SlideShare une entreprise Scribd logo
1  sur  7
Télécharger pour lire hors ligne
Reglamento Biblioteca Universitaria "María Luisa Cortés Gay"

                                              Introducción


•   Artículo 1


      El presente reglamento se establece con la finalidad de salvaguardar el acervo bibliográfico y
    documental, así como el patrimonio del Instituto de Estudios Superiores de Oaxaca (IESO), y su
             objetivo es brindar un eficiente servicio bibliotecario, documental e informativo.


•   Artículo 2


         En este reglamento se establecen las normas que regulan los servicios de la biblioteca
     universitaria María Luisa Cortes Gay. Su cumplimiento es de carácter obligatorio para todos los
       usuarios; y su incumplimiento es sancionable de acuerdo a las normas establecidas en este
                                               reglamento.

                                               Autoridad.


•   Artículo 3


          La autoridad responsable del departamento de biblioteca es la Dirección del IESO y la
            responsabilidad de los servicios bibliotecarios recaen en el bibliotecario en turno.



                         La Biblioteca Universitaria María Luisa Cortés Gay.


•   Artículo 4


      El departamento de Biblioteca del IESO es un centro de información que resguarda un acervo
     conformado por diferentes colecciones de las áreas de estudio que oferta la universidad con el
                    fin de fundamentar y consolidar el conocimiento de los usuarios.


•   Articulo 5


      La Biblioteca tendrá un horario de servicio establecido y estará exhibido en la entrada de sus
    instalaciones; podrá ser modificado y con antelación se anunciará las fechas que por disposición
                       superior o causas de fuerza mayor se suspenda el servicio.

                                               Los usuarios.


•   Articulo 6


        Los dos tipos de usuarios con el que cuenta la Biblioteca son los internos y los externos.
•   Artículo 7


       Los usuarios internos son aquellos alumnos, tesistas, docentes, investigadores, directivos y
                                personal administrativo perteneciente al IESO.


•   Artículo 8


          Los usuarios externos son todos aquellos que no están considerados en el artículo 7.



                                                 La disciplina


•   Artículo 9


     Los usuarios deberán depositar en los lockers sus objetos personales como: mochilas, bolsos,
                  paquetes, entre otras, antes de hacer uso de los servicios de la biblioteca.


•   Artículo 10


     Los usuarios deberán abstenerse de introducir cualquier tipo de alimentos y bebidas, así como
                          todo tipo de sustancias que sean ilegales dentro del IESO.


•   Artículo 11


    Los usuarios deberán cuidar el estado físico del acervo, mobiliario y equipo que se encuentre en
                                       las instalaciones de la biblioteca.


•   Artículo 12


    Los usuarios deberán guardar el silencio necesario, para permitir que los demás puedan realizar
      sus actividades sin ser molestados. Por lo tanto el teléfono celular debe mantenerse en modo
                             vibrador y su uso será fuera del área de biblioteca.


•   Artículo 13


        Los usuarios deberán tener una actitud de respeto hacía sus compañeros y personal de la
                                                   biblioteca.

                                               Las credenciales.


•   Artículo 14
Los usuarios incluidos en el artículo 7 deberán presentarse con la credencial oficial y vigente de
    la biblioteca del IESO; los tesistas deberán presentar un oficio expedida por la dirección que los
                                       avale como aún usuarios internos.


•   Artículo 15


           La credencial oficial de la biblioteca del IESO es una identificación oficial personal e
                       intransferible, el uso de la misma es responsabilidad del usuario.


•   Artículo 16


    Todos los usuarios externos deberán presentar una identificación actualizada para ingresar a las
    instalaciones de la biblioteca. No esta autorizado el préstamo a domicilio a este tipo de usuario.

                                                 Las colecciones.


•   Artículo 17


             El acervo bibliográfico del IESO esta conformado por las siguientes colecciones.


                  1.   Colección general: Ciencias y técnicas de la comunicación; Pedagogía; Derecho;
                       Psicología; Sociología; Política mexicana; Economía; Sistemas computacionales;
                       Mercadotecnia; Literatura; Filosofía; Estadística; Metodología de la investigación,
                       y; Superación personal.
                  2.   Colección consulta.
                  3.   Colección Sigmund Freud.
                  4.   Colección Oaxaca.
                  5.   Colección “Grandes protagonistas de la historia mexicana.
                  6.   Hemeroteca.


