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LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION                     cumplimiento de la obligación de los funcionarios de
             FINANCIERA DEL                               rendir cuenta de su gestión.
             SECTOR PÚBLICO
                                                          Artículo 6.- Están sujetos a las regulaciones de esta
                                                          Ley, con las especificidades que la misma establece, los
  Gaceta Oficial N° 37.606 de fecha 09 de enero de 2003   entes u organismos que conforman el sector público,
                                                          enumerados seguidamente:                              (1)
           LA ASAMBLEA NACIONAL
      DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE                          1.  La República.
                 VENEZUELA                                    2.  Los estados.
                                                              3.  El Distrito Metropolitano de Caracas.
                      DECRETA                                 4.  Los distritos.
                                                              5.  Los municipios.
                                                              6.  Los institutos autónomos.
la siguiente,                                                 7.  Las personas jurídicas estatales de derecho
                                                                  público.
    LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN                         8. Las sociedades mercantiles en las cuales la
             FINANCIERA DEL                                       República o las demás personas a que se refiere
             SECTOR PÚBLICO                                       el presente artículo tengan participación igual o
                                                                  mayor al cincuenta por ciento del capital social.
                   TITULO I                                       Quedarán comprendidas además, las
           DISPOSICIONES GENERALES                                sociedades de propiedad totalmente estatal,
                                                                  cuya función, a través de la posesión de
Artículo 1.- Esta Ley tiene por objeto regular la                 acciones de otras sociedades, sea coordinarla
administración financiera, el sistema de control                  gestión empresarial pública de un sector de la
interno del sector público, y los aspectos referidos a            economía nacional.
la coordinación macroeconó mica, al Fondo de                  9. Las sociedades mercantiles en las cuales las
Estabilización Macroeconómica y al Fondo de Ahorro                personas a que se refiere el numeral anterior
Intergeneracional.                                                tengan participación igual o mayor al cincuenta
                                                                  por ciento del capital social.
Artículo 2.- La administración financiera del sector          10. Las fundaciones, asociaciones civiles y demás
público comprende el conjunto de sistemas, órganos,               instituciones constituidas con fondos públicos o
normas y procedimientos que intervienen en la                     dirigidas por algunas de las personas referidas
captación de ingresos públicos y en su aplicación                 en este artículo, cuando la totalidad de los
para el cumplimiento de los fines del Estado, y estará            aportes presupuestarios o contribuciones en un
regida por los principios Constitucionales de                     ejercicio efectuados por una o varias de las
legalidad, eficiencia, solvencia, transparencia,                  personas referidas en el presente artículo,
responsabilidad, equilibrio fiscal y coordinación                 represente el cincuenta por ciento o más de su
macroeconómica.                                                   presupuesto.
                                                          Artículo 7.- A los efectos de la aplicación de esta Ley
Artículo 3.- Los sistemas de presupuesto, crédito         se hacen las siguientes definiciones:
público, tesorería y contabilidad, regulados en esta
Ley; así como los sistemas tributario y de
administración de bienes, regulados por leyes                 1.   Se entiende por entes descentralizados
especiales, conforman la administración financiera                 funcionalmente, sin fines empresariales los
del sector público. Dichos sistemas estarán                        señalados en los numerales 6, 7 y 10 del
interrelacionados y cada uno de ellos actuará bajo la              artículo anterior, que no realizan actividades de
coordinación de un órgano rector.                                  producción de bienes o servicios destinados ala
                                                                   venta y cuyos ingresos o recursos provengan
Artículo 4.- El Ministerio de Finanzas coordina la                 fundamentalmente del presupuesto de la
administración financiera del sector público nacional              República.
y dirige y supervisa la implantación y mantenimiento          2.   Se entiende por entes descentralizados con
de los sistemas que la integran, de conformidad con                fines empresariales aquellos cuya actividad
lo establecido en la Constitución y en la ley.                     principal es la producción de bienes o servicios
                                                                   destinados ala venta y cuyos ingresos o
Artículo 5.- El sistema de control interno del sector              recursos provengan fundamentalmente de esa
público, cuyo órgano rector es la Superintendencia                 actividad.
Nacional de Auditoria Interna, comprende el conjunto          3.   Se entiende por sector público n  acional al
de normas, órganos y procedimientos de control,                    conjunto de entes enumerados en el artículo 6
integrados a los procesos de la administración                     de esta Ley, salvo los mencionados en los
financiera así como la auditoría interna. El sistema de            numerales 2, 3, 4 y 5, y los creados por ellos.
control interno actuará coordinadamente con el                4.   Se entiende por deuda pública el
Sistema de Control Externo a cargo de la Contraloría               endeudamiento que resulte de las operaciones
General de la República tiene por objeto promover la               de crédito público. No se considera deuda
eficiencia en la capacitación y uso de los recursos                pública la deuda presupuestaria o del Tesoro.
públicos, el acatamiento de las normas legales en las         5.   Se entiende por ingresos ordinarios, los
operaciones del Estado, la confiabilidad de la                     ingresos recurrentes.
información que se genere y divulgue sobre los                6.   Se entiende por ingresos extraordinarios, los
mismos; así como mejorar la capacidad                              ingresos no recurrentes, tales como los
administrativa para evaluar el manejo de los recursos              provenientes de operaciones de crédito público
del Estado y garantizar razonablemente el

                                                                                                                  1
y de leyes que originen ingresos de carácter     compensaciones entre sí, para el correspondiente
        eventual o cuya vigencia no exceda de 3          ejercicio económico financiero .
        años.
    7. Se entiende por ingresos corrientes, los          Con el proyecto de ley de presupuesto anual, el
        ingresos recurrentes, sean o no tributarios,     Ministerio de Finanzas presentará los estados de cuenta
        petroleros o no petroleros.                      anexos en los que se describan los planes de previsión
    8. Se entiende por ingresos de capital,              social, así como la naturaleza y relevancia de riesgos
        ingresos por concepto de ventas de activos       fiscales que puedan identificarse, tales como:
        y por concepto de transferencias con fines
        de capital.                                          1.    Obligaciones contingentes, es decir, aquellas
    9. Se entiende por ingreso total, la suma de los               cuya materialización efectiva, monto y
        ingresos corrientes y los ingresos de capital.             exigibilidad dependen de eventos futuros
    10. Se entiende por ingresos recurrentes,                      inciertos que de hecho pueden no ocurrir,
        aquellos que se prevea producir o se hayan                 incluidas garantías y asuntos litigiosos que
        producido por más de 3 años.                               puedan originar gastos en el ejercicio;
                                                              2. Gastos tributarios, tales como excepciones,
                                                                   exoneraciones, deducciones, diferimientos y
Artículo 8.- A los fines previstos en esta Ley, el
ejercicio económico financiero comenzará el primero                otros sacrificios fiscales que puedan afectarlas
                                                                   previsiones sobre el producto fiscal tributario
de enero y terminará el treinta y uno de diciembre de
                                                                   estimado del ejercicio;
cada año.
                                                              3. Actividades cuasifiscales, es decir, aquellas
                                                                   operaciones relacionadas con el sistema
                 TITULO II
        DEL SISTEMA PRESUPUESTARIO                                 financiero o cambiario, o con el dominio público
                                                                   comercial, incluidos los efectos fiscales
                    Capítulo I                                     previsibles de medidas de subsidios, de manera
             Disposiciones Generales                               que puedan evaluarse los efectos económicos y
                                                                   la eficiencia de las políticas que se expresan en
                 Sección Primera                                   dichas actividades.
                 Normas Comunes                          La obligación establecida en este artículo no será
                                                         exigible cuando tales datos no puedan ser cuantificables
Artículo 9.- El sistema presupuestario está              o aquellos cuyo contenido total o parcial haya sido
integrado por el conjunto de principios, órganos,        declarado secreto o confidencial de conformidad con la
                                                         ley.
normas y procedimientos que rigen el proceso
presupuestario de los entes y órganos del sector
público.                                                 Artículo 13.- Los presupuestos públicos de ingresos
                                                         contendrán la enumeración de los diferentes ramos de
                                                         ingresos corrientes y de capital y las cantidades
Artículo 10.- Los presupuestos públicos expresan
                                                         estimadas para cada uno de ellos. No habrá rubro
los planes nacionales regionales y locales, elaborados
                                                         alguno que no esté representado por una cifra numérica
dentro de las líneas generales del plan de desarrollo
económico y social de la Nación aprobadas por la
                                                         Las denominaciones de los diferentes rubros de ingreso
Asamblea Nacional, en aquellos aspectos que exigen,
                                                         serán lo suficientemente específicas como para
por parte del sector público, captar y asignar
                                                         identificar las respectivas fuentes.
recursos conducentes al cumplimiento de las metas
de desarrollo económico, social e institucional del
país; y se ajustarán a las reglas de disciplina fiscal   Artículo 14.- Los presupuestos públicos de gastos
                                                         contendrán los corrientes y de capital, y utilizarán las
contempladas en esta Ley y en la Ley del marco
                                                         técnicas más adecuadas para formular, ejecutar, seguir
plurianual del presupuesto. ( 7)(15)
                                                         y evaluar las políticas, los planes de acción y la
                                                         producción de bienes y servicios de los entes y órganos
El plan operativo anual, coordinado por el Ministerio
de Planificación y Desarrollo, será presentado ala       del sector público, así como la incidencia económica y
                                                         financiera de la ejecución de los gastos y la vinculación
Asamblea Nacional en la misma oportunidad en la
                                                         de éstos con sus fuentes de financiamiento. Para cada
cual se efectúe la presentación formal del proyecto
de ley de presupuesto.                                   crédito presupuestario se establecerá el objetivo
                                                         especifico a que esté dirigido, así como los resultados
Artículo 11.- El Ejecutivo Nacional podrá establecer     concretos que se espera obtener, en términos
normas que limiten y establezcan controles al uso de     cuantitativos, mediante indicadores de desempeño,
los créditos presupuestarios de los entes referidos en   siempre que ello sea técnicamente posible.
el artículo 6, adicionales a las establecidas en esta
Ley. Tales limitaciones no se aplicarán a los            El reglamento de esta Ley establecerá las técnicas de
presupuestos del Poder Legislativo, del Poder            programación presupuestaria y los clasificadores de
                                                         gastos e ingresos que serán utilizados. (2-3-4)(6)
Judicial, de los órganos del Poder Ciudadano, del
Poder Electoral, de los estados, del Distrito
                                                         Artículo 15.- Las operaciones de financiamiento
Metropolitano de la ciudad de Caracas, de los
                                                         comprenden todas las fuentes y aplicaciones financieras,
distritos, de los municipios y del Banco Central de
Venezuela (140)                                          sea que originen o no movimientos monetarios durante
                                                         el ejercicio económico-financiero.
