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1  sur  59
U.N.E.F.A.
 UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LAS FUERZA ARMADA




Autores:

                Hernandez A. Cesaúl O. C.I.: V-19.901.901

                Yesenia del C. Varela M. C.I.: V-15.594.727

                Lisbeth del C.Ortega P. C.I.: V-18.498.622

                Daniel G. Camargo N. C.I.: V-16.305.608

                José Leonardo Velazco D. C.I.: V-18.902.837

                Carlos A. Pérez C.C.I.: V-17.028.459

                Sección D-01 Ing. Telecomunicaciones

                Fecha de entrega: sábado08 de diciembre 2012




                              1
Republica Bolivariana de Venezuela
 Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior y Min. P.P. para la
                     Defensa y Soberanía de la Nación
       Universidad Nacional Experimental De Las Fuerzas Armadas
                             Extensión El Vigía




                                 U.N.E.F.A.
 UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LAS FUERZA ARMADA




Autores:

                       Hernandez A. Cesaúl O. C.I.: V-19.901.901

                       Yesenia del C. Varela M. C.I.: V-15.594.727

                       Lisbeth del C. Ortega P. C.I.: V-18.498.622

                       Daniel G. Camargo N. C.I.: V-16.305.608

                       José Leonardo Velazco D. C.I.: V-18.902.837

                       Carlos A. Pérez C.C.I.: V-17.028.459

                      Fecha de entrega: sábado 08 de diciembre 2012




                                      2
ÍNDICE DE CONTENIDO                                Pág.
Introducción……………………………………………………………………..                                 04
                          CAPITULO I: LA UNEFA
1.1 Perspectiva y Desarrollo Nacional……………………………………….                    06
1.2 Evolución Histórica………………………………………………………...                          07
1.3 expansión e innovación…………………………………………………...                         10
1.4 Misión, Visión y Objetivos de la UNEFA……………………………...…                14
1.5 Autoridades de la UNEFA………………………………………………...                         15
     1.5.1 Áreas de formación de la UNEFA……………………………….                   16
     1.5.2 Núcleos y extensiones……………………………………………                        18
     1.5.3 Curso integral de Nivelación Universitaria……………………..          20
          CAPITULO II: Reglamentos Internos de la UNEFA
2.1 De Admisión Permanencia y Egreso de la UNEFA…………………...               21
2.2 De Evaluación y Control de estudios…………………………………....                 35
2.3 De Transición………………………………………………………………                                37
2.4 Disciplinario………………………………………………………………...                              34
                 CAPITULO III: Normas de Comportamiento
3.1 Normas de Comportamiento en el Aula…………………………………                     45
                  CAPITULO IV: Valores Unefistas:
4.1 Código de Ética de la UNEFA……………………………………………                          50
    CAPITULO V: Participación en Proyectos Sociales y Ley del Servicio
           Comunitario del Estudiante de Educación Comunitaria.
5.1 Participación en Proyectos Sociales y Ley del Servicio Comunitario
del Estudiante de Educación Comunitaria……………………………….…                    52
Conclusiones……………………………………………………………………                                   57
Referencias Bibliográficas…………………………………………………….                          58
                        ÍNDICES DE TABLAS                                Pág.
Tabla 01…………………………………………………………………………                                     16




                                     3
INTRODUCCIÓN:

     A lo largo de 30 las instituciones castrenses han contado con una casa
de estudios exclusiva para ellos como lo fue el IUPFAN; pero luego de la
llegada Tcnel. Hugo Chávez a la presidencia de la República llegaron muchas
transformaciones a esa realidad, la primera fue el cambio de nombre el cual
paso a ser UNEFA (UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LAS
FUERZAS ARMADAS) pero con esta transformación también llego otra que
definitivamente le cambió el rumbo a esta institución y al pueblo venezolano;
la UNEFA ahora abría su excelencia educativa al pueblo venezolano.
Este cambio ha beneficiado a muchos jóvenes y adultos que habían sido
excluidos del sistema de educación superior a lo largo de los años, la
matricula estudiantil a nivel nacional superado sus más altos límites con
creces, además abrió la posibilidad de estudiar carreras que son poco
ofertadas y con gratuidad para el beneficio de todo aquel que desee entrar y
adherirse a las reglas y normas que esta casa de estudio tiene; ser un
UNEFISTA significa tener un alto grado de responsabilidad moral y
académica, es por ello que es de vital importancia el estudio y conocimiento
de todas normas y reglamentos para un eficaz aprendizaje y correcto
comportamiento dentro de la institución.
       Dicha investigación está compuesta por cinco capítulos los cuales se
describen a continuación:

       Capítulo I. Da a conocer una descripción general sobre la perspectiva y
desarrollo nacional, su evolución histórica, expansión e innovación, misión y
objetivos de la UNEFA; sus autoridades, sus núcleos y el curso integral de
nivelación universitaria.

       Capítulo II. Se explica la Contextualización de sus reglamentos
internos: de admisión, permanencia y egresados, reglamentos de evaluación
y control de estudios así como su reglamento disciplinario.



                                       4
Capítulo III. Explica los procedimientos a seguir para poner en funcionamiento
las Normas dentro de la UNEFA.

       Capítulo IV. Relata los valores Unefistas, el código de ética de la UNEFA:
Principios Generales y Fundamentales.

       Capítulo V. su participación en proyectos de índole social enmarcada en la
Lay de Servicio Comunitario.




                                         5
CAPITULO I: LA UNEFA

     La Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada
Nacional (UNEFA)     es    una    institución   Universitaria   de   la Fuerza
Armada de Venezuela que forma profesionales civiles universitarios a nivel
superior. También da formación educativa dePostgrados y Doctorados, que
consta con más de 240.000 estudiantes y se convierte en la primera
universidad con más estudiantes de Venezuela.

1.1 Perspectiva y Desarrollo Nacional

     Es una institución dedicada principalmente a formar profesionales y las
especializaciones en las distintas ramas, siempre cubriendo las necesidades
tanto de las personas como las del mercado laboral. Categorizándose por ser
una Universidad con gran prestigio a nivel Nacional, por ser formadora de gran
disciplina, ética y valores para sus egresados y trabajadores, además se
adapta al desarrollo profesional que requiere el país en la actualidad, con una
visión abierta de no excluir a las personas pertenecientes a las diferentes
clases sociales. Considero que una de las labores de UNEFA, es la
integración de sus alumnos, profesionales, entre otros, en los Proyectos
Sociales dirigidos a las Comunidades, con el fin de mejorar la calidad de vida
de las personas, así como hasta ahora lo ha hecho la Fuerza Armada
Nacional Bolivariana, integrada a la sociedad prestando toda la ayuda posible
a                                  la                                 Nación..
    Mis expectativas sobre el Sistema AAA, esta orientado a los Principios del
Holismo, la Educación a Distancia y el Paradigma Emergente de los cuales
aprenderemos con las experiencias de acuerdo a los conocimientos recibidos
dentro de esta institución. De ello dependerá desarrollar actitudes positivas
para alcanzar el triunfo en la UNEFA y en la Sociedad.




                                        6
1.2 Evolución Histórica

     Para    conocer    la   UNEFA   desde    su   perspectiva   histórica,   nos
enmontaremos un poco al pasado. El 3 de febrero de 1.974 se decretó la
creación el Instituto Universitario Politécnico de las Fuerzas Armadas
Nacionales (IUPFAN), con sede principal en Caracas y núcleos en los lugares
del país que fueran requeridos por las Fuerzas Armadas Nacionales.
     Luego de 25 años continuos de fructífera labor educativa, considerando
que el Instituto había sido una alternativa válida para la educación superior de
la Institución Castrense y de la comunidad venezolana en general, y cumplidos
los requisitos de Ley, el IUPFAN, por decreto del Ciudadano Presidente de la
República,   Teniente    Coronel   HUGO      RAFAEL    CHÁVEZ      FRÍAS,     fue
transformado en la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la
Fuerza Armada (UNEFA), el 26 de abril de 1.999.
     El 5 de octubre del 2007 el primer mandatario HUGO RAFAEL CHÁVEZ
FRÍAS presidió en el Teatro Teresa Carreño la graduación conjunta de 2074
profesionales de pregrado y postgrado que egresaron de la UNEFA, en este
acto anunció que la UNEFA cambiará de nombre a Universidad Nacional
Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Bolivariana, junto a otros
acuerdos de gran significación para el desarrollo dela educación superior en el
país, bajo el esquema del socialismo del siglo XXI, tales como: la
incorporación de los profesionales que egresan de la universidad a los
proyectos y programas del Estado a fin de garantizarles la inserción en el
campo laboral para que puedan aportar sus conocimientos en función del
desarrollo nacional.
     Desde la creación del IUPFAN y su transformación en UNEFA han
pasado más de treinta años en los que nuestra institución, se ha destacado en
el campo de la formación y capacitación universitaria, y no solamente lo
apreciamos en el área académica, también lo observamos en la capacidad de
establecer puntos de encuentroentre la Universidad y la realidad que vive



                                       7
nuestro país en la actualidad, así como en la consolidación de una verdadera
vocación de servicio que aporte a la construcción de una mejor sociedad.
     La UNESCO, Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la
Ciencia y la Cultura, en el preámbulo de la Declaración Mundial sobre la
Educación Superior en el Siglo XXI, dictada en París, el 09 de octubre de
1998, resalta que:
     "... el nuevo siglo demandará de una educación superior sin precedentes,
  acompañada de una gran diversificación de la misma, y una mayor toma
  deconciencia de la importancia fundamental que este tipo de educación
  revistepara el desarrollo sociocultural y económico y para la construcción
  del futuro, de cara al cual las nuevas generaciones deberán estar
  preparadas con nuevas competencias y nuevos conocimientos e ideales..."
     Animados por el espíritu de relación entre la educación y el futuro, que
subyace en la declaración de la UNESCO, y por las necesidades propias de
nuestra patria, la UNEFA es actualmente una institución de educación
superior, comprometida e involucrada de modo muy activo y protagónico en el
desarrollo económico, social y cultural del país.
     Para dar cumplimiento a esta misión social, la UNEFA planifica acciones
en función de la expansión, desarrollo y promoción de la educación en el
sentido más amplio, al incorporar sin exclusión a la población de todos los
estratos sociales del país.
     La función de expansión se concreta en la ejecución interrelacionada de
los procesosuniversitarios: docencia, investigación y extensión, y responde a
las exigencias del objetivo social de la política del Estado, en lo referente al
alcance de la justicia social, por cuanto cumple con la necesidad de alcanzar
la equidad como nuevo orden de justicia social y base material de la sociedad
venezolana. Este objetivo exige transformar las condiciones materiales y
sociales de la mayoría de la población venezolana, separada y distanciada
históricamente del acceso equitativo a la riqueza y al bienestar, y construir una




                                        8
nueva condición de ciudadanía, basada en el reconocimiento pleno y el
ejercicio garantizado de los derechos.
     La UNEFA juega un papel principal en este objetivo, pues garantiza el
más amplio y dinámico vínculo social, lo que propicia la identificación, la
comunicación y la actividad conjunta de la universidad y la sociedad, y
estrecha la imprescindible unidad de sus miembros con la comunidad.
     Nuestra universidad está comprometida con la nueva realidad social y ha
hecho grandes esfuerzos para incorporar la participación de las comunidades
en sus objetivos, avanzando a la par de los requerimientos de la sociedad, al
ofrecer con calidad, planes de estudio en las áreas de pregrado, postgrado y
extensión ajustados a sus requerimientos.
     Uno de los ejes orientadores del proceso educativo de la UNEFA está
dado por la calidad o excelencia educativa, la cual abarca, además de las tres
funciones clásicas: docencia, investigación y extensión, la calidad de sus
estudiantes, lo relacionado a su infraestructura y entorno académico.
     Estos aspectos que tienen que ver con la calidad, determinan el
funcionamiento de la Universidad y la "imagen institucional" que proyecta a la
sociedad.

La calidad de la educación que ella ofrece está estrechamente relacionada
con la pertinencia, y su capacidad de dar respuesta a las demandas de la
sociedad en general, además, ésta incide en varios factores, entre ellos: la
adecuada selección y perfeccionamiento         de su personal académico y
administrativo, el diseño y rediseño de planes y programas de estudio,
congruentes con las necesidades reales detectadas en la sociedad, el
desarrollo de procesos instrucciones basados en técnicas de vanguardia,
rescatando los que aún funcionan, el desarrollo de investigación para la
solución de problemas detectados en el ámbito pedagógico, el uso de las
nuevas tecnologías de información y comunicación, la puesta en práctica de




                                         9
nuevas modalidades de evaluación y el fortalecimiento de los vínculos entre
estudiantes, profesores y la comunidad en general.

     Por todas estas razones la UNEFA ha pasado a ser una institución muy
compleja que aspira abarcar, prácticamente, los espacios que requiere la
sociedad. La UNEFA es educación, entendemos que de forma general, los
seres humanos al igual que las organizaciones educativas, modifican su
comportamiento a medida que las sociedades se transforman, por tal motivo
debemos estar al día con los avances científicos ytecnológicos, porque
nuestra misión fundamental es la de preparar ciudadanos y ciudadanas para
ser individuos útiles en una sociedad muy cambiante, la cual nos demandará
actuar al mismo paso que las futuras generaciones.

1.3Expansión e innovación

     La UNEFA a tono con las exigencias del país, ha emprendido en la
actualidad, un proceso de expansión y renovación curricular sin precedentes,
cuyos resultados son ya palpables, ejemplo de ello son los ofrecimientos de
nuevas carreras en función de necesidades nacionales y regionales
detectadas.   Desde   el   punto   de    vista   curricular,   se   ha   ampliado
significativamente la oferta académica con nuevas carreras en pregrado,
resaltando la apertura de carreras con finalidad social, nuevos programas de
postgrado con el inicio de doctorados y postdoctorados y diferentes cursos de
mejoramiento profesional, de desarrollo comunitario y de idiomas propuestos
por la Dirección Académica de la Dirección Nacional de Extensión.

     A través del Vicerrectorado de Asuntos Sociales, único en el país, se
llevan a cabo proyecto de envergadura como son:

     UNEFA va a la Escuela: El Proyecto la UNEFA va a la Escuela nace
como piloto en septiembre de 2008 con una programación de 340 horas
académicas en dos colegios de la región central del país. Nace ante la



                                        10
necesidad de sembrar valores y conocimientos necesarios desde temprana
edad a nuestras ciudadanas y ciudadanos en materia de organización y poder
popular, tomando como referencia para ello los centros de educación primaria
y educación básica.

   Objetivos

     Mejorar la calidad y la eficacia del sistema de educación y formación
     Unefista.
     Facilitar el acceso de todas y todos a la educación y la formación.
     Crear espacios propicios para la interacción entre la comunidad intra y
     extra universitaria.

   UNEFA va a la Comunidad:

   Objetivos

     Formar integralmente a los miembros de las fuerzas vivas comunitarias,
     para que éstos sirvan de canalizadores y multiplicadores al hacer
     práctico el conocimiento adquirido durante el proceso.
     Fortalecer la estructura de las fuerzas vivas comunitarias para que éstas
     tengan participación activa e integral con las fuerzas populares.
     Subir los niveles de conciencia social de la comunidad para coadyuvar en
     el fortalecimiento de su calidad de vida.

   UNEFA va al Centro Penitenciario:

   Este proyecto tiene como objetivo principal coadyuvar en la reinserción
social de los internos, residentes y destacamentarios a través de procesos de
formación y capacitación orientados al desarrollo de sus capacidades tecno-
políticas y el afianzamiento de las relaciones de estos con la sociedad,
mediante la interacción y cooperación de nuestra comunidad universitaria, los




                                       11
consejos comunales y los funcionarios penitenciarios. Entre sus objetivos
específicos se encuentran:

   Promover la participación de la comunidad universitaria en actividades de
   formación,   capacitación     y   acercamiento     en   los   establecimientos
   penitenciarios con el objeto de fortalecer la relación de estos con las
   comunidades circundantes.
   Ejecutar actividades de formación y capacitación dirigidas a los internos,
   destacamentarios, residentes y sus familiares con el objeto de desarrollar
   sus capacidades socio productivas.
   Desarrollar las competencias del personal penitenciario en el manejo de las
   técnicas gerenciales para la actuación eficiente en las actividades de
   dirección, coordinación y supervisión del recurso humano a su cargo a
   losfines de optimizar el proceso de reinserción.
   Dotar al personal de custodia externa e interna de las competencias, que
   les permitan ejercer sus labores de manera optima y eficiente, para brindar
   un trato digno a las personas privadas de libertad.
   La UNEFA ha colaborado y colabora con las Misiones implementadas por
   el Gobierno Nacional, especialmente con aquellas vinculadas a la realidad
   educativa del país. Así mismo, con acentuado espíritu de servicio a la
   Patria, en nuestra institución se imparte con disciplina y calidad académica
   el Programa de Defensa Integral con miras al resguardo nuestra
   soberanía. En resumen, las características que definen a esta casa de
   estudios, se pueden agrupar en las siguientes partes: La UNEFA, se
   posesiona como oferente de espacios académicos, de investigación y
   extensión, donde la población venezolana encuentra oportunidades que
   favorecerán el desarrollo humano y el capital social.
   Acceso de estudiantes provenientes de estratos socioeconómicos
   tradicionalmente excluidos.
   Participación activa en programas de desarrollo comunitario.



                                       12
Desarrollo de programas de investigación orientados a solucionar
problemas sociales comunitarios, tecnológicos y académicos.
Orientación vocacional de los estudiantes.
Establecimiento de una plataforma técnica necesaria para posibilitar el
apoyo a lasclases presenciales, a través de las Tecnologías de
Información y Comunicación.
Innovación educativa mediante la creación del Curso integral de
Nivelación UNIDAD 1: Bolivariana (UNEFA)
Universitaria (CINU), con el fin de aplicar adecuadamente herramientas de
aprendizaje que fortalezcan en el estudiante su capacidad de autogestión
personal, académica y comunitaria, en función de las pautas de identidad
social, nacional y ciudadana, reglamentos disciplinarios, de ceremonial y
académicos de la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la
Fuerza Armada Bolivariana (UNEFA).
Para finalizar esta visión histórica de nuestra institución y de su rol
protagónico en la Venezuela del siglo XXI, te invitamos a hacer una
reflexión que te lleve al análisis del siguiente pensamiento de Simón
Bolívar, uno de los héroes venezolanos más destacados en la historia
universal:

     “Hombres virtuosos, hombres patriotas, hombres ilustrados”

                            Simón Bolívar




                                  13
1.4 Misión, Visión y Objetivos

Misión
Formar ciudadanas y ciudadanos forjando competencias y valores socialistas,
mediante la docencia, la investigación y la extensión, para la transformación
social, la defensa integral, el desarrollo sostenible y sustentable del país.
Visión
Ser la mejor Universidad pública, abierta al pueblo, productora de
conocimiento, de referencia nacional e internacional, forjadora de ciudadanos
y ciudadanas con excelencia académica, comprometidos con los valores
socialistas, la defensa y el desarrollo integral de la nación, inspirados en el
pensamiento bolivariano.
Visión
Ser la mejor Universidad pública, abierta al pueblo, productora de
conocimiento, de referencia nacional e internacional, forjadora de ciudadanos
y ciudadanas con excelencia académica, comprometidos con los valores
socialistas, la defensa y el desarrollo integral de la nación, inspirados en el
pensamiento bolivariano.
Objetivos
      Formar profesionales universitarios mediante programas intensivos y
      adecuados al desarrollo integral del país.
      Desarrollar estudios avanzados y demás actividades educativas para
      graduados universitarios.
      Apoyar el desarrollo de la Fuerza Armada Bolivariana dentro del
      contexto integral del país, mediante el fomento y realización de
      programas de investigación científica y tecnológica que sean de interés
      común para la institución armada y otros sectores de la vida nacional,
      con énfasis en las áreas del conocimiento directamente vinculadas con
      las especialidades que se cursen en la Universidad.




                                        14
Contribuir, a través de programas especiales, a la formación de recursos
   humanos para atender exigencias propias de la seguridad y defensa
   nacional.
   Asesorar a la Fuerza Armada Bolivariana y a los órganos de los poderes
   públicos en las áreas relacionadas con la investigación científica y
   tecnológica que desarrolle la Universidad.
   Optimizar la utilización de los recursos humanos, financieros y
   materialesadministrados por la universidad, en función de las variables
   que intervienen en el proceso educativo.
   Asegurar el sostenimiento del nivel deseable de funcionamiento y
   desarrollo, propiciando la cooperación recíproca entre la Universidad y
   los organismos afines o equivalentes de los sectores relacionados con la
   producción, la educación, eldeporte, la investigación, la ciencia y la
   cultura.
   Realizar actividades de extensión que proyecten la imagen y consoliden
   la presencia y prestigio de la Universidad en la comunidad, a través de
   programas que fortalezcan la formación integral del ciudadano y
   contribuyan al arraigo yconservación de los valores auténticos de la
   identidad nacional.
   Establecer vínculos con otras instituciones educacionales y científicas,
   regionales, nacionales y extranjeras.
1.5 Autoridades
   G/J Jesús Gonzales Gonzales (Rector)
   G/D Viviam Antonio Duran García (Vicerrector Administrativo)
   Prof. Ronald Blanco La Cruz (Vicerrector de Asuntos Sociales y
Participación Ciudadana)
   G/D Jesús del Valle Morao Gardona (Vicerrector Académico)
   Dra. María José Torres (Secretaria General)
   CN. Ariane Adrián Arriaz




                                   15
1.5.1 Áreas de Formación de la U.N.E.F.A.

  La UNEFAofrece una amplia oferta de carreras de pregrado y postgrado, a
continuación te presentamos las diversas áreas de formación.

