1. DECRETO SUPREMO Nº 24176DECRETO SUPREMO Nº 24176
8 DE DICIEMBRE DE 19958 DE DICIEMBRE DE 1995
REGLAMENTO DE GESTION DE RESIDUOSREGLAMENTO DE GESTION DE RESIDUOS
SÓLIDOSSÓLIDOS
Tiene por objeto establecer elTiene por objeto establecer el
régimen jurídico para larégimen jurídico para la
ordenación y vigilancia de laordenación y vigilancia de la
gestión de los residuosgestión de los residuos
sólidos, fomentando elsólidos, fomentando el
aprovechamiento de losaprovechamiento de los
mismos mediante lamismos mediante la
adecuada recuperación de losadecuada recuperación de los
recursos en ellos contenidos.recursos en ellos contenidos.
2. El cumplimiento delEl cumplimiento del
RGGA es de carácterRGGA es de carácter
obligatorio para todaobligatorio para toda
persona natural opersona natural o
colectiva, pública ocolectiva, pública o
privada, que comoprivada, que como
producto de susproducto de sus
actividades genereactividades genere
residuos sólidos.residuos sólidos.
Los sistemas de gestiónLos sistemas de gestión
de residuos sólidosde residuos sólidos
deberán sujetarse a lasdeberán sujetarse a las
previsiones del presenteprevisiones del presente
Reglamento.Reglamento.
La infraestructura yLa infraestructura y
serviciosservicios
comprendidos en lacomprendidos en la
gestión de residuosgestión de residuos
sólidos existentes quesólidos existentes que
no cumplan con lasno cumplan con las
especificaciones delespecificaciones del
presente Reglamento,presente Reglamento,
deberán ajustarse adeberán ajustarse a
los términos del mismolos términos del mismo
en un plazo que noen un plazo que no
exceda a los dos añosexceda a los dos años
a partir de su entradaa partir de su entrada
en vigencia.en vigencia.
3. Los botaderos queLos botaderos que
se encuentren ense encuentren en
operación a la fechaoperación a la fecha
de promulgación delde promulgación del
presentepresente
Reglamento,Reglamento,
deberán sometersedeberán someterse
al respectivoal respectivo
saneamiento en unsaneamiento en un
plazo máximo de unplazo máximo de un
año a partir de esaaño a partir de esa
misma fechamisma fecha..
4. ATRIBUCIONES Y COMPETENCIAS DE LOSATRIBUCIONES Y COMPETENCIAS DE LOS
GOBIERNOS MUNICIPALESGOBIERNOS MUNICIPALES
EN MATERIA DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOSEN MATERIA DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS
a)a) coordinar acciones con lacoordinar acciones con la
autoridad política yautoridad política y
ambiental de suambiental de su jurisdicciónjurisdicción
territorial;territorial;
b)b) Planificar la organización yPlanificar la organización y
ejecución de las diferentesejecución de las diferentes
fases de la gestión defases de la gestión de
residuos sólidos;residuos sólidos;
c)c) fijar las tasas de aseo confijar las tasas de aseo con
ajuste a la legislaciónajuste a la legislación vigentevigente
parapara garantizar lagarantizar la
sostenibilidad del servicio;sostenibilidad del servicio;
d)d) asumir responsabilidad anteasumir responsabilidad ante
elel público usuario por lapúblico usuario por la
eficiencia del servicio deeficiencia del servicio de
aseo urbano;aseo urbano;
5. e)e) destinar por lo menos un 2% de la recaudación por eldestinar por lo menos un 2% de la recaudación por el
servicio de aseo urbano a programas de educaciónservicio de aseo urbano a programas de educación
en el tema de residuos sólidos.en el tema de residuos sólidos.
