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Superintendencia de Banca,
          Seguros y AFP
        Unidad de Inteligencia Financiera del Perú
                      Ley Nº 29038


“Sistema de prevención y monitoreo del lavado de
     activos y financiamiento del terrorismo”

Arequipa, Huancavelica, Huancayo, Huanuco, Piura, Trujillo



                                 12 de noviembre de 2008
Unidad de Inteligencia
 Financiera del Perú
     UIF - Perú
¿Qué son las UIFs?
Son Agencias centrales nacionales diseñadas con el
propósito de recibir, analizar y tratar reportes de
operaciones sospechosas (ROS) para
posteriormente transmitir esa información procesada
y otros datos recopilados relacionados con el posible
lavado de activos y financiamiento al terrorismo, a
las autoridades correspondientes, en el caso
peruano es al Ministerio Público: FISCALIA DE
CRIMINALIDAD ORGANIZADA
Iniciativas Globales Contra el Lavado de
           Activos y Financiamiento del Terrorismo

•   1988         ONU - Convención de Viena
•   1988         Acuerdo de Basilea
•   1990         GAFI – 40 Recomendaciones
•   1995         Grupo Egmont: 106 UIFs
•   2000         ONU – Convención de Palermo
•   2000         GAFISUD
•   2001         ONU – Resoluciones 1267, 1377, 1455,
                 1456, 1373
•   2001         GAFI – 8 Recomendaciones
•   2003         ONU - Convención contra la Corrupción
•   2004         GAFI – 9ª Recomendación
Unidad de Inteligencia Financiera
                         del Perú
                        (UIF Perú)
• Creada mediante Ley N° 27693 el 12 de abril de 2002.
                      N°
• Unidad especializada a la SBS incorporada por Ley N° 29038 del 12
                                                    N°
  de junio de 2007.
• La UIF – Perú es una UIF de carácter Administrativo.
• Superintendencia Adjunta, con autonomía funcional y técnica.
• Encargada de recibir, analizar y tratar los Reportes de Operaciones
  Sospechosas (ROS) enviados por los Oficiales de Cumplimiento de
  los Sujetos Obligados.
• Prepara y emite Informes de Inteligencia Financiera al
  Ministerio Público, en caso que las operaciones reportadas muestren
  indicios de estar presuntamente vinculadas a actividades de Lavado
  de Activos y Financiamiento del Terrorismo (LAFIT).
Unidad de Inteligencia Financiera
                  del Perú (2)
• La UIF – Perú no actúa de oficio.
• La UIF - Perú no puede actuar sobre denuncias.
• La SBS a través de la UIF-Perú es el
                        UIF-
  Coordinador Nacional del Sistema Anti lavado y
  Contra el financiamiento del Terrorismo ante
  GAFISUD.
• La información es administrada por la UIF – Perú
  con confidencialidad y reserva.
Marco Legal
Ley Nº 27693
                                                                      12/04/2002
Ley que crea la UIF-PERÚ modificatorias Nº 28009 y Nº 28306
                UIF-
Ley Nº 27765
                                                                      27/06/2002
Ley Penal contra el Lavado de Activos
Decreto Supremo Nº 018-2006-JUS
                      018-2006-
                                                                      25/07/2006
Reglamento de la Ley Nº 27693, Ley que creó la UIF-PERÚ
                                               UIF-
Ley Nº 29038
                                                                      12/06/2007
Ley que incorpora la UIF-PERÚ a la SBS
                     UIF-

Resolución SBS Nº 1782-2007
                    1782-
                                                                      05/12/2007
Reglamento de Infracciones y Sanciones aplicable a los sujetos
obligados que no cuentan con organismo supervisor.
Resolución SBS Nº 486-2008
                   486-
                                                                      08/03/2008
Norma para Prevención del LAFIT, de aplicación a SO que carecen de
organismos supervisores.
Resolución SBS Nº 838-2008: NUEVAS DISPOSICIONES
                   838-
AMPLIADAS
                                                                      28/03/2008
Norma para Prevención del LAFIT, aplicable a SO bajo supervisión de
SBS.
Organigrama
    Superintendente de Banca, Seguros y AFPs



                Superintendente Adjunto de
                  Inteligencia Financiera


                  Intendente General




Departamento         Departamento       Departamento
de Prevención         de Análisis       de Supervisión
Organización
Departamento de Análisis: Recibe, trata y analiza los Reportes de
Operaciones Sospechosas, y prepara los informes de inteligencia
financiera.

Departamento de Prevención: Encargado de difundir los principios,
políticas y normas para la prevención, capacitando a los sujetos
obligados, coadyuvando a la implementación por parte de estos, del
sistema para detectar y reportar operaciones sospechosas.

Departamento de Supervisión: Encargado de la supervisión de la
implementación y funcionamiento del sistema de prevención de
lavado, especialmente en los Sujetos Obligados que no cuenten con
Organismos Supervisores.
Sistema Nacional de Prevención de
     Lavado de Activos y Financiamiento del
                  Terrorismo
La UIF – Perú es la Coordinadora Nacional
del Sistema Antilavado y contra el
financiamiento del Terrorismo. El Sistema
está conformado por los siguientes actores:

  – Sujetos Obligados
  – Autoridades Supervisoras
  – Colaboradores Públicos
Sistema Nacional contra el Lavado de Activos
              y el Financiamiento del Terrorismo en el PERU


                                                        INVESTIGACION Y
              PREVENCION: ANALISIS
   Sujetos
                                                        SANCION-REPRESION
  Obligados
                            Trabajo de
                      ROS
                             Gabinete



                                          Informe de    Ministerio               Poder
                                         Inteligencia    Publico                Judicial
                                          Financiera
   Instituciones
Publicas Nacionales                                                              DIRANDRO
                                                                 •Trabajo de     DIRCOCOR
                                                                   campo,
                                                                                 DIRINCRI
                                                                  •Técnicas
                                                                                 DIRCOTE
                                                                 Especiales
  UIF’s                                                          de Investig.
                                                                                 DIRPOFIS
                                                          PNP
 Exterior
Sujetos Obligados
Son aquellas personas naturales y jurídicas obligadas al
   cumplimiento de la Ley y a informar a la UIF-Perú:
   LO MAS IMPORTANTE ES EL CONOCIMIENTO
             DEL CLIENTE O USUARIO
Los sujetos obligados pertenecen a 32 diversos sectores
         de la economía: más de 25,000 entes

 Están señalados en el artículo 8º de la Ley Nº 28306
Sujetos Obligados (1)
Sujetos Obligados (2)




Total: 32 sectores de la economía real
          más de 25,000 entes
Autoridades Supervisoras
Son aquellas encargadas de verificar y evaluar
el   cumplimiento     de     los   lineamientos,
disposiciones, procedimientos y prácticas
establecidas por el sistema para la prevención
y detección de operaciones sospechosas de
LAFIT, a fin de determinar si el sistema de
control establecido por los sujetos obligados
bajo su supervisión ha sido implementado y
viene funcionando satisfactoriamente: SBS,
                      satisfactoriamente:
CONASEV; MINCETUR; MTC;
CONASEV; MINCETUR; MTC; CONSEJO DEL
NOTARIADO; etc.
NOTARIADO; etc.
Colaboradores Públicos
Son aquellas instituciones públicas nacionales, regionales y locales que
cooperan con la UIF – Perú en la lucha contra el lavado de activos y
financiamiento del Terrorismo, incluye a los Órganos Supervisores así como
otros organismos del Estado, como por ejemplo:
   – Ministerio del Interior: PNP, DIGEMIN
   – Ministerio de Justicia: MINJUS, SUNARP, Consejo del Notariado
   – Ministerio Público
   – Poder Judicial
   – RENIEC
   – Contraloría General de la República
   – Ministerio de Economía y Finanzas: SUNAT, CONASEV,
     CONSUCODE
   – Ministerio de Relaciones Exteriores: MRE, APCI
   – Presidencia del Consejo de Ministros: DE VIDA, INDECOPI
   – Gobiernos Regionales
   – Municipalidades
Flujo de Información UIF
                                                                              DIFUSION
                  NOTIFICACION                            ANALISIS

                                               UIF-PERU
   SUJETOS
  OBLIGADOS                  INFORMACION              Base de Datos UIF
Instituciones
                              Reporte de
 Financieras
                               Operación
                                                             Bases de Datos      Ministerio
                              Sospechosa
  Empresas de                                                Sector Publico       Publico
                                 (ROS)
    Valores

                                                                 Otras UIF
 Compañías de
   Seguros                                                      (EGMONT &
                                                                   MOU)
                               Registro de
                               Transacción
   Juegos de
                                                             Otra Data
     Azar

