1. UNIVERSIDAD POLITECNICA ESTATAL DEL CARCHI
ESCUELA DE COMERCIO EXTERIOR Y NEGOCIACIÓN INTERNACIONAL
REGIMEN TRIBUTARIO ADUANERO
TEMA:
Decomiso Administrativo
NOMBRE:
DEICY CUMBAL
Docente:
Ing. José Arauz
Nivel:
6to “A”
2. Es la pérdida de la
DECOMISO
propiedad de las
ADMINISTRATIVO
mercancías
Declarada por la
servidora o el
servidor a cargo
de la dirección
distrital
correspondiente
3. CASOS EN LOS QUE SE
DICTA EL DECOMISO
ADMINISTRATIVO
Mercancías que hayan sido
Mercancías respecto de las
objeto de hurto o robo en los
Mercancías cuales se haya ordenado el
recintos aduaneros, o a bordo
rezagadas, inclusive en la reembarque y no se hubiere
de los medios de
zona primaria, cuando se realizado dentro del plazo
Mercancías náufragas transporte, cuando luego de
desconozca su concedido para el efecto, en
recuperadas se ignore quien
propietario, consignatario y cuyo caso no se extingue la
es su
consignante obligación de pagar las tasas
propietario, consignatario o
por servicios aduaneros
consignante
4. Ejemplo
En la ciudad de Tulcán se encuentra un vehículo cargado con
50 refrigeradoras por lo cual se prosigue a su detención hasta
que se encuentre al propietario de la misma o este llegue a
reclamarla.
Al pasar el tiempo nadie a reclamado el vehículo ni la
mercancía que ya hacia en este por lo que se prosigue a la
realización de un decomiso administrativo por parte del director
distrital.
5. ANALISIS
El decomiso administrativo es la pérdida de la propiedad de
las mercancías por declaratoria de la servidora o el servidor a
cargo de la dirección distrital correspondiente, en resolución
firme o ejecutoriada.
Se dicta en los siguientes casos:
• Mercancías rezagadas, cuando se desconozca su
propietario,
• Mercancías náufragas.
• Mercancías que hayan sido objeto de hurto o robo en los
recintos aduaneros, o se ignore quien es su propietario
• Mercancías respecto de las cuales se haya ordenado el
reembarque y no se hubiere realizado dentro del plazo
concedido para el efecto