f)f) elaborar reglamentos municipales para la prestaciónelaborar reglamentos municipales para la prestación
del servicio de aseo urbano y para el manejo de losdel servicio de aseo urbano y para el manejo de los
residuos especiales, en el marco de la LEY;residuos especiales, en el marco de la LEY;
g)g) sujetarse al Reglamento de Actividades consujetarse al Reglamento de Actividades con
Sustancias Peligrosas en el caso de comprobarse laSustancias Peligrosas en el caso de comprobarse la
existencia de residuos peligrosos, en el ámbito de suexistencia de residuos peligrosos, en el ámbito de su
municipio;municipio;
h)h) elaborar reglamentos específicos para el manejo deelaborar reglamentos específicos para el manejo de
residuos especiales, sólidos acumulados en caucesresiduos especiales, sólidos acumulados en cauces
de ríos, lodos, restos de mataderos, residuos inertesde ríos, lodos, restos de mataderos, residuos inertes
y escombros, así como para los especificados en ely escombros, así como para los especificados en el
segundo párrafo del artículo 4º del presentesegundo párrafo del artículo 4º del presente
Reglamento.Reglamento.
6. DERECHOS DE LOS CIUDADANOSDERECHOS DE LOS CIUDADANOS
a) recibir el servicio de aseo urbano;a) recibir el servicio de aseo urbano;
b) brindar su participación según losb) brindar su participación según los
términos y recomendaciones establecidostérminos y recomendaciones establecidos
en el Título VII del Reglamento General deen el Título VII del Reglamento General de
Gestión Ambiental;Gestión Ambiental;
c) ejercer, en el marco de los comités dec) ejercer, en el marco de los comités de
vigilancia previstos en el Art. l0 de la Leyvigilancia previstos en el Art. l0 de la Ley
de Participación Popular, control sobre losde Participación Popular, control sobre los
Gobiernos Municipales en cuanto a laGobiernos Municipales en cuanto a la
calidad de los servicios en la gestión decalidad de los servicios en la gestión de
residuos sólidos;residuos sólidos;
d) presentar ante la Autoridad Ambientald) presentar ante la Autoridad Ambiental
Competente iniciativas para mejorar elCompetente iniciativas para mejorar el
servicio de aseo.servicio de aseo.
7. OBLIGACIONES DE LOS CIUDADANOSOBLIGACIONES DE LOS CIUDADANOS
a)a) el manejo adecuado de los residuos sólidosel manejo adecuado de los residuos sólidos
de acuerdo con normas técnicasde acuerdo con normas técnicas
establecidas; concordante con el art. 21 de laestablecidas; concordante con el art. 21 de la
Ley Nº 1.333.Ley Nº 1.333.
b)b) el pago oportuno de las tasasel pago oportuno de las tasas
correspondientes al servicio recibido en lacorrespondientes al servicio recibido en la
gestión de residuos sólidos;gestión de residuos sólidos;
c)c) denunciar los hechos que constituyan delito odenunciar los hechos que constituyan delito o
contravengan las disposiciones establecidascontravengan las disposiciones establecidas
en la LEY y el presente Reglamento.en la LEY y el presente Reglamento.
8. UNIDAD MUNICIPAL DEUNIDAD MUNICIPAL DE
RESIDUOS SÓLIDOSRESIDUOS SÓLIDOS
Cada alcaldía municipal deberá contar con unaCada alcaldía municipal deberá contar con una
unidad específica, o de preferencia con unaunidad específica, o de preferencia con una
entidad descentralizada, que se encargue de laentidad descentralizada, que se encargue de la
gestión ambiental de residuos sólidos, la cualgestión ambiental de residuos sólidos, la cual
perseguirá el beneficio comunitario y no el lucro,perseguirá el beneficio comunitario y no el lucro,
sin que el concepto de "beneficio comunitario",sin que el concepto de "beneficio comunitario",
admita la ineficiencia del servicio. Tendrá aladmita la ineficiencia del servicio. Tendrá al
menos las siguientes funciones:menos las siguientes funciones:
a)a) administrar el servicio de aseo urbano;administrar el servicio de aseo urbano;
b)b) planificar y regular los aspectos operativos delplanificar y regular los aspectos operativos del
servicio de aseo urbano;servicio de aseo urbano;
c)c) ejecutar o supervisar, según el caso, elejecutar o supervisar, según el caso, el
servicio de aseo urbano;servicio de aseo urbano;
9. d) sancionar de acuerdo a lad) sancionar de acuerdo a la
reglamentaciónreglamentación
correspondiente elcorrespondiente el
incumplimiento de lasincumplimiento de las
normas ambientalesnormas ambientales
relativas al manejo derelativas al manejo de
residuos sólidos;residuos sólidos;
e)e) proponer al gobiernoproponer al gobierno
municipal la tasamunicipal la tasa
correspondiente al serviciocorrespondiente al servicio
de aseo urbano.de aseo urbano.