    Notarios
                                                             Análisis
   Públicos y
                                                           económico-
     otros
                                                            financiero
                                Declaraciones de
 Empresas de Movimiento
                                                       Informe de
                               Ingreso / Salida de
 de Dinero Transfronterizo
                                                      Inteligencia
                                    Divisas
RESULTADOS
OPERATIVOS
  UIF-
  UIF-PERU
Reportes de Operaciones Sospechosas
                                      recibidos
                                  a Setiembre 2008

     1800
                                                                                      1554
     1600
                                      Luego de la incorporación
                                               a la SBS
     1400
                                         12/09/07 al 31/12/07                                 1713
     1200
                                                                                      947
     1000
ROS
      800


                                                                             1179
      600
                                    Antes de la                      796
                               incorporación a la SBS
      400                                                                             607
                                  Set/03 al Ago/07
                                                   42
      200                                  61
                                  37                         209
                 23       16
                                                 67
         0
                                                                                             2008 SET
             1999     2000     2001     2002    2003    2004        2005     2006    2007
                                                    Año
Antes de la operatividad de la UIF- Perú (set. 2003) : 204           A la fecha se han transmitido al Ministerio
                                                                   Público informes que incluyen 388 ROS.
Después de la operatividad de la UIF – Perú : 2833
                                                                     A la fecha se han recibido un total de 5,493
Después de la absorción de la SBS: 2660
                                                                   ROS
                                                 UIF - PERU                                                     2
Porcentaje de ROS’s Recibidos por la UIF-
                                                  UIF-
                               Perú
                           Por Sectores
                                            (Set 2003 – Set 2008)



                                          2%       1%
                          7%




16%




                                                                                    74%



      SIST. FIN. SEG. Y AFP    SIST. VAL Y OTROS    NOTARIOS   VENTAS DE AUTOS   OTROS

           4054                     901                 383         128            27
                                  TOTAL SETIEMBRE: 5,493

                                            UIF - PERU                                    3
Probable Monto Involucrado en los Informes de
          Inteligencia Financiera emitidos por la UIF-Perú
                                                  UIF-
                           (Incluye Conjuntas y ampliaciones)
                                    (Set 03 – Set 08)
                                                  08)




                                             Desde Set
                                                            Probable Importe
    Posible Delito Vinculado                    2003
                                                              (miles U.S.$)
                                             a Set 2008
    Tráfico Ilícito de Drogas                   77                 1,646,286
   Corrupción de Funcionarios                   35                   147,463
        Tráfico de Armas                        13                   206,197
     Defraudación Tributaria                    14                    58,861
         Estafa/ Fraude                          6                    15,694
 Financiamiento del Terrorismo                   6                     3,463
Defraudación de rentas de Aduana
                                                 5                    28,474
        y/o Contrabando
             Otros                              24                   105,258
        No Determinado                          26                    31,878
            TOTALES                             206                2,243,573
                                UIF - PERU                                     5
Sinergias de la incorporación de la
                UIF – Perú a la SBS

• Supervisión coordinada para vigilar el cumplimiento
  del Sistema de Prevención en Lavado de Activos y
  Financiamiento del Terrorismo en empresas
  financieras.
  financieras.
• Logra autonomía económica al pertenecer a un
  organismo constitucionalmente autónomo.
                                     autónomo.
• Ahorro de costos al Tesoro Público.
                                Público.
• Facultad de iniciativa legislativa.
                         legislativa.
• Experiencia en la coordinación y supervisión del
  sistema financiero, seguros y en administradoras
  privadas de fondos de pensiones.
                          pensiones.
Comunicación con la UIF - Perú
• La página Web de la UIF-Perú es una herramienta de gran
                       UIF-
  utilidad, www.sbs.gob.pe/uif en ella podrán encontrar:

   – Información acerca de la UIF – Perú
   – Legislación Nacional e Internacional sobre Lavado de
     Activos y Financiamiento del Terrorismo.
   – Preguntas Frecuentes
   – Estadísticas operativas
   – Tipologías de Lavado de Activos y Financiamiento del
     Terrorismo
   – Material de capacitación
Comunicación con la UIF Perú (2)
                                    (2
Buzón ciudadano:


   a. Prevención y Capacitación
        Información relativa al cumplimiento de
        obligaciones, consultas de capacitación, solicitud
        de materiales de capacitación, temas operativos.
   b. Asuntos Legales
        Pedido de consultas sobre lo dispuesto en las
        Normas Nacionales.
El sistema de prevención de
                   prevenció
lavado de activos y financiamiento
           del terrorismo
Lavado de Activos

Concepto.
Concepto.
Proceso de convertir, custodiar, ocultar o
transferir dinero, bienes, efectos o
ganancias, con el fin de evitar la
identificación de su origen ilícito y
hacerlos aparentar como legítimos.
                        legítimos.

En resumen el lavado de dinero es el
proceso mediante el cual el dinero “sucio”
                                    sucio”
se convierte en “limpio”.
                 limpio”
Fases del lavado de activos
1.Colocación
1.Colocación
 El lavador o criminal introduce los fondos
 ilegales al sector formal. Generalmente los
                    formal.
 fondos se manipulan en zonas relativamente
 próximas a las de la actividad criminal (a
 menudo el mismo país).
                   país).
Ejemplo:
Ejemplo:
 El lavador podría depositar el efectivo en una
 institución regulada como, por ejemplo, un
 banco o una empresa de valores.
                          valores.
Fases del lavado de activos
2.Transformación o Intercalación
2.Transformación
 Una vez introducido el dinero en el sistema
 formal, el lavador efectúa una serie de
 operaciones con los fondos para alejarlos de
 su fuente.
    fuente.
Ejemplo:
Ejemplo:
 El lavador puede transferir los fondos a otros
 países mediante varias cuentas en bancos
 diferentes, o usar transporte físico de
 dinero, cambio de moneda, etc.
                             etc.
Fases del lavado de activos
3. Integración
3.Integración
  Al lograr reciclar sus ganancias de origen
  criminal a través de las dos primeras fases, el
  lavador las hace pasar por una tercera fase,
  incorporándolas en actividades económicas
  legítimas.
  legítimas.
Ejemplo:
Ejemplo:
  El lavador puede establecer una actividad
  intensiva en efectivo como, por ejemplo, un
  restaurante o una tienda de alquiler de videos.
                                          videos.
Características del Lavado
                   Caracterí
• Globalización
   – Libre movimiento de capitales.
• Profesionalización
   – Manejo de una estructura empresarial.
   – Utilizan especialistas.
• Innovación permanente
   – Nuevos métodos.
   – Utilización de instrumentos distintos.
• Diversidad de Delitos Precedentes
   – Trafico Ilícito de Drogas.
   – Corrupción.
   – Delitos Financieros, entre otros.
Financiamiento del Terrorismo

El Financiamiento del Terrorismo es el acto de
proporcionar apoyo por cualquier medio a
terroristas u organizaciones terroristas a fin de
permitirles realizar actos de terrorismo.
                              terrorismo.
Financiamiento del Terrorismo
Algunas fuentes de dinero para el Financiamiento del
Terrorismo :
 • Donaciones no voluntarias.
                   voluntarias.
    • Cobro de “cupos”, “peajes”.
                        “peajes”.
 • Extorsión a compañías y Estados con el fin de no
   ser victimas de atentados terroristas.
                                 terroristas.
 • Uso y abuso de Organizaciones de Caridad
   (ONGs) como fachadas.
                  fachadas.
 • Fraude, Falsificación de dinero.
                              dinero.
 • Trafico                     Ilícito           de
   Drogas, Armas, Personas, Metales y Piedras
   Preciosas.
   Preciosas.
Bases del Sistema de Prevención
                                Prevenció
                 del Sujeto Obligado
1. Manual de Prevención
2. Envío de Informes de Cumplimiento (Anual / Semestral)
3. Políticas:
   – Conocimiento del cliente.
   – Conocimiento del mercado.
   – Conocimiento del personal.
4. Procedimientos:
   –   Registro de Operaciones.
   –   Identificación de Operaciones Inusuales.
   –   Reporte de Operaciones Sospechosas.
Políticas
• Conocimiento del cliente.
  – ¿Quien es? ¿A que se dedica?
• Conocimiento del mercado.
  – ¿Cómo funciona este negocio? ¿existe este
    producto en este mercado?
• Conocimiento del personal.
  – ¿Tenemos la información suficiente y
    actualizada?
Modos de hacer prevención
                                  prevenció

                              Educación               Mediano y Largo Plazo




                  Formación
            • Capacitación                      Corto y Mediano Plazo
            • Entrenamiento



   Supervisión
• Seguimiento                                  Corto Plazo
• Control


                Impacto de las actividades de Prevención
Oficial de Cumplimiento
• Es la persona natural que colabora en la
  implementación del Sistema de Prevención del
  LAFIT y es responsable de vigilar su
  funcionamiento.
• Podrá ser el propio sujeto obligado (SO) cuando
  éste sea persona natural.
• Cuando el SO sea persona jurídica, la
  designación del OC corresponde al Directorio, el
  Gerente General u órgano equivalente.
El Oficial de Cumplimiento
Funcionario de nivel gerencial, a dedicación
exclusiva(
exclusiva(1), que reporta directamente al
Directorio.
Directorio.
Encargado    de    identificar   una     operación
sospechosa y reportarla a la UIF – Perú.
                                   Perú.
Vigila el cumplimiento del sistema de prevención e
informa sobre su desarrollo y situación.
                               situación.