Artículo 12.- Los presupuestos públicos
                                                         Las fuentes financieras provienen de la disminución de
comprenderán todos los ingresos y todos los gastos,
                                                         activos financieros y de incrementos de pasivos, tales
así como las operaciones de financiamiento sin
                                                         como las operaciones de crédito público.


                                                                                                                  2
Las aplicaciones financieras son incrementos de               2.  Participar en la elaboración del plan operativo
activos financieros y disminución de pasivos, tales               anual y preparar el presupuesto consolidado del
como la amortización de la deuda pública                          sector público.
                                                              3. Participar en la preparación del proyecto de ley
Artículo 16.- Sin perjuicio del equilibrio económico              del marco plurianual del presupuesto del sector
de la gestión fiscal que se establezca para el período            público nacional bajo los lineamientos de
del marco plurianual del presupuesto, los                         política económica y fiscal que elaboren,
presupuestos públicos deben mostrar equilibrio entre              coordinadamente, el Ministerio de Planificación
el total de las cantidades autorizadas para gastos y              y Desarrollo, el Ministerio de Finanzas y el
aplicaciones financieras y e l total de las cantidades            Banco Central de Venezuela, de conformidad
estimadas como ingresos y fuentes financieras.                    con la ley.
                                                              4. Preparar el proyecto de ley de presupuesto y
Artículo 17.- En los presupuestos se indicarán las                todos los informes que sean requeridos por las
unidades administrativas que tengan a su cargo la                 autoridades competentes.
producción de bienes y servicios prevista. En los             5. Analizar los proyectos de presupuesto que
casos de ejecución presupuestaria con participación               deban ser sometidos a su consideración y,
de diferentes unidades administrativas de uno o                   cuando corresponda, proponerlas correcciones
varios entes u órganos públicos, se indicará la                   que considere necesarias.
actividad que a cada una de ellas corresponda y los           6. Aprobar, conjuntamente con la Oficina Nacional
recursos asignados para el cumplimiento de las                    del Tesor o, la programación de la ejecución de
metas previstas.                                                  la ley de presupuesto.
                                                              7. Preparar y dictar las normas e instrucciones
Artículo 18.- Las autoridades correspondientes                    técnicas relativas al desarrollo de las diferentes
designarán a los funcionarios encargados de las                   etapas del proceso presupuestario.
metas y objetivos presupuestarios, quienes                    8. Asesorar en materia presupuestarias a los entes
participarán en su formulación y responderán del                  u órganos regidos por esta Ley.
cumplimiento de los mismos y la utilización eficiente         9. Analizar las solicitudes de modificaciones
de los recursos asignados.                                        presupuestarias que deban ser sometidas a su
                                                                  consideración y emitir opinión al respecto.
Cuando sea necesario establecer la coordinación               10. Evaluar la ejecución de los presupuestos
entre programas de distintos entes u órganos se                   aplicando las normas y criterios establecidos
crearán mecanismos técnico-administrativos con                    por esta Ley, su reglamento y las normas
representación de las instituciones participantes en              técnicas respectivas.
dichos programas.                                             11. Informar al Ministro de Finanzas, con la
                                                                  periodicidad que éste lo requiera, acerca de la
Artículo 19.- Cuando en los presupuestos se                       gestión presupuestaria del sector público.
incluyan créditos para obras, bienes o servicios cuya         12. Las demás que le confiera la ley.
ejecución exceda del ejercicio presupuestario, se                 (10)(16)(17)(21)(28)
incluirá también la información correspondiente a su
monto total, el cronograma de ejecución, los              Artículo 22.- Los funcionarios y demás trabajadores al
recursos erogados en ejercicios precedentes, los que
                                                          servicio de los entes y órganos cuyos presupuestos se
se erogarán en el futuro y la respectiva autorización
                                                          rigen por esta Ley, estén obligados a suministrar las
para gastar en el ejercicio presupuestario
                                                          informaciones que requiera la Oficina Nacional de
correspondiente. Si el financiamiento tuviere
                                                          Presupuesto, así como a cumplirlas normas e
diferentes orígenes se señalare además, si se trata       instructivos técnicos que emanen de ella (8-9)
de ingresos corrientes, de capital o de fuentes
financie ras. Las informaciones a que se refiere este
                                                          Artículo 23.- Cada uno de los entes y órganos cuyos
artículo se desagregarán en el proyecto de ley de
                                                          presupuestos se rigen por esta Ley, contarán con
presupuesto y se evaluará su impacto en el marco
                                                          unidades administrativas para el cumplimiento de las
plurianual del presupuesto.                               funciones presupuestarias aquí establecidas. Estas
                                                          unidades administrativas, acatarán las normas e
               Sección Segunda
                                                          instructivos técnicos dictados por la Oficina Nacional de
            Organización del Sistema                      Presupuesto de conformidad con esta Ley y su
                                                          reglamento.
Artículo 20.- La Oficina Nacional de Presupuesto es
el órgano rector del Sistema Presupuestario Público y                          Capítulo II
estará bajo la responsabilidad y dirección de un Jefe      Del Régimen Presupuestario de la República y de
de Oficina, de libre nombramiento y remoción del             sus entes Descentralizados Funcionalmente,
Ministro de Finanzas.                                                   sin fines Empresariales
                                                                            Sección Primera
Artículo 21.- La Oficina Nacional de Presupuesto es
                                                           De los Entes y órganos Regidos por este Capítulo
una dependencia especializada del Ministerio
Finanzas y tiene las siguientes atribuciones:
                                                          Artículo 24.- Se regirán por este Capítulo, los entes del
                                                          sector público nacional indicados en los numerales 1, 6,
    1.   Participar en la formulación de los aspectos     7 y 10 del artículo 6 de esta Ley, salvo aquellos que por
         presupuestarios de la política financiera que,   la naturaleza de sus funciones empresariales deban
         para el sector público nacional, elabore el      regirse por el Capítulo IV de este Título.
         Ministerio de Finanzas.



                                                                                                                      3
Sección Segunda del Marco Plurianual del                 las estimaciones de gastos para cada uno de los
                Presupuesto                                 ejercicios fiscales del período. Estas estimaciones se
                                                            vincularán con los pronósticos macroeconómicos
Artículo 25.- El Proyecto de Ley del marco                  indicados para el mediano plazo, y las correspondientes
plurianual del presupuesto será elaborado por el            al primer año del período se explicitarán de manera que
Ministerio de Finanzas, en coordinación con el              constituyan la base de las negociaciones presupuestarias
Ministerio de Planificación y Desarrollo y el Banco         para ese ejercicio. (5)(14)(18)(19)
Central de Venezuela, y establecerá los límites
máximos de gasto y de endeudamiento que hayan de            Artículo 27.- El Ejecutivo Nacional, por órgano del
contemplarse en los presupuestos nacionales para un         Ministro de Finanzas, presentará a la Asamblea Nacional
período de tres años, los indicadores y demás reglas        el proyecto de ley del marco plurianual del presupuesto,
de disciplina fiscal que permitan asegurar la solvencia     antes del quince de julio del primero y del cuarto año del
y Sostenibilidad fiscal y equilibrarla gestión financiera   período constitucional de la Presidencia de la República,
nacional en dicho período, de manera que los                y el mismo será sancionado antes del 15 de agosto del
ingresos ordinarios sean suficientes para cubrir los        mismo año de su presentación.
gastos ordinarios. (11-12)
                                                            Artículo 28.- El Ejecutivo Nacional presentará
El marco plurianual del presupuesto especificará lo         anualmente a la Asamblea Nacional, antes del quince de
siguiente: (13)                                             julio, un informe global contentivo de lo siguiente:

    1.    El período al cual corresponde y los                  1.    La evaluación de la ejecución de la ley de
          resultados financieros esperados de la                      presupuesto del ejercicio anterior, comparada
          gestión fiscal de cada año. Estos resultados                con los presupuestos aprobados por la
          deberán compensarse de manera que la                        Asamblea Nacional, con la explicación de las
          sumatoria para el período muestre equilibrio                diferencias ocurridas en materia de ingresos,
          o superávit entre ingresos ordinarios y                     gastos y resultados financieros.
          gastos ordinarios, entendiendo por los                 2. Un documento con las propuestas más
          primeros, los ingresos corrientes deducidos                 relevantes que contendrá el proyecto de ley de
          los aportes al Fondo de Estabilización                      presupuesto para el año siguiente, con
          Macroeconómica y al Fondo de Ahorro                         indicación del monto general de dicho
          Intergeneracional, y por los segundos los                   presupuesto, su correspondencia con las metas
          gastos totales, excluida la inversión directa               macroeconómicas y sociales definidas para el
          del gobierno central. El ajuste fiscal a los                sector público en el marco plurianual del
          fines de lograr el equilibrio no se                         presupuesto y la Sostenibilidad de las mismas,
          concentrará en el último año del período del                a los fines de proporcionarla base de la
          marco plurianual.                                           discusión de dicho proyecto de ley.
     2. El límite máximo del total del gasto                     3. La cuenta ahorro-inversión-financiamiento y las
          causado, calculado para cada ejercicio del                  estimaciones agregadas de gasto para los dos
          período del marco plurianual, en relación al                años siguientes, de conformidad con las
          producto interno bruto, con indicación del                  proyecciones macroeconómicas actualizadas y
          resultado financiero primario y del resultado               la sostenibilidad de las mismas, de acuerdo con
          financiero no petrolero mínimos                             las limitaciones establecidas en la Ley del
          correspondientes a cada ejercicio, de                       marco plurianual del presupuesto.
          acuerd o con los requerimientos de                La Asamblea Nacional comunicará al Ejecutivo Nacional
          sostenibilidad fiscal. (20)                       el acuerdo resultante de las deliberaciones efectuadas
Se entenderá como resultado financiero primario la          sobre el informe global a que se refiere este artículo,
diferencia resultante entre los ingresos totales y los      antes del quince de agosto de cada año.
gastos totales, excluidos los gastos correspondientes
a los intereses de la deuda pública, y como resultado       Artículo 29.- Las modificaciones de los limites de gasto,
financiero no petrolero, la resultante de la diferencia     de endeudamiento y de resultados financieros
entre los ingresos no petroleros y el gasto total.          establecidos en la ley del marco plurianual del
                                                            presupuesto sólo procederán en casos de estados de
    3.   El límite máximo de endeudamiento que              excepción decretados de conformidad con la ley, o de
         haya de contemplarse para cada ejercicio           variaciones que afecten significativamente el servicio de
         del período del marco plurianual, de acuerdo       la deuda pública. En este último caso, el proyecto de
         con los requerimientos da sostenibilidad           modificación será sometido por el Ejecutivo Nacional a la
         fiscal. El límite máximo de endeudamiento          consideración de la Asamblea Nacional con una
         para cada ejercicio será definido a un nivel       exposición razonada de las causas que la motiven y sólo
         prudente en relación con el tamaño de la           podrán afectarse las reglas de límite máximo de gasto,
         economía, la inversión reproductiva y la           de resultado primario y de resultado no petrolero de la
         capacidad de generar ingresos fiscales. Para       gestión económico-financiera.
         la determinación de la capacidad de
         endeudamiento se tomará en cuenta el                                 Sección Tercera
         monto global de los activos financieros de la           De la Estructura de la Ley de Presupuesto
         República.
