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De las actividades propuestas en los fascículos:

1.- Desarrolla lo correspondiente a los aspectos legales para
constituir una empresa y relaciónalos con tu empresa.
R/El legalizarse no es un gasto es una fortaleza que da credibilidad y
solidez para
Abrir mercados, tener acceso a crédito, protección             ante la
competencia,
Antigüedad certificada, y lo más importante confianza ante nuestros
proveedores
Y clientes.
Las empresas al igual que las personas nacen, crecen, algunas se
desarrollan
Más que otras y como regla general toda mueren. Considerando esta
similitud,
A continuación enunciamos los pasos para constituir una empresa
legalmente.
1. Reunir los socios para constituir la empresa (personas jurídicas).
2. Verificar en la Cámara de Comercio que no exista nombre o razón
social igual o similar al establecimiento de comercio que se quiere
registrar.
3. Elaborar la minuta de constitución y presentarla en la notaría
(únicamente las sociedades comerciales).
4. Obtener la escritura pública autenticada en la notaría (persona
jurídica).
5. Tramitar el NIT ante la DIAN vigente a partir del 1 de febrero de
2005.
6. Matricular la sociedad o persona natural en el registro mercantil de
la cámara de comercio.
7. Obtener el certificado de existencia y representación legal
(sociedades
Comerciales) o matrícula mercantil (personas naturales).
8. Registrar los libros de contabilidad en la cámara de comercio.

9. Afiliar a los empleados ante una entidad promotora de salud, a un
fondo de
Pensiones y a una administradora de riesgos profesionales.
10. Inscribir la empresa en una caja de compensación familiar, el
Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar I.C.B.F. y al Servicio Nacional de
Aprendizaje -
SENA-.
11. Obtener el Registro de Industria y Comercio en la Tesorería
Municipal.
12. Cancelar los derechos de autor, Sayco y Acinpro si utiliza música
con fines
Comerciales. 5
13. Solicitar la matricula sanitaria en la Secretaría de Salud.
14. Solicitar la visita del cuerpo de bomberos.
15. Otros permisos
Reunir los Socios para Constituir la Empresa (Personas Jurídicas).
Una pareja de esposos antes de casarse, vive y
Comparte situaciones, que de una u otra manera los
Llevan a tomar la decisión de compartir su vida a través del
matrimonio; de la misma forma ocurre en la empresa: los futuros
socios o accionistas, han visto una afinidad comercial y explorado un
nicho de mercado,           conocimiento que les permite llegar a ser
competitivos y que los impulsa a crear su propia empresa.
2. Verificar en la Cámara de Comercio de su Jurisdicción que no
Exista
Nombre o Razón Social Igual o Similar al Establecimiento de
Comercio que se Quiere Registrar (Personas Naturales y
Sociedades Comerciales).
Cuando una persona nace, lo primero que hacen sus padres es
colocarle un nombre, que si bien parecido a otro (s), será difícil
encontrar un tocayo con nombre y apellidos idénticos; seguido de
esto se registra ante la notaria o la registraduría dando inicio a la
vida civil. En una empresa los socios tienen que dirigirse ante la
Cámara de Comercio de su localidad para averiguar si el nombre de
la empresa que ellos quieren constituir existe o no, conservando así
el principio de homonimia, “un solo establecimiento con un sólo
nombre”.
3. Elaborar la Minuta de Constitución y Presentarla en la Notaría;
(únicamente las sociedades comerciales) con los siguientes datos
básicos: Nombre o razón social, objeto social, clase de sociedad y
socios con documento de identidad, tiempo de duración de la
sociedad, domicilio, capital social, representante legal y facultades,
fechas y forma deconvocar a asambleas, distribución de utilidades y
causales de disolución y liquidación y forma de hacerla, establecer la
forma de dirimir los conflictos entre sus
Minuta6asociados; y los demás que sean compatibles con el tipo de
sociedad que se estéconstituyendo.
Al casarse una pareja, el sacerdote y/o el juez o notario les indican
los compromisos (deberes y obligaciones) que contraen frente a su
compañero; igual que en la empresa, donde de acuerdo al tipo de
organización se establecen los parámetros que la regirán a través de
la escritura pública (en el caso de las
Sociedades Comerciales)
1
.
4. Obtener la Escritura Pública Autenticada en la Notaría (Persona
Jurídica).
5. Tramitar el NIT ante la DIAN.
La persona que requiera matricularse o inscribirse, antes de
presentarse en la
Cámara de Comercio, deberá ingresar a la página web de la DIAN y
tramitar la solicitud del RUT (Registro Único Tributario).
 Al ingresar en la página web de la DIAN, se debe seleccionar el link
Nuevo
RUT.
 Seleccionar el servicio: o nuevos comerciantes que aun no cuentan
con el
NIT (número de identificación tributaria) y que requieren el registro
mercantil.
 Diligenciar el formulario del Registro Único Tributario.
La inscripción en el RUT es indispensable para cumplir con las
obligaciones tributarias administradas por la DIAN y relacionadas con
los contribuyentes responsables sobre del impuesto sobre la Renta e
IVA, agentes retenedores y para que los usuarios aduaneros puedan
realizar sus operaciones de comercio exterior (importaciones y
exportaciones).
Es indispensable sacar copia del registro para presentarlo ante
Cámara de
Comercio.
6. Matricular la Sociedad o Persona Natural en el Registro
Mercantil de la Cámara de Comercio.
Pasos y/o Requisitos para la matricula:
A. Para Sociedades Comerciales presentar la segunda copia de la
escritura pública de constitución de la sociedad. Y para Persona
Natural presentación personal con cédula de ciudadanía con copia de
RUT.

1
Son todas las empresas constituidas mediante escritura publica
(Sociedad Anónima, Sociedad
Limitada, Colectiva, Comanditas simple y por acciones, Sociedad
Extranjera, y Empresa Unipersonal). 7
B. Diligenciar formulario de registro mercantil y en caso de existir
establecimiento de comercio
2
, diligenciar matrícula de establecimiento (personas naturales o
jurídicas). Ver Anexo
C. Adicionalmente al certificado de la matrícula, se debe diligenciar el
formulario
RUT (Registro Único Tributario) con el fin de obtener el NIT o número
de
Identificación tributaria asignado por la Cámara de Comercio en
convenio de
DIAN.
Para el anterior paso tenga en cuenta que la DIAN maneja dos tipos
de
Contribuyentes, los que pertenecen al Régimen Común
3 (en el que se encuentran todas las sociedades comerciales,
sociedades de hecho, y las personas naturales que no cumplan los
requisitos del régimen simplificado). El otro sistema es el
Régimen Simplificado constituido por las personas naturales,
comerciantes y artesanos, que sean minoristas o detallistas; los
agricultores y los ganaderos que realicen operaciones gravadas, así
como quienes presten servicios gravados, siempre y cuando cumplan
la totalidad de las siguientes condiciones:
En el año anterior hubieren poseído un patrimonio bruto inferior a
ochenta millones de pesos ($80.000.000 y $84.880.000 valores años
base 2004 y 2005) e ingresos brutos totales provenientes de la
actividad inferiores a sesenta millones de pesos ($60.000.000 y
63.660.000 valores años base 2004 y 2005).
Tengan máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o
negocio donde ejercen su actividad.
Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio
no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía,
autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de
intangibles.
Que no sean usuarios aduaneros.
Que no hayan celebrado en el año inmediatamente anterior ni en el
año en curso, contratos de venta de bienes o prestación de servicios
gravados por valor individual y superior a sesenta millones de pesos
($60.000.000 y $63.660.000 valores años base 2004 y 2005).