(1) Mediante solicitud debidamente sustentada, los sujetos
obligados podrán solicitar ser excluidos de designar un OC
a dedicación exclusiva.
             exclusiva.
Designación de un Oficial de
              Designació
                    Cumplimiento
La designación del Oficial de Cumplimiento debe ser
comunicada a la UIF-Perú a nombre de la Superintendente
                 UIF-
Adjunto de la UIF-Perú.
              UIF-
  Deben adjuntarse:
  – Copia fotostática del DNI
 – Copia del acta de sesión de Directorio, la Gerencia u
   órgano equivalente en la que conste la designación
   respectiva.
 – Currículum Vitae no documentado del Oficial de
   Cumplimiento.*
   Cumplimiento.*
       * Acceder a http://www.sbs.gob.pe/UIF/Documentos.asp
Designación de un Oficial de
           Designació
                 Cumplimiento
Debe incluir la siguiente información del Oficial de
Cumplimiento:
 1.Nombre
 1.Nombre Completo.
 2.Dirección.
 2.Dirección.
 3.Numero
 3.Numero de teléfono y anexo.
 4.Correo
 4.Correo Electrónico.
 5.Señalar
 5.Señalar si será a dedicación Exclusiva, Compartida
   o Corporativo.
 6.Evidencia
 6.Evidencia de cumplir con los requisitos mínimos
Designación de un Oficial de
             Designació
                   Cumplimiento
• Declaración Jurada del OC, de no haber sido
  condenado por la comisión de delito (s) doloso (s)
  ni destituido de cargo público o haber sido cesado
  en él por falta grave. *
• Declaración Jurada que acredite no tener deudas
  vencidas por más de 180 días registradas en las
  centrales de riesgo.
• Señalar si será a dedicación Exclusiva,
  Compartida o Corporativo.
* Acceder a http://www.sbs.gob.pe/UIF/Documentos.asp
OC a Dedicación No Exclusiva y
              Dedicació
                OC Corporativo
Oficial de Cumplimiento a Dedicación No
Exclusiva
De ser el caso se deberá señalar claramente que la
designación será de un Oficial de Cumplimiento a
Dedicación No Exclusiva.
                Exclusiva.
La UIF-Perú y el organismo superviso podrán
   UIF-
determinar los casos particulares en los que el
Oficial de Cumplimiento deberá ser a dedicación
exclusiva.
OC a Dedicación No Exclusiva y
             Dedicació
               OC Corporativo
Oficial de Cumplimiento Corporativo
Los Sujetos Obligados a informar integrantes de un
mismo grupo económico podrán nombrar un Oficial
de Cumplimiento Corporativo, para lo cual deberán
contar con la aprobación de los organismos
supervisores y de la UIF-Perú.
                     UIF-
En todos los casos, es responsabilidad del sujeto
obligado la designación del OC.
Principales Responsabilidades del
              Oficial de Cumplimiento
a) Vigilar el cumplimiento del sistema para detectar
   operaciones sospechosas del LAFIT y verificar la
   aplicación de las políticas y procedimientos
   implementados para el conocimiento del cliente y del
   trabajador.
b) Analizar las operaciones inusuales detectadas, con la
   finalidad de determinar las operaciones que podrían
   ser calificadas como sospechosas, llevando control de
   ellas.
c) Reportar Operaciones Sospechosas mediante el ROS
   a la UIF Perú.
Principales Responsabilidades del
             Oficial de Cumplimiento
a) Proponer señales de alerta a ser incorporadas
   en el Manual de Prevención.
b) Adoptar las acciones necesarias que aseguren
   su capacitación, la del personal y del sujeto
   obligado.
c) Ser el interlocutor ante la UIF-Perú.
                               UIF-
d) Emitir informes de cumplimiento (Anual o
   Semestrales) y custodiar los registros y demás
   documentos.
Capacitación
                      Capacitació

• Los sujetos obligados deberán brindar
  capacitación, que les permita a sus oficiales de
  cumplimiento, trabajadores, Gerente General, o
  Administrador o el que haga sus veces, así como
  al Directorio, estar instruidos en materia de
  prevención del LAFIT.
• Los nuevos trabajadores deberán ser informados
  adecuada y oportunamente sobre los alcances de
  dicho sistema.
Supervisión del Sistema de
  Prevención del LA / FT
 Infracciones y Sanciones
Sujetos Obligados Supervisados por la
                          UIF-Perú
                Resolución SBS Nº 486-2008
           Norma para Prevención del LAFIT aplicable a SO sin órgano
                                 supervisor




• Construcción
• Personas naturales y jurídicas dedicadas a la actividad
  Inmobiliaria
• Compraventa de vehículos, embarcaciones y aeronaves
• Compra venta de Divisas
• Personas naturales y jurídicas dedicadas al comercio de piedras
  preciosas
• El comercio de objetos de arte
• El comercio de antigüedades
• Comercio de Joyas
• Préstamos y Empeño
• Gestores de Intereses en la Administración Pública - Ley 28024
• Bingos, Hipódromos y sus agencias
Sujetos Obligados con órgano
                           Supervisor
              Empresas del sistema financiero, de seguros, y AFP; empresas de
              servicios complementarios y conexos; y cooperativas de ahorro y
  SBS
              crédito que no captan dinero del público

                   Sociedades agentes de bolsa; Bolsas e intermediarias de
                   valores; Administradoras de fondos; Titulizadoras; de
CONASEV
                   compensación liquidación de valores, y otras


                    Empresas que explotan Juegos de Casino y tragamonedas
MINCETUR


              Empresas de Correo y Courier, SERPOST (incluye remesas
 MTC
              postales)


Ministerio de          Empresas Mineras
Energía y Minas
Sujetos Obligados con órgano Supervisor

                 Martilleros Públicos
   SUNARP


 Consejo del
                 Notarios
 Notariado


                 Vendedores de Armas y Fabricantes de
DISCAMEC –
                 explosivos
Ministerio del
Interior

                 Organizaciones No
     APCI
                 Gubernamentales
Supervisión
La UIF-Perú realiza visitas de inspección, a los sujetos obligados
   UIF-
bajo su supervisión directa, con el fin de:
                                        de:
  – Evaluar el Sistema de Prevención de Lavado de Activos y
     Financiamiento del Terrorismo
  – Verificar el cumplimiento de las normas relativas al SILAFIT
  – De ser el caso, efectuar observaciones y recomendaciones,
     con el objeto de mejorar el sistema implementado.

La UIF-Perú está facultada para aplicar sanciones por las
     UIF-
infracciones del SObligado, que puedan ser detectadas en las
Visitas de Inspección.
           Inspección.
Supervisión del Sistema de Prevención
                        del LAFIT
Implica la verificación y evaluación del grado de
implementación y funcionamiento, de (del):
                                    (del):

 – Grado de colaboración del Sujeto Obligado.
                                     Obligado.
 – Políticas y mecanismos de prevención empleados en
   su Sistema.
      Sistema.
 – Cumplimiento de las normas antilavado y contra el
   financiamiento del terrorismo.
                      terrorismo.
 – Oficial de Cumplimiento: Designación, Autonomía,
               Cumplimiento:
   excepciones:
   excepciones: Exclusividad o No. Corporativo.
                                     No. Corporativo.
   Informes semestrales / anuales.
                           anuales.
 – Aprobación, contenido y alcances del Manual de
   prevención del LAFIT. Políticas de DDC, DD del
                    LAFIT.
   trabajador.
   trabajador.
 – Aplicación el Código de Conducta.
                           Conducta.
Supervisión del Sistema de Prevención
                        del LAFIT
Implica la verificación y evaluación del     grado   de
implementación y funcionamiento, de (del):
                                    (del):

 – Registro de Operaciones: contenido mínimo de
                  Operaciones:
   acuerdo a ley, conservación, copia de seguridad,
   actualización permanente, se efectuará una revisión
   selectiva.
   selectiva.
 – Contenido del Informe Anual.
                           Anual.
 – Revisión selectiva de los Files del Personal,
   contenido y actualización.
                actualización.
 – Capacitación:
   Capacitación:     contenido      del    material de
   capacitación / Cantidad y periodicidad.
                               periodicidad.
 – Sistemas de alerta y detección de operaciones
   inusuales y sospechosas.
               sospechosas.
Supervisión del Sistema de Prevención
                     del LAFIT