f)f) recaudar el pago por elrecaudar el pago por el
servicio de aseo urbanoservicio de aseo urbano
directamente o mediantedirectamente o mediante
empresas contratadas.empresas contratadas.
10. Los gobiernosLos gobiernos
municipales deberánmunicipales deberán
fomentar las iniciativasfomentar las iniciativas
que a través deque a través de
proyectos en materia deproyectos en materia de
residuos sólidos busquenresiduos sólidos busquen
la generación dela generación de
recursos que apoyen alrecursos que apoyen al
presupuesto de lospresupuesto de los
servicios de aseoservicios de aseo
urbano.urbano.
11. AUTORIDAD EJECUTIVA A NIVELAUTORIDAD EJECUTIVA A NIVEL
DEPARTAMENTAL AACDDEPARTAMENTAL AACD
La AACD a través de su unidadLa AACD a través de su unidad
ambiental y en coordinación conambiental y en coordinación con
los gobiernos municipales en ellos gobiernos municipales en el
área de su jurisdicción, elaborará elárea de su jurisdicción, elaborará el
plan y los programasplan y los programas
departamentales para la gestión dedepartamentales para la gestión de
los residuos sólidos, estableciendolos residuos sólidos, estableciendo
los objetivos y políticas específicaslos objetivos y políticas específicas
a corto, mediano y largo plazo.a corto, mediano y largo plazo.
12. DE LA GENERACION DE RESIDUOSDE LA GENERACION DE RESIDUOS
SÓLIDOSSÓLIDOS
El generador de residuosEl generador de residuos
sólidos deberá:sólidos deberá:
a)a) depositar sus residuosdepositar sus residuos
en contenedores queen contenedores que
reúnan las condicionesreúnan las condiciones
previstas en esteprevistas en este
Reglamento y en lasReglamento y en las
normas técnicasnormas técnicas
correspondientes;correspondientes;
b)b) almacenar sus residuosalmacenar sus residuos
únicamente dentro de losúnicamente dentro de los
predios de su propiedad opredios de su propiedad o
en áreas autorizadas.en áreas autorizadas.
13. Los generadores de residuos sólidos deberánLos generadores de residuos sólidos deberán
ponerlos a disposición del municipio respectivo,ponerlos a disposición del municipio respectivo,
observando las condiciones que determinen lasobservando las condiciones que determinen las
ordenanzas municipales.ordenanzas municipales.
El municipio adquirirá la propiedad de losEl municipio adquirirá la propiedad de los
residuos desde el momento de su entrega yresiduos desde el momento de su entrega y
recolección.recolección.
Los generadores indicados son responsables porLos generadores indicados son responsables por
los daños que puedan causar tales residuoslos daños que puedan causar tales residuos
cuando en su entrega no se hayan observado lascuando en su entrega no se hayan observado las
ordenanzas municipales y demás normasordenanzas municipales y demás normas
técnicas pertinentes.técnicas pertinentes.
14. ALMACENAMIENTOALMACENAMIENTO
Las áreas utilizadas paraLas áreas utilizadas para
el almacenamiento deel almacenamiento de
residuos sólidos deberánresiduos sólidos deberán
estar bien ventiladas yestar bien ventiladas y
preferentementepreferentemente
protegidas delprotegidas del
intemperismo. Por otraintemperismo. Por otra
parte, serán aseadasparte, serán aseadas
regularmente por elregularmente por el
propietario opropietario o
responsable, segúnresponsable, según
corresponda.corresponda.
