SlideShare une entreprise Scribd logo
1  sur  60
Télécharger pour lire hors ligne
Año XXIII / Nº 9504 www.elperuano.com.pe Pág. 322077
R
EPUBLICA DEL PER
U
Sumario
NORMAS LEGALES
FUNDADO
EN 1825 POR EL
LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
AÑO DE LA
CONSOLIDACIÓN
DEMOCRÁTICA
Lima, miércoles 21 de junio de 2006
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley Nº 28763.- Ley que modifica la Ley Nº 25120, Ley
que crea el Complejo Turístico Baños del Inca en
Cajamarca 322079
R. Leg. Nº 021-2005-CR.- Resolución Legislativa que
modifica el Artículo 57º del Reglamento del Congreso de
la República 322080
PODER EJECUTIVO
P C M
D.S. Nº 031-2006-PCM.- Aprueban Plan de Desarrollo
de la Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda
Digital Peruana 322080
D.S. Nº 032-2006-PCM.- Crean el Portal de Servicios al
Ciudadano y Empresas - PSCE 322081
DEFENSA
RR.SS. Nºs. 247, 264 y 267-2006-DE/EP/A.1.a.8.-
Autorizan viaje de cadetes y oficiales del Ejército a
EE.UU., Ecuador y Brasil, en comisión de servicios
322082
R.S. Nº 265-2006-DE/FAP.- Autorizan viaje de Oficial
FAP a EE.UU., en misión de estudios 322084
R.S. Nº 266-2006-DE/EP.- Autorizan evacuación de Oficial
EP para recibir tratamiento médico altamente especializado
y reevaluación post operatoria en los EE.UU. 322086
R.M. Nº 473-2006-DE/EP.- Amplían permanencia de
oficial del Ejército en EE.UU. para continuar recibiendo
tratamiento médico 322086
R.M. Nº 518-2006-DE/EP/A.1.a.1.8.- Autorizan a
procurador iniciar acciones para el cobro de suma de
dinero por gastos ocasionados al Estado en la formación
profesional de ex cadete 322087
RR.MM. Nºs. 524, 541, 543, 544 y 596-2006-DE/MGP.-
Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra a
Chile, Ecuador, EE.UU., Panamá y España, en comisión
de servicios 322087
R.M. Nº 542-2006-DE/MGP.- Aprueban proyecto de
Convenio con el Departamento de Defensa de EE.UU.,
referente a intercambio y reintegro de combustible de
Aviación Naval y Propulsión Marina 322089
R.M. Nº 560-2006-DE/SG.- Aprueban Directiva "Normas
para el Proceso de Transferencia de la Gestión del
Ministerio de Defensa al Gobierno Electo en las Elecciones
Generales 2006" 322090
R.M. Nº 577-2006-DE/CCFFAA.- Autorizan viaje de
oficial del Ejército a República Dominicana para participar
en evento sobre comunicadores profesionales para
actividades de ayuda humanitaria 322090
R.M. Nº 585-2006-DE/EP/A-1.a/1-1.- Autorizan viaje de
oficiales del Ejército a EE.UU., en comisión de servicios
322091
R.M. Nº 594-2006-DE/SG.- Autorizan viaje de oficiales
de la Dirección de Asuntos Internacionales e Intesectoriales
del Ministerio para participar en evento a realizarse en
República Dominicana 322091
ECONOMÍA Y FINANZAS
Anexo - D.S. Nº 089-2006-EF.- Anexo del D.S. Nº 089-
2006-EF, sobre medidas complementarias para la aplicación
del Programa de Homologación de los Docentes de las
Universidades Públicas 322092
R.M. Nº 306-2006-EF/10.- Declaran infundado recurso
de queja interpuesto por el RENIEC contra el Tribunal
Fiscal 322093
R.M. Nº 307-2006-EF/75.- Aprueban Contrato de
Fideicomiso de Pago a celebrarse entre los Ministerios de
Economía y Finanzas y de Defensa, para los fines descritos
en el D.S. Nº 188-2005-EF 322093
R.M. Nº 308-2006-EF/10.- Declaran infundado recurso
de queja interpuesto contra el Tribunal Fiscal
322094
R.VM. Nº 012-2006-EF/15.- Precios CIF de referencia
para la aplicación del Derecho Variable Adicional o rebaja
arancelaria aplicable a importaciones de maíz, azúcar, arroz
y lácteos 322094
R.D. Nº 004-2006-EF/68.01.- Aprueban Directiva para
Proyectos de Inversión en Saneamiento Formulados y
Ejecutados por Terceros 322095
INTERIOR
R.S. Nº 0375-2006-IN.- Autorizan viaje de Oficiales de la
PNP a Colombia para participar en la Cumbre de la CLACIP
y en pasantía en la Sede Policial de Bogotá 322096
JUSTICIA
R.M. Nº 243-2006-JUS.- Cancelan título de Notario del
distrito de Churcampa, Distrito Notarial de Junín y nombran
Notario del distrito de Sivia, Distrito Notarial de Ayacucho
322097
MIMDES
RR.MM. Nºs. 411 y 412-2006-MIMDES.- Designan
Presidentes de Directorios de las Sociedades de Beneficencia
Pública de Contumazá y Huaraz 322098
R.M. Nº 413-2006-MIMDES.- Designan Miembro del
Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Lamas
322098
R.M. Nº 414-2006-MIMDES.- Aceptan renuncia de Asesor
del Despacho Viceministerial de la Mujer 322099
NORMAS LEGALES
R
EPUBLICA DEL PERU
322078
El Peruano
miércoles 21 de junio de 2006
R.M. Nº 415-2006-MIMDES.- Designan Asesor de la
Dirección Ejecutiva del INABIF 322099
R.M. Nº 418-2006-MIMDES.- Designan miembro del
Comité de Coordinación Multisectorial de la Agencia
Peruana de Cooperación Internacional 322099
PRODUCE
Anexo - D.S. Nº 013-2006-PRODUCE.- Organigrama
del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES
322100
R.M. Nº 158-2006-PRODUCE.- Autorizan suscripción
de Convenio de Cesión y Uso del Desembarcadero Pesquero
Artesanal de Salaverry con el Gremio de Pescadores
Artesanales del Puerto de Salaverry 322101
RELACIONES EXTERIORES
R.S. Nº 200-2006-RE.- Autorizan a ciudadanos peruanos
residentes en el Reino de España para que presten servicios
en las Fuerzas Armadas Españolas 322101
R.S. Nº 201-2006-RE.- Autorizan uso del Pasaporte Especial
a Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Rosario,
República Argentina 322102
RR.SS. Nºs. 202, 203, 204, 205, 206, 207, 208 y 209-
2006-RE.- Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores,
CONCYTEC, IPD, INRENA, Instituto Geográfico
Nacional, SENAMHI y la Defensoría del Pueblo efectuar
pago de cuotas a diversos organismos internacionales
322102
R.M. Nº 0674-2006-RE.- Retiran de la foja de servicios de
funcionario toda referencia contenida en el cuarto
considerando de la R.M. Nº 0752-2001-RE 322105
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.M. Nº 472-2006-MTC/02.- Autorizan viaje de inspector
de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Costa Rica,
en comisión de servicios 322105
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DEL
PODER JUDICIAL
RR. Adms. Nºs. 082 y 083-2006-CE-PJ.- Autorizan viaje
de Presidente del Poder Judicial y de Jefe de la Oficina de
Control de la Magistratura a República Dominicana para
participar en la XIII Cumbre Judicial Iberoamericana
322106
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Res. Adm. Nº 208-2006-P-CSJLI/PJ.- Disponen
permanencia de magistrados como Juez Provisional del
Cuadragésimo Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de
Lima y como Juez Suplente del Primer Juzgado de Paz
Letrado de Breña 322108
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Res. Nº 1935-2006-ANR.- Autorizan viaje de Presidente
de la ANR para participar en el Encuentro Académico-
Empresarial Internacional de Servicios Públicos: "Creación
de la Red Internacional del Sistema Internacional de
Franquicia en Servicios Públicos entre Colombia, Ecuador,
Perú y Brasil" 322108
J N E
Res. Nº 1181-2006-JNE.- Designan Jurados Electorales
Especiales que tienen competencia para las elecciones
municipales del 13 de agosto de 2006 322109
Fe de Erratas Res. Nº 1167-2006-JNE 322109
ONPE
R.J. Nº 145-2006-J/ONPE.- Designan Jefe de Gabinete
de Asesores de Jefatura Nacional y encargan el despacho
de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios
322109
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONASEV
Res. Nº 031-2006-EF/94.45.- Disponen exclusión del
"Segundo Programa de Certificados de Depósito
Negociables de Financiera CMR - Décimo Primera Emisión"
del Registro Público del Mercado de Valores 322110
INABEC
R.J. Nº 101-JI-INABEC/2006.- Instauran Proceso
Administrativo Disciplinario a ex servidor de la Oficina de
Asesoramiento Institucional del INABEC 322111
OSINERG
Res. Nº 292-2006-OS/CD.- Dejan sin efecto, reponen y
precisan vigencia de diversas resoluciones, y disponen la
devolución a los consumidores de montos que las empresas
de electricidad hubieran cobrado por el Cargo CPSEE03
322111
SUNAT
Res. Nº 336-2006-SUNAT/A.- Fijan Factores de Conversión
Monetaria 322113
SUNARP
Res. Nº 167-2006-SUNARP/SN.- Modifican resolución a
fin de posponer la fecha para la convocatoria al V Premio
a la Excelencia Académica en Derecho del Año 2005
322114
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE LORETO
Acuerdo Nº 004-2006-SE-GRL.- Exoneran de proceso
de selección la adquisición de servicios públicos entre el
Gobierno Regional de Loreto y la Dirección Regional de
Transportes y Comunicaciones 322114
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Res. Nº 576-2005-MML-GDU.- Ratifican la Res. Nº 051-
2004-RASS de la Municipalidad Distrital de Santiago de
Surco, que aprueba proyectos de habilitación urbana de
terreno 322115
NORMAS LEGALESEl Peruano
miércoles 21 de junio de 2006 322079
R
EPUBLICA DEL PER
U
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
LEY Nº 28763
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA LA LEY Nº 25120,
LEY QUE CREA EL COMPLEJO TURÍSTICO
BAÑOS DEL INCA EN CAJAMARCA
Artículo único.- Objeto de la Ley
Modifícanse los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 25120,
Ley que crea el Complejo Turístico Baños del Inca en
Cajamarca, en los siguientes términos:
“Artículo 2º.- Patrimonio
Constituye patrimonio del Complejo Turístico Baños
del Inca:
a) Las instalaciones actualmente existentes en los
pozos de los diversos pabellones, incluyendo el
pabellón para turistas, piscina municipal, el
albergue y el centro piscícola, el íntegro del
patrimonio del Complejo Turístico Baños del Inca,
así como otros que le sean transferidos con las
fuentes termales correspondientes.
b) Los recursos financieros o rentas que se obtengan
como resultado de las concesiones en uso de las
fuentes de agua minero medicinales con fines
turísticos, otorgadas por el Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo, de conformidad con lo dispuesto
en el Decreto Ley Nº 25533, así como los arriendos
de los lotes y edificaciones que se realicen.
c) Los fondos provenientes de los préstamos y
convenios de financiación, tanto nacionales
como internacionales.
d) Los aportes de la Municipalidad Distrital de Baños
del Inca, la Municipalidad Provincial de Cajamarca
y del Gobierno Regional de Cajamarca.
e) Donaciones y legados.
f) Otros que se le asigne.
Quedan exceptuados del alcance de la presente Ley
las áreas que en la actualidad se encuentran
ocupadas por las instalaciones administrativas de la
Dirección Regional de Producción de Cajamarca, con
una extensión de 0.5 hectáreas, y por el Colegio
Estatal Andrés Avelino Cáceres, con una extensión
de 0.15 hectáreas. Áreas que quedarán en propiedad
exclusiva de las entidades antes mencionadas de
acuerdo a los planos perimétricos que obran en poder
de la Dirección Regional de Producción de Cajamarca.
Artículo 3º.- Administración
3.1 La administración del Complejo Turístico Baños
del Inca está a cargo de la Municipalidad Distrital
de Baños del Inca y los recursos provenientes
de su explotación serán destinados a su
mantenimiento, conservación y expansión.
3.2 La Municipalidad Distrital de Baños del Inca podrá
suscribir contratos de administración, inversión
o concesión con personas naturales o jurídicas,
nacionales o extranjeras en beneficio del Complejo
Turístico Baños del Inca sujetándose a las
disposiciones de la normatividad específica.”
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERA.- Derogatoria
Deróganse el artículo 4º de la Ley Nº 25120 y las
demás normas que se opongan a la presente Ley.
SEGUNDA.- Reglamento de la Ley
El Ministro de Comercio Exterior y Turismo
reglamentará la presente Ley en un plazo no mayor de
treinta (30) días, contados a partir de su entrada en
vigencia.
TERCERA.- Vigencia de la Ley
La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de
su publicación en el Diario Oficial El Peruano, con
excepción de la modificación al artículo 3º de la Ley
Nº 25120 y la Primera Disposición Complementaria de la
presente Ley, que entran en vigencia el 1 de enero de
2007.
Res. Nº 020-2006-MML-GDU.- Ratifican la Res. Nº 166-
2005-GIPRI-GCDL-MSS de la Municipalidad Distrital de
Santiago de Surco, que aprueba proyectos de habilitación
urbana 322115
MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Ordenanza Nº 075-CDLCH.- Declaran inaplicable la
Ordenanza Nº 09-MDSA expedida por la Municipalidad
Distrital de San Antonio de la provincia de Huarochirí
322116
MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Ordenanza Nº 170-MDS.- Regulan el Proceso de
Presupuesto Participativo de la Municipalidad para el año
fiscal 2007 322117
D.A. Nº 009-2006-MDS.- Prorrogan fechas de vencimiento
de arbitrios y de beneficios aprobados mediante Ordenanzas
Nºs. 161 y 163-MDS 322120
MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Ordenanza Nº 134-MVES.- Establecen disposiciones para
facilitar el trámite administrativo para la ejecución de obras
del Programa Municipal de Vivienda 322121
D.A. Nº 016-2006-ALC/MVES.- Amplían vigencia de
Decretos de Alcaldía referidos a requisitos y costos de la
Licencia de Apertura de Establecimiento Definitiva
322122
SEPARATAS ESPECIALES
ECONOMÍA Y FINANZAS
R.D. Nº 032 -2006-EF/76.01.- Directiva para la Programación
y Formulación del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento
Empresarial Año Fiscal 2007 322033
VIVIENDA
Fe de Erratas Anexo - D.S. Nº 011-2006-VIVIENDA
322123
PROYECTO
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Proyecto de modificación de los Lineamientos de Política
de Apertura del Mercado de Telecomunicaciones 322132
NORMAS LEGALES
R
EPUBLICA DEL PERU
322080
El Peruano
miércoles 21 de junio de 2006
POR TANTO:
Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso
de la República, aceptándose las observaciones
formuladas por el señor Presidente de la República, de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 108º de la
Constitución Política del Estado, ordeno que se publique
y cumpla.
En Lima, a los diecinueve días del mes de junio de
dos mil seis.
MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO
Presidente del Congreso de la República
FAUSTO ALVARADO DODERO
Primer Vicepresidente del
Congreso de la República
10965
RESOLUCIÓN LEGISLATIVADEL CONGRESO
Nº 021-2005-CR
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE MODIFICA
EL ARTÍCULO 57º DEL REGLAMENTO DEL
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Artículo único.- Modifica el artículo 57º del
Reglamento del Congreso
Modifícase el artículo 57º del Reglamento del
Congreso, el mismo que queda redactado de la siguiente
manera:
“Clases de votaciones
Artículo 57º.- Todas las votaciones son públicas,
salvo que dos tercios de los miembros hábiles del Pleno
acuerden que sean secretas.
Las votaciones pueden ser:
a) Por tablero: Cuando cada Congresista acciona
el sistema de votación electrónica,
registrándose en acta su nombre y sentido
de su voto.
Si por algún motivo no pudiera utilizarse el
tablero electrónico, el Presidente, tratándose
de leyes y resoluciones legislativas, dispondrá
votación nominal, en cuyo caso el relator llama
a cada uno de los Congresistas por su nombre
y éstos responden SÍ, NO o ABSTENCIÓN.
b) A mano alzada: Siempre que no se trate de leyes
ni resoluciones legislativas.
Las votaciones secretas se realizan recibiendo cada
Congresista una cédula, expresando su voto en ella y
depositándola en el ánfora.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en el Palacio del Congreso, en Lima, a los
diecinueve días del mes de junio de dos mil seis.
MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO
Presidente del Congreso de la República
FAUSTO ALVARADO DODERO
Primer Vicepresidente del Congreso
de la República
10933
PODER EJECUTIVO
P C M
Aprueban Plan de Desarrollo de la
Sociedad de la Información en el Perú
- La Agenda Digital Peruana
DECRETO SUPREMO
Nº 031-2006-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 181-2003-
PCM, modificada por la Resolución Ministerial Nº 397-
2003-PCM, se creó la Comisión Multisectorial para el
Desarrollo de la Sociedad de la Información- CODESI,
con el objetivo de elaborar un Plan de Desarrollo de la
Sociedad de la Información en el Perú;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 148-2005-
PCM se dio por concluido el encargo conferido a la
CODESI y se dispuso la publicación del Plan de Desarrollo
de la Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda
Digital Peruana en el portal de la Presidencia del Consejo
de Ministros www.pcm.gob.pe;
Que, el Plan de Desarrollo de la Sociedad de la
Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana ha
sido elaborado con el concurso del sector público y el
sector privado, con la participación de entidades
representativas de la sociedad civil y del sector
académico, constituyendo un documento de política que
contiene las acciones, estrategias, metas, y políticas
específicas necesarias para el adecuado desarrollo,
implementación y promoción de la Sociedad de la
Información en el Perú, a fin de alcanzar la modernización
del Estado y desarrollar un esquema real y coherente en
beneficio de la población en general;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 318-2005-
PCM, modificada por Resolución Ministerial Nº 381-2005-
PCM, se constituyó la Comisión Multisectorial para el
seguimiento y evaluación del Plan de Desarrollo de la
Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda Digital
Peruana;
Que, si bien mediante la citada resolución se establece
como objetivo de la Comisión Multisectorial de
seguimiento y evaluación realizar las coordinaciones
necesarias para incorporar las acciones propuestas en
los planes operativos y estratégicos de los sectores y
entidades públicas involucradas, resulta necesario
aprobar el Plan de Desarrollo de la Sociedad de la
Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana para
su reconocimiento oficial y cumplimiento obligatorio por
parte de los sectores y entidades públicas pertinentes;
Que, en tal sentido, es necesario emitir la norma que
aprueba el Plan de Desarrollo de la Sociedad de la
Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana;
Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión
Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
De conformidad con el inciso 24 del artículo 118º de
la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo
Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Artículo 1º.- Aprobación
Aprobar el Plan de Desarrollo de la Sociedad de la
Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana,
documento elaborado por la Comisión Multisectorial para
el Desarrollo de la Sociedad de la Información - CODESI,
que contiene seis (6) capítulos, un (1) glosario y anexos,
cuya versión actualizada deberá ser publicada en la
página web de la Presidencia del Consejo de Ministros.
El seguimiento y evaluación del Plan de Acción
contenido en el Capítulo V y la actualización de su Matriz,
estará a cargo de la Comisión Multisectorial creada
mediante Resolución Ministerial Nº 318-2005-PCM.
Artículo 2º.- Ejecución
Los Titulares de los Sectores y entidades públicas
involucradas se encargarán de adoptar las acciones
necesarias para el cumplimiento y ejecución del Plan de
NORMAS LEGALESEl Peruano
miércoles 21 de junio de 2006 322081
R
EPUBLICA DEL PER
U
Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú -
La Agenda Digital Peruana.
Artículo 3º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte
días del mes de junio del año dos mil seis.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economía y Finanzas
Encargado de la Presidencia
del Consejo de Ministros
10966
Crean el Portal de Servicios al
Ciudadano y Empresas - PSCE
DECRETO SUPREMO
Nº 032-2006-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27658 - Ley Marco de
Modernización de la Gestión del Estado se declara al
Estado Peruano en proceso de modernización en sus
diferentes instancias, dependencias, entidades,
organizaciones y procedimientos, con la finalidad de
mejorar la gestión pública y construir un Estado
democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano,
estableciendo principios, acciones, mecanismos y
herramientas para llevar a cabo el mismo;
Que, por su parte, el Texto Único Ordenado de la Ley
de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM
establece la obligación de las instituciones públicas de
publicar su Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA en su Portal Institucional;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 060-2001-PCM
se crea el Portal del Estado Peruano, en adelante "PEP",
como el Portal de máxima jerarquía del Estado Peruano,
al que deberán estar conectados o enlazados los portales
de todas las instituciones de la Administración Pública, y
que proporciona información referente a la organización
del Estado, servicios de información sobre
procedimientos administrativos que se realiza ante las
diversas dependencias públicas;
Que, corresponde a la Presidencia del Consejo de
Ministros actuar como ente rector del Sistema Nacional
de Informática;
Que, los portales electrónicos institucionales se han
convertido en el medio de difusión de información más
accesible, convirtiéndose en instrumentos muy
poderosos de promoción de la imagen institucional, sus
relaciones y sus productos y servicios, permitiendo que
más usuarios obtengan información especializada;
Que, en tal sentido, resulta pertinente dictar
disposiciones que permitan que la ciudadanía en general
pueda acceder a los Textos Únicos de Procedimientos
Administrativos de las Entidades a través de la creación
de un Portal informático adscrito al Portal del Estado
Peruano;
En uso de las facultades conferidas en el inciso 8) del
artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el
Decreto Legislativo Nº 560 - Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y el
Decreto Supremo Nº 094-2005-PCM;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ámbito de aplicación de la norma
La presente norma será de aplicación a todas las
entidades públicas.
Para los fines de la presente norma se entenderá por
"entidad pública" a aquellas referidas en el artículo I del Título
Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
NORMAS LEGALES
R
EPUBLICA DEL PERU
322082
El Peruano
miércoles 21 de junio de 2006
Administrativo General, con excepción de las referidas en el
inciso 8) y las empresas privadas con participación del
Estado.
Artículo 2º.- Creación del Portal de Servicios al
Ciudadano y Empresas - PSCE
Créase el Portal de Servicios al Ciudadano y
Empresas - PSCE adscrito al Portal del Estado Peruano
- PEP, como un sistema de información en Internet sobre
los procedimientos, requisitos y derechos establecidos
en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -
TUPA de las entidades públicas del Estado, a fin de
facilitarle dicha información al administrado, al mismo
que se podrá acceder a través de la siguiente dirección
electrónica: www.serviciosalciudadano.gob.pe
El PSCE es administrado por la Oficina Nacional de
Gobierno Electrónico e Informática - ONGEI de la
Presidencia del Consejo de Ministros.
Artículo 3º.- Publicidad y valor oficial de la
información
El PSCE, como sistema interactivo de información a
los ciudadanos y empresas a través de Internet, cumple
la función de publicitar los servicios y procedimientos
administrativos que se realizan ante las diversas
entidades públicas a través de la publicación del
correspondiente Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA.
Artículo 4º.- Gratuidad de la información
La publicación de la información que las entidades
públicas ingresen en el PSCE se realizará de forma
gratuita.
Asimismo, las personas naturales, jurídicas y
entidades públicas podrán acceder a dicha información
sin costo alguno.
Artículo 5º.- Responsable de la publicación en el
PSCE
El funcionario responsable de la elaboración de los
portales de Internet al que se refiere el artículo 5º del
Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública es el
responsable de cumplir con la publicación de los TUPAS
y sus modificaciones en el PSCE.
Asimismo se encuentra obligado a mantener en el
portal institucional del cual es responsable, un enlace
con el PSCE.
La entidad deberá comunicar a la ONGEI la identidad