2
 Establecimiento de Comercio: Art. 515 C. Co.”Conjunto de bienes
organizados por el empresario para realizar los fines de la empresa.
Una misma persona podrá tener varios establecimientos...”
3
Los contribuyentes del régimen común emiten factura comercial o
factura de venta, para lo cual deben solicitar previamente la
autorización de facturación ante la DIAN, antes de facturar se debe
verificar si el bien o servicio que se vende es exento, excluido o de lo
contrario establecer cual es el porcentaje de la tarifa de IVA que se
cobra. TODOS los comerciantes del régimen común están obligados
a presentar bimensualmente la declaración de IVA y la declaración de
renta anualmente (vendan o no vendan); de incumplir estas
obligaciones se hará acreedor de una sanción de $180.000 por
declaración. 8
Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o
inversiones financieras durante el año anterior o durante el respectivo
año no supere la suma de ochenta millones de pesos ($80.000.000 y
$84.880.000 valores años base
2004 y 2005).
Para la celebración de contratos de venta de bienes o de prestación
de servicios.
Gravados por cuantía individual y superior a sesenta y tres millones
seiscientos sesenta mil pesos $63.660.000 durante el año 2005, el
responsable del régimen simplificado deberá inscribirse previamente
en el régimen común.
Para los agricultores y ganaderos, el límite de patrimonio bruto
equivale a cien millones de pesos ($100.000.000) (valores años base
2003 y 2004).
7. Obtener el Certificado de Existencia y Representación Legal
(Sociedades
Comerciales) o Matrícula Mercantil (Personas Naturales).
Para un menor de edad el registro civil de nacimiento se convierte en
un documento obligatorio de identificación; es así que lo necesitamos
a la hora de nuestro bautizo, para inscribirnos a un plan obligatorio
de salud, a la caja de compensación, cuando iniciemos estudios, etc.
De la misma forma la empresa necesita el certificado de existencia y
representación legal, para demostrar aspectos como: antigüedad y
fecha de expiración, domicilio, socios, capital, representante legal,
facultades de éste para comprometer o no a la empresa y su objeto
social entre otros, en general este se constituye como un resumen
del contenido de la escritura pública. Este certificado es documento
indispensable ante la DIAN, en la Administración de Impuestos
Municipales, el
I.C.B.F., el SENA, la Caja de Compensación Familiar; para conseguir
préstamos bancarios o créditos con proveedores.
Es una obligación de todos los comerciantes renovar anualmente,
antes del 31 de marzo de cada año, su matrícula mercantil y de
establecimientos de comercio.
8. Registrar los Libros de Contabilidad en la Cámara de
Comercio.
Los libros más usuales son: Diario, mayor y balances, inventarios, de
actas, registro de socios, de asambleas y de juntas.
         Certificado de
Existencia y
Representación Legal 9
9. Afiliar a los Empleados ante una Entidad Promotora de Salud, a un
Fondo de
Pensiones y a una Administradora de Riesgos Profesionales.
Es un derecho del empleado seleccionar la EPS de su agrado al igual
que escoger el
Fondo de Pensiones que crea le genere mayor rentabilidad o sea de
su agrado, y en cuanto a la Administradora de Riesgos Profesionales
el empleador la selecciona por el respaldo o garantía que esta le
brinde con respecto a conformación de los comités de salud
ocupacional o de paridad.
10. Inscribir la Empresa en una Caja de Compensación Familiar, el
Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar -I.C.B.F. y al Servicio Nacional de
Aprendizaje -SENA-.
Estas tres empresas conforman las denominadas cargas parafiscales,
las cuales son un aporte del empleador sobre el valor cancelado de la
nómina, sin incluir el subsidio de transporte. Se cancela el 9% el cual
es distribuido de la siguiente manera: SENA
2%, ICBF 3%, y Caja de Compensación 4%.
El pago de los aportes parafiscales es requisito para la deducción de
salarios en la declaración de renta. Nota: A partir de la promulgación
de la ley 590 (Ley MIPYME) de julio 10 de 2000 a través del artículo
43, se estimula a las pequeñas y medianas empresas con una
reducción del 75% para el primer año, del 50% para el segundo año
y del 25% para el tercer año.
11. Obtener el Registro de Industria y Comercio en la Tesorería
Municipal.
Para lo cual requiere tramitar el permiso de utilización de suelos ante
la secretaria de Planeación municipal de la respectiva Alcaldía,
quienes basados en el Plan de Ordenamiento Territorial, establecen la
intensidad auditiva, horarios, ubicación y destinación de los lugares
por actividad económica, donde deben funcionar cada uno de los
establecimientos, por ejemplo una discoteca no se puede ubicar en
una zona residencial, por lo que este tipo de establecimientos deben
ser ubicados en una zona comercial.          Después de radicado el
formulario de inscripción en la oficina de impuestos municipales,
para el caso de Villavicencio los comerciantes deben presentar dos
declaraciones, la primera los primeros días de marzo y la segunda en
septiembre, (vendan o no vendan), de no hacerlo o no presentarlas
en las fechas previstas por la administración municipal, el
comerciante será sancionado, y pagará intereses de mora. Las
personas naturales que no pertenezcan al régimen común deberán
pagar el 15% de un (1) Salario mínimo mensual legal vigente
(SMMLV) y las personas naturales del régimen común al igual que las
sociedades cancelarán 50% del SMMLV. 10
12. Cancelar los Derechos de Autor, Sayco y Acinpro si Utiliza Música
con
Fines Comerciales.
Este derecho lo tienen que cancelar todos los establecimientos cuya
actividad comercial necesitan de la música, para disfrute de sus
clientes como por ejemplo: teatros, discotecas, billares, restaurantes,
centros turísticos y, en fin, donde quiera que se interpreten o se
ejecuten obras musicales, o sean transmitidos por radio y televisión,
sea con la participación de los artistas, sea por procesos mecánicos,
electrónicos, sonoros o audiovisuales. El valor a cancelar va de
acuerdo a         la clase y capacidad del negocio.             Para los
establecimientos que tienen sede en el departamento del Meta, estos
deben matricularse en la oficina de Sayco ubicada en Villavicencio en
la calle 38 No. 31-58 oficina 702. Mayor información:
www.saycoacinpro.org.co
13. Solicitar la Matricula Sanitaria en la Secretaría de Salud.
Esta matrícula sanitaria o permiso sanitario, la deben tener todos los
establecimientos que manipulen o preparen alimentos de consumo
humano o animal, y la deben tramitar ante la respectiva secretaria de
salud de la alcaldía.
14. Solicitar la Visita del Cuerpo de Bomberos.
Antes del Decreto 2150 del 95 (Suspensión de trámites), existía la
licencia de funcionamiento, en la cual era obligatorio obtener el
permiso de bomberos.
A partir de enero de 1996, algunas empresas lo solicitan a petición de
lascompañías de seguros, otras lo hacen por seguridad, previniendo
futuros desastres; los bomberos recomiendan: Clases de extintores,
número requerido, sistemas eléctricos, manejo de combustibles;
entre otras normas de seguridad.
14. Otros Permisos
Los empresarios que pretenden ofrecer sus productos en mercados
más exigentes, exhibirlos en ferias nacionales (CORFERIAS) e
internacionales o exportarlos deben cumplir con otros requisitos
adicionales a los ya enunciados.
Dentro de los que se encuentran: 11
A. Registro ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y
Alimentos -INVIMA-. Según el artículo 41 del Decreto 3075 de 1997
“todo alimento que se expenda directamente al consumidor como:
alimentos, medicamentos, productos de aseo o cosméticos, bajo
marca de fabrica y con nombres determinados, deberá obtener el
Registro Sanitario expedido ante el INVIMA” .
www.invima.gov.co
B. Código de Barras: Con la obtención de este requisito el empresario
facilita la identificación del producto en el mercado nacional e
internacional. Algunos compradores de grandes volúmenes como por
ejemplo los hipermercados exigen a sus proveedores el código de
barras, argumentando que este proporciona un lenguaje común de
comunicación utilizado a lo largo de la cadena de abastecimiento para
todos los productos en cualquier lugar del mundo. El código de barras
debe ser asignado por una entidad respectiva, como es el caso de IAC
Colombia. www.eancol.org
C. Marcas y Patentes: Registrar una marca o patente es un
procedimiento que realizan los empresarios ante la Superintendencia
de Industria y Comercio para obtener exclusividad ya sea en el uso
de su nombre comercial o de respaldar su titulo como inventor de un
producto innovador. www.sic.gov.co
D. Licencias Ambientales. Son autorizaciones otorgadas por la
autoridad ambiental pertinente y debe ser expedida o solicitada por
aquellos empresarios que ejercen actividades que producen grave
deterioro a los recursos naturales renovables al medio ambiente o
introducir modificaciones considerables al paisaje. Para el caso del
departamento del Meta la entidad encargada es
CORMACARENA.12
• Cualquier novedad como el cambio de propietario, cambio de razón
social, cambio de dirección, cierre de establecimiento o cese de la
actividad, debe informarse a todas las entidades, dentro de los treinta
(30) días siguientes a su ocurrencia.
• Ya para terminar, cuando una persona fallece se debe obtener ante
una notaria o la registraduría, el acta de defunción, la cual certifica la,
Terminación de la vida civil de la persona; esta acta se debe
presentar para iniciar una sucesión, para dar por terminadas las
obligaciones en     los bancos, a las aseguradoras para dar inicio al
cumplimiento de las pólizas,
etc.
• Así cuando la empresa se liquida o se disuelva, se deberá notificar
a todas las entidades con las cuales ha tenido nexos, en un plazo no
superior a treinta días, esto con el fin de que cesen los pagos
contraídos, de lo contrario se expondrá a sanciones y en casos
extremos a embargos.

2.- Establece claramente lo que respecta a los tributos que debe
realizar tu empresa al estado Colombiano.

R/Expo andamios como empresa perteneciente a régimen
simplificado paga los siguientes tributos: Dentro de las obligaciones
del régimen simplificado se encuentran:

      Inscribirse, dentro de los dos meses siguientes al inicio de
      actividades, al Registro de Información Tributaria RIT.
      Actualizar el Registro de Información Tributaria (RIT) con las
      novedades, cese de actividades, etc. dentro de los dos meses
      siguientes al hecho.
      Declarar y pagar el Impuestos de ICA, anualmente.
      Llevar libro fiscal de registro de operaciones.
      Informar el NIT en correspondencia y documentos.
      Conservar información y pruebas, por lo menos cinco años.

Los contribuyentes que pertenezcan al régimen simplificado que
obtengan durante el año gravable ingresos netos inferiores a 80
salarios mínimos mensuales vigentes no tienen que presentar la
declaración del impuesto de Industria y comercio.



3.- Realiza ejercicios básicos sobre la forma de llevar aspectos
contables en tu empresa - reales o tan solo como ejercicio
comprensivo de la temática-, tales como, soportes contables
Comprobante de egreso, recibo de caja y factura, comprobantes de
diario, Contrato de arrendamiento de un local comercial, Sistemas de
inventarios y su valoración.
Los soportes contables son los documentos que sirven de base para
registrar las operaciones comerciales de una empresa, es por ello que
se debe tener un especial cuidado en el momento de elaborarlos

Todas las operaciones económicas que realizan las empresas deben
ser registradas en los libros de contabilidad, pero a su vez para que
cada uno de estos registros sean justificables deben soportarse con
los documentos pertinentes para cada una de ellas, es por ello que a
continuación se presentan los principales papeles comerciales y
títulos valores que pueden ser utilizados en el ciclo contable, su
definición y sus principales características.

GENERALIDADES

Todos los soportes contables deben contener la siguiente información
general: Nombre o razón social de la empresa que lo emite. Nombre,
número y fecha del comprobante. Descripción del contenido del
documento. Firmas de los responsables de elaborar, revisar, aprobar
y contabilizar los comprobantes. Los principales soportes de
contabilidad son:
1. Recibo de caja

El recibo de caja es un soporte de contabilidad en el cual constan los
ingresos en efectivo recaudados por la empresa. El original se
entrega al cliente y las copias se archivan una para el archivo
consecutivo y otra para anexar al comprobante diario de contabilidad.

El recibo de caja se contabiliza con un débito a la cuenta de caja y el
crédito de acuerdo con su contenido o concepto del pago recibido.
Generalmente es un soporte de los abonos parciales o totales de los
clientes de una empresa por conceptos diferentes de ventas al
contado ya que para ellas el soporte es la factura.

2. Recibo de consignación bancaria

Este es un comprobante que elaboran los bancos y suministran a sus
clientes para que lo diligencien al consignar. El original queda en el
banco y una copia con el sello del cajero o el timbre de la máquina
registradora, sirve para la contabilidad de la empresa que consigna

Hay dos tipos de consignaciones, una para consignar efectivo y
cheques de bancos locales y otro para consignar remesas o cheques
de otras plazas. Necesidades varias Los soportes de contabilidad se
elaboran en original y tantas copias como las necesidades de la
empresa lo exija.

. Comprobante de depósito y retiro de cuentas de ahorros

Las corporaciones de ahorro y crédito han diseñado unos formatos
que suministran a sus clientes, en libretas, para que sean
diligenciados al depositar, o retirar dinero de su cuenta de ahorros.
Este soporte tiene dos opciones para elegir solo una; depósitos en
efectivo o cheques de bancos locales y retiro en efectivo o en cheque,
de acuerdo con la cuantía y exigencia del cliente.

4. Factura de compra-venta

La factura comercial es un soporte contable que contiene además de
los datos generales de los soportes de contabilidad, la descripción de
los artículos comprados o vendidos, los fletes e impuestos que se
causen y las condiciones de pago.