  Pregrado

Tabla Nº 01

              AREA           NIVEL ACADEMICO               CARRERA
                                                  • ADMINISTRACIÓN Y
                                                  GESTIÓN MUNICIPAL

                                                  • ADMINISTRACIÓN DE
                                                  DESASTR ES (GESTIÓN DE
                                                  RIESGO)

                                                  • CONTADURÍA PÚBLICA
                               LICENCIATURA
                                                  • ECONOMÍA SOCIAL

                                                  • ENFERMERÍA

CIENCIAS SOCIALES Y DE                            • EDUCACIÓN INTEGRAL
       LA SALUD
                                                  • TURISMO
                                                  •ENFERMERÍA

                                                  • HOTELERÍA
                                    TSU
                                                  • MECÁNICA DENTAL

                                                  • TURISMO




                                   16
• AERONÁUTICA

                                                        • AGROINDUSTRIAL

                                                        • AGRÓNOMA

                                                        • CIVIL

                                                        • ELÉCTRICA

                                                        • ELECTRÓNICA

                                                        • GAS

                                                        • MECÁNICA
                                     INGENIERIA
                                                        • NAVAL
          INGENIERIA
                                                        • QUÍMICA

                                                        • SISTEMAS

                                                        • TELECOMUNICACIONES

                                                        • PETRÓLEO

                                                        • PETROQUÍMICA

                                                        • AGRONOMÍA

                                                        • ANÁLISIS Y DISEÑO DE
                                         TSU            SISTEMAS

                                                        • COMUNICACIONES Y
                                                        ELECTRÓNICA


        NOTALa UNEFA también CUENTA con 32 programas de postgrados
entre    los   cuales   están   especializaciones,   maestrías,   doctorados   y
postdoctorado.




                                        17
1.5.2 Núcleos y Extensiones
     Núcleos de la UNEFA
     En cuanto al crecimiento en infraestructura y matrícula, a los núcleos
tradicionales de Caracas, Maracay y Puerto Cabello, se han agregado en este
último año, nuevos núcleos, como sedes o extensiones. En el siguiente
cuadro se muestran los núcleos y extensiones con que cuenta la Universidad
para atender toda la demanda estudiantil (ver Cuadro Nº 1: Núcleos, Sedes y
Extensiones de la UNEFA).
     A estos nuevos núcleos: San Tomé en Anzoátegui, Puerto Ayacucho en
Amazonas, San Fernando de Apure en Apure, Cagua, Colonia Tovar y San
Casimiro en Aragua, Barquisimeto en Lara, Cumaná y Carúpano en Sucre,
San Cristóbal en Táchira, Maracaibo en el Zulia, San Felipe, Nirgua y
Chivacoa en Yaracuy, Acarigua, Guanare y Turén en Portuguesa, Valencia,
Guacara y Bejuma en Carabobo, Catia La Mar en Vargas, Los Teques y
Santa Teresa del Tuy en Miranda, Coro y Punto Fijo en Falcón, Tinaquillo en
Cojedes, Tucupita en Delta Amacuro,           Tucupido y Zaraza en Guárico,
Betijoque en Trujillo, Mérida en Mérida, próximamente se unirán otros.
Agréguese la participación de la UNEFA en las Aldeas Universitarias (con
énfasis en la atención al indígena) y de otras prometedoras experiencias
como el Restaurante-Escuela de Pampatar y las casas-hogar para niños y
niñas en situación de riesgo de calle.
     De igual forma, en nuestra Universidad, se está atendiendo a la
disposición constitucional de gratuidad de la enseñanza, lo cual se refleja en
el ofrecimiento de carreras de pregrado en forma completamente gratuita,
esto ha traído como consecuencia, un aumento exponencial en la matrícula
estudiantil, que ha ido de aproximadamente dos mil (2000) a 200 mil
estudiantes para el semestre del 2007, cifra que continua aumentando, como
respuesta a las políticas gubernamentales en materia de educación superior.


                                         18
Es importante destacar entre dichas políticas, la atención a la población
estudiantil de menores recursos, pues la misma había sido excluida por
décadas en el pasado reciente, hecho que augura una universidad
verdaderamente nacional, es decir, con presencia real en las diferentes
regiones del país y abierta a todo el pueblo venezolano.
     NOTA ACTUALIZADA agosto 2011: La UNEFA tiene una matrícula de
más de 200.000 estudiantes, unos 11.000 alumnos de postgrado, 20.000
docentes y 12.000 trabajadores. Cuenta con 87 sedes en todo el territorio
nacional para el 2009, informó el rector de esta institución educativa, Wilmer
Barrientos.
     La Universidad NacionalExperimental Politécnica de la Fuerza Armada
Nacional Bolivariana (UNEFA), es pionera en el proceso de inclusión
universitaria, promovida por el Gobierno Bolivariano. Muestra de ello es el
aumento de su matrícula, que se elevó de 3.500, en épocas de la cuarta
república, a los 208.000 mil alumnos que tiene hoy en día, gracias a la
Revolución encabezada por el presidente Hugo Chávez.
     La UNEFA, cuenta con 25 núcleos, 25 extensiones y 37 ampliaciones
que, en total, conforman 87 sedes en todo el territorio nacional.
     La UNEFA también CUENTA con 32 programas de postgrados entre los
cuales están especializaciones, maestrías, doctorados y postdoctorado.
      En resumen, las características que definen a esta casa de estudios, se
pueden agrupar en las siguientes partes:
     La UNEFA, se posesiona como oferente de espacios académicos, de
investigación y    extensión, donde la población venezolana encuentra
oportunidades que favorecerán el desarrollo humano y el capital social.
     Acceso de estudiantes provenientes de estratos socioeconómicos
tradicionalmente excluidos.
     Participación activa en programas de desarrollo comunitario.
     Desarrollo de programas de investigación orientados a solucionar
problemas sociales comunitarios, tecnológicos y académicos.


                                       19
Orientación vocacional de los estudiantes.
     Establecimiento de una plataforma técnica necesaria para posibilitar el
apoyo a las clases presenciales, a través de las Tecnologías de Información y
Comunicación.
     Innovación educativa mediante la creación de la modalidad de estudios
denominada Sistema de Aprendizaje Auto gestionado Asistido, con el fin de
aplicar adecuadamente herramientas de aprendizaje que fortalezcan en el
estudiante su capacidad de autogestión personal, académica y comunitaria,
en función de las pautas de identidad social, nacional y            ciudadana,
reglamentos disciplinarios, de ceremonial y académicos de la Universidad
Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Bolivariana (UNEFA).
     1.5.3 Curso Integral de Nivelación Universitaria (C.I.N.U.)
     Debido a las realidades educativas y a los procesos de cambios
generados en la institución se propone la creación del Curso Integral de
Nivelación Universitaria (CINU) diseñado con la finalidad de ofrecer a los
estudiantes de nuevo ingreso diversas estrategias de aprendizaje.
     Dichas estrategias han sido creadas para fortalecer el afianzamiento,
desarrollar conocimientos y habilidades en el área de matemática, el manejo
funcional del lenguaje como instrumento para el desarrollo del pensamiento, la
imaginación, la comunicación y el aprendizaje en el contexto de la cultura e
identidad venezolana, conforme a los fundamentos éticos y normas
académicas propias de esta Universidad.
     El CINU es de carácter aprobatorio como requisito de ingreso al primer
semestre y su asistencia a las actividades presenciales son de carácter
obligatorio y tendrá una duración de 14 semanas.




                   CAPITULO II: Reglamentos Internos:


                                      20
2.1 De Admisión, Permanencia y Egreso de la UNEFA:
                                  CAPÍTULO I
                        DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas que
regirán la admisión, permanencia, cancelación, reingreso y egreso de los
estudiantes de pregrado de la Universidad Nacional Experimental Politécnica
de la Fuerza Armada Nacional (UNEFA).
Artículo 2.Son alumnos regulares de la UNEFA los estudiantes militares o
civiles que, después      de haber cumplido los requisitos de admisión
establecidos en la Ley y los Reglamentos, estén debidamente inscritos y
cumplan a cabalidad todos los deberes inherentes a su condición de alumnos,
conforme a la Ley, los Reglamentos y los planes regulares de estudio, a los
fines de obtener los títulos que confiere la Universidad.
Artículo 3.Para ingresar como alumno en los cursos universitarios regulares y
optar a los títulos que la UNEFA confiera, se requiere ser venezolano y
poseer el título de bachiller o convalidado en el país si hubiera sido obtenido
en el extranjero.
PARÁGRAFO UNICO. Podrán ser admitidos alumnos militares extranjeros
previa autorización del Ministro de la Defensa.
ARTÍCULO 4. Podrán ingresar como alumnos en los cursos universitarios
regulares de la UNEFA, los alumnos procedentes de Instituciones de
Educación Superior mediante el procedimiento de equivalencia de estudios,
conforme a la reglamentación interna respectiva y demás normas legales
aplicables.
PARÁGRAFO UNICO. Los egresados titulares de Instituciones de Educación
Superior podrán ingresar por el procedimiento que se establece en este
Artículo, a los fines de cursar estudios y optar a cualquiera de los Títulos de
pregrado que otorga la UNEFA.
ARTÍCULO 5. Los aspirantes admitidos para iniciar sus estudios universitarios
en la UNEFA, sólo podrán inscribirse en una Carrera.


                                       21
ARTÍCULO 6. La matrícula de nuevos ingresos será establecida anualmente
por el Rectorado, previa recomendación del Consejo Directivo.
ARTÍCULO     7.   Los   cursos   regulares   del   Régimen   Nocturno   serán
autofinanciados y para el ingreso a estos cursos, tendrán prioridad aquellos
aspirantes militares o civiles que por las actividades que realicen estén
imposibilitados para cursar estudios en el Régimen Diurno


                                 CAPÍTULO II
                             DE LA ADMISIÓN
                            SECCIÓN PRIMERA
                  DE LA NATURALEZA DE LA ADMISIÓN
ARTÍCULO 8. La admisión en la UNEFA se realizará por cualquier de los
cuatro (4) modalidades siguientes:
   a) Por designación
   b) Por procese de selección
   c) Por equivalencia de estudios
   d) Por reingreso.


ARTÍCULO 9. Será admitido directamente en la UNEFA el personal militar de
las Fuerzas Armadas Nacionales en servicio activo que sea designado por sus
respectivas Fueras, mediante Resolución del Ministerio de la Defensa, para
realizar estudios en la UNEFA.
PARÁGRAFO UNICO. Ingresarán por la modalidad que se establece en este
Artículo, previa autorización del Ministro de la Defensa de Venezuela, los
Oficiales, Sub-Oficiales u otro personal militar de las Fuerzas Armadas
extranjeras designados por sus respectivos países.


ARTÍCULO 10. Serán admitidos por proceso de admisión los aspirantes que,
habiendo cumplido dicho procese, sean seleccionados en función del orden de
mérito por Carrera y del cupo de ingreso establecido para cada una.


                                      22
ARTÍCULO 11. Serán admitidos por equivalencia de estudios, los aspirantes
provenientes de Instituciones de Educación Superior venezolanas o
extranjeras de reconocido prestigio, que habiendo solicitado equivalencia de
estudios en la 1JNEFA se les reconozca un mínimo de cuarenta (40) unidades
crédito correspondientes a os planes de estudio de la Carrera a nivel de
Licenciatura o un mínimo de veinte (20) unidades crédito a nivel de Técnico
Superior y cumplan con los demás requisitos establecidos en el Reglamento
de Equivalencia de Estudios de la UNEFA.
PARÁGRAFO UNICO. El personal profesional militar en situación de actividad,
disponibilidad o retiro que no haya sido designado para cursar estudios en la
UNEFA pero tenga estudios universitarios aprobados, será admitido por
equivalencia aún cuando no alcance unidades crédito exigidas en el presente
Artículo.
ARTÍCULO 12. Aquellos alumnos a quienes se les haya cancelado la
matrícula en la UNEFA, sólo podrán ser admitidos por la modalidad de
reingreso, previo voto favorable del Consejo Académico, y de acuerdo a lo
establecido en el Capítulo V de este Reglamento.
PARÁGRAFO UNICO. Los alumnos militares extranjeros no requerirán de una
nueva autorización del Ministro de la Defensa para optar al reingreso a la
UNEFA.
ARTÍCULO 13. La División de Servicios Académicos elaborará anualmente el
prospecto de admisión de la UNEFA, a los fines de informar al público sobre
las oportunidades y régimen de estudios de la Universidad, previo el visto
bueno del Vicerrectorado Académico y aprobación del Rectorado.




SECCIÓN SEGUNDA
DE LA ADMISIÓN POR DESIGNACIÓN




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ARTÍCULO 14. El personal militar venezolano o extranjero, que ingresa por
designación deberá formalizar su inscripción en la División de Control de
Estudios del Vicerrectorado Académico en las fechas que al efecto fije el
Rectorado.
ARTÍCULO 15. Para formalizar la inscripción, el personal militar venezolano
designado deberá consignar los siguientes documentos:
a) Copia en fondo negro del Titulo de Bachiller a vista del original; o en su
     defecto comprobante de tramitación del mismo.
b) Original de las calificaciones de bachillerato certificadas por el Ministerio de
     Educación.
c) Fotocopia de la Cédula de identidad vigente, a vista del original.
d) Original de la partida de nacimiento.
e) Fotocopia de la Resolución Ministerial de designación.
f) Cuatro (4) fotografías de frente tamaño carné.


PARÁGRAFO PRIMERO. El Personal Militar egresado de los Institutos
Militares Universitarios Venezolanos deberá consignar fotocopia de las
calificaciones y de los planes de estudio del Instituto, debidamente certificados
por la Autoridad competente de cada Instituto, a los efectos de la equivalencia
de estudios.
PARÁGRAFO SEGUNDO. Los Oficiales venezolanos graduados en institutos
de Formación de Oficiales en el extranjero deberán consignar fotocopia de las
calificaciones y planes de estudio de esos Institutos, traducidos al español, de
ser necesario, por un intérprete público y certificados por la Autoridad
competente de su respectiva Fuerza, a los efectos de equivalencia de
estudios.
ARTÍCULO 16. Para formalizar la inscripción, el personal militar extranjero
designado deberá consignar los siguientes documentos:
a) Copia en fondo negro del Título o Certificado de los estudios de Educación
     Media o su equivalente del país donde los cursó, a vista del original,


                                        24
debidamente legalizado en el Consulado Venezolano en el país
     correspondiente.
b) Original de las calificaciones de los estudios de Educación Media o su
     equivalente.
c) Fotocopia del pasaporte vigente, a vista del original.
d) Original de la partida de nacimiento.
e) Fotocopia de la Resolución Ministerial de designación.
f) Cuatro (4) fotografías de frente tamaño carné.
g) Comprobante de cancelación del arancel correspondiente


ARTÍCULO 17. El personal militar venezolano y extranjero admitido en la
UNEFA será incluido en la orden administrativa de ingreso y en los listados
respectivos según lo establecido en los Artículos treinta y siete (37) y treinta y
ocho (38) de este Reglamento.
PARÁGRAFO UNICO. El personal militar ingresará en el término que indique
e[ plan de nivelación elaborado, de acuerdo a los resultados del análisis de
equivalencia.
ARTÍCULO 18. El Rectorado de la Universidad informará por escrito
(anualmente) a las Fuerzas sobre las oportunidades de estudio en la UNEFA,
a los efectos de la designación del personal militar venezolano. Asimismo
informará al Ministro de la Defensa para la posible invitación y designación de
militares extranjeros.
SECCIÓN TERCERA
DE LA ADMISIÓN POR PROCESO DE SELECCIÓN
ARTÍCULO 19. El Vicerrectorado Académico a través de la División de
Servicios Académicos será la Dependencia responsable de conducir el
proceso de selección.
ARTÍCULO 20. Los aspirantes a ingresar a la UNEFA mediante el proceso de
selección, deberán preinscribirse en el lapso y lugares que establezca
anualmente el Rectorado, previa recomendación del Consejo Directivo.


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PARÁGRAFO UNICO: No podrán preinscribirse para participar en el proceso
de selección aquellos bachilleres a quienes se les haya cancelado la matrícula
a partir del segundo término en la UNEFA.
ARTÍCULO 21. Para preinscribirse en la Universidad, el aspirante deberá
presentar los siguientes documentos:
     a) Fotocopia de las calificaciones de bachillerato certificadas por el
Ministerio de Educación a vista de los originales, si finalizó los estudios de
Educación Media. En caso de ser cursante del último año de bachillerato,
presentará fotocopia de las calificaciones certificadas hasta cuarto año
inclusive.
     b) Fotocopia de la cédula de identidad vigente, a vista del original.
     c) Comprobante de cancelación del arancel de preinscripción.
     d) Dos fotografías recientes tamaño carné.
     e) Las planillas de preinscripción debidamente llenadas.
     f) Constancia original del promedio de notas expedido por la Unidad
Educativa de procedencia.
PARÁGRAFO PRIMERO. La preinscripción es requisito indispensable para
presentar el Examen de Admisión; a tal efecto, se entregará un comprobante
de preinscripción, donde se indica lugar, fecha, aula y hora para la
presentación del mismo.
PARÁGRAFO SEGUNDO. El comprobante de preinscripción con la fotografía
anexa, debidamente sellado, conjuntamente con la cédula de identidad
deberán ser presentados el día del Examen de Admisión y serán las únicas
credenciales que permitirán al aspirante ser admitido a dicho Examen.
ARTÍCULO 22. El aspirante se preinscribirá en la Carrera de su preferencia
como primera opción y seleccionará dos Carreras adicionales como segunda y
tercera opción a los fines únicos de ayudar al proceso de admisión de los
aspirantes.
ARTÍCULO 23. El Vicerrectorado Académico a través de la División de
Servicios Académicos preparará anualmente los instrumentos de evaluación a


                                       26
ser aplicados a los aspirantes y fijará la ponderación de cada instrumento a los
efectos de obtener la calificación definitiva del Examen de Admisión.
Igualmente mantendrá archivo de esos instrumentos a los efectos de su
optimización y del mejoramiento del proceso de selección.
ARTÍCULO 24. El Examen de Admisión estará orientado a medir aptitudes y
conocimiento, en los aspirantes.
ARTÍCULO 25. Los aspirantes preinscritos presentarán el Examen de
Admisión únicamente en la fecha y lugar que al efecto establezca el
Rectorado.
PARÁGRAFO PRIMERO: El aspirante preinscrito que no presente el examen
de Admisión en la fecha y lugar fijados perderá la oportunidad de ingreso a la
Universidad, en ese año y podrá, si así lo desea, preinscribirse en próximos
años.
PARÁGRAFO SEGUNDO: No podrán presentar Examen de Admisión los
bachilleres que no hayan formalizado su preinscripción en la UNEFA en las
fechas fijadas al efecto.
ARTÍCULO 26. Los resultados de la evaluación del Examen de Admisión
serán obtenidos en general y la calificación para el orden de mérito de cada
aspirante se obtendrá comparando su calificación con las calificaciones del
grupo evaluado, otorgando a la. Mejor calificación absoluta la máxima
calificación relativa y al resto de las calificaciones absolutas los valores
porcentuales correspondientes en la escala de calificación relativa.
ARTÍCULO 27. El Examen de Admisión será evaluado utilizando la escala del
uno (1) alejen (100) puntos.
PARÁGRAFO UNICO. La nota definitiva del Examen de Admisión será la
suma del 85% de la prueba de Admisión más el 1 5% del promedio de notas
obtenido del primero al cuarto año de Educación Media.
ARTÍCULO 28. Una vez aplicado el Examen de Admisión a los aspirantes, los
resultados   de    dicho    Examen   se     obtendrán   mediante   un   sistema
computarizado.


                                       27
ARTÍCULO 29. La División de Servicios Académicos será responsable de:
     a) Elaborar el instructivo para la ejecución del Examen de Admisión, de
acuerdo a las normas establecidas al efecto por el Rectorado.
     b) Velas por la seguridad de los instrumentos de evaluación a ser
aplicados en el Examen de Admisión.
     c) Elaborar el instructivo que orientará al sistema computarizado para la
corrección de los Exámenes de Admisión y la edición de modelos y formatos
requeridos por el Rectorado en la toma de decisiones para el ingreso de los
aspirantes y futura optimización del sistema de admisión.


ARTÍCULO 30. El ingreso a la UNEFA por la modalidad de proceso de
selección, se realizará atendiendo al Orden de Mérito por Carrera, ingresando
los aspirantes que ocupen los mejores lugares hasta completar el cupo
establecido por el Consejo Directivo.
ARTÍCULO 31. El Vicerrectorado Académico de acuerdo a los resultados del
proceso de selección y a lo pautado en los Artículos veintiséis (26), veintiocho
(28) y treinta (30) de este Reglamento, preparará el listado final de aspirantes
preseleccionados a ingresar a la UNEFA para la aprobación por parte del
Consejo Directivo de la Universidad y el Rectorado publicará el listado en la
Prensa Nacional.
ARTÍCULO 32. Los resultados del proceso de selección son inapelables y sólo
darán oportunidad al aspirante para ingresar en el año en el cual concursó, en
la Carrera y régimen que seleccionó en la preinscripción
ARTÍCULO 33. El Vicerrectorado Académico será el único responsable de
distribuir por Núcleo a los aspirantes admitidos. Los aspirantes seleccionados
para ingresar como alumnos regulares deberán formalizar su inscripción en los
Núcleos en las fechas que al efecto fije el Rectorado de la Universidad.
PARÁGRAFO UNICO. Una vez finalizado el proceso de inscripción en los
Núcleos, éstos deberán remitir al Vicerrectorado Académico los listados
definitivos de los nuevos ingresos como alumnos regulares a la UNEFA


                                        28
ARTÍCULO 34. Para formalizar la inscripción, los aspirantes seleccionados
deberán consignar los siguientes documentos:
      a) Una copia en fondo negro y dos fotocopias del Titulo de Bachiller, a
vista del original.
      b) Original y dos fotocopias de las calificaciones de bachillerato
certificadas por el Ministerio de Educación.
      c) Fotocopia del comprobante de presentación de la prueba de aptitud
académica del Consejo Nacional de Universidades, a vista del original, vigente
para el momento de la inscripción.
      d) Fotocopia de la inscripción del Registro Militar, en caso de ser mayor
de edad, a vista del original.
      e) Fotocopia de la Cédula de Identidad vigente, a vista del original.
      f) Original de la partida de nacimiento.
      g) Certificado médico vigente, expedido por el M.S.A.S.
      h) Cuatro (4) fotografías de frente tamaño carné.
      i) Comprobante del pago de los aranceles de inscripción.