del responsable para que se le otorgue la habilitación
correspondiente a efectos de publicar el TUPA en el PSCE.
Artículo 6º.- Efecto de la publicación
La información de los TUPAS contenida en el PSCE
tiene carácter oficial.
Artículo 7º.- Procedimiento de publicación
El procedimiento que las instituciones adoptarán a fin
de ingresar la información en el PSCE será aprobado
por Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo
de Ministros.
Artículo 8º.- Responsabilidad por no publicar los
TUPAS y sus modificaciones
Los funcionarios responsables citados en el artículo 5º
de la presente norma que incumplan con publicar el TUPA
o sus modificaciones en el PSCE, en la forma y plazos que
se establezcan, asumirán la responsabilidad prevista en el
artículo 4º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 -
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Artículo 9º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros.
DISPOSICIONES FINALES, COMPLEMENTARIAS
Y TRANSITORIAS
Primera.- Aprobación del procedimiento para
ingresar los TUPAS al Portal de Servicio al Ciudadano
La Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática
- ONGEI deberá presentar un proyecto de Resolución
Ministerial que apruebe el procedimiento al que se refiere el
artículo 7º de la presente norma, en un plazo no mayor de 30
días calendario contados a partir del día siguiente de la
publicación de la presente norma, bajo responsabilidad.
En dicha norma, además, se aprobará el
procedimiento para que aquellas entidades públicas que
no cuenten con las herramientas tecnológicas para
ingresar el TUPA al PSCE, puedan hacerlo directamente
desde cualquier cabina de Internet o con el apoyo de la
Municipalidad Distrital, Provincial o del Gobierno Regional
más cercano, las mismas que tienen la obligación de
brindarles la colaboración necesaria para tal fin.
Segunda.- El presente Decreto Supremo entrará en
vigencia al día siguiente de publicada la Resolución
Ministerial que se señala en la disposición anterior.
Tercera.- La Presidencia del Consejo de Ministros
aprobará las normas complementarias a efectos de
cumplir con la presente norma.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte
días del mes de junio del año dos mil seis.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economía y Finanzas
Encargado de la Presidencia
del Consejo de Ministros
10967
DEFENSA
Autorizan viaje de cadetes y oficiales
del Ejército a EE.UU., Ecuador y Brasil,
en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 247-2006-DE/EP/A.1.a.1.8
Lima, 14 de junio de 2006
Visto, la Hoja de Recomendación Nº 059 DIEDE/SD-
PMTO Y EVAL/C-4.c.3 de mayo del 2006, de la
Subdirección de Planeamiento y Evaluación de la
Dirección de Educación y Doctrina del Ejército.
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente para los intereses institucionales
designar al Cadete III GUEVARA NUÑEZ Héctor Felipe,
para que participe como alumno del Curso de Formación
de Oficiales en la Academia Militar de los Estados Unidos
(USMA) West Point, en el período comprendido del 20 de
junio al 31 de diciembre de 2006, por cuanto permitirá
disponer de personal con un elevado nivel académico y
preparación profesional en centros de enseñanza militar
en el extranjero, así como, continuar manteniendo
vínculos de amistad con Ejércitos de otros países;
Que, los gastos de formación profesional serán
solventados por el Gobierno de los Estados Unidos de
América, salvo en lo referente a los conceptos de
Compensación Extraordinaria por Servicio en el
Extranjero y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto;
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619
- Ley que regula la autorización de viajes al exterior de
Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del
Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del
Sector Público para el año Fiscal 2006, Decreto de Urgencia
Nº 002-2006 del 19 de enero de 2006 y su modificatoria con el
Decreto de Urgencia Nº 006-2006 del 7 de mayo del 2006,
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de 5 de junio del 2002,
Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de 26 de enero del
2004, y su modificatoria con el Decreto Supremo Nº 008-2004-
DE/SG de 30 de junio del 2004; y,
Estando a lo opinado por el señor General de Ejército
Comandante General del Ejército y lo acordado con el
señor Ministro de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión
de Estudios al Cadete III GUEVARA NUÑEZ Héctor
Felipe, para que participe como alumno de la Academia
Militar de los Estados Unidos (USMA) West Point, en el
período del 20 de junio al 31 de diciembre del 2006.
NORMAS LEGALESEl Peruano
miércoles 21 de junio de 2006 322083
R
EPUBLICA DEL PER
U
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del
Perú efectuará el pago que corresponda, de acuerdo a
los conceptos siguientes:
Compensación Extraordinaria Mensual por
Servicio en el Extranjero:
US$ 500.00 x 6 meses x 1 persona
US$ 500.00 : 30 x 11 días x 1 persona
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:
US$ 30.25 x 1 persona
Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la autorización
al que se refiere el artículo 1º, sin exceder el período
total de días aprobados.
Artículo 4º.- Los gastos de formación profesional
serán solventados por el Gobierno de los Estados Unidos
de América, salvo en lo referente a los conceptos de
Compensación Extraordinaria por Servicios en el
Extranjero y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE
Presidente Constitucional de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economía y Finanzas
Encargado de Despacho del
Presidente del Consejo de Ministros
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
10970
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 264-2006-DE/EP/A.1.a.1.8
Lima, 19 de junio de 2006
Visto, la Hoja de Recomendación Nº 038 DAI-JEMGE/A-3
demayodel2006,delDepartamentodeAsuntosInternacionales
de la Jefatura del Estado Mayor General del Ejército.
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente para los intereses institucionales
nombrar en Comisión de Servicio al Crl. Com. CORDOVA
GARCIA Pedro y My. MG PELAEZ MEDINA Jorge, para
participar en el intercambio profesional académico en
las especialidades de Ciencia y Tecnología, a realizarse
en la ciudad de Quito - República de Ecuador, en el
período comprendido del 19 al 21 de junio del 2006, por
cuanto las experiencias y el conocimiento a adquirirse
redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional dentro
del ámbito de competencia del Ejército del Perú;
Que, la participación del Ejército del Perú en el intercambio
profesional académico en las especialidades de Ciencia y
Tecnología, es de gran importancia, ya que va a contribuir a
fortalecer la imagen y prestigio Institucional, así como también,
va a permitir el intercambio de información, experiencias y
conocimientos en el campo de Ciencia y Tecnología;
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619
- Ley que regula la autorización de viajes al exterior de
Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del
Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del
Sector Público para el año Fiscal 2006, Decreto de Urgencia
Nº 002-2006 del 19 de enero de 2006 y su modificatoria con el
Decreto de Urgencia Nº 006-2006 del 7 de mayo del 2006,
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de 5 de junio del 2002,
Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de 26 de enero del
2004, y su modificatoria con el Decreto Supremo Nº 008-2004-
DE/SG de 30 de junio del 2004; y,
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comisión
de Servicio, al Crl. Com. CORDOVA GARCIA Pedro y
My. MG PELAEZ MEDINA Jorge, para participar en el
intercambio profesional académico en las especialidades
de Ciencia y Tecnología, a realizarse en la ciudad de
Quito - República de Ecuador, en el período comprendido
del 19 al 21 de junio del 2006.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del
Perú efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo
a los conceptos siguientes:
PASAJES:
Lima - Quito - Lima (Ida y Vuelta)
$ 648.70 x 2 personas
VIÁTICOS:
$ 200.00 x 3 días x 2 personas
TARIFA ÚNICA DE USO DE AEROPUERTO:
US$ 30.25 x 2 personas
Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la Comisión,
sin exceder el período total establecido.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente del Consejo de Ministros
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
10971
NORMAS LEGALES
R
EPUBLICA DEL PERU
322084
El Peruano
miércoles 21 de junio de 2006
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 267-2006-DE/EP/A.1.a.1.8
Lima, 19 de junio de 2006
Visto, la Hoja de Recomendación Nº 060 DIEDE/SD-
PMTO Y EVAL/C-4.c.3 de mayo del 2006, de la
Subdirección de Planeamiento y Evaluación de la
Dirección de Educación y Doctrina del Ejército.
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente para los intereses institucionales
nombrar en Comisión de Servicio al Cadete V Art.
PAREDES OTERO Víctor Hugo y Cadete V Ing. BENITES
NARCISO César Augusto, para visitar la Academia Militar
"Agulhas Negras" de la República de Brasil, en el período
comprendido del 20 al 25 de junio del 2006, por cuanto
las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio
de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de
competencia del Ejército del Perú;
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619
- Ley que regula la autorización de viajes al exterior de
Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del
Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto
del Sector Público para el año Fiscal 2006, Decreto de
Urgencia Nº 002-2006 del 19 de enero de 2006 y su
modificatoria con el Decreto de Urgencia Nº 006-2006 del 7
de mayo del 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de
5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG
de 26 de enero del 2004, y su modificatoria con el Decreto
Supremo Nº 008-2004-DE/SG de 30 de junio del 2004; y,
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comisión
de Servicio, al Cadete V Art. PAREDES OTERO Víctor
Hugo y Cadete V Ing. BENITES NARCISO César
Augusto, para que visiten la Academia Militar "Agulhas
Negras" de la República de Brasil, en el período
comprendido del 20 al 25 de junio del 2006.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del
Perú efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo
a los conceptos siguientes:
PASAJES:
Lima - Brasilia - Lima (Ida y Vuelta)
US$ 1,025.00 x 2 personas
VIÁTICOS:
$ 200.00 x 6 días x 2 personas
TARIFA ÚNICA DE USO DE AEROPUERTO:
US$ 30.25 x 2 personas
Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la Comisión,
sin exceder el período total establecido.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente del Consejo de Ministros
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
10974
Autorizan viaje de Oficial FAP a EE.UU.,
en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 265-2006-DE/FAP
Lima, 19 de junio de 2006
Vista la Hoja Informativa V-50-SMUI-Nº 0002 del 19 de
abril de 2006 del Comandante del Servicio de Mantenimiento
de la Fuerza Aérea del Perú, la Hoja InformativaV-50-MADP-
Nº 0009 del 11 de mayo de 2006 del Comandante de Material
de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de Trámite
Nº 1839-SGFA del 18 de mayo de 2006 del Secretario
General de la Fuerza Aérea del Perú;
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente para los intereses institucionales
autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a los
Estados Unidos de América, del 19 al 23 de junio de
2006, del Comandante FAP ROJAS CHILET Gabriel
Enrique, con la finalidad que realice el Curso de
Mantenimiento de Baterías Níquel Cadmio, a llevarse a
cabo en la ciudad de Dallas, siendo solventados los gastos
que se ocasione el mencionado curso, con Recursos
Directamente Recaudados por el Servicio de
Mantenimiento de la Fuerza Aérea del Perú;
Que, el viaje en misión de estudios se encuentra
considerado en el Plan Anual de Viajes al Extranjero AF-
2006, aprobado con Resolución Ministerial Nº 093-2006-
DE/SG del 10 de febrero de 2006;
De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula
la autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio
de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley del Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo
Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto
Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y
su modificatoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/
SG del 30 de junio de 2004 y Decreto de Urgencia
Nº 006-2006 del 3 de mayo de 2006;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión
de Estudios a los Estados Unidos de América, del 19 al
23 de junio de 2006, del Comandante FAP ROJAS CHILET
Gabriel Enrique, con la finalidad que realice el Curso de
Mantenimiento de Baterías Níquel Cadmio, a llevarse a
cabo en la ciudad de Dallas.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea
del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de
acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes:
US$ 1,120.16 x 1 Oficial
Viáticos:
US$ 220.00 x 5 días x 1 Oficial
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto
US$ 30.25 x 1 Oficial
Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la misión, sin
exceder el total de días autorizados.
Artículo 4º.- El citado Personal, deberá dar
cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002
y la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo
Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004.
Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho
a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada
por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro
de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente del Consejo de Ministros
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
10972
NORMAS LEGALESEl Peruano
miércoles 21 de junio de 2006 322085
R
EPUBLICA DEL PER
U
RESULTADO DEL PROCESO DE FISCALIZACIÓN POSTERIOR PERÍODO MAYO 2006
Nº CONTRATISTA Nº REG. Nº RESOLUCIÓN (*) SUMILLA DE RESOLUCIÓN
1 EL ESCORIAL 10888 ResolucióndeGerencia Por no comunicar oportunamente la variación de su plantel
CONSTRUCTORA E Nº 1165-2006-CONSUCODE/GR técnico se disminuye su Capacidad Máxima de Contratación
INMOBILIARIA del4.5.2006. y se deja sin efecto legal el Certificado de Inscripción
S.A.C. N° 1389 de fecha 9.12.2004.
2 JJ CONTRATISTAS 9332 ResolucióndeGerencia Por no comunicar oportunamente la variación de su plantel
ASOCIADOS S.A.C. Nº 1210-2006-CONSUCODE/GR técnico, se deja sin efecto legal la vigencia de la inscripción
(JJ CONASAC) del 8.5.2006. otorgada a la empresa mediante Resolución de Gerencia
Nº 1236-2004-CONSUCODE/GR del 8.6.2004 y el Certifi-
cado de Inscripción Nº 675 de fecha 10.6.2004.
3 EMPRESA 10842 ResolucióndeSubgerencia Por no comunicar oportunamente la variación de su plantel
PROMOTORA PARA Nº001-2006-CONSUCODE/ técnico, resulta procedente Cancelar su Inscripción como
EL DESARROLLO GRNP/SFPdel24.5.2006 Ejecutor de Obras y dejar sin efecto legal el Certificado de
"CORZO" S.R.L. InscripciónNº1292defecha11.11.2004
(EMPDECO S.R.L.)
4 CONSTRUCTORA 11284 ResolucióndeSubgerencia Por no acreditar al nuevo integrante de su plantel técnico
YSERVICIOS Nº002-2006-CONSUCODE/ dentro del plazo legal establecido, resulta procedente Can-
GENERALES GRNP/SFPdel30.5.2006 celar su Inscripción como Ejecutor de Obras y dejar sin efec-
ESTORAKE E.I.R.L. to legal su Certificado de Inscripción Nº 1161 de fecha
27.10.2005.
5 IC INFANTEY CIA. 5404 ResolucióndeSubgerencia Por no acreditar al nuevo integrante de su plantel técnico
CONTRATISTAS Nº003-2006-CONSUCODE/ dentro del plazo legal establecido, resulta procedente Can-
GENERALES E.I.R.L. GRNP/SFPdel30.5.2006 celar su Inscripción com Ejecutor de Obras y dejar sin efecto
legal el Certificado de Inscripción Nº 1309 de fecha
30.11.2005
6 CONSTRUCTORA 9323 Resolución de Presidencia Declarar la nulidad de la Resolución de Gerencia Nº 0417-
BENITO LLERENA Nº 493-2005-CONSUCODE/PRE 2005-CONSUCODE/GR del 23.3.2005 que aprobó el Au-
E HIJOS S.R.L. del23.12.2005. mento de Capacidad de Contratación como Ejecutor de
Obras, y del Certificado de Inscripción Nº 227 de fecha
29.3.2005, disponer la formulación de la denuncia penal
contra el representante legal de la empresa y contra
todos los que resulten responsables, por la presunta
comisión del delito contra la función jurisdiccional (falsa
declaración en procedimiento administrativo) e imponer
la multa respectiva.
7 CONSTRUCTORA 9323 Resolución de Presidencia Disponer el inicio de las acciones legales, vía proceso con-
BENITO LLERENA Nº 051-2006-CONSUCODE/PRE tencioso administrativo, a fin que en sede judicial se declare
E HIJOS S.R.L. del 31.1.2006. la nulidad de la Resolución de Gerencia Nº 1137-2004-CON-
SUCODE/GR del 24.5.2004, que aprobó la Renovación de
Inscripción como Ejecutor de Obras, asimismo, disponer el
inicio de las acciones legales correspondientes contra el
representante legal de la empresa y contra todos los que
resulten responsables, por la presunta comisión del delito
contra la función jurisdiccional (falsa declaración en procedi-
miento administrativo) e imponer la multa respectiva.
8 CONTRATISTAS 9856 Resolución de Presidencia Declarar la nulidad de la Resolución de Gerencia Nº 0806-
GENERALES GYLSA Nº 155-2006-CONSUCODE/PRE 2005-CONSUCODE/GR del 26.5.2005 que aprobó la Re-
S.R.L. del 3.4.2006. novación de Inscripción como Ejecutor de Obras y del
Certificado de Inscripción Nº 467 de fecha 30.5.2005, dis-
poner el inicio de las acciones legales correspondientes
contra el representante legal de la empresa y contra todos
los que resulten responsables, por la presunta comisión de
los delitos contra la función jurisdiccional (falsa declara-
ción en procedimiento administrativo) y contra la fe pública
en agravio de CONSUCODE e imponer la multa respectiva.
9 VULCAIN METAL 9547 Resolución de Presidencia Disponer el inicio de las acciones legales, vía proceso con-
COMPANY S.A.C. Nº 205-2006-CONSUCODE/PRE tencioso administrativo, a fin que en sede judicial se declare
(VULMETCO S.A.C.) del9.5.2006. la nulidad de la Resolución de Gerencia Nº 2274-2004-
CONSUCODE/GR del 9.11.2004, asimismo,disponer el ini-
cio de las acciones legales correspondientes contra el representante
legaldelaempresaycontratodoslosqueresultenresponsables,por
la presunta comisión de los delitos contra la función jurisdiccional
(falsa declaración en procedimiento administrativo) y contra la fe
pública en agravio de CONSUCODE e imponer la multa respectiva.
Lima, junio de 2006
Gerencia de Registros
10870
NORMAS LEGALES
R
EPUBLICA DEL PERU
322086
El Peruano
miércoles 21 de junio de 2006
Autorizan evacuación de Oficial EP
para recibir tratamiento médico
altamente especializado y reevaluación
post operatoria en los EE.UU.
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 266-2006-DE/EP
Lima, 19 de junio de 2006
Visto, el Oficio Nº 106 Q-14.a/15.00, del 16 de mayo
del 2006, de la Dirección de Salud del Ejército.
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Hoja de Recomendación Nº 21 Q-14.a/
15.00 de May 2006 de la Dirección de Salud del Ejército, el
señor General de Ejército Comandante general del Ejército
aprueba la evacuación del My Inf Miguel Angel VELEZMORO
ROJAS, al MD ANDERSON CANCER CENTER DE
HOUSTON - TEXAS USA, para una reevaluación Post
OperatoriadeMédulaOsea,acompañadodesuseñoraesposa
Luz Marina CUEVA LOPEZ de VELEZMORO;
De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la
autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios
Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley
Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año
Fiscal 2006, Decreto de Urgencia Nº 002 del 19 de enero del
2006 y su modificatoria con el Decreto de Urgencia Nº 006-
2006 del 3 de mayo del 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-
PCM del 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-
DE/SGdefecha26deenerodel2004ysumodificatoriaDecreto
Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio del 2004; y,
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar la evacuación al extranjero
del Mayor EP Miguel Angel VELEZMORO ROJAS, para
recibir Tratamiento Médico Altamente Especializado y
una reevaluación Post Operatoria de Médula Òsea en el
MD ANDERSON CANCER CENTER DE HOUSTON -
TEXAS USA, acompañado de su señora esposa Luz
Marina CUEVA LOPEZ de VELEZMORO en el período
comprendido del 19 de junio al 18 de julio del 2006.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del
Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo
a los conceptos siguientes:
Pasajes:
Lima - Texas - Lima
US$ 888.00 x 2 personas
Compensación Extraordinaria por Servicio en el
Extranjero:
US$ 3,050.00 x 1 mes x 1 persona
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto
US$ 30.25 x 2 personas
Artículo 3º.- Los gastos de tratamiento médico y
hospitalización serán sufragados por la Dirección de
Salud del Ejército.
Artículo 4º.- El Ministro de Defensa, queda facultado
para variar la fecha de inicio o término de la autorización
de viaje sin exceder el plazo total establecido.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente del Consejo de Ministros
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
10973
Amplían permanencia de oficial del
Ejército en EE.UU. para continuar
recibiendo tratamiento médico
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 473-2006-DE/EP
Lima, 3 de mayo de 2006
Vistos, la Hoja de Recomendación Nº 001 Q-14.c/6/
15.07.01 de fecha 18 de enero del 2006.
CONSIDERANDO:
Que, mediante R.S. Nº 219-2005 DE/EP del 11 de abril
del 2005, se autorizó el viaje del My. Com. DORIA VELARDE
Alberto Martín a los Estados Unidos de América, para recibir
tratamiento médico altamente especializado en el JOHNS
HOPKINS HOSPITAL BALTIMORE MARYLAND, por
padecer de “Síndrome vertiginoso periférico por probable
fístula perilinfática en oído derecho”;
Que, por R.S. Nº 660-2005 DE/EP del 23 de noviembre
del 2005, se resolvió con eficacia anticipada, ampliar la
permanencia en los Estados Unidos de América, del 1 de
junio al 15 de agosto del 2005, del My.Com.DORIAVELARDE
Alberto Martín, con la finalidad de continuar recibiendo
Tratamiento Médico Altamente Especializado en el JOHNS
HOPKINS HOSPITAL BALTIMORE MARYLAND, resolución
que fue publicada el 1 de diciembre del 2005;
Que, el Agregado Militar del Perú en los Estados Unidos de
América, mediante el FAX Nº 084 AM-4/02.00 del 31 de agosto
del 2005, comunica a la Dirección de Salud que en coordinación
con el JOHNS HOPKINS HOSPITAL BALTIMORE
MARYLAND - USA, el My Com DORIA VELARDE Alberto
Martín, retornará al Perú el 5 de setiembre del 2005;
Que, el Director de Salud del Ejército, mediante el
Oficio Nº 004 Q-14.c/6/15.07.01 del 25 de enero del 2006,
solicita se formule la resolución respectiva ampliando la
permanencia del referido Oficial Superior en JOHNS
HOPKINS HOSPITAL BALTIMORE MARYLAND, del 16
de agosto al 5 de setiembre del 2005;
Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley
Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General,
establece que la autoridad administrativa puede disponer
que el mismo acto administrativo tenga eficacia anticipada
a su emisión; y,
De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley sobre
autorización de viajes al exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio
de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del
sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto de
Urgencia Nº 002-2006 del 19 de enero del 2006, Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002,
Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de
enero del 2004, y su modificatoria Decreto Supremo
Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio del 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Con eficacia anticipada, ampliar la
permanencia del My. Com. DORIA VELARDE Alberto
Martín en los Estados Unidos de América, con la finalidad
de continuar recibiendo Tratamiento Médico Altamente
Especializado, en el JOHNS HOPKINS HOSPITAL
BALTIMORE MARYLAND, del 16 de agosto al 5 de
