se aplicará rigurosamente lo establecido en la reforma al reglamento general de la
institución.
6.7 El docente o formador entregará durante los diez (10) días siguientes a la realización de los parciales las notas
de los estudiantes. El estudiante deberá exigir al docente o formador el cumplimiento de esta norma.
6.8 Las otras notas que constituyen el resto de la evaluación académica del curso, diferentes a las evaluaciones
parciales y finales, serán entregadas directamente a los estudiantes y reportadas a la Coordinación Académica
en la planilla definitiva, esta no podrá tener ningún cambio cuando se entrega al final del semestre. Los docentes
deben entregar en secretaría la nota del 40% una semana antes de las evaluaciones, sin enmendaduras.
6.9 Las listas definitivas con la nota del evaluación final y el cómputo definitivo de todas las evaluaciones
académicas realizadas, junto con los evaluaciones finales, serán entregadas directamente por el docente o
formador al Coordinador académico o al secretario auxiliar de la jornada respectiva, a más tardar cinco (5) días
después de presentado el evaluación final. El docente no podrá, por ningún motivo, programar la evaluación final
fuera de las fechas asignadas. Los parciales finales no tienen fecha de prórroga.
PARAGRAFO: Solo cuando la calificación final se haya alcanzado la nota aprobatoria mínima sumado a una
posible recuperación, se reconocerán el porcentaje final como válidos para la aprobación del nivel
correspondiente o la obtención del certificado que otorga el programa de la institución.
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6.10 El estudiante podrá solicitar por escrito al Director Académico la revisión de pruebas presentadas en forma
escrita, sin dejar pasar más de tres días hábiles luego de la publicación de las calificaciones en cartelera, pues
de lo contrario no podrá autorizar revisión alguna.
La revisión en primera instancia será efectuada por el respectivo docente del módulo, en un término no mayor de
ocho días. El resultado deberá comunicarlo por medio de una carta al Coordinador académico quien lo hará
conocer al estudiante a través de la secretaria de la institución por escrito.
6.11 Si por alguna circunstancia un estudiante pierde tres módulos por teoría o fallas, se considerará que el
estudiante no es apto para esta formación.
6.12 Si un estudiante llega a perder hasta dos (2) módulos este podrá presentar la respectiva recuperación con una
evaluación de conocimientos. La nota obtenida de la recuperación, será la nota definitiva del módulo, que en
ningún caso podrá ser menor de (3.0) tres cero. La recuperación será presentada por una única vez. Para
aprobar el módulo. ES REQUISITO PARA PODER PRESENTAR LA RECUPERACIÓN HABER ASISTIDO AL
80% DE LAS CLASES DEL MÓDULO Y PRESENTAR EL PORTAFOLIO DE EVIDENCIAS COMPLETO.
6.13Si el estudiante llega a perder las dos recuperaciones; deberá realizar los cursos remediales o complementarios;
una vez aprobados continuará con el siguiente semestre, en caso de no aprobar los cursos remediales o
complementarios, se considerará que el estudiante no es apto para esta formación.
6.14 Cuando el estudiante hubiere presentado hasta 2 (dos) recuperaciones y este llega a perder con la nota
sumatoria final menor de (3.0) tres cero, una de las evaluaciones, el estudiante podrá hacer un curso remedial o
complementario del módulo durante el semestre, mediando el costo establecido, debiendo aprobarlo para poder
sentar matricula formal al siguiente semestre. Entendiéndose que podrá tomar las siguientes módulos con
matricula condicional.
PARAGRAFO: El pago del curso remedial o complementario NO garantiza la aprobación del módulo y si lo
perdiera se considerará que no es apto para este tipo de formación.
6.15 Las prácticas clínicas son prerrequisito pasarlas con nota mayor de (3.0) tres cero para poder aprobar el
semestre.
 Se pierde por notas o por fallas. Si se pierden las prácticas, deberá realizarlas en el siguiente semestre.
 Cuando el estudiante inicia sus prácticas deberá asistir a clase los días viernes para la jornada de la
mañana y jueves y viernes para la jornada de la noche; la ausencia en estos días se computa como falla de
práctica.
 Si el estudiante no se presenta a las prácticas clínicas aduciendo razones injustificadas o justificadas,
deberá repetirlas y cancelar el equivalente al costo de medio semestre. Si el promedio semestral es inferior
a (4.5) cuatro cinco, se considerará reprobado el semestre
 Si el estudiante al finalizar su formación práctica, ajusta una nota mayor o igual a (4.5) cuatro cinco y pierde
hasta tres (3) módulos en teoría tiene derecho a presentar las recuperaciones, aplicándose en consecuencia
sobre tres lo expresado en el numeral 5.14 y su parágrafo.
 Después de perdido un semestre académico, el estudiante solo podrá repetirlo una vez.
 No se darán notas por teléfono, y serán publicadas 5 días hábiles después de la fecha de terminación.
 El aseo del salón (incluido paredes y pupitres) y del laboratorio, tendrá una nota en todos los módulos.
PARAGRAFO: Las notas de práctica y teoría suman porcentajes separados por lo tanto NO convalida a una
tercera área cuando el estudiante haya perdido 2 (dos) módulos catedráticas (teóricas) y podrá presentar las 2
(dos) recuperaciones de teoría. Donde solo podrá perder un módulo de teoría, aplicándose los términos de los
cursos remédiales con fecha no superior a quince (15) días calendario.
El estudiante para poder asistir a las prácticas clínicas deberá aprobar el evaluación teórico- práctico de
laboratorio, en la institución, con los talleres previstos, evaluado por el docente de la módulo, y en todo caso su
nota no podrá ser menor a tres cinco ( 3.5), además haber asistido al 80% de todas las módulos.
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CAPITULO VII
PRUEBAS ACADEMICAS Y REINTEGRO A LA INSTITUCIÓN
7.1 El estudiante quedara en periodo de prueba académica cuando su promedio ponderado acumulado sea inferior
a 3.2
7.2 Si obtiene un promedio ponderado acumulado menor o igual a dos cinco (2.5) queda excluido definitivamente de
la institución.
7.3 El estudiante perderá el periodo académico cursado al perder 3 o más módulos con nota menor a tres (3.0) y se
aplicaran las mismas causales del numeral 6.2
7.4 Casos especiales de tipo académico o formativo serán revisados por el concejo académico.
7.5 El periodo de prueba académica no podrá otorgarse en más de dos ocasiones a un estudiante. En ningún caso
el estudiante podrá entrar a una tercera prueba académica lo cual implica quedar excluido definitivamente de la
programa. Salvo los previstos en la norma
7.6 En caso de retiro voluntario, el reintegro se estudiara de acuerdo con el tiempo de retiro, que no puede ser más
de cuatro semestres a la aprobación dada por el Rector en el momento del retiro. En este caso el estudiante se
deberá someter al plan de estudios y reglamentos vigentes en el momento de su reintegro.
7.7 Para el caso de las estudiantes que se encuentren en periodo de embarazo, primando su salud:- Que habiendo
culminado el ciclo teórico y encontrándose a paz y salvo, podrá aplazar sus prácticas hasta tanto no se haya
restablecido de su parto, y que en todo caso, no podrá ser superior a 30 días calendario, de lo contrario deberá
aplazar el semestre. La institución adecuará de acuerdo con el tiempo de la estudiante, los turnos para sus
prácticas clínicas.- Si la estudiante tuviese el parto en el ciclo teórico, deberá informar a la institución para
tomarse el tiempo establecido en el párrafo anterior, debiendo actualizarse en los temas que dejó por ver,
cumpliendo con las respectivas cuotas económicas, e iniciar sus prácticas clínicas, culminando así, su ciclo
académico.
CAPITULO VIII.
DE LOS DEBERES Y COMPROMISOS DE LOS ESTUDIANTES.
DEFINICIÓN DE DEBERES Y COMPROMISOS DE LOS ESTUDIANTES. Los deberes y compromisos de los
Estudiantes, son aquellas acciones que se deben hacer para darle el debido cumplimiento a las normas y
disposiciones de la Entidad, y marcan las pautas para propender por el buen funcionamiento de cada componente de
la comunidad educativa con la finalidad de obtener los logros propuestos.
REGIMEN DE DEBERES Y COMPROMISOS DE LOS ESTUDIANTES. Son deberes y compromisos del estudiante:
a. Cumplir con las obligaciones que se deriven de la Constitución Política, la Ley y Manual de Convivencia de
CEFAP.
b. Respetar a toda persona de la comunidad estudiantil.
c. Cumplir con el Manual de Convivencia o Reglamento de Estudiantes de la Institución
d. Cumplir los deberes inherentes a la calidad de estudiante, en especial disponer del tiempo necesario para opor-
tunamente concurrir a las clases, presentar las pruebas, ejecutar las actividades académicas y cumplir con las
demás obligaciones académicas que le sean asignadas por los respectivos Docentes.
e. Respetar las opiniones de los demás y permitir su libre expresión.
f. Preservar la integridad de la propiedad privada y bienes de la Institución
g. Preservar y mantener en buen estado el módulo de enseñanza.
h. Respetar, mantener y propender por el buen nombre de la Institución.
i. Cumplir los principios éticos de la profesión y de la Institución.
j. No permitir ni promover transacciones comerciales en la Institución.
k. Emplear el primer conducto directo para el trámite de sus derechos.
l. Comunicar por escrito su consideración sobre dificultades con el personal docentes, módulos, módulos o fases
de módulos.
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m. Acatar las disposiciones que las directivas de la Institución estimen convenientes para el buen funcionamiento de
la normatividad académica de la Institución.
n. Responder cumplidamente y con honestidad ante sus compromisos académicos.
o. Respetar las decisiones justificadas de los docentes para exigir respuestas adecuadas a su formación.
p. Mantener silencio y utilizar un vocabulario respetuoso en el salón de clases, laboratorios, talleres, zona adminis-
trativa y área de influencia de la Institución.
q. Abstenerse del uso del celular o cualquier otro medio electrónico dentro del salón en horas de clase.
r. Abstenerse de ejercer actos de discriminación social, política, racial, religiosa o de otra índole.
s. No impedir, ni tratar de impedir el normal ejercicio de las actividades del Institución.
t. Portar adecuadamente el uniforme establecido para el programa respectivo, de acuerdo a la programación de
actividades académicas que realice la Coordinación de la entidad.
u. Este aspecto cubre además el debido porte del carné y los aditamentos necesarios para la realización de los
diferentes aspectos formativos.
v. Rendir en el nivel mínimo de promedio académico y máximo de orden disciplinario del Institución.
w. Realizar los pagos por distintos conceptos en las fechas acordadas con las Autoridades de la institución o con
quien le represente.
x. Cumplir con el siguiente reglamento de practica:
REGLAMENTO QUE DEBERAN CUMPLIR LOS ESTUDIANTES COMO PRACTICANTES DE
AUXILIAR EN ENFERMERIA
El estudiante debe cumplir con el 100% de las prácticas, si faltare de manera injustificada o justificada, deberá
reponer dichas prácticas con un costo adicional.
El estudiante debe conocer y cumplir con las siguientes normas que han sido aprobadas en las reuniones de comité
docente asistencial:
1. Portar el uniforme completo de la institución con su respectivo LOGO.
Uniforme de cirugía según el sitio, tanto el uniforme como los zapatos deben ser Impecables.
2. Portar el carné Institucional donde lo identifica como estudiante de CEFAP, al igual que el carné de seguro
estudiantil. EL CARNÉ ES PERSONAL E INTRANSFERIBLE.