Los contenedoresLos contenedores
para elpara el
almacenamiento dealmacenamiento de
residuos sólidosresiduos sólidos
deberán cumplir,deberán cumplir,
además de lo queademás de lo que
indiquen otrasindiquen otras
disposiciones legalesdisposiciones legales
lo siguiente:lo siguiente:
15. a)a) su capacidad deberá tener relación con lassu capacidad deberá tener relación con las
necesidades del caso;necesidades del caso;
b)b) deberá estar construida con materialesdeberá estar construida con materiales
impermeables y con la resistencia mecánicaimpermeables y con la resistencia mecánica
necesaria para el uso a que están destinados,necesaria para el uso a que están destinados,
de manera que se evite en lo posible elde manera que se evite en lo posible el
contacto de la fauna nociva con loscontacto de la fauna nociva con los residuosresiduos
sólidos.sólidos.
c)c) deben ser revisados y aseados regularmentedeben ser revisados y aseados regularmente
para un adecuado mantenimiento;para un adecuado mantenimiento;
d)d) deben tener la inscripción alusiva a su uso;deben tener la inscripción alusiva a su uso;
e)e) podrán exhibir propaganda comercial y delpodrán exhibir propaganda comercial y del
servicio de aseo urbano siempre que seservicio de aseo urbano siempre que se
cuente con la autorización respectiva.cuente con la autorización respectiva.
16. El RGRS establece normativa sobre elEl RGRS establece normativa sobre el
barrido de áreas públicas, la recolecciónbarrido de áreas públicas, la recolección
de los residuos sólidos, etc.de los residuos sólidos, etc.
También indica que en ningún caso seTambién indica que en ningún caso se
recolectarán residuos clasificados comorecolectarán residuos clasificados como
peligrosos, ni aquellos que requieranpeligrosos, ni aquellos que requieran
reglamentación específica, con el equiporeglamentación específica, con el equipo
destinado al manejo de residuos sólidosdestinado al manejo de residuos sólidos
objeto del presente Reglamento.objeto del presente Reglamento.
17. Cuando para la recolección de residuos sólidosCuando para la recolección de residuos sólidos
el gobierno municipal contrate a una empresael gobierno municipal contrate a una empresa
operadora, ésta estará obligada a:operadora, ésta estará obligada a:
a)a) verificar que los residuos que le entregue elverificar que los residuos que le entregue el
generador no son peligrosos o requieran unagenerador no son peligrosos o requieran una
gestión distinta a la de los términos delgestión distinta a la de los términos del
presente Reglamento, y que se encuentrenpresente Reglamento, y que se encuentren
correctamente separados y depositados,correctamente separados y depositados,
cuando así lo especifiquen lascuando así lo especifiquen las
correspondientes ordenanzas municipales;correspondientes ordenanzas municipales;
b)b) sujetarse a las disposiciones contractuales ysujetarse a las disposiciones contractuales y
reglamentaciones sobre seguridad e higienereglamentaciones sobre seguridad e higiene
laboral que correspondan, así como a laslaboral que correspondan, así como a las
que resulten aplicables en materia deque resulten aplicables en materia de
tránsito, comunicaciones y transporte.tránsito, comunicaciones y transporte.
18. Los vehículosLos vehículos
destinados aldestinados al
transporte detransporte de
residuos sólidosresiduos sólidos
deberán emplearsedeberán emplearse
exclusivamente paraexclusivamente para
ese tipo deese tipo de
transporte.transporte.