setiembre del 2005.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del
Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo
al siguiente detalle:
Compensación Extraordinaria por Servicio en el
Extranjero del 16 Ago al 5 Set 05
US$ 3,050.00 ÷ 30 x 16 días x 1 persona
US$ 3,050.00 ÷ 30 x 5 días x 1 persona
Artículo 3º.- Los gastos de tratamiento médico y
hospitalización serán sufragados por la Dirección de
Salud del Ejército.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
10859
NORMAS LEGALESEl Peruano
miércoles 21 de junio de 2006 322087
R
EPUBLICA DEL PER
U
Autorizan a procurador iniciar acciones
para el cobro de suma de dinero por
gastos ocasionados al Estado en la
formación profesional de ex cadete
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 518-2006-DE/EP/A.1.a.1.8
Lima, 16 de mayo de 2006
Visto, la Resolución de la Comandancia General del
Ejército Nº 133-EP/A.1.a.1/8 del 3 de marzo del 2006.
CONSIDERANDO:
Que, en el Artículo 1º de la Resolución de la
Comandancia General del Ejército Nº 133-EP/A.1.a.1/8
del 3 de marzo del 2006, se Resuelve dar de Baja de la
Escuela Militar de Chorrillos al Cadete Stte Com VILCHEZ
MACHUCA Fredy Hans, con fecha 4 de febrero del 2006,
“por Pérdida de Vocación Militar“, al haber contravenido
lo dispuesto en el Cap. IV Secc. II Párrafo 69 inciso “a”
del Reglamento Interno de la Escuela Militar de Chorrillos;
Que, los gastos ocasionados al Estado en la formación
Profesional del ex Cadete Stte Com VILCHEZ MACHUCA
Fredy Hans, asciende a la suma de VEINTIÚN MIL
SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 23/100
NUEVOS SOLES (S/. 21,757.23), según se detalla:
Justificación de Gastos efectuados:
1. Propinas : 5,029.88
2. Racionamiento : 7,564.00
3. Prendas : 2,263.35
4. Universidad : 6,900.00
----------------
Total general S/. 21,757.23
Que, de conformidad a lo dispuesto por el D.S. Nº 001-87-
CCFFAA, del 13 de julio de 1987, el ex Cadete Stte Com
VILCHEZ MACHUCA Fredy Hans, deberá abonar el integro
de los gastos causados al Estado, por concepto de
alimentación, vestuario, propinas y otros gastos de instrucción;
Que, es necesario autorizar al señor Coronel
Procurador Público del Ministerio de Defensa encargado
de los asuntos relativos al Ejército, para que proceda a
interponer las acciones que correspondan para cautelar
los intereses del Estado; de conformidad a lo dispuesto
en el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado
por el Decreto Ley Nº 17667; y,
Estando a lo recomendado por la Dirección de
Personal del Ejército;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público
del Ministerio de Defensa encargado de los Asuntos relativos
al Ejército, para ejercitar la defensa de los intereses del Estado,
e inicie, prosiga y culmine las acciones pertinentes a la
recuperación y cobro de dinero por los gastos ocasionados
al Estado en la formación profesional del ex Cadete Stte
Com VILCHEZ MACHUCA Fredy Hans.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
10858
Autorizan viaje de personal de la
Marina de Guerra a Chile, Ecuador,
EE.UU., Panamá y España, en comisión
de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 524-2006-DE/MGP
Lima, 17 de mayo de 2006
Visto el Oficio P.200-0799 del Director General del
Personal de la Marina, de fecha 3 de mayo de 2006;
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente para los intereses institucionales
autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del
Capitán de Corbeta Carlos Valentín BALAREZO Burgos,
para que participe en la Reunión de Planeamiento Final
del Ejercicio Multinacional UNITAS PACÍFICO - 2006, a
realizarse en la ciudad de Valparaíso - CHILE, del 13 al
16 de junio de 2006;
Que, los gastos de transporte, alojamiento y
alimentación serán solventados por el Comando Sur de
los Estados Unidos de América, no generando gastos al
Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de
Uso de Aeropuerto; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619
- Ley que regula la autorización de viajes al exterior de
servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley
del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006,
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio
de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de
fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto
Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de
2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
del Servicio del Capitán de Corbeta Carlos Valentín
BALAREZO Burgos, CIP. 00958037, DNI. 43442696,
para que participe en la Reunión de Planeamiento Final
del Ejercicio Multinacional UNITAS PACÍFICO - 2006, a
realizarse en la ciudad de Valparaíso - CHILE, a partir del
13 al 16 de junio de 2006.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de
Guerra del Perú, efectuará el pago que corresponda de
acuerdo con las disposiciones vigentes:
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:
US$ 30.25 x 1 persona
Artículo 3º.- Facultar al Comandante General de la
Marina para variar la fecha de inicio y término de la
autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el
total de días aprobados.
Artículo 4º.- Los gastos de transporte, alojamiento y
alimentación serán solventados por el Comando Sur de
los Estados Unidos de América, no generando gastos al
Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de
Uso de Aeropuerto.
Artículo 5º.- El mencionado Oficial Superior deberá
cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final
del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26
de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo
Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004.
Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no
dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
10857
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 541-2006-DE/MGP
Lima, 26 de mayo de 2006
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente para los intereses institucionales
autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del
Capitán de Corbeta SGC. Jorge Luis GARCIA Tejada, para
que participe en la 5ª Reunión de Expertos Gubernamentales
en Estadísticas de Transporte Acuático de la Comunidad
Andina, a llevarse a cabo en la ciudad de Quito - ECUADOR,
del 31 de mayo al 2 de junio de 2006;
Que, los gastos de transporte, alojamiento y
alimentación serán solventados por la Secretaría General
de la Comunidad Andina, no generando gastos al Tesoro
Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de
Aeropuerto; y,
NORMAS LEGALES
R
EPUBLICA DEL PERU
322088
El Peruano
miércoles 21 de junio de 2006
De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula
la autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio
de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo
Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto
Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de
2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-
DE/SG de fecha 30 de junio de 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
del Servicio del Capitán de Corbeta SGC. Jorge Luis
GARCIA Tejada, CIP. 06833597, DNI. 06182700, para
que participe en la 5ª Reunión de Expertos
Gubernamentales en Estadísticas de Transporte
Acuático de la Comunidad Andina, a llevarse a cabo en
la ciudad de Quito - ECUADOR, a partir del 31 de mayo
al 2 de junio de 2006.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de
Guerra del Perú, efectuará el pago que corresponda de
acuerdo con las disposiciones vigentes:
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:
US$ 30.25 x 1 persona
Artículo 3º.- Facultar al Comandante General de la
Marina para variar la fecha de inicio y término de la
autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el
total de días aprobados.
Artículo 4º.- Los gastos de transporte, alojamiento y
alimentación serán solventados por la Secretaría de la
Comunidad Andina, no irrogando gastos al Tesoro Público,
salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de
Aeropuerto.
Artículo 5º.- El mencionado Oficial Superior
deberá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta
Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-
DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado
con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha
30 de junio de 2004.
Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial
no dará derecho a exoneración ni liberación de
impuestos aduaneros de ninguna clase o
denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
10856
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 543-2006-DE/MGP
Lima, 26 de mayo de 2006
Visto el Oficio P.200-0852 del Director General del
Personal de la Marina, de fecha 11 de mayo de 2006;
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente para los intereses
institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión
del Servicio del Capitán de Fragata Juan Miguel
Eduardo IRIGOYEN Noriega, con la finalidad que
participe como Inspector para comprobar el estado
de las baterías de torpedos, a realizarse a cabo en la
ciudad de Connecticut - ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA, del 7 al 12 de junio de 2006;
Que, los gastos de transporte, alojamiento y
alimentación serán solventados por la empresa Yardney
Technical Products, no generando gastos al Tesoro
Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de
Aeropuerto; y,
De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que
regula la autorización de viajes al exterior de
servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 -
Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha
5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-
DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado
con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha
30 de junio de 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
del Servicio del Capitán de Fragata Juan Miguel Eduardo
IRIGOYEN Noriega, CIP. 00804265, DNI. 09874294, con
la finalidad que participe como Inspector para comprobar
el estado de las baterías de torpedos, a realizarse en la
ciudad de Connecticut - ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA, a partir del 7 al 12 de junio de 2006.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de
Guerra del Perú, efectuará el pago que corresponda de
acuerdo con las disposiciones vigentes:
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:
US$ 30.25 x 1 persona
Artículo 3º.- Facultar al Comandante General de la
Marina para variar la fecha de inicio y término de la
autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el
total de días aprobados.
Artículo 4º.- Los gastos de transporte, alojamiento y
alimentación serán solventados por la empresa Yardney
Technical Products, no irrogando gastos al Tesoro
Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de
Aeropuerto.
Artículo 5º.- El mencionado Oficial Superior deberá
cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final
del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26
de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo
Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004.
Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no
dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
10854
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 544-2006-DE/MGP
Lima, 26 de mayo de 2006
Visto el Oficio P.200-0853 del Director General del
Personal de la Marina, de fecha 11 de mayo de 2006;
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente para los intereses institucionales
autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del
Capitán de Fragata José Antonio SAN MARTÍN Gómez,
para que participe en la Conferencia Final de Planeamiento
del Ejercicio Multinacional PANAMAX-2006, a llevarse a
cabo en la ciudad de Panamá - PANAMÁ, del 27 al 30 de
junio de 2006;
Que, los gastos de transporte, alojamiento y
alimentación serán solventados por el Comando Sur de
los Estados Unidos de América, no generando gastos al
Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de
Uso de Aeropuerto;
De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula
la autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio
de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo
Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto
Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de
2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-
DE/SG de fecha 30 de junio de 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
del Servicio del Capitán de Fragata José Antonio SAN
MARTÍN Gómez, CIP. 00813540, DNI. 43751746, para
que participe en la Conferencia Final de Planeamiento
del Ejercicio Multinacional PANAMAX-2006, a llevarse a
cabo en la ciudad de Panamá - PANAMÁ, a partir del 27
al 30 de junio de 2006.
NORMAS LEGALESEl Peruano
miércoles 21 de junio de 2006 322089
R
EPUBLICA DEL PER
U
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de
Guerra del Perú, efectuará el pago que corresponda de
acuerdo con las disposiciones vigentes:
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:
US$ 30.25 x 1 persona
Artículo 3º.- Facultar al Comandante General de la
Marina para variar la fecha de inicio y término de la
autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el
total de días aprobados.
Artículo 4º.- Los gastos de transporte, alojamiento y
alimentación serán solventados por el Comando Sur de
los Estados Unidos de América, no generando gastos al
Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de
Uso de Aeropuerto.
Artículo 5º.- El mencionado Oficial Superior
deberá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta
Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-
DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado
con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha
30 de junio de 2004.
Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no
dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
10853
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 596-2006-DE/MGP
Lima, 7 de junio de 2006
Visto el Oficio P.500-0960 del Director General del
Personal de la Marina, de fecha 29 de mayo de 2006;
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente para los intereses
institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión
del Servicio del Técnico Supervisor 2º Ima. Edmundo
Eleno RETO Gamboa y Técnico 2º Ima. Leoncio Félix
QUISPE Claros, a fin que participen en la capacitación-
entrenamiento, teórico y práctico de repuestos para la
reparación del sistema de transmisión de BMR y
camiones Pegaso 4 x 4, en las instalaciones de la
empresa SPA - MANTENIMIENTO INTEGRAL Y
RECONSTRUCCIÓN S.A., a llevarse a cabo en la
ciudad de Getafe, Madrid - ESPAÑA, del 17 al 24 de
junio de 2006;
Que, los gastos de transporte, alojamiento y
alimentación serán solventados por la empresa BALQUI
Proyectos y Representaciones S.A.C., no generando
gastos al Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa
Única de Uso de Aeropuerto; y,
De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que
regula la autorización de viajes al exterior de
servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 -
Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha
5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-
DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado
con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha
30 de junio de 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
del Servicio del Técnico Supervisor 2º Ima. Edmundo
Eleno RETO Gamboa, CIP. 04727678, DNI. 43273353 y
Técnico 2º Ima. Leoncio Félix QUISPE Claros, CIP.
03897126, DNI. 43287570, a fin que participen en la
capacitación-entrenamiento, teórico y práctico de
repuestos para la reparación del sistema de transmisión
de BMR y camiones Pegaso 4 x 4, en las instalaciones
de la empresa SPA - MANTENIMIENTO INTEGRAL Y
RECONSTRUCCIÓN S.A., a llevarse a cabo en la ciudad
de Getafe, Madrid - ESPAÑA, a partir del 17 al 24 de junio
de 2006.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de
Guerra del Perú, efectuará el pago que corresponda de
acuerdo con las disposiciones vigentes:
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:
US$ 30.25 x 2 personas
Artículo 3º.- Facultar al Comandante General de la
Marina para variar la fecha de inicio y término de la
autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el
total de días aprobados.
Artículo 4º.- Los gastos de transporte, alojamiento y
alimentación serán solventados por la empresa BALQUI
Proyectos y Representaciones S.A.C., no irrogando
gastos al Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa
Única de Uso de Aeropuerto.
Artículo 5º.- El mencionado Personal Subalterno
deberá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición
Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha
26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo
Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004.
Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no
dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
10848
Aprueban proyecto de Convenio con el
Departamento de Defensa de EE.UU.,
referente a intercambio y reintegro de
combustible de Aviación Naval y
Propulsión Marina
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 542-2006-DE/MGP
Lima, 26 de mayo de 2006
Visto el Oficio G.500-0249 del Comandante General
de la Marina, de fecha 21 de abril de 2006;
CONSIDERANDO:
Que, el inciso f) del Artículo 7º del Reglamento de la
Ley del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto
Supremo Nº 004 DE/SG de fecha 19 de febrero de 2003,
faculta al Ministro de Defensa a aprobar y suscribir
convenios y contratos relativos al Sector Defensa de
conformidad con las normas legales vigentes;
Que, la Marina de Guerra del Perú como órgano de
ejecución del Ministerio de Defensa tiene como función
la preparación, organización, mantenimiento y
equipamiento del componente naval de las Fuerzas
Armadas;
Que, para el cumplimiento de dicha función la Marina
de Guerra del Perú realiza operativos conjuntos con
Marinas de otros países, lo cual genera la necesidad de
contar con una fuente de abastecimiento y recarga de
combustible fuera del territorio nacional;
Que, en dicho contexto resulta necesario la
aprobación de un proyecto de Convenio entre el
Departamento de Defensa de los Estados Unidos de
América y el Ministerio de Defensa - Marina de Guerra
del Perú, referente al intercambio y reintegro de
combustible de Aviación Naval y Propulsión Marina;
Estando a lo opinado por el Comandante General de
la Marina;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el proyecto de Convenio entre
el Departamento de Defensa de los Estados Unidos de
América y el Ministerio de Defensa - Marina de Guerra
del Perú, referente al intercambio y reintegro de
combustible de Aviación Naval y Propulsión Marina, el
cual consta de SEIS (6) cláusulas y DOS (2) anexos, el
mismo que forma parte integrante de la presente
Resolución.
NORMAS LEGALES
R
EPUBLICA DEL PERU
322090
El Peruano
miércoles 21 de junio de 2006
Artículo 2º.- Autorizar al Agregado Naval a la
Embajada del Perú en los Estados Unidos de América a
suscribir el referido Convenio en representación del
Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, así
como las Adendas que sean necesarias.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
10855
Aprueban Directiva "Normas para el
Proceso de Transferencia de la Gestión
del Ministerio de Defensa al Gobierno
Electo en las Elecciones Generales
2006"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 560-2006-DE/SG
Lima, 30 de mayo de 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 096-2005-PCM
del 8 de diciembre del 2005, se convocó a Elecciones
Generales, para la elección del Presidente de la
República, Vicepresidentes, Congresistas de la
República, representantes del Perú ante el Parlamento
Andino;
Que, con Resolución Ministerial Nº 461-2006-DE/SG
del 27 de abril del 2006, se resolvió conformar una
Comisión de Transferencia del Sector Defensa,
encargada de coordinar, ejecutar y supervisar el proceso
de transferencia de la gestión de este Ministerio al
Gobierno Electo en las Elecciones Generales 2006, la
misma que tendrá como uno de sus integrantes al
Viceministro de Asuntos Logísticos y de Personal;
Que, el artículo 5º de la precitada Resolución
Ministerial establece que: “El Viceministro de Asuntos
Logísticos y de Personal emitirá la Directiva que fije las
responsabilidades y funciones a la Comisión y Comités
de Transferencia”;
Que, estando a los considerandos precedentes, el
Viceministro de Asuntos Logísticos y de Personal ha
emitido una directiva que establece disposiciones,
procedimientos, plazos y responsabilidades, a los
órganos del Despacho Ministerial, así como a las
Instituciones, Organismos, Empresas y Entidades del
Sector Defensa, para realizar el proceso de transferencia
de la gestión del Ministerio al Gobierno Electo en las
Elecciones Generales 2006; y,
Estando a lo propuesto;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Apruébese la Directiva sobre
“Normas para el Proceso de Transferencia de la Gestión
del Ministerio de Defensa al Gobierno Electo en las
Elecciones Generales 2006”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
10852
Autorizan viaje de oficial del Ejército
a República Dominicana para
participar en evento sobre comunica-
dores profesionales para actividades de
ayuda humanitaria
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 577-2006-DE/CCFFAA
Lima, 2 de junio de 2006
Visto, el Oficio Nº 344 MAAG/OPNS de fecha 17 de
mayo de 2006, del Jefe Accidental del Grupo Consultivo
y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América,
mediante el cual efectúa la invitación a la Conferencia de
Intercambio de Comunicadores Profesionales para
Actividades de Ayuda Humanitaria que se realizará en
Punta Cana - República Dominicana, del 10 al 16 de junio
del 2006.
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente para los intereses
Institucionales la participación del Jefe de la Oficina
de Información del Comando Conjunto de las Fuerzas
Armadas en dicha Conferencia, en la que se tratará
el impacto estratégico de los asuntos públicos sobre
el apoyo público, las actividades de Ayuda
Humanitaria y la manera cómo deben planificarse,
manejarse y ejecutarse en forma efectiva las
operaciones en asuntos públicos; asimismo es una
oportunidad de tratar abiertamente las estrategias y
planes futuros de dichos asuntos para la participación
de Perú en el Programa “Nuevos Horizontes 2007”;
Que, los gastos de transporte, alojamiento y
alimentación que irroguen la mencionada Comisión
del Servicio serán cubiertos con fondos TCA del
Comando Sur, salvo en lo referente a la Tarifa Única
de Uso de Aeropuerto que será cubierto por el
Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las
Fuerzas Armadas;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley
Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al
exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley
Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley
Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto
Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero
de 2004, modificado con el Decreto Supremo Nº 008-
2004 DE/SG de fecha 30 de junio del 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
del Servicio del señor Coronel EP Jorge Alfredo
SOTOMAYOR WENDORFF, CIP. 107641800, DNI
43297560, para que participe en la Conferencia de
Intercambio de Comunicadores Profesionales para
Actividades de Ayuda Humanitaria, a realizarse en la
ciudad de Punta Cana - República Dominicana, del 10 al
16 de junio de 2006.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Comando
Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará el pago
que corresponda de acuerdo a las disposiciones
vigentes:
TARIFA ÚNICA POR USO DE AEROPUERTO
US$ 30.25 x 1 persona
Artículo 3º.- Facultar al Jefe del Comando Conjunto
de las Fuerzas Armadas, para variar la fecha de inicio y
término de la autorización a que refiere el Artículo 1º, sin
exceder el total de días aprobados.
Artículo 4º.- Los gastos de transporte, hospedaje y
alimentación serán solventados con fondos del TCA del
Comando Sur, salvo en lo referente a la Tarifa Única por
uso de Aeropuerto.