                                                 Los servicios


•   Artículo 18


    Los servicios que ofrece la biblioteca son de información y consulta, préstamo en sala, préstamo
           interno, préstamo a domicilio, apartado, apoyo a tesistas y formación de usuarios.
                                     El servicio de información y consulta.


•   Artículo 19


     El bibliotecario en turno otorgara la información, acerca de las colecciones y servicios, además
                  de apoyar al usuario en la búsqueda de información necesaria para este.

                                              El préstamo en sala.
•   Artículo 20


     El servicio de préstamo en sala se ofrece a todos los usuarios incluidos en los artículos 7 y 8 de
                                             este reglamento.


•   Artículo 21


          El servicio de préstamo en sala se ofrece con el sistema abierto o acceso directo a la
                                               información.


•   Artículo 22


     En el servicio de préstamo en sala, absolutamente todas las colecciones están a disposición de
                                               los usuarios.


•   Artículo 23


    Para un mejor orden y no extravío, después de cada consulta los usuarios deberán depositar los
    materiales bibliográficos en el lugar designado por el bibliotecario, para que este los ordene en el
                                          lugar correspondiente.

                                           El préstamo interno.


•   Artículo 24


       El préstamo interno contempla a todos los usuarios incluidos en los artículos 7 y 8 de este
                                               reglamento.


•   Artículo 25


     Ellos podrán hacer uso de todo el material bibliográfico en cualquier área, e incluso fuera de la
                      biblioteca, dentro del perímetro de las instalaciones del IESO.


•   Artículo 26


    El usuario debe presentar la credencial oficial y actualizada de la biblioteca del IESO, para hacer
      uso del servicio de préstamo interno. Y esta obligado a registrarse en la libreta de préstamo.

                                         El préstamo a domicilio.


•   Artículo 27


     El préstamo a domicilio es reservado para usuarios contemplados en el artículo 7 del presente
                                               reglamento.
•   Artículo 28


     Los materiales bibliográficos no autorizados para el préstamo a domicilio son pertenecientes a
                                  las colecciones de “consulta y hemeroteca”.


•   Artículo 29


         Para el uso del servicio de préstamo a domicilio es necesario que el usuario presente la
    credencial oficial y actualizada de la biblioteca del IESO. Además es obligación del usuario en la
                             libreta de préstamo y rellenar correctamente su vale.


•   Artículo 30


    La cantidad de materiales bibliográficos que se permitirán para el préstamo a domicilio es de un
                        máximo de tres y dependerá de las siguientes características:


                  1.   Los tres materiales serán de diferente título.
                  2.   Se dará mayor disponibilidad a los materiales que tienen varios ejemplares.
                  3.   No se permitirá el préstamo a aquellas obras que estén siendo muy solicitadas.
                       Así también a los títulos que estén muy dañados en su físico.




•   Artículo 31


    El periodo de préstamo a domicilio es de un lapso de dos días y si no ha sido solicitado por otros
    usuarios será posible renovarse por varias ocasiones. Con excepción de los tesistas el tiempo de
                                   préstamo se contempla en el artículo 34.



                                                  El apartado


•   Artículo 32


     El servicio de apartado funciona en el caso de libros prestados, los usuarios solicitantes podrán
      usar este para obtener en préstamo el material cuando éste regrese a las instalaciones de la
                                                   biblioteca.



                                              El apoyo a tesistas


•   Artículo 33
El servicio de apoyo a tesistas, es para aquellos usuarios que se encuentren en trabajos de
       investigación para la elaboración de tesis o examen de titulación, podrán solicitar apoyo o
             asesoría con el responsable de biblioteca, maestros o personal de la institución.


•   Artículo 34


    El bibliotecario en turno debe tomar la decisión del tiempo de préstamo para los tesistas, tomar
    en cuenta los materiales que se llevan y si realmente están registrados en la dirección del IESO.



                                       La formación de usuarios


•   Artículo 35


        Este servicio se imparte al inicio de cada cuatrimestre, en una visita de los usuarios a la
         biblioteca del IESO, con la finalidad de dar la bienvenida y hacer un pequeño recorrido
         bibliográfico del material que se cuenta, explicar las condiciones y funciones, pero más
                        importante aún el reglamento de interno de la biblioteca.



                                             Las sanciones


•   Artículo 36


       En los casos donde el usuario no entregue en la fecha establecida el material bibliográfico
      obtenido por el préstamo interno o domicilio, será acreedor a una multa de $20.00 (VEINTE
     PESOS M/N) por día de atraso por libro. Por lo tanto no dispondrá del servicio de préstamo, en
      cualquier modalidad, hasta no devolver el material origen de la multa y el pago del monto de
                                                   esta.