Los vehículos que seLos vehículos que se
utilicen para elutilicen para el
transporte detransporte de
residuos sólidos enresiduos sólidos en
las vías públicaslas vías públicas
deberán estardeberán estar
dotados dedotados de
característicascaracterísticas
constructivas que:constructivas que:
19. a)a) no permitan la dispersión de los residuos durante elno permitan la dispersión de los residuos durante el
viaje;viaje;
b)b) garanticen su operación ante los cambios degaranticen su operación ante los cambios de
condiciones climáticas de la región en que seráncondiciones climáticas de la región en que serán
utilizados;utilizados;
c)c) los hagan técnicamente eficientes y efectivos;los hagan técnicamente eficientes y efectivos;
d)d) eviten que se rebase su capacidad de carga;eviten que se rebase su capacidad de carga;
e)e) faciliten su aseo según normas técnicas, de suerte quefaciliten su aseo según normas técnicas, de suerte que
no se favorezca la procreación de fauna nociva y deno se favorezca la procreación de fauna nociva y de
microorganismos perjudiciales para la salud, y se evitemicroorganismos perjudiciales para la salud, y se evite
la emisión de olores desagradables;la emisión de olores desagradables;
Y deberán someterse a mantenimiento preventivo; noY deberán someterse a mantenimiento preventivo; no
deberán circular fuera de rutas y horarios asignados sindeberán circular fuera de rutas y horarios asignados sin
autorización expresa o razón justificada, poseerautorización expresa o razón justificada, poseer
características ergonómicas aceptables, etc.características ergonómicas aceptables, etc.
20. TRATAMIENTOTRATAMIENTO
Toda persona natural y/o colectiva, pública oToda persona natural y/o colectiva, pública o
privada, generadora o no de residuos, podráprivada, generadora o no de residuos, podrá
individual o colectivamente realizar elindividual o colectivamente realizar el
tratamiento de los residuos sólidos, debiendotratamiento de los residuos sólidos, debiendo
cumplir para la instalación y funcionamiento decumplir para la instalación y funcionamiento de
las plantas de tratamiento lo establecido en lalas plantas de tratamiento lo establecido en la
LEY, el presente Reglamento y demásLEY, el presente Reglamento y demás
instrumentos conexos y complementariosinstrumentos conexos y complementarios
aplicables.aplicables.
21. Por razones de interés nacional, la autoridad competentePor razones de interés nacional, la autoridad competente
podrá:podrá:
a)a) fomentar que determinados materiales, componentesfomentar que determinados materiales, componentes
de los productos que generen residuos sólidos, seande los productos que generen residuos sólidos, sean
biodegradables y/o reciclables;biodegradables y/o reciclables;
b)b) declarar obligatorio, en determinadas áreasdeclarar obligatorio, en determinadas áreas
geográficas y circunstancias económicas, elgeográficas y circunstancias económicas, el
aprovechamiento de los residuos que permitanaprovechamiento de los residuos que permitan
recuperar recursos;recuperar recursos;
c)c) fomentar la utilización de residuos reciclados en lafomentar la utilización de residuos reciclados en la
fabricación de productos elaborados conforme alfabricación de productos elaborados conforme al
Plan Nacional para la Gestión de Residuos Sólidos;Plan Nacional para la Gestión de Residuos Sólidos;
d)d) fomentar la recolección selectiva de residuos sólidosfomentar la recolección selectiva de residuos sólidos
separados en origen, en determinadas áreasseparados en origen, en determinadas áreas
geográficas y circunstancias económicas, ygeográficas y circunstancias económicas, y dede
conformidad con el Plan Nacional para la Gestiónconformidad con el Plan Nacional para la Gestión dede
Residuos Sólidos.Residuos Sólidos.
22. DE LA DISPOSICION FINAL DEDE LA DISPOSICION FINAL DE
RESIDUOS SÓLIDOSRESIDUOS SÓLIDOS
La disposición final de losLa disposición final de los
residuos que no seanresiduos que no sean
reutilizados, reciclados oreutilizados, reciclados o
aprovechados, deberá llevarse aaprovechados, deberá llevarse a
cabo evitando toda influenciacabo evitando toda influencia
perjudicial para el suelo,perjudicial para el suelo,
vegetación y fauna, lavegetación y fauna, la
degradación del paisaje, ladegradación del paisaje, la
contaminación del aire y lascontaminación del aire y las
aguas, y en general todo lo queaguas, y en general todo lo que
pueda atentar contra el serpueda atentar contra el ser
humano o el medio ambientehumano o el medio ambiente
que lo rodea.que lo rodea.