Artículo 5º.- El mencionado Oficial Superior
deberá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta
Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004
DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado
con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG de fecha
30 de junio de 2004.
Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial
no dará derecho a exoneración ni liberación de
impuestos aduaneros de ninguna clase o
denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
10851
NORMAS LEGALESEl Peruano
miércoles 21 de junio de 2006 322091
R
EPUBLICA DEL PER
U
Autorizan viaje de oficiales del Ejército
a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 585-2006-DE/EP/A-1.a/1-1
Lima, 6 de junio de 2006
Visto, la Hoja de Recomendación Nº 037 DAI/JEMGE/A4
de mayo del 2006, del Departamento de Asuntos
Internacionales de la Jefatura del Estado Mayor General del
Ejército.
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente para los intereses institucionales
autorizar el Viaje al Exterior en Comisión de Servicio al
Teniente Coronel Ing. Jorge ARIAS MENDEZ y al Cap.
Int. Leoncio PRADO URBANO, para que visiten la Planta
de Acabados Carlisle Finishing LLC., de la Internacional
Textile Group, ubicada en Carlisle - Carolina del Sur -
EE.UU. de NA., en el período comprendido del 11 al 26
de junio de 2006, por cuanto las experiencias a adquirirse
en dicha visita será en beneficio de la Institución;
Que, los gastos de transporte aéreo de ida y vuelta,
alimentación y hospedaje, serán sufragados por el
Consorcio Panamericano de Comercio S.A.C.,
representante en el Perú de la Internacional Textile Group,
Carlisle Finishing LLC., de los EE.UU de NA.
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 11º del
Decreto Supremo Nº 047 -2002-PCM del 5 de junio del 2002,
establece que los viajes al extranjero que no ocasionen ningún
tipodegastosalEstado,seránautorizadosmedianteResolución
del Titular del sector correspondiente.
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619
- Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de
Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del
Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del
Sector Público para el año Fiscal 2006, Decreto de Urgencia
Nº 002-2006 del 19 de enero de 2006 y su modificatoria con el
Decreto de Urgencia Nº 006-2006 del 7 de mayo de 2006,
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio de 2002,
Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de
2004, y su modificatoria con el Decreto Supremo Nº 008-2004-
DE/SG del 30 de junio de 2004; y,
Estando a lo propuesto por el señor General de
Ejército Comandante General del Ejército;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el Viaje al Exterior en Comisión
de Servicio al Teniente Coronel Ing. Jorge ARIAS
MENDEZ y al Cap. Int. Leoncio PRADO URBANO, para
que visiten la Planta de Acabados Carlisle Finishing LLC.,
de la Internacional Textile Group, ubicada en Carlisle -
Carolina del Sur - EE.UU de NA., en el período
comprendido del 11 al 26 de junio del 2006.
Artículo 2º.- Los gastos de transporte aéreo de ida y
vuelta, alimentación y hospedaje serán sufragados por
el Consorcio Panamericano de Comercio S.A.C.,
representante en el Perú de la Internacional Textile Group,
Carlisle Finishing LLC., de los EE.UU. NA.
Artículo 3º.- El General de Ejército Comandante
General del Ejército, queda facultado para variar la fecha
de inicio y/o término del nombramiento, sin exceder el
período total establecido.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
10850
Autorizan viaje de oficiales de la
Dirección de Asuntos Internacionales
e Intesectoriales del Ministerio para
participar en evento a realizarse en
República Dominicana
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 594-2006-DE/SG
Lima, 6 de junio de 2006
Vistos, la Hoja de Recomendación Nº 040 DIGEPE/
B/02, del Director de Asuntos Internacionales e
Intersectoriales del Ministerio de Defensa, del 23 de mayo
del 2006.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio Nº 344/MAAG/ONPS, del 17 de
mayo del 2006, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda
Militar de los Estados Unidos de América, cursa una
invitación a tres (3) Oficiales del Ministerio de Defensa y
del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,
involucrados en los programas de Ayuda Humanitaria y
Acciones Cívicas para que participen en la Conferencia
de Intercambio de Comunicadores Profesionales para
actividades de Asistencia Humanitaria en el Programa
del Ejercicio “Nuevos Horizontes”, a llevarse a cabo del
10 al 16 de junio del 2006 en Punta Cana - República
Dominicana;
Que, la Conferencia a que se hace referencia en el
anterior considerando tiene como objetivo que los
participantes lleguen a comprender cuál es el impacto
estratégico de los asuntos públicos sobre el apoyo público
y lleguen a conocer todo lo relacionado a las actividades
de ayuda humanitaria y la manera cómo deben planificar,
manejar, y ejecutar en forma efectiva sus operaciones
en asuntos públicos, así como la oportunidad de tratar
abiertamente las estrategias y planes futuros de asuntos
públicos así como la oportunidad de tratar abiertamente
las estrategias y planes futuros de asuntos públicos para
la participación del Perú en el Programa “Nuevos
Horizontes 2007”;
Que, los gastos de alimentación, hospedaje,
transporte y costo del curso mismo serán asumidos por
el Comando Sur de los Estados Unidos - USARSO, no
generando gastos al Tesoro Público, salvo en lo referente
a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto;
De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley sobre
Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del
Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 002-2004-
DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modificado
por Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de
junio del 2004; y,
Estando a lo recomendado por la Dirección General
de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa y con el
visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
de Servicio, del Tte Crl Art. Fernando Alberto CALDERON
TORRES y Tte Crl Ing. Edwin CRUZ ASPAJO de la
Dirección de Asuntos Internacionales e Intersectoriales
del Ministerio de Defensa; a la ciudad de Punta Cana -
República Dominicana del 10 al 16 de junio del 2006, a fin
de que participen en la Conferencia de Intercambio de
Comunicadores Profesionales para actividades de
Asistencia Humanitaria en el Programa del Ejercicio
“Nuevos Horizontes”.
Artículo 2º.- Los gastos de transportes, alojamiento
y alimentación de los Oficiales involucrados, serán
cubiertos por el Comando Sur de los Estados Unidos -
USARSO.
Artículo 3º.- Los gastos por Tarifa Única por Uso de
Aeropuerto, serán cubiertos con cargo a los recursos
transferidos por las Unidades Ejecutoras a las que
pertenezcan los Oficiales Invitados, vale decir, Unidad
Ejecutora 001 - Administración General del Pliego 026 -
Ministerio de Defensa.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial
no da derecho a exoneración ni liberación de
impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o
denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
10849
NORMAS LEGALES
R
EPUBLICA DEL PERU
322092
El Peruano
miércoles 21 de junio de 2006
ECONOMÍA Y FINANZAS
Anexo del D.S. N° 089-2006-EF, sobre medidas complementarias para la
aplicación del Programa de Homologación de los Docentes de las Universidades
Públicas
ANEXO - DECRETO SUPREMO N° 089-2006-EF
(El Decreto Supremo de la referencia fue publicado en la edición del día 19 de junio de 2006)
ANEXO Nº 2
REPORTE SEMESTRAL SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS RATIOS ESTABLECIDOS EN EL NUMERAL 2 DEL
ARTÍCULO 9º DEL DECRETO DE URGENCIA Nº 033-2005 MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 11º DEL DECRETO DE
URGENCIA Nº 002-2006
Universidad:
Período Reportado: del ________ / ________ / ________ al ________ / ________ / ________
I. Información para el cálculo de los ratios
Nº Doc. Nombrado Principal DE (a.1) Nº Doc. Contratado Principal DE (b.1)
Nº Doc. Nombrado Principal TC (a.2) Nº Doc. Contratado Principal TC (b.2)
Nº Doc. Nombrado Principal TP (a.3) Nº Doc. Contratado Principal TP (b.3)
Nº Doc. Nombrado Asociado DE (a.4) Nº Doc. Contratado Asociado DE (b.4)
Nº Doc. Nombrado Asociado TC (a.5) Nº Doc. Contratado Asociado TC (b.5)
Nº Doc. Nombrado Asociado TP (a.6) Nº Doc. Contratado Asociado TP (b.6)
Nº Doc. Nombrado Auxiliar DE (a.7) Nº Doc. Contratado Auxiliar DE (b.7)
Nº Doc. Nombrado Auxiliar TC (a.8) Nº Doc. Contratado Auxiliar TC (b.8)
Nº Doc. Nombrado Auxiliar TP (a.9) Nº Doc. Contratado Auxiliar TP (b.9)
N° Doc. Nombrados: (A)1/ N° Docentes Contratados: (B)2/
N° Jefes de Práctica Nombrados: ________ (C) N° Jefes de Práctica Contratados: ________ (D)
Rector y Vice-rectores: (e.1)
Decanos: (e.2)
N° De Alumnos Pre-Grado Matriculados*: ________ (G) Jefe de Departamento y similares (e.3)
N° De Autoridades**: (E)3/
Universo de Docentes: ________ (F=A`+B`+C+D)
* Fecha del último proceso de matrícula finalizado, previo al período reportado; mes: _______, año _______
** Autoridades según lo reportado en el D.S. 106-2005-EF
1/ A= a.1 + a.2 + a.3 + a.4 + a.5 + a.6 + a.7 + a.8 + a.9
2/ B= b.1 + b.2 + b.3 + b.4 + b.5 + b.6 + b.7 + b.8 + b.9
3/ E= e.1 + e.2 + e.3
II. Ratios Calculados
Ratio N° 1: __________ (E / A) Ratio N° 2: __________ (G / F)
Firma y Sello del Responsable
DNI:
N° Docentes Contratados
totales ajustando TP:
N° Doc. Nombrados Totales
ajustando TP: (A`) (B`)
10968
NORMAS LEGALESEl Peruano
miércoles 21 de junio de 2006 322093
R
EPUBLICA DEL PER
U
De conformidad con lo establecido en los Artículos 144º
y 155º del Código Tributario y estando a lo informado por la
Defensoría del Contribuyente y Usuario Aduanero al amparo
de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 050-2004-EF,
modificado mediante Decreto Supremo Nº 167-2004-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el Recurso
de Queja interpuesto por el Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil - RENIEC- contra el Tribunal
Fiscal por no haber resuelto dentro del plazo los recursos
de apelación ingresados a dicho Tribunal con expedientes
Nºs. 13909-2004, 8766-2005, 9619-2005, 2062-2006,
2064-2006 y 2073-2006, por los fundamentos expuestos
en la parte considerativa de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economía y Finanzas
10932
Aprueban Contrato de Fideicomiso de
Pago a celebrarse entre los Ministerios
de Economía y Finanzas y de Defensa,
para los fines descritos en el D.S.
Nº 188-2005-EF
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 307-2006-EF/75
Lima, 20 de junio de 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 188-2005-EF se
aprobó la operación de endeudamiento interno, en la modalidad
de arrendamiento financiero, a celebrarse entre la República
del Perú y el Banco Continental hasta por la suma de S/. 135
580 600,00, destinada a financiar el proyecto “Recuperación
de la Capacidad de Reabastecimiento en el Mar para Buques
de la Marina de Guerra del Perú”, a ser ejecutado por el
Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú;
Que, de conformidad con el artículo 4° del referido Decreto
Supremo, el servicio de amortización, intereses, comisiones
y demás gastos que ocasione la operación de arrendamiento
financiero referida, serían atendidos por el Ministerio de
Economía y Finanzas con cargo a los recursos que la Marina
de Guerra del Perú le transfiera oportunamente, mencionando
que el mecanismo de transferencia de dichos recursos sería
aprobado mediante Resolución Ministerial del Sector
Economía y Finanzas;
Que, para tales fines, la Dirección Nacional del
Endeudamiento Público ha negociado un contrato de
fideicomiso de pago a ser constituido por el Ministerio de
Defensa, a través de la Marina de Guerra del Perú, en el
Banco de la Nación, con cargo a sus recursos
directamente recaudados;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28750
y por el Decreto Supremo N° 188-2005-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Contrato de Fideicomiso de Pago
a ser celebrado entre el Ministerio de Economía y Finanzas,
el Ministerio de Defensa, a través de la Marina de Guerra del
Perú y el Banco de la Nación, para los fines descritos en el
artículo 4º del Decreto Supremo Nº 188-2005-EF.
Artículo 2º.- Autorizar al Director General de la
Dirección Nacional del Endeudamiento Público a que
suscriba, en representación del Ministerio de Economía
y Finanzas, el contrato aprobado en el artículo 1º de la
presente normal legal, así como toda documentación
que permita su ejecución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economía y Finanzas
10935
Declaran infundado recurso de queja
interpuesto por el RENIEC contra el
Tribunal Fiscal
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 306-2006-EF/10
Lima, 20 de junio de 2006
Visto, el Recurso de Queja interpuesto por el Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC - contra el
Tribunal Fiscal;
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 26 de mayo de 2006 el Registro Nacional
de Identificación y Estado Civil - RENIEC - presentó Recurso
de Queja contra el Tribunal Fiscal a fin de que proceda a
resolver los Recursos de Apelación presentados mediante
expedientes Nºs. 13909-2004, 8766-2005, 9619-2005, 2062-
2006, 2064-2006 y 2073-2006, al haber transcurrido en
algunos casos más de seis meses desde que ingresaron
dichos expedientes al Tribunal sin haber sido asignados a
una Sala para resolución;
Que, la quejosa alega que el Tribunal Fiscal se ha
excedido del plazo de seis meses para la resolución de
algunos de sus Recursos de Apelación antes
mencionados y, respecto de los otros, está por vencerse
el citado plazo por lo que solicita su resolución;
Que, mediante Informe Nº 078-2006-EF/41.07 y
Memorando Nº 0138-2006-EF/41.05, remitidos mediante
Oficio Nº 3396-2006-EF/41.01 de fecha 30 de mayo de
2006, el Tribunal Fiscal realiza su descargo, admitiendo
haber incumplido el plazo previsto en el artículo 150º del
Código Tributario para resolver las apelaciones,
establecido en seis meses contados a partir de la fecha
de ingreso de los actuados al Tribunal;
Que, asimismo señala que dicha demora obedece a
causa justificada conforme a lo establecido en el Artículo
144º y 155º del Código Tributario, consistente en la
enorme carga procesal que soporta, la cual se origina
en la actividad fiscalizadora de las Administraciones
Tributarias y en el hecho de ser el Tribunal Fiscal un
órgano que resuelve apelaciones formuladas respecto
de todas las Administraciones Tributarias de la República;
Que, también manifiesta dicho Tribunal que ante la
enorme carga procesal, éste ha elaborado planes de
trabajo que se ciñen a lo establecido en el numeral 1 del
Artículo 148º de la Ley Nº 27444, según el cual la
tramitación de los asuntos seguirá rigurosamente el orden
de ingreso, por lo que actualmente se están priorizando
los expedientes de mayo y junio de 2004 y no los de
diciembre de 2004, 2005 y 2006, con excepción de los
procedimientos sumarios tales como quejas, cierres,
comisos, ampliaciones, entre otros;
Que, en este sentido, señala que toda vez que los
expedientes a los que se refiere la presente queja son
de diciembre de 2004, 2005 y 2006 y no corresponden a
ninguno de los procedimientos sumarios señalados,
estos expedientes aún no han sido resueltos al no
corresponder de acuerdo al orden de ingreso;
Que, el último párrafo del artículo 144º del CódigoTributario
establece que también procede el recurso de queja cuando
el Tribunal Fiscal, sin causa justificada, no resuelva dentro
del plazo de seis (6) o de nueve (9) meses a que se refiere
el primer párrafo del artículo 150º del Código Tributario;
Que, el Informe Nº 0014-2006-DEFCON de la Defensoría
del Contribuyente y Usuario Aduanero -emitido conforme a
lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 050-2004-EF
modificado mediante Decreto Supremo Nº 167-2004-EF-
sostiene que si bien el recurso de queja presentado por el
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC-
se ajusta a lo previsto en el artículo 155º del CódigoTributario,
es pertinente considerar que el artículo 144º del mismo cuerpo
de leyes establece que la queja procede en ausencia de
causa que justifique la demora del Tribunal Fiscal para
resolver;
Que, igualmente, el informe de la Defensoría del
Contribuyente y Usuario Aduanero señala que el
descargo formulado por el Tribunal Fiscal es atendible,
por cuanto de él se desprende que la asignación de
expedientes se efectúa en orden de ingreso conforme a
la carga procesal de cada Sala, la que es actualmente
excesiva, es decir, que la falta de resolución tempestiva
de los expedientes por parte de ese colegiado encuentra
causa justificada en un hecho real fuera de su control;
NORMAS LEGALES
R
EPUBLICA DEL PERU
322094
El Peruano
miércoles 21 de junio de 2006
Declaran infundado recurso de queja
interpuesto contra el Tribunal Fiscal
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 308-2006-EF/10
Lima, 20 de junio de 2006
Visto, el Recurso de Queja interpuesto por el señor
JOSÉ RAÚL ARROYO POÉMAPE contra el Tribunal
Fiscal;
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 26 de mayo de 2006 el señor JOSÉ
RAÚL ARROYO POÉMAPE presentó Recurso de
Queja contra el Tribunal Fiscal a fin de que proceda a
resolver el Recurso de Apelación presentado mediante
expediente Nº 14376-2005, al haber transcurrido más
de nueve meses desde que ingresó dicho expediente
al Tribunal sin haber sido asignado a una Sala para
resolución;
Que, la quejosa alega que el Tribunal Fiscal se ha
excedido del plazo de veinte días hábiles a que se refiere
el artículo 152º del Código Tributario para la resolución
de su Recurso de Apelación antes mencionado, por lo
que solicita su resolución;
Que, mediante Informe Nº 079-2006-EF/41.07 y
Memorando Nº 0144-2006-EF/41.05, remitidos mediante
Oficio Nº 3491-2006-EF/41.01 de fecha 2 de junio de
2006, el Tribunal Fiscal realiza su descargo, admitiendo
haber incumplido el plazo previsto en el artículo 150º del
Código Tributario para resolver las apelaciones,
establecido en seis meses contados a partir de la fecha
de ingreso de los actuados al Tribunal;
Que, asimismo señala que dicha demora obedece a
causa justificada conforme a lo establecido en el Artículo
144° y 155° del Código Tributario, consistente en la
enorme carga procesal que soporta, la cual se origina
en la actividad fiscalizadora de las Administraciones
Tributarias y en el hecho de ser el Tribunal Fiscal un
órgano que resuelve apelaciones formuladas respecto
de todas las Administraciones Tributarias de la República;
Que, también manifiesta dichoTribunal que ante la enorme
carga procesal, ha elaborado planes de trabajo que se ciñen
a lo establecido en el numeral 1 del Artículo 148° de la Ley
Nº 27444, según el cual la tramitación de los asuntos seguirá
rigurosamente el orden de ingreso, por lo que actualmente
se están priorizando los expedientes del año 2004 y no los
de los años 2005 y 2006, con excepción de los
procedimientos sumarios tales como quejas, cierres,
comisos, ampliaciones, entre otros;
Que, en este sentido, señala que toda vez que el
expediente al que se refiere la presente queja es del año
2005 y no corresponde a ninguno de los procedimientos
sumarios señalados, este expediente aún no ha sido resuelto
al no corresponder de acuerdo al orden de ingreso;
Que, finalmente indica que el recurso de apelación
no está referido a un cierre de establecimiento, comiso o
internamiento, no resultando aplicable el plazo de veinte
días hábiles a que se refiere el artículo 152º del Código
Tributario señalado por el recurrente;
Que, el último párrafo del artículo 144° del Código
Tributario establece que también procede el recurso de
queja cuando el Tribunal Fiscal, sin causa justificada, no
resuelva dentro del plazo de seis (6) o de nueve (9)
meses a que se refiere el primer párrafo del artículo 150°
del Código Tributario;
Que, el Informe Nº 0016-2006-DEFCON de la
Defensoría del Contribuyente y Usuario Aduanero -
emitido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo
Nº 050-2004-EF modificado mediante Decreto Supremo
Nº 167-2004-EF- sostiene que el plazo aplicable al recurso
de apelación interpuesto por el contribuyente no es el del
artículo 152º del Código Tributario, ya que no se trata de
un procedimiento que corresponda a sanciones de
internamiento temporal de vehículos, comiso de bienes
o cierre temporal de establecimiento, sino que
corresponde considerar el plazo de seis meses
establecido en el artículo 150º del Código Tributario;
Que, al respecto dicho Informe señala que si bien el
recurso de queja presentado por el señor JOSÉ RAÚL
ARROYO POÉMAPE se ajusta a lo previsto en el artículo
155º del Código Tributario, es pertinente considerar que
el artículo 144º del mismo cuerpo de leyes establece
que la queja procede en ausencia de causa que justifique
la demora del Tribunal Fiscal para resolver;
Que, igualmente, el Informe de la Defensoría del
Contribuyente y Usuario Aduanero señala que el
descargo formulado por el Tribunal Fiscal es atendible,
por cuanto de él se desprende que la asignación de
expedientes se efectúa en orden de ingreso conforme a
la carga procesal de cada Sala, la que es actualmente
excesiva, es decir, que la falta de resolución tempestiva
de los expedientes por parte de ese colegiado encuentra
causa justificada en un hecho real fuera de su control;
De conformidad con lo establecido en los Artículos 144º y
155º del Código Tributario y estando a lo informado por la
Defensoría del Contribuyente y Usuario Aduanero al amparo
de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 050-2004-EF,
modificado mediante Decreto Supremo Nº 167-2004-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el Recurso
de Queja interpuesto por el señor JOSÉ RAÚL ARROYO
POÉMAPE contra el Tribunal Fiscal por no haber resuelto
dentro del plazo el recurso de apelación ingresado a
dicho Tribunal con expediente Nº 14376-2005, por los
fundamentos expuestos en la parte considerativa de la
presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economía y Finanzas
10936
Precios CIF de referencia para la
aplicación del Derecho Variable
Adicional o rebaja arancelaria aplicable
a importaciones de maíz, azúcar, arroz
y lácteos
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 012-2006-EF/15
Lima, 20 de junio de 2006
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y
modificatorias, se estableció el Sistema de Franja de
Precios para las importaciones de los productos
señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo;
Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se
modificó el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-
EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran
publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro
de Economía;
Que, por Decreto Supremo Nº 074-2005-EF se
dispuso que las Tablas Aduaneras del Maíz, Arroz y
Lácteos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-
2002-EF y la Tabla Aduanera del Azúcar a que se refiere
el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 153-2002-EF
tendrán vigencia hasta el 30 de junio de 2006;
Que, por Decreto Supremo Nº 003-2006-EF se
sustituyó la Tabla Aduanera del Azúcar aprobada por el
Decreto Supremo Nº 153-2002-EF y se dispuso que
tendrá vigencia hasta el 30 de junio del 2006;
Que, por Decreto Supremo Nº 074-2006-EF se
sustituyó la Tabla Aduanera del Azúcar aprobada por
Decreto Supremo Nº 003-2006-EF y se dispuso que
tendrá vigencia hasta el 30 de junio del 2006;
Que, corresponde publicar los precios CIF de
referencia para el período comprendido entre el 1 y el 15
de junio de 2006;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del
Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por el
Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de
referencia para la aplicación del Derecho Variable
Adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto
Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias:
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca
Ley que modifica Complejo Baños del Inca