3. Las damas deben llevar cabellos recogidos, en tintes de tono natural, cualquier adorno en la cabeza debe
ser blanco, maquillaje moderado y adecuado al tono del uniforme, uñas cortas y sin esmalte de tonos fuer-
tes, no llevar joyas, ni pearcing, tatuajes, manillas, collares o cualquier accesorio que no vaya acorde con el
uniforme.
4. Los caballeros peluqueados, sin chiveras, sin cachucha, uñas cortas y limpias, esto por asepsia hospitalaria.
5. No llevar maletas grandes.
6. Llevar módulo para prácticas, según servicio de rotación así:
 URGENCIAS PEDIATRIA, MATERNIDAD, ONCOLOGIA
- Fonendoscopio
- Tensiómetro
- Termómetro
- Reloj con segundero
- 2 tapabocas desechables
- 5 pares de guantes (látex) de manejo
- Mono gafas
 UCI DE PEDIATRIA Y NEONATOS
- 2 tapabocas desechables
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- 2 gorros desechables
- 5 pares de guantes de guantes (látex) de manejo
- CIRUGIA
- Vestido de cirugía
- 2 gorros desechables
- 2 Polainas desechables
- 2 Tapabocas desechables
- 5 pares de guantes (látex)de manejo
COMPORTAMIENTO ADECUADO
En general las normas de comportamiento se rigen por el reglamento o manual de convivencia, pero a nivel
específico son las siguientes:
1. Saludar, permitir la revisión de sus elementos tanto al ingreso como a la salida de la práctica.
2. Tener marcados todos sus elementos y hacerlos registrar al ingreso de la práctica.
3. No realizar corrillos en los halles de los sitios de práctica.
4. No expresar comentarios sobre historias clínicas, ni diagnósticos de los pacientes esto es privado, solo se
hace con el docente en el momento apropiado.
5. Velar por las pertenencias de los pacientes.
6. No solicitarles dinero.
7. Tratar bien a los familiares de los pacientes y en general a todo el cuerpo médico y personal institucional.
8. Ningún estudiante podrá suministrar medicamentos a los pacientes sin la supervisión del jefe de práctica.
9. Apagar los celulares en el horario de práctica.
10. No correr por las escaleras, ni pasillos.
11. Utilizar únicamente el tiempo asignado para el descanso.
12. No llevar elementos innecesarios.
13. cuidar todos los elementos Institucionales.
14. Avisar a su docente o jefe de piso cualquier anomalía que observe.
15. Llegar cinco minutos antes de la hora de entrada, no se permite el ingreso después de la hora
asignada.
16. Estar al día en sus cuotas de pensión, el no cumplimiento conlleva a la suspensión de dichas prácticas.
17. No fumar dentro de los sitios de práctica, ni en sus alrededores.
18. No ingresar en HORARIO NI TURNO diferente al asignado en el sitio de práctica con el uniforme de la
institución.
19. El estudiante está en la obligación de firmar el control de asistencia en la práctica clínica diariamente; de lo
contrario se le colocará la falla.
20. Si el estudiante no cumple con todos los requisitos mencionados no puede ingresar al sitio de práctica.
Además deberá mantener y asumir con responsabilidad los siguientes hábitos:
 Técnica de asepsia y antisepsia antes y después de cada procedimiento que realice.
 Normas de bioseguridad acordes a la Institución como son:
- Desecho de material cortó punzante
- Desecho de material contaminado y no contaminado
- Material reciclable, biodegradable y no biodegradable
- Manejo de los fluidos corporales
 Todos los procedimientos que se realicen deben ejecutarse bajo estricta supervisión del Jefe de prácticas
de la institución.
 Deberán realizar actividades propias de sus funciones, según los protocolos o guías de manejo establecidas
por la Institución.
 Demás disposiciones que establezca la Institución Clínica.
ESTE REGLAMENTO TAMBIEN COBIJA A TODOS LOS ESTUDIANTES QUE FIRMEN CONTRATO DE
APRENDIZAJE, EN CONCORDANCIA CON EL MANUAL DE CONVIVENCIA Y CON LAS CLAUSULAS DE DICHO
CONTRATO.
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CAPITULO IX
FALTAS Y SANCIONES DISCIPLINARIAS
Las faltas de los estudiantes se clasifican en leves, graves y gravísimas
11.1Constituyen faltas leves aquellas que implican el incumplimiento de los deberes del estudiante establecidos en
el reglamento.
Las faltas leves serán sancionadas mediante amonestación oral – para la primera vez – y amonestación escrita
en caso de reincidencia. Si después de haber sido amonestado por escrito, el estudiante persiste en la comisión
de las faltas, se considerara como grave incumplimiento de los deberes adquiridos mediante el acto de
matrícula y se procederá a aplicar la sanción correspondiente.
11.2Constituyen faltas graves:
 La conducta del estudiante que menoscabe el buen nombre, la dignidad o el prestigio de la institución,
dentro y fuera de sus instalaciones en especial cuando se porta el uniforme , conducta que será sancionada
con detrimento en el módulo de ética y una sanción acorde a la magnitud de la conducta.
 Las caricias excesivas dentro y alrededor de la institución y sitios de práctica.
 Los daños intencionales a los bienes de la Institución, Hacer buen uso de ellos, ya que es para su bienestar
(salones, pupitres, paredes, baños, espacios de laboratorio) o de las personas que conforman la comunidad
educativa.
 La hostilidad habitual y manifiesta, o la agresión de palabra o de obra contra los estudiantes, empleados,
docentes o autoridades institucionales.
 El consumo habitual o comercialización de licor y cigarrillos portando el uniforme dentro y alrededor de la
institución y lugares de práctica.
 Cuando el estudiante ingresa en horario diferente al asignado en su sitio de práctica portando el uniforme de
la institución.
 El consumo habitual y la inducción al consumo de sustancias psicoactivas en los predios o actividades
institucionales.
 El fraude en pruebas y trabajos académicos.
 El engaño a las autoridades académicas para adelantar cursos o requisitos académicos sin cumplir las
condiciones financieras establecidas por la institución.
 En general, todo acto que lesione gravemente los compromisos adquiridos por el estudiante con la
institución en el acto de la matricula
 Presentarse en estado de embriaguez a clase o en el sitio de prácticas.
 Expresar frases des obligantes de la institución en la página web, caso que será investigado por la entidad
competente.
 Afectar los derechos ciudadanos del vecindario.
Las faltas graves serán sancionadas con amonestación escrita con cargo a la hoja de vida del estudiante y la
imposición de matrícula condicional durante el tiempo que reste al estudiante para culminar los estudios del
programa en el que está inscrito.
El incumplimiento de las condiciones impuestas en la matricula condicional, tiene el efecto la cancelación de la
matrícula.
11.3Constituyen faltas gravísimas:
 La sustracción intencional de bienes de la institución, de los sitios de práctica, de los estudiantes, docentes,
empleados, o autoridades institucionales.
 La falsificación de documentos, firmas o endosos en instrumentos financieros de la institución, o el pago con
chequeras robadas o de cuentas canceladas.
 La adquisición o divulgación indebida de pruebas académicas.
 El engaño, la omisión de información y la grave distorsión de la realidad para obtener becas, rebajas o
favores económicos de la institución.
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 La conducta intencional que tenga como efecto una grave lesión o ponga en grave riesgo de ella a un
estudiante, docente, empleado, autoridad institucional o visitante, en su integridad personal o moral o en su
libertad y honor sexual.
 La comercialización de sustancias psicoactivas.
 La comisión de una conducta incluida dentro de las faltas graves que debido a su naturaleza, intención
lesiva y gravedad del daño, en atención del buen nombre de la institución y del bien general de la
comunidad educativa, deba ser considerada como falta gravísima. Los mismos criterios se utilizaran para
juzgar sobre la atenuación de la falta.
 La reincidencia en la comisión de faltas graves.
 La suplantación a través del carné de la institución (el carné es personal e intransferible).
 Porte de armas.
Las faltas gravísimas se sancionaran con expulsión, y suspensión de los sitios de práctica y contrato de aprendizaje,
esta sanción consiste en la cancelación de la matrícula del estudiante, su desvinculación de la institución, y tiene
como efecto adicional el que el estudiante no pueda ser admitido posteriormente a ninguno de los programas
ofrecidos en la institución.
PARAGRAFO: Toda falta o deficiencias académicas que deriven en permitir la continuidad del estudiante en la
institución, mediara una evaluación psicológica que en todo caso el estudiante implicado deberá asistir a todas las
sesiones programadas por el profesional en psicología y solo después de obtener el visto bueno de las asesorías, el
concejo académico estudiara su situación reservándose el derecho de admisión para continuar su formación.
La institución no expedirá certificaciones de estudios con notas parciales del semestre que curse, solo los de los
semestres cursados, Aprobados o reprobados previo paz y salvo de los mismos, cuando el estudiante los requiera
para continuar sus estudios en otra institución si fuera desvinculado de esta.
11.4 CONDUCTO REGULAR PARA RESOLVER CONFLICTOS Y/O FALTAS DISCIPLINARIAS:
Por conducto del Coordinador Académico se tramitan y resuelven aspectos académicos del departamento, de esta
manera el conducto regular de la comunicación académica será siempre de estudiante a Docente o formador, de
Docente o formador a Coordinador, de Coordinador a Administrador o Gerente y de Administrador o Gerente a
rector y viceversa.
Nunca el Coordinador Académico constituye conducto inmediato, pues todo asunto académico debe ser tramitado
por el respectivo Docente o Formador.
El estudiante deberá dirigirse en primera instancia al Docente o Formador, si no se resolviere el problema, al
Coordinador Académico y por último Rectoría y al Consejo Directivo.
Ante una falta grave se realizará un acta con las personas implicadas, donde se especifiquen los respectivos
descargos y se dará una notificación por parte de consejo académico con respecto a la decisión y/o los correctivos
tomados.
CAPITULO X
CURSOS LIBRES DE ACTUALIZACION
La autorización para tomar cursos libres de actualización no otorga al estudiante el carácter de estudiante regular del
departamento. Los cursos libres no constituyen requisito ni garantía de ingreso a la institución. El carácter de
estudiante regular solamente se obtiene después de ser admitido como tal dentro del proceso de admisiones,
transferencias, traslados o reintegros. La autorización para tomar cursos libres de actualización está sujeta a la
disponibilidad de cupos de cada departamento y exige la aprobación del Rector. Solo tendrán el aval como
prerrequisito de grado.
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CAPITULO XI
SOLICITUD DE IMPLEMENTOS
Los elementos de ayuda audiovisual (Proyector de Acetatos, Proyector de Diapositivas, sala de Audiovisuales,
Laboratorio) deberán ser solicitados tanto por los estudiantes, como por los docentes o formadores con dos días de
anticipación, pero solo el docente o formador lo recibirá y se hará responsable, hasta que haga entrega formal de los
mismos.
Para la solicitud de Libros de la biblioteca es requisito indispensable la presentación de la cédula o carné de
CEFAP, no se prestaran libros para fuera de la institución. Si por algún motivo, el estudiante o docente (formador)
perdiere el libro que sacó de la biblioteca, deberá cancelar el valor comercial del libro para poder presentar las
evaluaciones correspondientes y / o promoverse al semestre siguiente.
CAPITULO XII
DEL USO DEL UNIFORME.