PARÁGRAFO PRIMERO. El aspirante estará formalmente inscrito y admitido
en la UNEFA como alumno regular sólo cuando consigne toda la
documentación exigida en este Artículo, en el plazo y lugar que al efecto se
establezcan.
PARÁGRAFO SEGUNDO. El Vicerrectorado Académico a través de la
División de Control de Estudios, deberá verificar ante el Ministerio de
Educación la autenticidad de las notas certificadas y de los títulos que los
alumnos presenten en el momento de la inscripción.
ARTÍCULO 35. Los aspirantes seleccionados que no formalicen su inscripción
en las fechas fijadas perderán la oportunidad de ingreso a la Universidad en
ese año y silo desearen, podrán inscribirse para participar nuevamente en el
proceso de admisión en próximos años.




                                        29
ARTÍCULO 36. El Vicerrectorado Académico elaborará los listados definitivos
de nuevos ingresos como alumnos regulares de la Universidad para ser
enviados por parte del Rectorado al Consejo Nacional de Universidades y a la
Dirección de Inteligencia Militar, a los fines de control.
ARTÍCULO 37. El Rectorado de la UNEFA emitirá la Orden Administrativa de
ingreso correspondiente admitiendo a los nuevos alumnos.
SECCIÓN CUARTA
DE LA ADMISIÓN POR EOUIVALENCIA DE ESTUDIOS
ARTÍCULO 38. El Vicerrectorado Académico a través de la División de
Servicios Académicos, será la Dependencia responsable del proceso de
ingreso por equivalencia de estudios.
ARTÍCULO 39. Los aspirantes dirigirán por escrito al Vicerrector Académico,
en cualquier fecha del año, una petición de Ingreso por Equivalencia a los
fines de optar al ingreso a la UNEFA por esta modalidad. Dicha solicitud debe
contener:
     a) Nombres, apellidos, edad, lugar de nacimiento y nacionalidad del
solicitante.
     b) Nombres de las Instituciones donde cursé los estudios universitarios.,
ciudad donde funcionan y motivos por los cuales no continuó sus estudios.
     c) Constancia de buena conducta expedida por la última Institución
donde cursé estudios universitarios.
     d) Calificaciones certificadas, en las cuales estén enumeradas todas las
asignaturas cursadas (aprobadas o no) por el solicitante, con especificación de
las calificaciones definitivas, lapsos de estudios y escala de evaluación con
indicación de la nota mínima aprobatoria y número de unidades de crédito.
     e) Los programas de las asignaturas cursadas y aprobadas, firmados y
sellados por la autoridad correspondiente, con indicación de lapsos lectivos de
estudio.




                                         30
f) En caso de tener estudios a nivel de Técnico Superior Universitario y
querer estudiar Ingeniería debe añadir, además de lo anteriormente
enumerado:
     - Copia en fondo negro, del Título de T.S.U.
     - Orden de Mérito, promedio de calificaciones, promedio de la promoción.
     g) Constancia de haber cancelado los aranceles correspondientes.
ARTÍCULO 40. La solicitud del Ingreso por Equivalencia será analizada por la
Comisión de Equivalencia de la Universidad. El Vicerrector Académico
notificará, por escrito al aspirante, el resultado de la solicitud. De ser
aprobada, el solicitante deberá formalizar su inscripción en el Departamento
de Apoyo Académico en la fecha que le sea indicada. La negación de
cualquier solicitud de Ingreso por Equivalencia es facultad de la Universidad y
por tanto es inapelable.
ARTÍCULO 41. El proceso de análisis de equivalencia se regirá conforme a lo
establecido en el Reglamento de Equivalencia de Estudio de la UNEFA.
ARTÍCULO 42. El ingreso a la UNEFA por equivalencia de estudios se
realizará cuando el aspirante cumpla con lo establecido en el Artículo once
(11) de este Reglamento, previa elaboración de un plan de nivelación de
estudios que permita su ubicación en un término académico de la Carrera
solicitada.
PARÁGRAFO PRIMERO. El ingreso por equivalencia como alumno regular de
la UNEFA, sólo se realizará al inicio del termino académico que indique el
respectivo plan de nivelación y atendiendo a las disponibilidades de cupo de la
Carrera solicitada. El plan de nivelación deberá cumplirse estrictamente y no
se podrá modificar sin la aprobación del Consejo Académico.
PARÁGRAFO SEGUNDO. La concesión de equivalencia sólo se hará efectiva
si el aspirante ingresa como alumno regular.
ARTÍCULO 43. La División de Servicios Académicos procederá abrir el
expediente del nuevo alumno admitido por equivalencia para su envío al
Núcleo respectivo.


                                      31
ARTÍCULO 44. El Rectorado emitirá la Orden Administrativa de ingreso
admitiendo al nuevo alumno e informará al Consejo Nacional de Universidades
y a la Dirección de Inteligencia Militar, en el caso de estudiantes civiles, para
los efectos de control.
ARTÍCULO 45. Cuando al aspirante le sea negado el ingreso por equivalencia
de estudios por no cumplir con lo establecido en el Artículo (11) de este
Reglamento podrá ingresar mediante la modalidad del proceso de selección y
de ser admitido, solicitará equivalencia de los estudios universitarios
realizados conforme a lo establecido en el Reglamento de equivalencia de los
estudios universitarios realizados conforme a lo establecido en el Reglamento
de Equivalencia de Estudios de la UNEFA para sus alumnos regulares.
ARTÍCULO 46. Los resultados obtenidos en el análisis de equivalencia de
estudios, así como la decisión de ingreso o no a la UNEFA, son inapelables.
ARTÍCULO 47. La Universidad se reserva el derecho de informar los
resultados del análisis de equivalencia, únicamente a los aspirantes admitidos
por esta modalidad.
                                 CAPÍTULO III
DE LA PERMANENCIA EN LA UNIVERSIDAD
SECCIÓN PRIMERA
DE LA NATURALEZA DE LA PERMANENCIA
ARTÍCULO 48. Se entiende por permanencia en la UNEFA el derecho que
tienen los alumnos regulares para cumplir con todas las actividades
programadas a los fines de obtener los títulos que confiere la Universidad.
Esta permanencia estará ¡imitada por lo estipulado en los artículos cincuenta y
uno (51) y cincuenta y dos (52) del presente Reglamente.
ARTÍCULO 49. Para poder permanecer en la UNEFA los alumnos regulares
deben:
     a) Estar formalmente inscritos en el término que cursan.
     b) Cumplir las normativas de permanencia establecidas en la
Reglamentación interna te que rige en la Universidad.


                                       32
ARTÍCULO 50. No podrán disfrutar el derecho de permanencia en la
Universidad los alumnos a quienes se les haya cancelado la matrícula por lo
establecido en el Capítulo IV de este Reglamento.
ARTÍCULO 51. La permanencia máxima permitida para culminar la carga
académica será de dieciocho (18) términos académicos para los estudiantes
de las Carreras de Ingeniería Régimen Diurno, diez (10) términos académicos
para los estudiantes de las Carreras de Técnico Superior Régimen Diurno,
veintiún (21) términos académicos para los estudiantes de las Carreras de
Ingeniería Régimen Nocturno y catorce (14) términos académicos para los
estudiantes de las Carreras de Técnico Superior Régimen Nocturno
PARÁGRAFO UNICO. A los efectos de la aplicación del presente Artículo, se
considerará que el estudiante ha cursado un término académico cuando
realice actividades académicas durante cualquier fracción o la totalidad del
número de semanas que conforman el término, independientemente del
número de asignaturas que curse y de los resultados académicos que obtenga
en el término. Quedan exceptuados los alumnos tesistas de acuerdo a lo
estipulado en el Artículo sesenta y dos (62) de este Reglamento y alumnos no
tesistas contemplados en el literal b del Artículo 81
ARTÍCULO 52. A los efectos de reingresos, desfasamientos de estudios y
tiempo para realización de Trabajos Especiales de Grado, los estudiantes no
podrán extender su permanencia por más de ocho (8) años continuos para
Ingeniería en Régimen Diurno, nueve (9) años continuos para Ingeniería en
Régimen Nocturno, cuatro (4) años continuos para Técnico Superior en
Régimen Diurno y cinco (5) años continuos para Técnico Superior en Régimen
Nocturno, contados a partir de la fecha de inicio de sus estudios en la UNEFA.
ARTÍCULO 53. Para el cómputo de los términos académicos a que se refiere
el artículo cincuenta y uno (51), se considerarán únicamente los términos
cursados en la UNEFA en condición de alumnos regulares y en ningún caso
se considerará el tiempo que el estudiante pase fuera de la Institución sin ser
alumno regular. Sin embargo, este tiempo hiera de la Universidad será


                                        33
considerado para el cómputo de los años continuos establecidos en el articulo
52 del presente Reglamento.
ARTÍCULO 54. No podrán permanecer en la UNEFA y le será cancelada la
matrícula a los alumnos que
     a) No formalicen su inscripción de acuerdo a lo establecido en los
Artículos cuarenta y nueve (49), sesenta (60) y sesenta y dos (62) del
presente Reglamento.
     b) No tengan oportunidad de culminar su Carrera en el número máximo
de términos estipulados en el Artículo cincuenta y uno (51) de este
Reglamento.
     c) No tengan oportunidad de culminar su Carrera en el tiempo máximo
establecido en el Articulo cincuenta y dos (52) de este Reglamento.
ARTÍCULO 55. Los alumnos regulares de otras Instituciones de Educación
Superior, podrán realizar actividades en las instalaciones de la Universidad,
sólo previa autorización del Rector de la UNEFA
ARTÍCULO 56. Las actividades académicas cumplidas sin ser alumno regular
no tendrán valor académico para la UNEFA.
ARTÍCULO 57. Los alumnos regulares de la UNEFA tendrán el derecho de
asistir con autorización del Profesor de la asignatura, a cualquier otra actividad
académica no contemplada en la carga académica del término, siempre y
cuando existan las disponibilidades de tiempo y espacio para cumplir dicha
actividad.
PARÁGRAFO UNICO. Las actividades académicas a las que se refiere el
presente Artículo no tendrán ningún tipo de control de evaluación ni de
reconocimiento académico.
2.2 Evaluación y control de estudios de la UNEFA:
                                  CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas
que regirán el proceso de evaluación del rendimiento y progreso académico o


                                       34
estudiantil a nivel de pregrado en la UNEFA, así como aquellas normas que
regulan la permanencia del alumno en la Universidad, en función de su
rendimiento académico.
                                    CAPÍTULO II
DE LA NATURALEZA Y FUNCIONES DE LA EVALUACIÓN
ARTÍCULO 2. La evaluación del rendimiento estudiantil, es un proceso
continuo, acumulativo, integral, racional, cooperativo y científico de valoración
de los resultados alcanzados en función de los objetivos del proceso de
enseñanza-aprendizaje y en consideración a las condiciones en las cuales se
produjo la actividad educativa.
ARTÍCULO 3. Los resultados del proceso de evaluación estudiantil se
utilizarán para:
     a) Diagnosticar las dificultades del proceso enseñanza-aprendizaje.
     b) Detectar y cuantificar con fines de orientación, las potencialidades e
intereses de los alumnos.
     c) Ubicar el rendimiento estudiantil dentro de una escala de valoración.
     d) Determinar en base al rendimiento, la permanencia de los alumnos
dentro de la Universidad.


ARTÍCULO 4. El rendimiento académico del alumno y los juicios que sobre
sus otras manifestaciones de conducta emita el profesor de acuerdo con los
criterios establecidos en el ARTÍCULO 6 del presente Reglamento, conforman
el rendimiento estudiantil.
ARTÍCULO 5. En la evaluación del rendimiento académico, el profesor
valorará   la   actuación     del   alumno    mediante   procedimientos   que    se
establecerán en el programa de su asignatura, con el propósito de determinar
la medida en que es capaz de:
     a) Identificar datos específicos, principios y generalizaciones, métodos y
procedimientos, criterios y clasificaciones.
     b) Procesar informaciones, transferirlas, interpretarlas y extrapolarlas.


                                         35
c) Aplicar principios y generalizaciones, normas y leyes.
     d) Analizar elementos, relaciones, estructuras y organizaciones.
     e) Sintetizar conceptos, procesos y relaciones. Producir planes,
proyectos e informes.
     f) Valorar conceptos, procesos y relaciones, hipótesis y teorías, métodos
y técnicas, materiales y resultados de trabajo.
     g) Realizar investigaciones y experimentos.
     h) Demostrar habilidades y destrezas en el manejo de simbologías,
instrumentos, materiales y equipos, así como la ejecución de órdenes y
trabajos.


ARTÍCULO 6. La evaluación de otros conceptos se hará en base a juicios que
para cada uno de ellos emita el profesor en su respectiva asignatura y serán
utilizados únicamente con fines de orientación. En tal sentido el profesor
apreciará en el alumno:
a) Sus hábitos de trabajo individual y cooperativo, en la utilización de métodos,
técnicas, instrumentos y recursos, para la realización de tareas.
b) Su creatividad e iniciativa para el logro de las metas trazadas.


ARTÍCULO 7. Los juicios a que se refiere el ARTÍCULO anterior, serán
formulados periódicamente e irán acompañados de recomendaciones que
orienten al alumno hacia el mejoramiento de su actuación y a la Universidad
acerca de las medidas a tomar para contribuir con ese mejoramiento.




2.3 De Transición
Reglamento Transición desde el 2009 hasta el 2015
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El presente Reglamento establece las disposiciones que
regiránpara los estudiantes regulares que estén cursando estudios en el


                                       36
sistema de semestre, durante el proceso de reestructuración curricular de la
oferta académica de la UNEFA y de la transición del sistema de términos a
semestres, a objeto de resolver y darle celeridad a los trámites académicos y
administrativos que se derivan de la implementación simultánea de los
mismos.
Parágrafo Único. Los estudiantes regulares que estén cursando estudios en
elsistema de términos, se regirán por la normativa vigente y lo previsto en los
artículos 5, 6 y 9 del presente reglamento, quedando derogada toda
disposición que colida con lo expresado en los referidos artículos.
Artículo 2. A partir de la entrada en vigencia del presente reglamento, todo
ingreso a la Institución, bien sea por proceso de ingreso, admisión por
reingreso, o admisión por equivalencia, se realizará bajo el sistema semestral
y de conformidad con la normativa vigente.
Articulo 3. El estudiante podrá inscribir hasta un máximo de treinta (30)
unidades de crédito por período académico y tendrá un plazo máximo de tres
(3) semanas, contado a partir de la fecha de inicio del período académico,
para formalizar ante la División de Secretaría de cada Núcleo, el retiro de las
asignaturas inscritas.
Articulo 4. El estudiante podrá inscribir asignaturas para avanzar en su carrera
siempre que se cumplan las condiciones previstas en el artículo 8 del presente
reglamento.
Artículo 5.- El estudiante para inscribir una asignatura que no tiene
prelaciones, antes, deberá tener aprobadas,         todas las asignaturas sin
prelaciones que contemple el plan de estudios en semestres anteriores.
Articulo 6. El estudiante podrá cursar para su aprobación, hasta por un
máximo de tres (3) oportunidades, cualquiera de la (s) asignatura (s)
contempladas en su plan de estudio. Aquellos estudiantes que reprueben por
primera vez una asignatura, les será asignado un orientador, a efectos ejercer
las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los
estudiantes al momento cursar la asignatura en repitencia. El término


                                       37
seguimiento debiera ser entendido en este contexto como el acompañamiento,
mediante el cual el docente genera confianza en el estudiante, fortalece su
autoestima, lo motiva y le da la seguridad requerida para continuar su proceso
de aprendizaje.
Articulo 7.El estudiante que repruebe alguna asignatura después de haberla
cursado en tres (3) oportunidades, será suspendido por el lapso de un (1)
semestre, a cuyo término podrá solicitar el reingreso al semestre en el cual se
encuentre(n) la(s) asignatura(s) pendiente(s), de menor orden en la cadena de
prelaciones.
Articulo 8. El estudiante podrá inscribir en cada período académico, hasta un
máximo de dos (2) asignaturas reprobadas, además de las asignaturas
regulares que correspondan según el plan de estudio, siempre que concurran
las siguientes condiciones:
No se cursen las asignaturas reprobadas, conjuntamente con asignaturas que
las prelen, aún cuando se oferten regularmente en el semestre.
Exista un mínimo de      quince (15) estudiantes que soliciten la        inscripción
correspondiente.
Disponibilidad del personal docente para dictar la (s) asignatura (s).
Disponibilidad de planta física.
Disponibilidad por parte de las instituciones u organizaciones ajenas a la
Universidad, para el desarrollo de clases prácticas o de laboratorio, en caso de
ser requerido para la implementación de la asignatura.
En caso contrario, el estudiante deberá esperar para inscribir la(s)
asignatura(s) cuando sean ofertadas para la siguiente cohorte.
Articulo 9. El alumno perderá la inscripción en cualquiera de las asignaturas
que curse, si el número de horas de inasistencia en proporción al total de
horas que corresponda a la asignatura durante el período académico es
superior o igual al veinticinco (25%), siempre y cuando no presente motivos
suficientemente válidos de acuerdo con la opinión del Consejo de Núcleo.




                                       38
Parágrafo Primero. Cuando las asignaturas contemplen clases teóricas,
prácticas y/o laboratorios, a efectos del presente artículo, a la suma de las
horas señaladas corresponderá al total de horas de la asignatura.
Parágrafo Segundo. La totalidad de inasistencias a las actividades prácticas o
de laboratorio no puede ser superior a dos (2) sesiones por asignatura en
cada período académico, justificadas o no. Esto incluye los Internados
Rotatorios de las carreras de Enfermería, prácticas educativas de la carrera de
Educación Integral, y las Pasantías de las distintas carreras. El incumplimiento
de éste parágrafo ocasionará la perdida de la inscripción, debiendo cursar la
asignatura en una siguiente oportunidad.
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 10. Los casos no previstos en este reglamento, serán resueltos por el
Consejo de Núcleo.
Artículo 11. Se derogan todas las disposiciones internas que colidan con lo
expuesto en el presente Reglamento.
     2.4Disciplinario:
REGLAMENTO DISCIPLINARIO PARA LOS ALUMNOS DE LA UNEFA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas
que regirán el comportamiento y la disciplina del personal de alumnos de la
Universidad.
PARÁGRAFO ÚNICO. Se consideran alumnos de la Universidad:
a) Los alumnos regulares de pre y postgrado.
b) Los alumnos que realicen cursos de nivelación, propedéuticas y/o de
extensión.
ARTÍCULO 2. La Universidad Nacional Experimental Politécnica de las
Fuerzas Armadas Nacionales (UNEFA), es una Institución de Educación
Superior adscrita al Ministerio de la Defensa, con un régimen especial de
estudios, cuya misión primordial es la de formar profesionales a todos los


                                      39
niveles y ciclos de la Educación Superior en las ramas de la Ciencia, la
Industria y la Tecnología, para contribuir al desarrollo del País y de sus
Fuerzas Armadas, desarrollando modernos sistemas de aprendizaje, que
permitan realizar investigaciones científicas predominantemente aplicadas.
ARTÍCULO 3. Por su carácter de Institución Superior adscrita al Ministerio de
la Defensa, la UNEFA tiene como principios fundamentales los preceptos
constitucionales de apoliticismo, obediencia y no deliberación.
ARTÍCULO 4. La función de los lineamientos contenidos en los artículos
precedentes, la UNEFA requiere:
a) Propiciar en todos los miembros de la Institución un comportamiento que se
corresponda con los fines que se propone la Universidad en el campo de la
formación de recursos humanos. Comportamiento que debe reflejar la
educación y buenos modales de sus miembros, un espíritu de sana
camaradería entre los alumnos y la correspondencia entre las actividades que
se realizan con las áreas apropiadas.
b) Crear y mantener un ambiente académico de orden, armonía y pulcritud,
que induzca a la reflexión y a la investigación científica y tecnológica.
ARTÍCULO 5. Las disposiciones de este Reglamento se aplicarán siempre que
los hechos que constituyen una falta no estén clasificados y penados por el
Código de Justicia Militar o las Leyes Penales de la República, en cuya
circunstancia se pasará el caso a la Jurisdicción correspondiente.
CAPÍTULO II
DE LOS NIVELES DE AUTORIDAD
ARTÍCULO 6. La UNEFA es una comunidad cuya vida refleja las interacciones
que   se   producen    en   las   relaciones humanas entre         personas que
momentáneamente ocupan roles y status diversos, para garantizar el
funcionamiento de la Institución hacia el logro de su misión.
ARTÍCULO 7. Los miembros del personal Directivo, Docente, Administrativo y
de alumnos están unidos en el interés de lograr los fines de la Universidad,
para lo cual se ubican organizacionalmente en diferentes niveles de autoridad.


                                        40
ARTÍCULOS 8. Los miembros integrantes del Consejo Directivo de la
Universidad son:
      El Rector
      El Vice-Rector Académico
      El Vice-Rector Administrativo
      Los Decanos
      Los que sean designados por el Consejo Directivo.
ARTÍCULO 9. Los niveles de Autoridad en la UNEFA, en orden descendente,
son los que se indican:
      El Rector
      El Vice-Rector Académico
      El Vice-Rector Administrativo
      Los Decanos
      Los Jefes de División
      Los Jefes de Depártame
      Los Profesores.
ARTÍCULO 10. Cada curso tendrá un Jefe (de Curso), responsable de vigilar
el cumplimiento de los reglamentos, directivas, programas, órdenes e
instrucciones vigentes por parte de los integrantes de su curso y servirá como
primer escalón del órgano o conducto regular ante las autoridades de la
Universidad.
PARÁGRAFO ÚNICO. En aquellos cursos donde exista personal militar, el
Jefe de curso será el alumno militar activo de mayor jerarquía. En el caso de
que no existan miembros activos de las Fuerzas Armadas, el Jefe de Curso
será seleccionado por el Decanato de Núcleo de acuerdo a los siguientes
criterios:
      Durante el primer término se designarán aquellos alumnos que, dentro
      de su curso, hayan obtenido el mejor orden de mérito de ingreso.