Contenu connexe

Tendances

Decreto Supremo N° 015 2016-TR - Decreto Supremo que aprueba el reglamento de...
Decreto Supremo N° 015 2016-TR - Decreto Supremo que aprueba el reglamento de...Decreto Supremo N° 015 2016-TR - Decreto Supremo que aprueba el reglamento de...
Decreto Supremo N° 015 2016-TR - Decreto Supremo que aprueba el reglamento de...Rooswelth Gerardo Zavaleta Benites
 
2a8fd02c0ea8cd7ad7843deead8c04f6
2a8fd02c0ea8cd7ad7843deead8c04f62a8fd02c0ea8cd7ad7843deead8c04f6
2a8fd02c0ea8cd7ad7843deead8c04f6EX ARTHUR MEXICO
 
0c7d50528b580a48f8215caf7a36f64e
0c7d50528b580a48f8215caf7a36f64e0c7d50528b580a48f8215caf7a36f64e
0c7d50528b580a48f8215caf7a36f64eEX ARTHUR MEXICO
 
Fcd58b41a5c3b7bacbf3de0ea85a33bc
Fcd58b41a5c3b7bacbf3de0ea85a33bcFcd58b41a5c3b7bacbf3de0ea85a33bc
Fcd58b41a5c3b7bacbf3de0ea85a33bcEX ARTHUR MEXICO
 
INFORME DE INVESTIGACiÓN ESPECIAL CONTRALORIA N° 69 DE 2013, SOBRE EVENTUALE...
INFORME DE INVESTIGACiÓN ESPECIAL CONTRALORIA  N° 69 DE 2013, SOBRE EVENTUALE...INFORME DE INVESTIGACiÓN ESPECIAL CONTRALORIA  N° 69 DE 2013, SOBRE EVENTUALE...
INFORME DE INVESTIGACiÓN ESPECIAL CONTRALORIA N° 69 DE 2013, SOBRE EVENTUALE...Itv Petorca
 
7ffda77e5e137e5e860a6221aeff1fa7
7ffda77e5e137e5e860a6221aeff1fa77ffda77e5e137e5e860a6221aeff1fa7
7ffda77e5e137e5e860a6221aeff1fa7EX ARTHUR MEXICO
 
Gaceta oficial n° 41.070
Gaceta oficial n° 41.070Gaceta oficial n° 41.070
Gaceta oficial n° 41.070Freddy Campos
 
Ley del ministerio de salud 2002
Ley del ministerio de salud 2002Ley del ministerio de salud 2002
Ley del ministerio de salud 2002Luis Felipe
 
F34c66ce339e05fbcfa702c0b5018046
F34c66ce339e05fbcfa702c0b5018046F34c66ce339e05fbcfa702c0b5018046
F34c66ce339e05fbcfa702c0b5018046EX ARTHUR MEXICO
 
Resolución N° 357/2020 del INAES
Resolución N° 357/2020 del INAESResolución N° 357/2020 del INAES
Resolución N° 357/2020 del INAESConam Mutualismo
 
8dbd6cea0c8aa971ce5ff9046115e1b4
8dbd6cea0c8aa971ce5ff9046115e1b48dbd6cea0c8aa971ce5ff9046115e1b4
8dbd6cea0c8aa971ce5ff9046115e1b4EX ARTHUR MEXICO
 
7d467c0447cd6d940fdee274ec05ea3d
7d467c0447cd6d940fdee274ec05ea3d7d467c0447cd6d940fdee274ec05ea3d
7d467c0447cd6d940fdee274ec05ea3dEX ARTHUR MEXICO
 

Tendances (14)

G.o. 40.979
G.o. 40.979G.o. 40.979
G.o. 40.979
 
Decreto Supremo N° 015 2016-TR - Decreto Supremo que aprueba el reglamento de...
Decreto Supremo N° 015 2016-TR - Decreto Supremo que aprueba el reglamento de...Decreto Supremo N° 015 2016-TR - Decreto Supremo que aprueba el reglamento de...
Decreto Supremo N° 015 2016-TR - Decreto Supremo que aprueba el reglamento de...
 
Decreto godoy cruz
Decreto godoy cruzDecreto godoy cruz
Decreto godoy cruz
 
2a8fd02c0ea8cd7ad7843deead8c04f6
2a8fd02c0ea8cd7ad7843deead8c04f62a8fd02c0ea8cd7ad7843deead8c04f6
2a8fd02c0ea8cd7ad7843deead8c04f6
 
0c7d50528b580a48f8215caf7a36f64e
0c7d50528b580a48f8215caf7a36f64e0c7d50528b580a48f8215caf7a36f64e
0c7d50528b580a48f8215caf7a36f64e
 
Fcd58b41a5c3b7bacbf3de0ea85a33bc
Fcd58b41a5c3b7bacbf3de0ea85a33bcFcd58b41a5c3b7bacbf3de0ea85a33bc
Fcd58b41a5c3b7bacbf3de0ea85a33bc
 
INFORME DE INVESTIGACiÓN ESPECIAL CONTRALORIA N° 69 DE 2013, SOBRE EVENTUALE...
INFORME DE INVESTIGACiÓN ESPECIAL CONTRALORIA  N° 69 DE 2013, SOBRE EVENTUALE...INFORME DE INVESTIGACiÓN ESPECIAL CONTRALORIA  N° 69 DE 2013, SOBRE EVENTUALE...
INFORME DE INVESTIGACiÓN ESPECIAL CONTRALORIA N° 69 DE 2013, SOBRE EVENTUALE...
 
7ffda77e5e137e5e860a6221aeff1fa7
7ffda77e5e137e5e860a6221aeff1fa77ffda77e5e137e5e860a6221aeff1fa7
7ffda77e5e137e5e860a6221aeff1fa7
 
Gaceta oficial n° 41.070
Gaceta oficial n° 41.070Gaceta oficial n° 41.070
Gaceta oficial n° 41.070
 
Ley del ministerio de salud 2002
Ley del ministerio de salud 2002Ley del ministerio de salud 2002
Ley del ministerio de salud 2002
 
F34c66ce339e05fbcfa702c0b5018046
F34c66ce339e05fbcfa702c0b5018046F34c66ce339e05fbcfa702c0b5018046
F34c66ce339e05fbcfa702c0b5018046
 
Resolución N° 357/2020 del INAES
Resolución N° 357/2020 del INAESResolución N° 357/2020 del INAES
Resolución N° 357/2020 del INAES
 
8dbd6cea0c8aa971ce5ff9046115e1b4
8dbd6cea0c8aa971ce5ff9046115e1b48dbd6cea0c8aa971ce5ff9046115e1b4
8dbd6cea0c8aa971ce5ff9046115e1b4
 
7d467c0447cd6d940fdee274ec05ea3d
7d467c0447cd6d940fdee274ec05ea3d7d467c0447cd6d940fdee274ec05ea3d
7d467c0447cd6d940fdee274ec05ea3d
 

En vedette

Data Journalism (very abridged)
Data Journalism (very abridged)Data Journalism (very abridged)
Data Journalism (very abridged)Paul Bradshaw
 
Od Startup And Change The World Ku Camp
Od Startup And Change The World Ku CampOd Startup And Change The World Ku Camp
Od Startup And Change The World Ku CampPatipat Keng Susumpow
 
Instalacion de windows vista ultímate en birtual box
Instalacion de  windows vista ultímate en birtual boxInstalacion de  windows vista ultímate en birtual box
Instalacion de windows vista ultímate en birtual boxKriluss
 

En vedette (6)

Data Journalism (very abridged)
Data Journalism (very abridged)Data Journalism (very abridged)
Data Journalism (very abridged)
 
De Kunst van het Nieuwe Werken
De Kunst van het Nieuwe WerkenDe Kunst van het Nieuwe Werken
De Kunst van het Nieuwe Werken
 
Od Startup And Change The World Ku Camp
Od Startup And Change The World Ku CampOd Startup And Change The World Ku Camp
Od Startup And Change The World Ku Camp
 
Instalacion de windows vista ultímate en birtual box
Instalacion de  windows vista ultímate en birtual boxInstalacion de  windows vista ultímate en birtual box
Instalacion de windows vista ultímate en birtual box
 
Markthis: Serendipity & Society30
Markthis: Serendipity & Society30Markthis: Serendipity & Society30
Markthis: Serendipity & Society30
 
Leadership Quotes
Leadership QuotesLeadership Quotes
Leadership Quotes
 

Similaire à Ley que modifica Complejo Baños del Inca

Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtcFlete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtcJuan Luis Quispe Yucra
 
Tarifario soat rm 1953 i
Tarifario soat rm 1953 iTarifario soat rm 1953 i
Tarifario soat rm 1953 iLegonald Canaza
 
Normas y tablas para calculo de flete
Normas y tablas para calculo de fleteNormas y tablas para calculo de flete
Normas y tablas para calculo de fleteJuanscito Lokito
 
Normas legales diario el peruano contrato docente 2015 - 13 de diciembre del...
Normas legales diario el peruano  contrato docente 2015 - 13 de diciembre del...Normas legales diario el peruano  contrato docente 2015 - 13 de diciembre del...
Normas legales diario el peruano contrato docente 2015 - 13 de diciembre del...Isela Guerrero Pacheco
 
Nueva ley Universitaria_30220
Nueva ley Universitaria_30220Nueva ley Universitaria_30220
Nueva ley Universitaria_30220Takana Guido
 
Leydecreacióndelsecigra
LeydecreacióndelsecigraLeydecreacióndelsecigra
LeydecreacióndelsecigraJhon Hosber
 
Dd de autor modificatoria
Dd de autor modificatoriaDd de autor modificatoria
Dd de autor modificatoriaMary Domínguez
 
Ley del impuesto a la renta.
Ley del impuesto a la renta.Ley del impuesto a la renta.
Ley del impuesto a la renta.Josealberto0019
 
D.S. 10-2014 Complemento Modificatorias Ley 29783
D.S. 10-2014 Complemento Modificatorias Ley 29783D.S. 10-2014 Complemento Modificatorias Ley 29783
D.S. 10-2014 Complemento Modificatorias Ley 29783Enedina Briceño Astuvilca
 
Ds022 04 r-eglamento_educ_tec_product
Ds022 04 r-eglamento_educ_tec_productDs022 04 r-eglamento_educ_tec_product
Ds022 04 r-eglamento_educ_tec_productAmerico Ccopa
 
DS022-04 Reglamento Educación Tecnico Productivo
DS022-04 Reglamento Educación Tecnico ProductivoDS022-04 Reglamento Educación Tecnico Productivo
DS022-04 Reglamento Educación Tecnico ProductivoEdwin Bazan Ambar
 

Similaire à Ley que modifica Complejo Baños del Inca (20)

Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtcFlete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
 
Ley de carrera pública magisterial
Ley de carrera pública magisterialLey de carrera pública magisterial
Ley de carrera pública magisterial
 
Distancia virtual
Distancia virtualDistancia virtual
Distancia virtual
 
Tarifario soat rm 1953 i
Tarifario soat rm 1953 iTarifario soat rm 1953 i
Tarifario soat rm 1953 i
 
Normas y tablas para calculo de flete
Normas y tablas para calculo de fleteNormas y tablas para calculo de flete
Normas y tablas para calculo de flete
 
21 de junio normas legales
21 de junio   normas legales21 de junio   normas legales
21 de junio normas legales
 
cuadernillo DL 1421.pdf
cuadernillo DL 1421.pdfcuadernillo DL 1421.pdf
cuadernillo DL 1421.pdf
 
Normas legales diario el peruano contrato docente 2015 - 13 de diciembre del...
Normas legales diario el peruano  contrato docente 2015 - 13 de diciembre del...Normas legales diario el peruano  contrato docente 2015 - 13 de diciembre del...
Normas legales diario el peruano contrato docente 2015 - 13 de diciembre del...
 
Nueva ley Universitaria_30220
Nueva ley Universitaria_30220Nueva ley Universitaria_30220
Nueva ley Universitaria_30220
 
Leydecreacióndelsecigra
LeydecreacióndelsecigraLeydecreacióndelsecigra
Leydecreacióndelsecigra
 
norma tecnica
norma tecnicanorma tecnica
norma tecnica
 
017-decreto de urgencia.pdf
017-decreto de urgencia.pdf017-decreto de urgencia.pdf
017-decreto de urgencia.pdf
 
Dd de autor modificatoria
Dd de autor modificatoriaDd de autor modificatoria
Dd de autor modificatoria
 
Nl20121114
Nl20121114Nl20121114
Nl20121114
 
Ley del impuesto a la renta.
Ley del impuesto a la renta.Ley del impuesto a la renta.
Ley del impuesto a la renta.
 
1 fu9gclw4w6a3g8j fn6axl
1 fu9gclw4w6a3g8j fn6axl1 fu9gclw4w6a3g8j fn6axl
1 fu9gclw4w6a3g8j fn6axl
 
D.S. 10-2014 Complemento Modificatorias Ley 29783
D.S. 10-2014 Complemento Modificatorias Ley 29783D.S. 10-2014 Complemento Modificatorias Ley 29783
D.S. 10-2014 Complemento Modificatorias Ley 29783
 
Ds022 04 r-eglamento_educ_tec_product
Ds022 04 r-eglamento_educ_tec_productDs022 04 r-eglamento_educ_tec_product
Ds022 04 r-eglamento_educ_tec_product
 
DS022-04 Reglamento Educación Tecnico Productivo
DS022-04 Reglamento Educación Tecnico ProductivoDS022-04 Reglamento Educación Tecnico Productivo
DS022-04 Reglamento Educación Tecnico Productivo
 