                  CONOCIMIENTO DEL CLIENTE

                  CONOCIMIENTO DE TRABAJADORES

                  CONOCIMIENTO DEL MERCADO


MECANISMOS DE     CÓDIGO DE CONDUCTA, CAPACITACIÓN
 PREVENCIÓN
                  REGISTRO DE OPERACIONES

                  REPORTE DE OPERACIONES
                  SOSPECHOSAS (ROS)

                  OFICIAL DE CUMPLIMIENTO, AUDITORIA
                  INTERNA, EXTERNA
Supervisión del Sistema de
                Prevención del LAFIT

                La ejerce la UIF-Perú sobre sujetos obligados
                             UIF-
                que no tienen órgano supervisor
Supervisión
                La ejercen los órganos supervisores, respecto
 DIRECTA
                de sus supervisados, a su vez considerados
                sujetos obligados por la Ley 27693




                La ejercen el órgano supervisor y la UIF-Perú,
                                                        UIF-
 Supervisión    ésta última a invitación del primero y en función
COORDINADA      a su capacidad operativa
Supervisión
La UIF-Perú también está facultada a realizar visitas de
    UIF-
supervisión coordinada con otros organismos supervisores;
                                            supervisores;
algunos de ellos son:
                 son:

 –   SBS
 –   CONASEV
 –   MINCETUR
 –   Ministerio de Transportes y Comunicaciones
 –   Consejo del Notariado

El organismo supervisor y la UIF-Perú verificarán la debida
                              UIF-
aplicación de los sistemas de prevención de lavado de
activos y financiamiento del terrorismo y de ser el caso,
sancionará su incumplimiento.
              incumplimiento.
Infracciones y Sanciones



El incumplimiento de las normas sobre prevención de
  lavado de activos y financiamiento del terrorismo es
  pasible de sanción administrativa, por:
                                     por:

• SBS a través de la UIF-Perú, a sujetos obligados a
                     UIF-
  informar que carecen de un órgano supervisor.
                                    supervisor.
• Organismos Supervisores: a sujetos obligados bajo
             Supervisores:
  su supervisión.
     supervisión.
Sanciones aplicables a SO supervisados
                                UIF-Perú
                            por UIF-Perú
    Resolución SBS Nº 1782-2007 (Vigente desde 01.04.2008)

   Infracción           Persona Natural           Persona Jurídica
LEVE                Amonestación             Amonestación
                    Multa hasta 5 UIT        Multa de 1 a 20 UIT
GRAVE               Multa de 2 a 10 UIT      Multa de 5 a 50 UIT

MUY GRAVE           Multa de 7 a 20 UIT      Multa de 20 a 100 UIT


                      Procedimiento Sancionador
                    (Doble Instancia Administrativa)
Órgano Instructor           Departamento de Supervisión UIF-Perú
                                                        UIF-

1ª Instancia                Superintendencia Adjunta UIF-Perú
                                                     UIF-

2ª y última Instancia       Superintendente de Banca, Seguros y AFP
ANALISIS:
   Información relativa al
Registro de Operaciones y el
   Reporte de Operación
        Sospechosa
Registro de Operaciones

• Las operaciones que se incluyen en el Registro de
  Operaciones no implica que estas sean inusuales o
  sospechosas.
• El Registro de Operaciones no deber ser reportado o
  enviado a la UIF-Perú, salvo que este sea solicitado.
               UIF-
• Se deben Registrar aquellas operaciones que sobrepasen el
  umbral establecido.
• Puede llevarse mediante sistemas manuales o informáticos
  y debe contener la información minima establecida en la
  legislación vigente.
Registro de Operaciones (2)
Información mínima para el Registro de
             Operaciones:

1.Fecha de la operación
1.Fecha
2.Monto y Moneda de la operación
2.Monto
3.Forma de pago
3.Forma
4.Nombre del Cliente
4.Nombre
5.Numero de Documento de Identidad
5.Numero
6.Dirección
6.Dirección
7.Nacionalidad
7.Nacionalidad
Reporte de Operación
              Sospechosa (ROS)

Operaciones Inusuales

Son aquellas cuyo monto o magnitud, características
                          magnitud,
particulares, y periodicidad o velocidad de rotación con
que son ejecutadas, no guardan relación con la actividad
         ejecutadas,
económica del cliente; salen de los parámetros de
                 cliente;
normalidad vigente en el mercado en el que se
desenvuelve el cliente, o no tienen un fundamento legal
                cliente,
evidente.
evidente.
Reporte de Operación
             Sospechosa – ROS (2)
                               (2

Operaciones Sospechosas

Son aquellas que habiendo sido detectadas
como inusual, en base a la información con
que cuenta el Sujeto Obligado, presuma
proceden de alguna actividad ilícita, o que,
                                ilícita,
por cualquier motivo, no tengan un
fundamento económico o lícito aparente.
                                   aparente.
Reporte de Operación
                Sospechosa (3)

Operaciones Sospechosas

Es importante señalar que en las situaciones
sospechosas que se les presenten no deben
tener certeza del delito ni del origen de los
recursos para poder reportar a la UIF-Perú.
                                    UIF-

No existen montos mínimos para enviar un
Reporte de Operación Sospechosa - ROS
Información Importante que se
              debe incluir en el ROS
• Identificación mediante código del OC y Sujeto Obligado.
• Identificación plena de la persona natural reportada.
    • Nombre
    • Documento de Identidad
• Identificación de la Persona Jurídica (de ser el caso).
    • Nombre
    • Numero de RUC
• Información sobre la operación realizada.
    • Fecha
    • Localidad de la operación
    • Monto
    • Moneda
    • Modalidad de Pago
Información Importante que se
              debe incluir en el ROS


• Tipo de Operación.

• Descripción de la Operación.
   • Identificar a los involucrados
   • Relación con el cliente
   • Razón por la calificación de sospechosa
   • Señales de alerta implicadas
Reporte de Operación Sospechosa (5)


El Reporte de Operación Sospechosa (ROS)
debe ser enviado a la UIF-Perú por el Oficial
                      UIF-
de Cumplimiento dentro de los treinta (30)
días en que este ha calificado la operación
como sospechosa.
 Sujeto
                                              Ministerio
                                Informe de
Obligado
                                               Publico
                               Inteligencia
             ROS                Financiera
Algunas Señales de Alerta
• El cliente se niega a proporcionar la información solicitada o
  presenta identificaciones inconsistentes, inusuales o de dudosa
  procedencia.
• El cliente presenta una inusual despreocupación respecto de
  las condiciones de venta, los riesgos que asume o los costos
  que implican el negocio o transacción que está realizando.
• El cliente presenta identificaciones inconsistentes o inusuales,
  las cuales no son posibles de identificar.
• Uso de intermediarios para realizar operaciones comerciales o
  financieras.
• Las operaciones no corresponden al perfil del cliente o su
  actividad económica.
Algunas Señales de Alerta
• El cliente realiza en forma reiterada operaciones fraccionadas o de
  gran monto que no tienen correlación con los montos del giro del
  negocio o su ingreso individual.

• Retiro por un monto significativo de una cuenta que había tenido
  poco movimiento o de una cuenta que recibió un depósito de gran
  cantidad fuera de lo común y/o Partición de cuentas de depósitos con
  personas sin rubro de labor conocida.

• Compras de activos: autos, casas, animales, etc. de gran valor y
  volumen, que no concuerdan con sus ingresos legales.

• Negocio minorista que realiza rutinariamente numerosos depósitos
  de cheques pero que raramente realiza retiros para sus operaciones
  diarias.

• Construcciones en gran escala, sin aparente dueño o empresa
  conocida en el medio y que el giro de su negocio no esté en
  correlación con los desembolsos.
Formato de ROS




   UIF-PERU      69
CASO PRACTICO
  LA UIF-PERU RECIBE UN REPORTE DE OPERACIONES
      UIF-
                          SOSPECHOSAS
SECCION V
• “La señora A abrió la Cuenta de Ahorros en Dólares
  Americanos por la suma de US$ 50,000.00 con el cheque Nº
  85063478416 del Banco Z de Estados Unidos, que
  corresponde a una cuenta que la señora A mantiene en dicho
  Banco.
• Dos días después, con cargo a la citada Cuenta de Ahorros
  la señora A solicitó la apertura de un Depósito a Plazo por
  US$ 20,000.00 a su nombre.
• Luego, la señora A obtiene una Tarjeta de Crédito VISA con
  una línea de crédito por US$ 10,000.00 (después se redujo a
  US$ 5,000.00) en garantía de dicha tarjeta se constituyó el
  depósito a plazo por US$ 20,000.00.
CASO PRACTICO
LA UIF-PERU RECIBE UN REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS
   UIF-
SECCION V
• Asimismo, la señora A obtiene un Préstamo por US$ 5,000.00,
  en garantía se encuentra también el Depósito a Plazo de US$
  20,000.00.
• Posteriormente, la señora A transfiere la suma de US$
  14,000.00 a la Cuenta de Ahorros Nº 3102784225 que en esa
  misma fecha se abrió a nombre de su hijo.
• El Juez del Décimo Primer Juzgado Penal de Lima, solicitó el
  levantamiento del secreto bancario de la señora A.
• Posteriormente en un diario de circulación nacional, apareció
  una publicación en la que se menciona a la Sra. A
  vinculándosela con el FUNCIONARIO X, quien habría
  trabajado con el FUNCIONARIO DE ALTO NIVEL Z.”
SEÑALES DE ALERTA