Desde el punto de vista del vendedor, se denomina factura de venta
y del comprador, factura de compra. Generalmente, el original se
entrega al cliente y se elaboran dos copias, una para el archivo
consecutivo y otra para anexar al comprobante diario de la
contabilidad.

La factura se debe expedir con los siguientes requisitos: Estar
denominada expresamente como factura de venta. (Pre impreso).
Numeración en orden consecutivo. (Pre impreso). Apellidos y nombre
o razón social y NIT del vendedor o de quien preste el servicio. (Pre
impreso). Apellidos y nombre o razón social del adquiriente los bienes
o servicios. Fecha de expedición. Descripción específica o genérica de
los artículos vendidos o servicios prestados. El nombre o razón social
y NIT del impresor de la factura. (Pre impreso). Indicar la calidad de
retenedor del impuesto sobre las ventas.

5. Cheque

Es un titulo valor por medio del cual una persona llamada "girador",
ordena a un banco llamado "girado" que pague una determinada
suma de dinero a la orden de un tercero llamado "beneficiario".

6. Comprobante de pago

Llamado también orden de pago o comprobante de egreso, es un
soporte de contabilidad que respalda el pago de una determinada
cantidad de dinero por medio de un cheque. Generalmente, en la
empresa se elabora por duplicado, el original para anexar al
comprobante diario de contabilidad y la copia para el archivo
consecutivo.

Para mayor control en el comprobante de pago queda copia del
cheque, ya que el titulo valor se entrega al beneficiario. Los soportes
contables deben asentarse en forma ordenada y resumida,
expresando claramente las transacciones que diariamente se realizan
en una empresa

7. Letra de cambio

Este documento negociable o título valor es una orden incondicional
de pago que da una persona llamada "girador" a otra llamada
"girado", para que pague a la orden o al portador, cierta suma de
dinero, a la vista o en una fecha determinada.

En el comercio se utiliza la letra de cambio como garantía de pago en
compras y ventas a crédito. El vendedor hace firmar letras de cambio
a sus clientes y se denominan letras por cobrar; el comprador acepta
las letras a sus proveedores y se llaman letras por pagar.

8. Pagaré

Es un título valor mediante el cual una persona se obliga a pagar
cierta cantidad de dinero en una fecha determinada. Este documento
se utiliza para respaldar los créditos bancarios.

9. Nota Débito

Es un comprobante que utiliza la empresa para cargar en la cuenta de
sus clientes, un mayor valor por concepto de omisión o error en la
liquidación de facturas y los intereses causados por financiación o por
mora en el pago de sus obligaciones.

10. Nota Crédito

Cuando la empresa concede descuentos y rebajas que no estén
liquidados en la factura o cuando los clientes hacen devoluciones
totales o parciales de las mercancías, para su contabilización se
utiliza un comprobante llamado nota crédito. Este comprobante se
prepara en original y dos copias; el original para el cliente, una copia
para el archivo consecutivo y otra para anexar al comprobante diario
de contabilidad.

11. Recibo de caja menor
El recibo de caja menor es un soporte de los gastos pagados en
efectivo, por cuantías mínimas que no requieren el giro de un cheque,
para ello se establece un fondo denominado caja menor.

12. Nota de contabilidad

Es el documento que se prepara con el fin de registrar las
operaciones que no tienen un soporte contable como es el caso de los
asientos de corrección, ajustes y cierre.

13. Comprobante diario de contabilidad

Es un documento que debe elaborarse previamente al registro de
cualquier operación y en el cual se indica el número, fecha, origen,
descripción y cuantía de la operación, así como las cuentas afectadas
con el asiento. A cada comprobante se le anexan los documentos y
soportes que lo justifiquen.

Procedimiento contable Clasificación, análisis y codificación de los
soportes Elaboración de asientos en borrador Preparación del
comprobante diario de contabilidad.

4.- Ejemplifica facturas y comprobantes de compra y venta de
inventarios, registros de las transacciones en los libros oficiales de tu
empresa. Resume las transacciones de un periodo determinado en un
Estado financiero básico.


5.- Reconoce y realiza un esquema sobre las funciones de la OIT
Organización Internacional del Trabajo, explica sus relaciones con las
labores de los empleados en tu empresa. Determina cuáles son los
aspectos importantes al momento de seleccionar y contratar personal
para laborar en tu empresa. Identifica los diferentes tipos o modelos
de contrato laboral y que retribuciones se deben tener en cuenta
como salario - Qué es salario, cada cuanto se debe pagar, de qué
manera- entre otros aspectos de retribución al empleado de tu
empresa.
R/Las funciones de la OIT:
1. Promover y cumplir las normas laborales, así como los principios y
derechos fundamentales en el trabajo.
2. Crear mayores oportunidades para que mujeres y hombres puedan
tener empleos e ingresos dignos.
3. Mejorar la cobertura y la eficacia de una seguridad social para
todos.
4. Fortalecer el tripartismo y el diálogo social.
Esto se resume en la noción de trabajo decente, como “sinónimo de
trabajo productivo, en el cual se protegen los derechos, lo que
engendra ingresos adecuados con una protección social apropiada.
Significa también un trabajo suficiente, en el sentido de que todos
deberían tener pleno acceso a las oportunidades de obtención de
ingresos. Marca una pauta para el desarrollo económico y social con
arreglo donde pueden cuajar la realidad del empleo, los ingresos y la
protección social sin menoscabo de las normas sociales y los derechos
de los trabajadores”
En la persecución de estos fines y objetivos se ha designado una
función específica a cada uno de los órganos que componen la OIT
para el control y verificación del cumplimiento de las obligaciones
adquiridas por los Estados Miembros. La Conferencia Internacional del
Trabajo adopta dos tipos de normas. Por un lado, los convenios
internacionales que pueden ser ratificados por los Estados Miembros
de la organización y que establecen las obligaciones de éstos frente a
los trabajadores y las trabajadoras. Dichos convenios tienen un
carácter vinculante cuando son ratificados por los Estados y, en virtud
de ello, la población trabajadora se encuentra facultada para reclamar
su cumplimiento. Por otro lado, las recomendaciones buscan asegurar
que se adopten las medidas que garanticen la aplicación y efectividad
de los derechos reconocidos en dichos convenios.
La Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y
Recomendaciones se encarga de              supervisar el cumplimiento de
los compromisos adquiridos por los Estados Miembros. Es el
organismo asesor de la Conferencia Internacional del Trabajo y se
encuentra integrado por juristas especialistas en Derecho
Internacional del Trabajo, cuya función es examinar las memorias
que todos los países deben presentar cada año, detallando el estado
en que se encuentra la aplicación de los convenios internacionales en
cada país. Asimismo, cada año elabora un examen temático que se
traduce en los estudios generales.
Finalmente, el Comité de Libertad Sindical recibe las quejas que
presentan las organizaciones de trabajadores y trabajadoras o de
empresarios y empresarias sobre el incumplimiento de las
obligaciones que provienen de la libertad sindical, con independencia
de que hayan sido ratificados los convenios sobre la materia.
¿Cuáles son los criterios que deben tenerse en cuenta al
momento de seleccionar personal que se identifique con los
valores y principios empresariales?
La estabilidad emocional de una persona es un criterio fundamental
en todo proceso de selección, este aspecto favorece su adaptación a
las diferentes circunstancias y su interrelación con las demás
personas.
Debe hacerse el esfuerzo de elegir uno o dos valores como
principales, lo que ayuda a que el proceso sea más efectivo y real,
por ejemplo, queremos que las personas sean organizadas y
serviciales.
Hay valores que lógicamente se espera que tengan las personas,
como la honestidad o la responsabilidad, por lo tanto, no es necesario
definirlos como valores estratégicos o puntuales.
Es importante resaltar que la selección por sí misma, no garantiza el
éxito rotundo de la persona en el cargo. Debe tenerse presente el
proceso de inducción, los recursos que se le ofrecen al empleado, el
ambiente de trabajo y otros aspectos que se construyen día a día en
una empresa.
También puede pasar que la persona por alguna razón personal o
circunstancial, no se siente cómoda en el cargo para el que fue
elegida y entonces el proceso no sería efectivo.
Se debe tener claridad de lo que se necesita en términos de:
Conocimientos, habilidades, experiencia, personalidad y valores.

Los conocimientos le dan una destreza y una técnica de cómo hacer
las cosas, en este sentido, si necesito una persona que maneje la
página web de la empresa, es obvio que debe conocer de programas
y plataformas informáticas, y sobre cómo funciona Internet. Hay
habilidades que exige cada cargo, sin las cuales es evidente, la
persona no se desempeñará adecuadamente o le costará un esfuerzo
adicional, por ejemplo, un secretaria debe ser hábil para
comunicarse.

En lo relacionado a la experiencia, algunos cargos requieren que la
persona ya haya trabajado en lo mismo o algo similar, entonces debe
definirse ese nivel de experiencia mínimo que se necesita. Si una
empresa está buscando un Director de Ventas, puede definir que esa
persona ya tiene experiencia de X número de años como director, o al
menos como vendedor. Puede darse el caso de que la empresa esté
dispuesta a enseñarle, es decir, a permitirle a la persona que
adquiera la experiencia paulatinamente, esto es válido.

La personalidad hace referencia a ese conjunto de rasgos que
identifican a una persona y determinan en gran medida su modo de
pensar, sentir, reaccionar y comportarse. Entre estos están si es
introvertida, extrovertida, racional, sentimental, objetiva, subjetiva,
entre otros aspectos. Cada cargo exige unos más que otros.

Además de lo anterior, deben tenerse en cuenta los valores que se
quieren priorizar, y también se diseña la manera en la que se
realizará el proceso, teniendo presente:

a. Convocatoria, donde se determina cómo se conseguirán los
candidatos: por medio de un aviso en el periódico, páginas de
internet que funcionan como bases de datos, entre otros medios.

b. Pruebas psicotécnicas en donde se evalúan habilidades,
conocimientos y rasgos de personalidad. Algunas evalúan las
habilidades espaciales, otras numéricas, o para comunicarse. Las
pruebas aportan información al proceso de selección, pero no lo
remplazan.

c. Entrevistas

d. Decisión.

Los contratos laborales pueden clasificarse según su forma y
su término de duración.
A.- SEGÚN SU FORMA:
1.     Contrato Verbal de trabajo: Como su nombre lo indica es
aquel que se celebra de palabra y hace referencia a un acuerdo
verbal entre un empleador o patrono y un trabajador sobre una
determinada labor a desarrollar, sobre el lugar de prestación del
servicio y sobre su respectiva remuneración.