Reforma tributaria
Reforma tributariaReforma tributaria
Reforma tributaria
 

Ley que modifica Complejo Baños del Inca

  • 1. Año XXIII / Nº 9504 www.elperuano.com.pe Pág. 322077 R EPUBLICA DEL PER U Sumario NORMAS LEGALES FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEMOCRÁTICA Lima, miércoles 21 de junio de 2006 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA Ley Nº 28763.- Ley que modifica la Ley Nº 25120, Ley que crea el Complejo Turístico Baños del Inca en Cajamarca 322079 R. Leg. Nº 021-2005-CR.- Resolución Legislativa que modifica el Artículo 57º del Reglamento del Congreso de la República 322080 PODER EJECUTIVO P C M D.S. Nº 031-2006-PCM.- Aprueban Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana 322080 D.S. Nº 032-2006-PCM.- Crean el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE 322081 DEFENSA RR.SS. Nºs. 247, 264 y 267-2006-DE/EP/A.1.a.8.- Autorizan viaje de cadetes y oficiales del Ejército a EE.UU., Ecuador y Brasil, en comisión de servicios 322082 R.S. Nº 265-2006-DE/FAP.- Autorizan viaje de Oficial FAP a EE.UU., en misión de estudios 322084 R.S. Nº 266-2006-DE/EP.- Autorizan evacuación de Oficial EP para recibir tratamiento médico altamente especializado y reevaluación post operatoria en los EE.UU. 322086 R.M. Nº 473-2006-DE/EP.- Amplían permanencia de oficial del Ejército en EE.UU. para continuar recibiendo tratamiento médico 322086 R.M. Nº 518-2006-DE/EP/A.1.a.1.8.- Autorizan a procurador iniciar acciones para el cobro de suma de dinero por gastos ocasionados al Estado en la formación profesional de ex cadete 322087 RR.MM. Nºs. 524, 541, 543, 544 y 596-2006-DE/MGP.- Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra a Chile, Ecuador, EE.UU., Panamá y España, en comisión de servicios 322087 R.M. Nº 542-2006-DE/MGP.- Aprueban proyecto de Convenio con el Departamento de Defensa de EE.UU., referente a intercambio y reintegro de combustible de Aviación Naval y Propulsión Marina 322089 R.M. Nº 560-2006-DE/SG.- Aprueban Directiva "Normas para el Proceso de Transferencia de la Gestión del Ministerio de Defensa al Gobierno Electo en las Elecciones Generales 2006" 322090 R.M. Nº 577-2006-DE/CCFFAA.- Autorizan viaje de oficial del Ejército a República Dominicana para participar en evento sobre comunicadores profesionales para actividades de ayuda humanitaria 322090 R.M. Nº 585-2006-DE/EP/A-1.a/1-1.- Autorizan viaje de oficiales del Ejército a EE.UU., en comisión de servicios 322091 R.M. Nº 594-2006-DE/SG.- Autorizan viaje de oficiales de la Dirección de Asuntos Internacionales e Intesectoriales del Ministerio para participar en evento a realizarse en República Dominicana 322091 ECONOMÍA Y FINANZAS Anexo - D.S. Nº 089-2006-EF.- Anexo del D.S. Nº 089- 2006-EF, sobre medidas complementarias para la aplicación del Programa de Homologación de los Docentes de las Universidades Públicas 322092 R.M. Nº 306-2006-EF/10.- Declaran infundado recurso de queja interpuesto por el RENIEC contra el Tribunal Fiscal 322093 R.M. Nº 307-2006-EF/75.- Aprueban Contrato de Fideicomiso de Pago a celebrarse entre los Ministerios de Economía y Finanzas y de Defensa, para los fines descritos en el D.S. Nº 188-2005-EF 322093 R.M. Nº 308-2006-EF/10.- Declaran infundado recurso de queja interpuesto contra el Tribunal Fiscal 322094 R.VM. Nº 012-2006-EF/15.- Precios CIF de referencia para la aplicación del Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria aplicable a importaciones de maíz, azúcar, arroz y lácteos 322094 R.D. Nº 004-2006-EF/68.01.- Aprueban Directiva para Proyectos de Inversión en Saneamiento Formulados y Ejecutados por Terceros 322095 INTERIOR R.S. Nº 0375-2006-IN.- Autorizan viaje de Oficiales de la PNP a Colombia para participar en la Cumbre de la CLACIP y en pasantía en la Sede Policial de Bogotá 322096 JUSTICIA R.M. Nº 243-2006-JUS.- Cancelan título de Notario del distrito de Churcampa, Distrito Notarial de Junín y nombran Notario del distrito de Sivia, Distrito Notarial de Ayacucho 322097 MIMDES RR.MM. Nºs. 411 y 412-2006-MIMDES.- Designan Presidentes de Directorios de las Sociedades de Beneficencia Pública de Contumazá y Huaraz 322098 R.M. Nº 413-2006-MIMDES.- Designan Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Lamas 322098 R.M. Nº 414-2006-MIMDES.- Aceptan renuncia de Asesor del Despacho Viceministerial de la Mujer 322099
  • 2. NORMAS LEGALES R EPUBLICA DEL PERU 322078 El Peruano miércoles 21 de junio de 2006 R.M. Nº 415-2006-MIMDES.- Designan Asesor de la Dirección Ejecutiva del INABIF 322099 R.M. Nº 418-2006-MIMDES.- Designan miembro del Comité de Coordinación Multisectorial de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional 322099 PRODUCE Anexo - D.S. Nº 013-2006-PRODUCE.- Organigrama del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES 322100 R.M. Nº 158-2006-PRODUCE.- Autorizan suscripción de Convenio de Cesión y Uso del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Salaverry con el Gremio de Pescadores Artesanales del Puerto de Salaverry 322101 RELACIONES EXTERIORES R.S. Nº 200-2006-RE.- Autorizan a ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España para que presten servicios en las Fuerzas Armadas Españolas 322101 R.S. Nº 201-2006-RE.- Autorizan uso del Pasaporte Especial a Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Rosario, República Argentina 322102 RR.SS. Nºs. 202, 203, 204, 205, 206, 207, 208 y 209- 2006-RE.- Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores, CONCYTEC, IPD, INRENA, Instituto Geográfico Nacional, SENAMHI y la Defensoría del Pueblo efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales 322102 R.M. Nº 0674-2006-RE.- Retiran de la foja de servicios de funcionario toda referencia contenida en el cuarto considerando de la R.M. Nº 0752-2001-RE 322105 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES R.M. Nº 472-2006-MTC/02.- Autorizan viaje de inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Costa Rica, en comisión de servicios 322105 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL RR. Adms. Nºs. 082 y 083-2006-CE-PJ.- Autorizan viaje de Presidente del Poder Judicial y de Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura a República Dominicana para participar en la XIII Cumbre Judicial Iberoamericana 322106 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. Nº 208-2006-P-CSJLI/PJ.- Disponen permanencia de magistrados como Juez Provisional del Cuadragésimo Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Lima y como Juez Suplente del Primer Juzgado de Paz Letrado de Breña 322108 ORGANISMOS AUTÓNOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Res. Nº 1935-2006-ANR.- Autorizan viaje de Presidente de la ANR para participar en el Encuentro Académico- Empresarial Internacional de Servicios Públicos: "Creación de la Red Internacional del Sistema Internacional de Franquicia en Servicios Públicos entre Colombia, Ecuador, Perú y Brasil" 322108 J N E Res. Nº 1181-2006-JNE.- Designan Jurados Electorales Especiales que tienen competencia para las elecciones municipales del 13 de agosto de 2006 322109 Fe de Erratas Res. Nº 1167-2006-JNE 322109 ONPE R.J. Nº 145-2006-J/ONPE.- Designan Jefe de Gabinete de Asesores de Jefatura Nacional y encargan el despacho de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios 322109 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV Res. Nº 031-2006-EF/94.45.- Disponen exclusión del "Segundo Programa de Certificados de Depósito Negociables de Financiera CMR - Décimo Primera Emisión" del Registro Público del Mercado de Valores 322110 INABEC R.J. Nº 101-JI-INABEC/2006.- Instauran Proceso Administrativo Disciplinario a ex servidor de la Oficina de Asesoramiento Institucional del INABEC 322111 OSINERG Res. Nº 292-2006-OS/CD.- Dejan sin efecto, reponen y precisan vigencia de diversas resoluciones, y disponen la devolución a los consumidores de montos que las empresas de electricidad hubieran cobrado por el Cargo CPSEE03 322111 SUNAT Res. Nº 336-2006-SUNAT/A.- Fijan Factores de Conversión Monetaria 322113 SUNARP Res. Nº 167-2006-SUNARP/SN.- Modifican resolución a fin de posponer la fecha para la convocatoria al V Premio a la Excelencia Académica en Derecho del Año 2005 322114 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Acuerdo Nº 004-2006-SE-GRL.- Exoneran de proceso de selección la adquisición de servicios públicos entre el Gobierno Regional de Loreto y la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones 322114 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Res. Nº 576-2005-MML-GDU.- Ratifican la Res. Nº 051- 2004-RASS de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, que aprueba proyectos de habilitación urbana de terreno 322115
  • 3. NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 21 de junio de 2006 322079 R EPUBLICA DEL PER U PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 28763 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA LA LEY Nº 25120, LEY QUE CREA EL COMPLEJO TURÍSTICO BAÑOS DEL INCA EN CAJAMARCA Artículo único.- Objeto de la Ley Modifícanse los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 25120, Ley que crea el Complejo Turístico Baños del Inca en Cajamarca, en los siguientes términos: “Artículo 2º.- Patrimonio Constituye patrimonio del Complejo Turístico Baños del Inca: a) Las instalaciones actualmente existentes en los pozos de los diversos pabellones, incluyendo el pabellón para turistas, piscina municipal, el albergue y el centro piscícola, el íntegro del patrimonio del Complejo Turístico Baños del Inca, así como otros que le sean transferidos con las fuentes termales correspondientes. b) Los recursos financieros o rentas que se obtengan como resultado de las concesiones en uso de las fuentes de agua minero medicinales con fines turísticos, otorgadas por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25533, así como los arriendos de los lotes y edificaciones que se realicen. c) Los fondos provenientes de los préstamos y convenios de financiación, tanto nacionales como internacionales. d) Los aportes de la Municipalidad Distrital de Baños del Inca, la Municipalidad Provincial de Cajamarca y del Gobierno Regional de Cajamarca. e) Donaciones y legados. f) Otros que se le asigne. Quedan exceptuados del alcance de la presente Ley las áreas que en la actualidad se encuentran ocupadas por las instalaciones administrativas de la Dirección Regional de Producción de Cajamarca, con una extensión de 0.5 hectáreas, y por el Colegio Estatal Andrés Avelino Cáceres, con una extensión de 0.15 hectáreas. Áreas que quedarán en propiedad exclusiva de las entidades antes mencionadas de acuerdo a los planos perimétricos que obran en poder de la Dirección Regional de Producción de Cajamarca. Artículo 3º.- Administración 3.1 La administración del Complejo Turístico Baños del Inca está a cargo de la Municipalidad Distrital de Baños del Inca y los recursos provenientes de su explotación serán destinados a su mantenimiento, conservación y expansión. 3.2 La Municipalidad Distrital de Baños del Inca podrá suscribir contratos de administración, inversión o concesión con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras en beneficio del Complejo Turístico Baños del Inca sujetándose a las disposiciones de la normatividad específica.” DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PRIMERA.- Derogatoria Deróganse el artículo 4º de la Ley Nº 25120 y las demás normas que se opongan a la presente Ley. SEGUNDA.- Reglamento de la Ley El Ministro de Comercio Exterior y Turismo reglamentará la presente Ley en un plazo no mayor de treinta (30) días, contados a partir de su entrada en vigencia. TERCERA.- Vigencia de la Ley La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, con excepción de la modificación al artículo 3º de la Ley Nº 25120 y la Primera Disposición Complementaria de la presente Ley, que entran en vigencia el 1 de enero de 2007. Res. Nº 020-2006-MML-GDU.- Ratifican la Res. Nº 166- 2005-GIPRI-GCDL-MSS de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, que aprueba proyectos de habilitación urbana 322115 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Ordenanza Nº 075-CDLCH.- Declaran inaplicable la Ordenanza Nº 09-MDSA expedida por la Municipalidad Distrital de San Antonio de la provincia de Huarochirí 322116 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Ordenanza Nº 170-MDS.- Regulan el Proceso de Presupuesto Participativo de la Municipalidad para el año fiscal 2007 322117 D.A. Nº 009-2006-MDS.- Prorrogan fechas de vencimiento de arbitrios y de beneficios aprobados mediante Ordenanzas Nºs. 161 y 163-MDS 322120 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Ordenanza Nº 134-MVES.- Establecen disposiciones para facilitar el trámite administrativo para la ejecución de obras del Programa Municipal de Vivienda 322121 D.A. Nº 016-2006-ALC/MVES.- Amplían vigencia de Decretos de Alcaldía referidos a requisitos y costos de la Licencia de Apertura de Establecimiento Definitiva 322122 SEPARATAS ESPECIALES ECONOMÍA Y FINANZAS R.D. Nº 032 -2006-EF/76.01.- Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial Año Fiscal 2007 322033 VIVIENDA Fe de Erratas Anexo - D.S. Nº 011-2006-VIVIENDA 322123 PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyecto de modificación de los Lineamientos de Política de Apertura del Mercado de Telecomunicaciones 322132
  • 4. NORMAS LEGALES R EPUBLICA DEL PERU 322080 El Peruano miércoles 21 de junio de 2006 POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, aceptándose las observaciones formuladas por el señor Presidente de la República, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108º de la Constitución Política del Estado, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil seis. MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO Presidente del Congreso de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Primer Vicepresidente del Congreso de la República 10965 RESOLUCIÓN LEGISLATIVADEL CONGRESO Nº 021-2005-CR EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 57º DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA Artículo único.- Modifica el artículo 57º del Reglamento del Congreso Modifícase el artículo 57º del Reglamento del Congreso, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: “Clases de votaciones Artículo 57º.- Todas las votaciones son públicas, salvo que dos tercios de los miembros hábiles del Pleno acuerden que sean secretas. Las votaciones pueden ser: a) Por tablero: Cuando cada Congresista acciona el sistema de votación electrónica, registrándose en acta su nombre y sentido de su voto. Si por algún motivo no pudiera utilizarse el tablero electrónico, el Presidente, tratándose de leyes y resoluciones legislativas, dispondrá votación nominal, en cuyo caso el relator llama a cada uno de los Congresistas por su nombre y éstos responden SÍ, NO o ABSTENCIÓN. b) A mano alzada: Siempre que no se trate de leyes ni resoluciones legislativas. Las votaciones secretas se realizan recibiendo cada Congresista una cédula, expresando su voto en ella y depositándola en el ánfora. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dada en el Palacio del Congreso, en Lima, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil seis. MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO Presidente del Congreso de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Primer Vicepresidente del Congreso de la República 10933 PODER EJECUTIVO P C M Aprueban Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana DECRETO SUPREMO Nº 031-2006-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 181-2003- PCM, modificada por la Resolución Ministerial Nº 397- 2003-PCM, se creó la Comisión Multisectorial para el Desarrollo de la Sociedad de la Información- CODESI, con el objetivo de elaborar un Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 148-2005- PCM se dio por concluido el encargo conferido a la CODESI y se dispuso la publicación del Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana en el portal de la Presidencia del Consejo de Ministros www.pcm.gob.pe; Que, el Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana ha sido elaborado con el concurso del sector público y el sector privado, con la participación de entidades representativas de la sociedad civil y del sector académico, constituyendo un documento de política que contiene las acciones, estrategias, metas, y políticas específicas necesarias para el adecuado desarrollo, implementación y promoción de la Sociedad de la Información en el Perú, a fin de alcanzar la modernización del Estado y desarrollar un esquema real y coherente en beneficio de la población en general; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 318-2005- PCM, modificada por Resolución Ministerial Nº 381-2005- PCM, se constituyó la Comisión Multisectorial para el seguimiento y evaluación del Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana; Que, si bien mediante la citada resolución se establece como objetivo de la Comisión Multisectorial de seguimiento y evaluación realizar las coordinaciones necesarias para incorporar las acciones propuestas en los planes operativos y estratégicos de los sectores y entidades públicas involucradas, resulta necesario aprobar el Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana para su reconocimiento oficial y cumplimiento obligatorio por parte de los sectores y entidades públicas pertinentes; Que, en tal sentido, es necesario emitir la norma que aprueba el Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con el inciso 24 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación Aprobar el Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana, documento elaborado por la Comisión Multisectorial para el Desarrollo de la Sociedad de la Información - CODESI, que contiene seis (6) capítulos, un (1) glosario y anexos, cuya versión actualizada deberá ser publicada en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros. El seguimiento y evaluación del Plan de Acción contenido en el Capítulo V y la actualización de su Matriz, estará a cargo de la Comisión Multisectorial creada mediante Resolución Ministerial Nº 318-2005-PCM. Artículo 2º.- Ejecución Los Titulares de los Sectores y entidades públicas involucradas se encargarán de adoptar las acciones necesarias para el cumplimiento y ejecución del Plan de
  • 5. NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 21 de junio de 2006 322081 R EPUBLICA DEL PER U Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de junio del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 10966 Crean el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE DECRETO SUPREMO Nº 032-2006-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado se declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo; Que, por su parte, el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM establece la obligación de las instituciones públicas de publicar su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA en su Portal Institucional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 060-2001-PCM se crea el Portal del Estado Peruano, en adelante "PEP", como el Portal de máxima jerarquía del Estado Peruano, al que deberán estar conectados o enlazados los portales de todas las instituciones de la Administración Pública, y que proporciona información referente a la organización del Estado, servicios de información sobre procedimientos administrativos que se realiza ante las diversas dependencias públicas; Que, corresponde a la Presidencia del Consejo de Ministros actuar como ente rector del Sistema Nacional de Informática; Que, los portales electrónicos institucionales se han convertido en el medio de difusión de información más accesible, convirtiéndose en instrumentos muy poderosos de promoción de la imagen institucional, sus relaciones y sus productos y servicios, permitiendo que más usuarios obtengan información especializada; Que, en tal sentido, resulta pertinente dictar disposiciones que permitan que la ciudadanía en general pueda acceder a los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades a través de la creación de un Portal informático adscrito al Portal del Estado Peruano; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y el Decreto Supremo Nº 094-2005-PCM; DECRETA: Artículo 1º.- Ámbito de aplicación de la norma La presente norma será de aplicación a todas las entidades públicas. Para los fines de la presente norma se entenderá por "entidad pública" a aquellas referidas en el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
  • 6. NORMAS LEGALES R EPUBLICA DEL PERU 322082 El Peruano miércoles 21 de junio de 2006 Administrativo General, con excepción de las referidas en el inciso 8) y las empresas privadas con participación del Estado. Artículo 2º.- Creación del Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE Créase el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE adscrito al Portal del Estado Peruano - PEP, como un sistema de información en Internet sobre los procedimientos, requisitos y derechos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de las entidades públicas del Estado, a fin de facilitarle dicha información al administrado, al mismo que se podrá acceder a través de la siguiente dirección electrónica: www.serviciosalciudadano.gob.pe El PSCE es administrado por la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática - ONGEI de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 3º.- Publicidad y valor oficial de la información El PSCE, como sistema interactivo de información a los ciudadanos y empresas a través de Internet, cumple la función de publicitar los servicios y procedimientos administrativos que se realizan ante las diversas entidades públicas a través de la publicación del correspondiente Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA. Artículo 4º.- Gratuidad de la información La publicación de la información que las entidades públicas ingresen en el PSCE se realizará de forma gratuita. Asimismo, las personas naturales, jurídicas y entidades públicas podrán acceder a dicha información sin costo alguno. Artículo 5º.- Responsable de la publicación en el PSCE El funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet al que se refiere el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública es el responsable de cumplir con la publicación de los TUPAS y sus modificaciones en el PSCE. Asimismo se encuentra obligado a mantener en el portal institucional del cual es responsable, un enlace con el PSCE. La entidad deberá comunicar a la ONGEI la identidad del responsable para que se le otorgue la habilitación correspondiente a efectos de publicar el TUPA en el PSCE. Artículo 6º.- Efecto de la publicación La información de los TUPAS contenida en el PSCE tiene carácter oficial. Artículo 7º.- Procedimiento de publicación El procedimiento que las instituciones adoptarán a fin de ingresar la información en el PSCE será aprobado por Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 8º.- Responsabilidad por no publicar los TUPAS y sus modificaciones Los funcionarios responsables citados en el artículo 5º de la presente norma que incumplan con publicar el TUPA o sus modificaciones en el PSCE, en la forma y plazos que se establezcan, asumirán la responsabilidad prevista en el artículo 4º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 9º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. DISPOSICIONES FINALES, COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS Primera.- Aprobación del procedimiento para ingresar los TUPAS al Portal de Servicio al Ciudadano La Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática - ONGEI deberá presentar un proyecto de Resolución Ministerial que apruebe el procedimiento al que se refiere el artículo 7º de la presente norma, en un plazo no mayor de 30 días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente norma, bajo responsabilidad. En dicha norma, además, se aprobará el procedimiento para que aquellas entidades públicas que no cuenten con las herramientas tecnológicas para ingresar el TUPA al PSCE, puedan hacerlo directamente desde cualquier cabina de Internet o con el apoyo de la Municipalidad Distrital, Provincial o del Gobierno Regional más cercano, las mismas que tienen la obligación de brindarles la colaboración necesaria para tal fin. Segunda.- El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de publicada la Resolución Ministerial que se señala en la disposición anterior. Tercera.- La Presidencia del Consejo de Ministros aprobará las normas complementarias a efectos de cumplir con la presente norma. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de junio del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 10967 DEFENSA Autorizan viaje de cadetes y oficiales del Ejército a EE.UU., Ecuador y Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 247-2006-DE/EP/A.1.a.1.8 Lima, 14 de junio de 2006 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 059 DIEDE/SD- PMTO Y EVAL/C-4.c.3 de mayo del 2006, de la Subdirección de Planeamiento y Evaluación de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales designar al Cadete III GUEVARA NUÑEZ Héctor Felipe, para que participe como alumno del Curso de Formación de Oficiales en la Academia Militar de los Estados Unidos (USMA) West Point, en el período comprendido del 20 de junio al 31 de diciembre de 2006, por cuanto permitirá disponer de personal con un elevado nivel académico y preparación profesional en centros de enseñanza militar en el extranjero, así como, continuar manteniendo vínculos de amistad con Ejércitos de otros países; Que, los gastos de formación profesional serán solventados por el Gobierno de los Estados Unidos de América, salvo en lo referente a los conceptos de Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2006, Decreto de Urgencia Nº 002-2006 del 19 de enero de 2006 y su modificatoria con el Decreto de Urgencia Nº 006-2006 del 7 de mayo del 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de 26 de enero del 2004, y su modificatoria con el Decreto Supremo Nº 008-2004- DE/SG de 30 de junio del 2004; y, Estando a lo opinado por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Cadete III GUEVARA NUÑEZ Héctor Felipe, para que participe como alumno de la Academia Militar de los Estados Unidos (USMA) West Point, en el período del 20 de junio al 31 de diciembre del 2006.