Artículo 26.- El proyecto de Ley del marco                  Artículo 30.- La ley de presupuesto constará de tres
plurianual del presupuesto irá acompañado de la             títulos cuyos contenidos serán los siguientes: (22)
cuenta ahorro-inversión-financiamiento                      TITULO I Disposiciones Generales
presupuestada para el período a que se refiere dicho        TITULO Ii Presupuestario De Ingresos Y Gastos Y
marco, los objetivos de política económica, con             Operaciones De Financiamiento De La República
expresa indicación de la política fiscal, así como de        (23)(38)
                                                                                                                    4
TITULO III Presupuesto De Ingresos Y Gastos Y                 3.  Los que resulten de la gestión de los servicios
Operaciones De Financiamiento De Los Entes                        autónomos sin personalidad jurídica.
Descentralizados Funcionalmente De La Repú blica,             4. El producto de las contribuciones especiales.
Sin Fines Empresariales (24)                                                 Sección Cuarta
                                                          De la Formulación del Presupuesto de la Re pública
Artículo 31.- Las disposiciones generales de la ley            y de sus Entes Descentralizados sin Fines
de presupuesto constituirán normas complementarias                           Empresariales
del Título B de esta Ley que regirán para cada
ejercicio presupuestario y contendrán normas que se       Artículo 35.- El Presidente de la República, en Consejo
relacionen directa y exclusivamente con la                de Ministros, fijará anualmente los lineamientos
aprobación, ejecución y evaluación del presupuesto        generales para la formulación del proyecto de ley de
del que forman parte. En consecuencia, no podrán          presupuesto y las prioridades de gasto, atendiendo a los
contener disposiciones de carácter permanente, ni         límites y estimaciones establecidos en la ley del marco
reformar o derogar leyes vigentes, o crear, modificar     plurianual del presupuesto. (31)
o suprimir tributos u otros ingresos, salvo que se
trate de modificaciones autorizadas por las leyes         A tal fin, el Ministerio de Planificación y Desarrollo
creadoras de los respectivos tributos.                    practicará una evaluación del cumplimiento de los planes
                                                          y políticas nacionales y de desarrollo general del país, así
Artículo 32.- Se considerarán ingresos de la              como una proyección de las variables macroeconómicas
República aquellos que se prevea recaudar durante el      y la estimación de metas físicas que contendrá el plan
ejercicio y el financiamiento proveniente de              operativo anual para el ejercicio que se formulará.
donaciones, representen o no entradas de dinero en
efectivo al Tesoro. (25)                                  El Ministerio de Finanzas, con el objeto de delimitar el
En el presupuesto de gastos de la República se            impacto anual del marco plurianual del presupuesto, por
identificará la producción de bienes y servicios que      órgano de la Oficina Nacional de Presupuesto, preparará
cada uno de los organismos ordenadores se propone         los lineamientos de política que regirán la formulación
alcanzar en el ejercicio y los créditos presupuestarios   del presupuesto.
correspondientes. Los créditos presupuestarios
expresarán los gastos que se estime han de causarse       Artículo 36.- La Oficina Nacional de Presupuesto
en el ejercicio, se traduzcan o no en salida de fondos    elaborará el proyecto de ley de presupuesto atendiendo
del Tesoro. (27)                                          a los anteproyectos preparados por los órganos de la
                                                          República y los entes descentralizados funcionalmente
Las operaciones financieras contendrán todas las          sin fines empresariales, y con los ajustes que resulte
fuentes financieras, incluidos los excedentes que se      necesario introducir. (32)(33)
estimen existentes ala fecha del cierre del ejercicio
anterior al que se presupuesta, calculadas de             Artículo 37.- Los órganos del Poder Judicial, del Poder
conformidad con lo que establezca el reglamento de        Ciudadano y del Poder Electoral formularán sus
esta Ley, así como las aplicaciones financieras del       respectivos proyectos de presupuesto de gastos
ejercicio.                                                tomando en cuenta las limitaciones establecidas en la
                                                          Constitución y en la ley del marco plurianual del
Artículo 33.- Los presupuestos de los entes               presupuesto y los tramitarán ante la Asamblea Nacional,
descentralizados funcionalmente comprenderán sus          pero deberán remitirlos al Ejecutivo Nacional a los
ingresos, gastos y financiamientos. Los presupuestos      efectos de su inclusión en el proyecto de ley de
de ingresos incluirán todos aquellos que se han de        presupuesto.
recaudar durante el ejercicio. Los presupuestos de
gastos identificarán la producción de bienes y            Artículo 38.- El proyecto de ley de presupuesto será
servicios, así como los créditos presupuestarios          presentado por el Ejecutivo a la Asamblea Nacional antes
requeridos para ello. Los créditos presupuestarios        del quince de octubre de cada año. Será acompañado de
expresarán los gastos que se estime han de causarse       una exposición de motivos que, dentro del contexto de la
en el ejercicio, se traduzcan o no en salidas de          ley del marco plurianual del presupuesto y en
fondos en efectivo. Las operaciones financieras se        consideración del acuerdo de la Asamblea Nacional a que
presupuestarán tal como se establece para la              se refiere el artículo 28 de esta Ley, exprese los
República en el artículo anterior. (26)                   objetivos que se propone alcanzar y las explicaciones
                                                          adicionales relativas a la metodología utilizada para las
Artículo 34.- No se podrá destinar específicamente        estimaciones de ingresos y fuentes financieras y para la
el producto de ningún ramo de ingreso con el fin de       determinación de las autorizaciones para gastos y
atender el pago de determinados gastos, ni                aplicaciones financieras, así como las demás
predeterminarse asignaciones presupuestarias para         informaciones y elementos de juicio que estime
atender gastos de entes o funciones estatales             oportuno. (30)(32)
específicas, salvo las afectaciones constitucionales.
No obstante y sin que ello constituye la posibilidad de   Artículo 39.- Si por cualquier causa el Ejecutivo no
realizar gastos extrapresupuestarios, podrán ser          hubiese presentado ala Asamblea Nacional, dentro del
afectados para fines específicos los siguientes           plazo previsto en el artículo anterior, el proyecto de ley
ingresos:                                                 de presupuesto, o si el mismo fuere rechazado o no
                                                          aprobado por la Asamblea Nacional antes del quince de
    1.   Los provenientes de donaciones, herencias o      diciembre de cada año, el presupuesto vigente se
         legados a favor de la República o sus entes      reconducirá, con los siguientes ajustes que introducirá el
         descentralizados funcionalmente sin fines        Ejecutivo Nacional:
         empresariales, con destino específico.
    2.   Los recursos provenientes de operaciones de          1.    En los presupuestos de ingreso:
         crédito público.                                          a. Eliminará los ramos de ingreso que no
                                                                                                                    5
pueden ser recaudados nuevamente.                De la Ejecución del Presupuesto de la República y
         b. Estimará cada uno de los ramos de                  de sus Entes Descentralizados sin Fines
         ingreso para el nuevo ejercicio.                                  Empresariales
     2. En los presupuestos de gasto:
         a. Eliminará los créditos presupuestarios que    Artículo 43.-Si durante la ejecución del presupuesto se
         no deben repetirse, por haberse cumplido         evidencia una reducción de los ingresos previstos para el
         los fines para los cuales fueron previstos.      ejercicio, en relación con las estimaciones de la ley de
         b. Incluirá en el presupuesto de la República    presupuesto, que no pueda ser compensada con
         la asignación por concepto del Situado           recursos del Fondo de Estabilización Macroeconómica a
         Constitucional correspondiente a los             que se refiere el Capítulo I del Título VIII de esta Ley, el
         ingresos ordinarios que se estimen para el       Presidente de la República, en Consejo de Ministros,
         nuevo ejercicio, y los aportes que deban ser     ordenará los ajustes necesarios, oídas las opiniones del
         hechos de conformidad con lo establecido         Ministerio de Planificación y Desarrollo y del Ministerio de
         por las leyes vigentes para la fecha de          Finanzas por órgano de la Oficina Nacional de
         presentación del proyecto de ley de              Presupuesto y la Oficina Nacional del Tesoro. La decisión
         presupuesto respectivo.                          será publicada en la Gaceta Oficial de la República
         c. Incluirá los créditos presupuestarios         Bolivariana de Venezuela.
         indispensables para el pago de los intereses
         de la deuda pública y las cuotas que se          Artículo 44.- Los reintegros de fondos erogados,
         deban aportar por concepto de compromisos        cuando corresponda, deberán ser restablecidos en el
         derivados de la ejecución de tratados            nivel de agregación que haya aprobado la Asamblea
         internacionales.                                 Nacional, siempre que la devolución se efectúe durante
         d. Incluirá los créditos presupuestarios         la ejecución del presupuesto bajo cuyo régimen se hizo
         indispensables para asegurar la continuidad      la operación.
         y eficiencia de la administración del Estado
         y, en especial, de los servicios educativos,     Artículo 45.- Los niveles de agregación que haya
         sanitarios, asistenciales y de seguridad.        aprobado la Asamblea Nacional en los gastos y
     3. En las operaciones de financiamiento:             aplicaciones financieras de la ley de presupuesto
         a. Suprimirá los recursos provenientes de        constituyen los límites máximos de las autorizaciones
         operaciones da crédito público autorizadas,      disponibles para gastar. (42)
         en la cuantía en que fueron utilizados.
         b. Excluirá los excedentes de ejercicios         Artículo 46.- Una vez promulgada la ley de
         anteriores, en el caso de que el presupuesto     presupuesto, el Presidente de la República decretará la
         que se reconduce hubiere previsto su             distribución general del presupuesto de gastos, la cual
         utilización.                                     consistirá en la presentación desagregada hasta el
         c. Incluirá los recursos provenientes de         último nivel previsto en los clasificadores y categorías de
         operaciones de crédito público, cuya             programación utilizadas, de los créditos y realizaciones
         percepción deba ocurrir en el ejercicio          contenidas en la ley de presupuesto. (41)
         correspondiente.