Qué debe tratar o incluir éste?:

· La clase de labor que habrá de desarrollarse y sus circunstancias.
· El lugar de trabajo, el cual no es sólo el domicilio del empleador,
sino el lugar físico donde deberá ubicarse el trabajador para el
desempeño de sus funciones.
· La cuantía y forma de remuneración.
· Los periodos de pago con los plazos que habrán de mediar entre
cada pago salarial.
· La duración del contrato, que por ser verbal se entenderá siempre
como a término indefinido.
No se pueden pactar plazos ni periodo de prueba dentro de
este tipo de contratos.
Pero puede ocurrir que el empleador y el trabajador convengan la
labor a desarrollar y el lugar y duración del contrato, y no
especifiquen nada con relación al salario o remuneración. En este
caso concreto, el problema se soluciona de la siguiente manera:
· Si se trata de un trabajador cuyas actividades no requieren
especialización o técnica alguna, la remuneración para una jornada
laboral de ocho horas será el salario mínimo legal vigente fijado por
el Gobierno Nacional.
·    Cuando se trata de un trabajador técnico, profesional o
especializado, la remuneración es fijada por un perito nombrado por
el juez laboral, quien dictaminará acerca de la labor ejecutada por el
trabajador y la remuneración que corresponde para cada caso.
2.     Contrato escrito de trabajo: Es el acuerdo entre trabajador
y empleador que se plasma en un documento escrito. Así se facilita
de esta manera la prueba del contrato, aunque no sobra advertir que
para probar dentro de un proceso la existencia de un contrato laboral
se admiten los demás medios probatorios consagrados en nuestro
código procesal civil, tales como los testimonio, la inspección judicial,
reconocimiento de documentos etc.

 Pero si existen contratos que deben constar por escrito para su
validez:

· El contrato a término fijo
· El contrato de aprendizaje
· El contrato de trabajo que se celebre con extranjeros no residentes
en el país. O los enganches colectivos de trabajadores para laborar en
el exterior

· El periodo de prueba siempre debe constar por escrito
Requisitos del Contrato Escrito de Trabajo:

Todo contrato de trabajo debe reunir unos elementos mínimos y en el
caso del contrato escrito, estos elementos son los que se encuentran
en el artículo 39 del Código Sustantivo del Trabajo. Veamos:

Artículo 39. Contrato escrito. El contrato de trabajo escrito se
extiende en tantos ejemplares cuantos sean los interesados,
destinándose uno para cada uno de ellos, está exento de
impuestos de papel sellado y de timbre nacional y debe
contener necesariamente, fuera de las cláusulas que las partes
acuerden libremente, las siguientes: la identificación y
domicilio de las partes; el lugar y la fecha de su celebración; el
lugar en donde se haya contratado el trabajador y en donde
haya de prestar el servicio; la naturaleza del trabajo, la
cuantía de la remuneración, su forma y períodos de pago, la
estimación de su valor, en caso de que haya suministros de
habitación y de alimentación como parte del salario; y la
duración del contrato, su desahucio y terminación.

B.- POR SU DURACIÓN:

1.-Contrato a término fijo: Es aquel que tiene un límite en el
tiempo. Las partes determinan exactamente la fecha en que ha de
terminarse el contrato. Anteriormente, no podían ser inferiores a un
año, salvo ciertas circunstancias de las empresas como remplazos
temporales de trabajadores por licencias, vacaciones etc. A partir de
1991, en aras del principio de la flexibilidad laboral se permite
suscribir contratos a término fijo inferiores a un año, por cualquier
periodo.

 La ley 50 de 1990 desaparece el tope mínimo de un año, pero
mantiene el tope máximo de tres años, lo cual indica que los
contratos a término fijo pueden ser desde un día hasta tres años.
Requisitos:

· Que conste por escrito

· El término de duración no puede ser superior a tres (3) años, pero
puede ser prorrogable en forma indefinida

· Para su terminación debe existir un preaviso de por lo menos treinta
(30) días.
2.- Contrato a término fijo inferior a un año: en este contrato, el
trabajador vinculado de esta manera tiene derecho a todas las
prestaciones sociales y a vacaciones en forma proporcional, sea cual
sea el tiempo laborado. Sin embargo, este tipo de contratos
únicamente pueden prorrogarse hasta por tres (3) veces, por
periodos iguales o inferiores, al cabo de los cuales el término de
renovación no podrá ser inferior a un (1) año y así sucesivamente.

Requisitos:

· Que conste por escrito

· Que el periodo de prueba sea equivalente a la quinta (1/5) parte del
término inicialmente pactado
· Para su terminación. Por vencimiento del término pactado, o de la
prórroga, se dé aviso por escrito con una anticipación no inferior a
treinta (30) días, con excepción de aquellos cuya duración es de un
mes o menos.



Prórroga en contratos a término fijo:
El Contrato a término fijo es prorrogable o renovable
indefinidamente, pero sin perder en ningún caso su naturaleza de
limitación en el tiempo. Las prórrogas pueden ser automáticas o
expresas.
Se pueden presentar dos eventos:
1. Los contratos a término fijo superiores a un año se prorrogan por
un periodo igual al inicialmente pactado

2. En los contratos a término fijo inferiores a un año se autoriza su
prórroga automática hasta por tres (3) periodos iguales al
inicialmente pactado. A partir de la tercera vez, la prórroga no podrá
ser inferior a un año.

Requisitos para dar por terminado el contrato a término fijo:

Para impedir que el contrato a término fijo sea prorrogado
automáticamente, es necesario que el empleador presente preaviso,
es decir la expresa manifestación sobre la decisión de no prorrogar el
contrato de trabajo, o de darlo por terminado, con una antelación
igual o superior a 30 días. Deberá presentarse por escrito por
exigencia expresa de la ley.

OJO: Cuando la duración del contrato sea de aquellos iguales o
inferiores a treinta días, no se requerirá preaviso para dar por
terminado el contrato de trabajo, de conformidad con el artículo 1º
Decreto Reglamentario 1127 de 1991.

3.- Contrato a término indefinido: este es el más común de todos
los contratos laborales y se caracteriza porque no tiene limitación en
el tiempo, no prevé ninguna fecha, condición o circunstancia que
permita conocer desde su inicio el momento hasta el cual habrá de
tener vigencia el mismo.
Así las cosas, su duración se extiende hasta cuando las partes lo
deseen o cuando se presenten circunstancias de hecho que conforme
a la ley laboral se consideran causas de terminación del contrato
laboral, por ejemplo las faltas graves que cometa el trabajador en el
cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de trabajo.

Es la forma de contrato de trabajo más usada, especialmente por la
posibilidad de formalizarse verbalmente. Para su terminación, el
Código Sustantivo del Trabajo igualmente faculta al trabajador para
dar por terminado este tipo de contrato sin que hoy para ello deba
observar la figura del preaviso, ya suprimida mediante la modificación
contenida en la Ley 789 de 2.002 y que se encuentra esta mas
ampliamente explicada en nuestro artículo referente al preaviso,
y publicado en anterior oportunidad en esta página.

4.- Contrato de obra: este tipo de contrato su duración se
encuentra determinada por el tiempo necesario para la ejecución
completa de una determinada obra o labor. Es usado frecuentemente
en el sector de la construcción. Este contrato debe celebrarse por
escrito, con el fin de dejar constancia expresa de cuál es el objeto
que se persigue con dicha contratación.

De la misma manera, es preciso señalar en forma clara la obra o
labor que va a determinar la duración del contrato. Si se trata de una
labor que se realizará por etapas, es necesario que así se señale
estableciéndose en qué etapa se contrató al trabajador.
Cuando el trabajador es despedido sin justa causa, el empleador debe
indemnizar al trabajador, pagándole antes de la culminación de la
obra o labor contratada los salarios correspondientes al tiempo que
falte para la terminación completa de la obra o labor. En este tipo de
contrato, la prórroga no existe por cuanto si la obra o labor
termina por completo, es natural que no haya lugar a ella.

5.- Contrato Ocasional o Transitorio: este consiste en la ejecución
de labores ajenas a las actividades normales de una empresa y cuya
duración no puede exceder de treinta (30) días. En este tipo de
contratación el trabajador solo tiene derecho al pago del valor
acordado por sus servicios y a que se le suministren primeros auxilios
en caso de ocurrir un accidente de trabajo. No tiene derecho a
ninguna otra prestación.
Requisitos:
· Debe constar por escrito.
· Debe relacionarse con actividades ajenas al objeto social de la
empresa                                                   contratante
· Su duración nunca podrá ser mayor a treinta (30) días.
Si el trabajador una vez transcurrido el término de treinta (30) días
no ha terminado la labor encomendada, se cancela el valor del
contrato y se debe suscribir uno nuevo, que en todo caso no podrá
exceder de dicho término.

¿Que es salario?
Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable,
sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como
contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o
denominación que se adopte, como primas, sobresueldos,
bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de
las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio,
porcentajes sobre ventas y comisiones.
Los salarios se deben pagar una vez se haya cumplido el periodo de
trabajo pactado entre las partes.
Al firmar el contrato de trabajo, las partes acuerdan el periodo de
pago, que bien puede ser diario, semanal, quincenal o mensual. En
todo caso, el periodo de pago no podrá ser superior al mes y en el
caso de quienes laboran mediante la figura de jornales, el periodo de
pago no podrá ser superior a una semana, así lo contempla el artículo
134 del código sustantivo del trabajo Colombiano.
Quiere decir esto, que tan pronto como se termine el periodo
pactado, el empleador debe pagar el salario a sus trabajadores.
El salario debe pagarse en el periodo causado, pero tratándose del
trabajo suplementario, es decir de las horas extras, y los recargos
nocturnos, estos se pueden pagar en el periodo siguiente, lo que
implica que el empleado sólo podrá exigir su pago en el siguiente
periodo.
Esta excepción no cobija los recargos dominicales y festivos, ni
las comisiones, por lo que estas deberán pagarse junto con el salario
en el mismo periodo en el que se hayan causado.
Contempla también el artículo 134 del código sustantivo del trabajo,
que el pago se debe hacer en moneda legal, por lo que se debe
entender, que en los casos en que el pago se hace en cheque, hasta
tanto el cheque no se haga efectivo, el pago no se considerará
realizado.
06.- Señala cómo está conformado el Sistema de seguridad social
integral; identifica los derechos y deberes que tiene el empleador y el
trabajador frente a las entidades del Sistema de seguridad social en
Colombia.
R/El régimen integral de seguridad social esta conformado
por:
Sistema de pensiones.
Sistema de seguridad en salud.
Sistema de riesgos profesionales.
Sistema de seguridad social complementaria.
Desde el punto de vista institucional el sistema de seguridad social
integral esta conformado por todas las instituciones que tienen a su
cargo la dirección y vigilancia de cada uno de los sistemas por
entidades públicas y privadas que intervienen en la gestión de
seguridad social incluso hasta en su financiamiento.
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
• Inscribir en alguna EPS a todas las personas que tengan alguna
vinculación laboral.
• La afiliación colectiva no podrá coartar la libertad de elección del
trabajador sobre la
EPS a la cual prefiera afiliarse.
• Pagar cumplidamente los aportes que le corresponden
• Descontar de los ingresos laborales las cotizaciones.
• Girar oportunamente los aportes y las cotizaciones a la Entidad
Promotora de Salud
Informar las novedades laborales de sus trabajadores a la EPS.
Ejemplos:
Nivel de ingresos y sus cambios
Vinculaciones y retiros de trabajadores
Terminación del contrato laboral
• Informar a los trabajadores sobre las garantías y las obligaciones
que les asisten en el
Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Tener a disposición del trabajador copia de la declaración de
autoliquidación de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral en
que conste el respectivo pago, o el comprobante de pago respectivo
en caso que este último se haya efectuado en forma separada a la
declaración respectiva
• Responder por la totalidad del aporte aun en el evento de que no
hubiere efectuado el descuento al trabajador.
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De las actividades propuestas en los fascículos

