SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 4
DERECHO CIVIL
     Bienes
Bienes Y Derechos Reales
•   La palabra bienes se deriva del latín bearse, que significa causar felicidad.
    Los bienes son todas aquellas cosas y derechos que puede se objeto de
    comercio y prestar alguna utilidad al hombre, y más comúnmente, lo que
    constituye la hacienda o caudal de una persona determinada.
•   Desde un punto de vista jurídico, la ley entiende por bien todo aquello que
    pueda ser objeto de apropiación. Este significado es distinto del económico,
    pues en este sentido, bien es todo aquello que pueda ser útil al hombre.
    Por tanto, aquellos bienes que no puedan se objeto de apropiación, aun
    cuando sean útiles para el hombre, no lo serán desde el punto de vista
    jurídico.
•   En derecho se dice que son objeto de apropiación todos los bienes que no
    están excluidos del comercio. Según el artículo 748 del Código Civil "las
    cosas pueden estar fuera del comercio por naturaleza o por disposición de
    la ley", y al respecto el artículo 749 dice que " están fuera del comercio por
    su naturaleza las que no puedan ser poseídas por algún individuo
    exclusivamente, y por disposición de la ley las que ella declara irreductibles
    a propiedad particular".
Derecho Real de Propiedad
•   Aplicando la definición del derecho real a la propiedad, diremos que esta se manifiesta en el
    poder jurídico que una persona ejerce en forma directa e inmediata sobre una cosa para
    aprovecharla totalmente en sentido jurídico, siendo oponible este poder a un sujeto pasivo
    universal, por virtud de una relación que se origina entre el titular y dicho sujeto.
•   La propiedad es el derecho en virtud del cual una cosa se encuentra sometida de una manera
    absoluta y exclusiva a la acción y voluntad de una persona.
•   Comparemos el derecho real con la propiedad:
•
•      La propiedad es un poder jurídico que se ejerce en forma directa e inmediata; todo el derecho
    real también es un poder jurídico que se ejerce en forma directa e inmediata.
•      En la propiedad este poder jurídico se ejerce sobre una cosa, es decir, sobre un bien corporal.
    No hay propiedad sobre bienes incorporales.
•      El derecho de propiedad implica un poder jurídico directo sobre la cosa para aprovecharla
    totalmente. El poder jurídico total significa que se tiene la posibilidad normativa de ejecutar todos
    los actos de dominio o de administración, es decir, se trata de un aprovechamiento jurídico y no
    económico.
•      El derecho de propiedad implica una relación jurídica entre el propietario o sujeto, y un sujeto
    pasivo universal. El sujeto pasivo universal queda constituido por el conjunto de personas que de
    manera permanente o transitoria integran una comunidad jurídica, pues se requiere siempre un
    dato especial (proximidad material) para que exista la oponibilidad del derecho de propiedad a
    los terceros y la posibilidad física de su violación.
Derecho real de posesión
•   La posesión puede definirse como una relación o estado de hecho que confiere a
    una persona el poder exclusivo de retener una cosa para ejecutar actos materiales
    de aprovechamiento, animus domini o como consecuencia de un derecho real o
    personal, o sin derecho alguno.
•   Tradicionalmente se ha reconocido dos elementos en la posesión: uno material,
    llamado corpus y otro psicológico, denominado animus.
•   El corpus comprende el conjunto de actos materiales que demuestran la existencia
    del poder físico que ejerce el poseedor sobre la cosa, para retenerla en forma
    exclusiva.
•   El segundo elemento de la posesión, de carácter psicológico, denominado animus,
    consiste en ejercer los actos materiales de la detentación con la intención de
    conducirse como propietario, a título de dominio.
•   En nuestro derecho positivo son objeto de posesión los bienes susceptibles de
    apropiación; como los derechos reales o personales son bienes susceptibles de
    apropiación, pueden ser poseídos.
•   En la posesión de los derechos es necesario distinguir dos cosas completamente
    distintas: poseer una cosa por virtud de un derecho, o bien poseer un derecho en sí.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Derechos subjetivos 2
Derechos subjetivos 2Derechos subjetivos 2
Derechos subjetivos 2katorresbo
 
El derecho positivo equipo 5
El derecho positivo equipo 5El derecho positivo equipo 5
El derecho positivo equipo 5Nayeli Corona
 
Derechos Reales Y Propiedad Examen Final
Derechos Reales Y Propiedad Examen FinalDerechos Reales Y Propiedad Examen Final
Derechos Reales Y Propiedad Examen Finalpapola
 