El estudiante de CEFAP debe portar el uniforme completo según el modelo establecido por el concejo académico,
dentro de la institución y en lugares de práctica; teniendo en cuenta la actividad y la institución que representa, lo
cual implica un buen comportamiento dentro y fuera de la institución así como una excelente presentación personal
(cabello recogido para las mujeres, maquillaje discreto, tintura del cabello en tono natural, unas cortas y de color
claro. los hombres con el cabello corto, sin patillas, ni bigote, ni barba, no utilizar gorras, manillas, collares , y uñas
impecables. No usar atuendos como pearcing durante la clase, o en las prácticas, que atenten con la presentación
personal, digna de un profesional de la salud.
Lo anterior también es obligatorio para los docentes.
Por el porte adecuado del uniforme, obtendrá una nota.
El uniforme consta de blusa de manga corta, cuelo en v, pantalón, chaqueta con su respectivo logo de la institución
blanco y/o azul, (TOTALMENTE PROHIBIDO EL USO DE SACOS Y CHAQUETAS CON COLORES DIFERENTES
A LOS INSTITUCIONALES) medias blancas y zapatos blancos.
CAPITULO XIII
DE LA CERTIFICACION
CONSTANCIAS: La Institución a petición expresa expedirá constancias y certificados a sus estudiantes y egresados
de acuerdo a las normas vigente y cuando el interesado se encuentre a paz y salvo con la Institución.
Para obtener la Certificación y el diploma correspondiente, el estudiante deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1. Haber cursado y aprobado todos los módulos correspondientes al plan de estudios del programa.
2. Haber superado las pruebas exigidas como el seminario (UCI) y prácticas clínicas las cuales son
prerrequisitos de grado.
3. Haber cancelado los derechos de certificación y encontrarse a paz y salvo con la institución por todo
concepto. La entrega de documentación completa solicitada la cual será verificada por la Institución.
4. Cuando el estudiante haya cumplido con todos los requisitos anteriores, la Institución le expedirá el diploma
en que certifique su idoneidad y lo habilite para solicitar la matricula o inscripción profesional ante la
secretaria distrital de salud.
5. La diligencia de la matricula o registro profesional ante la secretaria distrital de salud, deberá hacerla en
forma personal y cancelar los respectivos derechos exigidos por la Secretaria de Salud el estudiante
interesado.
6. Los estudiantes que aprueben la formación como auxiliares de enfermería y no asistan a la ceremonia de
entrega de certificados no estarán exentos del pago de este derecho.
7. Es requisito de grado, tomar el curso de emprendimiento realizado por el SENA.
8. Es requisito tomar el curso de 20 horas de Sistemas.
9. El estudiante deberá presentarse a la ceremonia con el uniforme completo de la institución, totalmente
blanco (Blusa Blanca en v de manga corta, para las damas falda 2cm arriba de la rodilla, media delgada
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blanca, zapatos blancos y toca). Totalmente prohibido el uso de jardineras y modelos de uniformes
diferentes al establecido.
10. Queda prohibido el ingreso de modistas y vendedores a la institución.
CAPITULO XIV.
DE LOS DERECHOS Y GARANTIAS DEL PERSONAL DOCENTE.
DEFINICIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS DEL PERSONAL DOCENTE. Los derechos y las garantías del
personal docente o formador son aquellas acciones que protegen y garantizan a estos el respeto y mutuo
entendimiento con los diferentes integrantes de la comunidad educativa y que están contempladas en el reglamento
del personal docente o formador anexo a este documento.
PARAGRAFO. Se consideran docentes o formadores aquellos Profesionales vinculados a la Institución para orientar,
dirigir y facilitar los procesos educativos de CEFAP.
CAPITULO XV.
ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA
La estructura administrativa de la institución está claramente definida y el área de competencia de los funcionarios se
resume de la siguiente manera: la autoridad superior en la institución corresponde a la Junta Directiva de la
Institución, bajo la presidencia del Rector. El Gerente General atiende lo relacionado con el régimen disciplinario de
la institución, mientras el orden académico es responsabilidad del Coordinador Académico.
CAPITULO XI.
ORGANOS RECTORES
Como órganos rectores la Institución cuenta con el consejo de dirección y el comité académico.
CONSEJO DE DIRECCION
Es el grupo de personas conformados por la
 Junta directiva
 Los docentes
 El representante de los estudiantes.
Funciones:
 Se encarga de realizar el análisis de todas las situaciones de carácter académico y administrativo sucedidas
durante el semestre y tomar las acciones correspondientes.
 Establecer los costos educativos.
 Establecer el programa anual de compras
 Realizar reuniones ordinarias una vez al semestre
 Tomar las decisiones pertinentes con base en los análisis de autoevaluación institucional, satisfacción del
cliente y evaluación del programa
CONSEJO ACADEMICO
Es el grupo de personas que colaboran con la Dirección Académica, en los asuntos que considere conveniente.
Está integrado por:
a. El Director (a) Académico(a).
b. El Coordinador Académico
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c. Un delegado de los docentes o formadores.
d. Un representante de los estudiantes.
FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO:
a. Analizar la aplicabilidad de los instrumentos de evaluación utilizados para los diferentes programas que se
realicen y hacer los cambios pertinentes.
b. Llevar actas de las sesiones.
c. Realizar reuniones ordinarias una vez al semestre o cuando la dirección académica lo solicite.
d. Reconocer los méritos por el desempeño académico de los educandos.
e. Estudiar los casos especiales de rendimiento académico siguiendo los lineamientos del presente.
f. Fomentar el buen trato y la participación de los estudiantes en los asuntos institucionales que le conciernen.
g. Promover y realizar la jornada de elección del representante cuando corresponda.
CAPITULO XII.
DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
El presente Manual de Convivencia regula las relaciones académicas entre la Institución, sus aspirantes, estudiantes,
docentes, administrativos, directivos y su entorno.
DEFINICIÓN DE COMUNIDAD EDUCATIVA. La comunidad educativa de CEFAP, está conformada por: la vecindad,
los estudiantes, docentes, acudientes, egresados, administrativos y directivos, quienes para fines del presente
Manual de Convivencia, y según su competencia participan en la buena marcha de la Institución.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE
Dado en Bogotá, a los
DIRECTOR GENERAL
COORDINACION ACADEMICA
REPRESENTANTE DOCENTES
ANTECEDENTES
VERSION VIGENCIA CAMBIOS EFECTUADOS
1 Versión inicial del documento.
2 Sustitución de las palabras: remedial por complementario;
supletorio por recuperación; cambio en sistema de notas; ta-
bla de costos.
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TABLA DE COSTOS
1. Recuperaciones teóricas $40.000
2. Recuperaciones prácticas (alumnos de otra institución) $200.000
3. Remediales o complementarios $190.000
4. Evaluación extemporánea sin justa causa $20.000
5. Constancias de estudio y/o practicas $5.000
6. Certificados de notas $10.000
7. Duplicado carnet y/o póliza (previa presentación de la denuncia) $10.000
8. Ceremonia entrega de certificados $200.000
9. Curso soporte Vital Básico estudiantes y egresados $70.000
10. Curso soporte Vital Básico Particulares $150.000
11. Diplomado UCI Estudiantes $160.000
12. Diplomado UCI Particulares $200.000
Estos costos en ningún caso superan el monto general establecido para el programa.
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Fecha: 01.02.14
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HIMNO
Letra: Jaime Alberto Leal Afanador
Música: Estefanía Leal Guerrero y
María Paula Leal Guerrero.
Arreglo musical: Yezid Barbosa
Coro 1
//CEFAP, CEFAP, escuela de formación//
Estrofa 1
Cuidar al enfermo con amor,
Ayudar al ciudadano en su dolor,
Son principios de una noble profesión
Que se promueven en digna institución.
Coro 2
//Es CEFAP, es CEFAP, escuela de formación//
Estrofa 2
Con varias décadas en la educación
Cristaliza el sueño del señor,
Al formar en sensibilidad social
Auxiliares en el área de salud.
Coro 1
//CEFAP, CEFAP, escuela de formación//
Estrofa 3
Para quienes quieren ayudar,
En salud brinden su vocación,
Todos ellos buscan trabajar
Para hacer una mejor nación.
Coro 2
//Es CEFAP, es CEFAP, escuela de formación//
Estrofa 4
Forjadores de egresados distinguidos,
Triunfadores en su campo laboral,
Son talentos que sirven al país
Con ética y responsabilidad.
Coro 2
//Es CEFAP, es CEFAP, escuela de formación//

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  • 1. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 1 DE 21 MANUAL DE CONVIVENCIA ESCUELA CEFAP DE LA CARACAS Resolución Nº 1460 de mayo de 1996 y 13-0110 de Diciembre 01 de 2009 De la Secretaría de Educación y Acuerdos Ejecutivo Nº 13 Del Ministerio de salud Del 12 de diciembre de 1995, No 0410 de Noviembre 13 de 2009 Del Ministerio de Protección Social. Reconocimiento SENA Resolución No 01833 de Mayo 15 de 2.013 MÓDULO DE LECTURA OBLIGATORIA PARA ESTUDIANTES, DOCENTES Y COMUNIDAD EDUCATIVA. Calle 52 No 15-68 PBX: 2496653 Fax: 2559353 Bogotá D.C., Colombia
  • 2. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 2 DE 21 MISIÓN Formar colombianos en ciencias de la salud líderes en TÉCNICOS LABORALES POR COMPETENCIAS EN AUXILIARES EN ENFERMERÍA, con un alto sentido ético, humano y pedagógico, capaces de orientar, asistir y participar en el cuidado integral del paciente y su familia. Promover la Salud y prevenir la enfermedad en el área comunitaria, clínica y empresarial, actuando con éxito en el campo laboral de la salud, a través de un equipo humano profesional comprometido y competente. VISIÓN Proyectarnos para el año 2016 como una Institución de Educación de alto reconocimiento por su aporte al sistema de salud colombiano y contribución a la humanización del servicio de enfermería, a partir del alto desempeño de sus egresados y el desarrollo de cualidades como crecimiento integral, y ser pioneros en la formación de Auxiliares de Enfermería estando a la vanguardia entre los mejores centros educativos de su área en el país. POLÍTICA DE CALIDAD Consciente del compromiso social y de la necesidad de cumplir con los requisitos del Cliente y de las partes intere- sadas, la alta dirección de CEFAP DE LA CARACAS define la POLÍTICA DE CALIDAD Y OBJETIVOS DE CALI- DAD así: Somos una institución de formación para el trabajo y desarrollo humano dedicada a la formación integral por compe- tencias laborales. La calidad para CEFAP es una filosofía, un objetivo y un compromiso basado en la satisfacción plena de la Institución, de sus estudiantes y usuarios. Por eso mejoramos continuamente nuestros procesos con un talento humano altamente calificado, con el apoyo de otras instituciones del sector. OBJETIVOS DE CALIDAD  Formar auxiliares en enfermería con alto sentido de ética, humano y académico.  Tener la más alta calidad en la formación de acuerdo con la normatividad vigente.  Contar con talento humano capacitado y competente.  Fortalecer alianzas que nos permitan mejorar nuestro proceso educativo.  Mantener la satisfacción del cliente  Mejorar continuamente nuestro sistema de gestión de calidad PRINCIPIOS  CRECIMIENTO INTEGRAL  TRABAJO EN EQUIPO  BUSQUEDA DE LA EXCELENCIA VALORES  HUMANIZACIÓN  RESPONSABILIDAD  HONESTIDAD  DISCRECIÓN
  • 3. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 3 DE 21 1. INTRODUCCIÓN El manual de convivencia ha sido elaborado con la participación de la comunidad educativa, teniendo como referente la Constitución Nacional, la Legislación Educativa y la Misión y Visión Institucional. CEFAP DE LA CARCAS, como organización social debe establecer normas y pautas que regulen las relaciones entre los miembros de su comunidad, y siendo el estudiante el sujeto central del proceso socio-educativo, adquiere derechos y compromisos que deben ser explícitos, claros y lo más importante, aceptados e incorporados. El Manual de Convivencia de CEFAP ha sido concebido dentro de los criterios anteriores; es una herramienta ordenadora y dinamizadora del desarrollo integral de la comunidad educativa. Por lo tanto, más que una normatividad rígida e inmutable, se debe entender como el compendio de los criterios orientadores de personas responsables y autónomas en búsqueda del bien común y la excelencia en la formación para el trabajo. La lectura del este documento es obligatoria, dado que su desconocimiento no autoriza en modo alguno la transgresión del reglamento. Este contiene los elementos esenciales del reglamento y en tanto no se modifique el contenido del mismo, a él deberán atenerse en sus relaciones con los organismos de dirección de la institución. El Manual de Convivencia de Estudiantes en Formación de las Instituciones de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano, hace parte integral del Reglamento Pedagógico, necesario para establecer normas y disposiciones que coadyuven al logro de los Fines de la Educación de conformidad con lo establecido en el Artículo 67 de la Carta Política y en consonancia con el Artículo 5 de la Ley 115 del 8 de Febrero de 1994, permitiendo un efectivo desarrollo de los Programas Formativos ofrecidos en la entidad, a partir de la definición de los derechos y obligaciones, de los estudiantes en formación con miras al logro de las competencias laborales en el ámbito del saber, el hacer y el ser dentro del contexto del área de la salud. Los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando todas las disposiciones del mismo, constituyéndose en Ley para las partes, por constituirse en fundamento conceptual e integral de los Contratos de Prestación de Servicios Educativos a nivel de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano. CAPÍTULO I. DE LOS PRINCIPIOS Y OBJETIVOS. Los principios y objetivos del manual de convivencia de CEFAP, están basados en los principios y valores institucionales que orientan nuestra institución así: NUESTROS PRINCIPIOS CRECIMIENTO INTEGRAL: Es formar a la persona en las áreas del saber, el hacer y el ser con especial énfasis en el ser dado el trabajo que va a desarrollar el estudiante y motivándolo para que la formación no sea orientada solo al trabajo si no aplicable a su vida. TRABAJO EN EQUIPO: Orientar al estudiante con la conciencia de que desarrolla un trabajo interdisciplinario con un fin común, que debe desarrollar sinergia con sus compañeros en búsqueda de un objetivo común ya sea a nivel asistencial o preventivo. BUSQUEDA DE LA EXCELENCIA: Desarrollar en el estudiante el sentido de mejoramiento continuo para que lo que desarrolle lo haga de la mejor manera posible. NUESTROS VALORES INSTITUCIONALES: HUMANIZACION: Compartir el sentir del paciente y actuar como quisiera ser tratado en una situación similar.