  • 7. NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 21 de junio de 2006 322083 R EPUBLICA DEL PER U Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú efectuará el pago que corresponda, de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero: US$ 500.00 x 6 meses x 1 persona US$ 500.00 : 30 x 11 días x 1 persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización al que se refiere el artículo 1º, sin exceder el período total de días aprobados. Artículo 4º.- Los gastos de formación profesional serán solventados por el Gobierno de los Estados Unidos de América, salvo en lo referente a los conceptos de Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas Encargado de Despacho del Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10970 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 264-2006-DE/EP/A.1.a.1.8 Lima, 19 de junio de 2006 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 038 DAI-JEMGE/A-3 demayodel2006,delDepartamentodeAsuntosInternacionales de la Jefatura del Estado Mayor General del Ejército. CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales nombrar en Comisión de Servicio al Crl. Com. CORDOVA GARCIA Pedro y My. MG PELAEZ MEDINA Jorge, para participar en el intercambio profesional académico en las especialidades de Ciencia y Tecnología, a realizarse en la ciudad de Quito - República de Ecuador, en el período comprendido del 19 al 21 de junio del 2006, por cuanto las experiencias y el conocimiento a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; Que, la participación del Ejército del Perú en el intercambio profesional académico en las especialidades de Ciencia y Tecnología, es de gran importancia, ya que va a contribuir a fortalecer la imagen y prestigio Institucional, así como también, va a permitir el intercambio de información, experiencias y conocimientos en el campo de Ciencia y Tecnología; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2006, Decreto de Urgencia Nº 002-2006 del 19 de enero de 2006 y su modificatoria con el Decreto de Urgencia Nº 006-2006 del 7 de mayo del 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de 26 de enero del 2004, y su modificatoria con el Decreto Supremo Nº 008-2004- DE/SG de 30 de junio del 2004; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comisión de Servicio, al Crl. Com. CORDOVA GARCIA Pedro y My. MG PELAEZ MEDINA Jorge, para participar en el intercambio profesional académico en las especialidades de Ciencia y Tecnología, a realizarse en la ciudad de Quito - República de Ecuador, en el período comprendido del 19 al 21 de junio del 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: PASAJES: Lima - Quito - Lima (Ida y Vuelta) $ 648.70 x 2 personas VIÁTICOS: $ 200.00 x 3 días x 2 personas TARIFA ÚNICA DE USO DE AEROPUERTO: US$ 30.25 x 2 personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la Comisión, sin exceder el período total establecido. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10971
  • 8. NORMAS LEGALES R EPUBLICA DEL PERU 322084 El Peruano miércoles 21 de junio de 2006 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 267-2006-DE/EP/A.1.a.1.8 Lima, 19 de junio de 2006 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 060 DIEDE/SD- PMTO Y EVAL/C-4.c.3 de mayo del 2006, de la Subdirección de Planeamiento y Evaluación de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales nombrar en Comisión de Servicio al Cadete V Art. PAREDES OTERO Víctor Hugo y Cadete V Ing. BENITES NARCISO César Augusto, para visitar la Academia Militar "Agulhas Negras" de la República de Brasil, en el período comprendido del 20 al 25 de junio del 2006, por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2006, Decreto de Urgencia Nº 002-2006 del 19 de enero de 2006 y su modificatoria con el Decreto de Urgencia Nº 006-2006 del 7 de mayo del 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de 26 de enero del 2004, y su modificatoria con el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de 30 de junio del 2004; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comisión de Servicio, al Cadete V Art. PAREDES OTERO Víctor Hugo y Cadete V Ing. BENITES NARCISO César Augusto, para que visiten la Academia Militar "Agulhas Negras" de la República de Brasil, en el período comprendido del 20 al 25 de junio del 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: PASAJES: Lima - Brasilia - Lima (Ida y Vuelta) US$ 1,025.00 x 2 personas VIÁTICOS: $ 200.00 x 6 días x 2 personas TARIFA ÚNICA DE USO DE AEROPUERTO: US$ 30.25 x 2 personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la Comisión, sin exceder el período total establecido. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10974 Autorizan viaje de Oficial FAP a EE.UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 265-2006-DE/FAP Lima, 19 de junio de 2006 Vista la Hoja Informativa V-50-SMUI-Nº 0002 del 19 de abril de 2006 del Comandante del Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aérea del Perú, la Hoja InformativaV-50-MADP- Nº 0009 del 11 de mayo de 2006 del Comandante de Material de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de Trámite Nº 1839-SGFA del 18 de mayo de 2006 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a los Estados Unidos de América, del 19 al 23 de junio de 2006, del Comandante FAP ROJAS CHILET Gabriel Enrique, con la finalidad que realice el Curso de Mantenimiento de Baterías Níquel Cadmio, a llevarse a cabo en la ciudad de Dallas, siendo solventados los gastos que se ocasione el mencionado curso, con Recursos Directamente Recaudados por el Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aérea del Perú; Que, el viaje en misión de estudios se encuentra considerado en el Plan Anual de Viajes al Extranjero AF- 2006, aprobado con Resolución Ministerial Nº 093-2006- DE/SG del 10 de febrero de 2006; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG del 30 de junio de 2004 y Decreto de Urgencia Nº 006-2006 del 3 de mayo de 2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a los Estados Unidos de América, del 19 al 23 de junio de 2006, del Comandante FAP ROJAS CHILET Gabriel Enrique, con la finalidad que realice el Curso de Mantenimiento de Baterías Níquel Cadmio, a llevarse a cabo en la ciudad de Dallas. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: US$ 1,120.16 x 1 Oficial Viáticos: US$ 220.00 x 5 días x 1 Oficial Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 1 Oficial Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la misión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Personal, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10972
  • 9. NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 21 de junio de 2006 322085 R EPUBLICA DEL PER U RESULTADO DEL PROCESO DE FISCALIZACIÓN POSTERIOR PERÍODO MAYO 2006 Nº CONTRATISTA Nº REG. Nº RESOLUCIÓN (*) SUMILLA DE RESOLUCIÓN 1 EL ESCORIAL 10888 ResolucióndeGerencia Por no comunicar oportunamente la variación de su plantel CONSTRUCTORA E Nº 1165-2006-CONSUCODE/GR técnico se disminuye su Capacidad Máxima de Contratación INMOBILIARIA del4.5.2006. y se deja sin efecto legal el Certificado de Inscripción S.A.C. N° 1389 de fecha 9.12.2004. 2 JJ CONTRATISTAS 9332 ResolucióndeGerencia Por no comunicar oportunamente la variación de su plantel ASOCIADOS S.A.C. Nº 1210-2006-CONSUCODE/GR técnico, se deja sin efecto legal la vigencia de la inscripción (JJ CONASAC) del 8.5.2006. otorgada a la empresa mediante Resolución de Gerencia Nº 1236-2004-CONSUCODE/GR del 8.6.2004 y el Certifi- cado de Inscripción Nº 675 de fecha 10.6.2004. 3 EMPRESA 10842 ResolucióndeSubgerencia Por no comunicar oportunamente la variación de su plantel PROMOTORA PARA Nº001-2006-CONSUCODE/ técnico, resulta procedente Cancelar su Inscripción como EL DESARROLLO GRNP/SFPdel24.5.2006 Ejecutor de Obras y dejar sin efecto legal el Certificado de "CORZO" S.R.L. InscripciónNº1292defecha11.11.2004 (EMPDECO S.R.L.) 4 CONSTRUCTORA 11284 ResolucióndeSubgerencia Por no acreditar al nuevo integrante de su plantel técnico YSERVICIOS Nº002-2006-CONSUCODE/ dentro del plazo legal establecido, resulta procedente Can- GENERALES GRNP/SFPdel30.5.2006 celar su Inscripción como Ejecutor de Obras y dejar sin efec- ESTORAKE E.I.R.L. to legal su Certificado de Inscripción Nº 1161 de fecha 27.10.2005. 5 IC INFANTEY CIA. 5404 ResolucióndeSubgerencia Por no acreditar al nuevo integrante de su plantel técnico CONTRATISTAS Nº003-2006-CONSUCODE/ dentro del plazo legal establecido, resulta procedente Can- GENERALES E.I.R.L. GRNP/SFPdel30.5.2006 celar su Inscripción com Ejecutor de Obras y dejar sin efecto legal el Certificado de Inscripción Nº 1309 de fecha 30.11.2005 6 CONSTRUCTORA 9323 Resolución de Presidencia Declarar la nulidad de la Resolución de Gerencia Nº 0417- BENITO LLERENA Nº 493-2005-CONSUCODE/PRE 2005-CONSUCODE/GR del 23.3.2005 que aprobó el Au- E HIJOS S.R.L. del23.12.2005. mento de Capacidad de Contratación como Ejecutor de Obras, y del Certificado de Inscripción Nº 227 de fecha 29.3.2005, disponer la formulación de la denuncia penal contra el representante legal de la empresa y contra todos los que resulten responsables, por la presunta comisión del delito contra la función jurisdiccional (falsa declaración en procedimiento administrativo) e imponer la multa respectiva. 7 CONSTRUCTORA 9323 Resolución de Presidencia Disponer el inicio de las acciones legales, vía proceso con- BENITO LLERENA Nº 051-2006-CONSUCODE/PRE tencioso administrativo, a fin que en sede judicial se declare E HIJOS S.R.L. del 31.1.2006. la nulidad de la Resolución de Gerencia Nº 1137-2004-CON- SUCODE/GR del 24.5.2004, que aprobó la Renovación de Inscripción como Ejecutor de Obras, asimismo, disponer el inicio de las acciones legales correspondientes contra el representante legal de la empresa y contra todos los que resulten responsables, por la presunta comisión del delito contra la función jurisdiccional (falsa declaración en procedi- miento administrativo) e imponer la multa respectiva. 8 CONTRATISTAS 9856 Resolución de Presidencia Declarar la nulidad de la Resolución de Gerencia Nº 0806- GENERALES GYLSA Nº 155-2006-CONSUCODE/PRE 2005-CONSUCODE/GR del 26.5.2005 que aprobó la Re- S.R.L. del 3.4.2006. novación de Inscripción como Ejecutor de Obras y del Certificado de Inscripción Nº 467 de fecha 30.5.2005, dis- poner el inicio de las acciones legales correspondientes contra el representante legal de la empresa y contra todos los que resulten responsables, por la presunta comisión de los delitos contra la función jurisdiccional (falsa declara- ción en procedimiento administrativo) y contra la fe pública en agravio de CONSUCODE e imponer la multa respectiva. 9 VULCAIN METAL 9547 Resolución de Presidencia Disponer el inicio de las acciones legales, vía proceso con- COMPANY S.A.C. Nº 205-2006-CONSUCODE/PRE tencioso administrativo, a fin que en sede judicial se declare (VULMETCO S.A.C.) del9.5.2006. la nulidad de la Resolución de Gerencia Nº 2274-2004- CONSUCODE/GR del 9.11.2004, asimismo,disponer el ini- cio de las acciones legales correspondientes contra el representante legaldelaempresaycontratodoslosqueresultenresponsables,por la presunta comisión de los delitos contra la función jurisdiccional (falsa declaración en procedimiento administrativo) y contra la fe pública en agravio de CONSUCODE e imponer la multa respectiva. Lima, junio de 2006 Gerencia de Registros 10870
  • 10. NORMAS LEGALES R EPUBLICA DEL PERU 322086 El Peruano miércoles 21 de junio de 2006 Autorizan evacuación de Oficial EP para recibir tratamiento médico altamente especializado y reevaluación post operatoria en los EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 266-2006-DE/EP Lima, 19 de junio de 2006 Visto, el Oficio Nº 106 Q-14.a/15.00, del 16 de mayo del 2006, de la Dirección de Salud del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante la Hoja de Recomendación Nº 21 Q-14.a/ 15.00 de May 2006 de la Dirección de Salud del Ejército, el señor General de Ejército Comandante general del Ejército aprueba la evacuación del My Inf Miguel Angel VELEZMORO ROJAS, al MD ANDERSON CANCER CENTER DE HOUSTON - TEXAS USA, para una reevaluación Post OperatoriadeMédulaOsea,acompañadodesuseñoraesposa Luz Marina CUEVA LOPEZ de VELEZMORO; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2006, Decreto de Urgencia Nº 002 del 19 de enero del 2006 y su modificatoria con el Decreto de Urgencia Nº 006- 2006 del 3 de mayo del 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM del 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SGdefecha26deenerodel2004ysumodificatoriaDecreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio del 2004; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la evacuación al extranjero del Mayor EP Miguel Angel VELEZMORO ROJAS, para recibir Tratamiento Médico Altamente Especializado y una reevaluación Post Operatoria de Médula Òsea en el MD ANDERSON CANCER CENTER DE HOUSTON - TEXAS USA, acompañado de su señora esposa Luz Marina CUEVA LOPEZ de VELEZMORO en el período comprendido del 19 de junio al 18 de julio del 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Texas - Lima US$ 888.00 x 2 personas Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 3,050.00 x 1 mes x 1 persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 2 personas Artículo 3º.- Los gastos de tratamiento médico y hospitalización serán sufragados por la Dirección de Salud del Ejército. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio o término de la autorización de viaje sin exceder el plazo total establecido. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10973 Amplían permanencia de oficial del Ejército en EE.UU. para continuar recibiendo tratamiento médico RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 473-2006-DE/EP Lima, 3 de mayo de 2006 Vistos, la Hoja de Recomendación Nº 001 Q-14.c/6/ 15.07.01 de fecha 18 de enero del 2006. CONSIDERANDO: Que, mediante R.S. Nº 219-2005 DE/EP del 11 de abril del 2005, se autorizó el viaje del My. Com. DORIA VELARDE Alberto Martín a los Estados Unidos de América, para recibir tratamiento médico altamente especializado en el JOHNS HOPKINS HOSPITAL BALTIMORE MARYLAND, por padecer de “Síndrome vertiginoso periférico por probable fístula perilinfática en oído derecho”; Que, por R.S. Nº 660-2005 DE/EP del 23 de noviembre del 2005, se resolvió con eficacia anticipada, ampliar la permanencia en los Estados Unidos de América, del 1 de junio al 15 de agosto del 2005, del My.Com.DORIAVELARDE Alberto Martín, con la finalidad de continuar recibiendo Tratamiento Médico Altamente Especializado en el JOHNS HOPKINS HOSPITAL BALTIMORE MARYLAND, resolución que fue publicada el 1 de diciembre del 2005; Que, el Agregado Militar del Perú en los Estados Unidos de América, mediante el FAX Nº 084 AM-4/02.00 del 31 de agosto del 2005, comunica a la Dirección de Salud que en coordinación con el JOHNS HOPKINS HOSPITAL BALTIMORE MARYLAND - USA, el My Com DORIA VELARDE Alberto Martín, retornará al Perú el 5 de setiembre del 2005; Que, el Director de Salud del Ejército, mediante el Oficio Nº 004 Q-14.c/6/15.07.01 del 25 de enero del 2006, solicita se formule la resolución respectiva ampliando la permanencia del referido Oficial Superior en JOHNS HOPKINS HOSPITAL BALTIMORE MARYLAND, del 16 de agosto al 5 de setiembre del 2005; Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad administrativa puede disponer que el mismo acto administrativo tenga eficacia anticipada a su emisión; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley sobre autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto de Urgencia Nº 002-2006 del 19 de enero del 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, y su modificatoria Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio del 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Con eficacia anticipada, ampliar la permanencia del My. Com. DORIA VELARDE Alberto Martín en los Estados Unidos de América, con la finalidad de continuar recibiendo Tratamiento Médico Altamente Especializado, en el JOHNS HOPKINS HOSPITAL BALTIMORE MARYLAND, del 16 de agosto al 5 de setiembre del 2005. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero del 16 Ago al 5 Set 05 US$ 3,050.00 ÷ 30 x 16 días x 1 persona US$ 3,050.00 ÷ 30 x 5 días x 1 persona Artículo 3º.- Los gastos de tratamiento médico y hospitalización serán sufragados por la Dirección de Salud del Ejército. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10859
  • 11. NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 21 de junio de 2006 322087 R EPUBLICA DEL PER U Autorizan a procurador iniciar acciones para el cobro de suma de dinero por gastos ocasionados al Estado en la formación profesional de ex cadete RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 518-2006-DE/EP/A.1.a.1.8 Lima, 16 de mayo de 2006 Visto, la Resolución de la Comandancia General del Ejército Nº 133-EP/A.1.a.1/8 del 3 de marzo del 2006. CONSIDERANDO: Que, en el Artículo 1º de la Resolución de la Comandancia General del Ejército Nº 133-EP/A.1.a.1/8 del 3 de marzo del 2006, se Resuelve dar de Baja de la Escuela Militar de Chorrillos al Cadete Stte Com VILCHEZ MACHUCA Fredy Hans, con fecha 4 de febrero del 2006, “por Pérdida de Vocación Militar“, al haber contravenido lo dispuesto en el Cap. IV Secc. II Párrafo 69 inciso “a” del Reglamento Interno de la Escuela Militar de Chorrillos; Que, los gastos ocasionados al Estado en la formación Profesional del ex Cadete Stte Com VILCHEZ MACHUCA Fredy Hans, asciende a la suma de VEINTIÚN MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 23/100 NUEVOS SOLES (S/. 21,757.23), según se detalla: Justificación de Gastos efectuados: 1. Propinas : 5,029.88 2. Racionamiento : 7,564.00 3. Prendas : 2,263.35 4. Universidad : 6,900.00 ---------------- Total general S/. 21,757.23 Que, de conformidad a lo dispuesto por el D.S. Nº 001-87- CCFFAA, del 13 de julio de 1987, el ex Cadete Stte Com VILCHEZ MACHUCA Fredy Hans, deberá abonar el integro de los gastos causados al Estado, por concepto de alimentación, vestuario, propinas y otros gastos de instrucción; Que, es necesario autorizar al señor Coronel Procurador Público del Ministerio de Defensa encargado de los asuntos relativos al Ejército, para que proceda a interponer las acciones que correspondan para cautelar los intereses del Estado; de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; y, Estando a lo recomendado por la Dirección de Personal del Ejército; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público del Ministerio de Defensa encargado de los Asuntos relativos al Ejército, para ejercitar la defensa de los intereses del Estado, e inicie, prosiga y culmine las acciones pertinentes a la recuperación y cobro de dinero por los gastos ocasionados al Estado en la formación profesional del ex Cadete Stte Com VILCHEZ MACHUCA Fredy Hans. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10858 Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra a Chile, Ecuador, EE.UU., Panamá y España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 524-2006-DE/MGP Lima, 17 de mayo de 2006 Visto el Oficio P.200-0799 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 3 de mayo de 2006; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Capitán de Corbeta Carlos Valentín BALAREZO Burgos, para que participe en la Reunión de Planeamiento Final del Ejercicio Multinacional UNITAS PACÍFICO - 2006, a realizarse en la ciudad de Valparaíso - CHILE, del 13 al 16 de junio de 2006; Que, los gastos de transporte, alojamiento y alimentación serán solventados por el Comando Sur de los Estados Unidos de América, no generando gastos al Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Capitán de Corbeta Carlos Valentín BALAREZO Burgos, CIP. 00958037, DNI. 43442696, para que participe en la Reunión de Planeamiento Final del Ejercicio Multinacional UNITAS PACÍFICO - 2006, a realizarse en la ciudad de Valparaíso - CHILE, a partir del 13 al 16 de junio de 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará el pago que corresponda de acuerdo con las disposiciones vigentes: Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- Facultar al Comandante General de la Marina para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 4º.- Los gastos de transporte, alojamiento y alimentación serán solventados por el Comando Sur de los Estados Unidos de América, no generando gastos al Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto. Artículo 5º.- El mencionado Oficial Superior deberá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10857 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 541-2006-DE/MGP Lima, 26 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Capitán de Corbeta SGC. Jorge Luis GARCIA Tejada, para que participe en la 5ª Reunión de Expertos Gubernamentales en Estadísticas de Transporte Acuático de la Comunidad Andina, a llevarse a cabo en la ciudad de Quito - ECUADOR, del 31 de mayo al 2 de junio de 2006; Que, los gastos de transporte, alojamiento y alimentación serán solventados por la Secretaría General de la Comunidad Andina, no generando gastos al Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; y,
  • 12. NORMAS LEGALES R EPUBLICA DEL PERU 322088 El Peruano miércoles 21 de junio de 2006 De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004- DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Capitán de Corbeta SGC. Jorge Luis GARCIA Tejada, CIP. 06833597, DNI. 06182700, para que participe en la 5ª Reunión de Expertos Gubernamentales en Estadísticas de Transporte Acuático de la Comunidad Andina, a llevarse a cabo en la ciudad de Quito - ECUADOR, a partir del 31 de mayo al 2 de junio de 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará el pago que corresponda de acuerdo con las disposiciones vigentes: Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- Facultar al Comandante General de la Marina para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 4º.- Los gastos de transporte, alojamiento y alimentación serán solventados por la Secretaría de la Comunidad Andina, no irrogando gastos al Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto. Artículo 5º.- El mencionado Oficial Superior deberá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10856 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 543-2006-DE/MGP Lima, 26 de mayo de 2006 Visto el Oficio P.200-0852 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 11 de mayo de 2006; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Capitán de Fragata Juan Miguel Eduardo IRIGOYEN Noriega, con la finalidad que participe como Inspector para comprobar el estado de las baterías de torpedos, a realizarse a cabo en la ciudad de Connecticut - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, del 7 al 12 de junio de 2006; Que, los gastos de transporte, alojamiento y alimentación serán solventados por la empresa Yardney Technical Products, no generando gastos al Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Capitán de Fragata Juan Miguel Eduardo IRIGOYEN Noriega, CIP. 00804265, DNI. 09874294, con la finalidad que participe como Inspector para comprobar el estado de las baterías de torpedos, a realizarse en la ciudad de Connecticut - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, a partir del 7 al 12 de junio de 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará el pago que corresponda de acuerdo con las disposiciones vigentes: Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- Facultar al Comandante General de la Marina para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 4º.- Los gastos de transporte, alojamiento y alimentación serán solventados por la empresa Yardney Technical Products, no irrogando gastos al Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto. Artículo 5º.- El mencionado Oficial Superior deberá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10854 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 544-2006-DE/MGP Lima, 26 de mayo de 2006 Visto el Oficio P.200-0853 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 11 de mayo de 2006; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Capitán de Fragata José Antonio SAN MARTÍN Gómez, para que participe en la Conferencia Final de Planeamiento del Ejercicio Multinacional PANAMAX-2006, a llevarse a cabo en la ciudad de Panamá - PANAMÁ, del 27 al 30 de junio de 2006; Que, los gastos de transporte, alojamiento y alimentación serán solventados por el Comando Sur de los Estados Unidos de América, no generando gastos al Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004- DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Capitán de Fragata José Antonio SAN MARTÍN Gómez, CIP. 00813540, DNI. 43751746, para que participe en la Conferencia Final de Planeamiento del Ejercicio Multinacional PANAMAX-2006, a llevarse a cabo en la ciudad de Panamá - PANAMÁ, a partir del 27 al 30 de junio de 2006.
  • 13. NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 21 de junio de 2006 322089 R EPUBLICA DEL PER U Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará el pago que corresponda de acuerdo con las disposiciones vigentes: Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- Facultar al Comandante General de la Marina para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 4º.- Los gastos de transporte, alojamiento y alimentación serán solventados por el Comando Sur de los Estados Unidos de América, no generando gastos al Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto. Artículo 5º.- El mencionado Oficial Superior deberá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10853 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 596-2006-DE/MGP Lima, 7 de junio de 2006 Visto el Oficio P.500-0960 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 29 de mayo de 2006; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Técnico Supervisor 2º Ima. Edmundo Eleno RETO Gamboa y Técnico 2º Ima. Leoncio Félix QUISPE Claros, a fin que participen en la capacitación- entrenamiento, teórico y práctico de repuestos para la reparación del sistema de transmisión de BMR y camiones Pegaso 4 x 4, en las instalaciones de la empresa SPA - MANTENIMIENTO INTEGRAL Y RECONSTRUCCIÓN S.A., a llevarse a cabo en la ciudad de Getafe, Madrid - ESPAÑA, del 17 al 24 de junio de 2006; Que, los gastos de transporte, alojamiento y alimentación serán solventados por la empresa BALQUI Proyectos y Representaciones S.A.C., no generando gastos al Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Técnico Supervisor 2º Ima. Edmundo Eleno RETO Gamboa, CIP. 04727678, DNI. 43273353 y Técnico 2º Ima. Leoncio Félix QUISPE Claros, CIP. 03897126, DNI. 43287570, a fin que participen en la capacitación-entrenamiento, teórico y práctico de repuestos para la reparación del sistema de transmisión de BMR y camiones Pegaso 4 x 4, en las instalaciones de la empresa SPA - MANTENIMIENTO INTEGRAL Y RECONSTRUCCIÓN S.A., a llevarse a cabo en la ciudad de Getafe, Madrid - ESPAÑA, a partir del 17 al 24 de junio de 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará el pago que corresponda de acuerdo con las disposiciones vigentes: Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 2 personas Artículo 3º.- Facultar al Comandante General de la Marina para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 4º.- Los gastos de transporte, alojamiento y alimentación serán solventados por la empresa BALQUI Proyectos y Representaciones S.A.C., no irrogando gastos al Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto. Artículo 5º.- El mencionado Personal Subalterno deberá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10848 Aprueban proyecto de Convenio con el Departamento de Defensa de EE.UU., referente a intercambio y reintegro de combustible de Aviación Naval y Propulsión Marina RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 542-2006-DE/MGP Lima, 26 de mayo de 2006 Visto el Oficio G.500-0249 del Comandante General de la Marina, de fecha 21 de abril de 2006; CONSIDERANDO: Que, el inciso f) del Artículo 7º del Reglamento de la Ley del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 004 DE/SG de fecha 19 de febrero de 2003, faculta al Ministro de Defensa a aprobar y suscribir convenios y contratos relativos al Sector Defensa de conformidad con las normas legales vigentes; Que, la Marina de Guerra del Perú como órgano de ejecución del Ministerio de Defensa tiene como función la preparación, organización, mantenimiento y equipamiento del componente naval de las Fuerzas Armadas; Que, para el cumplimiento de dicha función la Marina de Guerra del Perú realiza operativos conjuntos con Marinas de otros países, lo cual genera la necesidad de contar con una fuente de abastecimiento y recarga de combustible fuera del territorio nacional; Que, en dicho contexto resulta necesario la aprobación de un proyecto de Convenio entre el Departamento de Defensa de los Estados Unidos de América y el Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, referente al intercambio y reintegro de combustible de Aviación Naval y Propulsión Marina; Estando a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el proyecto de Convenio entre el Departamento de Defensa de los Estados Unidos de América y el Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, referente al intercambio y reintegro de combustible de Aviación Naval y Propulsión Marina, el cual consta de SEIS (6) cláusulas y DOS (2) anexos, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución.