Las cosas y su clasificacion
Las cosas y su clasificacionLas cosas y su clasificacion
Las cosas y su clasificacionRosaline Pink
 
Slideshare derecho romano
Slideshare derecho romanoSlideshare derecho romano
Slideshare derecho romanoanaile azuaje
 
Uso de derecho de habitacion
Uso de derecho de habitacionUso de derecho de habitacion
Uso de derecho de habitacionJorge Aguirre
 
NATURALEZA DE LOS DERECHOS REALES - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
NATURALEZA DE LOS DERECHOS REALES - ANDRÉS CUSI ARREDONDONATURALEZA DE LOS DERECHOS REALES - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
NATURALEZA DE LOS DERECHOS REALES - ANDRÉS CUSI ARREDONDOAndrés Eduardo Cusi Arredondo
 
La propiedad Javier Rojas
La propiedad Javier RojasLa propiedad Javier Rojas
La propiedad Javier Rojasjavivirr
 
Propiedad (rojina villegas)
Propiedad (rojina villegas)Propiedad (rojina villegas)
Propiedad (rojina villegas)AnaLuzAbra
 
Stefany villegas Taerea
Stefany villegas TaereaStefany villegas Taerea
Stefany villegas Taereabetania_ag
 
Tema II Patrimonio
Tema II PatrimonioTema II Patrimonio
Tema II PatrimonioDEL ROJAS
 

La actualidad más candente (20)

Derechos subjetivos 2
Derechos subjetivos 2Derechos subjetivos 2
Derechos subjetivos 2
 
Derecho real diapositivas
Derecho real diapositivasDerecho real diapositivas
Derecho real diapositivas
 
Derecho subjetivo
Derecho subjetivo Derecho subjetivo
Derecho subjetivo
 
El derecho positivo equipo 5
El derecho positivo equipo 5El derecho positivo equipo 5
El derecho positivo equipo 5
 
Derecho objetivo
Derecho objetivoDerecho objetivo
Derecho objetivo
 
Derechos Reales Y Propiedad Examen Final
Derechos Reales Y Propiedad Examen FinalDerechos Reales Y Propiedad Examen Final
Derechos Reales Y Propiedad Examen Final
 
Derecho subjetivo
Derecho subjetivoDerecho subjetivo
Derecho subjetivo
 
Las cosas y su clasificacion
Las cosas y su clasificacionLas cosas y su clasificacion
Las cosas y su clasificacion
 
Slideshare derecho romano
Slideshare derecho romanoSlideshare derecho romano
Slideshare derecho romano
 
Ensayo posesion richard medina
Ensayo posesion richard medinaEnsayo posesion richard medina
Ensayo posesion richard medina
 
Uso de derecho de habitacion
Uso de derecho de habitacionUso de derecho de habitacion
Uso de derecho de habitacion
 
NATURALEZA DE LOS DERECHOS REALES - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
NATURALEZA DE LOS DERECHOS REALES - ANDRÉS CUSI ARREDONDONATURALEZA DE LOS DERECHOS REALES - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
NATURALEZA DE LOS DERECHOS REALES - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
 
La propiedad Javier Rojas
La propiedad Javier RojasLa propiedad Javier Rojas
La propiedad Javier Rojas
 
Propiedad (rojina villegas)
Propiedad (rojina villegas)Propiedad (rojina villegas)
Propiedad (rojina villegas)
 
La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
Derechos reales
Derechos realesDerechos reales
Derechos reales
 
Materia.persona
Materia.personaMateria.persona
Materia.persona
 
Derecho subjetivo
Derecho subjetivoDerecho subjetivo
Derecho subjetivo
 
Stefany villegas Taerea
Stefany villegas TaereaStefany villegas Taerea
Stefany villegas Taerea
 
Tema II Patrimonio
Tema II PatrimonioTema II Patrimonio
Tema II Patrimonio
 

Destacado (8)

Convenio contrato
Convenio   contratoConvenio   contrato
Convenio contrato
 
Convenios y contratos
Convenios y contratosConvenios y contratos
Convenios y contratos
 
Convenio y contrato
Convenio y contratoConvenio y contrato
Convenio y contrato
 
Convenio
ConvenioConvenio
Convenio
 
Covenio ejemplo new
Covenio ejemplo newCovenio ejemplo new
Covenio ejemplo new
 
Convenios y contratos
Convenios y contratosConvenios y contratos
Convenios y contratos
 
Contrato, convenio o acuerdo
Contrato, convenio o acuerdoContrato, convenio o acuerdo
Contrato, convenio o acuerdo
 
Tipos de Contratos
Tipos de ContratosTipos de Contratos
Tipos de Contratos
 

Similar a Samira

Derechos reales de propiedad
Derechos reales de propiedadDerechos reales de propiedad
Derechos reales de propiedadHugo Araujo
 
Plantilla-diapositivas obligaciones1 TEMA 1.pptx
Plantilla-diapositivas obligaciones1 TEMA 1.pptxPlantilla-diapositivas obligaciones1 TEMA 1.pptx
Plantilla-diapositivas obligaciones1 TEMA 1.pptxisaacflorez5
 
Resumen derechos reales i
Resumen derechos reales iResumen derechos reales i
Resumen derechos reales idouglasnic
 
Propiedad, accesion, ocupacion
Propiedad, accesion, ocupacionPropiedad, accesion, ocupacion
Propiedad, accesion, ocupacionrosaaponte
 
DERECHOS REALES CAPITULO XIV.ppt
DERECHOS REALES CAPITULO XIV.pptDERECHOS REALES CAPITULO XIV.ppt
DERECHOS REALES CAPITULO XIV.pptGracielaCaminos1
 
obligaciones autualizado [Autoguardado].pptx
obligaciones  autualizado [Autoguardado].pptxobligaciones  autualizado [Autoguardado].pptx
obligaciones autualizado [Autoguardado].pptxANACMMONTERO
 
derecho reales civil ,concepto caracteristicas teorias evolucion
derecho reales civil ,concepto caracteristicas teorias evolucionderecho reales civil ,concepto caracteristicas teorias evolucion
derecho reales civil ,concepto caracteristicas teorias evolucioncerapioguevara
 
Derechos reales inmobiliarios. la propiedad
Derechos reales inmobiliarios. la propiedadDerechos reales inmobiliarios. la propiedad
Derechos reales inmobiliarios. la propiedadAna Magnolia Mendez
 
Derecho romano d. reales propiedad, de las cosas
Derecho romano   d. reales propiedad, de las cosasDerecho romano   d. reales propiedad, de las cosas
Derecho romano d. reales propiedad, de las cosasJulio Rene Dueñas Ramirez
 

Similar a Samira (20)

Derechos reales
Derechos realesDerechos reales
Derechos reales
 
Derechos reales de propiedad
Derechos reales de propiedadDerechos reales de propiedad
Derechos reales de propiedad
 
Plantilla-diapositivas obligaciones1 TEMA 1.pptx
Plantilla-diapositivas obligaciones1 TEMA 1.pptxPlantilla-diapositivas obligaciones1 TEMA 1.pptx
Plantilla-diapositivas obligaciones1 TEMA 1.pptx
 
Resumen derechos reales i
Resumen derechos reales iResumen derechos reales i
Resumen derechos reales i
 
1.3 Derecho real y personal.pptx
1.3 Derecho real y personal.pptx1.3 Derecho real y personal.pptx
1.3 Derecho real y personal.pptx
 
Derechos Reales
Derechos RealesDerechos Reales
Derechos Reales
 
Propiedad, accesion, ocupacion
Propiedad, accesion, ocupacionPropiedad, accesion, ocupacion
Propiedad, accesion, ocupacion
 
posesion
posesionposesion
posesion
 
Derecho subjetivo
Derecho subjetivo Derecho subjetivo
Derecho subjetivo
 
DERECHOS REALES CAPITULO XIV.ppt
DERECHOS REALES CAPITULO XIV.pptDERECHOS REALES CAPITULO XIV.ppt
DERECHOS REALES CAPITULO XIV.ppt
 
obligaciones autualizado [Autoguardado].pptx
obligaciones  autualizado [Autoguardado].pptxobligaciones  autualizado [Autoguardado].pptx
obligaciones autualizado [Autoguardado].pptx
 
Derecho economico
Derecho economicoDerecho economico
Derecho economico
 
derecho reales civil ,concepto caracteristicas teorias evolucion
derecho reales civil ,concepto caracteristicas teorias evolucionderecho reales civil ,concepto caracteristicas teorias evolucion
derecho reales civil ,concepto caracteristicas teorias evolucion
 
Derechos reales inmobiliarios. la propiedad
Derechos reales inmobiliarios. la propiedadDerechos reales inmobiliarios. la propiedad
Derechos reales inmobiliarios. la propiedad
 