•   Artículo 37


     En el caso donde el usuario extravíe el material prestado por la biblioteca deberá reponerlo, si
    no lo encuentra a la venta dicho material las autoridades correspondientes determinaran el título
                                         que habrá de sustituirlo.


•   Artículo 38


       Para los usuarios que devuelvan mutilados o deteriorados los materiales que tuvo prestado
    deberá pagar el costo de restauración o la reposición en los términos indicados en el artículo 35.


•   Artículo 39
Para aquellos usuarios que dañen las instalaciones, mutile o sustraiga material de la biblioteca,
           será suspendido de los servicios y se pondrá a disposición de las autoridades correspondientes.



                                                     Transitorio


•   Artículo 40


                Para la resolución de casos no considerados en este reglamento serán facultad de las
                                                autoridades del IESO.
    	
  

Contenu connexe

Similaire à Reglamento biblioteca universitaria

Servicios Biblioteca Moisés Sanjuan Lopez
Servicios Biblioteca Moisés Sanjuan LopezServicios Biblioteca Moisés Sanjuan Lopez
Servicios Biblioteca Moisés Sanjuan LopezAndres Alvarez
 
REGLAMENTO BIBLIOTECA SECUNDARIA LORD BYRON SCHOOL 2016
REGLAMENTO BIBLIOTECA SECUNDARIA LORD BYRON SCHOOL 2016REGLAMENTO BIBLIOTECA SECUNDARIA LORD BYRON SCHOOL 2016
REGLAMENTO BIBLIOTECA SECUNDARIA LORD BYRON SCHOOL 2016bibliotecasecundarialordbyron
 
Lineamiento Servicios Bibliotecarios
Lineamiento Servicios BibliotecariosLineamiento Servicios Bibliotecarios
Lineamiento Servicios Bibliotecariosbibliotecauttab
 
Normas de uso de biblioteca SETECA
Normas de uso de biblioteca SETECANormas de uso de biblioteca SETECA
Normas de uso de biblioteca SETECAbibliotecaseteca
 
Número 17 fecha 28 01-2003 página 1432
Número 17 fecha 28 01-2003 página 1432Número 17 fecha 28 01-2003 página 1432
Número 17 fecha 28 01-2003 página 1432LegazpikoLiburutegia
 
Normas de uso de biblioteca
Normas de uso de bibliotecaNormas de uso de biblioteca
Normas de uso de bibliotecacarritoruiz
 
Inducción biblioteca universitaria
Inducción biblioteca universitariaInducción biblioteca universitaria
Inducción biblioteca universitariaCristinaGrim
 
Guía de usuario de la biblioteca 2014
Guía de usuario de la biblioteca 2014Guía de usuario de la biblioteca 2014
Guía de usuario de la biblioteca 2014Besha Galindo
 
Reglamento de la biblioteca CCE
Reglamento de la biblioteca CCEReglamento de la biblioteca CCE
Reglamento de la biblioteca CCEchinofilms
 
Dresccripcion de usuarios
Dresccripcion de usuariosDresccripcion de usuarios
Dresccripcion de usuarioscarminagiron
 
Reglamento De Biblioteca
Reglamento De BibliotecaReglamento De Biblioteca
Reglamento De Bibliotecabiblioteca5de1
 
Servicios de la biblioteca
Servicios  de la bibliotecaServicios  de la biblioteca
Servicios de la bibliotecadanfer_38
 
Trabajo final de hemeroteca
Trabajo final de hemerotecaTrabajo final de hemeroteca
Trabajo final de hemerotecaSilvia Zarate
 

Similaire à Reglamento biblioteca universitaria (20)

Biblioteca
BibliotecaBiblioteca
Biblioteca
 
biblioteca aubc
biblioteca aubcbiblioteca aubc
biblioteca aubc
 
Servicios Biblioteca Moisés Sanjuan Lopez
Servicios Biblioteca Moisés Sanjuan LopezServicios Biblioteca Moisés Sanjuan Lopez
Servicios Biblioteca Moisés Sanjuan Lopez
 
REGLAMENTO BIBLIOTECA SECUNDARIA LORD BYRON SCHOOL 2016
REGLAMENTO BIBLIOTECA SECUNDARIA LORD BYRON SCHOOL 2016REGLAMENTO BIBLIOTECA SECUNDARIA LORD BYRON SCHOOL 2016
REGLAMENTO BIBLIOTECA SECUNDARIA LORD BYRON SCHOOL 2016
 