         d. Incluirá las aplicaciones financieras         Artículo 47.- Se considera gastado un crédito cuando
         indispensables para la amortización de la        queda afectado definitivamente al causarse un gasto. El
         deuda pública.                                   reglamento de esta Ley establecerá los criterios y
     4. Adaptará los objetivos y metas a las              procedimientos para la aplicación de este artículo. (56)
         modificaciones que resulten de los ajustes
         anteriores.                                      Artículo 48.- Los órganos de la República así como los
Artículo 40.- En caso da reconducción el Ejecutivo        entes descentralizados funcionalmente sin fines
Nacional ordenará la publicación del correspondiente      empresariales están obligados a llevar los registros de
decreto en la Gaceta Oficial de la República              ejecución presupuestaria, en las condiciones que fije el
Bolivariana de Venezuela                                  reglamento de esta Ley. En todo caso, se registrará la
                                                          liquidación o el momento en que se devenguen los
Artículo 41.- Durante el período de vigencia de los       ingresos y su recaudación efectiva; y en materia de
presupuestos reconducidos regirán las disposiciones       gastos, además del momento en que se causen éstos,
generales de la ley de presupuesto anterior, en           según lo establece el artículo anterior, las etapas del
cuanto sean aplicables.                                   compromiso y del pago. (56)

Artículo 42.- Si la Asamblea Nacional sancionare la       El registro del compromiso se utilizará como mecanismo
ley de presupuesto durante el curso del primer            para afectar preventivamente la disponibilidad de los
trimestre del año en que hubieren entrado en              créditos presupuestarios; y el del pago para reflejarla
vigencia los presupuestos reconducidos, esa ley           cancelación de las obligaciones asumidas. (58)
regirá desde el primero de abril hasta el treinta y uno
de diciembre, y se darán por aprobados los créditos       Artículo 49.- No se podrán adquirir compromisos para
presupuestarios equivalentes a los compromisos            los cuales no existan créditos presupuestarios, ni
adquiridos con cargo a los Presupuestos                   disponer de créditos para una finalidad distinta a la
reconducidos. Si para el treinta y uno de marzo no        prevista. (57)(59)
hubiese sido sancionada dicha ley, los presupuestos
reconducidos se considerarán definitivamente              Artículo 50.- Los órganos de la República así como los
vigentes hasta el término del ejercicio.                  entes descentralizados funcionalmente sin fines
                                                          empresariales programarán, para cada ejercicio, la
                  Sección Quinta                          ejecución física y financiera de los presupuestos,
                                                          siguiendo las normas que fijará el reglamento de esta
                                                          Ley y las disposiciones complementarias y
                                                                                                                     6
procedimientos técnicos que dicten la Oficina             Artículo 53.- En el presupuesto de gastos de la
Nacional de Presupuesto y la Oficina Nacional del         República se incorporará un crédito denominado:
Tesoro. Dicha programación será aprobada por los          Rectificaciones al Presupuesto, cuyo monto no podrá ser
referidos órganos rectores, con las variaciones que       inferior a cero coma cinco por ciento ni superior al uno
estimen necesarias para coordinarla con el flujo de       por ciento de los ingresos ordinarios estimados en el
los ingresos. ( 39)(40)(43)(44)(45)(46)(47)(48)           mismo presupuesto. El Ejecutivo Nacional podrá
                                                          disponer de este crédito para atender gastos imprevistos
El monto total de las cuotas de compromisos fijadas       que se presenten en el transcurso del ejercicio o para
para el ejercicio no podrá ser superior al monto de       aumentar los créditos presupuestarios que resultaren
los recursos que se estime recaudar durante el            insuficientes, previa autorización del Presidente de la
mismo.                                                    República en Consejo de Ministros. La decisión será
                                                          publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana
Artículo 51.- El Director del Despacho del                de Venezuela. Salvo casos de emergencia, los recursos
Presidente de la República, el Vicepresidente             de este crédito no podrán destinarse a crear nuevos
Ejecutivo de la República, los Ministros, el Presidente   créditos ni a cubrir gastos cuyas asignaciones hayan sido
de la Asamblea Nacional, el Presidente del Tribunal       disminuidas por los mecanismos formales de
Supremo de Justicia, el Presidente del Consejo Moral      modificación presupuestaria.
Republicano, el Contralor General de la República, el
Fiscal General de la República, el Defensor del           No se podrán decretar créditos adicionales a los créditos
Pueblo, el Presidente del Consejo Nacional Electoral,     para rectificaciones de presupuesto, ni incrementar esto
el Procurador General de la República, el                 mediante traspaso.
Superintendente Nacional de Auditoria Interna y las
máximas autoridades de los entes descentralizados         Artículo 54.- Ningún pago puede ser ordenado sino
sin fines empresariales, serán los ordenadores de         para pagar obligaciones válidamente contraídas y
compromisos y pagos en cuanto el presupuesto de           causadas, salvo lo previsto en el Artículo 113 de esta
cada uno de los entes u organismos que dirigen.           Ley.
Dichas facultades se ejercerán y podrán delegarse de
acuerdo con lo que fije el reglamento de esta Ley,        Artículo 55.- El reglamento de esta Ley establecerá las
salvo lo relativo a la Asamblea Nacional la cual se       normas sobre la ejecución y ordenación de los
regirá por sus disposiciones internas.                    compromisos y los pagos, las piezas justificativas que
(49)(50)(51)(132)                                         deben componerlos expedientes en que se funden dichas
                                                          ordenaciones y cualquier otro aspecto relacionado con la
Artículo 52.- Quedarán reservadas a la Asamblea           ejecución del presupuesto de gastos que no esté
Nacional, a solicitud del Ejecutivo Nacional, las         expresamente señalado en la presente Ley.
modificaciones que aumenten el monto total del            (50)(60 a 86)
presupuesto de gastos de la República, para las
cuales se tramitarán los respectivos créditos             Los ordenadores de pagos podrán recibir las propuestas
adicionales; las modificaciones de los límites            y librar las correspondientes solicitudes de pago por
máximos para gastar aprobados por ésta, en la             medios informáticos. En este supuesto, la
cuantía que determine la ley de presupuesto. (187)        documentación justificativa del gasto realizado quedará
                                                          en aquellas unidades en las que se reconocieron las
Las modificaciones que impliquen incremento del           obligaciones, a los fines de la rendición de cuentas.
gasto corriente en detrimento del gasto de capital,
sólo podrán ser autorizadas por la Asamblea Nacional                         Sección Sexta
en casos excepcionales debidamente documentados           De la Liquidación del Presupuesto de la República y
por el Ejecutivo Nacional.                                de sus Entes Descentralizados Funcionalmente sin
                                                                          Fines Empresariales
No se podrán efectuar modificaciones
presupuestarias que impliquen incrementar los             Artículo 56.- Las cuentas de los pr esupuestos da
gastos corrie ntes en detrimento de los gastos del        ingresos y gastos se cerrarán al 31 de diciembre cada
servicio de la deuda pública.                             año. Después de esa fecha, los ingresos que se recauden
                                                          se considerarán parte del presupuesto vigente, con
Los créditos adicionales al presupuesto de gastos que     independencia de la fecha en que se hubiere originado la
hayan de financiarse con ingresos provenientes de         obligación de pago o liquidación de los mismos. Con
operaciones de crédito público serán decretados por       posterioridad al treinta y uno de diciembre de cada año,
el Poder Ejecutivo, con la sola autorización contenida    no podrán asumirse compromisos ni causarse gastos con
en la correspondiente ley de endeudamiento.               cargo al ejercicio que se cierra en esa fecha.
                                                          (131)(135)
El Poder Ejecutivo autorizará las modificaciones de
los presupuestos de los entes descentralizados sin        Artículo 57.- Los gastos causados y no pagados al
fines empresariales, según el procedimiento que           treinta y uno de diciembre de cada año se pagarán
establezca el reglamento e informará                      durante el año siguiente, con cargo alas disponibilidades
inmediatamente de las mismas ala Asamblea                 en caja y banco existentes a la fecha señalada.
Nacional.                                                 (134)(137)

El reglamento de esta Ley establecerá los alcances y      Los Gastos comprometidos y no causados al treinta y
mecanismos para efectuar las modificaciones a los         uno de diciembre de cada año se imputarán
presupuestos que resulten necesarias durante su           automáticamente al ejercicio siguiente, afectando los
ejecución. (88)(89)(90)(91)(92)(140)                      mismos a los créditos disponibles para ese
                                                          ejercicio.(135)


                                                                                                                   7
Los compromisos originados en sentencia judicial           El reglamento de esta Ley establecerá los métodos y
firme con autoridad de cosa juzgada o reconocidos          procedimientos para la aplicación de las disposiciones
administrativamente de conformidad con los                 contenidas en esta Sección, así como el uso que se dará
procedimientos establecidos en la Ley Orgánica de la       a la información generada.
Procuraduría General de la República y en el
reglamento de esta Ley, así como los derivados de          Artículo 61.- Si de la evaluación de los resultados
reintegros que deban efectuarse por concepto de            físicos se evidenciare incumplimientos injustificados de
tributos recaudados en exceso, se pagarán con cargo        las metas y objetivos programados, la Oficina Nacional
al crédito presupuestario que, a tal efecto, se incluirá   de Presupuesto actuará de conformidad con lo
en el respectivo presupuesto de gastos.                    establecido en el Título IX de esta Ley.

El reglamento de esta Ley establecerá los plazos y                              Capítulo III
los mecanismos para la aplicación de estas                  Del Régimen Presupuestario de los Estados, del
disposiciones. (133)                                       Distrito Metropolitano de la Ciudad de Caracas, de
                                                                     los Distritos y de los Municipios
Artículo 58.- Al término del ejercicio se reunirá
información de las dependencias responsables de la         Artículo 62.- El proceso presupuestario de los estados,
liquidación y captación de ingresos de la República y      distritos y municipios se regirá por la Ley Orgánica de
de sus entes descentralizados funcionalmente sin           Régimen Municipal, las leyes estadales y las ordenanzas
fines empresariales y se procederá al cierre de los        municipales respectivas, pero se ajustará, en cuanto sea
respectivos presupuestos de ingresos.                      posible, a las disposiciones técnicas que establezca la
                                                           Oficina Nacional de Presupuesto.