  • 1. De las actividades propuestas en los fascículos: 1.- Desarrolla lo correspondiente a los aspectos legales para constituir una empresa y relaciónalos con tu empresa. R/El legalizarse no es un gasto es una fortaleza que da credibilidad y solidez para Abrir mercados, tener acceso a crédito, protección ante la competencia, Antigüedad certificada, y lo más importante confianza ante nuestros proveedores Y clientes. Las empresas al igual que las personas nacen, crecen, algunas se desarrollan Más que otras y como regla general toda mueren. Considerando esta similitud, A continuación enunciamos los pasos para constituir una empresa legalmente. 1. Reunir los socios para constituir la empresa (personas jurídicas). 2. Verificar en la Cámara de Comercio que no exista nombre o razón social igual o similar al establecimiento de comercio que se quiere registrar. 3. Elaborar la minuta de constitución y presentarla en la notaría (únicamente las sociedades comerciales). 4. Obtener la escritura pública autenticada en la notaría (persona jurídica). 5. Tramitar el NIT ante la DIAN vigente a partir del 1 de febrero de 2005. 6. Matricular la sociedad o persona natural en el registro mercantil de la cámara de comercio. 7. Obtener el certificado de existencia y representación legal (sociedades Comerciales) o matrícula mercantil (personas naturales). 8. Registrar los libros de contabilidad en la cámara de comercio. 9. Afiliar a los empleados ante una entidad promotora de salud, a un fondo de Pensiones y a una administradora de riesgos profesionales. 10. Inscribir la empresa en una caja de compensación familiar, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar I.C.B.F. y al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA-. 11. Obtener el Registro de Industria y Comercio en la Tesorería Municipal. 12. Cancelar los derechos de autor, Sayco y Acinpro si utiliza música con fines
  • 2. Comerciales. 5 13. Solicitar la matricula sanitaria en la Secretaría de Salud. 14. Solicitar la visita del cuerpo de bomberos. 15. Otros permisos Reunir los Socios para Constituir la Empresa (Personas Jurídicas). Una pareja de esposos antes de casarse, vive y Comparte situaciones, que de una u otra manera los Llevan a tomar la decisión de compartir su vida a través del matrimonio; de la misma forma ocurre en la empresa: los futuros socios o accionistas, han visto una afinidad comercial y explorado un nicho de mercado, conocimiento que les permite llegar a ser competitivos y que los impulsa a crear su propia empresa. 2. Verificar en la Cámara de Comercio de su Jurisdicción que no Exista Nombre o Razón Social Igual o Similar al Establecimiento de Comercio que se Quiere Registrar (Personas Naturales y Sociedades Comerciales). Cuando una persona nace, lo primero que hacen sus padres es colocarle un nombre, que si bien parecido a otro (s), será difícil encontrar un tocayo con nombre y apellidos idénticos; seguido de esto se registra ante la notaria o la registraduría dando inicio a la vida civil. En una empresa los socios tienen que dirigirse ante la Cámara de Comercio de su localidad para averiguar si el nombre de la empresa que ellos quieren constituir existe o no, conservando así el principio de homonimia, “un solo establecimiento con un sólo nombre”. 3. Elaborar la Minuta de Constitución y Presentarla en la Notaría; (únicamente las sociedades comerciales) con los siguientes datos básicos: Nombre o razón social, objeto social, clase de sociedad y socios con documento de identidad, tiempo de duración de la sociedad, domicilio, capital social, representante legal y facultades, fechas y forma deconvocar a asambleas, distribución de utilidades y causales de disolución y liquidación y forma de hacerla, establecer la forma de dirimir los conflictos entre sus Minuta6asociados; y los demás que sean compatibles con el tipo de sociedad que se estéconstituyendo. Al casarse una pareja, el sacerdote y/o el juez o notario les indican los compromisos (deberes y obligaciones) que contraen frente a su compañero; igual que en la empresa, donde de acuerdo al tipo de organización se establecen los parámetros que la regirán a través de la escritura pública (en el caso de las Sociedades Comerciales) 1 . 4. Obtener la Escritura Pública Autenticada en la Notaría (Persona Jurídica).
  • 3. 5. Tramitar el NIT ante la DIAN. La persona que requiera matricularse o inscribirse, antes de presentarse en la Cámara de Comercio, deberá ingresar a la página web de la DIAN y tramitar la solicitud del RUT (Registro Único Tributario). Al ingresar en la página web de la DIAN, se debe seleccionar el link Nuevo RUT. Seleccionar el servicio: o nuevos comerciantes que aun no cuentan con el NIT (número de identificación tributaria) y que requieren el registro mercantil. Diligenciar el formulario del Registro Único Tributario. La inscripción en el RUT es indispensable para cumplir con las obligaciones tributarias administradas por la DIAN y relacionadas con los contribuyentes responsables sobre del impuesto sobre la Renta e IVA, agentes retenedores y para que los usuarios aduaneros puedan realizar sus operaciones de comercio exterior (importaciones y exportaciones). Es indispensable sacar copia del registro para presentarlo ante Cámara de Comercio. 6. Matricular la Sociedad o Persona Natural en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio. Pasos y/o Requisitos para la matricula: A. Para Sociedades Comerciales presentar la segunda copia de la escritura pública de constitución de la sociedad. Y para Persona Natural presentación personal con cédula de ciudadanía con copia de RUT. 1 Son todas las empresas constituidas mediante escritura publica (Sociedad Anónima, Sociedad Limitada, Colectiva, Comanditas simple y por acciones, Sociedad Extranjera, y Empresa Unipersonal). 7 B. Diligenciar formulario de registro mercantil y en caso de existir establecimiento de comercio 2 , diligenciar matrícula de establecimiento (personas naturales o jurídicas). Ver Anexo C. Adicionalmente al certificado de la matrícula, se debe diligenciar el formulario RUT (Registro Único Tributario) con el fin de obtener el NIT o número de Identificación tributaria asignado por la Cámara de Comercio en convenio de
  • 4. DIAN. Para el anterior paso tenga en cuenta que la DIAN maneja dos tipos de Contribuyentes, los que pertenecen al Régimen Común 3 (en el que se encuentran todas las sociedades comerciales, sociedades de hecho, y las personas naturales que no cumplan los requisitos del régimen simplificado). El otro sistema es el Régimen Simplificado constituido por las personas naturales, comerciantes y artesanos, que sean minoristas o detallistas; los agricultores y los ganaderos que realicen operaciones gravadas, así como quienes presten servicios gravados, siempre y cuando cumplan la totalidad de las siguientes condiciones: En el año anterior hubieren poseído un patrimonio bruto inferior a ochenta millones de pesos ($80.000.000 y $84.880.000 valores años base 2004 y 2005) e ingresos brutos totales provenientes de la actividad inferiores a sesenta millones de pesos ($60.000.000 y 63.660.000 valores años base 2004 y 2005). Tengan máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejercen su actividad. Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles. Que no sean usuarios aduaneros. Que no hayan celebrado en el año inmediatamente anterior ni en el año en curso, contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por valor individual y superior a sesenta millones de pesos ($60.000.000 y $63.660.000 valores años base 2004 y 2005). 2 Establecimiento de Comercio: Art. 515 C. Co.”Conjunto de bienes organizados por el empresario para realizar los fines de la empresa. Una misma persona podrá tener varios establecimientos...” 3 Los contribuyentes del régimen común emiten factura comercial o factura de venta, para lo cual deben solicitar previamente la autorización de facturación ante la DIAN, antes de facturar se debe verificar si el bien o servicio que se vende es exento, excluido o de lo contrario establecer cual es el porcentaje de la tarifa de IVA que se cobra. TODOS los comerciantes del régimen común están obligados a presentar bimensualmente la declaración de IVA y la declaración de renta anualmente (vendan o no vendan); de incumplir estas obligaciones se hará acreedor de una sanción de $180.000 por declaración. 8 Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior o durante el respectivo
  • 5. año no supere la suma de ochenta millones de pesos ($80.000.000 y $84.880.000 valores años base 2004 y 2005). Para la celebración de contratos de venta de bienes o de prestación de servicios. Gravados por cuantía individual y superior a sesenta y tres millones seiscientos sesenta mil pesos $63.660.000 durante el año 2005, el responsable del régimen simplificado deberá inscribirse previamente en el régimen común. Para los agricultores y ganaderos, el límite de patrimonio bruto equivale a cien millones de pesos ($100.000.000) (valores años base 2003 y 2004). 7. Obtener el Certificado de Existencia y Representación Legal (Sociedades Comerciales) o Matrícula Mercantil (Personas Naturales). Para un menor de edad el registro civil de nacimiento se convierte en un documento obligatorio de identificación; es así que lo necesitamos a la hora de nuestro bautizo, para inscribirnos a un plan obligatorio de salud, a la caja de compensación, cuando iniciemos estudios, etc. De la misma forma la empresa necesita el certificado de existencia y representación legal, para demostrar aspectos como: antigüedad y fecha de expiración, domicilio, socios, capital, representante legal, facultades de éste para comprometer o no a la empresa y su objeto social entre otros, en general este se constituye como un resumen del contenido de la escritura pública. Este certificado es documento indispensable ante la DIAN, en la Administración de Impuestos Municipales, el I.C.B.F., el SENA, la Caja de Compensación Familiar; para conseguir préstamos bancarios o créditos con proveedores. Es una obligación de todos los comerciantes renovar anualmente, antes del 31 de marzo de cada año, su matrícula mercantil y de establecimientos de comercio. 8. Registrar los Libros de Contabilidad en la Cámara de Comercio. Los libros más usuales son: Diario, mayor y balances, inventarios, de actas, registro de socios, de asambleas y de juntas. Certificado de Existencia y Representación Legal 9 9. Afiliar a los Empleados ante una Entidad Promotora de Salud, a un Fondo de Pensiones y a una Administradora de Riesgos Profesionales. Es un derecho del empleado seleccionar la EPS de su agrado al igual que escoger el Fondo de Pensiones que crea le genere mayor rentabilidad o sea de su agrado, y en cuanto a la Administradora de Riesgos Profesionales