  • 4. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 4 DE 21 RESPONSABILIDAD: Es la exigencia que se encuentra más allá del contrato de servicios y del derecho; significa responder a la salud y bienestar del paciente. La responsabilidad que se genera al atender a alguien que se encuentra en una situación de vulnerabilidad y dependencia exige un compromiso que va más allá de la esfera estrictamente asistencial. El auxiliar debe conocer la magnitud de su labor y afrontarla de manera positiva e integral, en pro del mejoramiento del paciente o del ámbito de salud empresarial. HONESTIDAD: El Auxiliar de Enfermería, debe actuar de acuerdo a como piensa y siente. A través de los procedimientos, tener un accionar objetivo, real, verdadero y claro. Es la confianza de aquel que obra con carácter y buena fe, que es incorruptible y honesto. DISCRECION: La Auxiliar de Enfermería de CEFAP debe ser una persona que en la práctica al conocer determinada información del paciente, esta es mantenida en secreto o transmitida de manera prudente y cautelosa de acuerdo a lo que solicite la fuente de información. La discreción es un elemento de gran importancia a la hora de establecer vínculos de confianza en el área de la salud. Objetivos 1. Promover en la persona el respeto por el orden jurídico, a las autoridades legítimas, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios. 2. Brindar una formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, social, afectiva, ética y cívica. 3. Respeto a la vida, a los derechos humanos, mediante la tolerancia y la libertad. 4. Formar en la cultura de la promoción y prevención de la salud y la higiene, la recreación y el uso adecuado de tiempo libre Formar auxiliares en enfermería con alto sentido de ética, humano y académico. 5. Tener la más alta calidad en la formación de acuerdo con la normatividad vigente. RECONOCIMIENTO DE NORMAS DE OTRAS AUTORIDADES Y ORGANISMOS, EN EL CONTEXTO DE LA NORMATIVIDAD INTERNA DEL MANUAL DE CONVIVENCIA. El Presente Manual de Convivencia, se supedita y reconoce dentro de su contexto interno las normas promulgadas por: 1. El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) en módulo de Formación para el trabajo y el desarrollo humano. 2. Las determinaciones de los Organismos de Acreditación de la Calidad, en el marco de aplicación de los pro- cesos y procedimientos del Sistemas de Gestión de la Calidad (SGC); y 3. Secretaria de Educación, Ministerio de Protección Social y Ministerio de Educación; y 4. Los demás estamentos, organizaciones, instituciones y entidades, que así lo exijan en el marco de los Conve- nios o Alianzas Estratégicas Marco o Institucionales. PAUTAS DE COMPORTAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES. Este Manual de Convivencia, fija pautas concretas de comportamiento orientadas a la creación de hábitos de respeto, trabajo, disciplina, orden, puntualidad, presentación, participación, responsabilidad de los miembros de la comunidad educativa. CONCEPTO DE DISCIPLINA. Se entiende por disciplina la actitud, docilidad, y obediencia del estudiante, para el que hacer en el lugar y tiempo en que le corresponde las actividades y labores de carácter académico. Dichas labores comprenden el desarrollo de actividades extra clase. El estudiante se comporta de acuerdo a los preceptos disciplinarios, cuando se somete a los cánones y orientaciones de la entidad, consignados en los diferentes manuales, Manual de Convivencia y disposiciones promulgadas por el Consejo de Dirección y los Funcionarios de Nivel Docente, Administrativo y Directivo de la Entidad, según su nivel de competencia y acción en situaciones determinadas. NORMAS DE ACCIÓN CONTENIDAS EN EL MANUAL DE CONVIVENCIA. El presente Manual de Convivencia contiene las normas de acciones académicas y disciplinarias que adoptarán las Directivas y Docentes con relación a los miembros de la comunidad educativa de CEFAP.
  • 5. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 5 DE 21 ALCANCE DEL MANUAL DE CONVIVENCIA. Este Manual de Convivencia contempla en particular: 1. Las normas relativas al bienestar de la comunidad educativa. 2. Las pautas de comportamiento, normas que garantizarán el mutuo respeto entre estudiantes, docentes y directi- vas. 3. La presentación personal de los estudiantes en los diferentes programas formativos. 4. Las sanciones disciplinarias, incluyendo el derecho de defensa como componente del debido proceso. 5. Otros de vital importancia para el desarrollo del objeto social de la entidad. CAPITULO II. DE LOS ESTUDIANTES. DEFINICIÓN DE ESTUDIANTE. Se considera estudiante de la CEFAP, aquella persona mayor o menor de edad, que ha llenado los requisitos académicos y financieros establecidos para el ingreso, que ha firmado la matrícula y el contrato de prestación de servicios educativos, cumpliendo con todo el proceso de admisión. CALIDAD DE ESTUDIANTE DE LAS PERSONAS MENORES DE EDAD. La calidad de estudiante de la persona menor de edad, se perfecciona en el momento en el cual sus padres o acudientes en conjunto con ella, firman los diferentes compromisos institucionales, que hacen parte integral del contrato de prestación de servicios educativos y se les aplican en consecuencia las normas contenidas en el presente Manual de Convivencia. CALIDAD DE LOS ESTUDIANTES. Para adquirir la calidad de estudiante es necesario haber sido admitido, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Manual de Convivencia, haber cancelado los derechos pecuniarios, firmado la matrícula, como los demás compromisos y documentos referidos en el Artículo anterior. CAPITULO III. DE LAS MATRÍCULAS. DEFINICIÓN DEL PROCESO DE MATRÍCULA. El Proceso de Matrícula es un convenio bilateral de naturaleza académica y financiera entre CEFAP y el estudiante, por medio del cual la Entidad se compromete con todos los recursos exigidos por la ley a darle formación integral en el programa escogido y el estudiante se obliga a su vez a mantener un rendimiento académico suficiente, a cumplir los deberes inherentes a su calidad de estudiante y establecidos en el presente Manual de Convivencia. La firma de este convenio en el Contrato de Prestación de Servicios Educativos protocoliza la matrícula. VIGENCIA DE LA MATRÍCULA. La vigencia de la matrícula se inicia con la firma del Contrato de Prestación de Servicios Educativos y registro del mismo en el Sistema de la Entidad y termina cuando el Calendario Académico así lo establece CALENDARIO ACADEMICO. El semestre académico consta de dieciocho (18) semanas, incluido el tiempo de evaluaciones, durante las cuales se cumple el programa de cada módulo. MATRICULAS Y SU RENOVACIÓN Matricula Académica: Es el proceso por medio del cual el estudiante se incorpora a la institución, queda adscrito a un determinado programa y adquiere el compromiso de cumplir los estatutos y reglamentos de la institución. El estudiante debe renovar su matrícula para cada periodo académico regular, si no lo hiciere, su readmisión quedara a juicio del Rector. La matrícula y su renovación comprende dos aspectos: el académico y el administrativo. CEFAP se reserva el derecho de admisión. Al matricularse el estudiante únicamente entregará fotocopias de los documento solicitados que formaran parte del archivo de la institución y por lo tanto no tienen carácter devolutivo. Matricula Financiera: Está determinada por el pago de la matrícula y las cuotas que el estudiante deberá efectuar durante el semestre. Matrícula Regular: Es aquella que se otorga sin ninguna restricción. Matrícula Condicional: Cuando se otorga bajo alguna condición académica disciplinaria o administrativa.
  • 6. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 6 DE 21  El valor de la matrícula no es reembolsable cuando ya se han iniciado las clases.  El estudiante es el responsable de la renovación de su matrícula académica y financiera. Para ello, si esta en prueba académica o excluida temporalmente, deberá presentar la autorización aprobatoria por escrito del Coordinador Académico, donde se fijan las condiciones de la prueba académica. Estos estudiantes son atendidos directamente por el Rector o el Coordinador Académico y su matrícula es condicional.  Ningún estudiante podrá matricularse sin cumplir con el logro de las competencias señaladas para el semestre académico y estar a paz y salvo financieramente.  Modificación de horarios: ningún docente o estudiante podrá realizar modificación de los horarios sin la aprobación previa del director académico, a efecto de evitar dificultades por asignación de salones o cruce de horarios, u otras de carácter administrativo.  Cumplimiento de horarios y respeto a la asignación de salones: ningún docente o estudiante podrá cambiar la hora de clase y salón asignado, sin previa autorización por escrito del Coordinador académico. el incumplimiento de esta norma ocasionará sanciones disciplinarias. Sobre la aceptación de estudiantes de otras instituciones que deseen realizar matricula académica y financiera.  Todo estudiante que por razones particulares solicite matricularse con CEFAP de la caracas, provenientes de otras entidades educativas, DEBE PRESENTAR ENTREVISTA con la psicóloga de la Institución o la Coordinadora Académica y haber cumplido a cabalidad su formación teórico- práctica con notas debidamente certificadas por Institución aprobada por las entidades del estado del o los semestres cursados en ella.  Toda certificación de estudios de otras instituciones deberá ser revisada por la Coordinación Académica, para verificar si el pensum se ajusta de conformidad con el programa de CEFAP DE LA CARACAS, para permitir al estudiante dar continuidad a su formación integral y así ser autorizado a matricularse al semestre que corresponde.  Si el estudiante Aspirante a matricula con CEFAP proveniente de otra institución, le certificarán pérdida de un y hasta dos (2) módulos con nota menor de 3.0; deberá presentar una recuperación. Como lo consagra el numeral 5 respecto al régimen de notas y evaluaciones. Así mismo, si la pérdida fuera de prácticas y/o no las hubiera realizado y esta correspondiera al primer semestre deberá pagar el valor de una recuperación de práctica (ver tabla de costos) y su rotación en tiempo no podrá ser menor a dos semanas de práctica, en el horario en que disponga la institución sin interferir el semestre que cursa.  Si el estudiante aspirante a matricula con CEFAP, proveniente de otra institución le certificarán pérdida de prácticas clínicas o NO las realizó por razones del programa, de la entidad proveniente, el estudiante deberá realizar la respectiva práctica de segundo semestre, que en todo caso no podrá ser menor a dos semanas de práctica, en el horario en que disponga la institución sin interferir el semestre que cursa. Para validar su aspiración de matriculado en nuestra entidad.  Toda recuperación de teoría o práctica Clínica de estudiantes de otra entidad, genera costos establecidos (Ver tabla de costos). El tiempo de práctica y sitio de rotación se establecerá por la Coordinación Académica con la anuencia de Rectoría. PARÁGRAFO: El pago de recuperaciones de teoría o práctica, no garantiza la aprobación del módulo y se aplicará, el reglamento académico de acuerdo a lo establecido en el numeral 6.12 y consiguientes.
  • 7. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 7 DE 21 RETIRO DE SEMESTRE El retiro del semestre se debe realizar por escrito dentro del plazo fijado en el calendario académico, e implica un retiro voluntario del semestre. El retiro debe ser aprobado por el Rector, previa autorización del Coordinador Académico. En caso de que el estudiante se encuentre con matricula condicional, las razones para el retiro se estudiarán desde el punto de vista académico y disciplinario El retiro extemporáneo del semestre se aceptará solamente cuando concurren razones de fuerza mayor, bajo la condición de ser suspendido durante un semestre académico, según acuerdo del Rector y del Coordinador Académico. Para el reintegro, el estudiante debe presentar con 3 meses de anticipación al inicio del periodo académico al que desea ingresar los siguientes documentos: una carta al Rector solicitando el reintegro, paz y salvo financiero, y fotocopia de la autorización del retiro. CAPITULO IV. DE LOS DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS ESTUDIANTES. DEFINICIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS ESTUDIANTES. Los derechos y las garantías de los estudiantes son aquellas acciones que protegen y garantizan a estos el respeto y mutuo entendimiento con los diferentes integrantes de la comunidad educativa. IRRENUNCIABILIDAD DE LOS DERECHOS Y DE LAS GARANTÍAS. Los derechos y las garantías de los estudiantes son irrenunciables. DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS ESTUDIANTES. Son derechos y garantías de los estudiantes: a. Ser respetado como persona por toda la comunidad institucional. b. Utilizar los recursos de la INSTITUCION para su educación, de conformidad con el presente Manual de Convi- vencia. c. Ser asistido, aconsejado y oído por quienes tienen responsabilidad docente y directiva. d. Presentar por escrito solicitud y reclamaciones ante las directivas competentes y obtener respuesta oportuna. e. Expresar libremente las ideas, disentir y examinar los conocimientos dentro del respeto a la opinión ajena y cá- tedra libre, proponiendo alternativas de solución. f. Recibir la instrucción y formación integral que le permita su desarrollo y crecimiento personal. g. Recibir el Manual de Convivencia y disposiciones proferidas por las directivas de la INSTITUCION y el respectivo programa y módulos a cursar en el respectivo período. h. No ser vulnerado en sus deberes por hechos imputables a la Institución. i. Crear Comités para fomentar actividades culturales, profesionales y deportivas que no afecten los fines y organi- zación de la Institución. j. Solicitar certificados y constancias pertinentes de acuerdo a las normas y tarifas establecidas por la Institución. k. Solicitar la realización diferida de evaluaciones previa excusa y justificación, las cuales según lo establecido en la normatividad legal e institucional tendrá o no un costo por su realización. l. A que se le den explicaciones pedagógicas sobre el rendimiento académico y proceso de aprendizaje. m. A que se le escuche ante un problema académico o de cualquier índole que interfiera en su proceso formativo. n. Conocer el rendimiento académico, de acuerdo a las determinaciones sobre la evaluación del proceso de ense- ñanza y aprendizaje, que se realicen, de acuerdo a la naturaleza de los Módulos o Fases de Módulos. o. Acogerse a las determinaciones de la Entidad cuando se trate de estudiantes en período de prueba, es decir que no alcanzan el promedio académico exigido.
  • 8. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 8 DE 21 p. Exigir el registro de asistencia a clases con cada uno de los Docentes. q. Ser identificado con un carné. r. Exigir el cumplimiento de un alto nivel académico, en lo que respecta al cuerpo docente y a la ejecución del Proceso de Enseñanza- Aprendizaje-Evaluación. s. Elegir y ser elegido para los cargos de representación estudiantil en los casos que contempla la institución. t. Ejercer los derechos de defensa, controversia de la prueba, doble instancia y presunción de inocencia, de acuerdo con los Principios que rigen el Debido Proceso. u. Ejercer el derecho de petición consagrado en la Constitución Política Nacional. v. En caso de ser menor de edad, acogerse a las determinaciones del Código del Menor. CAPITULO V. DE LOS ESTIMULOS ACADÉMICOS. ESTIMULOS APLICABLES A LOS ESTUDIANTES DISTINGUIDOS DE LA ENTIDAD. Los estudiantes que se distingan por su buen comportamiento, proyección de valores humanos y tecnológicos, dedicación al estudio y creatividad. En general por toda actividad que conlleve al estímulo de las aptitudes intelectuales, artísticas, técnicas, morales y/o deportivas; tendrán alguna o algunas de las siguientes distinciones. 1. Mención de honor al mejor estudiante certificado de la promoción de cada semestre en cada área. 2. BECAS: El estudiante que desee solicitar media beca lo hará de manera escrita, dirigida al consejo Directivo. Debe tener una nota igual o superior a 4.7, en caso de ser adjudicado la media beca deberá conservar dicho promedio. Esta solicitud rige también para los estudiantes nuevos. CAPITULO VI. SISTEMA EVALUATIVO (TEORIA Y PRÁCTICA) Teniendo cuenta que la metodología del programa es presencial se establecerá los siguientes parámetros: Cuando la justificación por falta de presentación de una prueba sea enfermedad la excusa médica deberá ser expedida por una institución hospitalaria, EPS, ARS. (SISBÉN), a la que esté inscrito según el régimen de seguridad social en salud; además deberá contener las fechas en las cuales el estudiante estuvo incapacitado y solo será válida si se presenta dentro de los (3) tres días hábiles siguientes a la fecha en que cesó la incapacidad. Justificada la ausencia por CALAMIDAD podrá presentar las pruebas que tuviera pendientes. En todo caso, la fecha de la presentación de la prueba no podrá ser mayor a cinco días hábiles, amén de no superar los diez días calendario, sumado de los cinco anteriores, después de esta fecha se dará por no presentado. El estudiante que no tenga ninguna justificación el día del parcial este se dará por no presentado. Se debe entender que en el tiempo de rotación de práctica el estudiante no podrá faltar a ningún turno sin justa causa, en caso contrario deberá dirigirse a la Coordinación Académica. Cuando se programe asistencia a la institución las fallas se contarán como de prácticas, toda vez que se cita al estudiante es para retroalimentar su rotación clínica .Las recuperaciones prácticos son prácticos y serán calificados por un docente de práctica. PARAGRAFO: Solo se aplicarán las recuperaciones de práctica en los siguientes casos: - Suspensión por cualquier causa del contrato de aprendizaje, previo pago reglamentado. - Hospitalización por enfermedad. Cuando el estudiante deje de asistir a más del 80% de las clases programadas para un módulo, no tendrán valor las evaluaciones presentadas con posterioridad al momento en el cual se exceda dicho porcentaje. Para todo efecto se reconocerá la calificación acumulada hasta el momento de acuerdo con los porcentajes fijados en la evaluación del módulo. Esa calificación será definitiva sin lugar a habilitación, recuperaciones o promoción.
  • 9. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 9 DE 21 Para los módulos que tienen intensidad de 4 horas semanales, el módulo se pierde con 6 y ½ fallas, que corresponden a 13 horas; si la intensidad horaria es de 6 horas se pierde con 10 fallas correspondientes a 20 horas 6.1 Los resultados de la actividad académica del estudiante desde el punto de vista matemático se evalúan en una escala de cero (0.0) a cinco (5.0), sin embargo la nota final será de (1.0) en caso de que el estudiante no cumpla con ninguna actividad de la competencia. El módulo se aprueba con una nota igual o superior a tres (3.0). No existen rehabilitaciones en el programa. El docente calcula el cómputo final de cada estudiante, aproximando la fracción igual o superior a cinco centésimas a la décima inmediatamente superior, y la fracción inferior a cinco centésimas a la décima inmediatamente inferior. Ejemplo: 2.95 o más se aproxima a 3.0 de 2.94 hacia abajo se aproxima a 2.9. 6.2 El docente o formador de cada competencia debe entregar al comienzo del semestre el programa a los estudiantes para que conozcan la estructura del curso, los temas, lecturas, trabajos y forma de evaluación. Las evaluaciones de cada competencia se cumplirán a través de tres evaluaciones parciales, con un valor relativo del 15% respecto de la calificación definitiva y de una evaluación final que representa el 30% de la misma calificación y de otras pruebas con la equivalencia restante del 30% y el 10% para el SABER - SER. La Institución fija en el calendario académico las fechas obligatorias para la presentación de los parciales y de la evaluación final y los docentes de manera discrecional programarán las evaluaciones para el 40% restante. Los seminarios y/o curso remedial (complementario) tendrán las mismas condiciones de un módulo normal, excepto en cuanto hace a la flexibilidad metodológica y al régimen de pruebas. El cambio en la forma de evaluación y en los porcentajes deberá ser autorizado por escrito por el Director previa aprobación del concejo académico. Ninguna de las pruebas académicas señaladas para cada módulo, podrá representar más del 40% de la correspondiente calificación definitiva. Los estudiantes deben exigir a sus docentes el cumplimiento tanto de las fechas establecidas por la Dirección y Coordinación académica para la realización de estas pruebas, como de los porcentajes de cada una de las evaluaciones. El desarrollo de las guías de trabajo, talleres y demás actividades pedagógicas son de obligatorio cumplimiento por parte del estudiante en las fechas estipuladas por los docentes o formadores quienes ejercen el control de las evidencias de aprendizaje del estudiante; salvo calamidad doméstica comprobada (presentada hasta 5 días después de la fecha). De igual manera el cumplimiento de las evidencias requeridas y el portafolio. 6.3 El docente o formador no podrá reportar notas de estudiantes que no se encuentren registrados en la lista que se les entregue. No puede directamente ni incluir, ni excluir a nadie de la lista de clases sin la debida autorización escrita por parte del Coordinador o del Director; e igualmente no debe permitir el ingreso de estudiantes que no se encuentren en la lista o debidamente matriculado, para el día del parcial el docente solo permitirá la presentación de la lista autorizada, estudiantes que se encuentren a paz y salvo, de lo contrario el docente pagará el valor del evaluación o parcial. Toda autorización de Coordinación Académica para estudiantes debe hacerse de forma escrita Cuando un estudiante deje de presentar una de las evaluaciones parciales por motivos debidamente comprobados de intervención quirúrgica, hospitalización o calamidad doméstica, se distribuirá su valor relativo, adicionándolo al de las restantes evaluaciones del módulo, con lo cual la ponderación de la nota definitiva quedara como sigue: 30% para la evaluación final 15% para la evaluación parcial teórico 15% para la evaluación parcial práctico 30% para las pruebas discrecionales del docente. 10% para los comparendos (cada comparendo tiene un valor de 5 décimas) El plan de mejoramiento se aplica para el desarrollo de procedimientos prácticos y la parte formativa teórica. Casos especiales serán tratados por dirección general y/o coordinador académico.