23. El establecimiento de unEl establecimiento de un
relleno sanitario, se traterelleno sanitario, se trate
éste de municipal oéste de municipal o
particular, deberá ubicarseparticular, deberá ubicarse
en lugar apropiado y deen lugar apropiado y de
acuerdo a normas técnicasacuerdo a normas técnicas
elaboradas para tal fin, laselaboradas para tal fin, las
cuales deben cumplir lacuales deben cumplir la
LEY y ReglamentosLEY y Reglamentos
conexos y aplicables.conexos y aplicables.
Los rellenos sanitariosLos rellenos sanitarios
podrán ser de tipo manualpodrán ser de tipo manual
cuando se trate decuando se trate de
poblaciones pequeñas.poblaciones pequeñas.
24. Ningún residuo que hubieseNingún residuo que hubiese
sido depositado en alguno desido depositado en alguno de
los rellenos sanitarios a quelos rellenos sanitarios a que
se refiere el presentese refiere el presente
Reglamento podrá serReglamento podrá ser
retirado sin la justificación y laretirado sin la justificación y la
autorización correspondienteautorización correspondiente
por parte del gobiernopor parte del gobierno
municipal.municipal.
Se prohíbe la disposición finalSe prohíbe la disposición final
de residuos peligrosos, o dede residuos peligrosos, o de
materiales que los contengan,materiales que los contengan,
en rellenos sanitarios yen rellenos sanitarios y
cualquier otro sitio destinadocualquier otro sitio destinado
a residuos sólidos.a residuos sólidos.
25. Cuando un municipio, por no disponer de lugarCuando un municipio, por no disponer de lugar
adecuado dentro de su jurisdicción, se veaadecuado dentro de su jurisdicción, se vea
precisado a situar un relleno sanitario fuera delprecisado a situar un relleno sanitario fuera del
mismo o compartirlo, deberá obtener el acuerdomismo o compartirlo, deberá obtener el acuerdo
necesario de los gobiernos municipalesnecesario de los gobiernos municipales
correspondientes. A falta de acuerdo entre loscorrespondientes. A falta de acuerdo entre los
municipios afectados, el MDSMA podrá autorizarmunicipios afectados, el MDSMA podrá autorizar
su instalación en el lugar más adecuado, fijandosu instalación en el lugar más adecuado, fijando
las condiciones en que deba efectivizarse.las condiciones en que deba efectivizarse.
Todo relleno sanitario debe cumplir lasTodo relleno sanitario debe cumplir las
especificaciones del art. 77 del RGGA.especificaciones del art. 77 del RGGA.
26. Todo sitio de disposición final de residuosTodo sitio de disposición final de residuos
sólidos que no haya sido previamentesólidos que no haya sido previamente
autorizado será declarado clandestino eautorizado será declarado clandestino e
inmediatamente clausurado y, comoinmediatamente clausurado y, como
consecuencia se impedirá su utilización yconsecuencia se impedirá su utilización y
se obligará al responsable al retiro yse obligará al responsable al retiro y
limpieza de lo depositado, tareas que enlimpieza de lo depositado, tareas que en
su caso podrá realizar el municipio de lasu caso podrá realizar el municipio de la
jurisdicción, sin perjuicio de las sancionesjurisdicción, sin perjuicio de las sanciones
previstas en este Reglamento y de laprevistas en este Reglamento y de la
indemnización por los daños producidos alindemnización por los daños producidos al
municipio y/o terceros.municipio y/o terceros.