Del mismo modo procederán los organismos
ordenadores de gastos y pagos con el presupuesto           Las leyes y ordenanzas de presupuesto de los estados,
de gastos de la República y de sus entes                   distritos y municipios, dentro de los sesenta días
descentralizados sin fines empresariales.                  siguientes a su aprobación, se remitirán, a través del
                                                           Vicepresidente Ejecutivo de la República, a la Asamblea
Esta información, junto al análisis de correspondencia     Nacional, al Concejo Federal de Gobierno, al Ministerio
entre los gastos y la producción de bienes y servicios     de Planificación y Desarrollo y a la Oficina Nacional de
que preparará la Oficina Nacional de Presupuesto,          Presupuesto, a los solos fines de información. Dentro de
será centralizada en la Oficina Nacional de                los treinta días siguientes al fin de cada trimestre,
Contabilidad Pública, para la elaboración de la Cuenta     remitirán, igualmente, a la Oficina Nacional de
General de Hacienda que el Ejecutivo Nacional debe         Presupuesto información acerca de la respectiva gestión
rendir anualmente antela Asamblea Nacional de la           presupuestaria
República, de conformidad con lo previsto en el
artículo 130 de esta Ley.                                  Artículo 63.- El régimen presupuestario del Distrito
                                                           Metropolitano de la Ciudad de Caracas, se ajustará a las
                 Sección Séptima                           disposiciones de la Ley Especial sobre el Régimen del
         De la Evaluación de la Ejecución                  Distrito Metropolitano de Caracas.
                  Presupuestaria
                                                           Artículo 64.- Los principios y disposiciones establecidos
Artículo 59.- La Oficina Nacional de Presupuesto           para la administración financiera nacional regirán la de
evaluará la ejecución de los presupuestos de la            los estados, distritos y municipios, en cuanto sean
República y sus entes descentralizados                     aplicables. A estos fines, las disposiciones que regulen la
funcionalmente sin fines empresariales, tanto              materia en dichas entidades, se ajustarán a los
durante el ejercicio, como al cierre de los mismos.        principios constitucionales y a los establecidos en esta
Para ello, los entes y sus órganos están obligados a       Ley para su ejecución y desarrollo.
lo siguiente:
                                                                              Capítulo IV
    1.    Llevar registros de información de la              Del Régimen Presupuestario de las Sociedades
          ejecución física de su presupuesto, sobre la            Mercantiles del Estado y otros Entes
          base de los indicadores de gestión previstos        Descentralizados Funcionalmente con fines
          y de acuerdo con las normas técnicas                              Empresariales
          correspondientes.
     2. Participar los resultados de la ejecución          Artículo 65.- Se regirán por este Capítulo los entes del
          física de sus presupuestos a la Oficina          sector público nacional a que se refieren los numerales 8
          Nacional de Presupuesto, dentro de los           y 9 del artículo 6 de esta Ley, así como los otros entes
          plazos que determine el reglamento de esta       descentralizados funcionalmente con fines empresariales
          Ley.                                             de acuerdo con la definición contenida en el artículo 7 de
Artículo 60.- La Oficina Nacional de Presupuesto,          esta Ley. ( 117)
con base en la información que señala el artículo 58,
la que suministre el sistema de contabilidad pública y     Artículo 66.- Los directorios o la máxima autoridad de
otras que se consideren pertinentes, realizará un          los entes regidos por este Capítulo, aprobarán el
análisis crítico de los resultados físicos y financieros   proyecto de presupuesto anual de su gestión y lo
obtenidos y de sus efectos, interpretará las               remitirán, a través del correspondiente órgano de
variaciones operadas con respecto a lo programado,         adscripción, a la Oficina Nacional de Presupuesto, antes
procurará determinar sus causas y preparará                del treinta de septiembre del año anterior al que regirá.
informes con recomendaciones para los organismos           Los proyectos de presupuesto expresarán las políticas
afectados y el Ministerio de Planificación y Desarrollo.   generales contenidas en la ley del marco plurianual del
                                                           presupuesto y los lineamientos específicos que, en
                                                           materia presupuestaria, establezca el Ministro de
                                                                                                                      8
Finanzas; contendrán los planes de acción, las              sustancialmente la inversión programada o incrementen
autorizaciones de gastos y su financiamiento, el            el endeudamiento autorizado, serán aprobadas por el
presupuesto de caja y los recursos humanos a utilizar       Ejecutivo Nacional, oída la opinión de la Oficina Nacional
y permitirán establecerlos resultados operativo,            de Presupuesto. En el marco de esta norma y con la
económico y financiero previstos para la gestión            opinión favorable del ente u órgano de adscripción y de
respectiva. (118)(120)                                      dicha Oficina, los entes regidos por este Capítulo
                                                            establecerán su propio sistema de modificaciones
El presupuesto de gastos operativos del Banco               presupuestarias. (129)
Central de Venezuela será sometido directamente a
la discusión y aprobación de la Asamblea Nacional.          Artículo 73.- Al término de cada ejercicio económico
                                                            financiero, las sociedades mercantiles y otros entes
Artículo 67.- Los proyectos de presupuesto de               descentralizados funcionalmente con fines empresariales
ingreso y de gasto deben formularse utilizando el           procederán al cierre de cuentas de su presupuesto de
momento del devengado y de la causación de las              ingresos y gastos.
transacciones respectivamente, como base contable.
(124)(125)                                                  Artículo 74.- Se prohibe a los entes y órganos regidos
                                                            por el Capítulo II de este Título realizar portes o
Artículo 68.- La Oficina Nacional de Presupuesto            transferencias a sociedades del Estado y otros entes
analizará los proyectos de presupuesto de los entes         descentralizados funcionalmente con fines empresariales
regidos por este Capítulo a los fines de verificar si los   cuyo presupuesto no esté aprobado en los términos de
mismos encuadran en el marco de las políticas,              esta Ley, ni haya sido publicado en la Gaceta Oficial de
planes y estrategias fijados para este tipo de              la República Bolivariana de Venezuela, requisitos que
instituciones. En el informe que al efecto deberá           también serán imprescindibles para realizar operaciones
producir en cada caso propondrá los ajustes a               de crédito público.
practicar si, a su juicio, la aprobación del proyecto de
presupuesto sin modificaciones puede causar un                                Capítulo V
perjuicio patrimonial al Estado o atentar contra los         Del Presupuesto Consolidado del Sector Público
resultados de las políticas y planes vigentes.
                                                            Artículo 75.- La Oficina Nacional de Presupuesto
Artículo 69.- Los proyectos de presupuesto,                 preparará anualmente el presupuesto consolidado del
acompañados del informe mencionado en el artículo           sector público, el cual presentará información sobre las
anterior, serán sometidos a la aprobación del               transacciones netas que realizará este sector con el
Presidente de la República, en Consejo de Ministros,        resto de la economía y contendrá como mínimo, la
de acuerdo con las modalidades y los plazos que             información siguiente ( 142)(143)
establezca el reglamento de esta Ley. El Ejecutivo
Nacional aprobare antes del treinta y uno de                    1.   Una síntesis de la ley de presupuesto.
diciembre de cada año, con los ajustes que considere            2.   Los aspectos básicos de los presupuestos de
convenientes, los presupuestos de las sociedades del                 cada uno de los entes regidos por el Capítulo IV
Estado u otros entes descentralizados funcionalmente                 de este Título.
con fines empresariales. Esta aprobación no                      3. La consolidación de los ingresos y gastos
significará limitaciones en cuanto a los volúmenes de                públicos y su presentación en agregados
ingresos y gastos presupuestarios y sólo establecerá                 institucionales útiles para el análisis económico.
la conformidad entre los objetivos y metas de la                 4. Una referencia a los principales proyectos de
gestión empresarial con la política sectorial que                    inversión en ejecución por el sector público.
imparta el organismo de adscripción.                             5. Información acerca de la producción de bienes y
                                                                     servicios y de los recursos humanos que se
Si los entes regidos por este Capítulo no presentaren                estima utilizar, así como la relación de ambos
sus proyectos de presupuesto en el plazo previsto en                 aspectos con los recursos financieros.
el artículo 66, la Oficina Nacional de Presupuesto               6. Un análisis de los efectos económicos de los
elaborará de oficio los respectivos presupuestos y los               recursos y gastos consolidados sobre el resto de
someterá a consideración del Ejecutivo Nacional.                     la economía.
Para los fines señalados, dicha Oficina tomará en           El presupuesto consolidado del sector público será
cuenta el presupuesto anterior y la información             presentado al Ejecutivo Nacional antes del treinta de
acumulada sobre su ejecución.                               mayo del año de su vigencia. Una vez aprobado por el
                                                            Ejecutivo Nacional, será remitido la Asamblea Nacional
Artículo 70.- Quienes representen acciones o                con fines informativos.
participaciones del Estado en sociedades y entes
descentralizados funcionalmente con fines                                      TITULO III
empresariales, en los órganos facultados para                        DEL SISTEMA DE CRÉDITO PÚBLICO
aprobar los respectivos presupuestos, propondrán y
votarán el presupuesto aprobado por el Ejecutivo                               Capítulo I
Nacional.                                                    De la Deuda Pública y de las Operaciones que la
                                                                                Generan
Artículo 71.- El Ejecutivo Nacional publicará en la
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de               Artículo 76.- Se denomina crédito público a la
Venezuela una síntesis de los presupuestos de los           capacidad de los entes regidos por esta Ley para
entes regidos por este Capítulo.                            endeudarse. Las operaciones de crédito público se
                                                            regirán por las disposiciones de esta Ley, su reglamento,
Artículo 72.- Las modificaciones presupuestarias            las previsiones de la ley del marco plurianual del
que impliquen la dism inución de los resultados             presupuesto y por las leyes especiales, decretos,
operativos o económicos previstos, alteren                  resoluciones y convenios relativos a cada operación.
                                                                                                                       9
especializados, que permitan medir la capacidad
Artículo 77.- Son operaciones de crédito público:          económica del país para atender las obligaciones de la
                                                           deuda pública.
    1.    La emisión y colocación de títulos, incluidas
          las letras del tesoro, constitutivos de          Una vez sancionada la ley de endeudamiento anual, el
          empréstitos o de operaciones de tesorería.
