El documento describe posibles irregularidades en la Comisión Federal de Telecomunicaciones de México (COFETEL) bajo la dirección de Mony de Swaan. Se alega que COFETEL no ha publicado contratos con ciertas empresas de manera oportuna y que los montos publicados fueron alterados a la baja. También se menciona el posible tráfico de influencias y pagos inflados a empresas asociadas con funcionarios de COFETEL. La comisión permanente acordó solicitar una explicación a De Swaan y los comisionados sobre estas denuncias.
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Cofetel y caso Reuters
1. Desde su designación, Mony de Swaan ha estado inmerso
en controversias acerca de su desempeño.
Su mismo nombramiento fue objetado por no cumplir con
los requisitos de la Legislación. Se ha buscado con
insistencia que la Institución que dirige, transparente su
desempeño.
Una investigación periodística de “Reuters” pone a Mony
de Swaan otra vez en la controversia, nada más que ahora
con los hechos denunciados y sus propias
intervenciones en la prensa y en las redes sociales, los
hechos pueden constituir violaciones punibles.
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2. Ante la Comisión Permanente se presentó una solicitud para que el
señor De Swaan y los Comisionados de Cofetel, expliquen en
relación con los hechos denunciados por “Reuters”.
La Permanente acordó la solicitud por unanimidad.
Se trata de ver, si se ha violado o no la Ley, si el desempeño de
Cofetel se ajusta en la forma a los preceptos de transparencia y
honestidad pública, propios de la Administración Pública Federal.
La comparecencia no es para discutir los temas de su competencia
que atienden otras Comisiones, es para ver su desempeño interno
como Institución de la República.
Cofetel debe estar siempre plena de autoridad moral , para que sus
juicios tengan solvencia y apoyo ciudadano, por se insiste en la
necesidad de transparentar su desempeño y solo a eso habremos de
dedicarnos.
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3. Posible violación a la regulación de Transparencia
Ley
Art. 7.- Los sujetos obligados deberán poner a
disposición del público…
XIII. Las contrataciones que se hayan celebrado
Reglamento
Art. 10.- Las dependencia y entidades deberán actualizar la
información al menos cada tres meses.
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4. Posible violación a la regulación de Transparencia
COFETEL COFETEL
Oculta información Miente
No aparecen los contratos con En los contratos publicados, los
Show Point. montos son alterados a la baja. 4
7. No se publicó en tiempo , como ordena la Ley y
cuando se publicó, no se hizo con fidelidad.
El Comisionado Presidente ante la pregunta del
reportero, por la ausencia de información en la
página de COFETEL.
Reconoció la falta y dijo textualmente: “Ni cuenta me
había dado”.
En resumen:
No publicó contratos oportunamente y disminuyó los
montos de los mismos.
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9. Solo el 4% de contratos son para mis “amigos”:
Mony de Swaan
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10. Tráfico de influencias
Tráfico de influencias:
El delito se actualiza cuando
se ejerce aprovechando la
situación
<<aprovechamiento>> del
cargo o de cualquier otra
situación derivada de la
relación personal o jerárquica
para conseguir una finalidad
específica: una resolución que
le pueda generar directamente
o indirectamente un beneficio
económico para sí o para un
tercero
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11. En los contratos de Show Point se afirma que los
servicios prestados son cobrados en exceso a costos
muy superiores a empresas similares de la rama.
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12. La información recibida después de presentada la Proposición
con Punto de Acuerdo, parece establecer que Oscar Varela
de la oficina de Presidencia de la COFETEL recibió un
cheque cuyo monto corresponde al pago a la empresa
Show Point.
El cheque está librado a nombre del funcionario.
¿Habrá algunos más?
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14. Los temas establecidos señalan posibles irregularidades en la
COFETEL.
Una Institución que debe funcionar plena de autoridad moral, no
puede actuar si hay, acerca de ella, hechos que posiblemente
puedan mostrar.
TRÁFICO DE INFLUENCIAS
PAGOS INFLADOS
DUPLICIDAD DE FUNCIONES
PRESTACIONES INDEBIDAS
ASIGNACIONES DIRECTAS A AMIGOS
Para todo se requiere respuestas
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