1. Admtnlstr.a,clón No,clono'l de Educqalón Públlcq
SECRETARIA GENERAL
CIRCULAR N'33
Montevideo, 12 de mayo de 2014.
Seño¡ Maestro-Inspector y/o Jefe de Oficina:
Pa¡a su conocimiento y efectos, cúmplenos tránscribir a
usted la Resolución N'2 - Acta N"25 adoptada, por el Consejo de Educación Inicial y
Primaria, en Sesión del dÍa de la fecha:
"VISTO: la ¡eleva¡rcia de llevar a cabo una evaluación formativa y censal para
alumnos en eI mes de junio del ano 2014.
CONSIDERANDOT I) que por Circulal N'22 del 27 de maÍzo d.e 2Ol4 se puso en
conocimiento de los docentes, el debate existente en los cuelpos inspectivos ace¡ca
de qué eva-luar y cómo, dado que la discusión en¡iquece los procesos de
const¡ucción pedagógica y didáctica en los colectivos docentes, como lo exp¡esa
Susa¡ra Celma¡ "...que la evaluación puede conve¡tirse en una valiosa he¡ramienta
de conocimiento acerca de la enseña.nza y del ap¡endizaje.";
II) que adopta¡ este posicionamiento supone sustitui¡ la idea de la función de la
evaluación como exclusivarnente la de comproba¡ ¡esultados, constataf ciertos
objetivos y contenidos a través de algunas pruebas y exáfnenes que sc proponen a
los alumnos. Se trata de que los docentes realicen un trabajo refleúvo y consciente
ace¡ca de la evaluación formativa;
Ill) que el texto curricular del Programa de Educación lnicial y Pdma¡ia ano 2008,
del Consejo de Educación Inicial y Primaria, está estructurado en redes
conceptuales a enseña¡ desde los 3 años a 6" ailo y en cada grado hay contenidos
que en cada Área de conocimiento construyen esos conceptos. La fundamentación
de cada Á¡ea de Conocimiento tiene como finalidad ubicar al docente en las
corrientes actualizadas. El P¡ograma de Educación lnicial y P¡imaria fue revisado
por una Comisión y ma¡tiene en la actualidad la vigencia y la aprobación de la
misma y de los colectivos consultados (ATD, FUM-TEP, AUDEP). El mismo apunta a
que los sujetos tengan en el tra¡scurrt de su escola¡idad un juicio cítico que les
permila: entender, anaiizar. resolver situaciones problemas:
2. Adninistración No,clonol de Educ(¡clón Públlca
CONSE.N DE ¿DUCACIóN IMCIAL Y PRIMARIA
V) que si bien existen múItiples dellniciones de
competenCia!, se hace necesario explicita¡ la concepción que utiliza¡á el CEIP,
acompaña¡do la posición d,e Pérez GóÍrcz (2012), que define que las competencias
son sistemas cornplejos, personales, de comprensión y de actuación, es decir,
combinaciones personales de conocimientos, habilidades, emociones, actitudes y
valores que orienta¡ la inte¡pretación, 1a toma de decisiones y la actuación de los
individuos huma¡os en sus interacciones con el escenario en el que habita¡.(...)
Las competencias implican la capacidad y el deseo de entende¡, desarroila¡ y
evaluar, a¡aliza¡, proponer... las competencias o habilidades son personales y se
consiguen en un p¡oceso de ap¡opiación de conceptos a lo la¡go de Ia trayectoria
escola¡;
V) que este Consejo entendió necesa¡io este apo¡te con el fin de en¡iquecer los
p¡ocesos de constmcción pedagógica y didáctica en los colectivos docentes.
ATENTO: a 10 expuesto,
EL CONSEJO DE EDUCACIÓN INICIAL Y PRIMARIA, RESUELVE:
1".- Difu¡df el contenido de la p¡esente entre ei colectivo docente.
2'.- Circular', incluir en la página web del Orga¡ismo y pase a Ia lnspección Técnica
a sus efectos."
Saludanos a usted atenta¡nente.
Mtro. Hé
D¡a. So Directo.
Secret
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