                                      41
A partir del segundo término académico, será seleccionado entre
     aquellos alumnos que tengan mejor índice y posean acentuado rasgo de
     liderazgo.
ARTÍCULO 11. Cualquier alumno que desee dirigirse ante una Autoridad de la
Universidad, verbalmente o por escrito, para presentarle cualquier novedad o
solicitud, deberá hacerlo individualmente, utilizando siempre su conducto u
órgano regular por intermedio del Jefe de Curso, quien la elevará ante la
próxima Autoridad competente y así sucesivamente hasta la Autoridad
solicitada.
PARÁGRAFO ÚNICO. Tanto el Jefe de Curso como cualquier otro nivel de
autoridad, están en la obligación de procesar a través del órgano regular
cualquier solicitud por parte de un alumno, quien en iodo caso deberá recibir
respuesta de la Autoridad competente.
CAPÍTULO III
LOS DEBERES DE LOS ALUMNOS
SECCIÓN PREVIERA
DE LOS ASPECTOS DISCIPLINARIOS GENERALES
ARTÍCULO 12. El alumno de la UNEFA debe caracterizarse en todo momento,
dentro y fuera de la Universidad, por una actitud serena y comedida, de orden
y buena educación, de cortés deferencia hacia las personas y de respeto por
las Autoridades de la Universidad.
ARTÍCULO 13. Los alumnos manifestarán con sus actos un gran aprecio,
consideración y cuidado por el personal y bienes materiales de la Universidad,
los cuales protegerán en todo momento y tratarán de mejorar con
observaciones, recomendaciones y sugerencias.
ARTÍCULO 14. Los alumnos deben caracterizarse por vestir en forma ser: a y
acorde con el espíritu que anima a la Institución. Deben ser pulcros en su
presentación y portar los documentos de identificación que expide la
Universidad.
SECCIÓN SEGUNDA


                                      42
DE LAS REGLAS DE COMPORTAMIENTO EN LA
UNIVERSIDAD
ARTÍCULO 15. El comportamiento en la Universidad se regirá por una norma
que consiste en hacer corresponder la conducta del personal con las áreas de
actividades que se desarrollen en la Universidad. En consecuencia, en las
aulas, laboratorios y bibliotecas se mantendrá una actitud de estudio y
reflexión; y en las áreas de deporte o de recreación, actitudes expansivas,
acordes con las instalaciones existentes.
ARTÍCULO 16. Para permitir un mejor cumplimiento de !as actividades
docentes:
     1. La enseñanza se regirá por un horario y programa de actividades los
cuales serán colocados en lugares visibles a todo el personal de la
Universidad y deberán ser cumplidos estrictamente y sin retardos.
     2. En las conferencias y ciases magistrales queda prohibido hablar sin
autorización del profesor.
     3. Los alumnos solicitarán permiso al profesor levantando la mano, para
intervenir en clase y una vez concedida la autorización del profesor, el alumno
se pondrá de pie y hará la pregunta en voz clara a fin de que todos sus
compañeros puedan beneficiarse del intercambio de ideas entre profesor y
alumno.
     4. Durante las evaluaciones, los alumnos mantendrán una actitud acorde
con la ética que imponen las Leyes y Reglamentos vigentes.
     5. Al terminar la clase los alumnos de la Universidad en señal de aprecio
y consideración hacia su profesor, esperarán a que éste se retire o autorice la
salida del aula.
     6. Ningún alumno podrá entrar o salir de una actividad académica sin
previa autorización.
     ARTÍCULO 17. Para un control apropiado del curso, el alumno Jefe de
Curso llevará una hoja de control diario, donde se anotarán las novedades
ocurridas en el curso, tilles como inasistencias de profesores y alumnos,


                                      43
solicitudes y permisos, así como cualquier otro hecho de significación. Estas
hojas deberán ser entregadas de acuerdo a lo establecido en el Procedimiento
Administrativo Vigente (P.A.V.) al finalizar !a última clase del día.
SECCIÓN TERCERA
DE LAS REGLAS DE COMPORTAMIENTO FUERA
DE LA UNIVERSIDAD
     ARTÍCULO 18. Fuera de la Universidad, el comportamiento de un
alumno compromete no sólo el buen nombre de su persona, sino también el
de la UNEFA; en consecuencia debe tratar de mantener una actitud y un
desenvolvimiento que refleje las normas de conducta que la Universidad exige
a sus alumnos.
SECCIÓN CUARTA
DEL ACATAMIENTO DE ÓRDENES E INSTRUCCIONES
     ARTÍCULO 19. Todos los integrantes de la Universidad están en el deber
de cumplir y hacer cumplir los reglamentos, directivas, órdenes e instrucciones
vigentes.
     ARTÍCULO 20. Los alumnos deberán respetar y obedecer a las
autoridades de ¡a Universidad de acuerdo con lo establecido en los Artículos
ocho (8) y nueve (9), igualmente deberán respeto, consideración y la máxima
colaboración para con el Jefe de Curso de acuerdo con lo establecido en el
Artículo diez (10) del presente Reglamento.
     ARTÍCULO 21. En las actividades de carácter militar, los alumnos se
regirán, para el acatamiento de órdenes e instrucciones, por las normas que al
efecto establezca el Decano del Núcleo de acuerdo con las leyes y
reglamentos militares vigentes.
     ARTÍCULO 22. Todo alumno estará en la obligación de exhortar a otro a
cumplir la Reglamentación de la Universidad y lo hará en forma cortes y
comedida.
     ARTÍCULO 23. Los alumnos que no oyeren el llamado a la corrección
serán merecedores de las sanciones que establece este Reglamento.


                                        44
Capitulo III: Normas de comportamiento de la UNEFA
     3.1Normas de Comportamiento en el Aula
     A. CEREMONIAL DE AULA EN LA UNEFA.
     1.- Los estudiantes deberán llegar como mínimo cinco (05) minutos antes
de dar el inicio a clase.
     2.- Al ingresar el Docente al aula, todos los estudiantes se pondrán de
pie con las manos empuñadas a los costados y los tacones pegados (Posición
de canto), colocando la silla dentro del pupitre (mesa).
     3.- Luego el Delegado de sección, se acercará al Docente y adoptando la
misma posición de sus compañeros, lo pondrá al tanto de cuantos estudiantes
se encuentran presentes y ausentes, finalizado esto, se retira con un paso
hacia atrás y se dirige a su pupitre.
     4.- El Docente se dirigirá a los estudiantes dando los (las) “Buenos: días”,
“tardes” o “noches”, inmediatamente los estudiantes, manteniendo la misma
posición en que se encuentran, responderán en forma enérgica, el lema:
“Excelencia Educativa Abierta Al Pueblo”, “Buenos: días”, “tardes” o “noches”
profesor(a). Seguidamente el Docente les indicará a los estudiantes ocupar los
asientos.
     5.- Finalizado este evento, el Docente, tomará el control del aula y dará el
inicio al desarrollo de la clase, indicando a su vez que firmen la asistencia.
     6.- Una vez concluida la clase, el Docente llenará el reporte de
instrucción e indicará que la misma ha concluido, permaneciendo en el aula el
personal de estudiantes, hasta que el Docente se retire de la misma, solo
podrán salir antes, si el Docente los autoriza.
     B. DEL DELEGADO DE SECCIÓN.
     1.- El Delegado de sección será escogido democráticamente, en aquellas
secciones donde no exista un efectivo militar, en caso de que este Delegado
designado por el voto popular no cumpla sus funciones, será relevado a través
del mismo sistema de elección. Incluye reforma de artículos aprobados por el
Rector en Enero de 2011 Página 4 de 10



                                        45
2.- El Delegado de sección, contará con un estudiante adjunto o suplente
(Sub-delegado), quien será elegido también a través del voto, solo en aquellas
secciones donde no haya un segundo efectivo militar que ejerza esta función.
     C. DEBERES DEL DELEGADO DE SECCIÓN.
     1.- El Delegado de sección, velará por el mantenimiento, orden y
disciplina de su sección de clase, antes, durante y después de la actividad
académica, para esto, contará con la participación y colaboración de sus
compañeros de clase.
     2.- El Delegado de sección, contará con un semanero, quien será rotado
en forma secuencial del listado, y tendrá la responsabilidad de prestarle ayuda
al Docente en todo lo referente al material de apoyo a la instrucción (Pizarra,
Marcadores, Video Beam, Proyectores, entre otros). También deberá tener, al
finalizar la actividad académica el aula de clase lista para el mantenimiento
(sillas sobre las mesas).
     3.- En caso de la ausencia del Docente a la actividad académica, el
Delegado de sección mantendrá los estudiantes dentro del recinto por un
espacio mínimo de veinte (20) minutos, transcurrido este espacio, levantará la
asistencia por escrito de los estudiantes y tramitará la ausencia del Docente
ante la coordinación de su carrera.
     4.- Queda prohibido, durante la actividad académica, recibir o hacer
llamadas telefónicas, mucho menos, enviar o recibir mensajes desde teléfonos
celulares, por lo tanto, deberán mantener el teléfono apagado para que no sea
interrumpida el desarrollo de la clase.
     5.- Durante la impartición de clase no se podrá estar escuchando música
del celular, MP3 u otro aparato electrónico con o sin audífonos.
     6.- Deberá evitar la interrupción del Docente con la salida y entrada de
alumnos.
     7.- El trato Docente-Estudiante como Estudiante-Docente, debe estar
enmarcado dentro de las normas de respeto y educación, tomando en cuenta




                                          46
la consideración correspondiente. Incluye reforma de artículos aprobados por
el Rector en Enero de 2011 Página 5 de 10.
     8.- Durante el acto académico, los estudiantes se colocarán de pie para
responder o hacer alguna pregunta al Docente, a menos que éste indique lo
contrario.
     9.- No se permitirá ingresar ningún tipo de alimentos o bebidas al aula de
clase, con la excepción de un envase de agua.
     10.- El Delegado de sección deberá tratar los intereses colectivos de su
sección en lo atinente a los aspectos académicos, administrativos y
disciplinarios con el Oficial encargado del piso.
     11.- El Delegado de sección deberá exigir cooperación a sus
compañeros de clase, en la preservación y conservación de los bienes
muebles e inmuebles de esta casa de estudios.
     12.- El Delegado de sección estará pendiente de cualquier disposición
que imparta el Docente con el fin de ser comunicadas al resto de la sección.
     13.- El Delegado de sección velará por el estricto cumplimiento del
uniforme y la adecuada presentación del estudiante.




     D.- DEL UNIFORME Y SU CORRECTO USO
     1.- El uniforme diario para asistir a clase será el siguiente: pantalón blue
jeans, chemisse blanca con logotipo UNEFA por dentro del pantalón, correa y
zapatos deportivos o casuales cerrados.
     2.-. Los estudiantes del Curso Introductorio Universitario, cumplirán con
este uniforme con la excepción de la chemisse blanca con logotipo UNEFA,
solo podrán usar; camisa, chemisse o franela blanca sin logotipo.




                                        47
3.- Los estudiantes del primer semestre deberán utilizar chemisse o
franela roja con logotipo UNEFA.
     4. El uso del mono deportivo y gorra de la UNEFA será opcional y se
utilizará únicamente en las actividades del programa de Defensa Integral de la
Nación, actividades comunitarias, deportivas o culturales. Incluye reforma de
artículos aprobados por el Rector en Enero de 2011 Página 6 de 10
     4.- En caso de que algún estudiante presente problemas de deterioro
momentáneo con la chemisse, se le permitirá la entrada a la institución
portando camisa o franela roja, por un lapso no muy prolongado, hasta que
solvente dicha situación.
     5.- Queda restringido el uso de la chemisse UNEFA en otro color que no
sea el establecido, con excepción de los estudiantes próximos a graduarse,
quienes podrán cambiarle a la chemisse original blanca, el color del cuello y
los bordes de las mangas de acuerdo a la carrera, pudiendo adicionar en la
parte frontal derecha el nombre del estudiante en el mismo color y en la parte
trasera el logo y nombre de la promoción.
     6.- Se deberá portar el carnet que lo identifica como estudiante, en un
lugar visible.
     7.- No se permitirá el uso de: escotes, minifaldas, sandalias, piercing,
gelatinas en el cabello, zarcillos en los caballeros u otro tipo de accesorio que
altere el correcto uso del uniforme.
     8.- Los estudiantes podrán hacer uso de chaquetas o suéteres de tela
unicolor, con cierre o botones delanteros (abierta adelante) sin capucha, que
le permitan mostrar el escudo de la chemisse, únicamente en los colores:
blanco, negro, gris, marrón, verde oscuro, azul oscuro o rojo.
     E.- DEBERES DEL JEFE DE PISO O ÁREA
     1.- El Jefe de piso o área será un Oficial designado por el Decano del
respectivo Núcleo o en su defecto un Docente en aquellos Núcleos que no
posean profesionales militares.




                                       48
2.- El Jefe de piso o área, deberá tener el parte de cuantos pupitres
(mesa-silla) se encuentran en cada aula y no permitirá que estas
permanezcan dañadas en las secciones de clase ni en los pasillos, por lo que
deberá evacuarlas al sector destinado para su reparación, previa coordinación
con el departamento encargado.
     3.- No permitirá que en los pasillos de su piso o área haya algún tipo de
perturbación a la actividad académica. Incluye reforma de artículos aprobados
por el Rector en Enero de 2011 Página 7 de 10
     4.- Efectuará una reunión mensual con los Delegados de sección, con el
fin de emprender acciones en cuanto a mantenimiento, disciplina y mejoras en
el piso o área.
     5.- El Jefe de piso o área, conformará una base de datos de los
Delegado de sección, indicando: nombres, apellidos, cedula de identidad,
numero de celular, correo electrónico.
     6.- Recopilará todos los horarios actualizados de las secciones que
reciben clase en su piso.
     7.- El Jefe de piso o área, efectuará reuniones periódicas con los
coordinadores de carreras del piso, con el propósito de buscar la integración,
trabajo en equipo y establecimiento de metas.
     8.- El Jefe de piso o área, a través de las reuniones con los Delegados
de sección, deberá crear conciencia en los estudiantes, en cuanto a: sentido
de   pertenencia,   preservación,   conservación   y mantenimiento    de   las
instalaciones, tanto en las aulas como en pasillos, escaleras y otras áreas
comunes de esta casa de estudios.
     9.- Supervisará que los estudiantes se encuentren uniformados
correctamente y con la presentación adecuada (Hombres: rasurados, con el
corte de cabello rebajado arriba y en las caídas, sin ningún tipo de tintes o
peinado estrafalarios. Mujeres: cabellos recogido y cortes que no sean
extravagantes).




                                         49
10.- El Jefe de piso o área, deberá coordinar con los entes encargados
para que se dicten charlas y prácticas en relación a los planes de evacuación
y seguridad física a todo el estudiantado en caso de una emergencia.
     11.- Incentivará a los estudiantes, en conjunto con los coordinadores,
para crear un espíritu competitivo que permita tener las aulas y los ambientes
en perfecto estado de presentación, aseo y cuidado.
     12.- Al Jefe de piso o área que le notifiquen el no cumplimiento de las
responsabilidades de algún Delegado de sección en específico, organizará
una nueva elección del mismo. Incluye reforma de artículos aprobados por el
Rector en Enero de 2011.
CAPITULO IV: Valores Unefistas:
4.1 Código de Ética de la UNEFA
PRIMERA PARTE
Principios Fundamentales Generales
SEGUNDA PARTE
De las Normas del Código de Ética
CAPÍTULO I
     De las Normas o Deberes a Cumplir por todos los Miembros de la
Comunidad Unefista
CAPÍTULO II
     De las Normas o Deberes a cumplir por el Personal Académico de la
UniversidadNacional   Experimental    Politécnica   de   la   Fuerza   Armada
Bolivariana.
TÍTULO I
     De las Normas o Deberes que rigen las Relaciones del Personal
Académico con laComunidad Unefista en General.
TÍTULO II
     De las Normas o Deberes a cumplir por el Personal Académico.
Derivados de suFunción Docente, con los Estudiantes de la Unefa.
CAPÍTULO III


                                     50
De las Normas o Deberes a cumplir por el Personal Administrativo,
Técnico y deServicios de la Universidad Nacional Experimental Politécnica de
la Fuerza ArmadaBolivariana.
CAPÍTULO IV
     De las Normas o Deberes a cumplir por los Estudiantes de la Universidad
NacionalExperimental Politécnica de la Fuerza Armada.
TERCERA PARTE
Disposiciones Finales
PRIMERA PARTE
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES GENERALES
     PRIMERO: El presente Código de Ética establece las normas de carácter
general queorientan la conducta de todos los integrantes de la Universidad
Nacional ExperimentalPolitécnica de la Fuerza Armada Bolivariana, en el
desarrollo de las actividadesinherentes a sus funciones respectivas.
     SEGUNDO: Este Código de Ética se aplica al Personal Académico,
entendido comotal el que ejerce funciones de docencia, investigación y
extensión y/o realizaactividades de planificación, experimentación, orientación,
evaluación, dirección ysupervisión en el campo educativo y científico, al
Personal Administrativo, Técnico yde Servicios, y a los Estudiantes de la
Universidad    Nacional   Experimental     Politécnicade   la   Fuerza   Armada
Bolivariana.
     TERCERO: En la elaboración de este Código de Ética se tomaron en
cuenta lasdirectrices y orientaciones emanadas de la Ley de Universidades, la
Ley Orgánica deEducación, el Reglamento General de la Universidad Nacional
ExperimentalPolitécnica de la Fuerza Armada Bolivariana y el Reglamento del
Ejercicio de laProfesión Docente, entre otros, así como algunos lineamientos
esenciales que definenla misión, la visión y los objetivos de esta Casa de
Estudios.
     CUARTO: Este Código de Ética propugna como valores trascendentales
y normativosde la conducta de quienes integran la comunidad Unefista: la


                                      51
vida, la libertad, laigualdad, la verdad, la justicia, la paz, la solidaridad, la
tolerancia, el respeto, eldiálogo, la convivencia, la honestidad, la disciplina, la
responsabilidad ciudadana, ladefensa de los Derechos Humanos y el cultivo
de los valores espirituales del hombre.
     QUINTO: El presente Código de Ética tiene como fines esenciales los
siguientes:
     El respeto ineludible a la dignidad de la Persona así como la defensa de
supleno desarrollo corporal, psicológico, intelectual y espiritual.
     El afianzamiento de principios de sólida base moral que sirvan de guía en
elejercicio de funciones y actividades, mediante la inserción de la propia vida
enun sistema de valores cónsonos con la elevada misión de la Universidad.
     La presentación de pautas éticas orientadoras que contribuyan de
maneraeficaz a erradicar conductas no cónsonas con los fundamentos
morales quedeben regir la conducta de los integrantes de esta comunidad
universitaria.
     El cultivo y mantenimiento de un êthos o modo de vida universitario en el
quetodos sus miembros puedan convivir en armonía, solidaridad, respeto, paz
ytrabajo creador.
     CAPITULO V: Participación en Proyectos Sociales y Ley del Servicio
Comunitario del Estudiante de Educación Comunitaria.
5.1 Participación en Proyectos Sociales y Ley del Servicio Comunitario del
Estudiante de Educación Comunitaria.


     La UNEFA es pionera en el desarrollo de servicios y proyectos
comunitarios, másahora cuando existe una Ley de Servicio Comunitario del
Estudiante de Educación
Superior.
     La ley tiene como fin vincular al estudiante universitario con su entorno
socioeconómico,y de esta manera prepararlo para dar respuestas efectivas a
losproblemas que hoy día presentan las comunidades. La idea central es


                                        52
establecervínculos recíprocos entre las comunidades y las instituciones de
Educación Superiorque faciliten de alguna forma que el estudiante retribuya
los conocimientos y el tiempoinvertido a la sociedad a la cual pertenece. Del
mismo modo, que el estudiante puedaponer en práctica los conocimientos y
competencias adquiridas a problemas reales,haciendo aportes sustanciales a
su realidad social.
     Es de suma importancia que todos los estudiantes del sector universitario
sefamiliaricen con la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación
Superiorcon el fin de iniciar un proceso de reflexión sobre los problemas
sociales propios de supaís, y despertar sentimientos de responsabilidad social
ante los problemas queaquejan su entorno.
A continuación presentamos la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de
     Educación Superior, a fin de que te vayas familiarizando con los
contenidos de lamisma y conozcas, entre otras cosas, que prestar servicio
comunitario, es un requisitoque debes cumplir para obtener tu título en un área
determinada.
Fragmentos tomados de la Ley de Servicio
Comunitario del Estudiante de Educación Superior.
Gaceta Oficial N° 38.272. Extraordinaria de fecha
Caracas, 14 de Septiembre de 2005
LEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE
DE EDUCACIÓN SUPERIOR
Disposiciones Generales
Objeto
Artículo 1. La presente Ley tiene como objeto normar la prestación del servicio
Comunitario del estudiante de educación superior, que a nivel de pregrado
aspire alejercicio de cualquier profesión.
Principios
Artículo 2. Esta Ley se regirá por los principios constitucionales de solidaridad,




                                        53
Responsabilidad      social,     igualdad,    cooperación,    corresponsabilidad,
participaciónciudadana, asistencia humanitaria y alteridad.
Ámbito de aplicación
Artículo 3. La prestación del servicio comunitario, tendrá su ámbito de
aplicación en elárea geográfica del territorio nacional que determine la
Institución de Educación
Superior correspondiente.
Capítulo II
Del Servicio Comunitario
Definición
Artículo 4. A los efectos de esta Ley, se entiende por Servicio Comunitario, la
actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de
educaciónsuperior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los
conocimientoscientíficos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos
adquiridos durante suformación académica, en beneficio de la comunidad,
para cooperar con suparticipación al cumplimiento de los fines del bienestar
social, de acuerdo con loestablecido en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela y en esta Ley.
Comunidad
Artículo 5. A los efectos de esta Ley, la comunidad es el ámbito social de
alcancenacional, estadal o municipal, donde se proyecta la actuación de las
instituciones deeducación superior para la prestación del servicio comunitario.
Requisito para la obtención del título
Artículo 6. El servicio comunitario es un requisito para la obtención del título de
educación superior, no creará derechos u obligaciones de carácter laboral y
debeprestarse sin remuneración alguna.
Fines del servicio comunitario
Artículo 7. El servicio comunitario tiene como fines:
       Fomentar en el estudiante la solidaridad y el compromiso con la
       comunidad como


                                         54
norma ética y ciudadana.
       Hacer un acto de reciprocidad con la sociedad.
       Enriquecer la actividad de educación superior, a través del aprendizaje
       en servicio,con la aplicación de los conocimientos adquiridos durante la
       formación académica,artística, cultural y deportiva.
       Integrar las instituciones de educación superior con la comunidad, para
       contribuiral desarrollo de la sociedad venezolana.
       Formar, a través del aprendizaje en servicio, el capital social en el país.
Duración del servicio comunitario.
Artículo 8. El servicio comunitario tendrá una duración mínima de ciento veinte
horasacadémicas, las cuales se deben cumplir en un lapso no menor de tres
meses. Lasinstituciones de educación superior adaptarán la duración del
servicio comunitario a surégimen académico.
Condiciones
Artículo 9. No se permitirá realizar actividades de proselitismo político
partidistas,durante la prestación del servicio comunitario.
De los recursos
Artículo 10. Las instituciones de educación superior, incluirán los recursos
necesariospara la realización del servicio comunitario en el plan operativo
anual, sin menoscabode los que puedan obtenerse, a través de los convenios.
TÍTULO II
DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR
De las instituciones de educación superior
Artículo 11. A los fines de esta Ley, son instituciones de educación superior
aquellasestablecidas por la Ley Orgánica de Educación.
De la capacitación
Artículo 12. El Ministerio de Educación Superior y las instituciones de
educaciónsuperior en coordinación, deben programar seminarios, cursos o
talleres sobre larealidad comunitaria, a fin de capacitar al personal académico
y estudiantil para laejecución del servicio comunitario, a fin de preparar a los


                                        55
coordinadores, asesores yestudiantes en sus responsabilidades, metas y
propósitos para la realización delservicio comunitario.
De la función
Artículo 13. Las instituciones de educación superior facilitarán las condiciones
necesarias para el cumplimiento del servicio comunitario, ofertando al
estudiante losproyectos para su participación.
Convenios
Artículo 14. A los efectos de esta Ley, los convenios serán las alianzas
realizadasentre el Ministerio de Educación Superior, las instituciones de
educación superior, lasinstituciones y organizaciones del sector público,
privado, las comunidadesorganizadas y las asociaciones gremiales entre
otros, para la ejecución el serviciocomunitario.
Atribuciones
Artículo   15.    Las instituciones de        educación   superior tendrán   como
atribuciones:
1 Garantizar que los proyectos aprobados por la institución, estén orientados a
satisfacer las necesidades de la comunidad.
2 Ofertar a los estudiantes de educación superior los proyectos existentes,
segúnsu perfil académico.
3 Celebrar convenios para la prestación del servicio comunitario, con el sector
público, privado y las comunidades.
4 Expedir la constancia de culminación de prestación del servicio comunitario.
5 Elaborar los proyectos de acuerdo al perfil académico de cada disciplina y a
lasnecesidades de las comunidades.
6 Brindar al estudiante la asesoría necesaria para el cumplimiento del servicio
Comunitario.
7 Elaborar su reglamento interno para el funcionamiento del servicio
comunitario.
8   Ofrecer      al   estudiante   reconocimientos    o   incentivos   académicos,
previaevaluación del servicio ejecutado.