Lineamiento Servicios Bibliotecarios
Lineamiento Servicios BibliotecariosLineamiento Servicios Bibliotecarios
Lineamiento Servicios Bibliotecarios
 
Reglamento biblioteca secundaria lord byron 2015
Reglamento biblioteca secundaria lord byron 2015Reglamento biblioteca secundaria lord byron 2015
Reglamento biblioteca secundaria lord byron 2015
 
Itfip reglamento biblioteca
Itfip reglamento bibliotecaItfip reglamento biblioteca
Itfip reglamento biblioteca
 
Normas de uso de biblioteca SETECA
Normas de uso de biblioteca SETECANormas de uso de biblioteca SETECA
Normas de uso de biblioteca SETECA
 
Número 17 fecha 28 01-2003 página 1432
Número 17 fecha 28 01-2003 página 1432Número 17 fecha 28 01-2003 página 1432
Número 17 fecha 28 01-2003 página 1432
 
Normas de uso de biblioteca
Normas de uso de bibliotecaNormas de uso de biblioteca
Normas de uso de biblioteca
 
Inducción biblioteca universitaria
Inducción biblioteca universitariaInducción biblioteca universitaria
Inducción biblioteca universitaria
 
Guía de usuario de la biblioteca 2014
Guía de usuario de la biblioteca 2014Guía de usuario de la biblioteca 2014
Guía de usuario de la biblioteca 2014
 
Reglamento
ReglamentoReglamento
Reglamento
 
Reglamento de la biblioteca CCE
Reglamento de la biblioteca CCEReglamento de la biblioteca CCE
Reglamento de la biblioteca CCE
 
Folleto nuevo
Folleto nuevoFolleto nuevo
Folleto nuevo
 
Dresccripcion de usuarios
Dresccripcion de usuariosDresccripcion de usuarios
Dresccripcion de usuarios
 
Reglamento De Biblioteca
Reglamento De BibliotecaReglamento De Biblioteca
Reglamento De Biblioteca
 
Reglamento de la Biblioteca Álvaro Cunqueiro Instituto Cervantes de Damasco
Reglamento de la Biblioteca Álvaro Cunqueiro Instituto Cervantes de DamascoReglamento de la Biblioteca Álvaro Cunqueiro Instituto Cervantes de Damasco
Reglamento de la Biblioteca Álvaro Cunqueiro Instituto Cervantes de Damasco
 
Servicios de la biblioteca
Servicios  de la bibliotecaServicios  de la biblioteca
Servicios de la biblioteca
 
Trabajo final de hemeroteca
Trabajo final de hemerotecaTrabajo final de hemeroteca
Trabajo final de hemeroteca
 

Plus de Instituto de Estudios Superiores de oaxaca (20)

Titulo pedagogia
Titulo pedagogiaTitulo pedagogia
Titulo pedagogia
 
Titulos psicologia
Titulos psicologiaTitulos psicologia
Titulos psicologia
 
Titulo contaduria
Titulo contaduriaTitulo contaduria
Titulo contaduria
 
Titulo politicas
Titulo politicasTitulo politicas
Titulo politicas
 
Titulos ctc
Titulos ctcTitulos ctc
Titulos ctc
 
Titulo sistemas
Titulo sistemasTitulo sistemas
Titulo sistemas
 
Psicologia
PsicologiaPsicologia
Psicologia
 
Pedagogia
PedagogiaPedagogia
Pedagogia
 
Derecho
DerechoDerecho
Derecho
 
Comunicacion
ComunicacionComunicacion
Comunicacion
 
Politicas
PoliticasPoliticas
Politicas
 
Sistemas
SistemasSistemas
Sistemas
 
Contaduria
ContaduriaContaduria
Contaduria
 
Comunicacion 3
Comunicacion 3Comunicacion 3
Comunicacion 3
 
Comunicacion 2
Comunicacion 2Comunicacion 2
Comunicacion 2
 
Comunicacion 1
Comunicacion 1Comunicacion 1
Comunicacion 1
 
Pedagogia
PedagogiaPedagogia
Pedagogia
 
Psicologia
PsicologiaPsicologia
Psicologia
 
Extraordinarios Ing. Sistemas
Extraordinarios Ing. SistemasExtraordinarios Ing. Sistemas
Extraordinarios Ing. Sistemas
 