                                                           Ejecutivo Nacional procederá a celebrar las operaciones
     2. La apertura de créditos de cualquier
                                                           de crédito público. En todo caso será necesaria la
          naturaleza.                                      autorización de cada operación de crédito público por la
     3. La contratación de obras, servicios o
                                                           Comisión Permanente de Finanzas de la Asamblea
          adquisiciones cuyo pago total o parcial se
                                                           Nacional, quien dispondrá de un plazo de diez (10) días
          estipule realizar en el transcurso de uno o
                                                           hábiles para decidir, contados a partir de la fecha en que
          más ejercicios posteriores a aquél en que se
                                                           se dé cuenta de la solicitud en reunión ordinaria. Si
          haya causado el objeto del contrato,             transcurrido este lapso la Comisión Permanente de
          siempre que la operación comporte un
                                                           Finanzas de la Asamblea Nacional no se hubiere
          financiamiento.
                                                           pronunciado, la solicitud se dará por aprobada. La
     4. El otorgamiento de garantías.
                                                           solicitud del Ejecutivo deberá ser acompañada de la
     5. La consolidación, conversión, unificación o
                                                           opinión del Banco Central de Venezuela, tal como se
          cualquier forma de refinanciamiento o            especifica en el Artículo 86 de esta Ley, para la
          reestructuración de deuda pública existente.
                                                           operación específica.
Artículo 78.- Las operaciones de crédito público
tendrán por objeto arbitrar recursos o fondos para
realizar inversiones reproductivas, atender casos de       Artículo 81.- Por encima del monto máximo a contratar
evidente necesidad o de conveniencia nacional,             autorizado por la ley de endeudamiento anual conforme
incluida la dotación de títulos públicos al Banco          al artículo precedente, sólo podrán celebrarse aquellas
Central de Venezuela para la realización de                operaciones requeridas para hacer frente a gastos
operaciones de mercado abierto con fines de                extraordinarios producto de calamidades o de
regulación monetaria y cubrir necesidades                  catástrofes públicas, y aquéllas que tengan por objeto el
transitorias de tesorería.                                 refinanciamiento o reestructuración de deuda pública, las
                                                           cuales deberán autorizarse mediante ley especial. En
                  Capítulo II                              este último caso, la Asamblea Nacional podrá otorgar al
 De la Autorización para Celebrar Operaciones              Poder Ejecutivo una autorización general para adoptar,
              de Crédito Público                           dentro de límites, condiciones y plazos determinados,
                                                           programas generales de refinanciamiento.
Artículo 79.- Los entes regidos por esta Ley no
podrán celebrar ninguna operación de crédito público       Artículo 82.- En los casos en que haya reconducción
sin la autorización de la Asamblea Nacional, otorgada      del presupuesto, se entenderá que el monto autorizado
mediante ley especial.                                     para el endeudamiento del año será igual al del año
                                                           anterior, con las deducciones a que se refiere el numeral
Los estados, los distritos, los municipios y las demás     3, literal a) del artículo 39 de esta Ley.
entidades a que se refiere el Capítulo III del Título II
de esta Ley, previo acuerdo del respectivo consejo         Igualmente, el Ejecutivo Nacional presentará a la
legislativo, cabildo o concejo municipal, enviarán la      Asamblea Nacional, en la fecha que considere
respectiva solicitud al Ejecutivo Nacional para que,       conveniente, la ley especial de endeudamiento anual,
una vez aprobada por el Presidente de la República         correspondiente al presupuesto reconducido, atendiendo
en Consejo de Ministros, sea sometida a la                 a lo previsto en el artículo 80. En estos casos, los
autorización de la Asamblea Nacional.                      créditos se incorporarán al presupuesto conforme ala
                                                           autorización que deberá contenerla ley especial de
Artículo 80.- Conjuntamente con el proyecto de ley         endeudamiento.
de presupuesto, el Ejecutivo presentará a la
Asamblea Nacional, para su autorización mediante           Artículo 83.- En la ley especial de endeudamiento
ley especial que será promulgada simultáneamente           anual se indicarán las modalidades de las operaciones y
con la Ley de Presupuesto, el monto máximo de las          se autorizará la inclusión de los correspondientes
operaciones de crédito público a contratar durante el      créditos presupuestarios en la ley de presupuesto. En los
ejercicio presupuestario respectivo por la República,      supuestos a que se refieren los artículo 81 y 82, la ley
el monto máximo de endeudamiento neto que podrá            de endeudamiento autorizará los respectivos créditos
contraer durante ese ejercicio así como el monto           adicionales.
máximo en Letras del Tesoro que podrán estar en
circulación al cierre del respectivo ejercicio             En ningún caso la ley especial de endeudamiento anual
presupuestario.                                            podrá establecer prohibiciones o formalidades
                                                           autorizatorias adicionales a las previstas en esta Ley.
Los montos máximos referidos se determinarán, de           Artículo 84.- En uso de la autorización a que se refieren
conformidad con las previsiones de la Ley del Marco        los artículo 80, 81 y 82 de este Capítulo, el Ejecutivo
Plurianual de Presupuesto, atendiendo a la capacidad
                                                           Nacional podrá establecer que los entes descentralizados
de pago y a los requerimientos de un desarrollo
                                                           realicen directamente aquellas operaciones que sean de
ordenado de la economía, y se tomarán como
                                                           su competencia o bien que la República les transfiera los
referencia los ingresos fiscales previstos para el año,
                                                           fondos obtenidos en las operaciones que ella realice.
las exigencias del servicio de la deuda existente, el      Esta transferencia se hará en la forma que determine el
producto interno bruto, el ingreso de exportaciones y
                                                           Ejecutivo Nacional y en todo caso le corresponderá
aquellos índices macroeconómicos elaborados por el
                                                           decidir si mantiene, cede, remite o capitaliza la
Banco Central de Venezuela u otros organismos

                                                                                                                  10
acreencia, total o parcialmente, en los términos y         Estado la Industria y el Comercio de los Hidrocarburos, y
condiciones que él mismo determine.                        las creadas o que se crearen de conformidad con el
                                                           artículo 10 del Decreto Ley N° 580 del 26 de noviembre
Artículo 85.- En el caso de los contratos                  de 1974, media nte el cual se reservó al Estado la
plurianuales previstos en el numeral 3 del artículo 77     industria de la explotación del mineral de hierro;
de esta Ley, la ley de presupuesto en que se incluya       siempre y cuando se certifique la capacidad de pago de
el primer pago autorizará al Ejecutivo Nacional para       las sociedades mencionadas.
contratar el total de las obras, servicios o
adquisiciones de que se trate. En tal caso dicha ley       A los fines de la certificación de la capacidad de pago, la
indicará, expresamente, la autorización para               respectiva sociedad publicará en un diario de circulación
contratar que se dé al Ejecutivo Nacional y ordenará       nacional y, por lo menos, en un diario de la zona donde
la inclusión en los sucesivos presupuestos de las          tenga su sede principal dentro de los quince días hábiles
asignaciones correspondientes a los pagos anuales          siguientes a la terminación de su ejercicio económico, un
que se hayan convenido.                                    balance con indicación expresa del monto del
                                                           endeudamiento pendiente, debidamente suscrito por un
Artículo 86.- El Banco Central de Venezuela será           contador público inscrito en el Registro de Contadores
consultado por el Ejecutivo Nacional sobre los efectos     Públicos en Ejercicio Independiente de la Profesión que
fiscales y macroeconómicos del endeudamiento y el          lleva la Comisión Nacional de Valores.
monto máximo de letras del tesoro que se prevean
en el proyecto de ley de endeudamiento anual a que         Artículo 90.- Los institutos autónomos cuyo objeto
se refiere este Capítulo.                                  principal sea la actividad financiera así como las
                                                           sociedades mercantiles del Estado, están exceptuados
Así mismo será consultado sobre el impacto                 del requisito de la ley especial autorizatoria para realizar
monetario y las condiciones financieras de cada            operaciones de crédito público; sin embargo, requerirán
operación de crédito público. Dicha opinión no             la autorización del Presidente de la República, en
vinculante la emitirá el Banco Central de Venezuela        Consejo de Ministros. En todo caso, el monto de las
en un plazo de cinco días hábiles contados a partir de     obligaciones pendientes por tales operaciones, más el
la recepción de la solicitud de opinión. Si transcurrido   monto de las operaciones a tramitarse, no excederá de
este lapso el Banco Central de Venezuela no se             dos veces el patrimonio del respectivo instituto
hubiere pronunciado, el Ejecutivo Nacional podrá           autónomo o el capital de la sociedad.
continuarla tramitación de las operaciones
consultadas.                                                                   Capítulo IV
                                                           De las Prohibiciones en Materia de Operaciones de
                  Capítulo III                                               Crédito Público
  De las Operaciones y Entes Exceptuados del
    Régimen Previsto en este Título o de la                Artículo 91.- No realizarán operaciones de crédito
            Autorización Legislativa                       público, los institutos autónomos y demás personas
                                                           jurídicas públicas descentralizadas funcionalmente que
Artículo 87.- No requerirán ley especial que las           no ten gan el carácter de sociedades mercantiles, así
autorice, las operaciones siguientes:                      como las fundaciones constituidas y dirigidas por
                                                           algunas de las personas jurídicas referidas en el artículo
    1.   La emisión y colocación de letras del tesoro      6 de esta Ley.
         con la limitación establecida en el artículo
         80 de esta Ley, así como cualesquiera otras       Se exceptúan de esta prohibición los institutos
         operaciones de tesorería cuyo vencimiento         autónomos cuyo objeto principal sea la actividad
         no trascienda el ejercicio presupuestario en      financiera, a los solos efectos del cumplimiento de dicho
         el que se realicen.                               objeto, así como también las operaciones a que se
     2. Las obligaciones derivadas de la                   refiere el numeral 3 del artículo 77 de esta Ley.
         participación de la República en instituciones
         financieras internacionales en las que ésta       Artículo 92.- Se prohibe a la República y alas
         sea miembro.                                      sociedades cuyo objeto no sea la actividad financiera,
Artículo 88.- No se requerirá ley autorizatoria para       otorgar garantías para respaldar obligaciones de
las operaciones de refinanciamiento o                      terceros, salvo las que se autoricen conforme al régimen
reestructuración que tengan como objeto la                 legal sobre concesiones de obras públicas y servicios
reducción del tipo de interés pactado, la ampliación       públicos nacionales.
del caso previsto para el pago, la conversión de una
deuda externa en interna, la reducción de los flujos       Artículo 93.- No se podrán contratar operaciones de
de caja, la ganancia o ahorro en el costo efectivo de      crédito público con garantía o privilegios sobre bienes o
financiamiento, en beneficio de la República, con          rentas nacionales, estadales o municipales.
respecto ala deuda que se está refinanciando o
reestructurando.                                           Artículo 94.- La deuda pública a corto plazo será
                                                           pagada necesariamente a su vencimiento y no podrá ser
Artículo 89.- Están exceptuadas del régimen                refinanciada.
previsto en este Título: el Banco Central de
Venezuela y el Fondo de Inversiones de Venezuela;          Artículo 95.- Los estad os, distritos y municipios, las
las sociedades mercantiles del Estado dedicadas a la       otras entidades a que se refiere el Capítulo III del Título
intermediación de crédito, regidas por la Ley General      II y los entes por ellos creados, no podrán realizar
de Bancos y otras Instituciones Financieras, las           operaciones de crédito público externo, ni en moneda
regidas por la Ley de Empresas de Seguros y                extranjera, ni garantizar obligaciones de terceros.