27. Los rellenos sanitarios en actualLos rellenos sanitarios en actual
funcionamiento deberán someterse a lofuncionamiento deberán someterse a lo
enunciado en el Art. 77 del presenteenunciado en el Art. 77 del presente
Reglamento. El MDSMA y el OrganismoReglamento. El MDSMA y el Organismo
Sectorial competente, en coordinaciónSectorial competente, en coordinación
con el municipio afectado, elaborarán uncon el municipio afectado, elaborarán un
plan y establecerán un plazo deplan y establecerán un plazo de
adecuación a las exigencias técnicas y deadecuación a las exigencias técnicas y de
protección del medio ambiente y la saludprotección del medio ambiente y la salud
humana. Los rellenos sanitarios que nohumana. Los rellenos sanitarios que no
pudiesen adecuarse a estas exigenciaspudiesen adecuarse a estas exigencias
serán considerados dentro del Art. 80.serán considerados dentro del Art. 80.
28. El cierre de los rellenos sanitarios debeEl cierre de los rellenos sanitarios debe
proyectarse de forma que se reduzcan alproyectarse de forma que se reduzcan al
mínimo:mínimo:
a)a) la liberación de lixiviados y emisionesla liberación de lixiviados y emisiones
gaseosas;gaseosas;
b)b) la necesidad de mantenimiento posterior;la necesidad de mantenimiento posterior;
c)c) los riesgos a la salud humana y al mediolos riesgos a la salud humana y al medio
ambiente.ambiente.
Al cierre o sellado del relleno sanitario, unaAl cierre o sellado del relleno sanitario, una
vez agotada su capacidad, se debenvez agotada su capacidad, se deben
establecer programas de monitoreo, a largoestablecer programas de monitoreo, a largo
plazo, de recuperación y de acondicionamientoplazo, de recuperación y de acondicionamiento
del terreno para fines de aprovechamientodel terreno para fines de aprovechamiento
futuro.futuro.
29. PROHIBICIONESPROHIBICIONES
Son prohibiciones, las siguientes:Son prohibiciones, las siguientes:
a) arrojar o abandonar residuos sólidos de cualquiera) arrojar o abandonar residuos sólidos de cualquier
especie en áreas públicas, quebradas, cuerpos yespecie en áreas públicas, quebradas, cuerpos y
cursos de agua, y en general en sitios nocursos de agua, y en general en sitios no
autorizados;autorizados;
b)b) depositar excretas en cualquier área pública;depositar excretas en cualquier área pública;
c)c) abandonar en áreas públicas animales muertos oabandonar en áreas públicas animales muertos o
residuos y sustancias peligrosas para la saludresiduos y sustancias peligrosas para la salud
pública o que despidan olores desagradables;pública o que despidan olores desagradables;
d)d) quemar residuos sólidos;quemar residuos sólidos;
e)e) extraer, sin las medidas sanitarias y la autorizaciónextraer, sin las medidas sanitarias y la autorización
pertinente, los residuos sólidos de lospertinente, los residuos sólidos de los
contenedores instalados en la vía pública;contenedores instalados en la vía pública;
30. f)f) la actividad de segregadoresla actividad de segregadores
en las fases de recolección,en las fases de recolección,
transferencia y disposicióntransferencia y disposición
final de residuos sólidos;final de residuos sólidos;
g)g) todo acto u omisión quetodo acto u omisión que
dificulte o impida el aseo dedificulte o impida el aseo de laslas
áreas públicas o laáreas públicas o la
prestación del servicio;prestación del servicio;
h)h) establecer botaderos oestablecer botaderos o
fomentar su existencia;fomentar su existencia;
i)i) almacenar residuos a cieloalmacenar residuos a cielo
abierto en áreas noabierto en áreas no autorizadas.autorizadas.