  • 6. el empleador la selecciona por el respaldo o garantía que esta le brinde con respecto a conformación de los comités de salud ocupacional o de paridad. 10. Inscribir la Empresa en una Caja de Compensación Familiar, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -I.C.B.F. y al Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-. Estas tres empresas conforman las denominadas cargas parafiscales, las cuales son un aporte del empleador sobre el valor cancelado de la nómina, sin incluir el subsidio de transporte. Se cancela el 9% el cual es distribuido de la siguiente manera: SENA 2%, ICBF 3%, y Caja de Compensación 4%. El pago de los aportes parafiscales es requisito para la deducción de salarios en la declaración de renta. Nota: A partir de la promulgación de la ley 590 (Ley MIPYME) de julio 10 de 2000 a través del artículo 43, se estimula a las pequeñas y medianas empresas con una reducción del 75% para el primer año, del 50% para el segundo año y del 25% para el tercer año. 11. Obtener el Registro de Industria y Comercio en la Tesorería Municipal. Para lo cual requiere tramitar el permiso de utilización de suelos ante la secretaria de Planeación municipal de la respectiva Alcaldía, quienes basados en el Plan de Ordenamiento Territorial, establecen la intensidad auditiva, horarios, ubicación y destinación de los lugares por actividad económica, donde deben funcionar cada uno de los establecimientos, por ejemplo una discoteca no se puede ubicar en una zona residencial, por lo que este tipo de establecimientos deben ser ubicados en una zona comercial. Después de radicado el formulario de inscripción en la oficina de impuestos municipales, para el caso de Villavicencio los comerciantes deben presentar dos declaraciones, la primera los primeros días de marzo y la segunda en septiembre, (vendan o no vendan), de no hacerlo o no presentarlas en las fechas previstas por la administración municipal, el comerciante será sancionado, y pagará intereses de mora. Las personas naturales que no pertenezcan al régimen común deberán pagar el 15% de un (1) Salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) y las personas naturales del régimen común al igual que las sociedades cancelarán 50% del SMMLV. 10 12. Cancelar los Derechos de Autor, Sayco y Acinpro si Utiliza Música con Fines Comerciales. Este derecho lo tienen que cancelar todos los establecimientos cuya actividad comercial necesitan de la música, para disfrute de sus clientes como por ejemplo: teatros, discotecas, billares, restaurantes, centros turísticos y, en fin, donde quiera que se interpreten o se ejecuten obras musicales, o sean transmitidos por radio y televisión,
  • 7. sea con la participación de los artistas, sea por procesos mecánicos, electrónicos, sonoros o audiovisuales. El valor a cancelar va de acuerdo a la clase y capacidad del negocio. Para los establecimientos que tienen sede en el departamento del Meta, estos deben matricularse en la oficina de Sayco ubicada en Villavicencio en la calle 38 No. 31-58 oficina 702. Mayor información: www.saycoacinpro.org.co 13. Solicitar la Matricula Sanitaria en la Secretaría de Salud. Esta matrícula sanitaria o permiso sanitario, la deben tener todos los establecimientos que manipulen o preparen alimentos de consumo humano o animal, y la deben tramitar ante la respectiva secretaria de salud de la alcaldía. 14. Solicitar la Visita del Cuerpo de Bomberos. Antes del Decreto 2150 del 95 (Suspensión de trámites), existía la licencia de funcionamiento, en la cual era obligatorio obtener el permiso de bomberos. A partir de enero de 1996, algunas empresas lo solicitan a petición de lascompañías de seguros, otras lo hacen por seguridad, previniendo futuros desastres; los bomberos recomiendan: Clases de extintores, número requerido, sistemas eléctricos, manejo de combustibles; entre otras normas de seguridad. 14. Otros Permisos Los empresarios que pretenden ofrecer sus productos en mercados más exigentes, exhibirlos en ferias nacionales (CORFERIAS) e internacionales o exportarlos deben cumplir con otros requisitos adicionales a los ya enunciados. Dentro de los que se encuentran: 11 A. Registro ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA-. Según el artículo 41 del Decreto 3075 de 1997 “todo alimento que se expenda directamente al consumidor como: alimentos, medicamentos, productos de aseo o cosméticos, bajo marca de fabrica y con nombres determinados, deberá obtener el Registro Sanitario expedido ante el INVIMA” . www.invima.gov.co B. Código de Barras: Con la obtención de este requisito el empresario facilita la identificación del producto en el mercado nacional e internacional. Algunos compradores de grandes volúmenes como por ejemplo los hipermercados exigen a sus proveedores el código de barras, argumentando que este proporciona un lenguaje común de comunicación utilizado a lo largo de la cadena de abastecimiento para todos los productos en cualquier lugar del mundo. El código de barras debe ser asignado por una entidad respectiva, como es el caso de IAC Colombia. www.eancol.org C. Marcas y Patentes: Registrar una marca o patente es un procedimiento que realizan los empresarios ante la Superintendencia de Industria y Comercio para obtener exclusividad ya sea en el uso
  • 8. de su nombre comercial o de respaldar su titulo como inventor de un producto innovador. www.sic.gov.co D. Licencias Ambientales. Son autorizaciones otorgadas por la autoridad ambiental pertinente y debe ser expedida o solicitada por aquellos empresarios que ejercen actividades que producen grave deterioro a los recursos naturales renovables al medio ambiente o introducir modificaciones considerables al paisaje. Para el caso del departamento del Meta la entidad encargada es CORMACARENA.12 • Cualquier novedad como el cambio de propietario, cambio de razón social, cambio de dirección, cierre de establecimiento o cese de la actividad, debe informarse a todas las entidades, dentro de los treinta (30) días siguientes a su ocurrencia. • Ya para terminar, cuando una persona fallece se debe obtener ante una notaria o la registraduría, el acta de defunción, la cual certifica la, Terminación de la vida civil de la persona; esta acta se debe presentar para iniciar una sucesión, para dar por terminadas las obligaciones en los bancos, a las aseguradoras para dar inicio al cumplimiento de las pólizas, etc. • Así cuando la empresa se liquida o se disuelva, se deberá notificar a todas las entidades con las cuales ha tenido nexos, en un plazo no superior a treinta días, esto con el fin de que cesen los pagos contraídos, de lo contrario se expondrá a sanciones y en casos extremos a embargos. 2.- Establece claramente lo que respecta a los tributos que debe realizar tu empresa al estado Colombiano. R/Expo andamios como empresa perteneciente a régimen simplificado paga los siguientes tributos: Dentro de las obligaciones del régimen simplificado se encuentran: Inscribirse, dentro de los dos meses siguientes al inicio de actividades, al Registro de Información Tributaria RIT. Actualizar el Registro de Información Tributaria (RIT) con las novedades, cese de actividades, etc. dentro de los dos meses siguientes al hecho. Declarar y pagar el Impuestos de ICA, anualmente. Llevar libro fiscal de registro de operaciones. Informar el NIT en correspondencia y documentos. Conservar información y pruebas, por lo menos cinco años. Los contribuyentes que pertenezcan al régimen simplificado que obtengan durante el año gravable ingresos netos inferiores a 80
  • 9. salarios mínimos mensuales vigentes no tienen que presentar la declaración del impuesto de Industria y comercio. 3.- Realiza ejercicios básicos sobre la forma de llevar aspectos contables en tu empresa - reales o tan solo como ejercicio comprensivo de la temática-, tales como, soportes contables Comprobante de egreso, recibo de caja y factura, comprobantes de diario, Contrato de arrendamiento de un local comercial, Sistemas de inventarios y su valoración.
  • 10.
  • 11. Los soportes contables son los documentos que sirven de base para registrar las operaciones comerciales de una empresa, es por ello que se debe tener un especial cuidado en el momento de elaborarlos Todas las operaciones económicas que realizan las empresas deben ser registradas en los libros de contabilidad, pero a su vez para que cada uno de estos registros sean justificables deben soportarse con los documentos pertinentes para cada una de ellas, es por ello que a continuación se presentan los principales papeles comerciales y títulos valores que pueden ser utilizados en el ciclo contable, su definición y sus principales características. GENERALIDADES Todos los soportes contables deben contener la siguiente información general: Nombre o razón social de la empresa que lo emite. Nombre, número y fecha del comprobante. Descripción del contenido del documento. Firmas de los responsables de elaborar, revisar, aprobar y contabilizar los comprobantes. Los principales soportes de contabilidad son:
  • 12. 1. Recibo de caja El recibo de caja es un soporte de contabilidad en el cual constan los ingresos en efectivo recaudados por la empresa. El original se entrega al cliente y las copias se archivan una para el archivo consecutivo y otra para anexar al comprobante diario de contabilidad. El recibo de caja se contabiliza con un débito a la cuenta de caja y el crédito de acuerdo con su contenido o concepto del pago recibido. Generalmente es un soporte de los abonos parciales o totales de los clientes de una empresa por conceptos diferentes de ventas al contado ya que para ellas el soporte es la factura. 2. Recibo de consignación bancaria Este es un comprobante que elaboran los bancos y suministran a sus clientes para que lo diligencien al consignar. El original queda en el banco y una copia con el sello del cajero o el timbre de la máquina registradora, sirve para la contabilidad de la empresa que consigna Hay dos tipos de consignaciones, una para consignar efectivo y cheques de bancos locales y otro para consignar remesas o cheques de otras plazas. Necesidades varias Los soportes de contabilidad se elaboran en original y tantas copias como las necesidades de la empresa lo exija. . Comprobante de depósito y retiro de cuentas de ahorros Las corporaciones de ahorro y crédito han diseñado unos formatos que suministran a sus clientes, en libretas, para que sean diligenciados al depositar, o retirar dinero de su cuenta de ahorros. Este soporte tiene dos opciones para elegir solo una; depósitos en efectivo o cheques de bancos locales y retiro en efectivo o en cheque, de acuerdo con la cuantía y exigencia del cliente. 4. Factura de compra-venta La factura comercial es un soporte contable que contiene además de los datos generales de los soportes de contabilidad, la descripción de
  • 13. los artículos comprados o vendidos, los fletes e impuestos que se causen y las condiciones de pago. Desde el punto de vista del vendedor, se denomina factura de venta y del comprador, factura de compra. Generalmente, el original se entrega al cliente y se elaboran dos copias, una para el archivo consecutivo y otra para anexar al comprobante diario de la contabilidad. La factura se debe expedir con los siguientes requisitos: Estar denominada expresamente como factura de venta. (Pre impreso). Numeración en orden consecutivo. (Pre impreso). Apellidos y nombre o razón social y NIT del vendedor o de quien preste el servicio. (Pre impreso). Apellidos y nombre o razón social del adquiriente los bienes o servicios. Fecha de expedición. Descripción específica o genérica de los artículos vendidos o servicios prestados. El nombre o razón social y NIT del impresor de la factura. (Pre impreso). Indicar la calidad de retenedor del impuesto sobre las ventas. 5. Cheque Es un titulo valor por medio del cual una persona llamada "girador", ordena a un banco llamado "girado" que pague una determinada suma de dinero a la orden de un tercero llamado "beneficiario". 6. Comprobante de pago Llamado también orden de pago o comprobante de egreso, es un soporte de contabilidad que respalda el pago de una determinada cantidad de dinero por medio de un cheque. Generalmente, en la empresa se elabora por duplicado, el original para anexar al comprobante diario de contabilidad y la copia para el archivo consecutivo. Para mayor control en el comprobante de pago queda copia del cheque, ya que el titulo valor se entrega al beneficiario. Los soportes contables deben asentarse en forma ordenada y resumida,