Reaseguros, las creadas o que se crearen de
conformidad con la Ley Orgánica que Reserva al
                                                                                                                    11
Capítulo V                               establezcan otras modalidades de emisión, incluida la
    De la Administración del Crédito Público               utilización de procedimientos informáticos, de acuerdo
                                                           con lo que establezca el respectivo decreto de emisión.
Artículo 96.- Se crea la Oficina Nacional de Crédito
Público como órgano rector del Sistema de Crédito          Artículo 99.- Las obligaciones provenientes de la deuda
Público, la cual estará a cargo de un jefe de oficina,     pública o los títulos que la representen prescriben a los
de libre nombramiento y remoción del Ministro de           diez años; los intereses o los cupones representativos de
Finanzas, y tendrá por misión asegurar la existencia       éstos prescriben a los tres años. Ambos lapsos se
de políticas de endeudamiento, así como una                contarán desde las respectivas fechas de vencimiento de
eficiente programación, utilización y control de los       las obligaciones.
medios de financiamiento que se obtengan mediante
operaciones de crédito público. A tales efectos, la        Artículo 100.- Los títulos de la deuda pública emitidos
Oficina Nacional de Crédito Público tendrá las             por la República, serán admisibles por su valor nominal
siguientes atribuciones:                                   en toda garantía que haya de constituirse a favor de la
                                                           República En las leyes que autoricen operaciones de
    1.    Participar en la formulación de los aspectos     crédito público, podrá establecerse que los mencionados
          crediticios de la política financiera que para   títulos sean utilizados a su vencimiento para el pago de
          el sector público nacional elabore el            cualquier impuesto o contribución nacional.
          Ministerio de Finanzas.
     2. Proponer el monto máximo de                        Artículo 101.- En los presupuestos de los entes u
          endeudamiento que podrá contraerla               órganos deberán incluirse las partidas correspondientes
          República en cada ejercicio presupuestario,      al servicio de la deuda pública, sin perjuicio de que éste
          atendiendo a lo previsto en la ley del marco     se centralice en el Minis terio de Finanzas.
          plurianual del presupuesto y a las políticas
          financiera y presupuestaria definidas por el     Artículo 102.- Los funcionarios y demás trabajadores al
          Ejecutivo Nacional.                              servicio de los entes y órganos regidos por esta Ley,
     3. Mantener y administrar un sistema de               están obligados a suministrar las informaciones que
          información sobre el mercado de capitales        requiera la Oficina Nacional de Crédito Público, así como
          que sirva para el apoyo y orientación a las      a cumplir las normas e instrucciones que emanen de
          negociaciones que se realicen para emitir        ella.
          empréstitos o contratar préstamos, así como
          para intervenir en las mismas.                   Artículo 103.- Las operaciones de crédito público
     4. Dirigir y coordinarlas gestiones de                realizadas en contravención de las disposiciones de esta
          autorización, la negociación y la celebración    Ley que establezcan prohibiciones o formalidades
          de las operaciones de crédito público.           autorizatorias se considerarán nulas y sin efectos, sin
     5. Dictar las normas técnicas que regulen los         perjuicio de la responsabilidad personal de quienes las
          procedimientos de emisión, colocación,           realicen. Las obligaciones que se pretenda derivar de
          canje, depósito, sorteos, operaciones de         dichas operaciones no serán oponibles a la República ni
          mercado y cancelación de la deuda pública.       a los demás entes públicos.
     6. Dictar las normas técnicas que regulen la
          negociación, contratación y amortización de      Artículo 104.- Las controversias de crédito público que
          préstamos.                                       surjan con ocasión de la realización de operaciones de
     7. Registrar las operaciones de crédito público       crédito público, serán de la competencia del Tribunal
          en forma integrada al sistema de                 Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, sin
          contabilidad pública.                            perjuicio de las estipulaciones que de conformidad con lo
     8. Realizar las estimaciones y proyecciones           dispuesto en el Artículo 151 de la Constitución, se
          presupuestarias del servicio de la deuda         incorporen en los respectivos documentos contractuales.
          pública y supervisar su cumplimiento.
     9. Dirigir y coordinar las relaciones con                                 TITULO IV
          inversionistas y agencias calificadoras de                   DEL SISTEMA DE TESORERÍA
          riesgos.
     10. Las demás atribuciones que le asigne la ley.      Artículo 105.- El Sistema de Tesorería está integrado
Artículo 97.- Antes de realizarlas operaciones de          por el conjunto de principios, órganos, normas y
crédito público autorizadas conforme lo dispone esta       procedimientos a través de los cuales se presta el
Ley, los respectivos entes y órganos solicitarán la        servicio de tesorería.
intervención de la Oficina Nacional de Crédito
Público, para iniciar las gestiones necesarias a fin de    Artículo 106.- El conjunto de los fondos nacionales, los
llevar a cabo la operación.                                valores de la República y las obligaciones a cargo de
                                                           ésta, conforman el Tesoro Nacional.
Artículo 98.- Los contratos de empréstitos, el
otorgamiento de garantías y las operaciones de             Artículo 107.- El servicio de tesorería, en lo que se
refinanciamiento o reestructuración de deuda               refiere a las actividades de custodia de fondos,
pública, se documentarán según lo establecido en las       percepción de ingresos y realización de pagos, se
normas que al efecto dicte la Oficina Nacional de          extenderá hasta incluir todo el sector público nacional
Crédito Público.                                           centralizado y los entes descentralizados de la República
                                                           sin fines empresariales, en la medida en que se cumpla
Los contratos de empréstitos y los títulos de la deuda     una evolución progresiva y consistente de la modalidad y
pública de la República llevarán la firma del Ministro     atributos funcionales del servicio consagrados en esta
de Finanzas o sus delegados, o del funcionario             Ley.
designado al efecto por el Presidente de la República
Se exceptúan aquellos títulos para los cuales se
                                                                                                                  12
Artículo 108.- Se crea la Oficina Nacional del            Artículo 112.- La República, por órgano del Ministerio
Tesoro, como órgano rector del Sistema de Tesorería       de Finanzas, mantendrá una cuenta única del Tesoro
que actuará como unidad especializa para la gestión       Nacional. En dicha cuenta se centralizarán todos los
financiera del Tesoro, la coordinación de la              ingresos y pagos de los entes integrados al Sistema de
planificación financiera del sector público nacional y    Tesorería, los cuales se ejecutarán a través del Banco
las demás actividades propias del servicio de             Central de Venezuela y de los bancos comerciales,
tesorería nacional, con la finalidad de promover la       nacionales o extranjeros, de conformidad con los
optimización del flujo de caja del Tesoro, bajo la        convenios que al efecto se celebren.
modalidad de cuenta única del tesoro.
                                                          Artículo 113.- Las existencias del Tesoro Nacional
La Oficina Nacional del Tesoro podrá tener agencias,      estarán constituidas por la totalidad de los fondos
según los requerimientos del servicio de tesorería        integrados a él, independientemente de donde se
                                                          mantengan. Dichas existencias forman una masa
La Oficina Nacional del Tesoro estará a cargo del         indivisa a los fines de su manejo y utilización en los
Tesorero Nacional, de libre nombramiento y remoción       pagos ordenados conforme a la ley. No obstante, podrán
del Ministro de Finanzas.                                 constituirse provisiones de fondos de carácter
                                                          permanente a los funcionarios que determine el
Artículo 109.- Corresponden ala Oficina Nacional de       reglamento de esta Ley y en las condiciones que éste
Tesorería las atribuciones siguientes: (38)               señale, las cuales incluirán la forma de justificar la
                                                          aplicación de estos fondos.
    1.  Participar en la formulación y coordinación
        de la política financiera para el sector          El establecimiento de la Cuenta única del Tesoro
        público nacional.                                 Nacional no es incompatible con el mantenimiento de
    2. Aprobar, conjuntamente con la Oficina              subcuentas en divisas abiertas en el Banco Central de
        Nacional de Presupuesto, la programación          Venezuela por la Oficina Nacional del Tesoro o con la
        de la ejecución del presupuesto de los            autorización de ésta, conforme al reglamento de esta
        órganos y entes regidos poda ley de               Ley.
        presupuesto y programar el flujo de fondos
        de la República.                                  En todo caso, la Oficina Nacional del Tesoro autorizará la
    3. Percibir los productos en numerario de los         apertura de cuentas bancarias con fondos del Tesoro
        ingresos públicos nacionales.                     Nacional y vigilará el manejo de las mismas, a fin de
    4. Custodiar los fondos y valores                     resguardar el Sistema de Cuenta única del Tesoro
        pertenecientes a la República.                    Nacional. Así mismo organizará y mantendrá actualizado
    5. Hacer los pagos autorizados por el                 un registro general de cuentas bancarias del sector
        presupuesto de la República conforme a la         público nacional.
        ley.