La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
Derecho civil
Derecho civilDerecho civil
Derecho civil
 
DERECHO CIVIL.pptx
DERECHO CIVIL.pptxDERECHO CIVIL.pptx
DERECHO CIVIL.pptx
 
Derecho romano d. reales propiedad, de las cosas
Derecho romano   d. reales propiedad, de las cosasDerecho romano   d. reales propiedad, de las cosas
Derecho romano d. reales propiedad, de las cosas
 
Bienes
BienesBienes
Bienes
 
elementos derecho civil
elementos derecho civilelementos derecho civil
elementos derecho civil
 

Samira

  • 1. DERECHO CIVIL Bienes
  • 2. Bienes Y Derechos Reales • La palabra bienes se deriva del latín bearse, que significa causar felicidad. Los bienes son todas aquellas cosas y derechos que puede se objeto de comercio y prestar alguna utilidad al hombre, y más comúnmente, lo que constituye la hacienda o caudal de una persona determinada. • Desde un punto de vista jurídico, la ley entiende por bien todo aquello que pueda ser objeto de apropiación. Este significado es distinto del económico, pues en este sentido, bien es todo aquello que pueda ser útil al hombre. Por tanto, aquellos bienes que no puedan se objeto de apropiación, aun cuando sean útiles para el hombre, no lo serán desde el punto de vista jurídico. • En derecho se dice que son objeto de apropiación todos los bienes que no están excluidos del comercio. Según el artículo 748 del Código Civil "las cosas pueden estar fuera del comercio por naturaleza o por disposición de la ley", y al respecto el artículo 749 dice que " están fuera del comercio por su naturaleza las que no puedan ser poseídas por algún individuo exclusivamente, y por disposición de la ley las que ella declara irreductibles a propiedad particular".
  • 3. Derecho Real de Propiedad • Aplicando la definición del derecho real a la propiedad, diremos que esta se manifiesta en el poder jurídico que una persona ejerce en forma directa e inmediata sobre una cosa para aprovecharla totalmente en sentido jurídico, siendo oponible este poder a un sujeto pasivo universal, por virtud de una relación que se origina entre el titular y dicho sujeto. • La propiedad es el derecho en virtud del cual una cosa se encuentra sometida de una manera absoluta y exclusiva a la acción y voluntad de una persona. • Comparemos el derecho real con la propiedad: • • La propiedad es un poder jurídico que se ejerce en forma directa e inmediata; todo el derecho real también es un poder jurídico que se ejerce en forma directa e inmediata. • En la propiedad este poder jurídico se ejerce sobre una cosa, es decir, sobre un bien corporal. No hay propiedad sobre bienes incorporales. • El derecho de propiedad implica un poder jurídico directo sobre la cosa para aprovecharla totalmente. El poder jurídico total significa que se tiene la posibilidad normativa de ejecutar todos los actos de dominio o de administración, es decir, se trata de un aprovechamiento jurídico y no económico. • El derecho de propiedad implica una relación jurídica entre el propietario o sujeto, y un sujeto pasivo universal. El sujeto pasivo universal queda constituido por el conjunto de personas que de manera permanente o transitoria integran una comunidad jurídica, pues se requiere siempre un dato especial (proximidad material) para que exista la oponibilidad del derecho de propiedad a los terceros y la posibilidad física de su violación.
  • 4. Derecho real de posesión • La posesión puede definirse como una relación o estado de hecho que confiere a una persona el poder exclusivo de retener una cosa para ejecutar actos materiales de aprovechamiento, animus domini o como consecuencia de un derecho real o personal, o sin derecho alguno. • Tradicionalmente se ha reconocido dos elementos en la posesión: uno material, llamado corpus y otro psicológico, denominado animus. • El corpus comprende el conjunto de actos materiales que demuestran la existencia del poder físico que ejerce el poseedor sobre la cosa, para retenerla en forma exclusiva. • El segundo elemento de la posesión, de carácter psicológico, denominado animus, consiste en ejercer los actos materiales de la detentación con la intención de conducirse como propietario, a título de dominio. • En nuestro derecho positivo son objeto de posesión los bienes susceptibles de apropiación; como los derechos reales o personales son bienes susceptibles de apropiación, pueden ser poseídos. • En la posesión de los derechos es necesario distinguir dos cosas completamente distintas: poseer una cosa por virtud de un derecho, o bien poseer un derecho en sí.