  • 14. expresando claramente las transacciones que diariamente se realizan en una empresa 7. Letra de cambio Este documento negociable o título valor es una orden incondicional de pago que da una persona llamada "girador" a otra llamada "girado", para que pague a la orden o al portador, cierta suma de dinero, a la vista o en una fecha determinada. En el comercio se utiliza la letra de cambio como garantía de pago en compras y ventas a crédito. El vendedor hace firmar letras de cambio a sus clientes y se denominan letras por cobrar; el comprador acepta las letras a sus proveedores y se llaman letras por pagar. 8. Pagaré Es un título valor mediante el cual una persona se obliga a pagar cierta cantidad de dinero en una fecha determinada. Este documento se utiliza para respaldar los créditos bancarios. 9. Nota Débito Es un comprobante que utiliza la empresa para cargar en la cuenta de sus clientes, un mayor valor por concepto de omisión o error en la liquidación de facturas y los intereses causados por financiación o por mora en el pago de sus obligaciones. 10. Nota Crédito Cuando la empresa concede descuentos y rebajas que no estén liquidados en la factura o cuando los clientes hacen devoluciones totales o parciales de las mercancías, para su contabilización se utiliza un comprobante llamado nota crédito. Este comprobante se prepara en original y dos copias; el original para el cliente, una copia para el archivo consecutivo y otra para anexar al comprobante diario de contabilidad. 11. Recibo de caja menor
  • 15. El recibo de caja menor es un soporte de los gastos pagados en efectivo, por cuantías mínimas que no requieren el giro de un cheque, para ello se establece un fondo denominado caja menor. 12. Nota de contabilidad Es el documento que se prepara con el fin de registrar las operaciones que no tienen un soporte contable como es el caso de los asientos de corrección, ajustes y cierre. 13. Comprobante diario de contabilidad Es un documento que debe elaborarse previamente al registro de cualquier operación y en el cual se indica el número, fecha, origen, descripción y cuantía de la operación, así como las cuentas afectadas con el asiento. A cada comprobante se le anexan los documentos y soportes que lo justifiquen. Procedimiento contable Clasificación, análisis y codificación de los soportes Elaboración de asientos en borrador Preparación del comprobante diario de contabilidad. 4.- Ejemplifica facturas y comprobantes de compra y venta de inventarios, registros de las transacciones en los libros oficiales de tu empresa. Resume las transacciones de un periodo determinado en un Estado financiero básico. 5.- Reconoce y realiza un esquema sobre las funciones de la OIT Organización Internacional del Trabajo, explica sus relaciones con las labores de los empleados en tu empresa. Determina cuáles son los aspectos importantes al momento de seleccionar y contratar personal para laborar en tu empresa. Identifica los diferentes tipos o modelos de contrato laboral y que retribuciones se deben tener en cuenta como salario - Qué es salario, cada cuanto se debe pagar, de qué manera- entre otros aspectos de retribución al empleado de tu empresa. R/Las funciones de la OIT: 1. Promover y cumplir las normas laborales, así como los principios y derechos fundamentales en el trabajo.
  • 16. 2. Crear mayores oportunidades para que mujeres y hombres puedan tener empleos e ingresos dignos. 3. Mejorar la cobertura y la eficacia de una seguridad social para todos. 4. Fortalecer el tripartismo y el diálogo social. Esto se resume en la noción de trabajo decente, como “sinónimo de trabajo productivo, en el cual se protegen los derechos, lo que engendra ingresos adecuados con una protección social apropiada. Significa también un trabajo suficiente, en el sentido de que todos deberían tener pleno acceso a las oportunidades de obtención de ingresos. Marca una pauta para el desarrollo económico y social con arreglo donde pueden cuajar la realidad del empleo, los ingresos y la protección social sin menoscabo de las normas sociales y los derechos de los trabajadores” En la persecución de estos fines y objetivos se ha designado una función específica a cada uno de los órganos que componen la OIT para el control y verificación del cumplimiento de las obligaciones adquiridas por los Estados Miembros. La Conferencia Internacional del Trabajo adopta dos tipos de normas. Por un lado, los convenios internacionales que pueden ser ratificados por los Estados Miembros de la organización y que establecen las obligaciones de éstos frente a los trabajadores y las trabajadoras. Dichos convenios tienen un carácter vinculante cuando son ratificados por los Estados y, en virtud de ello, la población trabajadora se encuentra facultada para reclamar su cumplimiento. Por otro lado, las recomendaciones buscan asegurar que se adopten las medidas que garanticen la aplicación y efectividad de los derechos reconocidos en dichos convenios. La Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones se encarga de supervisar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por los Estados Miembros. Es el organismo asesor de la Conferencia Internacional del Trabajo y se encuentra integrado por juristas especialistas en Derecho Internacional del Trabajo, cuya función es examinar las memorias que todos los países deben presentar cada año, detallando el estado en que se encuentra la aplicación de los convenios internacionales en cada país. Asimismo, cada año elabora un examen temático que se traduce en los estudios generales. Finalmente, el Comité de Libertad Sindical recibe las quejas que presentan las organizaciones de trabajadores y trabajadoras o de empresarios y empresarias sobre el incumplimiento de las obligaciones que provienen de la libertad sindical, con independencia de que hayan sido ratificados los convenios sobre la materia. ¿Cuáles son los criterios que deben tenerse en cuenta al momento de seleccionar personal que se identifique con los valores y principios empresariales?
  • 17. La estabilidad emocional de una persona es un criterio fundamental en todo proceso de selección, este aspecto favorece su adaptación a las diferentes circunstancias y su interrelación con las demás personas. Debe hacerse el esfuerzo de elegir uno o dos valores como principales, lo que ayuda a que el proceso sea más efectivo y real, por ejemplo, queremos que las personas sean organizadas y serviciales. Hay valores que lógicamente se espera que tengan las personas, como la honestidad o la responsabilidad, por lo tanto, no es necesario definirlos como valores estratégicos o puntuales. Es importante resaltar que la selección por sí misma, no garantiza el éxito rotundo de la persona en el cargo. Debe tenerse presente el proceso de inducción, los recursos que se le ofrecen al empleado, el ambiente de trabajo y otros aspectos que se construyen día a día en una empresa. También puede pasar que la persona por alguna razón personal o circunstancial, no se siente cómoda en el cargo para el que fue elegida y entonces el proceso no sería efectivo. Se debe tener claridad de lo que se necesita en términos de: Conocimientos, habilidades, experiencia, personalidad y valores. Los conocimientos le dan una destreza y una técnica de cómo hacer las cosas, en este sentido, si necesito una persona que maneje la página web de la empresa, es obvio que debe conocer de programas y plataformas informáticas, y sobre cómo funciona Internet. Hay habilidades que exige cada cargo, sin las cuales es evidente, la persona no se desempeñará adecuadamente o le costará un esfuerzo adicional, por ejemplo, un secretaria debe ser hábil para comunicarse. En lo relacionado a la experiencia, algunos cargos requieren que la persona ya haya trabajado en lo mismo o algo similar, entonces debe definirse ese nivel de experiencia mínimo que se necesita. Si una empresa está buscando un Director de Ventas, puede definir que esa persona ya tiene experiencia de X número de años como director, o al menos como vendedor. Puede darse el caso de que la empresa esté dispuesta a enseñarle, es decir, a permitirle a la persona que adquiera la experiencia paulatinamente, esto es válido. La personalidad hace referencia a ese conjunto de rasgos que identifican a una persona y determinan en gran medida su modo de pensar, sentir, reaccionar y comportarse. Entre estos están si es introvertida, extrovertida, racional, sentimental, objetiva, subjetiva, entre otros aspectos. Cada cargo exige unos más que otros. Además de lo anterior, deben tenerse en cuenta los valores que se
  • 18. quieren priorizar, y también se diseña la manera en la que se realizará el proceso, teniendo presente: a. Convocatoria, donde se determina cómo se conseguirán los candidatos: por medio de un aviso en el periódico, páginas de internet que funcionan como bases de datos, entre otros medios. b. Pruebas psicotécnicas en donde se evalúan habilidades, conocimientos y rasgos de personalidad. Algunas evalúan las habilidades espaciales, otras numéricas, o para comunicarse. Las pruebas aportan información al proceso de selección, pero no lo remplazan. c. Entrevistas d. Decisión. Los contratos laborales pueden clasificarse según su forma y su término de duración. A.- SEGÚN SU FORMA: 1. Contrato Verbal de trabajo: Como su nombre lo indica es aquel que se celebra de palabra y hace referencia a un acuerdo verbal entre un empleador o patrono y un trabajador sobre una determinada labor a desarrollar, sobre el lugar de prestación del servicio y sobre su respectiva remuneración. Qué debe tratar o incluir éste?: · La clase de labor que habrá de desarrollarse y sus circunstancias. · El lugar de trabajo, el cual no es sólo el domicilio del empleador, sino el lugar físico donde deberá ubicarse el trabajador para el desempeño de sus funciones. · La cuantía y forma de remuneración. · Los periodos de pago con los plazos que habrán de mediar entre cada pago salarial. · La duración del contrato, que por ser verbal se entenderá siempre como a término indefinido. No se pueden pactar plazos ni periodo de prueba dentro de este tipo de contratos. Pero puede ocurrir que el empleador y el trabajador convengan la labor a desarrollar y el lugar y duración del contrato, y no especifiquen nada con relación al salario o remuneración. En este caso concreto, el problema se soluciona de la siguiente manera:
  • 19. · Si se trata de un trabajador cuyas actividades no requieren especialización o técnica alguna, la remuneración para una jornada laboral de ocho horas será el salario mínimo legal vigente fijado por el Gobierno Nacional. · Cuando se trata de un trabajador técnico, profesional o especializado, la remuneración es fijada por un perito nombrado por el juez laboral, quien dictaminará acerca de la labor ejecutada por el trabajador y la remuneración que corresponde para cada caso. 2. Contrato escrito de trabajo: Es el acuerdo entre trabajador y empleador que se plasma en un documento escrito. Así se facilita de esta manera la prueba del contrato, aunque no sobra advertir que para probar dentro de un proceso la existencia de un contrato laboral se admiten los demás medios probatorios consagrados en nuestro código procesal civil, tales como los testimonio, la inspección judicial, reconocimiento de documentos etc. Pero si existen contratos que deben constar por escrito para su validez: · El contrato a término fijo · El contrato de aprendizaje · El contrato de trabajo que se celebre con extranjeros no residentes en el país. O los enganches colectivos de trabajadores para laborar en el exterior · El periodo de prueba siempre debe constar por escrito Requisitos del Contrato Escrito de Trabajo: Todo contrato de trabajo debe reunir unos elementos mínimos y en el caso del contrato escrito, estos elementos son los que se encuentran en el artículo 39 del Código Sustantivo del Trabajo. Veamos: Artículo 39. Contrato escrito. El contrato de trabajo escrito se extiende en tantos ejemplares cuantos sean los interesados, destinándose uno para cada uno de ellos, está exento de impuestos de papel sellado y de timbre nacional y debe contener necesariamente, fuera de las cláusulas que las partes acuerden libremente, las siguientes: la identificación y domicilio de las partes; el lugar y la fecha de su celebración; el lugar en donde se haya contratado el trabajador y en donde haya de prestar el servicio; la naturaleza del trabajo, la cuantía de la remuneración, su forma y períodos de pago, la
  • 20. estimación de su valor, en caso de que haya suministros de habitación y de alimentación como parte del salario; y la duración del contrato, su desahucio y terminación. B.- POR SU DURACIÓN: 1.-Contrato a término fijo: Es aquel que tiene un límite en el tiempo. Las partes determinan exactamente la fecha en que ha de terminarse el contrato. Anteriormente, no podían ser inferiores a un año, salvo ciertas circunstancias de las empresas como remplazos temporales de trabajadores por licencias, vacaciones etc. A partir de 1991, en aras del principio de la flexibilidad laboral se permite suscribir contratos a término fijo inferiores a un año, por cualquier periodo. La ley 50 de 1990 desaparece el tope mínimo de un año, pero mantiene el tope máximo de tres años, lo cual indica que los contratos a término fijo pueden ser desde un día hasta tres años. Requisitos: · Que conste por escrito · El término de duración no puede ser superior a tres (3) años, pero puede ser prorrogable en forma indefinida · Para su terminación debe existir un preaviso de por lo menos treinta (30) días. 2.- Contrato a término fijo inferior a un año: en este contrato, el trabajador vinculado de esta manera tiene derecho a todas las prestaciones sociales y a vacaciones en forma proporcional, sea cual sea el tiempo laborado. Sin embargo, este tipo de contratos únicamente pueden prorrogarse hasta por tres (3) veces, por periodos iguales o inferiores, al cabo de los cuales el término de renovación no podrá ser inferior a un (1) año y así sucesivamente. Requisitos: · Que conste por escrito · Que el periodo de prueba sea equivalente a la quinta (1/5) parte del término inicialmente pactado
  • 21. · Para su terminación. Por vencimiento del término pactado, o de la prórroga, se dé aviso por escrito con una anticipación no inferior a treinta (30) días, con excepción de aquellos cuya duración es de un mes o menos. Prórroga en contratos a término fijo: El Contrato a término fijo es prorrogable o renovable indefinidamente, pero sin perder en ningún caso su naturaleza de limitación en el tiempo. Las prórrogas pueden ser automáticas o expresas. Se pueden presentar dos eventos: 1. Los contratos a término fijo superiores a un año se prorrogan por un periodo igual al inicialmente pactado 2. En los contratos a término fijo inferiores a un año se autoriza su prórroga automática hasta por tres (3) periodos iguales al inicialmente pactado. A partir de la tercera vez, la prórroga no podrá ser inferior a un año. Requisitos para dar por terminado el contrato a término fijo: Para impedir que el contrato a término fijo sea prorrogado automáticamente, es necesario que el empleador presente preaviso, es decir la expresa manifestación sobre la decisión de no prorrogar el contrato de trabajo, o de darlo por terminado, con una antelación igual o superior a 30 días. Deberá presentarse por escrito por exigencia expresa de la ley. OJO: Cuando la duración del contrato sea de aquellos iguales o inferiores a treinta días, no se requerirá preaviso para dar por terminado el contrato de trabajo, de conformidad con el artículo 1º Decreto Reglamentario 1127 de 1991. 3.- Contrato a término indefinido: este es el más común de todos los contratos laborales y se caracteriza porque no tiene limitación en el tiempo, no prevé ninguna fecha, condición o circunstancia que permita conocer desde su inicio el momento hasta el cual habrá de tener vigencia el mismo.
  • 22. Así las cosas, su duración se extiende hasta cuando las partes lo deseen o cuando se presenten circunstancias de hecho que conforme a la ley laboral se consideran causas de terminación del contrato laboral, por ejemplo las faltas graves que cometa el trabajador en el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de trabajo. Es la forma de contrato de trabajo más usada, especialmente por la posibilidad de formalizarse verbalmente. Para su terminación, el Código Sustantivo del Trabajo igualmente faculta al trabajador para dar por terminado este tipo de contrato sin que hoy para ello deba observar la figura del preaviso, ya suprimida mediante la modificación contenida en la Ley 789 de 2.002 y que se encuentra esta mas ampliamente explicada en nuestro artículo referente al preaviso, y publicado en anterior oportunidad en esta página. 4.- Contrato de obra: este tipo de contrato su duración se encuentra determinada por el tiempo necesario para la ejecución completa de una determinada obra o labor. Es usado frecuentemente en el sector de la construcción. Este contrato debe celebrarse por escrito, con el fin de dejar constancia expresa de cuál es el objeto que se persigue con dicha contratación. De la misma manera, es preciso señalar en forma clara la obra o labor que va a determinar la duración del contrato. Si se trata de una labor que se realizará por etapas, es necesario que así se señale estableciéndose en qué etapa se contrató al trabajador. Cuando el trabajador es despedido sin justa causa, el empleador debe indemnizar al trabajador, pagándole antes de la culminación de la obra o labor contratada los salarios correspondientes al tiempo que falte para la terminación completa de la obra o labor. En este tipo de contrato, la prórroga no existe por cuanto si la obra o labor termina por completo, es natural que no haya lugar a ella. 5.- Contrato Ocasional o Transitorio: este consiste en la ejecución de labores ajenas a las actividades normales de una empresa y cuya duración no puede exceder de treinta (30) días. En este tipo de contratación el trabajador solo tiene derecho al pago del valor acordado por sus servicios y a que se le suministren primeros auxilios en caso de ocurrir un accidente de trabajo. No tiene derecho a ninguna otra prestación.
  • 23. Requisitos: · Debe constar por escrito. · Debe relacionarse con actividades ajenas al objeto social de la empresa contratante · Su duración nunca podrá ser mayor a treinta (30) días. Si el trabajador una vez transcurrido el término de treinta (30) días no ha terminado la labor encomendada, se cancela el valor del contrato y se debe suscribir uno nuevo, que en todo caso no podrá exceder de dicho término. ¿Que es salario? Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones. Los salarios se deben pagar una vez se haya cumplido el periodo de trabajo pactado entre las partes. Al firmar el contrato de trabajo, las partes acuerdan el periodo de pago, que bien puede ser diario, semanal, quincenal o mensual. En todo caso, el periodo de pago no podrá ser superior al mes y en el caso de quienes laboran mediante la figura de jornales, el periodo de pago no podrá ser superior a una semana, así lo contempla el artículo 134 del código sustantivo del trabajo Colombiano. Quiere decir esto, que tan pronto como se termine el periodo pactado, el empleador debe pagar el salario a sus trabajadores. El salario debe pagarse en el periodo causado, pero tratándose del trabajo suplementario, es decir de las horas extras, y los recargos nocturnos, estos se pueden pagar en el periodo siguiente, lo que implica que el empleado sólo podrá exigir su pago en el siguiente periodo. Esta excepción no cobija los recargos dominicales y festivos, ni las comisiones, por lo que estas deberán pagarse junto con el salario en el mismo periodo en el que se hayan causado. Contempla también el artículo 134 del código sustantivo del trabajo, que el pago se debe hacer en moneda legal, por lo que se debe entender, que en los casos en que el pago se hace en cheque, hasta tanto el cheque no se haga efectivo, el pago no se considerará realizado.
  • 24. 06.- Señala cómo está conformado el Sistema de seguridad social integral; identifica los derechos y deberes que tiene el empleador y el trabajador frente a las entidades del Sistema de seguridad social en Colombia. R/El régimen integral de seguridad social esta conformado por: Sistema de pensiones. Sistema de seguridad en salud. Sistema de riesgos profesionales. Sistema de seguridad social complementaria. Desde el punto de vista institucional el sistema de seguridad social integral esta conformado por todas las instituciones que tienen a su cargo la dirección y vigilancia de cada uno de los sistemas por entidades públicas y privadas que intervienen en la gestión de seguridad social incluso hasta en su financiamiento. OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR • Inscribir en alguna EPS a todas las personas que tengan alguna vinculación laboral. • La afiliación colectiva no podrá coartar la libertad de elección del trabajador sobre la EPS a la cual prefiera afiliarse. • Pagar cumplidamente los aportes que le corresponden • Descontar de los ingresos laborales las cotizaciones. • Girar oportunamente los aportes y las cotizaciones a la Entidad Promotora de Salud Informar las novedades laborales de sus trabajadores a la EPS. Ejemplos: Nivel de ingresos y sus cambios Vinculaciones y retiros de trabajadores Terminación del contrato laboral • Informar a los trabajadores sobre las garantías y las obligaciones que les asisten en el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Tener a disposición del trabajador copia de la declaración de autoliquidación de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral en que conste el respectivo pago, o el comprobante de pago respectivo en caso que este último se haya efectuado en forma separada a la declaración respectiva • Responder por la totalidad del aporte aun en el evento de que no hubiere efectuado el descuento al trabajador.