• Traslado de Fondos utilizando un instrumento
  monetario que no fue declarado a la entrada al
  Perú.
• Uso de productos bancarios como certificados a
  plazo que luego garantizan deudas.
• Transferencia de fondos a un familiar cercano o
  persona conocida con el objetivo de alejar el rastro
  del dinero.
• Vínculos con Personas Expuestas Políticamente.
ANALISIS
• La Señora A es cuñada del FUNCIONARIO X. El FUNCIONARIO X
  es el segundo en el cargo luego del FUNCIONARIO Z, quien es el
  jefe de la Oficina General de Administración de la institución en la
  que labora.
• De las búsquedas efectuadas, se determinó que el FUNCIONARIO
  X logró colocar las empresas de su segundo hermano como
  participantes a licitaciones públicas, las mismas que fueron
  ganadas.
• La información colocada en el portal de Transparencia del Ministerio
  de Economía y Finanzas, muestra que las empresas ganaron
  licitaciones públicas por compras efectuadas por la institución
  afectada. Importe: USD 500,000.00
• También, el FUNCIONARIO X, era el presunto encargado de
  sobornar a diversas personas por encargo del FUNCIONARIO DE
  MAYOR NIVEL JERARQUICO Z.
ANALISIS
• Se presume que el proceso se inicia con el presunto traslado
  de los fondos del FUNCIONARIO Z hacia el FUNCIONARIO X.
  Posteriormente, el FUNCIONARIO X habría distribuido los
  fondos ilícitos a sus hermanos.
                        hermanos.
• La Señora A habría realizado diversas transacciones (solicitó
  una tarjeta de crédito con un depósito a plazo en garantía,
  transfirió un porcentaje a la cuenta de ahorros de su hijo y
  solicitó un préstamo) con el presunto fin de ocultar el rastro del
  dinero.
  dinero.
• COROLARIO:
  COROLARIO:            APARENTE          CORRUPCION             DE
  FUNCIONARIOS COMO DELITO PRECEDENTE DE
  LAVADO DE ACTIVOS REMITIDO EN INFORME DE
  INTELIGENCIA FINANCIERA AL MINISTERIO PÚBLICO.   PÚBLICO.
GRAFICO
GRACIAS....
www.sbs.gob.pe/uif/

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  • 2. Unidad de Inteligencia Financiera del Perú UIF - Perú
  • 3. ¿Qué son las UIFs? Son Agencias centrales nacionales diseñadas con el propósito de recibir, analizar y tratar reportes de operaciones sospechosas (ROS) para posteriormente transmitir esa información procesada y otros datos recopilados relacionados con el posible lavado de activos y financiamiento al terrorismo, a las autoridades correspondientes, en el caso peruano es al Ministerio Público: FISCALIA DE CRIMINALIDAD ORGANIZADA
  • 4. Iniciativas Globales Contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo • 1988 ONU - Convención de Viena • 1988 Acuerdo de Basilea • 1990 GAFI – 40 Recomendaciones • 1995 Grupo Egmont: 106 UIFs • 2000 ONU – Convención de Palermo • 2000 GAFISUD • 2001 ONU – Resoluciones 1267, 1377, 1455, 1456, 1373 • 2001 GAFI – 8 Recomendaciones • 2003 ONU - Convención contra la Corrupción • 2004 GAFI – 9ª Recomendación
  • 5. Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF Perú) • Creada mediante Ley N° 27693 el 12 de abril de 2002. N° • Unidad especializada a la SBS incorporada por Ley N° 29038 del 12 N° de junio de 2007. • La UIF – Perú es una UIF de carácter Administrativo. • Superintendencia Adjunta, con autonomía funcional y técnica. • Encargada de recibir, analizar y tratar los Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) enviados por los Oficiales de Cumplimiento de los Sujetos Obligados. • Prepara y emite Informes de Inteligencia Financiera al Ministerio Público, en caso que las operaciones reportadas muestren indicios de estar presuntamente vinculadas a actividades de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (LAFIT).
  • 6. Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (2) • La UIF – Perú no actúa de oficio. • La UIF - Perú no puede actuar sobre denuncias. • La SBS a través de la UIF-Perú es el UIF- Coordinador Nacional del Sistema Anti lavado y Contra el financiamiento del Terrorismo ante GAFISUD. • La información es administrada por la UIF – Perú con confidencialidad y reserva.
  • 7. Marco Legal Ley Nº 27693 12/04/2002 Ley que crea la UIF-PERÚ modificatorias Nº 28009 y Nº 28306 UIF- Ley Nº 27765 27/06/2002 Ley Penal contra el Lavado de Activos Decreto Supremo Nº 018-2006-JUS 018-2006- 25/07/2006 Reglamento de la Ley Nº 27693, Ley que creó la UIF-PERÚ UIF- Ley Nº 29038 12/06/2007 Ley que incorpora la UIF-PERÚ a la SBS UIF- Resolución SBS Nº 1782-2007 1782- 05/12/2007 Reglamento de Infracciones y Sanciones aplicable a los sujetos obligados que no cuentan con organismo supervisor. Resolución SBS Nº 486-2008 486- 08/03/2008 Norma para Prevención del LAFIT, de aplicación a SO que carecen de organismos supervisores. Resolución SBS Nº 838-2008: NUEVAS DISPOSICIONES 838- AMPLIADAS 28/03/2008 Norma para Prevención del LAFIT, aplicable a SO bajo supervisión de SBS.
  • 8. Organigrama Superintendente de Banca, Seguros y AFPs Superintendente Adjunto de Inteligencia Financiera Intendente General Departamento Departamento Departamento de Prevención de Análisis de Supervisión
  • 9. Organización Departamento de Análisis: Recibe, trata y analiza los Reportes de Operaciones Sospechosas, y prepara los informes de inteligencia financiera. Departamento de Prevención: Encargado de difundir los principios, políticas y normas para la prevención, capacitando a los sujetos obligados, coadyuvando a la implementación por parte de estos, del sistema para detectar y reportar operaciones sospechosas. Departamento de Supervisión: Encargado de la supervisión de la implementación y funcionamiento del sistema de prevención de lavado, especialmente en los Sujetos Obligados que no cuenten con Organismos Supervisores.
  • 10. Sistema Nacional de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo La UIF – Perú es la Coordinadora Nacional del Sistema Antilavado y contra el financiamiento del Terrorismo. El Sistema está conformado por los siguientes actores: – Sujetos Obligados – Autoridades Supervisoras – Colaboradores Públicos
  • 11. Sistema Nacional contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo en el PERU INVESTIGACION Y PREVENCION: ANALISIS Sujetos SANCION-REPRESION Obligados Trabajo de ROS Gabinete Informe de Ministerio Poder Inteligencia Publico Judicial Financiera Instituciones Publicas Nacionales DIRANDRO •Trabajo de DIRCOCOR campo, DIRINCRI •Técnicas DIRCOTE Especiales UIF’s de Investig. DIRPOFIS PNP Exterior
  • 12. Sujetos Obligados Son aquellas personas naturales y jurídicas obligadas al cumplimiento de la Ley y a informar a la UIF-Perú: LO MAS IMPORTANTE ES EL CONOCIMIENTO DEL CLIENTE O USUARIO Los sujetos obligados pertenecen a 32 diversos sectores de la economía: más de 25,000 entes Están señalados en el artículo 8º de la Ley Nº 28306
  • 14. Sujetos Obligados (2) Total: 32 sectores de la economía real más de 25,000 entes
  • 15. Autoridades Supervisoras Son aquellas encargadas de verificar y evaluar el cumplimiento de los lineamientos, disposiciones, procedimientos y prácticas establecidas por el sistema para la prevención y detección de operaciones sospechosas de LAFIT, a fin de determinar si el sistema de control establecido por los sujetos obligados bajo su supervisión ha sido implementado y viene funcionando satisfactoriamente: SBS, satisfactoriamente: CONASEV; MINCETUR; MTC; CONASEV; MINCETUR; MTC; CONSEJO DEL NOTARIADO; etc. NOTARIADO; etc.
  • 16. Colaboradores Públicos Son aquellas instituciones públicas nacionales, regionales y locales que cooperan con la UIF – Perú en la lucha contra el lavado de activos y financiamiento del Terrorismo, incluye a los Órganos Supervisores así como otros organismos del Estado, como por ejemplo: – Ministerio del Interior: PNP, DIGEMIN – Ministerio de Justicia: MINJUS, SUNARP, Consejo del Notariado – Ministerio Público – Poder Judicial – RENIEC – Contraloría General de la República – Ministerio de Economía y Finanzas: SUNAT, CONASEV, CONSUCODE – Ministerio de Relaciones Exteriores: MRE, APCI – Presidencia del Consejo de Ministros: DE VIDA, INDECOPI – Gobiernos Regionales – Municipalidades
  • 17. Flujo de Información UIF DIFUSION NOTIFICACION ANALISIS UIF-PERU SUJETOS OBLIGADOS INFORMACION Base de Datos UIF Instituciones Reporte de Financieras Operación Bases de Datos Ministerio Sospechosa Empresas de Sector Publico Publico (ROS) Valores Otras UIF Compañías de Seguros (EGMONT & MOU) Registro de Transacción Juegos de Otra Data Azar Notarios Análisis Públicos y económico- otros financiero Declaraciones de Empresas de Movimiento Informe de Ingreso / Salida de de Dinero Transfronterizo Inteligencia Divisas
  • 19. Reportes de Operaciones Sospechosas recibidos a Setiembre 2008 1800 1554 1600 Luego de la incorporación a la SBS 1400 12/09/07 al 31/12/07 1713 1200 947 1000 ROS 800 1179 600 Antes de la 796 incorporación a la SBS 400 607 Set/03 al Ago/07 42 200 61 37 209 23 16 67 0 2008 SET 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 Año Antes de la operatividad de la UIF- Perú (set. 2003) : 204 A la fecha se han transmitido al Ministerio Público informes que incluyen 388 ROS. Después de la operatividad de la UIF – Perú : 2833 A la fecha se han recibido un total de 5,493 Después de la absorción de la SBS: 2660 ROS UIF - PERU 2
  • 20. Porcentaje de ROS’s Recibidos por la UIF- UIF- Perú Por Sectores (Set 2003 – Set 2008) 2% 1% 7% 16% 74% SIST. FIN. SEG. Y AFP SIST. VAL Y OTROS NOTARIOS VENTAS DE AUTOS OTROS 4054 901 383 128 27 TOTAL SETIEMBRE: 5,493 UIF - PERU 3
  • 21. Probable Monto Involucrado en los Informes de Inteligencia Financiera emitidos por la UIF-Perú UIF- (Incluye Conjuntas y ampliaciones) (Set 03 – Set 08) 08) Desde Set Probable Importe Posible Delito Vinculado 2003 (miles U.S.$) a Set 2008 Tráfico Ilícito de Drogas 77 1,646,286 Corrupción de Funcionarios 35 147,463 Tráfico de Armas 13 206,197 Defraudación Tributaria 14 58,861 Estafa/ Fraude 6 15,694 Financiamiento del Terrorismo 6 3,463 Defraudación de rentas de Aduana 5 28,474 y/o Contrabando Otros 24 105,258 No Determinado 26 31,878 TOTALES 206 2,243,573 UIF - PERU 5
  • 22. Sinergias de la incorporación de la UIF – Perú a la SBS • Supervisión coordinada para vigilar el cumplimiento del Sistema de Prevención en Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo en empresas financieras. financieras. • Logra autonomía económica al pertenecer a un organismo constitucionalmente autónomo. autónomo. • Ahorro de costos al Tesoro Público. Público. • Facultad de iniciativa legislativa. legislativa. • Experiencia en la coordinación y supervisión del sistema financiero, seguros y en administradoras privadas de fondos de pensiones. pensiones.
  • 23. Comunicación con la UIF - Perú • La página Web de la UIF-Perú es una herramienta de gran UIF- utilidad, www.sbs.gob.pe/uif en ella podrán encontrar: – Información acerca de la UIF – Perú – Legislación Nacional e Internacional sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. – Preguntas Frecuentes – Estadísticas operativas – Tipologías de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo – Material de capacitación
  • 24. Comunicación con la UIF Perú (2) (2 Buzón ciudadano: a. Prevención y Capacitación Información relativa al cumplimiento de obligaciones, consultas de capacitación, solicitud de materiales de capacitación, temas operativos. b. Asuntos Legales Pedido de consultas sobre lo dispuesto en las Normas Nacionales.
  • 25. El sistema de prevención de prevenció lavado de activos y financiamiento del terrorismo
  • 26. Lavado de Activos Concepto. Concepto. Proceso de convertir, custodiar, ocultar o transferir dinero, bienes, efectos o ganancias, con el fin de evitar la identificación de su origen ilícito y hacerlos aparentar como legítimos. legítimos. En resumen el lavado de dinero es el proceso mediante el cual el dinero “sucio” sucio” se convierte en “limpio”. limpio”
  • 27. Fases del lavado de activos 1.Colocación 1.Colocación El lavador o criminal introduce los fondos ilegales al sector formal. Generalmente los formal. fondos se manipulan en zonas relativamente próximas a las de la actividad criminal (a menudo el mismo país). país). Ejemplo: Ejemplo: El lavador podría depositar el efectivo en una institución regulada como, por ejemplo, un banco o una empresa de valores. valores.
  • 28. Fases del lavado de activos 2.Transformación o Intercalación 2.Transformación Una vez introducido el dinero en el sistema formal, el lavador efectúa una serie de operaciones con los fondos para alejarlos de su fuente. fuente. Ejemplo: Ejemplo: El lavador puede transferir los fondos a otros países mediante varias cuentas en bancos diferentes, o usar transporte físico de dinero, cambio de moneda, etc. etc.
  • 29. Fases del lavado de activos 3. Integración 3.Integración Al lograr reciclar sus ganancias de origen criminal a través de las dos primeras fases, el lavador las hace pasar por una tercera fase, incorporándolas en actividades económicas legítimas. legítimas. Ejemplo: Ejemplo: El lavador puede establecer una actividad intensiva en efectivo como, por ejemplo, un restaurante o una tienda de alquiler de videos. videos.
  • 30. Características del Lavado Caracterí • Globalización – Libre movimiento de capitales. • Profesionalización – Manejo de una estructura empresarial. – Utilizan especialistas. • Innovación permanente – Nuevos métodos. – Utilización de instrumentos distintos. • Diversidad de Delitos Precedentes – Trafico Ilícito de Drogas. – Corrupción. – Delitos Financieros, entre otros.
  • 31. Financiamiento del Terrorismo El Financiamiento del Terrorismo es el acto de proporcionar apoyo por cualquier medio a terroristas u organizaciones terroristas a fin de permitirles realizar actos de terrorismo. terrorismo.
  • 32. Financiamiento del Terrorismo Algunas fuentes de dinero para el Financiamiento del Terrorismo : • Donaciones no voluntarias. voluntarias. • Cobro de “cupos”, “peajes”. “peajes”. • Extorsión a compañías y Estados con el fin de no ser victimas de atentados terroristas. terroristas. • Uso y abuso de Organizaciones de Caridad (ONGs) como fachadas. fachadas. • Fraude, Falsificación de dinero. dinero. • Trafico Ilícito de Drogas, Armas, Personas, Metales y Piedras Preciosas. Preciosas.
  • 33. Bases del Sistema de Prevención Prevenció del Sujeto Obligado 1. Manual de Prevención 2. Envío de Informes de Cumplimiento (Anual / Semestral) 3. Políticas: – Conocimiento del cliente. – Conocimiento del mercado. – Conocimiento del personal. 4. Procedimientos: – Registro de Operaciones. – Identificación de Operaciones Inusuales. – Reporte de Operaciones Sospechosas.
  • 34. Políticas • Conocimiento del cliente. – ¿Quien es? ¿A que se dedica? • Conocimiento del mercado. – ¿Cómo funciona este negocio? ¿existe este producto en este mercado? • Conocimiento del personal. – ¿Tenemos la información suficiente y actualizada?
  • 35. Modos de hacer prevención prevenció Educación Mediano y Largo Plazo Formación • Capacitación Corto y Mediano Plazo • Entrenamiento Supervisión • Seguimiento Corto Plazo • Control Impacto de las actividades de Prevención
  • 36. Oficial de Cumplimiento • Es la persona natural que colabora en la implementación del Sistema de Prevención del LAFIT y es responsable de vigilar su funcionamiento. • Podrá ser el propio sujeto obligado (SO) cuando éste sea persona natural. • Cuando el SO sea persona jurídica, la designación del OC corresponde al Directorio, el Gerente General u órgano equivalente.
  • 37. El Oficial de Cumplimiento Funcionario de nivel gerencial, a dedicación exclusiva( exclusiva(1), que reporta directamente al Directorio. Directorio. Encargado de identificar una operación sospechosa y reportarla a la UIF – Perú. Perú. Vigila el cumplimiento del sistema de prevención e informa sobre su desarrollo y situación. situación. (1) Mediante solicitud debidamente sustentada, los sujetos obligados podrán solicitar ser excluidos de designar un OC a dedicación exclusiva. exclusiva.
  • 38. Designación de un Oficial de Designació Cumplimiento La designación del Oficial de Cumplimiento debe ser comunicada a la UIF-Perú a nombre de la Superintendente UIF- Adjunto de la UIF-Perú. UIF- Deben adjuntarse: – Copia fotostática del DNI – Copia del acta de sesión de Directorio, la Gerencia u órgano equivalente en la que conste la designación respectiva. – Currículum Vitae no documentado del Oficial de Cumplimiento.* Cumplimiento.* * Acceder a http://www.sbs.gob.pe/UIF/Documentos.asp
  • 39. Designación de un Oficial de Designació Cumplimiento Debe incluir la siguiente información del Oficial de Cumplimiento: 1.Nombre 1.Nombre Completo. 2.Dirección. 2.Dirección. 3.Numero 3.Numero de teléfono y anexo. 4.Correo 4.Correo Electrónico. 5.Señalar 5.Señalar si será a dedicación Exclusiva, Compartida o Corporativo. 6.Evidencia 6.Evidencia de cumplir con los requisitos mínimos
  • 40. Designación de un Oficial de Designació Cumplimiento • Declaración Jurada del OC, de no haber sido condenado por la comisión de delito (s) doloso (s) ni destituido de cargo público o haber sido cesado en él por falta grave. * • Declaración Jurada que acredite no tener deudas vencidas por más de 180 días registradas en las centrales de riesgo. • Señalar si será a dedicación Exclusiva, Compartida o Corporativo. * Acceder a http://www.sbs.gob.pe/UIF/Documentos.asp
  • 41. OC a Dedicación No Exclusiva y Dedicació OC Corporativo Oficial de Cumplimiento a Dedicación No Exclusiva De ser el caso se deberá señalar claramente que la designación será de un Oficial de Cumplimiento a Dedicación No Exclusiva. Exclusiva. La UIF-Perú y el organismo superviso podrán UIF- determinar los casos particulares en los que el Oficial de Cumplimiento deberá ser a dedicación exclusiva.
  • 42. OC a Dedicación No Exclusiva y Dedicació OC Corporativo Oficial de Cumplimiento Corporativo Los Sujetos Obligados a informar integrantes de un mismo grupo económico podrán nombrar un Oficial de Cumplimiento Corporativo, para lo cual deberán contar con la aprobación de los organismos supervisores y de la UIF-Perú. UIF- En todos los casos, es responsabilidad del sujeto obligado la designación del OC.
  • 43. Principales Responsabilidades del Oficial de Cumplimiento a) Vigilar el cumplimiento del sistema para detectar operaciones sospechosas del LAFIT y verificar la aplicación de las políticas y procedimientos implementados para el conocimiento del cliente y del trabajador. b) Analizar las operaciones inusuales detectadas, con la finalidad de determinar las operaciones que podrían ser calificadas como sospechosas, llevando control de ellas. c) Reportar Operaciones Sospechosas mediante el ROS a la UIF Perú.
  • 44. Principales Responsabilidades del Oficial de Cumplimiento a) Proponer señales de alerta a ser incorporadas en el Manual de Prevención. b) Adoptar las acciones necesarias que aseguren su capacitación, la del personal y del sujeto obligado. c) Ser el interlocutor ante la UIF-Perú. UIF- d) Emitir informes de cumplimiento (Anual o Semestrales) y custodiar los registros y demás documentos.
  • 45. Capacitación Capacitació • Los sujetos obligados deberán brindar capacitación, que les permita a sus oficiales de cumplimiento, trabajadores, Gerente General, o Administrador o el que haga sus veces, así como al Directorio, estar instruidos en materia de prevención del LAFIT. • Los nuevos trabajadores deberán ser informados adecuada y oportunamente sobre los alcances de dicho sistema.
  • 46. Supervisión del Sistema de Prevención del LA / FT Infracciones y Sanciones
  • 47. Sujetos Obligados Supervisados por la UIF-Perú Resolución SBS Nº 486-2008 Norma para Prevención del LAFIT aplicable a SO sin órgano supervisor • Construcción • Personas naturales y jurídicas dedicadas a la actividad Inmobiliaria • Compraventa de vehículos, embarcaciones y aeronaves • Compra venta de Divisas • Personas naturales y jurídicas dedicadas al comercio de piedras preciosas • El comercio de objetos de arte • El comercio de antigüedades • Comercio de Joyas • Préstamos y Empeño • Gestores de Intereses en la Administración Pública - Ley 28024 • Bingos, Hipódromos y sus agencias
  • 48. Sujetos Obligados con órgano Supervisor Empresas del sistema financiero, de seguros, y AFP; empresas de servicios complementarios y conexos; y cooperativas de ahorro y SBS crédito que no captan dinero del público Sociedades agentes de bolsa; Bolsas e intermediarias de valores; Administradoras de fondos; Titulizadoras; de CONASEV compensación liquidación de valores, y otras Empresas que explotan Juegos de Casino y tragamonedas MINCETUR Empresas de Correo y Courier, SERPOST (incluye remesas MTC postales) Ministerio de Empresas Mineras Energía y Minas
  • 49. Sujetos Obligados con órgano Supervisor Martilleros Públicos SUNARP Consejo del Notarios Notariado Vendedores de Armas y Fabricantes de DISCAMEC – explosivos Ministerio del Interior Organizaciones No APCI Gubernamentales
  • 50. Supervisión La UIF-Perú realiza visitas de inspección, a los sujetos obligados UIF- bajo su supervisión directa, con el fin de: de: – Evaluar el Sistema de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo – Verificar el cumplimiento de las normas relativas al SILAFIT – De ser el caso, efectuar observaciones y recomendaciones, con el objeto de mejorar el sistema implementado. La UIF-Perú está facultada para aplicar sanciones por las UIF- infracciones del SObligado, que puedan ser detectadas en las Visitas de Inspección. Inspección.
  • 51. Supervisión del Sistema de Prevención del LAFIT Implica la verificación y evaluación del grado de implementación y funcionamiento, de (del): (del): – Grado de colaboración del Sujeto Obligado. Obligado. – Políticas y mecanismos de prevención empleados en su Sistema. Sistema. – Cumplimiento de las normas antilavado y contra el financiamiento del terrorismo. terrorismo. – Oficial de Cumplimiento: Designación, Autonomía, Cumplimiento: excepciones: excepciones: Exclusividad o No. Corporativo. No. Corporativo. Informes semestrales / anuales. anuales. – Aprobación, contenido y alcances del Manual de prevención del LAFIT. Políticas de DDC, DD del LAFIT. trabajador. trabajador. – Aplicación el Código de Conducta. Conducta.
  • 52. Supervisión del Sistema de Prevención del LAFIT Implica la verificación y evaluación del grado de implementación y funcionamiento, de (del): (del): – Registro de Operaciones: contenido mínimo de Operaciones: acuerdo a ley, conservación, copia de seguridad, actualización permanente, se efectuará una revisión selectiva. selectiva. – Contenido del Informe Anual. Anual. – Revisión selectiva de los Files del Personal, contenido y actualización. actualización. – Capacitación: Capacitación: contenido del material de capacitación / Cantidad y periodicidad. periodicidad. – Sistemas de alerta y detección de operaciones inusuales y sospechosas. sospechosas.