9 avcpge
9 avcpge9 avcpge
9 avcpge
 

Reglamento biblioteca universitaria

  • 1. Reglamento Biblioteca Universitaria "María Luisa Cortés Gay" Introducción • Artículo 1 El presente reglamento se establece con la finalidad de salvaguardar el acervo bibliográfico y documental, así como el patrimonio del Instituto de Estudios Superiores de Oaxaca (IESO), y su objetivo es brindar un eficiente servicio bibliotecario, documental e informativo. • Artículo 2 En este reglamento se establecen las normas que regulan los servicios de la biblioteca universitaria María Luisa Cortes Gay. Su cumplimiento es de carácter obligatorio para todos los usuarios; y su incumplimiento es sancionable de acuerdo a las normas establecidas en este reglamento. Autoridad. • Artículo 3 La autoridad responsable del departamento de biblioteca es la Dirección del IESO y la responsabilidad de los servicios bibliotecarios recaen en el bibliotecario en turno. La Biblioteca Universitaria María Luisa Cortés Gay. • Artículo 4 El departamento de Biblioteca del IESO es un centro de información que resguarda un acervo conformado por diferentes colecciones de las áreas de estudio que oferta la universidad con el fin de fundamentar y consolidar el conocimiento de los usuarios. • Articulo 5 La Biblioteca tendrá un horario de servicio establecido y estará exhibido en la entrada de sus instalaciones; podrá ser modificado y con antelación se anunciará las fechas que por disposición superior o causas de fuerza mayor se suspenda el servicio. Los usuarios. • Articulo 6 Los dos tipos de usuarios con el que cuenta la Biblioteca son los internos y los externos.
  • 2. Artículo 7 Los usuarios internos son aquellos alumnos, tesistas, docentes, investigadores, directivos y personal administrativo perteneciente al IESO. • Artículo 8 Los usuarios externos son todos aquellos que no están considerados en el artículo 7. La disciplina • Artículo 9 Los usuarios deberán depositar en los lockers sus objetos personales como: mochilas, bolsos, paquetes, entre otras, antes de hacer uso de los servicios de la biblioteca. • Artículo 10 Los usuarios deberán abstenerse de introducir cualquier tipo de alimentos y bebidas, así como todo tipo de sustancias que sean ilegales dentro del IESO. • Artículo 11 Los usuarios deberán cuidar el estado físico del acervo, mobiliario y equipo que se encuentre en las instalaciones de la biblioteca. • Artículo 12 Los usuarios deberán guardar el silencio necesario, para permitir que los demás puedan realizar sus actividades sin ser molestados. Por lo tanto el teléfono celular debe mantenerse en modo vibrador y su uso será fuera del área de biblioteca. • Artículo 13 Los usuarios deberán tener una actitud de respeto hacía sus compañeros y personal de la biblioteca. Las credenciales. • Artículo 14
  • 3. Los usuarios incluidos en el artículo 7 deberán presentarse con la credencial oficial y vigente de la biblioteca del IESO; los tesistas deberán presentar un oficio expedida por la dirección que los avale como aún usuarios internos. • Artículo 15 La credencial oficial de la biblioteca del IESO es una identificación oficial personal e intransferible, el uso de la misma es responsabilidad del usuario. • Artículo 16 Todos los usuarios externos deberán presentar una identificación actualizada para ingresar a las instalaciones de la biblioteca. No esta autorizado el préstamo a domicilio a este tipo de usuario. Las colecciones. • Artículo 17 El acervo bibliográfico del IESO esta conformado por las siguientes colecciones. 1. Colección general: Ciencias y técnicas de la comunicación; Pedagogía; Derecho; Psicología; Sociología; Política mexicana; Economía; Sistemas computacionales; Mercadotecnia; Literatura; Filosofía; Estadística; Metodología de la investigación, y; Superación personal. 2. Colección consulta. 3. Colección Sigmund Freud. 4. Colección Oaxaca. 5. Colección “Grandes protagonistas de la historia mexicana. 6. Hemeroteca. Los servicios • Artículo 18 Los servicios que ofrece la biblioteca son de información y consulta, préstamo en sala, préstamo interno, préstamo a domicilio, apartado, apoyo a tesistas y formación de usuarios. El servicio de información y consulta. • Artículo 19 El bibliotecario en turno otorgara la información, acerca de las colecciones y servicios, además de apoyar al usuario en la búsqueda de información necesaria para este. El préstamo en sala.