  • 14. NORMAS LEGALES R EPUBLICA DEL PERU 322090 El Peruano miércoles 21 de junio de 2006 Artículo 2º.- Autorizar al Agregado Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América a suscribir el referido Convenio en representación del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, así como las Adendas que sean necesarias. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10855 Aprueban Directiva "Normas para el Proceso de Transferencia de la Gestión del Ministerio de Defensa al Gobierno Electo en las Elecciones Generales 2006" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 560-2006-DE/SG Lima, 30 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 096-2005-PCM del 8 de diciembre del 2005, se convocó a Elecciones Generales, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, Congresistas de la República, representantes del Perú ante el Parlamento Andino; Que, con Resolución Ministerial Nº 461-2006-DE/SG del 27 de abril del 2006, se resolvió conformar una Comisión de Transferencia del Sector Defensa, encargada de coordinar, ejecutar y supervisar el proceso de transferencia de la gestión de este Ministerio al Gobierno Electo en las Elecciones Generales 2006, la misma que tendrá como uno de sus integrantes al Viceministro de Asuntos Logísticos y de Personal; Que, el artículo 5º de la precitada Resolución Ministerial establece que: “El Viceministro de Asuntos Logísticos y de Personal emitirá la Directiva que fije las responsabilidades y funciones a la Comisión y Comités de Transferencia”; Que, estando a los considerandos precedentes, el Viceministro de Asuntos Logísticos y de Personal ha emitido una directiva que establece disposiciones, procedimientos, plazos y responsabilidades, a los órganos del Despacho Ministerial, así como a las Instituciones, Organismos, Empresas y Entidades del Sector Defensa, para realizar el proceso de transferencia de la gestión del Ministerio al Gobierno Electo en las Elecciones Generales 2006; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo Único.- Apruébese la Directiva sobre “Normas para el Proceso de Transferencia de la Gestión del Ministerio de Defensa al Gobierno Electo en las Elecciones Generales 2006”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10852 Autorizan viaje de oficial del Ejército a República Dominicana para participar en evento sobre comunica- dores profesionales para actividades de ayuda humanitaria RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 577-2006-DE/CCFFAA Lima, 2 de junio de 2006 Visto, el Oficio Nº 344 MAAG/OPNS de fecha 17 de mayo de 2006, del Jefe Accidental del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, mediante el cual efectúa la invitación a la Conferencia de Intercambio de Comunicadores Profesionales para Actividades de Ayuda Humanitaria que se realizará en Punta Cana - República Dominicana, del 10 al 16 de junio del 2006. CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Institucionales la participación del Jefe de la Oficina de Información del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas en dicha Conferencia, en la que se tratará el impacto estratégico de los asuntos públicos sobre el apoyo público, las actividades de Ayuda Humanitaria y la manera cómo deben planificarse, manejarse y ejecutarse en forma efectiva las operaciones en asuntos públicos; asimismo es una oportunidad de tratar abiertamente las estrategias y planes futuros de dichos asuntos para la participación de Perú en el Programa “Nuevos Horizontes 2007”; Que, los gastos de transporte, alojamiento y alimentación que irroguen la mencionada Comisión del Servicio serán cubiertos con fondos TCA del Comando Sur, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto que será cubierto por el Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con el Decreto Supremo Nº 008- 2004 DE/SG de fecha 30 de junio del 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del señor Coronel EP Jorge Alfredo SOTOMAYOR WENDORFF, CIP. 107641800, DNI 43297560, para que participe en la Conferencia de Intercambio de Comunicadores Profesionales para Actividades de Ayuda Humanitaria, a realizarse en la ciudad de Punta Cana - República Dominicana, del 10 al 16 de junio de 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará el pago que corresponda de acuerdo a las disposiciones vigentes: TARIFA ÚNICA POR USO DE AEROPUERTO US$ 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- Facultar al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 4º.- Los gastos de transporte, hospedaje y alimentación serán solventados con fondos del TCA del Comando Sur, salvo en lo referente a la Tarifa Única por uso de Aeropuerto. Artículo 5º.- El mencionado Oficial Superior deberá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10851
  • 15. NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 21 de junio de 2006 322091 R EPUBLICA DEL PER U Autorizan viaje de oficiales del Ejército a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 585-2006-DE/EP/A-1.a/1-1 Lima, 6 de junio de 2006 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 037 DAI/JEMGE/A4 de mayo del 2006, del Departamento de Asuntos Internacionales de la Jefatura del Estado Mayor General del Ejército. CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el Viaje al Exterior en Comisión de Servicio al Teniente Coronel Ing. Jorge ARIAS MENDEZ y al Cap. Int. Leoncio PRADO URBANO, para que visiten la Planta de Acabados Carlisle Finishing LLC., de la Internacional Textile Group, ubicada en Carlisle - Carolina del Sur - EE.UU. de NA., en el período comprendido del 11 al 26 de junio de 2006, por cuanto las experiencias a adquirirse en dicha visita será en beneficio de la Institución; Que, los gastos de transporte aéreo de ida y vuelta, alimentación y hospedaje, serán sufragados por el Consorcio Panamericano de Comercio S.A.C., representante en el Perú de la Internacional Textile Group, Carlisle Finishing LLC., de los EE.UU de NA. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047 -2002-PCM del 5 de junio del 2002, establece que los viajes al extranjero que no ocasionen ningún tipodegastosalEstado,seránautorizadosmedianteResolución del Titular del sector correspondiente. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2006, Decreto de Urgencia Nº 002-2006 del 19 de enero de 2006 y su modificatoria con el Decreto de Urgencia Nº 006-2006 del 7 de mayo de 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, y su modificatoria con el Decreto Supremo Nº 008-2004- DE/SG del 30 de junio de 2004; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el Viaje al Exterior en Comisión de Servicio al Teniente Coronel Ing. Jorge ARIAS MENDEZ y al Cap. Int. Leoncio PRADO URBANO, para que visiten la Planta de Acabados Carlisle Finishing LLC., de la Internacional Textile Group, ubicada en Carlisle - Carolina del Sur - EE.UU de NA., en el período comprendido del 11 al 26 de junio del 2006. Artículo 2º.- Los gastos de transporte aéreo de ida y vuelta, alimentación y hospedaje serán sufragados por el Consorcio Panamericano de Comercio S.A.C., representante en el Perú de la Internacional Textile Group, Carlisle Finishing LLC., de los EE.UU. NA. Artículo 3º.- El General de Ejército Comandante General del Ejército, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término del nombramiento, sin exceder el período total establecido. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10850 Autorizan viaje de oficiales de la Dirección de Asuntos Internacionales e Intesectoriales del Ministerio para participar en evento a realizarse en República Dominicana RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 594-2006-DE/SG Lima, 6 de junio de 2006 Vistos, la Hoja de Recomendación Nº 040 DIGEPE/ B/02, del Director de Asuntos Internacionales e Intersectoriales del Ministerio de Defensa, del 23 de mayo del 2006. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 344/MAAG/ONPS, del 17 de mayo del 2006, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, cursa una invitación a tres (3) Oficiales del Ministerio de Defensa y del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, involucrados en los programas de Ayuda Humanitaria y Acciones Cívicas para que participen en la Conferencia de Intercambio de Comunicadores Profesionales para actividades de Asistencia Humanitaria en el Programa del Ejercicio “Nuevos Horizontes”, a llevarse a cabo del 10 al 16 de junio del 2006 en Punta Cana - República Dominicana; Que, la Conferencia a que se hace referencia en el anterior considerando tiene como objetivo que los participantes lleguen a comprender cuál es el impacto estratégico de los asuntos públicos sobre el apoyo público y lleguen a conocer todo lo relacionado a las actividades de ayuda humanitaria y la manera cómo deben planificar, manejar, y ejecutar en forma efectiva sus operaciones en asuntos públicos, así como la oportunidad de tratar abiertamente las estrategias y planes futuros de asuntos públicos así como la oportunidad de tratar abiertamente las estrategias y planes futuros de asuntos públicos para la participación del Perú en el Programa “Nuevos Horizontes 2007”; Que, los gastos de alimentación, hospedaje, transporte y costo del curso mismo serán asumidos por el Comando Sur de los Estados Unidos - USARSO, no generando gastos al Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modificado por Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio del 2004; y, Estando a lo recomendado por la Dirección General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa y con el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Tte Crl Art. Fernando Alberto CALDERON TORRES y Tte Crl Ing. Edwin CRUZ ASPAJO de la Dirección de Asuntos Internacionales e Intersectoriales del Ministerio de Defensa; a la ciudad de Punta Cana - República Dominicana del 10 al 16 de junio del 2006, a fin de que participen en la Conferencia de Intercambio de Comunicadores Profesionales para actividades de Asistencia Humanitaria en el Programa del Ejercicio “Nuevos Horizontes”. Artículo 2º.- Los gastos de transportes, alojamiento y alimentación de los Oficiales involucrados, serán cubiertos por el Comando Sur de los Estados Unidos - USARSO. Artículo 3º.- Los gastos por Tarifa Única por Uso de Aeropuerto, serán cubiertos con cargo a los recursos transferidos por las Unidades Ejecutoras a las que pertenezcan los Oficiales Invitados, vale decir, Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego 026 - Ministerio de Defensa. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10849
  • 16. NORMAS LEGALES R EPUBLICA DEL PERU 322092 El Peruano miércoles 21 de junio de 2006 ECONOMÍA Y FINANZAS Anexo del D.S. N° 089-2006-EF, sobre medidas complementarias para la aplicación del Programa de Homologación de los Docentes de las Universidades Públicas ANEXO - DECRETO SUPREMO N° 089-2006-EF (El Decreto Supremo de la referencia fue publicado en la edición del día 19 de junio de 2006) ANEXO Nº 2 REPORTE SEMESTRAL SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS RATIOS ESTABLECIDOS EN EL NUMERAL 2 DEL ARTÍCULO 9º DEL DECRETO DE URGENCIA Nº 033-2005 MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 11º DEL DECRETO DE URGENCIA Nº 002-2006 Universidad: Período Reportado: del ________ / ________ / ________ al ________ / ________ / ________ I. Información para el cálculo de los ratios Nº Doc. Nombrado Principal DE (a.1) Nº Doc. Contratado Principal DE (b.1) Nº Doc. Nombrado Principal TC (a.2) Nº Doc. Contratado Principal TC (b.2) Nº Doc. Nombrado Principal TP (a.3) Nº Doc. Contratado Principal TP (b.3) Nº Doc. Nombrado Asociado DE (a.4) Nº Doc. Contratado Asociado DE (b.4) Nº Doc. Nombrado Asociado TC (a.5) Nº Doc. Contratado Asociado TC (b.5) Nº Doc. Nombrado Asociado TP (a.6) Nº Doc. Contratado Asociado TP (b.6) Nº Doc. Nombrado Auxiliar DE (a.7) Nº Doc. Contratado Auxiliar DE (b.7) Nº Doc. Nombrado Auxiliar TC (a.8) Nº Doc. Contratado Auxiliar TC (b.8) Nº Doc. Nombrado Auxiliar TP (a.9) Nº Doc. Contratado Auxiliar TP (b.9) N° Doc. Nombrados: (A)1/ N° Docentes Contratados: (B)2/ N° Jefes de Práctica Nombrados: ________ (C) N° Jefes de Práctica Contratados: ________ (D) Rector y Vice-rectores: (e.1) Decanos: (e.2) N° De Alumnos Pre-Grado Matriculados*: ________ (G) Jefe de Departamento y similares (e.3) N° De Autoridades**: (E)3/ Universo de Docentes: ________ (F=A`+B`+C+D) * Fecha del último proceso de matrícula finalizado, previo al período reportado; mes: _______, año _______ ** Autoridades según lo reportado en el D.S. 106-2005-EF 1/ A= a.1 + a.2 + a.3 + a.4 + a.5 + a.6 + a.7 + a.8 + a.9 2/ B= b.1 + b.2 + b.3 + b.4 + b.5 + b.6 + b.7 + b.8 + b.9 3/ E= e.1 + e.2 + e.3 II. Ratios Calculados Ratio N° 1: __________ (E / A) Ratio N° 2: __________ (G / F) Firma y Sello del Responsable DNI: N° Docentes Contratados totales ajustando TP: N° Doc. Nombrados Totales ajustando TP: (A`) (B`) 10968
  • 17. NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 21 de junio de 2006 322093 R EPUBLICA DEL PER U De conformidad con lo establecido en los Artículos 144º y 155º del Código Tributario y estando a lo informado por la Defensoría del Contribuyente y Usuario Aduanero al amparo de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 050-2004-EF, modificado mediante Decreto Supremo Nº 167-2004-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Queja interpuesto por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC- contra el Tribunal Fiscal por no haber resuelto dentro del plazo los recursos de apelación ingresados a dicho Tribunal con expedientes Nºs. 13909-2004, 8766-2005, 9619-2005, 2062-2006, 2064-2006 y 2073-2006, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 10932 Aprueban Contrato de Fideicomiso de Pago a celebrarse entre los Ministerios de Economía y Finanzas y de Defensa, para los fines descritos en el D.S. Nº 188-2005-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 307-2006-EF/75 Lima, 20 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 188-2005-EF se aprobó la operación de endeudamiento interno, en la modalidad de arrendamiento financiero, a celebrarse entre la República del Perú y el Banco Continental hasta por la suma de S/. 135 580 600,00, destinada a financiar el proyecto “Recuperación de la Capacidad de Reabastecimiento en el Mar para Buques de la Marina de Guerra del Perú”, a ser ejecutado por el Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú; Que, de conformidad con el artículo 4° del referido Decreto Supremo, el servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la operación de arrendamiento financiero referida, serían atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a los recursos que la Marina de Guerra del Perú le transfiera oportunamente, mencionando que el mecanismo de transferencia de dichos recursos sería aprobado mediante Resolución Ministerial del Sector Economía y Finanzas; Que, para tales fines, la Dirección Nacional del Endeudamiento Público ha negociado un contrato de fideicomiso de pago a ser constituido por el Ministerio de Defensa, a través de la Marina de Guerra del Perú, en el Banco de la Nación, con cargo a sus recursos directamente recaudados; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28750 y por el Decreto Supremo N° 188-2005-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Contrato de Fideicomiso de Pago a ser celebrado entre el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Defensa, a través de la Marina de Guerra del Perú y el Banco de la Nación, para los fines descritos en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 188-2005-EF. Artículo 2º.- Autorizar al Director General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público a que suscriba, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el contrato aprobado en el artículo 1º de la presente normal legal, así como toda documentación que permita su ejecución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 10935 Declaran infundado recurso de queja interpuesto por el RENIEC contra el Tribunal Fiscal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 306-2006-EF/10 Lima, 20 de junio de 2006 Visto, el Recurso de Queja interpuesto por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC - contra el Tribunal Fiscal; CONSIDERANDO: Que, con fecha 26 de mayo de 2006 el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC - presentó Recurso de Queja contra el Tribunal Fiscal a fin de que proceda a resolver los Recursos de Apelación presentados mediante expedientes Nºs. 13909-2004, 8766-2005, 9619-2005, 2062- 2006, 2064-2006 y 2073-2006, al haber transcurrido en algunos casos más de seis meses desde que ingresaron dichos expedientes al Tribunal sin haber sido asignados a una Sala para resolución; Que, la quejosa alega que el Tribunal Fiscal se ha excedido del plazo de seis meses para la resolución de algunos de sus Recursos de Apelación antes mencionados y, respecto de los otros, está por vencerse el citado plazo por lo que solicita su resolución; Que, mediante Informe Nº 078-2006-EF/41.07 y Memorando Nº 0138-2006-EF/41.05, remitidos mediante Oficio Nº 3396-2006-EF/41.01 de fecha 30 de mayo de 2006, el Tribunal Fiscal realiza su descargo, admitiendo haber incumplido el plazo previsto en el artículo 150º del Código Tributario para resolver las apelaciones, establecido en seis meses contados a partir de la fecha de ingreso de los actuados al Tribunal; Que, asimismo señala que dicha demora obedece a causa justificada conforme a lo establecido en el Artículo 144º y 155º del Código Tributario, consistente en la enorme carga procesal que soporta, la cual se origina en la actividad fiscalizadora de las Administraciones Tributarias y en el hecho de ser el Tribunal Fiscal un órgano que resuelve apelaciones formuladas respecto de todas las Administraciones Tributarias de la República; Que, también manifiesta dicho Tribunal que ante la enorme carga procesal, éste ha elaborado planes de trabajo que se ciñen a lo establecido en el numeral 1 del Artículo 148º de la Ley Nº 27444, según el cual la tramitación de los asuntos seguirá rigurosamente el orden de ingreso, por lo que actualmente se están priorizando los expedientes de mayo y junio de 2004 y no los de diciembre de 2004, 2005 y 2006, con excepción de los procedimientos sumarios tales como quejas, cierres, comisos, ampliaciones, entre otros; Que, en este sentido, señala que toda vez que los expedientes a los que se refiere la presente queja son de diciembre de 2004, 2005 y 2006 y no corresponden a ninguno de los procedimientos sumarios señalados, estos expedientes aún no han sido resueltos al no corresponder de acuerdo al orden de ingreso; Que, el último párrafo del artículo 144º del CódigoTributario establece que también procede el recurso de queja cuando el Tribunal Fiscal, sin causa justificada, no resuelva dentro del plazo de seis (6) o de nueve (9) meses a que se refiere el primer párrafo del artículo 150º del Código Tributario; Que, el Informe Nº 0014-2006-DEFCON de la Defensoría del Contribuyente y Usuario Aduanero -emitido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 050-2004-EF modificado mediante Decreto Supremo Nº 167-2004-EF- sostiene que si bien el recurso de queja presentado por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC- se ajusta a lo previsto en el artículo 155º del CódigoTributario, es pertinente considerar que el artículo 144º del mismo cuerpo de leyes establece que la queja procede en ausencia de causa que justifique la demora del Tribunal Fiscal para resolver; Que, igualmente, el informe de la Defensoría del Contribuyente y Usuario Aduanero señala que el descargo formulado por el Tribunal Fiscal es atendible, por cuanto de él se desprende que la asignación de expedientes se efectúa en orden de ingreso conforme a la carga procesal de cada Sala, la que es actualmente excesiva, es decir, que la falta de resolución tempestiva de los expedientes por parte de ese colegiado encuentra causa justificada en un hecho real fuera de su control;
  • 18. NORMAS LEGALES R EPUBLICA DEL PERU 322094 El Peruano miércoles 21 de junio de 2006 Declaran infundado recurso de queja interpuesto contra el Tribunal Fiscal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 308-2006-EF/10 Lima, 20 de junio de 2006 Visto, el Recurso de Queja interpuesto por el señor JOSÉ RAÚL ARROYO POÉMAPE contra el Tribunal Fiscal; CONSIDERANDO: Que, con fecha 26 de mayo de 2006 el señor JOSÉ RAÚL ARROYO POÉMAPE presentó Recurso de Queja contra el Tribunal Fiscal a fin de que proceda a resolver el Recurso de Apelación presentado mediante expediente Nº 14376-2005, al haber transcurrido más de nueve meses desde que ingresó dicho expediente al Tribunal sin haber sido asignado a una Sala para resolución; Que, la quejosa alega que el Tribunal Fiscal se ha excedido del plazo de veinte días hábiles a que se refiere el artículo 152º del Código Tributario para la resolución de su Recurso de Apelación antes mencionado, por lo que solicita su resolución; Que, mediante Informe Nº 079-2006-EF/41.07 y Memorando Nº 0144-2006-EF/41.05, remitidos mediante Oficio Nº 3491-2006-EF/41.01 de fecha 2 de junio de 2006, el Tribunal Fiscal realiza su descargo, admitiendo haber incumplido el plazo previsto en el artículo 150º del Código Tributario para resolver las apelaciones, establecido en seis meses contados a partir de la fecha de ingreso de los actuados al Tribunal; Que, asimismo señala que dicha demora obedece a causa justificada conforme a lo establecido en el Artículo 144° y 155° del Código Tributario, consistente en la enorme carga procesal que soporta, la cual se origina en la actividad fiscalizadora de las Administraciones Tributarias y en el hecho de ser el Tribunal Fiscal un órgano que resuelve apelaciones formuladas respecto de todas las Administraciones Tributarias de la República; Que, también manifiesta dichoTribunal que ante la enorme carga procesal, ha elaborado planes de trabajo que se ciñen a lo establecido en el numeral 1 del Artículo 148° de la Ley Nº 27444, según el cual la tramitación de los asuntos seguirá rigurosamente el orden de ingreso, por lo que actualmente se están priorizando los expedientes del año 2004 y no los de los años 2005 y 2006, con excepción de los procedimientos sumarios tales como quejas, cierres, comisos, ampliaciones, entre otros; Que, en este sentido, señala que toda vez que el expediente al que se refiere la presente queja es del año 2005 y no corresponde a ninguno de los procedimientos sumarios señalados, este expediente aún no ha sido resuelto al no corresponder de acuerdo al orden de ingreso; Que, finalmente indica que el recurso de apelación no está referido a un cierre de establecimiento, comiso o internamiento, no resultando aplicable el plazo de veinte días hábiles a que se refiere el artículo 152º del Código Tributario señalado por el recurrente; Que, el último párrafo del artículo 144° del Código Tributario establece que también procede el recurso de queja cuando el Tribunal Fiscal, sin causa justificada, no resuelva dentro del plazo de seis (6) o de nueve (9) meses a que se refiere el primer párrafo del artículo 150° del Código Tributario; Que, el Informe Nº 0016-2006-DEFCON de la Defensoría del Contribuyente y Usuario Aduanero - emitido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 050-2004-EF modificado mediante Decreto Supremo Nº 167-2004-EF- sostiene que el plazo aplicable al recurso de apelación interpuesto por el contribuyente no es el del artículo 152º del Código Tributario, ya que no se trata de un procedimiento que corresponda a sanciones de internamiento temporal de vehículos, comiso de bienes o cierre temporal de establecimiento, sino que corresponde considerar el plazo de seis meses establecido en el artículo 150º del Código Tributario; Que, al respecto dicho Informe señala que si bien el recurso de queja presentado por el señor JOSÉ RAÚL ARROYO POÉMAPE se ajusta a lo previsto en el artículo 155º del Código Tributario, es pertinente considerar que el artículo 144º del mismo cuerpo de leyes establece que la queja procede en ausencia de causa que justifique la demora del Tribunal Fiscal para resolver; Que, igualmente, el Informe de la Defensoría del Contribuyente y Usuario Aduanero señala que el descargo formulado por el Tribunal Fiscal es atendible, por cuanto de él se desprende que la asignación de expedientes se efectúa en orden de ingreso conforme a la carga procesal de cada Sala, la que es actualmente excesiva, es decir, que la falta de resolución tempestiva de los expedientes por parte de ese colegiado encuentra causa justificada en un hecho real fuera de su control; De conformidad con lo establecido en los Artículos 144º y 155º del Código Tributario y estando a lo informado por la Defensoría del Contribuyente y Usuario Aduanero al amparo de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 050-2004-EF, modificado mediante Decreto Supremo Nº 167-2004-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Queja interpuesto por el señor JOSÉ RAÚL ARROYO POÉMAPE contra el Tribunal Fiscal por no haber resuelto dentro del plazo el recurso de apelación ingresado a dicho Tribunal con expediente Nº 14376-2005, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 10936 Precios CIF de referencia para la aplicación del Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria aplicable a importaciones de maíz, azúcar, arroz y lácteos RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 012-2006-EF/15 Lima, 20 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modificó el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001- EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía; Que, por Decreto Supremo Nº 074-2005-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras del Maíz, Arroz y Lácteos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001- 2002-EF y la Tabla Aduanera del Azúcar a que se refiere el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 153-2002-EF tendrán vigencia hasta el 30 de junio de 2006; Que, por Decreto Supremo Nº 003-2006-EF se sustituyó la Tabla Aduanera del Azúcar aprobada por el Decreto Supremo Nº 153-2002-EF y se dispuso que tendrá vigencia hasta el 30 de junio del 2006; Que, por Decreto Supremo Nº 074-2006-EF se sustituyó la Tabla Aduanera del Azúcar aprobada por Decreto Supremo Nº 003-2006-EF y se dispuso que tendrá vigencia hasta el 30 de junio del 2006; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el período comprendido entre el 1 y el 15 de junio de 2006; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias: