Ley Transparencia Y Acceso A La Información Pública (Versión Popular)
1. LEY DE TRANSPARENCIA
Y ACCESO A LA
INFORMACIÓN PÚBLICA
Para todas
y todos
¡Ya la información
dejó de estar
embaulada!
¡Transformación,
ya!
2. LEY DE TRANSPARENCIA
Y ACCESO A LA
INFORMACIÓN PÚBLICA
Para todas
y todos
¡Mirá lo que
escondían, Tito!
¡Ji ji!
3. Col. Las Minitas, Ave. Juan Lindo No. 502
Tegucigalpa, Francisco Morazán, Honduras
Tel. (504) 231-1095/231-1254 Fax: (504)231-1458
www.cna.hn
FOPRIDEH (Secretaría Técnica de Alianza 72)
Colonia Lomas del Guijarro Sur, Avenida Montecarlo; Bloque W, Casa No. 1362,
Tegucigalpa, Francisco Morazán, Honduras
Tel. (504) 239-8422, 239-8339 Fax: (504) 239-9364
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4. ÍNDICE
I. Introducción 4
II. Palabra clave 8
III. Instituciones obligadas 9
IV. El IAIP y sus comisionados 10
V. De la información pública de oficio 12
VI. Información pública reservada 17
VII. Procedimiento para solicitar información 18
VIII. De los datos personales 20
IX. Actos que violentan la Ley 22
X. El Consejo Nacional Anticorrupción
como órgano vigilante 24
XI. ¿Qué es la depuración? 26
XII. Lo que debemos recordar 27
5. I. INTRODUCCIÓN
El 27 de noviembre de 2006, el Congreso Nacional aprobó la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública (LTAIP), publicada en La Gaceta el 30 de diciembre del
mismo año.
Esta ley ha sido una de las más debatidas en los últimos tiempos, y su aprobación fue
producto de cuatro años de demanda ciudadana por el reconocimiento del derecho a
la información en Honduras. En ella, y desde octubre 2005, destaca la labor de la
Alianza 72, coalición de organizaciones impulsada por el Comité por la Libre Expresión
(C-Libre) y la participación activa del Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), designado
por la propia Ley como el órgano vigilante de su aplicación.
Estas organizaciones construyeron una plataforma común en torno al artículo 72
constitucional, que garantiza la libre emisión del pensamiento y la circulación de ideas y
opiniones, lo cual va de la mano con el derecho de acceso a la información. El lema que se
utilizó en la campaña fue: Si es público, no es secreto.
Tras la aprobación de la Ley, la Alianza 72 concentró esfuerzos en plantear reformas a la
Ley en al menos cinco aspectos clave, proceso que culminó en julio de 2007. En agosto el
Poder Legislativo finalmente eligió a los tres comisionados para instalar el Instituto de
Acceso a la Información Pública.
Ahora la Ley es una realidad para toda la ciudadanía y compete a sus organizaciones
hacer lo necesario para que eche raíces en la vida nacional. Por ello, la Alianza 72 y el CNA
firmaron un convenio que incluye la publicación de esta versión popular, conscientes de
que cuanto mayor sea el conocimiento de la ciudadanía sobre la acción pública, mayor
será su participación en la toma de decisiones y su confianza en la función
gubernamental.
El propósito de este cuaderno es contribuir a que usted conozca y utilice la Ley,
ponga a prueba sus estructuras y ejerza su derecho de acceso a la información
pública, como condición para la libre comunicación de pensamientos y opiniones,
uno de los derechos más preciados de la humanidad.
04
6. Amigas, amigos, ciudadanos. ¡Ha
sido aprobada y ya está en vigor la Ley
de Transparencia y Acceso a la
Información Pública! ANTES de esta Ley
toda la información que manejaban el
Estado y las instituciones no estaban al
alcance suyo, ni mío, como ciudadanos
con derechos en nuestro país. Esta Ley
nos permite exigir que se cumpla con la
obligación de rendir cuentas a la ciudadanía; y
garantiza nuestro derecho a conocer y participar de
¡Qué montón los asuntos públicos.
de incrédulos!
NUESTRA LEY nos permite conocer y participar de la
información esté donde esté: ¡Por eso se llama DE
ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA! Y se llama DE
TRANSPARENCIA, porque nada ni nadie pueda ocultar
datos, hechos, ni mañas que amparen a la corrupción.
Las instituciones obligadas deberán ordenar la
información y prestar un servicio de consulta a la
ciudadanía. Por eso es importante que capaciten a su
gente en la CULTURA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
con el contenido de NUESTRA LEY.
¡Otra ley! ¡Pero si ya
estamos llenos de leyes
que no se cumplen!
05
7. ¡La ciudadanía y sus organizaciones tienen que hacer lo necesario para que
NUESTRA LEY eche raíces en la vida nacional! ¡Digamos alto a la corrupción!
Su aprobación fue producto de cuatro años de demanda
ciudadana, en la que se destacó la labor de la Alianza 72,
coalición de organizaciones impulsada por el Comité por la Libre
Expresión (C-Libre), y el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA),
organización designada por la propia Ley para que sea vigilante de
su aplicación. Nuestro lema fue:
¡SI ES PÚBLICO NO ES SECRETO!
C-LIBRE ALIANZA
72
CNA
¡Si es púb
lico, no es
secreto!
06
8. ¿Cómo cree usted que podemos
combatir la corrupción para NUESTRA LEY ayudará a que las
que los recursos del Estado estén funciones públicas se realicen con
al servicio de la población? transparencia y a que las instituciones
y los servidores públicos rindan cuentas.
¿Eso quiere decir que
nos van a informar
“lo que nunca se sabe”,
en nuestro país?
¡Con seguridad!
ESTA LEY AMPARA
TUS DERECHOS
¡Aprovéchala!
07
9. II- PALABRAS CLAVE:
Recursos del Estado: Fondos, propiedades, carros, mobiliario, equipo,
papelería; todo lo que pertenece a la población y administra el Estado.
Transparencia: El que la información ofrecida por las instituciones
obligadas pueda ser usada por nosotros sin trabas y con prontitud.
Publicidad: El que las instituciones obligadas den la información que los
ciudadanos necesiten para saber todo acerca de sus funciones, sus
atribuciones, sus actividades y la administración de los recursos del
Estado.
Derecho de acceso: El que todo ciudadano pueda obtener, por su propia
cuenta, la información que está en poder de las instituciones.
?
¡Fijate
bien,
Chon!
¿Cuáles son esas
instituciones
¡ajá! obligadas?
SOY
LA LEY
08
10. :
IONES OBLIGADAS
III- INSTITUC adas a dar información son:
oblig
Las instituciones todas sus
el Ejecutivo, con
Estado: el Legisl ativo, el Judicial y NAA, ENEE, UNA
H,
Los poderes del nom as: HONDUTEL, SA G), las
instituciones autó rnamentales (ON
dependencias e nizaciones no gube y
icipalidades; orga las que reciban
entre otras; mun ollo (OPD) y todas as o a
ivadas de desarr ros, por sí mism
organizaciones pr onales o extranje
públicos, naci iales que reciben
ad ministren fondos a las or ganizaciones grem
do. Esto incluye
nombre del Esta del pago de impu
estos.
ingresos, aunq ue estén exentas entre
o no, que se encu
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Información públ ligadas y que no
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en poder de las
reservada. r el sector públ
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Información rese
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amparada por otra relacionan con
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confidenciales : Son los que se , las característic
as
Datos personales el orig en étnico o racial mero
ar. Por ejemplo, la dirección y el nú
personal y famili estado de salud;
ocionales y el participación en
fís icas, morales o em recc ión particular; la y el
vivienda y la di sas o filosóficas
telefónico de la creencias religio
políticas, las
organizaciones miliar, entre otro
s.
patrim onio personal o fa
empleado del
Es to do funcionario o s
Servidor público: la República, lo
el Presidente de e o una
Estado, desde , hasta un vigilant
diputados y los magistrados sempeñan carg
os
aseadora. Tam bién quienes de
r salario.
públicos sin recibi
so n as
al : La q u e p er
In fo rm ac ió n co n fi d en ci y que la Ley le
particulares en tregan al Estado
confidencial.
atribuye carácter
¡Ojo con
ellas!
09
11. IV- EL IAIP Y SUS COMISIONADOS
Para eso tenemos al
Instituto de Acceso a la
Información Pública
(IAIP), que velará por
el cumplimiento de la
Ley.
El IAIP está integrado
por tres comisionados.
Éstos durarán cinco
años en sus cargos; y
serán elegidos por el
Congreso Nacional
entre diez candidatos
que propondrán los
siguientes organismos:
Dos la Presidencia de la
República.
Dos la Procuraduría
General de la
República.
Dos el Comisionado
Nacional de los
Derechos Humanos.
Dos el Foro Nacional de
Convergencia.
Dos el Tribunal
Superior de Cuentas.
10
12. Los comisionados deberán presentar un informe cada seis meses a la
Presidencia de la República y al Congreso Nacional acerca de las
funciones y las atribuciones de cada unidad administrativa.
Estas y estos hondureños
tienen que ser de reconocida
honorabilidad y estar listos
¡Procurar que se
para resolver los reclamos de
garantice a la
los ciudadanos a los que se
ciudadanía el
niegue la información.
derecho a la
información!
Ayudar al funcionamiento
del Sistema Nacional de
Información Pública y
garantizar la difusión de la
información sin necesidad
de que nadie la solicite.
Enseñar a las
instituciones
públicas cómo
clasificar,
archivar,
custodiar y
proteger la
información.
Apoyar al
Archivo
Nacional de
Honduras para
que pueda
formar y
proteger los
fondos
documentales
de la nación.
11
13. V- DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE OFICIO
¿Cómo cree usted que vamos a obligar a la gente que nunca ha dado
información a que ahora la dé?
PORQUE LA LEY ABRE ACCESO
A TODA INFORMACIÓN PÚBLICA
Las propiedades que
posea y su información
en el Registro de la
Propiedad Inmueble. Los
registros públicos de LA CIUDADANÍA TIENE DERECHO
cualquier naturaleza. A ESTAR INFORMADA DE TODO LO QUE LE
PERTENECE Y QUE ES ADMINISTRADO
POR EL ESTADO:
Contrataciones, concesiones, ventas,
subastas de obras, convocatorias a
concurso, licitaciones públicas y suministros;
contratos de consultoría, actas de apertura
de ofertas y adjudicación, declaratorias de
compras directas y sus resultados.
El salario mensual de
los servidores
públicos y otros
pagos si los tienen.
Informes de los
presupuestos, con
detalle de
transferencias, de los
gastos, de la
inversión, de la deuda
y la morosidad.
12
14. Hasta podremos saber cómo funciona la especulación y por qué
tiene alas la canasta básica de alimentos.
Los decretos ejecutivos, acuerdos
y resoluciones del Poder Ejecutivo
y sus instituciones
descentralizadas. Resoluciones
que resulten de las mociones y
decretos que se aprueben,
iniciativas de leyes, dictámenes
y opiniones del Congreso Nacional.
Las sentencias del Poder
Judicial. Las resoluciones del
Tribunal Superior de Cuentas. Podre
m
ganan os saber
La relación de los juicios de la presid los ases cuánto
Procuraduría General de la ente y ores d
“ases por qué sel
República. ores” on
El nombre de los
oficiales de
información, para que
la ciudadanía sepa
cómo y dónde hacer
sus consultas y
solicitudes al
respecto.
Los juicios y las sentencias; las resoluciones y las actas de las sesiones de la corporación
municipal. El comportamiento económico y financiero del Estado. Las actividades de
empresas privadas que suministren bienes y servicios públicos.
13
15. ¡TODA ESA
INFORMACIÓN
nos pertenece!
NUESTRA LEY nos
garantiza que
podemos pedir
información a
quienes queramos
para saber en qué y
cómo invierten los
fondos públicos
procedentes de
nuestros impuestos.
TENEMOS DERECHO a saber el origen de los fondos de
las campañas políticas, cómo se invierten los fondos de
la cooperación internacional, cuál es la partida
confidencial del Congreso Nacional; los subsidios
entregados a cada diputado; en qué y cómo lo gastan.
Los fondos para la Estrategia para la Reducción de la
Pobreza; quién los maneja y cómo. Los fondos públicos
que reciben las iglesias. El dinero de las multas en la
Dirección Nacional de Tránsito.
¡Yo quiero saber si no
estoy votando otra
vez por mis propios
enemigos!
14
16. NUESTRA LEY hará posible que TODA información que se genere desde
el sector público y privado tenga que ser conocida por la ciudadanía.
¿Cómo cree usted
que se nos puede
entregar la
información pública?
La información se
dará como se El acceso a la
encuentre información
disponible. En pública es
forma personal, gratuito, pero se
por correo postal puede cobrar
o por medios únicamente los
electrónicos. costos de
reproducción y
envío y no deberán
ser mayores que
los precios del
mercado.
15
17. ¿QUÉ TIPO DE INFORMACIÓN NOS PUEDEN DAR, Y en qué casos
se puede tardar nuestro acceso a la información pública?
Cuando lo establezca la
Constitución, las leyes
y los tratados, o sea Cuando se trate de datos
declarada como personales confidenciales
reservada. o de información
entregada al Estado por
particulares.
Cuando la información
solicitada corresponda
a instituciones y
empresas que no están
obligadas por la Ley.
Cuando se quiera
la identificación
de fuentes
periodísticas
dentro del sector
público; o la
información base
de investigaciones
ya publicadas y
que se encuentre
en los archivos de
los medios de
comunicación.
Entonces; si hay tanta 'información reservada', ¿para qué necesitamos la Ley?
16
18. VI- INFORMACIÓN PÚBLICA RESERVADA
SE PODRÁ clasificar la información pública como reservada cuando el daño que puede causar
es mayor que el interés público de conocerla. O cuando su divulgación ponga en riesgo o
perjudique la seguridad del Estado; la vida, la seguridad y la salud de cualquier persona; la
ayuda humanitaria, así como los intereses en favor de la niñez y de otras personas. El
desarrollo de investigaciones sobre prevención, investigación o persecución de delitos, o la
impartición de justicia. Las negociaciones y las relaciones internacionales del país y su
estabilidad económica, financiera o monetaria.
¡Es el pisto, voh!
¡Somos reservados,
Pata!
¿Cómo se clasifica
una información
como reservada?
La máxima autoridad de una institución, por ejemplo un ministro, puede emitir acuerdos de
clasificación de la información. Luego enviará copia de la petición al Instituto de Acceso a la
Información Pública, para que la estudie y dictamine.
17
19. VII- PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR
INFORMACIÓN
¿Cómo ejercer el derecho
de acceso a la información
pública?
La solicitud de acceso a la información pública deberá presentarse de la manera siguiente:
1.- por escrito o por correo electrónico al oficial de información de la institución que tiene
la información que interesa,
2.- por correo aéreo certificado,
3.-por un servicio de mensajería o por correo electrónico,
4.-personalmente.
No olvide guardar el
comprobante.
¿Qué tenemos que
hacer si nos niegan TENEMOS QUE IR ante
la información? el IAIP para solicitar
revisión de lo que nos
negaron.
El ofic
ia
respon l de informa
de ció
diez dí r en un plaz n tendrá qu
inform as hábiles y o no mayor d e
explica ación solicit si se niega l e
r por ada, s a
porqué escrito al so e deberá
le ha s li
ido neg citante el
ada.
18
20. ¿Sólo el Instituto
puede responder a
mi solicitud?
A tu solicitud se
puede responder:
1.-Con una acción
de amparo ante la
Sala Constitucional
de la Corte Suprema
de Justicia. 2.-Ante la Comisión
Interamericana de
Derechos Humanos.
19
21. VIII- DE LOS DATOS PERSONALES
¿Qué dice la Ley acerca de los datos personales?
Hay una garantía
que se llama habeas El habeas data es el
data. Los datos personales
derecho de las
son información
personas a manejar
confidencial y sólo
y a disponer de sus
pueden ser solicitados
datos personales.
por su propietario.
El acceso a los datos personales sólo procederá por decreto
judicial o a petición de la persona directamente interesada,
de sus representantes o sucesores.
20
22. Cualquier persona puede
conocer la información
que existe sobre ella o él
en un registro o banco
de datos.
O solicitar la
corrección de esa Pero de ninguna
información si le manera y ninguna
causara algún daño o persona podrá obligar
perjuicio. a otra a dar sus datos
personales.
21
23. IX- ACTOS QUE VIOLENTAN LA LEY
Hay actos que
violentan o
quebrantan las
disposiciones de
esta Ley. Por
1.-Que no se
proporcione de oficio
o se niegue a dar la 2.-Que se copie,
información pública divulgue o comercialice
requerida en el información reservada
tiempo estipulado. o confidencial.
3.-Que se niegue a brindar los datos personales a su legítimo titular.
22
24. 4.-cuando se elimine
o altere información
pública o … sin seguir el
reservada… procedimiento de
depuración previsto
por NUESTRA LEY.
El quebrantar la Ley
puede dar como
resultado:
¡Las multas impuestas por el
Instituto de Acceso a la
Información Pública! Mas las
responsabilidades penales y
civiles que corresponden.
23
25. X- EL CONSEJO NACIONAL ANTICORRUPCIÓN
COMO ÓRGANO VIGILANTE
El Consejo Nacional
Anticorrupción (CNA) va a
velar por la correcta
aplicación de NUESTRA LEY.
Por eso siempre
Cualquier persona afectada en su tendrá acceso a las
derecho de acceso a la información instituciones
puede denunciar ante el CNA el obligadas y a la
incumplimiento de la Ley… información que no
sea reservada o
confidencial.
… Por parte de las instituciones
obligadas, los oficiales de información
y hasta el mismo Instituto de Acceso
a la Información Pública.
24
26. Si el Consejo Nacional
Anticorrupción (CNA)
tiene la potestad de
garantizar el
cumplimiento de
NUESTRA LEY…
…El Congreso
Nacional, por su parte,
puede nombrar una
Comisión Especial de
Seguimiento de la Ley
de Transparencia y
Acceso a la
Información Pública…
…Que recibirá informes
de las instituciones
públicas y hará
recomendaciones.
25
27. XI- Y, ¿QUÉ ES LA DEPURACIÓN?
Cada institución pública
tiene el deber de conservar
la información pública,
incluyendo la reservada.
Esa información pública
deberá ser sometida al
procedimiento de
depuración que realizará la
Comisión de Depuración
Documental integrada por
delegados de las
instituciones siguientes:
1.-El Instituto de Acceso a la
Información Pública,
2.-el Tribunal Superior de Cuentas,
3.-la Procuraduría General de la
República y
4.-el Archivo Nacional de Honduras.
26
28. XII- LO QUE DEBEMOS RECORDAR
¡La información pública anterior a esta Ley no podrá ser
destruida, alterada ni cambiada bajo ningún pretexto!
¡Ni se vale borrar
huellas de delitos
cometidos en el
POR TODO LO pasado!
ANTERIOR, ES
NECESARIO QUE
RECORDEMOS:
La información pública: Es la
contenida en cualquier
documento en poder de las
instituciones obligadas y que no
haya sido clasificada como
reservada.
Información reservada: Es la
información pública clasificada
como tal por esta Ley; y la de
acceso restringido por parte de
otras leyes.
27
29. Los datos personales confidenciales: Son los relacionados con la vida e
intimidad personal y familiar, el origen étnico o racial, las características
físicas, morales o emocionales y el estado de salud; la dirección y el
número telefónico de la vivienda; la afiliación política, la creencias
religiosas; el patrimonio personal y familiar, entre otros.
La información que debe ser
difundida de oficio: Es la que
toda institución obligada tiene
el deber de difundir y actualizar,
cada cierto tiempo, a través de
los medios.
¡Claro que sí! Y
también si usted
la pide.
28
30. Y TENEMOS QUE RECORDAR
también que hay espacios que
nos pertenecen sin que ley alguna
nos lo impida
Que las audiencias o
cabildos abiertos
son espacios de
participación
ciudadana
…Y que esos
espacios son otra
manera de acceder a
la información de
interés público.
29
31. TODO LO QUE AQUÍ DECIMOS ESTÁ AMPARADO
POR LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA.
C N A
El artículo 80 de
ALIANZA 72
la Constitución
C- LIBRE
garantiza a la
ciudadanía el
derecho de
petición a las
…El artículo 72 autoridades… Y lo que manda la
constitucional es Constitución,
el que reconoce ¡la para todas y
libre emisión del todos… ¡Es
pensamiento! sagrado!
¿Qué te pareció,
Tito?
Cabal, Vidal
Soy
la Ley
30