31. También se establece que habráTambién se establece que habrá
infracción cuando:infracción cuando:
a)a) generadores de residuos sólidosgeneradores de residuos sólidos
rechacen sin motivo justificadorechacen sin motivo justificado
ponerlos a disposición de los serviciosponerlos a disposición de los servicios
de limpieza y recolección;de limpieza y recolección;
b)b) se constituyan depósitos o botaderosse constituyan depósitos o botaderos
clandestinos;clandestinos;
c)c) las industrias viertan sus residuoslas industrias viertan sus residuos
sólidos en lugares no autorizados;sólidos en lugares no autorizados;
d)d) se incumpla otras reglamentaciones ose incumpla otras reglamentaciones o
normas ambientales aplicables anormas ambientales aplicables a
residuos sólidos;residuos sólidos;
e)e) se incumpla el pago de la tasa dese incumpla el pago de la tasa de
aseo como contraprestación alaseo como contraprestación al
servicio recibido.servicio recibido.
32. SOBRE MULTAS Y SANCIONESSOBRE MULTAS Y SANCIONES
Los gobiernos municipales reglamentarán,Los gobiernos municipales reglamentarán,
en el ámbito de su competencia, las multasen el ámbito de su competencia, las multas
y/o sanciones sobre las infracciones ay/o sanciones sobre las infracciones a
normas ambientales en relación al aseonormas ambientales en relación al aseo
urbano, cometidas individual ourbano, cometidas individual o
colectivamente por personas naturales y/ocolectivamente por personas naturales y/o
jurídicas.jurídicas.
33. En observancia al Art. 215 de la ConstituciónEn observancia al Art. 215 de la Constitución
Política del Estado, la Policía Nacional, en formaPolítica del Estado, la Policía Nacional, en forma
conjunta con la Policía Urbana, queda encargadaconjunta con la Policía Urbana, queda encargada
de la detección y prevención de las infraccionesde la detección y prevención de las infracciones
así como del cumplimiento de las sancionesasí como del cumplimiento de las sanciones
determinadas por las disposiciones pertinentesdeterminadas por las disposiciones pertinentes
34. Los residuos hospitalarios peligrososLos residuos hospitalarios peligrosos
deberán ser almacenados, para su manejodeberán ser almacenados, para su manejo
y transporte, en bolsas de polietileno dey transporte, en bolsas de polietileno de
color rojo, de capacidad adecuada,color rojo, de capacidad adecuada,
conforme a las cantidadesconforme a las cantidades
producidas en cada fuente yproducidas en cada fuente y
con el micronaje necesariocon el micronaje necesario
para soportar el peso de lospara soportar el peso de los
residuos en ellas contenidos.residuos en ellas contenidos.
Dichas bolsas deberán mantenerseDichas bolsas deberán mantenerse
cerradas de manera que se impida lacerradas de manera que se impida la
dispersión y el derrame de su contenidodispersión y el derrame de su contenido
durante las etapas de almacenamiento,durante las etapas de almacenamiento,
recolección y transporte.recolección y transporte.
35. Los residuos de animales muertos deberánLos residuos de animales muertos deberán
ser cubiertos con una solución de cal-aguaser cubiertos con una solución de cal-agua
1:3 en volumen, antes de su manipulación,1:3 en volumen, antes de su manipulación,
depositándolos en bolsas de polietileno dedepositándolos en bolsas de polietileno de
cualquier color, que cumplan con locualquier color, que cumplan con lo
establecido en el Art. 97 del presenteestablecido en el Art. 97 del presente
Reglamento. Cuando el animal muertoReglamento. Cuando el animal muerto
exceda los 50 kgs. de peso deberá serexceda los 50 kgs. de peso deberá ser
descuartizado para su manejo adecuado.descuartizado para su manejo adecuado.
Esta última condición será obligatoria paraEsta última condición será obligatoria para
mataderos, zoológicos y veterinarios.mataderos, zoológicos y veterinarios.
36. Los residuos de mataderosLos residuos de mataderos
deberán ser depositados endeberán ser depositados en
contenedores que impidan lacontenedores que impidan la
dispersión y el derrame de sudispersión y el derrame de su
contenido, que tengan lacontenido, que tengan la
resistencia mecánica para elresistencia mecánica para el
uso a que estaránuso a que estarán
destinados, y que lleven unadestinados, y que lleven una
inscripción claramenteinscripción claramente
reconocible alusiva a su uso.reconocible alusiva a su uso.