  • 53. Supervisión del Sistema de Prevención del LAFIT CONOCIMIENTO DEL CLIENTE CONOCIMIENTO DE TRABAJADORES CONOCIMIENTO DEL MERCADO MECANISMOS DE CÓDIGO DE CONDUCTA, CAPACITACIÓN PREVENCIÓN REGISTRO DE OPERACIONES REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS (ROS) OFICIAL DE CUMPLIMIENTO, AUDITORIA INTERNA, EXTERNA
  • 54. Supervisión del Sistema de Prevención del LAFIT La ejerce la UIF-Perú sobre sujetos obligados UIF- que no tienen órgano supervisor Supervisión La ejercen los órganos supervisores, respecto DIRECTA de sus supervisados, a su vez considerados sujetos obligados por la Ley 27693 La ejercen el órgano supervisor y la UIF-Perú, UIF- Supervisión ésta última a invitación del primero y en función COORDINADA a su capacidad operativa
  • 55. Supervisión La UIF-Perú también está facultada a realizar visitas de UIF- supervisión coordinada con otros organismos supervisores; supervisores; algunos de ellos son: son: – SBS – CONASEV – MINCETUR – Ministerio de Transportes y Comunicaciones – Consejo del Notariado El organismo supervisor y la UIF-Perú verificarán la debida UIF- aplicación de los sistemas de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo y de ser el caso, sancionará su incumplimiento. incumplimiento.
  • 56. Infracciones y Sanciones El incumplimiento de las normas sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo es pasible de sanción administrativa, por: por: • SBS a través de la UIF-Perú, a sujetos obligados a UIF- informar que carecen de un órgano supervisor. supervisor. • Organismos Supervisores: a sujetos obligados bajo Supervisores: su supervisión. supervisión.
  • 57. Sanciones aplicables a SO supervisados UIF-Perú por UIF-Perú Resolución SBS Nº 1782-2007 (Vigente desde 01.04.2008) Infracción Persona Natural Persona Jurídica LEVE Amonestación Amonestación Multa hasta 5 UIT Multa de 1 a 20 UIT GRAVE Multa de 2 a 10 UIT Multa de 5 a 50 UIT MUY GRAVE Multa de 7 a 20 UIT Multa de 20 a 100 UIT Procedimiento Sancionador (Doble Instancia Administrativa) Órgano Instructor Departamento de Supervisión UIF-Perú UIF- 1ª Instancia Superintendencia Adjunta UIF-Perú UIF- 2ª y última Instancia Superintendente de Banca, Seguros y AFP
  • 58. ANALISIS: Información relativa al Registro de Operaciones y el Reporte de Operación Sospechosa
  • 59. Registro de Operaciones • Las operaciones que se incluyen en el Registro de Operaciones no implica que estas sean inusuales o sospechosas. • El Registro de Operaciones no deber ser reportado o enviado a la UIF-Perú, salvo que este sea solicitado. UIF- • Se deben Registrar aquellas operaciones que sobrepasen el umbral establecido. • Puede llevarse mediante sistemas manuales o informáticos y debe contener la información minima establecida en la legislación vigente.
  • 60. Registro de Operaciones (2) Información mínima para el Registro de Operaciones: 1.Fecha de la operación 1.Fecha 2.Monto y Moneda de la operación 2.Monto 3.Forma de pago 3.Forma 4.Nombre del Cliente 4.Nombre 5.Numero de Documento de Identidad 5.Numero 6.Dirección 6.Dirección 7.Nacionalidad 7.Nacionalidad
  • 61. Reporte de Operación Sospechosa (ROS) Operaciones Inusuales Son aquellas cuyo monto o magnitud, características magnitud, particulares, y periodicidad o velocidad de rotación con que son ejecutadas, no guardan relación con la actividad ejecutadas, económica del cliente; salen de los parámetros de cliente; normalidad vigente en el mercado en el que se desenvuelve el cliente, o no tienen un fundamento legal cliente, evidente. evidente.
  • 62. Reporte de Operación Sospechosa – ROS (2) (2 Operaciones Sospechosas Son aquellas que habiendo sido detectadas como inusual, en base a la información con que cuenta el Sujeto Obligado, presuma proceden de alguna actividad ilícita, o que, ilícita, por cualquier motivo, no tengan un fundamento económico o lícito aparente. aparente.
  • 63. Reporte de Operación Sospechosa (3) Operaciones Sospechosas Es importante señalar que en las situaciones sospechosas que se les presenten no deben tener certeza del delito ni del origen de los recursos para poder reportar a la UIF-Perú. UIF- No existen montos mínimos para enviar un Reporte de Operación Sospechosa - ROS
  • 64. Información Importante que se debe incluir en el ROS • Identificación mediante código del OC y Sujeto Obligado. • Identificación plena de la persona natural reportada. • Nombre • Documento de Identidad • Identificación de la Persona Jurídica (de ser el caso). • Nombre • Numero de RUC • Información sobre la operación realizada. • Fecha • Localidad de la operación • Monto • Moneda • Modalidad de Pago
  • 65. Información Importante que se debe incluir en el ROS • Tipo de Operación. • Descripción de la Operación. • Identificar a los involucrados • Relación con el cliente • Razón por la calificación de sospechosa • Señales de alerta implicadas
  • 66. Reporte de Operación Sospechosa (5) El Reporte de Operación Sospechosa (ROS) debe ser enviado a la UIF-Perú por el Oficial UIF- de Cumplimiento dentro de los treinta (30) días en que este ha calificado la operación como sospechosa. Sujeto Ministerio Informe de Obligado Publico Inteligencia ROS Financiera
  • 67. Algunas Señales de Alerta • El cliente se niega a proporcionar la información solicitada o presenta identificaciones inconsistentes, inusuales o de dudosa procedencia. • El cliente presenta una inusual despreocupación respecto de las condiciones de venta, los riesgos que asume o los costos que implican el negocio o transacción que está realizando. • El cliente presenta identificaciones inconsistentes o inusuales, las cuales no son posibles de identificar. • Uso de intermediarios para realizar operaciones comerciales o financieras. • Las operaciones no corresponden al perfil del cliente o su actividad económica.
  • 68. Algunas Señales de Alerta • El cliente realiza en forma reiterada operaciones fraccionadas o de gran monto que no tienen correlación con los montos del giro del negocio o su ingreso individual. • Retiro por un monto significativo de una cuenta que había tenido poco movimiento o de una cuenta que recibió un depósito de gran cantidad fuera de lo común y/o Partición de cuentas de depósitos con personas sin rubro de labor conocida. • Compras de activos: autos, casas, animales, etc. de gran valor y volumen, que no concuerdan con sus ingresos legales. • Negocio minorista que realiza rutinariamente numerosos depósitos de cheques pero que raramente realiza retiros para sus operaciones diarias. • Construcciones en gran escala, sin aparente dueño o empresa conocida en el medio y que el giro de su negocio no esté en correlación con los desembolsos.
  • 69. Formato de ROS UIF-PERU 69
  • 70. CASO PRACTICO LA UIF-PERU RECIBE UN REPORTE DE OPERACIONES UIF- SOSPECHOSAS SECCION V • “La señora A abrió la Cuenta de Ahorros en Dólares Americanos por la suma de US$ 50,000.00 con el cheque Nº 85063478416 del Banco Z de Estados Unidos, que corresponde a una cuenta que la señora A mantiene en dicho Banco. • Dos días después, con cargo a la citada Cuenta de Ahorros la señora A solicitó la apertura de un Depósito a Plazo por US$ 20,000.00 a su nombre. • Luego, la señora A obtiene una Tarjeta de Crédito VISA con una línea de crédito por US$ 10,000.00 (después se redujo a US$ 5,000.00) en garantía de dicha tarjeta se constituyó el depósito a plazo por US$ 20,000.00.
  • 71. CASO PRACTICO LA UIF-PERU RECIBE UN REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS UIF- SECCION V • Asimismo, la señora A obtiene un Préstamo por US$ 5,000.00, en garantía se encuentra también el Depósito a Plazo de US$ 20,000.00. • Posteriormente, la señora A transfiere la suma de US$ 14,000.00 a la Cuenta de Ahorros Nº 3102784225 que en esa misma fecha se abrió a nombre de su hijo. • El Juez del Décimo Primer Juzgado Penal de Lima, solicitó el levantamiento del secreto bancario de la señora A. • Posteriormente en un diario de circulación nacional, apareció una publicación en la que se menciona a la Sra. A vinculándosela con el FUNCIONARIO X, quien habría trabajado con el FUNCIONARIO DE ALTO NIVEL Z.”
  • 72. SEÑALES DE ALERTA • Traslado de Fondos utilizando un instrumento monetario que no fue declarado a la entrada al Perú. • Uso de productos bancarios como certificados a plazo que luego garantizan deudas. • Transferencia de fondos a un familiar cercano o persona conocida con el objetivo de alejar el rastro del dinero. • Vínculos con Personas Expuestas Políticamente.
  • 73. ANALISIS • La Señora A es cuñada del FUNCIONARIO X. El FUNCIONARIO X es el segundo en el cargo luego del FUNCIONARIO Z, quien es el jefe de la Oficina General de Administración de la institución en la que labora. • De las búsquedas efectuadas, se determinó que el FUNCIONARIO X logró colocar las empresas de su segundo hermano como participantes a licitaciones públicas, las mismas que fueron ganadas. • La información colocada en el portal de Transparencia del Ministerio de Economía y Finanzas, muestra que las empresas ganaron licitaciones públicas por compras efectuadas por la institución afectada. Importe: USD 500,000.00 • También, el FUNCIONARIO X, era el presunto encargado de sobornar a diversas personas por encargo del FUNCIONARIO DE MAYOR NIVEL JERARQUICO Z.
  • 74. ANALISIS • Se presume que el proceso se inicia con el presunto traslado de los fondos del FUNCIONARIO Z hacia el FUNCIONARIO X. Posteriormente, el FUNCIONARIO X habría distribuido los fondos ilícitos a sus hermanos. hermanos. • La Señora A habría realizado diversas transacciones (solicitó una tarjeta de crédito con un depósito a plazo en garantía, transfirió un porcentaje a la cuenta de ahorros de su hijo y solicitó un préstamo) con el presunto fin de ocultar el rastro del dinero. dinero. • COROLARIO: COROLARIO: APARENTE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS COMO DELITO PRECEDENTE DE LAVADO DE ACTIVOS REMITIDO EN INFORME DE INTELIGENCIA FINANCIERA AL MINISTERIO PÚBLICO. PÚBLICO.