  • 10. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 10 DE 21 PARAGRAFO:  CONTRATO DE APRENDIZAJE: Si el estudiante favorecido a Contrato de Aprendizaje; no lo cumple, pierde la práctica, por lo tanto el semestre y debe cancelar la suma de $ 200.000, por incumplimiento a dicho contrato y tiene detrimento en la nota de ética. Razón por la cual la nota de práctica solo se le reportara hasta tanto no haya finalizado la contratación inicial.  Si el contrato de aprendizaje se realiza en una entidad hospitalaria esta se convalida como práctica.  para efectos de la nota final se sumara su desempeño en práctica clínica (50%) y la del Contrato de Aprendizaje (50%), cuando su contrato tenga continuidad después de finalizar el semestre cursado las sanciones se aplicaran en el siguiente semestre siempre y cuando el estudiante como voluntad tenga continuar sus estudios en esta institución.  El estudiante con contrato de aprendizaje debe cumplir con la parte académica, asistencia y la parte financiera (no se aceptan abonos a las cuotas).  En el momento que el estudiante deje de pertenecer a la institución automáticamente se cancela el contrato de aprendizaje.  La evaluación del aprendiz se realiza de manera periódica con la entidad patrocinadora y un docente de la institución, en caso de que el estudiante renuncie al contrato de aprendizaje deberá dirigirse al docente del módulo de ética para su respectiva valoración. 6.4 Cuando un estudiante deje de asistir a una evaluación final de una competencia por las mismas causales válidas para los parciales podrá presentar una recuperación, cinco (5) días después de la fecha de la evaluación, en caso contrario se dará por no presentado. De ordinario las recuperaciones no podrán presentarse después de las dos semanas siguientes a la finalización del periodo académico. Mientras no se haya presentado la recuperación del módulo respectivo, se dará por no presentado y así figurará en el certificado de estudios. La inasistencia sucesiva a dos evaluaciones parciales de un mismo módulo de igual forma se dará por no presentado, independientemente del tratamiento que se haya dado a la falta de presentación del primero. 6.5 La falta de presentación de las pruebas académicas asignadas por el docente para el 40% de la nota, no dará lugar a presentaciones posteriores. 6.6 Toda copia, fraude o su intento, en cualquiera de las evaluaciones académicas ocasionara matricula condicional y quedará como anulado. Su reincidencia implica la expulsión definitiva de la institución, sin mengua de las demás sanciones reglamentarias. A todo fraude o intento de fraude en la matricula o en cualquier otro proceso académico o administrativo, se aplicará rigurosamente lo establecido en la reforma al reglamento general de la institución. 6.7 El docente o formador entregará durante los diez (10) días siguientes a la realización de los parciales las notas de los estudiantes. El estudiante deberá exigir al docente o formador el cumplimiento de esta norma. 6.8 Las otras notas que constituyen el resto de la evaluación académica del curso, diferentes a las evaluaciones parciales y finales, serán entregadas directamente a los estudiantes y reportadas a la Coordinación Académica en la planilla definitiva, esta no podrá tener ningún cambio cuando se entrega al final del semestre. Los docentes deben entregar en secretaría la nota del 40% una semana antes de las evaluaciones, sin enmendaduras. 6.9 Las listas definitivas con la nota del evaluación final y el cómputo definitivo de todas las evaluaciones académicas realizadas, junto con los evaluaciones finales, serán entregadas directamente por el docente o formador al Coordinador académico o al secretario auxiliar de la jornada respectiva, a más tardar cinco (5) días después de presentado el evaluación final. El docente no podrá, por ningún motivo, programar la evaluación final fuera de las fechas asignadas. Los parciales finales no tienen fecha de prórroga. PARAGRAFO: Solo cuando la calificación final se haya alcanzado la nota aprobatoria mínima sumado a una posible recuperación, se reconocerán el porcentaje final como válidos para la aprobación del nivel correspondiente o la obtención del certificado que otorga el programa de la institución.
  • 11. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 11 DE 21 6.10 El estudiante podrá solicitar por escrito al Director Académico la revisión de pruebas presentadas en forma escrita, sin dejar pasar más de tres días hábiles luego de la publicación de las calificaciones en cartelera, pues de lo contrario no podrá autorizar revisión alguna. La revisión en primera instancia será efectuada por el respectivo docente del módulo, en un término no mayor de ocho días. El resultado deberá comunicarlo por medio de una carta al Coordinador académico quien lo hará conocer al estudiante a través de la secretaria de la institución por escrito. 6.11 Si por alguna circunstancia un estudiante pierde tres módulos por teoría o fallas, se considerará que el estudiante no es apto para esta formación. 6.12 Si un estudiante llega a perder hasta dos (2) módulos este podrá presentar la respectiva recuperación con una evaluación de conocimientos. La nota obtenida de la recuperación, será la nota definitiva del módulo, que en ningún caso podrá ser menor de (3.0) tres cero. La recuperación será presentada por una única vez. Para aprobar el módulo. ES REQUISITO PARA PODER PRESENTAR LA RECUPERACIÓN HABER ASISTIDO AL 80% DE LAS CLASES DEL MÓDULO Y PRESENTAR EL PORTAFOLIO DE EVIDENCIAS COMPLETO. 6.13Si el estudiante llega a perder las dos recuperaciones; deberá realizar los cursos remediales o complementarios; una vez aprobados continuará con el siguiente semestre, en caso de no aprobar los cursos remediales o complementarios, se considerará que el estudiante no es apto para esta formación. 6.14 Cuando el estudiante hubiere presentado hasta 2 (dos) recuperaciones y este llega a perder con la nota sumatoria final menor de (3.0) tres cero, una de las evaluaciones, el estudiante podrá hacer un curso remedial o complementario del módulo durante el semestre, mediando el costo establecido, debiendo aprobarlo para poder sentar matricula formal al siguiente semestre. Entendiéndose que podrá tomar las siguientes módulos con matricula condicional. PARAGRAFO: El pago del curso remedial o complementario NO garantiza la aprobación del módulo y si lo perdiera se considerará que no es apto para este tipo de formación. 6.15 Las prácticas clínicas son prerrequisito pasarlas con nota mayor de (3.0) tres cero para poder aprobar el semestre.  Se pierde por notas o por fallas. Si se pierden las prácticas, deberá realizarlas en el siguiente semestre.  Cuando el estudiante inicia sus prácticas deberá asistir a clase los días viernes para la jornada de la mañana y jueves y viernes para la jornada de la noche; la ausencia en estos días se computa como falla de práctica.  Si el estudiante no se presenta a las prácticas clínicas aduciendo razones injustificadas o justificadas, deberá repetirlas y cancelar el equivalente al costo de medio semestre. Si el promedio semestral es inferior a (4.5) cuatro cinco, se considerará reprobado el semestre  Si el estudiante al finalizar su formación práctica, ajusta una nota mayor o igual a (4.5) cuatro cinco y pierde hasta tres (3) módulos en teoría tiene derecho a presentar las recuperaciones, aplicándose en consecuencia sobre tres lo expresado en el numeral 5.14 y su parágrafo.  Después de perdido un semestre académico, el estudiante solo podrá repetirlo una vez.  No se darán notas por teléfono, y serán publicadas 5 días hábiles después de la fecha de terminación.  El aseo del salón (incluido paredes y pupitres) y del laboratorio, tendrá una nota en todos los módulos. PARAGRAFO: Las notas de práctica y teoría suman porcentajes separados por lo tanto NO convalida a una tercera área cuando el estudiante haya perdido 2 (dos) módulos catedráticas (teóricas) y podrá presentar las 2 (dos) recuperaciones de teoría. Donde solo podrá perder un módulo de teoría, aplicándose los términos de los cursos remédiales con fecha no superior a quince (15) días calendario. El estudiante para poder asistir a las prácticas clínicas deberá aprobar el evaluación teórico- práctico de laboratorio, en la institución, con los talleres previstos, evaluado por el docente de la módulo, y en todo caso su nota no podrá ser menor a tres cinco ( 3.5), además haber asistido al 80% de todas las módulos.
  • 12. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 12 DE 21 CAPITULO VII PRUEBAS ACADEMICAS Y REINTEGRO A LA INSTITUCIÓN 7.1 El estudiante quedara en periodo de prueba académica cuando su promedio ponderado acumulado sea inferior a 3.2 7.2 Si obtiene un promedio ponderado acumulado menor o igual a dos cinco (2.5) queda excluido definitivamente de la institución. 7.3 El estudiante perderá el periodo académico cursado al perder 3 o más módulos con nota menor a tres (3.0) y se aplicaran las mismas causales del numeral 6.2 7.4 Casos especiales de tipo académico o formativo serán revisados por el concejo académico. 7.5 El periodo de prueba académica no podrá otorgarse en más de dos ocasiones a un estudiante. En ningún caso el estudiante podrá entrar a una tercera prueba académica lo cual implica quedar excluido definitivamente de la programa. Salvo los previstos en la norma 7.6 En caso de retiro voluntario, el reintegro se estudiara de acuerdo con el tiempo de retiro, que no puede ser más de cuatro semestres a la aprobación dada por el Rector en el momento del retiro. En este caso el estudiante se deberá someter al plan de estudios y reglamentos vigentes en el momento de su reintegro. 7.7 Para el caso de las estudiantes que se encuentren en periodo de embarazo, primando su salud:- Que habiendo culminado el ciclo teórico y encontrándose a paz y salvo, podrá aplazar sus prácticas hasta tanto no se haya restablecido de su parto, y que en todo caso, no podrá ser superior a 30 días calendario, de lo contrario deberá aplazar el semestre. La institución adecuará de acuerdo con el tiempo de la estudiante, los turnos para sus prácticas clínicas.- Si la estudiante tuviese el parto en el ciclo teórico, deberá informar a la institución para tomarse el tiempo establecido en el párrafo anterior, debiendo actualizarse en los temas que dejó por ver, cumpliendo con las respectivas cuotas económicas, e iniciar sus prácticas clínicas, culminando así, su ciclo académico. CAPITULO VIII. DE LOS DEBERES Y COMPROMISOS DE LOS ESTUDIANTES. DEFINICIÓN DE DEBERES Y COMPROMISOS DE LOS ESTUDIANTES. Los deberes y compromisos de los Estudiantes, son aquellas acciones que se deben hacer para darle el debido cumplimiento a las normas y disposiciones de la Entidad, y marcan las pautas para propender por el buen funcionamiento de cada componente de la comunidad educativa con la finalidad de obtener los logros propuestos. REGIMEN DE DEBERES Y COMPROMISOS DE LOS ESTUDIANTES. Son deberes y compromisos del estudiante: a. Cumplir con las obligaciones que se deriven de la Constitución Política, la Ley y Manual de Convivencia de CEFAP. b. Respetar a toda persona de la comunidad estudiantil. c. Cumplir con el Manual de Convivencia o Reglamento de Estudiantes de la Institución d. Cumplir los deberes inherentes a la calidad de estudiante, en especial disponer del tiempo necesario para opor- tunamente concurrir a las clases, presentar las pruebas, ejecutar las actividades académicas y cumplir con las demás obligaciones académicas que le sean asignadas por los respectivos Docentes. e. Respetar las opiniones de los demás y permitir su libre expresión. f. Preservar la integridad de la propiedad privada y bienes de la Institución g. Preservar y mantener en buen estado el módulo de enseñanza. h. Respetar, mantener y propender por el buen nombre de la Institución. i. Cumplir los principios éticos de la profesión y de la Institución. j. No permitir ni promover transacciones comerciales en la Institución. k. Emplear el primer conducto directo para el trámite de sus derechos. l. Comunicar por escrito su consideración sobre dificultades con el personal docentes, módulos, módulos o fases de módulos.
  • 13. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 13 DE 21 m. Acatar las disposiciones que las directivas de la Institución estimen convenientes para el buen funcionamiento de la normatividad académica de la Institución. n. Responder cumplidamente y con honestidad ante sus compromisos académicos. o. Respetar las decisiones justificadas de los docentes para exigir respuestas adecuadas a su formación. p. Mantener silencio y utilizar un vocabulario respetuoso en el salón de clases, laboratorios, talleres, zona adminis- trativa y área de influencia de la Institución. q. Abstenerse del uso del celular o cualquier otro medio electrónico dentro del salón en horas de clase. r. Abstenerse de ejercer actos de discriminación social, política, racial, religiosa o de otra índole. s. No impedir, ni tratar de impedir el normal ejercicio de las actividades del Institución. t. Portar adecuadamente el uniforme establecido para el programa respectivo, de acuerdo a la programación de actividades académicas que realice la Coordinación de la entidad. u. Este aspecto cubre además el debido porte del carné y los aditamentos necesarios para la realización de los diferentes aspectos formativos. v. Rendir en el nivel mínimo de promedio académico y máximo de orden disciplinario del Institución. w. Realizar los pagos por distintos conceptos en las fechas acordadas con las Autoridades de la institución o con quien le represente. x. Cumplir con el siguiente reglamento de practica: REGLAMENTO QUE DEBERAN CUMPLIR LOS ESTUDIANTES COMO PRACTICANTES DE AUXILIAR EN ENFERMERIA El estudiante debe cumplir con el 100% de las prácticas, si faltare de manera injustificada o justificada, deberá reponer dichas prácticas con un costo adicional. El estudiante debe conocer y cumplir con las siguientes normas que han sido aprobadas en las reuniones de comité docente asistencial: 1. Portar el uniforme completo de la institución con su respectivo LOGO. Uniforme de cirugía según el sitio, tanto el uniforme como los zapatos deben ser Impecables. 2. Portar el carné Institucional donde lo identifica como estudiante de CEFAP, al igual que el carné de seguro estudiantil. EL CARNÉ ES PERSONAL E INTRANSFERIBLE. 3. Las damas deben llevar cabellos recogidos, en tintes de tono natural, cualquier adorno en la cabeza debe ser blanco, maquillaje moderado y adecuado al tono del uniforme, uñas cortas y sin esmalte de tonos fuer- tes, no llevar joyas, ni pearcing, tatuajes, manillas, collares o cualquier accesorio que no vaya acorde con el uniforme. 4. Los caballeros peluqueados, sin chiveras, sin cachucha, uñas cortas y limpias, esto por asepsia hospitalaria. 5. No llevar maletas grandes. 6. Llevar módulo para prácticas, según servicio de rotación así:  URGENCIAS PEDIATRIA, MATERNIDAD, ONCOLOGIA - Fonendoscopio - Tensiómetro - Termómetro - Reloj con segundero - 2 tapabocas desechables - 5 pares de guantes (látex) de manejo - Mono gafas  UCI DE PEDIATRIA Y NEONATOS - 2 tapabocas desechables
  • 14. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 14 DE 21 - 2 gorros desechables - 5 pares de guantes de guantes (látex) de manejo - CIRUGIA - Vestido de cirugía - 2 gorros desechables - 2 Polainas desechables - 2 Tapabocas desechables - 5 pares de guantes (látex)de manejo COMPORTAMIENTO ADECUADO En general las normas de comportamiento se rigen por el reglamento o manual de convivencia, pero a nivel específico son las siguientes: 1. Saludar, permitir la revisión de sus elementos tanto al ingreso como a la salida de la práctica. 2. Tener marcados todos sus elementos y hacerlos registrar al ingreso de la práctica. 3. No realizar corrillos en los halles de los sitios de práctica. 4. No expresar comentarios sobre historias clínicas, ni diagnósticos de los pacientes esto es privado, solo se hace con el docente en el momento apropiado. 5. Velar por las pertenencias de los pacientes. 6. No solicitarles dinero. 7. Tratar bien a los familiares de los pacientes y en general a todo el cuerpo médico y personal institucional. 8. Ningún estudiante podrá suministrar medicamentos a los pacientes sin la supervisión del jefe de práctica. 9. Apagar los celulares en el horario de práctica. 10. No correr por las escaleras, ni pasillos. 11. Utilizar únicamente el tiempo asignado para el descanso. 12. No llevar elementos innecesarios. 13. cuidar todos los elementos Institucionales. 14. Avisar a su docente o jefe de piso cualquier anomalía que observe. 15. Llegar cinco minutos antes de la hora de entrada, no se permite el ingreso después de la hora asignada. 16. Estar al día en sus cuotas de pensión, el no cumplimiento conlleva a la suspensión de dichas prácticas. 17. No fumar dentro de los sitios de práctica, ni en sus alrededores. 18. No ingresar en HORARIO NI TURNO diferente al asignado en el sitio de práctica con el uniforme de la institución. 19. El estudiante está en la obligación de firmar el control de asistencia en la práctica clínica diariamente; de lo contrario se le colocará la falla. 20. Si el estudiante no cumple con todos los requisitos mencionados no puede ingresar al sitio de práctica. Además deberá mantener y asumir con responsabilidad los siguientes hábitos:  Técnica de asepsia y antisepsia antes y después de cada procedimiento que realice.  Normas de bioseguridad acordes a la Institución como son: - Desecho de material cortó punzante - Desecho de material contaminado y no contaminado - Material reciclable, biodegradable y no biodegradable - Manejo de los fluidos corporales  Todos los procedimientos que se realicen deben ejecutarse bajo estricta supervisión del Jefe de prácticas de la institución.  Deberán realizar actividades propias de sus funciones, según los protocolos o guías de manejo establecidas por la Institución.  Demás disposiciones que establezca la Institución Clínica. ESTE REGLAMENTO TAMBIEN COBIJA A TODOS LOS ESTUDIANTES QUE FIRMEN CONTRATO DE APRENDIZAJE, EN CONCORDANCIA CON EL MANUAL DE CONVIVENCIA Y CON LAS CLAUSULAS DE DICHO CONTRATO.
  • 15. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 15 DE 21 CAPITULO IX FALTAS Y SANCIONES DISCIPLINARIAS Las faltas de los estudiantes se clasifican en leves, graves y gravísimas 11.1Constituyen faltas leves aquellas que implican el incumplimiento de los deberes del estudiante establecidos en el reglamento. Las faltas leves serán sancionadas mediante amonestación oral – para la primera vez – y amonestación escrita en caso de reincidencia. Si después de haber sido amonestado por escrito, el estudiante persiste en la comisión de las faltas, se considerara como grave incumplimiento de los deberes adquiridos mediante el acto de matrícula y se procederá a aplicar la sanción correspondiente. 11.2Constituyen faltas graves:  La conducta del estudiante que menoscabe el buen nombre, la dignidad o el prestigio de la institución, dentro y fuera de sus instalaciones en especial cuando se porta el uniforme , conducta que será sancionada con detrimento en el módulo de ética y una sanción acorde a la magnitud de la conducta.  Las caricias excesivas dentro y alrededor de la institución y sitios de práctica.  Los daños intencionales a los bienes de la Institución, Hacer buen uso de ellos, ya que es para su bienestar (salones, pupitres, paredes, baños, espacios de laboratorio) o de las personas que conforman la comunidad educativa.  La hostilidad habitual y manifiesta, o la agresión de palabra o de obra contra los estudiantes, empleados, docentes o autoridades institucionales.  El consumo habitual o comercialización de licor y cigarrillos portando el uniforme dentro y alrededor de la institución y lugares de práctica.  Cuando el estudiante ingresa en horario diferente al asignado en su sitio de práctica portando el uniforme de la institución.  El consumo habitual y la inducción al consumo de sustancias psicoactivas en los predios o actividades institucionales.  El fraude en pruebas y trabajos académicos.  El engaño a las autoridades académicas para adelantar cursos o requisitos académicos sin cumplir las condiciones financieras establecidas por la institución.  En general, todo acto que lesione gravemente los compromisos adquiridos por el estudiante con la institución en el acto de la matricula  Presentarse en estado de embriaguez a clase o en el sitio de prácticas.  Expresar frases des obligantes de la institución en la página web, caso que será investigado por la entidad competente.  Afectar los derechos ciudadanos del vecindario. Las faltas graves serán sancionadas con amonestación escrita con cargo a la hoja de vida del estudiante y la imposición de matrícula condicional durante el tiempo que reste al estudiante para culminar los estudios del programa en el que está inscrito. El incumplimiento de las condiciones impuestas en la matricula condicional, tiene el efecto la cancelación de la matrícula. 11.3Constituyen faltas gravísimas:  La sustracción intencional de bienes de la institución, de los sitios de práctica, de los estudiantes, docentes, empleados, o autoridades institucionales.  La falsificación de documentos, firmas o endosos en instrumentos financieros de la institución, o el pago con chequeras robadas o de cuentas canceladas.  La adquisición o divulgación indebida de pruebas académicas.  El engaño, la omisión de información y la grave distorsión de la realidad para obtener becas, rebajas o favores económicos de la institución.