                                         56
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U.n.e.f.a. monografia

  • 1. U.N.E.F.A. UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LAS FUERZA ARMADA Autores: Hernandez A. Cesaúl O. C.I.: V-19.901.901 Yesenia del C. Varela M. C.I.: V-15.594.727 Lisbeth del C.Ortega P. C.I.: V-18.498.622 Daniel G. Camargo N. C.I.: V-16.305.608 José Leonardo Velazco D. C.I.: V-18.902.837 Carlos A. Pérez C.C.I.: V-17.028.459 Sección D-01 Ing. Telecomunicaciones Fecha de entrega: sábado08 de diciembre 2012 1
  • 2. Republica Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior y Min. P.P. para la Defensa y Soberanía de la Nación Universidad Nacional Experimental De Las Fuerzas Armadas Extensión El Vigía U.N.E.F.A. UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LAS FUERZA ARMADA Autores: Hernandez A. Cesaúl O. C.I.: V-19.901.901 Yesenia del C. Varela M. C.I.: V-15.594.727 Lisbeth del C. Ortega P. C.I.: V-18.498.622 Daniel G. Camargo N. C.I.: V-16.305.608 José Leonardo Velazco D. C.I.: V-18.902.837 Carlos A. Pérez C.C.I.: V-17.028.459 Fecha de entrega: sábado 08 de diciembre 2012 2
  • 3. ÍNDICE DE CONTENIDO Pág. Introducción…………………………………………………………………….. 04 CAPITULO I: LA UNEFA 1.1 Perspectiva y Desarrollo Nacional………………………………………. 06 1.2 Evolución Histórica………………………………………………………... 07 1.3 expansión e innovación…………………………………………………... 10 1.4 Misión, Visión y Objetivos de la UNEFA……………………………...… 14 1.5 Autoridades de la UNEFA………………………………………………... 15 1.5.1 Áreas de formación de la UNEFA………………………………. 16 1.5.2 Núcleos y extensiones…………………………………………… 18 1.5.3 Curso integral de Nivelación Universitaria…………………….. 20 CAPITULO II: Reglamentos Internos de la UNEFA 2.1 De Admisión Permanencia y Egreso de la UNEFA…………………... 21 2.2 De Evaluación y Control de estudios………………………………….... 35 2.3 De Transición……………………………………………………………… 37 2.4 Disciplinario………………………………………………………………... 34 CAPITULO III: Normas de Comportamiento 3.1 Normas de Comportamiento en el Aula………………………………… 45 CAPITULO IV: Valores Unefistas: 4.1 Código de Ética de la UNEFA…………………………………………… 50 CAPITULO V: Participación en Proyectos Sociales y Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Comunitaria. 5.1 Participación en Proyectos Sociales y Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Comunitaria……………………………….… 52 Conclusiones…………………………………………………………………… 57 Referencias Bibliográficas……………………………………………………. 58 ÍNDICES DE TABLAS Pág. Tabla 01………………………………………………………………………… 16 3
  • 4. INTRODUCCIÓN: A lo largo de 30 las instituciones castrenses han contado con una casa de estudios exclusiva para ellos como lo fue el IUPFAN; pero luego de la llegada Tcnel. Hugo Chávez a la presidencia de la República llegaron muchas transformaciones a esa realidad, la primera fue el cambio de nombre el cual paso a ser UNEFA (UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LAS FUERZAS ARMADAS) pero con esta transformación también llego otra que definitivamente le cambió el rumbo a esta institución y al pueblo venezolano; la UNEFA ahora abría su excelencia educativa al pueblo venezolano. Este cambio ha beneficiado a muchos jóvenes y adultos que habían sido excluidos del sistema de educación superior a lo largo de los años, la matricula estudiantil a nivel nacional superado sus más altos límites con creces, además abrió la posibilidad de estudiar carreras que son poco ofertadas y con gratuidad para el beneficio de todo aquel que desee entrar y adherirse a las reglas y normas que esta casa de estudio tiene; ser un UNEFISTA significa tener un alto grado de responsabilidad moral y académica, es por ello que es de vital importancia el estudio y conocimiento de todas normas y reglamentos para un eficaz aprendizaje y correcto comportamiento dentro de la institución. Dicha investigación está compuesta por cinco capítulos los cuales se describen a continuación: Capítulo I. Da a conocer una descripción general sobre la perspectiva y desarrollo nacional, su evolución histórica, expansión e innovación, misión y objetivos de la UNEFA; sus autoridades, sus núcleos y el curso integral de nivelación universitaria. Capítulo II. Se explica la Contextualización de sus reglamentos internos: de admisión, permanencia y egresados, reglamentos de evaluación y control de estudios así como su reglamento disciplinario. 4
  • 5. Capítulo III. Explica los procedimientos a seguir para poner en funcionamiento las Normas dentro de la UNEFA. Capítulo IV. Relata los valores Unefistas, el código de ética de la UNEFA: Principios Generales y Fundamentales. Capítulo V. su participación en proyectos de índole social enmarcada en la Lay de Servicio Comunitario. 5
  • 6. CAPITULO I: LA UNEFA La Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Nacional (UNEFA) es una institución Universitaria de la Fuerza Armada de Venezuela que forma profesionales civiles universitarios a nivel superior. También da formación educativa dePostgrados y Doctorados, que consta con más de 240.000 estudiantes y se convierte en la primera universidad con más estudiantes de Venezuela. 1.1 Perspectiva y Desarrollo Nacional Es una institución dedicada principalmente a formar profesionales y las especializaciones en las distintas ramas, siempre cubriendo las necesidades tanto de las personas como las del mercado laboral. Categorizándose por ser una Universidad con gran prestigio a nivel Nacional, por ser formadora de gran disciplina, ética y valores para sus egresados y trabajadores, además se adapta al desarrollo profesional que requiere el país en la actualidad, con una visión abierta de no excluir a las personas pertenecientes a las diferentes clases sociales. Considero que una de las labores de UNEFA, es la integración de sus alumnos, profesionales, entre otros, en los Proyectos Sociales dirigidos a las Comunidades, con el fin de mejorar la calidad de vida de las personas, así como hasta ahora lo ha hecho la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, integrada a la sociedad prestando toda la ayuda posible a la Nación.. Mis expectativas sobre el Sistema AAA, esta orientado a los Principios del Holismo, la Educación a Distancia y el Paradigma Emergente de los cuales aprenderemos con las experiencias de acuerdo a los conocimientos recibidos dentro de esta institución. De ello dependerá desarrollar actitudes positivas para alcanzar el triunfo en la UNEFA y en la Sociedad. 6
  • 7. 1.2 Evolución Histórica Para conocer la UNEFA desde su perspectiva histórica, nos enmontaremos un poco al pasado. El 3 de febrero de 1.974 se decretó la creación el Instituto Universitario Politécnico de las Fuerzas Armadas Nacionales (IUPFAN), con sede principal en Caracas y núcleos en los lugares del país que fueran requeridos por las Fuerzas Armadas Nacionales. Luego de 25 años continuos de fructífera labor educativa, considerando que el Instituto había sido una alternativa válida para la educación superior de la Institución Castrense y de la comunidad venezolana en general, y cumplidos los requisitos de Ley, el IUPFAN, por decreto del Ciudadano Presidente de la República, Teniente Coronel HUGO RAFAEL CHÁVEZ FRÍAS, fue transformado en la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada (UNEFA), el 26 de abril de 1.999. El 5 de octubre del 2007 el primer mandatario HUGO RAFAEL CHÁVEZ FRÍAS presidió en el Teatro Teresa Carreño la graduación conjunta de 2074 profesionales de pregrado y postgrado que egresaron de la UNEFA, en este acto anunció que la UNEFA cambiará de nombre a Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Bolivariana, junto a otros acuerdos de gran significación para el desarrollo dela educación superior en el país, bajo el esquema del socialismo del siglo XXI, tales como: la incorporación de los profesionales que egresan de la universidad a los proyectos y programas del Estado a fin de garantizarles la inserción en el campo laboral para que puedan aportar sus conocimientos en función del desarrollo nacional. Desde la creación del IUPFAN y su transformación en UNEFA han pasado más de treinta años en los que nuestra institución, se ha destacado en el campo de la formación y capacitación universitaria, y no solamente lo apreciamos en el área académica, también lo observamos en la capacidad de establecer puntos de encuentroentre la Universidad y la realidad que vive 7
  • 8. nuestro país en la actualidad, así como en la consolidación de una verdadera vocación de servicio que aporte a la construcción de una mejor sociedad. La UNESCO, Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en el preámbulo de la Declaración Mundial sobre la Educación Superior en el Siglo XXI, dictada en París, el 09 de octubre de 1998, resalta que: "... el nuevo siglo demandará de una educación superior sin precedentes, acompañada de una gran diversificación de la misma, y una mayor toma deconciencia de la importancia fundamental que este tipo de educación revistepara el desarrollo sociocultural y económico y para la construcción del futuro, de cara al cual las nuevas generaciones deberán estar preparadas con nuevas competencias y nuevos conocimientos e ideales..." Animados por el espíritu de relación entre la educación y el futuro, que subyace en la declaración de la UNESCO, y por las necesidades propias de nuestra patria, la UNEFA es actualmente una institución de educación superior, comprometida e involucrada de modo muy activo y protagónico en el desarrollo económico, social y cultural del país. Para dar cumplimiento a esta misión social, la UNEFA planifica acciones en función de la expansión, desarrollo y promoción de la educación en el sentido más amplio, al incorporar sin exclusión a la población de todos los estratos sociales del país. La función de expansión se concreta en la ejecución interrelacionada de los procesosuniversitarios: docencia, investigación y extensión, y responde a las exigencias del objetivo social de la política del Estado, en lo referente al alcance de la justicia social, por cuanto cumple con la necesidad de alcanzar la equidad como nuevo orden de justicia social y base material de la sociedad venezolana. Este objetivo exige transformar las condiciones materiales y sociales de la mayoría de la población venezolana, separada y distanciada históricamente del acceso equitativo a la riqueza y al bienestar, y construir una 8
  • 9. nueva condición de ciudadanía, basada en el reconocimiento pleno y el ejercicio garantizado de los derechos. La UNEFA juega un papel principal en este objetivo, pues garantiza el más amplio y dinámico vínculo social, lo que propicia la identificación, la comunicación y la actividad conjunta de la universidad y la sociedad, y estrecha la imprescindible unidad de sus miembros con la comunidad. Nuestra universidad está comprometida con la nueva realidad social y ha hecho grandes esfuerzos para incorporar la participación de las comunidades en sus objetivos, avanzando a la par de los requerimientos de la sociedad, al ofrecer con calidad, planes de estudio en las áreas de pregrado, postgrado y extensión ajustados a sus requerimientos. Uno de los ejes orientadores del proceso educativo de la UNEFA está dado por la calidad o excelencia educativa, la cual abarca, además de las tres funciones clásicas: docencia, investigación y extensión, la calidad de sus estudiantes, lo relacionado a su infraestructura y entorno académico. Estos aspectos que tienen que ver con la calidad, determinan el funcionamiento de la Universidad y la "imagen institucional" que proyecta a la sociedad. La calidad de la educación que ella ofrece está estrechamente relacionada con la pertinencia, y su capacidad de dar respuesta a las demandas de la sociedad en general, además, ésta incide en varios factores, entre ellos: la adecuada selección y perfeccionamiento de su personal académico y administrativo, el diseño y rediseño de planes y programas de estudio, congruentes con las necesidades reales detectadas en la sociedad, el desarrollo de procesos instrucciones basados en técnicas de vanguardia, rescatando los que aún funcionan, el desarrollo de investigación para la solución de problemas detectados en el ámbito pedagógico, el uso de las nuevas tecnologías de información y comunicación, la puesta en práctica de 9
  • 10. nuevas modalidades de evaluación y el fortalecimiento de los vínculos entre estudiantes, profesores y la comunidad en general. Por todas estas razones la UNEFA ha pasado a ser una institución muy compleja que aspira abarcar, prácticamente, los espacios que requiere la sociedad. La UNEFA es educación, entendemos que de forma general, los seres humanos al igual que las organizaciones educativas, modifican su comportamiento a medida que las sociedades se transforman, por tal motivo debemos estar al día con los avances científicos ytecnológicos, porque nuestra misión fundamental es la de preparar ciudadanos y ciudadanas para ser individuos útiles en una sociedad muy cambiante, la cual nos demandará actuar al mismo paso que las futuras generaciones. 1.3Expansión e innovación La UNEFA a tono con las exigencias del país, ha emprendido en la actualidad, un proceso de expansión y renovación curricular sin precedentes, cuyos resultados son ya palpables, ejemplo de ello son los ofrecimientos de nuevas carreras en función de necesidades nacionales y regionales detectadas. Desde el punto de vista curricular, se ha ampliado significativamente la oferta académica con nuevas carreras en pregrado, resaltando la apertura de carreras con finalidad social, nuevos programas de postgrado con el inicio de doctorados y postdoctorados y diferentes cursos de mejoramiento profesional, de desarrollo comunitario y de idiomas propuestos por la Dirección Académica de la Dirección Nacional de Extensión. A través del Vicerrectorado de Asuntos Sociales, único en el país, se llevan a cabo proyecto de envergadura como son: UNEFA va a la Escuela: El Proyecto la UNEFA va a la Escuela nace como piloto en septiembre de 2008 con una programación de 340 horas académicas en dos colegios de la región central del país. Nace ante la 10
  • 11. necesidad de sembrar valores y conocimientos necesarios desde temprana edad a nuestras ciudadanas y ciudadanos en materia de organización y poder popular, tomando como referencia para ello los centros de educación primaria y educación básica. Objetivos Mejorar la calidad y la eficacia del sistema de educación y formación Unefista. Facilitar el acceso de todas y todos a la educación y la formación. Crear espacios propicios para la interacción entre la comunidad intra y extra universitaria. UNEFA va a la Comunidad: Objetivos Formar integralmente a los miembros de las fuerzas vivas comunitarias, para que éstos sirvan de canalizadores y multiplicadores al hacer práctico el conocimiento adquirido durante el proceso. Fortalecer la estructura de las fuerzas vivas comunitarias para que éstas tengan participación activa e integral con las fuerzas populares. Subir los niveles de conciencia social de la comunidad para coadyuvar en el fortalecimiento de su calidad de vida. UNEFA va al Centro Penitenciario: Este proyecto tiene como objetivo principal coadyuvar en la reinserción social de los internos, residentes y destacamentarios a través de procesos de formación y capacitación orientados al desarrollo de sus capacidades tecno- políticas y el afianzamiento de las relaciones de estos con la sociedad, mediante la interacción y cooperación de nuestra comunidad universitaria, los 11
  • 12. consejos comunales y los funcionarios penitenciarios. Entre sus objetivos específicos se encuentran: Promover la participación de la comunidad universitaria en actividades de formación, capacitación y acercamiento en los establecimientos penitenciarios con el objeto de fortalecer la relación de estos con las comunidades circundantes. Ejecutar actividades de formación y capacitación dirigidas a los internos, destacamentarios, residentes y sus familiares con el objeto de desarrollar sus capacidades socio productivas. Desarrollar las competencias del personal penitenciario en el manejo de las técnicas gerenciales para la actuación eficiente en las actividades de dirección, coordinación y supervisión del recurso humano a su cargo a losfines de optimizar el proceso de reinserción. Dotar al personal de custodia externa e interna de las competencias, que les permitan ejercer sus labores de manera optima y eficiente, para brindar un trato digno a las personas privadas de libertad. La UNEFA ha colaborado y colabora con las Misiones implementadas por el Gobierno Nacional, especialmente con aquellas vinculadas a la realidad educativa del país. Así mismo, con acentuado espíritu de servicio a la Patria, en nuestra institución se imparte con disciplina y calidad académica el Programa de Defensa Integral con miras al resguardo nuestra soberanía. En resumen, las características que definen a esta casa de estudios, se pueden agrupar en las siguientes partes: La UNEFA, se posesiona como oferente de espacios académicos, de investigación y extensión, donde la población venezolana encuentra oportunidades que favorecerán el desarrollo humano y el capital social. Acceso de estudiantes provenientes de estratos socioeconómicos tradicionalmente excluidos. Participación activa en programas de desarrollo comunitario. 12
  • 13. Desarrollo de programas de investigación orientados a solucionar problemas sociales comunitarios, tecnológicos y académicos. Orientación vocacional de los estudiantes. Establecimiento de una plataforma técnica necesaria para posibilitar el apoyo a lasclases presenciales, a través de las Tecnologías de Información y Comunicación. Innovación educativa mediante la creación del Curso integral de Nivelación UNIDAD 1: Bolivariana (UNEFA) Universitaria (CINU), con el fin de aplicar adecuadamente herramientas de aprendizaje que fortalezcan en el estudiante su capacidad de autogestión personal, académica y comunitaria, en función de las pautas de identidad social, nacional y ciudadana, reglamentos disciplinarios, de ceremonial y académicos de la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Bolivariana (UNEFA). Para finalizar esta visión histórica de nuestra institución y de su rol protagónico en la Venezuela del siglo XXI, te invitamos a hacer una reflexión que te lleve al análisis del siguiente pensamiento de Simón Bolívar, uno de los héroes venezolanos más destacados en la historia universal: “Hombres virtuosos, hombres patriotas, hombres ilustrados” Simón Bolívar 13
  • 14. 1.4 Misión, Visión y Objetivos Misión Formar ciudadanas y ciudadanos forjando competencias y valores socialistas, mediante la docencia, la investigación y la extensión, para la transformación social, la defensa integral, el desarrollo sostenible y sustentable del país. Visión Ser la mejor Universidad pública, abierta al pueblo, productora de conocimiento, de referencia nacional e internacional, forjadora de ciudadanos y ciudadanas con excelencia académica, comprometidos con los valores socialistas, la defensa y el desarrollo integral de la nación, inspirados en el pensamiento bolivariano. Visión Ser la mejor Universidad pública, abierta al pueblo, productora de conocimiento, de referencia nacional e internacional, forjadora de ciudadanos y ciudadanas con excelencia académica, comprometidos con los valores socialistas, la defensa y el desarrollo integral de la nación, inspirados en el pensamiento bolivariano. Objetivos Formar profesionales universitarios mediante programas intensivos y adecuados al desarrollo integral del país. Desarrollar estudios avanzados y demás actividades educativas para graduados universitarios. Apoyar el desarrollo de la Fuerza Armada Bolivariana dentro del contexto integral del país, mediante el fomento y realización de programas de investigación científica y tecnológica que sean de interés común para la institución armada y otros sectores de la vida nacional, con énfasis en las áreas del conocimiento directamente vinculadas con las especialidades que se cursen en la Universidad. 14
  • 15. Contribuir, a través de programas especiales, a la formación de recursos humanos para atender exigencias propias de la seguridad y defensa nacional. Asesorar a la Fuerza Armada Bolivariana y a los órganos de los poderes públicos en las áreas relacionadas con la investigación científica y tecnológica que desarrolle la Universidad. Optimizar la utilización de los recursos humanos, financieros y materialesadministrados por la universidad, en función de las variables que intervienen en el proceso educativo. Asegurar el sostenimiento del nivel deseable de funcionamiento y desarrollo, propiciando la cooperación recíproca entre la Universidad y los organismos afines o equivalentes de los sectores relacionados con la producción, la educación, eldeporte, la investigación, la ciencia y la cultura. Realizar actividades de extensión que proyecten la imagen y consoliden la presencia y prestigio de la Universidad en la comunidad, a través de programas que fortalezcan la formación integral del ciudadano y contribuyan al arraigo yconservación de los valores auténticos de la identidad nacional. Establecer vínculos con otras instituciones educacionales y científicas, regionales, nacionales y extranjeras. 1.5 Autoridades G/J Jesús Gonzales Gonzales (Rector) G/D Viviam Antonio Duran García (Vicerrector Administrativo) Prof. Ronald Blanco La Cruz (Vicerrector de Asuntos Sociales y Participación Ciudadana) G/D Jesús del Valle Morao Gardona (Vicerrector Académico) Dra. María José Torres (Secretaria General) CN. Ariane Adrián Arriaz 15
  • 16. 1.5.1 Áreas de Formación de la U.N.E.F.A. La UNEFAofrece una amplia oferta de carreras de pregrado y postgrado, a continuación te presentamos las diversas áreas de formación. Pregrado Tabla Nº 01 AREA NIVEL ACADEMICO CARRERA • ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN MUNICIPAL • ADMINISTRACIÓN DE DESASTR ES (GESTIÓN DE RIESGO) • CONTADURÍA PÚBLICA LICENCIATURA • ECONOMÍA SOCIAL • ENFERMERÍA CIENCIAS SOCIALES Y DE • EDUCACIÓN INTEGRAL LA SALUD • TURISMO •ENFERMERÍA • HOTELERÍA TSU • MECÁNICA DENTAL • TURISMO 16
  • 17. • AERONÁUTICA • AGROINDUSTRIAL • AGRÓNOMA • CIVIL • ELÉCTRICA • ELECTRÓNICA • GAS • MECÁNICA INGENIERIA • NAVAL INGENIERIA • QUÍMICA • SISTEMAS • TELECOMUNICACIONES • PETRÓLEO • PETROQUÍMICA • AGRONOMÍA • ANÁLISIS Y DISEÑO DE TSU SISTEMAS • COMUNICACIONES Y ELECTRÓNICA NOTALa UNEFA también CUENTA con 32 programas de postgrados entre los cuales están especializaciones, maestrías, doctorados y postdoctorado. 17