  • 4. Artículo 20 El servicio de préstamo en sala se ofrece a todos los usuarios incluidos en los artículos 7 y 8 de este reglamento. • Artículo 21 El servicio de préstamo en sala se ofrece con el sistema abierto o acceso directo a la información. • Artículo 22 En el servicio de préstamo en sala, absolutamente todas las colecciones están a disposición de los usuarios. • Artículo 23 Para un mejor orden y no extravío, después de cada consulta los usuarios deberán depositar los materiales bibliográficos en el lugar designado por el bibliotecario, para que este los ordene en el lugar correspondiente. El préstamo interno. • Artículo 24 El préstamo interno contempla a todos los usuarios incluidos en los artículos 7 y 8 de este reglamento. • Artículo 25 Ellos podrán hacer uso de todo el material bibliográfico en cualquier área, e incluso fuera de la biblioteca, dentro del perímetro de las instalaciones del IESO. • Artículo 26 El usuario debe presentar la credencial oficial y actualizada de la biblioteca del IESO, para hacer uso del servicio de préstamo interno. Y esta obligado a registrarse en la libreta de préstamo. El préstamo a domicilio. • Artículo 27 El préstamo a domicilio es reservado para usuarios contemplados en el artículo 7 del presente reglamento.
  • 5. Artículo 28 Los materiales bibliográficos no autorizados para el préstamo a domicilio son pertenecientes a las colecciones de “consulta y hemeroteca”. • Artículo 29 Para el uso del servicio de préstamo a domicilio es necesario que el usuario presente la credencial oficial y actualizada de la biblioteca del IESO. Además es obligación del usuario en la libreta de préstamo y rellenar correctamente su vale. • Artículo 30 La cantidad de materiales bibliográficos que se permitirán para el préstamo a domicilio es de un máximo de tres y dependerá de las siguientes características: 1. Los tres materiales serán de diferente título. 2. Se dará mayor disponibilidad a los materiales que tienen varios ejemplares. 3. No se permitirá el préstamo a aquellas obras que estén siendo muy solicitadas. Así también a los títulos que estén muy dañados en su físico. • Artículo 31 El periodo de préstamo a domicilio es de un lapso de dos días y si no ha sido solicitado por otros usuarios será posible renovarse por varias ocasiones. Con excepción de los tesistas el tiempo de préstamo se contempla en el artículo 34. El apartado • Artículo 32 El servicio de apartado funciona en el caso de libros prestados, los usuarios solicitantes podrán usar este para obtener en préstamo el material cuando éste regrese a las instalaciones de la biblioteca. El apoyo a tesistas • Artículo 33
  • 6. El servicio de apoyo a tesistas, es para aquellos usuarios que se encuentren en trabajos de investigación para la elaboración de tesis o examen de titulación, podrán solicitar apoyo o asesoría con el responsable de biblioteca, maestros o personal de la institución. • Artículo 34 El bibliotecario en turno debe tomar la decisión del tiempo de préstamo para los tesistas, tomar en cuenta los materiales que se llevan y si realmente están registrados en la dirección del IESO. La formación de usuarios • Artículo 35 Este servicio se imparte al inicio de cada cuatrimestre, en una visita de los usuarios a la biblioteca del IESO, con la finalidad de dar la bienvenida y hacer un pequeño recorrido bibliográfico del material que se cuenta, explicar las condiciones y funciones, pero más importante aún el reglamento de interno de la biblioteca. Las sanciones • Artículo 36 En los casos donde el usuario no entregue en la fecha establecida el material bibliográfico obtenido por el préstamo interno o domicilio, será acreedor a una multa de $20.00 (VEINTE PESOS M/N) por día de atraso por libro. Por lo tanto no dispondrá del servicio de préstamo, en cualquier modalidad, hasta no devolver el material origen de la multa y el pago del monto de esta. • Artículo 37 En el caso donde el usuario extravíe el material prestado por la biblioteca deberá reponerlo, si no lo encuentra a la venta dicho material las autoridades correspondientes determinaran el título que habrá de sustituirlo. • Artículo 38 Para los usuarios que devuelvan mutilados o deteriorados los materiales que tuvo prestado deberá pagar el costo de restauración o la reposición en los términos indicados en el artículo 35. • Artículo 39
  • 7. Para aquellos usuarios que dañen las instalaciones, mutile o sustraiga material de la biblioteca, será suspendido de los servicios y se pondrá a disposición de las autoridades correspondientes. Transitorio • Artículo 40 Para la resolución de casos no considerados en este reglamento serán facultad de las autoridades del IESO.