  • 16. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 16 DE 21  La conducta intencional que tenga como efecto una grave lesión o ponga en grave riesgo de ella a un estudiante, docente, empleado, autoridad institucional o visitante, en su integridad personal o moral o en su libertad y honor sexual.  La comercialización de sustancias psicoactivas.  La comisión de una conducta incluida dentro de las faltas graves que debido a su naturaleza, intención lesiva y gravedad del daño, en atención del buen nombre de la institución y del bien general de la comunidad educativa, deba ser considerada como falta gravísima. Los mismos criterios se utilizaran para juzgar sobre la atenuación de la falta.  La reincidencia en la comisión de faltas graves.  La suplantación a través del carné de la institución (el carné es personal e intransferible).  Porte de armas. Las faltas gravísimas se sancionaran con expulsión, y suspensión de los sitios de práctica y contrato de aprendizaje, esta sanción consiste en la cancelación de la matrícula del estudiante, su desvinculación de la institución, y tiene como efecto adicional el que el estudiante no pueda ser admitido posteriormente a ninguno de los programas ofrecidos en la institución. PARAGRAFO: Toda falta o deficiencias académicas que deriven en permitir la continuidad del estudiante en la institución, mediara una evaluación psicológica que en todo caso el estudiante implicado deberá asistir a todas las sesiones programadas por el profesional en psicología y solo después de obtener el visto bueno de las asesorías, el concejo académico estudiara su situación reservándose el derecho de admisión para continuar su formación. La institución no expedirá certificaciones de estudios con notas parciales del semestre que curse, solo los de los semestres cursados, Aprobados o reprobados previo paz y salvo de los mismos, cuando el estudiante los requiera para continuar sus estudios en otra institución si fuera desvinculado de esta. 11.4 CONDUCTO REGULAR PARA RESOLVER CONFLICTOS Y/O FALTAS DISCIPLINARIAS: Por conducto del Coordinador Académico se tramitan y resuelven aspectos académicos del departamento, de esta manera el conducto regular de la comunicación académica será siempre de estudiante a Docente o formador, de Docente o formador a Coordinador, de Coordinador a Administrador o Gerente y de Administrador o Gerente a rector y viceversa. Nunca el Coordinador Académico constituye conducto inmediato, pues todo asunto académico debe ser tramitado por el respectivo Docente o Formador. El estudiante deberá dirigirse en primera instancia al Docente o Formador, si no se resolviere el problema, al Coordinador Académico y por último Rectoría y al Consejo Directivo. Ante una falta grave se realizará un acta con las personas implicadas, donde se especifiquen los respectivos descargos y se dará una notificación por parte de consejo académico con respecto a la decisión y/o los correctivos tomados. CAPITULO X CURSOS LIBRES DE ACTUALIZACION La autorización para tomar cursos libres de actualización no otorga al estudiante el carácter de estudiante regular del departamento. Los cursos libres no constituyen requisito ni garantía de ingreso a la institución. El carácter de estudiante regular solamente se obtiene después de ser admitido como tal dentro del proceso de admisiones, transferencias, traslados o reintegros. La autorización para tomar cursos libres de actualización está sujeta a la disponibilidad de cupos de cada departamento y exige la aprobación del Rector. Solo tendrán el aval como prerrequisito de grado.
  • 17. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 17 DE 21 CAPITULO XI SOLICITUD DE IMPLEMENTOS Los elementos de ayuda audiovisual (Proyector de Acetatos, Proyector de Diapositivas, sala de Audiovisuales, Laboratorio) deberán ser solicitados tanto por los estudiantes, como por los docentes o formadores con dos días de anticipación, pero solo el docente o formador lo recibirá y se hará responsable, hasta que haga entrega formal de los mismos. Para la solicitud de Libros de la biblioteca es requisito indispensable la presentación de la cédula o carné de CEFAP, no se prestaran libros para fuera de la institución. Si por algún motivo, el estudiante o docente (formador) perdiere el libro que sacó de la biblioteca, deberá cancelar el valor comercial del libro para poder presentar las evaluaciones correspondientes y / o promoverse al semestre siguiente. CAPITULO XII DEL USO DEL UNIFORME. El estudiante de CEFAP debe portar el uniforme completo según el modelo establecido por el concejo académico, dentro de la institución y en lugares de práctica; teniendo en cuenta la actividad y la institución que representa, lo cual implica un buen comportamiento dentro y fuera de la institución así como una excelente presentación personal (cabello recogido para las mujeres, maquillaje discreto, tintura del cabello en tono natural, unas cortas y de color claro. los hombres con el cabello corto, sin patillas, ni bigote, ni barba, no utilizar gorras, manillas, collares , y uñas impecables. No usar atuendos como pearcing durante la clase, o en las prácticas, que atenten con la presentación personal, digna de un profesional de la salud. Lo anterior también es obligatorio para los docentes. Por el porte adecuado del uniforme, obtendrá una nota. El uniforme consta de blusa de manga corta, cuelo en v, pantalón, chaqueta con su respectivo logo de la institución blanco y/o azul, (TOTALMENTE PROHIBIDO EL USO DE SACOS Y CHAQUETAS CON COLORES DIFERENTES A LOS INSTITUCIONALES) medias blancas y zapatos blancos. CAPITULO XIII DE LA CERTIFICACION CONSTANCIAS: La Institución a petición expresa expedirá constancias y certificados a sus estudiantes y egresados de acuerdo a las normas vigente y cuando el interesado se encuentre a paz y salvo con la Institución. Para obtener la Certificación y el diploma correspondiente, el estudiante deberá cumplir con los siguientes requisitos: 1. Haber cursado y aprobado todos los módulos correspondientes al plan de estudios del programa. 2. Haber superado las pruebas exigidas como el seminario (UCI) y prácticas clínicas las cuales son prerrequisitos de grado. 3. Haber cancelado los derechos de certificación y encontrarse a paz y salvo con la institución por todo concepto. La entrega de documentación completa solicitada la cual será verificada por la Institución. 4. Cuando el estudiante haya cumplido con todos los requisitos anteriores, la Institución le expedirá el diploma en que certifique su idoneidad y lo habilite para solicitar la matricula o inscripción profesional ante la secretaria distrital de salud. 5. La diligencia de la matricula o registro profesional ante la secretaria distrital de salud, deberá hacerla en forma personal y cancelar los respectivos derechos exigidos por la Secretaria de Salud el estudiante interesado. 6. Los estudiantes que aprueben la formación como auxiliares de enfermería y no asistan a la ceremonia de entrega de certificados no estarán exentos del pago de este derecho. 7. Es requisito de grado, tomar el curso de emprendimiento realizado por el SENA. 8. Es requisito tomar el curso de 20 horas de Sistemas. 9. El estudiante deberá presentarse a la ceremonia con el uniforme completo de la institución, totalmente blanco (Blusa Blanca en v de manga corta, para las damas falda 2cm arriba de la rodilla, media delgada
  • 18. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 18 DE 21 blanca, zapatos blancos y toca). Totalmente prohibido el uso de jardineras y modelos de uniformes diferentes al establecido. 10. Queda prohibido el ingreso de modistas y vendedores a la institución. CAPITULO XIV. DE LOS DERECHOS Y GARANTIAS DEL PERSONAL DOCENTE. DEFINICIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS DEL PERSONAL DOCENTE. Los derechos y las garantías del personal docente o formador son aquellas acciones que protegen y garantizan a estos el respeto y mutuo entendimiento con los diferentes integrantes de la comunidad educativa y que están contempladas en el reglamento del personal docente o formador anexo a este documento. PARAGRAFO. Se consideran docentes o formadores aquellos Profesionales vinculados a la Institución para orientar, dirigir y facilitar los procesos educativos de CEFAP. CAPITULO XV. ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA La estructura administrativa de la institución está claramente definida y el área de competencia de los funcionarios se resume de la siguiente manera: la autoridad superior en la institución corresponde a la Junta Directiva de la Institución, bajo la presidencia del Rector. El Gerente General atiende lo relacionado con el régimen disciplinario de la institución, mientras el orden académico es responsabilidad del Coordinador Académico. CAPITULO XI. ORGANOS RECTORES Como órganos rectores la Institución cuenta con el consejo de dirección y el comité académico. CONSEJO DE DIRECCION Es el grupo de personas conformados por la  Junta directiva  Los docentes  El representante de los estudiantes. Funciones:  Se encarga de realizar el análisis de todas las situaciones de carácter académico y administrativo sucedidas durante el semestre y tomar las acciones correspondientes.  Establecer los costos educativos.  Establecer el programa anual de compras  Realizar reuniones ordinarias una vez al semestre  Tomar las decisiones pertinentes con base en los análisis de autoevaluación institucional, satisfacción del cliente y evaluación del programa CONSEJO ACADEMICO Es el grupo de personas que colaboran con la Dirección Académica, en los asuntos que considere conveniente. Está integrado por: a. El Director (a) Académico(a). b. El Coordinador Académico
  • 19. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 19 DE 21 c. Un delegado de los docentes o formadores. d. Un representante de los estudiantes. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO: a. Analizar la aplicabilidad de los instrumentos de evaluación utilizados para los diferentes programas que se realicen y hacer los cambios pertinentes. b. Llevar actas de las sesiones. c. Realizar reuniones ordinarias una vez al semestre o cuando la dirección académica lo solicite. d. Reconocer los méritos por el desempeño académico de los educandos. e. Estudiar los casos especiales de rendimiento académico siguiendo los lineamientos del presente. f. Fomentar el buen trato y la participación de los estudiantes en los asuntos institucionales que le conciernen. g. Promover y realizar la jornada de elección del representante cuando corresponda. CAPITULO XII. DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA El presente Manual de Convivencia regula las relaciones académicas entre la Institución, sus aspirantes, estudiantes, docentes, administrativos, directivos y su entorno. DEFINICIÓN DE COMUNIDAD EDUCATIVA. La comunidad educativa de CEFAP, está conformada por: la vecindad, los estudiantes, docentes, acudientes, egresados, administrativos y directivos, quienes para fines del presente Manual de Convivencia, y según su competencia participan en la buena marcha de la Institución. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE Dado en Bogotá, a los DIRECTOR GENERAL COORDINACION ACADEMICA REPRESENTANTE DOCENTES ANTECEDENTES VERSION VIGENCIA CAMBIOS EFECTUADOS 1 Versión inicial del documento. 2 Sustitución de las palabras: remedial por complementario; supletorio por recuperación; cambio en sistema de notas; ta- bla de costos.
  • 20. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 20 DE 21 TABLA DE COSTOS 1. Recuperaciones teóricas $40.000 2. Recuperaciones prácticas (alumnos de otra institución) $200.000 3. Remediales o complementarios $190.000 4. Evaluación extemporánea sin justa causa $20.000 5. Constancias de estudio y/o practicas $5.000 6. Certificados de notas $10.000 7. Duplicado carnet y/o póliza (previa presentación de la denuncia) $10.000 8. Ceremonia entrega de certificados $200.000 9. Curso soporte Vital Básico estudiantes y egresados $70.000 10. Curso soporte Vital Básico Particulares $150.000 11. Diplomado UCI Estudiantes $160.000 12. Diplomado UCI Particulares $200.000 Estos costos en ningún caso superan el monto general establecido para el programa.
  • 21. MANUAL DE CONVIVENCIA Fecha: 01.02.14 Versión:2 PÁGINA 21 DE 21 HIMNO Letra: Jaime Alberto Leal Afanador Música: Estefanía Leal Guerrero y María Paula Leal Guerrero. Arreglo musical: Yezid Barbosa Coro 1 //CEFAP, CEFAP, escuela de formación// Estrofa 1 Cuidar al enfermo con amor, Ayudar al ciudadano en su dolor, Son principios de una noble profesión Que se promueven en digna institución. Coro 2 //Es CEFAP, es CEFAP, escuela de formación// Estrofa 2 Con varias décadas en la educación Cristaliza el sueño del señor, Al formar en sensibilidad social Auxiliares en el área de salud. Coro 1 //CEFAP, CEFAP, escuela de formación// Estrofa 3 Para quienes quieren ayudar, En salud brinden su vocación, Todos ellos buscan trabajar Para hacer una mejor nación. Coro 2 //Es CEFAP, es CEFAP, escuela de formación// Estrofa 4 Forjadores de egresados distinguidos, Triunfadores en su campo laboral, Son talentos que sirven al país Con ética y responsabilidad. Coro 2 //Es CEFAP, es CEFAP, escuela de formación//