  • 18. 1.5.2 Núcleos y Extensiones Núcleos de la UNEFA En cuanto al crecimiento en infraestructura y matrícula, a los núcleos tradicionales de Caracas, Maracay y Puerto Cabello, se han agregado en este último año, nuevos núcleos, como sedes o extensiones. En el siguiente cuadro se muestran los núcleos y extensiones con que cuenta la Universidad para atender toda la demanda estudiantil (ver Cuadro Nº 1: Núcleos, Sedes y Extensiones de la UNEFA). A estos nuevos núcleos: San Tomé en Anzoátegui, Puerto Ayacucho en Amazonas, San Fernando de Apure en Apure, Cagua, Colonia Tovar y San Casimiro en Aragua, Barquisimeto en Lara, Cumaná y Carúpano en Sucre, San Cristóbal en Táchira, Maracaibo en el Zulia, San Felipe, Nirgua y Chivacoa en Yaracuy, Acarigua, Guanare y Turén en Portuguesa, Valencia, Guacara y Bejuma en Carabobo, Catia La Mar en Vargas, Los Teques y Santa Teresa del Tuy en Miranda, Coro y Punto Fijo en Falcón, Tinaquillo en Cojedes, Tucupita en Delta Amacuro, Tucupido y Zaraza en Guárico, Betijoque en Trujillo, Mérida en Mérida, próximamente se unirán otros. Agréguese la participación de la UNEFA en las Aldeas Universitarias (con énfasis en la atención al indígena) y de otras prometedoras experiencias como el Restaurante-Escuela de Pampatar y las casas-hogar para niños y niñas en situación de riesgo de calle. De igual forma, en nuestra Universidad, se está atendiendo a la disposición constitucional de gratuidad de la enseñanza, lo cual se refleja en el ofrecimiento de carreras de pregrado en forma completamente gratuita, esto ha traído como consecuencia, un aumento exponencial en la matrícula estudiantil, que ha ido de aproximadamente dos mil (2000) a 200 mil estudiantes para el semestre del 2007, cifra que continua aumentando, como respuesta a las políticas gubernamentales en materia de educación superior. 18
  • 19. Es importante destacar entre dichas políticas, la atención a la población estudiantil de menores recursos, pues la misma había sido excluida por décadas en el pasado reciente, hecho que augura una universidad verdaderamente nacional, es decir, con presencia real en las diferentes regiones del país y abierta a todo el pueblo venezolano. NOTA ACTUALIZADA agosto 2011: La UNEFA tiene una matrícula de más de 200.000 estudiantes, unos 11.000 alumnos de postgrado, 20.000 docentes y 12.000 trabajadores. Cuenta con 87 sedes en todo el territorio nacional para el 2009, informó el rector de esta institución educativa, Wilmer Barrientos. La Universidad NacionalExperimental Politécnica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (UNEFA), es pionera en el proceso de inclusión universitaria, promovida por el Gobierno Bolivariano. Muestra de ello es el aumento de su matrícula, que se elevó de 3.500, en épocas de la cuarta república, a los 208.000 mil alumnos que tiene hoy en día, gracias a la Revolución encabezada por el presidente Hugo Chávez. La UNEFA, cuenta con 25 núcleos, 25 extensiones y 37 ampliaciones que, en total, conforman 87 sedes en todo el territorio nacional. La UNEFA también CUENTA con 32 programas de postgrados entre los cuales están especializaciones, maestrías, doctorados y postdoctorado. En resumen, las características que definen a esta casa de estudios, se pueden agrupar en las siguientes partes: La UNEFA, se posesiona como oferente de espacios académicos, de investigación y extensión, donde la población venezolana encuentra oportunidades que favorecerán el desarrollo humano y el capital social. Acceso de estudiantes provenientes de estratos socioeconómicos tradicionalmente excluidos. Participación activa en programas de desarrollo comunitario. Desarrollo de programas de investigación orientados a solucionar problemas sociales comunitarios, tecnológicos y académicos. 19
  • 20. Orientación vocacional de los estudiantes. Establecimiento de una plataforma técnica necesaria para posibilitar el apoyo a las clases presenciales, a través de las Tecnologías de Información y Comunicación. Innovación educativa mediante la creación de la modalidad de estudios denominada Sistema de Aprendizaje Auto gestionado Asistido, con el fin de aplicar adecuadamente herramientas de aprendizaje que fortalezcan en el estudiante su capacidad de autogestión personal, académica y comunitaria, en función de las pautas de identidad social, nacional y ciudadana, reglamentos disciplinarios, de ceremonial y académicos de la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Bolivariana (UNEFA). 1.5.3 Curso Integral de Nivelación Universitaria (C.I.N.U.) Debido a las realidades educativas y a los procesos de cambios generados en la institución se propone la creación del Curso Integral de Nivelación Universitaria (CINU) diseñado con la finalidad de ofrecer a los estudiantes de nuevo ingreso diversas estrategias de aprendizaje. Dichas estrategias han sido creadas para fortalecer el afianzamiento, desarrollar conocimientos y habilidades en el área de matemática, el manejo funcional del lenguaje como instrumento para el desarrollo del pensamiento, la imaginación, la comunicación y el aprendizaje en el contexto de la cultura e identidad venezolana, conforme a los fundamentos éticos y normas académicas propias de esta Universidad. El CINU es de carácter aprobatorio como requisito de ingreso al primer semestre y su asistencia a las actividades presenciales son de carácter obligatorio y tendrá una duración de 14 semanas. CAPITULO II: Reglamentos Internos: 20
  • 21. 2.1 De Admisión, Permanencia y Egreso de la UNEFA: CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas que regirán la admisión, permanencia, cancelación, reingreso y egreso de los estudiantes de pregrado de la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Nacional (UNEFA). Artículo 2.Son alumnos regulares de la UNEFA los estudiantes militares o civiles que, después de haber cumplido los requisitos de admisión establecidos en la Ley y los Reglamentos, estén debidamente inscritos y cumplan a cabalidad todos los deberes inherentes a su condición de alumnos, conforme a la Ley, los Reglamentos y los planes regulares de estudio, a los fines de obtener los títulos que confiere la Universidad. Artículo 3.Para ingresar como alumno en los cursos universitarios regulares y optar a los títulos que la UNEFA confiera, se requiere ser venezolano y poseer el título de bachiller o convalidado en el país si hubiera sido obtenido en el extranjero. PARÁGRAFO UNICO. Podrán ser admitidos alumnos militares extranjeros previa autorización del Ministro de la Defensa. ARTÍCULO 4. Podrán ingresar como alumnos en los cursos universitarios regulares de la UNEFA, los alumnos procedentes de Instituciones de Educación Superior mediante el procedimiento de equivalencia de estudios, conforme a la reglamentación interna respectiva y demás normas legales aplicables. PARÁGRAFO UNICO. Los egresados titulares de Instituciones de Educación Superior podrán ingresar por el procedimiento que se establece en este Artículo, a los fines de cursar estudios y optar a cualquiera de los Títulos de pregrado que otorga la UNEFA. ARTÍCULO 5. Los aspirantes admitidos para iniciar sus estudios universitarios en la UNEFA, sólo podrán inscribirse en una Carrera. 21
  • 22. ARTÍCULO 6. La matrícula de nuevos ingresos será establecida anualmente por el Rectorado, previa recomendación del Consejo Directivo. ARTÍCULO 7. Los cursos regulares del Régimen Nocturno serán autofinanciados y para el ingreso a estos cursos, tendrán prioridad aquellos aspirantes militares o civiles que por las actividades que realicen estén imposibilitados para cursar estudios en el Régimen Diurno CAPÍTULO II DE LA ADMISIÓN SECCIÓN PRIMERA DE LA NATURALEZA DE LA ADMISIÓN ARTÍCULO 8. La admisión en la UNEFA se realizará por cualquier de los cuatro (4) modalidades siguientes: a) Por designación b) Por procese de selección c) Por equivalencia de estudios d) Por reingreso. ARTÍCULO 9. Será admitido directamente en la UNEFA el personal militar de las Fuerzas Armadas Nacionales en servicio activo que sea designado por sus respectivas Fueras, mediante Resolución del Ministerio de la Defensa, para realizar estudios en la UNEFA. PARÁGRAFO UNICO. Ingresarán por la modalidad que se establece en este Artículo, previa autorización del Ministro de la Defensa de Venezuela, los Oficiales, Sub-Oficiales u otro personal militar de las Fuerzas Armadas extranjeras designados por sus respectivos países. ARTÍCULO 10. Serán admitidos por proceso de admisión los aspirantes que, habiendo cumplido dicho procese, sean seleccionados en función del orden de mérito por Carrera y del cupo de ingreso establecido para cada una. 22
  • 23. ARTÍCULO 11. Serán admitidos por equivalencia de estudios, los aspirantes provenientes de Instituciones de Educación Superior venezolanas o extranjeras de reconocido prestigio, que habiendo solicitado equivalencia de estudios en la 1JNEFA se les reconozca un mínimo de cuarenta (40) unidades crédito correspondientes a os planes de estudio de la Carrera a nivel de Licenciatura o un mínimo de veinte (20) unidades crédito a nivel de Técnico Superior y cumplan con los demás requisitos establecidos en el Reglamento de Equivalencia de Estudios de la UNEFA. PARÁGRAFO UNICO. El personal profesional militar en situación de actividad, disponibilidad o retiro que no haya sido designado para cursar estudios en la UNEFA pero tenga estudios universitarios aprobados, será admitido por equivalencia aún cuando no alcance unidades crédito exigidas en el presente Artículo. ARTÍCULO 12. Aquellos alumnos a quienes se les haya cancelado la matrícula en la UNEFA, sólo podrán ser admitidos por la modalidad de reingreso, previo voto favorable del Consejo Académico, y de acuerdo a lo establecido en el Capítulo V de este Reglamento. PARÁGRAFO UNICO. Los alumnos militares extranjeros no requerirán de una nueva autorización del Ministro de la Defensa para optar al reingreso a la UNEFA. ARTÍCULO 13. La División de Servicios Académicos elaborará anualmente el prospecto de admisión de la UNEFA, a los fines de informar al público sobre las oportunidades y régimen de estudios de la Universidad, previo el visto bueno del Vicerrectorado Académico y aprobación del Rectorado. SECCIÓN SEGUNDA DE LA ADMISIÓN POR DESIGNACIÓN 23
  • 24. ARTÍCULO 14. El personal militar venezolano o extranjero, que ingresa por designación deberá formalizar su inscripción en la División de Control de Estudios del Vicerrectorado Académico en las fechas que al efecto fije el Rectorado. ARTÍCULO 15. Para formalizar la inscripción, el personal militar venezolano designado deberá consignar los siguientes documentos: a) Copia en fondo negro del Titulo de Bachiller a vista del original; o en su defecto comprobante de tramitación del mismo. b) Original de las calificaciones de bachillerato certificadas por el Ministerio de Educación. c) Fotocopia de la Cédula de identidad vigente, a vista del original. d) Original de la partida de nacimiento. e) Fotocopia de la Resolución Ministerial de designación. f) Cuatro (4) fotografías de frente tamaño carné. PARÁGRAFO PRIMERO. El Personal Militar egresado de los Institutos Militares Universitarios Venezolanos deberá consignar fotocopia de las calificaciones y de los planes de estudio del Instituto, debidamente certificados por la Autoridad competente de cada Instituto, a los efectos de la equivalencia de estudios. PARÁGRAFO SEGUNDO. Los Oficiales venezolanos graduados en institutos de Formación de Oficiales en el extranjero deberán consignar fotocopia de las calificaciones y planes de estudio de esos Institutos, traducidos al español, de ser necesario, por un intérprete público y certificados por la Autoridad competente de su respectiva Fuerza, a los efectos de equivalencia de estudios. ARTÍCULO 16. Para formalizar la inscripción, el personal militar extranjero designado deberá consignar los siguientes documentos: a) Copia en fondo negro del Título o Certificado de los estudios de Educación Media o su equivalente del país donde los cursó, a vista del original, 24
  • 25. debidamente legalizado en el Consulado Venezolano en el país correspondiente. b) Original de las calificaciones de los estudios de Educación Media o su equivalente. c) Fotocopia del pasaporte vigente, a vista del original. d) Original de la partida de nacimiento. e) Fotocopia de la Resolución Ministerial de designación. f) Cuatro (4) fotografías de frente tamaño carné. g) Comprobante de cancelación del arancel correspondiente ARTÍCULO 17. El personal militar venezolano y extranjero admitido en la UNEFA será incluido en la orden administrativa de ingreso y en los listados respectivos según lo establecido en los Artículos treinta y siete (37) y treinta y ocho (38) de este Reglamento. PARÁGRAFO UNICO. El personal militar ingresará en el término que indique e[ plan de nivelación elaborado, de acuerdo a los resultados del análisis de equivalencia. ARTÍCULO 18. El Rectorado de la Universidad informará por escrito (anualmente) a las Fuerzas sobre las oportunidades de estudio en la UNEFA, a los efectos de la designación del personal militar venezolano. Asimismo informará al Ministro de la Defensa para la posible invitación y designación de militares extranjeros. SECCIÓN TERCERA DE LA ADMISIÓN POR PROCESO DE SELECCIÓN ARTÍCULO 19. El Vicerrectorado Académico a través de la División de Servicios Académicos será la Dependencia responsable de conducir el proceso de selección. ARTÍCULO 20. Los aspirantes a ingresar a la UNEFA mediante el proceso de selección, deberán preinscribirse en el lapso y lugares que establezca anualmente el Rectorado, previa recomendación del Consejo Directivo. 25
  • 26. PARÁGRAFO UNICO: No podrán preinscribirse para participar en el proceso de selección aquellos bachilleres a quienes se les haya cancelado la matrícula a partir del segundo término en la UNEFA. ARTÍCULO 21. Para preinscribirse en la Universidad, el aspirante deberá presentar los siguientes documentos: a) Fotocopia de las calificaciones de bachillerato certificadas por el Ministerio de Educación a vista de los originales, si finalizó los estudios de Educación Media. En caso de ser cursante del último año de bachillerato, presentará fotocopia de las calificaciones certificadas hasta cuarto año inclusive. b) Fotocopia de la cédula de identidad vigente, a vista del original. c) Comprobante de cancelación del arancel de preinscripción. d) Dos fotografías recientes tamaño carné. e) Las planillas de preinscripción debidamente llenadas. f) Constancia original del promedio de notas expedido por la Unidad Educativa de procedencia. PARÁGRAFO PRIMERO. La preinscripción es requisito indispensable para presentar el Examen de Admisión; a tal efecto, se entregará un comprobante de preinscripción, donde se indica lugar, fecha, aula y hora para la presentación del mismo. PARÁGRAFO SEGUNDO. El comprobante de preinscripción con la fotografía anexa, debidamente sellado, conjuntamente con la cédula de identidad deberán ser presentados el día del Examen de Admisión y serán las únicas credenciales que permitirán al aspirante ser admitido a dicho Examen. ARTÍCULO 22. El aspirante se preinscribirá en la Carrera de su preferencia como primera opción y seleccionará dos Carreras adicionales como segunda y tercera opción a los fines únicos de ayudar al proceso de admisión de los aspirantes. ARTÍCULO 23. El Vicerrectorado Académico a través de la División de Servicios Académicos preparará anualmente los instrumentos de evaluación a 26
  • 27. ser aplicados a los aspirantes y fijará la ponderación de cada instrumento a los efectos de obtener la calificación definitiva del Examen de Admisión. Igualmente mantendrá archivo de esos instrumentos a los efectos de su optimización y del mejoramiento del proceso de selección. ARTÍCULO 24. El Examen de Admisión estará orientado a medir aptitudes y conocimiento, en los aspirantes. ARTÍCULO 25. Los aspirantes preinscritos presentarán el Examen de Admisión únicamente en la fecha y lugar que al efecto establezca el Rectorado. PARÁGRAFO PRIMERO: El aspirante preinscrito que no presente el examen de Admisión en la fecha y lugar fijados perderá la oportunidad de ingreso a la Universidad, en ese año y podrá, si así lo desea, preinscribirse en próximos años. PARÁGRAFO SEGUNDO: No podrán presentar Examen de Admisión los bachilleres que no hayan formalizado su preinscripción en la UNEFA en las fechas fijadas al efecto. ARTÍCULO 26. Los resultados de la evaluación del Examen de Admisión serán obtenidos en general y la calificación para el orden de mérito de cada aspirante se obtendrá comparando su calificación con las calificaciones del grupo evaluado, otorgando a la. Mejor calificación absoluta la máxima calificación relativa y al resto de las calificaciones absolutas los valores porcentuales correspondientes en la escala de calificación relativa. ARTÍCULO 27. El Examen de Admisión será evaluado utilizando la escala del uno (1) alejen (100) puntos. PARÁGRAFO UNICO. La nota definitiva del Examen de Admisión será la suma del 85% de la prueba de Admisión más el 1 5% del promedio de notas obtenido del primero al cuarto año de Educación Media. ARTÍCULO 28. Una vez aplicado el Examen de Admisión a los aspirantes, los resultados de dicho Examen se obtendrán mediante un sistema computarizado. 27
  • 28. ARTÍCULO 29. La División de Servicios Académicos será responsable de: a) Elaborar el instructivo para la ejecución del Examen de Admisión, de acuerdo a las normas establecidas al efecto por el Rectorado. b) Velas por la seguridad de los instrumentos de evaluación a ser aplicados en el Examen de Admisión. c) Elaborar el instructivo que orientará al sistema computarizado para la corrección de los Exámenes de Admisión y la edición de modelos y formatos requeridos por el Rectorado en la toma de decisiones para el ingreso de los aspirantes y futura optimización del sistema de admisión. ARTÍCULO 30. El ingreso a la UNEFA por la modalidad de proceso de selección, se realizará atendiendo al Orden de Mérito por Carrera, ingresando los aspirantes que ocupen los mejores lugares hasta completar el cupo establecido por el Consejo Directivo. ARTÍCULO 31. El Vicerrectorado Académico de acuerdo a los resultados del proceso de selección y a lo pautado en los Artículos veintiséis (26), veintiocho (28) y treinta (30) de este Reglamento, preparará el listado final de aspirantes preseleccionados a ingresar a la UNEFA para la aprobación por parte del Consejo Directivo de la Universidad y el Rectorado publicará el listado en la Prensa Nacional. ARTÍCULO 32. Los resultados del proceso de selección son inapelables y sólo darán oportunidad al aspirante para ingresar en el año en el cual concursó, en la Carrera y régimen que seleccionó en la preinscripción ARTÍCULO 33. El Vicerrectorado Académico será el único responsable de distribuir por Núcleo a los aspirantes admitidos. Los aspirantes seleccionados para ingresar como alumnos regulares deberán formalizar su inscripción en los Núcleos en las fechas que al efecto fije el Rectorado de la Universidad. PARÁGRAFO UNICO. Una vez finalizado el proceso de inscripción en los Núcleos, éstos deberán remitir al Vicerrectorado Académico los listados definitivos de los nuevos ingresos como alumnos regulares a la UNEFA 28
  • 29. ARTÍCULO 34. Para formalizar la inscripción, los aspirantes seleccionados deberán consignar los siguientes documentos: a) Una copia en fondo negro y dos fotocopias del Titulo de Bachiller, a vista del original. b) Original y dos fotocopias de las calificaciones de bachillerato certificadas por el Ministerio de Educación. c) Fotocopia del comprobante de presentación de la prueba de aptitud académica del Consejo Nacional de Universidades, a vista del original, vigente para el momento de la inscripción. d) Fotocopia de la inscripción del Registro Militar, en caso de ser mayor de edad, a vista del original. e) Fotocopia de la Cédula de Identidad vigente, a vista del original. f) Original de la partida de nacimiento. g) Certificado médico vigente, expedido por el M.S.A.S. h) Cuatro (4) fotografías de frente tamaño carné. i) Comprobante del pago de los aranceles de inscripción. PARÁGRAFO PRIMERO. El aspirante estará formalmente inscrito y admitido en la UNEFA como alumno regular sólo cuando consigne toda la documentación exigida en este Artículo, en el plazo y lugar que al efecto se establezcan. PARÁGRAFO SEGUNDO. El Vicerrectorado Académico a través de la División de Control de Estudios, deberá verificar ante el Ministerio de Educación la autenticidad de las notas certificadas y de los títulos que los alumnos presenten en el momento de la inscripción. ARTÍCULO 35. Los aspirantes seleccionados que no formalicen su inscripción en las fechas fijadas perderán la oportunidad de ingreso a la Universidad en ese año y silo desearen, podrán inscribirse para participar nuevamente en el proceso de admisión en próximos años. 29
  • 30. ARTÍCULO 36. El Vicerrectorado Académico elaborará los listados definitivos de nuevos ingresos como alumnos regulares de la Universidad para ser enviados por parte del Rectorado al Consejo Nacional de Universidades y a la Dirección de Inteligencia Militar, a los fines de control. ARTÍCULO 37. El Rectorado de la UNEFA emitirá la Orden Administrativa de ingreso correspondiente admitiendo a los nuevos alumnos. SECCIÓN CUARTA DE LA ADMISIÓN POR EOUIVALENCIA DE ESTUDIOS ARTÍCULO 38. El Vicerrectorado Académico a través de la División de Servicios Académicos, será la Dependencia responsable del proceso de ingreso por equivalencia de estudios. ARTÍCULO 39. Los aspirantes dirigirán por escrito al Vicerrector Académico, en cualquier fecha del año, una petición de Ingreso por Equivalencia a los fines de optar al ingreso a la UNEFA por esta modalidad. Dicha solicitud debe contener: a) Nombres, apellidos, edad, lugar de nacimiento y nacionalidad del solicitante. b) Nombres de las Instituciones donde cursé los estudios universitarios., ciudad donde funcionan y motivos por los cuales no continuó sus estudios. c) Constancia de buena conducta expedida por la última Institución donde cursé estudios universitarios. d) Calificaciones certificadas, en las cuales estén enumeradas todas las asignaturas cursadas (aprobadas o no) por el solicitante, con especificación de las calificaciones definitivas, lapsos de estudios y escala de evaluación con indicación de la nota mínima aprobatoria y número de unidades de crédito. e) Los programas de las asignaturas cursadas y aprobadas, firmados y sellados por la autoridad correspondiente, con indicación de lapsos lectivos de estudio. 30
  • 31. f) En caso de tener estudios a nivel de Técnico Superior Universitario y querer estudiar Ingeniería debe añadir, además de lo anteriormente enumerado: - Copia en fondo negro, del Título de T.S.U. - Orden de Mérito, promedio de calificaciones, promedio de la promoción. g) Constancia de haber cancelado los aranceles correspondientes. ARTÍCULO 40. La solicitud del Ingreso por Equivalencia será analizada por la Comisión de Equivalencia de la Universidad. El Vicerrector Académico notificará, por escrito al aspirante, el resultado de la solicitud. De ser aprobada, el solicitante deberá formalizar su inscripción en el Departamento de Apoyo Académico en la fecha que le sea indicada. La negación de cualquier solicitud de Ingreso por Equivalencia es facultad de la Universidad y por tanto es inapelable. ARTÍCULO 41. El proceso de análisis de equivalencia se regirá conforme a lo establecido en el Reglamento de Equivalencia de Estudio de la UNEFA. ARTÍCULO 42. El ingreso a la UNEFA por equivalencia de estudios se realizará cuando el aspirante cumpla con lo establecido en el Artículo once (11) de este Reglamento, previa elaboración de un plan de nivelación de estudios que permita su ubicación en un término académico de la Carrera solicitada. PARÁGRAFO PRIMERO. El ingreso por equivalencia como alumno regular de la UNEFA, sólo se realizará al inicio del termino académico que indique el respectivo plan de nivelación y atendiendo a las disponibilidades de cupo de la Carrera solicitada. El plan de nivelación deberá cumplirse estrictamente y no se podrá modificar sin la aprobación del Consejo Académico. PARÁGRAFO SEGUNDO. La concesión de equivalencia sólo se hará efectiva si el aspirante ingresa como alumno regular. ARTÍCULO 43. La División de Servicios Académicos procederá abrir el expediente del nuevo alumno admitido por equivalencia para su envío al Núcleo respectivo. 31
  • 32. ARTÍCULO 44. El Rectorado emitirá la Orden Administrativa de ingreso admitiendo al nuevo alumno e informará al Consejo Nacional de Universidades y a la Dirección de Inteligencia Militar, en el caso de estudiantes civiles, para los efectos de control. ARTÍCULO 45. Cuando al aspirante le sea negado el ingreso por equivalencia de estudios por no cumplir con lo establecido en el Artículo (11) de este Reglamento podrá ingresar mediante la modalidad del proceso de selección y de ser admitido, solicitará equivalencia de los estudios universitarios realizados conforme a lo establecido en el Reglamento de equivalencia de los estudios universitarios realizados conforme a lo establecido en el Reglamento de Equivalencia de Estudios de la UNEFA para sus alumnos regulares. ARTÍCULO 46. Los resultados obtenidos en el análisis de equivalencia de estudios, así como la decisión de ingreso o no a la UNEFA, son inapelables. ARTÍCULO 47. La Universidad se reserva el derecho de informar los resultados del análisis de equivalencia, únicamente a los aspirantes admitidos por esta modalidad. CAPÍTULO III DE LA PERMANENCIA EN LA UNIVERSIDAD SECCIÓN PRIMERA DE LA NATURALEZA DE LA PERMANENCIA ARTÍCULO 48. Se entiende por permanencia en la UNEFA el derecho que tienen los alumnos regulares para cumplir con todas las actividades programadas a los fines de obtener los títulos que confiere la Universidad. Esta permanencia estará ¡imitada por lo estipulado en los artículos cincuenta y uno (51) y cincuenta y dos (52) del presente Reglamente. ARTÍCULO 49. Para poder permanecer en la UNEFA los alumnos regulares deben: a) Estar formalmente inscritos en el término que cursan. b) Cumplir las normativas de permanencia establecidas en la Reglamentación interna te que rige en la Universidad. 32
  • 33. ARTÍCULO 50. No podrán disfrutar el derecho de permanencia en la Universidad los alumnos a quienes se les haya cancelado la matrícula por lo establecido en el Capítulo IV de este Reglamento. ARTÍCULO 51. La permanencia máxima permitida para culminar la carga académica será de dieciocho (18) términos académicos para los estudiantes de las Carreras de Ingeniería Régimen Diurno, diez (10) términos académicos para los estudiantes de las Carreras de Técnico Superior Régimen Diurno, veintiún (21) términos académicos para los estudiantes de las Carreras de Ingeniería Régimen Nocturno y catorce (14) términos académicos para los estudiantes de las Carreras de Técnico Superior Régimen Nocturno PARÁGRAFO UNICO. A los efectos de la aplicación del presente Artículo, se considerará que el estudiante ha cursado un término académico cuando realice actividades académicas durante cualquier fracción o la totalidad del número de semanas que conforman el término, independientemente del número de asignaturas que curse y de los resultados académicos que obtenga en el término. Quedan exceptuados los alumnos tesistas de acuerdo a lo estipulado en el Artículo sesenta y dos (62) de este Reglamento y alumnos no tesistas contemplados en el literal b del Artículo 81 ARTÍCULO 52. A los efectos de reingresos, desfasamientos de estudios y tiempo para realización de Trabajos Especiales de Grado, los estudiantes no podrán extender su permanencia por más de ocho (8) años continuos para Ingeniería en Régimen Diurno, nueve (9) años continuos para Ingeniería en Régimen Nocturno, cuatro (4) años continuos para Técnico Superior en Régimen Diurno y cinco (5) años continuos para Técnico Superior en Régimen Nocturno, contados a partir de la fecha de inicio de sus estudios en la UNEFA. ARTÍCULO 53. Para el cómputo de los términos académicos a que se refiere el artículo cincuenta y uno (51), se considerarán únicamente los términos cursados en la UNEFA en condición de alumnos regulares y en ningún caso se considerará el tiempo que el estudiante pase fuera de la Institución sin ser alumno regular. Sin embargo, este tiempo hiera de la Universidad será 33
  • 34. considerado para el cómputo de los años continuos establecidos en el articulo 52 del presente Reglamento. ARTÍCULO 54. No podrán permanecer en la UNEFA y le será cancelada la matrícula a los alumnos que a) No formalicen su inscripción de acuerdo a lo establecido en los Artículos cuarenta y nueve (49), sesenta (60) y sesenta y dos (62) del presente Reglamento. b) No tengan oportunidad de culminar su Carrera en el número máximo de términos estipulados en el Artículo cincuenta y uno (51) de este Reglamento. c) No tengan oportunidad de culminar su Carrera en el tiempo máximo establecido en el Articulo cincuenta y dos (52) de este Reglamento. ARTÍCULO 55. Los alumnos regulares de otras Instituciones de Educación Superior, podrán realizar actividades en las instalaciones de la Universidad, sólo previa autorización del Rector de la UNEFA ARTÍCULO 56. Las actividades académicas cumplidas sin ser alumno regular no tendrán valor académico para la UNEFA. ARTÍCULO 57. Los alumnos regulares de la UNEFA tendrán el derecho de asistir con autorización del Profesor de la asignatura, a cualquier otra actividad académica no contemplada en la carga académica del término, siempre y cuando existan las disponibilidades de tiempo y espacio para cumplir dicha actividad. PARÁGRAFO UNICO. Las actividades académicas a las que se refiere el presente Artículo no tendrán ningún tipo de control de evaluación ni de reconocimiento académico. 2.2 Evaluación y control de estudios de la UNEFA: CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas que regirán el proceso de evaluación del rendimiento y progreso académico o 34
  • 35. estudiantil a nivel de pregrado en la UNEFA, así como aquellas normas que regulan la permanencia del alumno en la Universidad, en función de su rendimiento académico. CAPÍTULO II DE LA NATURALEZA Y FUNCIONES DE LA EVALUACIÓN ARTÍCULO 2. La evaluación del rendimiento estudiantil, es un proceso continuo, acumulativo, integral, racional, cooperativo y científico de valoración de los resultados alcanzados en función de los objetivos del proceso de enseñanza-aprendizaje y en consideración a las condiciones en las cuales se produjo la actividad educativa. ARTÍCULO 3. Los resultados del proceso de evaluación estudiantil se utilizarán para: a) Diagnosticar las dificultades del proceso enseñanza-aprendizaje. b) Detectar y cuantificar con fines de orientación, las potencialidades e intereses de los alumnos. c) Ubicar el rendimiento estudiantil dentro de una escala de valoración. d) Determinar en base al rendimiento, la permanencia de los alumnos dentro de la Universidad. ARTÍCULO 4. El rendimiento académico del alumno y los juicios que sobre sus otras manifestaciones de conducta emita el profesor de acuerdo con los criterios establecidos en el ARTÍCULO 6 del presente Reglamento, conforman el rendimiento estudiantil. ARTÍCULO 5. En la evaluación del rendimiento académico, el profesor valorará la actuación del alumno mediante procedimientos que se establecerán en el programa de su asignatura, con el propósito de determinar la medida en que es capaz de: a) Identificar datos específicos, principios y generalizaciones, métodos y procedimientos, criterios y clasificaciones. b) Procesar informaciones, transferirlas, interpretarlas y extrapolarlas. 35
  • 36. c) Aplicar principios y generalizaciones, normas y leyes. d) Analizar elementos, relaciones, estructuras y organizaciones. e) Sintetizar conceptos, procesos y relaciones. Producir planes, proyectos e informes. f) Valorar conceptos, procesos y relaciones, hipótesis y teorías, métodos y técnicas, materiales y resultados de trabajo. g) Realizar investigaciones y experimentos. h) Demostrar habilidades y destrezas en el manejo de simbologías, instrumentos, materiales y equipos, así como la ejecución de órdenes y trabajos. ARTÍCULO 6. La evaluación de otros conceptos se hará en base a juicios que para cada uno de ellos emita el profesor en su respectiva asignatura y serán utilizados únicamente con fines de orientación. En tal sentido el profesor apreciará en el alumno: a) Sus hábitos de trabajo individual y cooperativo, en la utilización de métodos, técnicas, instrumentos y recursos, para la realización de tareas. b) Su creatividad e iniciativa para el logro de las metas trazadas. ARTÍCULO 7. Los juicios a que se refiere el ARTÍCULO anterior, serán formulados periódicamente e irán acompañados de recomendaciones que orienten al alumno hacia el mejoramiento de su actuación y a la Universidad acerca de las medidas a tomar para contribuir con ese mejoramiento. 2.3 De Transición Reglamento Transición desde el 2009 hasta el 2015 DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento establece las disposiciones que regiránpara los estudiantes regulares que estén cursando estudios en el 36
  • 37. sistema de semestre, durante el proceso de reestructuración curricular de la oferta académica de la UNEFA y de la transición del sistema de términos a semestres, a objeto de resolver y darle celeridad a los trámites académicos y administrativos que se derivan de la implementación simultánea de los mismos. Parágrafo Único. Los estudiantes regulares que estén cursando estudios en elsistema de términos, se regirán por la normativa vigente y lo previsto en los artículos 5, 6 y 9 del presente reglamento, quedando derogada toda disposición que colida con lo expresado en los referidos artículos. Artículo 2. A partir de la entrada en vigencia del presente reglamento, todo ingreso a la Institución, bien sea por proceso de ingreso, admisión por reingreso, o admisión por equivalencia, se realizará bajo el sistema semestral y de conformidad con la normativa vigente. Articulo 3. El estudiante podrá inscribir hasta un máximo de treinta (30) unidades de crédito por período académico y tendrá un plazo máximo de tres (3) semanas, contado a partir de la fecha de inicio del período académico, para formalizar ante la División de Secretaría de cada Núcleo, el retiro de las asignaturas inscritas. Articulo 4. El estudiante podrá inscribir asignaturas para avanzar en su carrera siempre que se cumplan las condiciones previstas en el artículo 8 del presente reglamento. Artículo 5.- El estudiante para inscribir una asignatura que no tiene prelaciones, antes, deberá tener aprobadas, todas las asignaturas sin prelaciones que contemple el plan de estudios en semestres anteriores. Articulo 6. El estudiante podrá cursar para su aprobación, hasta por un máximo de tres (3) oportunidades, cualquiera de la (s) asignatura (s) contempladas en su plan de estudio. Aquellos estudiantes que reprueben por primera vez una asignatura, les será asignado un orientador, a efectos ejercer las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes al momento cursar la asignatura en repitencia. El término 37
  • 38. seguimiento debiera ser entendido en este contexto como el acompañamiento, mediante el cual el docente genera confianza en el estudiante, fortalece su autoestima, lo motiva y le da la seguridad requerida para continuar su proceso de aprendizaje. Articulo 7.El estudiante que repruebe alguna asignatura después de haberla cursado en tres (3) oportunidades, será suspendido por el lapso de un (1) semestre, a cuyo término podrá solicitar el reingreso al semestre en el cual se encuentre(n) la(s) asignatura(s) pendiente(s), de menor orden en la cadena de prelaciones. Articulo 8. El estudiante podrá inscribir en cada período académico, hasta un máximo de dos (2) asignaturas reprobadas, además de las asignaturas regulares que correspondan según el plan de estudio, siempre que concurran las siguientes condiciones: No se cursen las asignaturas reprobadas, conjuntamente con asignaturas que las prelen, aún cuando se oferten regularmente en el semestre. Exista un mínimo de quince (15) estudiantes que soliciten la inscripción correspondiente. Disponibilidad del personal docente para dictar la (s) asignatura (s). Disponibilidad de planta física. Disponibilidad por parte de las instituciones u organizaciones ajenas a la Universidad, para el desarrollo de clases prácticas o de laboratorio, en caso de ser requerido para la implementación de la asignatura. En caso contrario, el estudiante deberá esperar para inscribir la(s) asignatura(s) cuando sean ofertadas para la siguiente cohorte. Articulo 9. El alumno perderá la inscripción en cualquiera de las asignaturas que curse, si el número de horas de inasistencia en proporción al total de horas que corresponda a la asignatura durante el período académico es superior o igual al veinticinco (25%), siempre y cuando no presente motivos suficientemente válidos de acuerdo con la opinión del Consejo de Núcleo. 38
  • 39. Parágrafo Primero. Cuando las asignaturas contemplen clases teóricas, prácticas y/o laboratorios, a efectos del presente artículo, a la suma de las horas señaladas corresponderá al total de horas de la asignatura. Parágrafo Segundo. La totalidad de inasistencias a las actividades prácticas o de laboratorio no puede ser superior a dos (2) sesiones por asignatura en cada período académico, justificadas o no. Esto incluye los Internados Rotatorios de las carreras de Enfermería, prácticas educativas de la carrera de Educación Integral, y las Pasantías de las distintas carreras. El incumplimiento de éste parágrafo ocasionará la perdida de la inscripción, debiendo cursar la asignatura en una siguiente oportunidad. DISPOSICIONES FINALES Artículo 10. Los casos no previstos en este reglamento, serán resueltos por el Consejo de Núcleo. Artículo 11. Se derogan todas las disposiciones internas que colidan con lo expuesto en el presente Reglamento. 2.4Disciplinario: REGLAMENTO DISCIPLINARIO PARA LOS ALUMNOS DE LA UNEFA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas que regirán el comportamiento y la disciplina del personal de alumnos de la Universidad. PARÁGRAFO ÚNICO. Se consideran alumnos de la Universidad: a) Los alumnos regulares de pre y postgrado. b) Los alumnos que realicen cursos de nivelación, propedéuticas y/o de extensión. ARTÍCULO 2. La Universidad Nacional Experimental Politécnica de las Fuerzas Armadas Nacionales (UNEFA), es una Institución de Educación Superior adscrita al Ministerio de la Defensa, con un régimen especial de estudios, cuya misión primordial es la de formar profesionales a todos los 39
  • 40. niveles y ciclos de la Educación Superior en las ramas de la Ciencia, la Industria y la Tecnología, para contribuir al desarrollo del País y de sus Fuerzas Armadas, desarrollando modernos sistemas de aprendizaje, que permitan realizar investigaciones científicas predominantemente aplicadas. ARTÍCULO 3. Por su carácter de Institución Superior adscrita al Ministerio de la Defensa, la UNEFA tiene como principios fundamentales los preceptos constitucionales de apoliticismo, obediencia y no deliberación. ARTÍCULO 4. La función de los lineamientos contenidos en los artículos precedentes, la UNEFA requiere: a) Propiciar en todos los miembros de la Institución un comportamiento que se corresponda con los fines que se propone la Universidad en el campo de la formación de recursos humanos. Comportamiento que debe reflejar la educación y buenos modales de sus miembros, un espíritu de sana camaradería entre los alumnos y la correspondencia entre las actividades que se realizan con las áreas apropiadas. b) Crear y mantener un ambiente académico de orden, armonía y pulcritud, que induzca a la reflexión y a la investigación científica y tecnológica. ARTÍCULO 5. Las disposiciones de este Reglamento se aplicarán siempre que los hechos que constituyen una falta no estén clasificados y penados por el Código de Justicia Militar o las Leyes Penales de la República, en cuya circunstancia se pasará el caso a la Jurisdicción correspondiente. CAPÍTULO II DE LOS NIVELES DE AUTORIDAD ARTÍCULO 6. La UNEFA es una comunidad cuya vida refleja las interacciones que se producen en las relaciones humanas entre personas que momentáneamente ocupan roles y status diversos, para garantizar el funcionamiento de la Institución hacia el logro de su misión. ARTÍCULO 7. Los miembros del personal Directivo, Docente, Administrativo y de alumnos están unidos en el interés de lograr los fines de la Universidad, para lo cual se ubican organizacionalmente en diferentes niveles de autoridad. 40
  • 41. ARTÍCULOS 8. Los miembros integrantes del Consejo Directivo de la Universidad son: El Rector El Vice-Rector Académico El Vice-Rector Administrativo Los Decanos Los que sean designados por el Consejo Directivo. ARTÍCULO 9. Los niveles de Autoridad en la UNEFA, en orden descendente, son los que se indican: El Rector El Vice-Rector Académico El Vice-Rector Administrativo Los Decanos Los Jefes de División Los Jefes de Depártame Los Profesores. ARTÍCULO 10. Cada curso tendrá un Jefe (de Curso), responsable de vigilar el cumplimiento de los reglamentos, directivas, programas, órdenes e instrucciones vigentes por parte de los integrantes de su curso y servirá como primer escalón del órgano o conducto regular ante las autoridades de la Universidad. PARÁGRAFO ÚNICO. En aquellos cursos donde exista personal militar, el Jefe de curso será el alumno militar activo de mayor jerarquía. En el caso de que no existan miembros activos de las Fuerzas Armadas, el Jefe de Curso será seleccionado por el Decanato de Núcleo de acuerdo a los siguientes criterios: Durante el primer término se designarán aquellos alumnos que, dentro de su curso, hayan obtenido el mejor orden de mérito de ingreso. 41
  • 42. A partir del segundo término académico, será seleccionado entre aquellos alumnos que tengan mejor índice y posean acentuado rasgo de liderazgo. ARTÍCULO 11. Cualquier alumno que desee dirigirse ante una Autoridad de la Universidad, verbalmente o por escrito, para presentarle cualquier novedad o solicitud, deberá hacerlo individualmente, utilizando siempre su conducto u órgano regular por intermedio del Jefe de Curso, quien la elevará ante la próxima Autoridad competente y así sucesivamente hasta la Autoridad solicitada. PARÁGRAFO ÚNICO. Tanto el Jefe de Curso como cualquier otro nivel de autoridad, están en la obligación de procesar a través del órgano regular cualquier solicitud por parte de un alumno, quien en iodo caso deberá recibir respuesta de la Autoridad competente. CAPÍTULO III LOS DEBERES DE LOS ALUMNOS SECCIÓN PREVIERA DE LOS ASPECTOS DISCIPLINARIOS GENERALES ARTÍCULO 12. El alumno de la UNEFA debe caracterizarse en todo momento, dentro y fuera de la Universidad, por una actitud serena y comedida, de orden y buena educación, de cortés deferencia hacia las personas y de respeto por las Autoridades de la Universidad. ARTÍCULO 13. Los alumnos manifestarán con sus actos un gran aprecio, consideración y cuidado por el personal y bienes materiales de la Universidad, los cuales protegerán en todo momento y tratarán de mejorar con observaciones, recomendaciones y sugerencias. ARTÍCULO 14. Los alumnos deben caracterizarse por vestir en forma ser: a y acorde con el espíritu que anima a la Institución. Deben ser pulcros en su presentación y portar los documentos de identificación que expide la Universidad. SECCIÓN SEGUNDA 42
  • 43. DE LAS REGLAS DE COMPORTAMIENTO EN LA UNIVERSIDAD ARTÍCULO 15. El comportamiento en la Universidad se regirá por una norma que consiste en hacer corresponder la conducta del personal con las áreas de actividades que se desarrollen en la Universidad. En consecuencia, en las aulas, laboratorios y bibliotecas se mantendrá una actitud de estudio y reflexión; y en las áreas de deporte o de recreación, actitudes expansivas, acordes con las instalaciones existentes. ARTÍCULO 16. Para permitir un mejor cumplimiento de !as actividades docentes: 1. La enseñanza se regirá por un horario y programa de actividades los cuales serán colocados en lugares visibles a todo el personal de la Universidad y deberán ser cumplidos estrictamente y sin retardos. 2. En las conferencias y ciases magistrales queda prohibido hablar sin autorización del profesor. 3. Los alumnos solicitarán permiso al profesor levantando la mano, para intervenir en clase y una vez concedida la autorización del profesor, el alumno se pondrá de pie y hará la pregunta en voz clara a fin de que todos sus compañeros puedan beneficiarse del intercambio de ideas entre profesor y alumno. 4. Durante las evaluaciones, los alumnos mantendrán una actitud acorde con la ética que imponen las Leyes y Reglamentos vigentes. 5. Al terminar la clase los alumnos de la Universidad en señal de aprecio y consideración hacia su profesor, esperarán a que éste se retire o autorice la salida del aula. 6. Ningún alumno podrá entrar o salir de una actividad académica sin previa autorización. ARTÍCULO 17. Para un control apropiado del curso, el alumno Jefe de Curso llevará una hoja de control diario, donde se anotarán las novedades ocurridas en el curso, tilles como inasistencias de profesores y alumnos, 43
  • 44. solicitudes y permisos, así como cualquier otro hecho de significación. Estas hojas deberán ser entregadas de acuerdo a lo establecido en el Procedimiento Administrativo Vigente (P.A.V.) al finalizar !a última clase del día. SECCIÓN TERCERA DE LAS REGLAS DE COMPORTAMIENTO FUERA DE LA UNIVERSIDAD ARTÍCULO 18. Fuera de la Universidad, el comportamiento de un alumno compromete no sólo el buen nombre de su persona, sino también el de la UNEFA; en consecuencia debe tratar de mantener una actitud y un desenvolvimiento que refleje las normas de conducta que la Universidad exige a sus alumnos. SECCIÓN CUARTA DEL ACATAMIENTO DE ÓRDENES E INSTRUCCIONES ARTÍCULO 19. Todos los integrantes de la Universidad están en el deber de cumplir y hacer cumplir los reglamentos, directivas, órdenes e instrucciones vigentes. ARTÍCULO 20. Los alumnos deberán respetar y obedecer a las autoridades de ¡a Universidad de acuerdo con lo establecido en los Artículos ocho (8) y nueve (9), igualmente deberán respeto, consideración y la máxima colaboración para con el Jefe de Curso de acuerdo con lo establecido en el Artículo diez (10) del presente Reglamento. ARTÍCULO 21. En las actividades de carácter militar, los alumnos se regirán, para el acatamiento de órdenes e instrucciones, por las normas que al efecto establezca el Decano del Núcleo de acuerdo con las leyes y reglamentos militares vigentes. ARTÍCULO 22. Todo alumno estará en la obligación de exhortar a otro a cumplir la Reglamentación de la Universidad y lo hará en forma cortes y comedida. ARTÍCULO 23. Los alumnos que no oyeren el llamado a la corrección serán merecedores de las sanciones que establece este Reglamento. 44
  • 45. Capitulo III: Normas de comportamiento de la UNEFA 3.1Normas de Comportamiento en el Aula A. CEREMONIAL DE AULA EN LA UNEFA. 1.- Los estudiantes deberán llegar como mínimo cinco (05) minutos antes de dar el inicio a clase. 2.- Al ingresar el Docente al aula, todos los estudiantes se pondrán de pie con las manos empuñadas a los costados y los tacones pegados (Posición de canto), colocando la silla dentro del pupitre (mesa). 3.- Luego el Delegado de sección, se acercará al Docente y adoptando la misma posición de sus compañeros, lo pondrá al tanto de cuantos estudiantes se encuentran presentes y ausentes, finalizado esto, se retira con un paso hacia atrás y se dirige a su pupitre. 4.- El Docente se dirigirá a los estudiantes dando los (las) “Buenos: días”, “tardes” o “noches”, inmediatamente los estudiantes, manteniendo la misma posición en que se encuentran, responderán en forma enérgica, el lema: “Excelencia Educativa Abierta Al Pueblo”, “Buenos: días”, “tardes” o “noches” profesor(a). Seguidamente el Docente les indicará a los estudiantes ocupar los asientos. 5.- Finalizado este evento, el Docente, tomará el control del aula y dará el inicio al desarrollo de la clase, indicando a su vez que firmen la asistencia. 6.- Una vez concluida la clase, el Docente llenará el reporte de instrucción e indicará que la misma ha concluido, permaneciendo en el aula el personal de estudiantes, hasta que el Docente se retire de la misma, solo podrán salir antes, si el Docente los autoriza. B. DEL DELEGADO DE SECCIÓN. 1.- El Delegado de sección será escogido democráticamente, en aquellas secciones donde no exista un efectivo militar, en caso de que este Delegado designado por el voto popular no cumpla sus funciones, será relevado a través del mismo sistema de elección. Incluye reforma de artículos aprobados por el Rector en Enero de 2011 Página 4 de 10 45
  • 46. 2.- El Delegado de sección, contará con un estudiante adjunto o suplente (Sub-delegado), quien será elegido también a través del voto, solo en aquellas secciones donde no haya un segundo efectivo militar que ejerza esta función. C. DEBERES DEL DELEGADO DE SECCIÓN. 1.- El Delegado de sección, velará por el mantenimiento, orden y disciplina de su sección de clase, antes, durante y después de la actividad académica, para esto, contará con la participación y colaboración de sus compañeros de clase. 2.- El Delegado de sección, contará con un semanero, quien será rotado en forma secuencial del listado, y tendrá la responsabilidad de prestarle ayuda al Docente en todo lo referente al material de apoyo a la instrucción (Pizarra, Marcadores, Video Beam, Proyectores, entre otros). También deberá tener, al finalizar la actividad académica el aula de clase lista para el mantenimiento (sillas sobre las mesas). 3.- En caso de la ausencia del Docente a la actividad académica, el Delegado de sección mantendrá los estudiantes dentro del recinto por un espacio mínimo de veinte (20) minutos, transcurrido este espacio, levantará la asistencia por escrito de los estudiantes y tramitará la ausencia del Docente ante la coordinación de su carrera. 4.- Queda prohibido, durante la actividad académica, recibir o hacer llamadas telefónicas, mucho menos, enviar o recibir mensajes desde teléfonos celulares, por lo tanto, deberán mantener el teléfono apagado para que no sea interrumpida el desarrollo de la clase. 5.- Durante la impartición de clase no se podrá estar escuchando música del celular, MP3 u otro aparato electrónico con o sin audífonos. 6.- Deberá evitar la interrupción del Docente con la salida y entrada de alumnos. 7.- El trato Docente-Estudiante como Estudiante-Docente, debe estar enmarcado dentro de las normas de respeto y educación, tomando en cuenta 46
  • 47. la consideración correspondiente. Incluye reforma de artículos aprobados por el Rector en Enero de 2011 Página 5 de 10. 8.- Durante el acto académico, los estudiantes se colocarán de pie para responder o hacer alguna pregunta al Docente, a menos que éste indique lo contrario. 9.- No se permitirá ingresar ningún tipo de alimentos o bebidas al aula de clase, con la excepción de un envase de agua. 10.- El Delegado de sección deberá tratar los intereses colectivos de su sección en lo atinente a los aspectos académicos, administrativos y disciplinarios con el Oficial encargado del piso. 11.- El Delegado de sección deberá exigir cooperación a sus compañeros de clase, en la preservación y conservación de los bienes muebles e inmuebles de esta casa de estudios. 12.- El Delegado de sección estará pendiente de cualquier disposición que imparta el Docente con el fin de ser comunicadas al resto de la sección. 13.- El Delegado de sección velará por el estricto cumplimiento del uniforme y la adecuada presentación del estudiante. D.- DEL UNIFORME Y SU CORRECTO USO 1.- El uniforme diario para asistir a clase será el siguiente: pantalón blue jeans, chemisse blanca con logotipo UNEFA por dentro del pantalón, correa y zapatos deportivos o casuales cerrados. 2.-. Los estudiantes del Curso Introductorio Universitario, cumplirán con este uniforme con la excepción de la chemisse blanca con logotipo UNEFA, solo podrán usar; camisa, chemisse o franela blanca sin logotipo. 47
  • 48. 3.- Los estudiantes del primer semestre deberán utilizar chemisse o franela roja con logotipo UNEFA. 4. El uso del mono deportivo y gorra de la UNEFA será opcional y se utilizará únicamente en las actividades del programa de Defensa Integral de la Nación, actividades comunitarias, deportivas o culturales. Incluye reforma de artículos aprobados por el Rector en Enero de 2011 Página 6 de 10 4.- En caso de que algún estudiante presente problemas de deterioro momentáneo con la chemisse, se le permitirá la entrada a la institución portando camisa o franela roja, por un lapso no muy prolongado, hasta que solvente dicha situación. 5.- Queda restringido el uso de la chemisse UNEFA en otro color que no sea el establecido, con excepción de los estudiantes próximos a graduarse, quienes podrán cambiarle a la chemisse original blanca, el color del cuello y los bordes de las mangas de acuerdo a la carrera, pudiendo adicionar en la parte frontal derecha el nombre del estudiante en el mismo color y en la parte trasera el logo y nombre de la promoción. 6.- Se deberá portar el carnet que lo identifica como estudiante, en un lugar visible. 7.- No se permitirá el uso de: escotes, minifaldas, sandalias, piercing, gelatinas en el cabello, zarcillos en los caballeros u otro tipo de accesorio que altere el correcto uso del uniforme. 8.- Los estudiantes podrán hacer uso de chaquetas o suéteres de tela unicolor, con cierre o botones delanteros (abierta adelante) sin capucha, que le permitan mostrar el escudo de la chemisse, únicamente en los colores: blanco, negro, gris, marrón, verde oscuro, azul oscuro o rojo. E.- DEBERES DEL JEFE DE PISO O ÁREA 1.- El Jefe de piso o área será un Oficial designado por el Decano del respectivo Núcleo o en su defecto un Docente en aquellos Núcleos que no posean profesionales militares. 48
  • 49. 2.- El Jefe de piso o área, deberá tener el parte de cuantos pupitres (mesa-silla) se encuentran en cada aula y no permitirá que estas permanezcan dañadas en las secciones de clase ni en los pasillos, por lo que deberá evacuarlas al sector destinado para su reparación, previa coordinación con el departamento encargado. 3.- No permitirá que en los pasillos de su piso o área haya algún tipo de perturbación a la actividad académica. Incluye reforma de artículos aprobados por el Rector en Enero de 2011 Página 7 de 10 4.- Efectuará una reunión mensual con los Delegados de sección, con el fin de emprender acciones en cuanto a mantenimiento, disciplina y mejoras en el piso o área. 5.- El Jefe de piso o área, conformará una base de datos de los Delegado de sección, indicando: nombres, apellidos, cedula de identidad, numero de celular, correo electrónico. 6.- Recopilará todos los horarios actualizados de las secciones que reciben clase en su piso. 7.- El Jefe de piso o área, efectuará reuniones periódicas con los coordinadores de carreras del piso, con el propósito de buscar la integración, trabajo en equipo y establecimiento de metas. 8.- El Jefe de piso o área, a través de las reuniones con los Delegados de sección, deberá crear conciencia en los estudiantes, en cuanto a: sentido de pertenencia, preservación, conservación y mantenimiento de las instalaciones, tanto en las aulas como en pasillos, escaleras y otras áreas comunes de esta casa de estudios. 9.- Supervisará que los estudiantes se encuentren uniformados correctamente y con la presentación adecuada (Hombres: rasurados, con el corte de cabello rebajado arriba y en las caídas, sin ningún tipo de tintes o peinado estrafalarios. Mujeres: cabellos recogido y cortes que no sean extravagantes). 49
  • 50. 10.- El Jefe de piso o área, deberá coordinar con los entes encargados para que se dicten charlas y prácticas en relación a los planes de evacuación y seguridad física a todo el estudiantado en caso de una emergencia. 11.- Incentivará a los estudiantes, en conjunto con los coordinadores, para crear un espíritu competitivo que permita tener las aulas y los ambientes en perfecto estado de presentación, aseo y cuidado. 12.- Al Jefe de piso o área que le notifiquen el no cumplimiento de las responsabilidades de algún Delegado de sección en específico, organizará una nueva elección del mismo. Incluye reforma de artículos aprobados por el Rector en Enero de 2011. CAPITULO IV: Valores Unefistas: 4.1 Código de Ética de la UNEFA PRIMERA PARTE Principios Fundamentales Generales SEGUNDA PARTE De las Normas del Código de Ética CAPÍTULO I De las Normas o Deberes a Cumplir por todos los Miembros de la Comunidad Unefista CAPÍTULO II De las Normas o Deberes a cumplir por el Personal Académico de la UniversidadNacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Bolivariana. TÍTULO I De las Normas o Deberes que rigen las Relaciones del Personal Académico con laComunidad Unefista en General. TÍTULO II De las Normas o Deberes a cumplir por el Personal Académico. Derivados de suFunción Docente, con los Estudiantes de la Unefa. CAPÍTULO III 50
  • 51. De las Normas o Deberes a cumplir por el Personal Administrativo, Técnico y deServicios de la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza ArmadaBolivariana. CAPÍTULO IV De las Normas o Deberes a cumplir por los Estudiantes de la Universidad NacionalExperimental Politécnica de la Fuerza Armada. TERCERA PARTE Disposiciones Finales PRIMERA PARTE PRINCIPIOS FUNDAMENTALES GENERALES PRIMERO: El presente Código de Ética establece las normas de carácter general queorientan la conducta de todos los integrantes de la Universidad Nacional ExperimentalPolitécnica de la Fuerza Armada Bolivariana, en el desarrollo de las actividadesinherentes a sus funciones respectivas. SEGUNDO: Este Código de Ética se aplica al Personal Académico, entendido comotal el que ejerce funciones de docencia, investigación y extensión y/o realizaactividades de planificación, experimentación, orientación, evaluación, dirección ysupervisión en el campo educativo y científico, al Personal Administrativo, Técnico yde Servicios, y a los Estudiantes de la Universidad Nacional Experimental Politécnicade la Fuerza Armada Bolivariana. TERCERO: En la elaboración de este Código de Ética se tomaron en cuenta lasdirectrices y orientaciones emanadas de la Ley de Universidades, la Ley Orgánica deEducación, el Reglamento General de la Universidad Nacional ExperimentalPolitécnica de la Fuerza Armada Bolivariana y el Reglamento del Ejercicio de laProfesión Docente, entre otros, así como algunos lineamientos esenciales que definenla misión, la visión y los objetivos de esta Casa de Estudios. CUARTO: Este Código de Ética propugna como valores trascendentales y normativosde la conducta de quienes integran la comunidad Unefista: la 51
  • 52. vida, la libertad, laigualdad, la verdad, la justicia, la paz, la solidaridad, la tolerancia, el respeto, eldiálogo, la convivencia, la honestidad, la disciplina, la responsabilidad ciudadana, ladefensa de los Derechos Humanos y el cultivo de los valores espirituales del hombre. QUINTO: El presente Código de Ética tiene como fines esenciales los siguientes: El respeto ineludible a la dignidad de la Persona así como la defensa de supleno desarrollo corporal, psicológico, intelectual y espiritual. El afianzamiento de principios de sólida base moral que sirvan de guía en elejercicio de funciones y actividades, mediante la inserción de la propia vida enun sistema de valores cónsonos con la elevada misión de la Universidad. La presentación de pautas éticas orientadoras que contribuyan de maneraeficaz a erradicar conductas no cónsonas con los fundamentos morales quedeben regir la conducta de los integrantes de esta comunidad universitaria. El cultivo y mantenimiento de un êthos o modo de vida universitario en el quetodos sus miembros puedan convivir en armonía, solidaridad, respeto, paz ytrabajo creador. CAPITULO V: Participación en Proyectos Sociales y Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Comunitaria. 5.1 Participación en Proyectos Sociales y Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Comunitaria. La UNEFA es pionera en el desarrollo de servicios y proyectos comunitarios, másahora cuando existe una Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior. La ley tiene como fin vincular al estudiante universitario con su entorno socioeconómico,y de esta manera prepararlo para dar respuestas efectivas a losproblemas que hoy día presentan las comunidades. La idea central es 52
  • 53. establecervínculos recíprocos entre las comunidades y las instituciones de Educación Superiorque faciliten de alguna forma que el estudiante retribuya los conocimientos y el tiempoinvertido a la sociedad a la cual pertenece. Del mismo modo, que el estudiante puedaponer en práctica los conocimientos y competencias adquiridas a problemas reales,haciendo aportes sustanciales a su realidad social. Es de suma importancia que todos los estudiantes del sector universitario sefamiliaricen con la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superiorcon el fin de iniciar un proceso de reflexión sobre los problemas sociales propios de supaís, y despertar sentimientos de responsabilidad social ante los problemas queaquejan su entorno. A continuación presentamos la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, a fin de que te vayas familiarizando con los contenidos de lamisma y conozcas, entre otras cosas, que prestar servicio comunitario, es un requisitoque debes cumplir para obtener tu título en un área determinada. Fragmentos tomados de la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior. Gaceta Oficial N° 38.272. Extraordinaria de fecha Caracas, 14 de Septiembre de 2005 LEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR Disposiciones Generales Objeto Artículo 1. La presente Ley tiene como objeto normar la prestación del servicio Comunitario del estudiante de educación superior, que a nivel de pregrado aspire alejercicio de cualquier profesión. Principios Artículo 2. Esta Ley se regirá por los principios constitucionales de solidaridad, 53
  • 54. Responsabilidad social, igualdad, cooperación, corresponsabilidad, participaciónciudadana, asistencia humanitaria y alteridad. Ámbito de aplicación Artículo 3. La prestación del servicio comunitario, tendrá su ámbito de aplicación en elárea geográfica del territorio nacional que determine la Institución de Educación Superior correspondiente. Capítulo II Del Servicio Comunitario Definición Artículo 4. A los efectos de esta Ley, se entiende por Servicio Comunitario, la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educaciónsuperior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientoscientíficos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante suformación académica, en beneficio de la comunidad, para cooperar con suparticipación al cumplimiento de los fines del bienestar social, de acuerdo con loestablecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en esta Ley. Comunidad Artículo 5. A los efectos de esta Ley, la comunidad es el ámbito social de alcancenacional, estadal o municipal, donde se proyecta la actuación de las instituciones deeducación superior para la prestación del servicio comunitario. Requisito para la obtención del título Artículo 6. El servicio comunitario es un requisito para la obtención del título de educación superior, no creará derechos u obligaciones de carácter laboral y debeprestarse sin remuneración alguna. Fines del servicio comunitario Artículo 7. El servicio comunitario tiene como fines: Fomentar en el estudiante la solidaridad y el compromiso con la comunidad como 54
  • 55. norma ética y ciudadana. Hacer un acto de reciprocidad con la sociedad. Enriquecer la actividad de educación superior, a través del aprendizaje en servicio,con la aplicación de los conocimientos adquiridos durante la formación académica,artística, cultural y deportiva. Integrar las instituciones de educación superior con la comunidad, para contribuiral desarrollo de la sociedad venezolana. Formar, a través del aprendizaje en servicio, el capital social en el país. Duración del servicio comunitario. Artículo 8. El servicio comunitario tendrá una duración mínima de ciento veinte horasacadémicas, las cuales se deben cumplir en un lapso no menor de tres meses. Lasinstituciones de educación superior adaptarán la duración del servicio comunitario a surégimen académico. Condiciones Artículo 9. No se permitirá realizar actividades de proselitismo político partidistas,durante la prestación del servicio comunitario. De los recursos Artículo 10. Las instituciones de educación superior, incluirán los recursos necesariospara la realización del servicio comunitario en el plan operativo anual, sin menoscabode los que puedan obtenerse, a través de los convenios. TÍTULO II DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR De las instituciones de educación superior Artículo 11. A los fines de esta Ley, son instituciones de educación superior aquellasestablecidas por la Ley Orgánica de Educación. De la capacitación Artículo 12. El Ministerio de Educación Superior y las instituciones de educaciónsuperior en coordinación, deben programar seminarios, cursos o talleres sobre larealidad comunitaria, a fin de capacitar al personal académico y estudiantil para laejecución del servicio comunitario, a fin de preparar a los 55
  • 56. coordinadores, asesores yestudiantes en sus responsabilidades, metas y propósitos para la realización delservicio comunitario. De la función Artículo 13. Las instituciones de educación superior facilitarán las condiciones necesarias para el cumplimiento del servicio comunitario, ofertando al estudiante losproyectos para su participación. Convenios Artículo 14. A los efectos de esta Ley, los convenios serán las alianzas realizadasentre el Ministerio de Educación Superior, las instituciones de educación superior, lasinstituciones y organizaciones del sector público, privado, las comunidadesorganizadas y las asociaciones gremiales entre otros, para la ejecución el serviciocomunitario. Atribuciones Artículo 15. Las instituciones de educación superior tendrán como atribuciones: 1 Garantizar que los proyectos aprobados por la institución, estén orientados a satisfacer las necesidades de la comunidad. 2 Ofertar a los estudiantes de educación superior los proyectos existentes, segúnsu perfil académico. 3 Celebrar convenios para la prestación del servicio comunitario, con el sector público, privado y las comunidades. 4 Expedir la constancia de culminación de prestación del servicio comunitario. 5 Elaborar los proyectos de acuerdo al perfil académico de cada disciplina y a lasnecesidades de las comunidades. 6 Brindar al estudiante la asesoría necesaria para el cumplimiento del servicio Comunitario. 7 Elaborar su reglamento interno para el funcionamiento del servicio comunitario. 8 Ofrecer al estudiante reconocimientos o incentivos académicos, previaevaluación del servicio ejecutado. 56