    6. Distribuir en el tiempo y en el territorio las     Artículo 114.- El Ministerio de Finanzas dispondrá la
        disponibilidades dinerarias para la puntual       devolución al Tesoro Nacional, de las sumas acreditadas
        satisfacción de las obligaciones de la            en cuentas de la República y de sus entes
        República.                                        descentralizados funcionalmente sin fines empresariales,
    7. Administrar el sistema de cuenta única del         sin menoscabo de la titularidad de los fondos de estos
        Tesoro Nacional que establece el Artículo         últimos, cuando éstas se mantengan sin utilizar por un
        112 de esta Ley.                                  período que determinará el reglamento de esta Ley. Las
    8. Registrar contablemente los movimientos de         instituciones financieras depositarias de dichos fondos
        ingresos y egresos del Tesoro Nacional.           deberán ejecutar las transferencias que ordene el
    9. Determinar las necesidades de emisión y            referido Ministerio.
        colocación de letras del tesoro, con las
        limitaciones establecidas en el Artículo 80 de    Artículo 115.- Los fondos del Tesoro Nacional podrán
        esta Ley, y solicitar de la Oficina Nacional de   ser colocados en las instituciones financieras en los
        Crédito Público la realización de estas           términos y condiciones que señale el Ministro de
        operaciones.                                      Finanzas, conforme a lo dispuesto en el reglamento de
    10. Elaborar anualmente el presupuesto de caja        esta Ley. En todo caso, estas colocaciones se sujetarán
        del s ector público nacional y realizar el        al acuerdo anual de armonización de políticas, fiscal y
        seguimiento y evaluación de su ejecución.         monetaria, celebrado con el Banco Central de Venezuela
    11. Participar en la coordinación
        macroeconómica concerniente a la política         Artículo 116.- En las condiciones que establezca el
        fiscal y monetaria, así como en la formación      reglamento de esta Ley, los ingresos y los pagos del
        del acuerdo anual de políticas sobre esas         Tesoro podrán realizarse mediante efectivo, cheque,
        materias, establec iendo lineamientos sobre       transferencia bancaria o cualesquiera otros medios de
        mantenimiento y utilización de los saldos de      pago, sean o no bancarios. El Ministerio de Finanzas
        caja.                                             podrá establecer que en la realización de determinados
Artículo 110.- La Oficina Nacional del Tesoro tendrá      ingresos o pagos del Tesoro sólo puedan utilizarse
un sub-tesorero que llenará las faltas temporales o       específicos medios de pago.
accidentales del Tesorero y las absolutas, mientras
se provea la vacante.                                     Artículo 117.- Los funcionarios y oficinas encargados
                                                          de la liquidación de ingresos deben ser distintos e
Artículo 111.- La Oficina Nacional del Tesoro dictará     independientes de los encargados del servicio de
las normas e instrucciones técnicas necesarias para       tesorería y en ningún caso estos últimos pueden estar
el funcionamiento del servicio y propondrá las            encargados de la liquidación y administración de
normas reglamentarias pertinentes.                        ingresos.


                                                                                                                  13
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Ley organica de la administración financiera del sector público

  • 1. LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION cumplimiento de la obligación de los funcionarios de FINANCIERA DEL rendir cuenta de su gestión. SECTOR PÚBLICO Artículo 6.- Están sujetos a las regulaciones de esta Ley, con las especificidades que la misma establece, los Gaceta Oficial N° 37.606 de fecha 09 de enero de 2003 entes u organismos que conforman el sector público, enumerados seguidamente: (1) LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE 1. La República. VENEZUELA 2. Los estados. 3. El Distrito Metropolitano de Caracas. DECRETA 4. Los distritos. 5. Los municipios. 6. Los institutos autónomos. la siguiente, 7. Las personas jurídicas estatales de derecho público. LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN 8. Las sociedades mercantiles en las cuales la FINANCIERA DEL República o las demás personas a que se refiere SECTOR PÚBLICO el presente artículo tengan participación igual o mayor al cincuenta por ciento del capital social. TITULO I Quedarán comprendidas además, las DISPOSICIONES GENERALES sociedades de propiedad totalmente estatal, cuya función, a través de la posesión de Artículo 1.- Esta Ley tiene por objeto regular la acciones de otras sociedades, sea coordinarla administración financiera, el sistema de control gestión empresarial pública de un sector de la interno del sector público, y los aspectos referidos a economía nacional. la coordinación macroeconó mica, al Fondo de 9. Las sociedades mercantiles en las cuales las Estabilización Macroeconómica y al Fondo de Ahorro personas a que se refiere el numeral anterior Intergeneracional. tengan participación igual o mayor al cincuenta por ciento del capital social. Artículo 2.- La administración financiera del sector 10. Las fundaciones, asociaciones civiles y demás público comprende el conjunto de sistemas, órganos, instituciones constituidas con fondos públicos o normas y procedimientos que intervienen en la dirigidas por algunas de las personas referidas captación de ingresos públicos y en su aplicación en este artículo, cuando la totalidad de los para el cumplimiento de los fines del Estado, y estará aportes presupuestarios o contribuciones en un regida por los principios Constitucionales de ejercicio efectuados por una o varias de las legalidad, eficiencia, solvencia, transparencia, personas referidas en el presente artículo, responsabilidad, equilibrio fiscal y coordinación represente el cincuenta por ciento o más de su macroeconómica. presupuesto. Artículo 7.- A los efectos de la aplicación de esta Ley Artículo 3.- Los sistemas de presupuesto, crédito se hacen las siguientes definiciones: público, tesorería y contabilidad, regulados en esta Ley; así como los sistemas tributario y de administración de bienes, regulados por leyes 1. Se entiende por entes descentralizados especiales, conforman la administración financiera funcionalmente, sin fines empresariales los del sector público. Dichos sistemas estarán señalados en los numerales 6, 7 y 10 del interrelacionados y cada uno de ellos actuará bajo la artículo anterior, que no realizan actividades de coordinación de un órgano rector. producción de bienes o servicios destinados ala venta y cuyos ingresos o recursos provengan Artículo 4.- El Ministerio de Finanzas coordina la fundamentalmente del presupuesto de la administración financiera del sector público nacional República. y dirige y supervisa la implantación y mantenimiento 2. Se entiende por entes descentralizados con de los sistemas que la integran, de conformidad con fines empresariales aquellos cuya actividad lo establecido en la Constitución y en la ley. principal es la producción de bienes o servicios destinados ala venta y cuyos ingresos o Artículo 5.- El sistema de control interno del sector recursos provengan fundamentalmente de esa público, cuyo órgano rector es la Superintendencia actividad. Nacional de Auditoria Interna, comprende el conjunto 3. Se entiende por sector público n acional al de normas, órganos y procedimientos de control, conjunto de entes enumerados en el artículo 6 integrados a los procesos de la administración de esta Ley, salvo los mencionados en los financiera así como la auditoría interna. El sistema de numerales 2, 3, 4 y 5, y los creados por ellos. control interno actuará coordinadamente con el 4. Se entiende por deuda pública el Sistema de Control Externo a cargo de la Contraloría endeudamiento que resulte de las operaciones General de la República tiene por objeto promover la de crédito público. No se considera deuda eficiencia en la capacitación y uso de los recursos pública la deuda presupuestaria o del Tesoro. públicos, el acatamiento de las normas legales en las 5. Se entiende por ingresos ordinarios, los operaciones del Estado, la confiabilidad de la ingresos recurrentes. información que se genere y divulgue sobre los 6. Se entiende por ingresos extraordinarios, los mismos; así como mejorar la capacidad ingresos no recurrentes, tales como los administrativa para evaluar el manejo de los recursos provenientes de operaciones de crédito público del Estado y garantizar razonablemente el 1
  • 2. y de leyes que originen ingresos de carácter compensaciones entre sí, para el correspondiente eventual o cuya vigencia no exceda de 3 ejercicio económico financiero . años. 7. Se entiende por ingresos corrientes, los Con el proyecto de ley de presupuesto anual, el ingresos recurrentes, sean o no tributarios, Ministerio de Finanzas presentará los estados de cuenta petroleros o no petroleros. anexos en los que se describan los planes de previsión 8. Se entiende por ingresos de capital, social, así como la naturaleza y relevancia de riesgos ingresos por concepto de ventas de activos fiscales que puedan identificarse, tales como: y por concepto de transferencias con fines de capital. 1. Obligaciones contingentes, es decir, aquellas 9. Se entiende por ingreso total, la suma de los cuya materialización efectiva, monto y ingresos corrientes y los ingresos de capital. exigibilidad dependen de eventos futuros 10. Se entiende por ingresos recurrentes, inciertos que de hecho pueden no ocurrir, aquellos que se prevea producir o se hayan incluidas garantías y asuntos litigiosos que producido por más de 3 años. puedan originar gastos en el ejercicio; 2. Gastos tributarios, tales como excepciones, exoneraciones, deducciones, diferimientos y Artículo 8.- A los fines previstos en esta Ley, el ejercicio económico financiero comenzará el primero otros sacrificios fiscales que puedan afectarlas previsiones sobre el producto fiscal tributario de enero y terminará el treinta y uno de diciembre de estimado del ejercicio; cada año. 3. Actividades cuasifiscales, es decir, aquellas operaciones relacionadas con el sistema TITULO II DEL SISTEMA PRESUPUESTARIO financiero o cambiario, o con el dominio público comercial, incluidos los efectos fiscales Capítulo I previsibles de medidas de subsidios, de manera Disposiciones Generales que puedan evaluarse los efectos económicos y la eficiencia de las políticas que se expresan en Sección Primera dichas actividades. Normas Comunes La obligación establecida en este artículo no será exigible cuando tales datos no puedan ser cuantificables Artículo 9.- El sistema presupuestario está o aquellos cuyo contenido total o parcial haya sido integrado por el conjunto de principios, órganos, declarado secreto o confidencial de conformidad con la ley. normas y procedimientos que rigen el proceso presupuestario de los entes y órganos del sector público. Artículo 13.- Los presupuestos públicos de ingresos contendrán la enumeración de los diferentes ramos de ingresos corrientes y de capital y las cantidades Artículo 10.- Los presupuestos públicos expresan estimadas para cada uno de ellos. No habrá rubro los planes nacionales regionales y locales, elaborados alguno que no esté representado por una cifra numérica dentro de las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la Nación aprobadas por la Las denominaciones de los diferentes rubros de ingreso Asamblea Nacional, en aquellos aspectos que exigen, serán lo suficientemente específicas como para por parte del sector público, captar y asignar identificar las respectivas fuentes. recursos conducentes al cumplimiento de las metas de desarrollo económico, social e institucional del país; y se ajustarán a las reglas de disciplina fiscal Artículo 14.- Los presupuestos públicos de gastos contendrán los corrientes y de capital, y utilizarán las contempladas en esta Ley y en la Ley del marco técnicas más adecuadas para formular, ejecutar, seguir plurianual del presupuesto. ( 7)(15) y evaluar las políticas, los planes de acción y la producción de bienes y servicios de los entes y órganos El plan operativo anual, coordinado por el Ministerio de Planificación y Desarrollo, será presentado ala del sector público, así como la incidencia económica y financiera de la ejecución de los gastos y la vinculación Asamblea Nacional en la misma oportunidad en la de éstos con sus fuentes de financiamiento. Para cada cual se efectúe la presentación formal del proyecto de ley de presupuesto. crédito presupuestario se establecerá el objetivo especifico a que esté dirigido, así como los resultados Artículo 11.- El Ejecutivo Nacional podrá establecer concretos que se espera obtener, en términos normas que limiten y establezcan controles al uso de cuantitativos, mediante indicadores de desempeño, los créditos presupuestarios de los entes referidos en siempre que ello sea técnicamente posible. el artículo 6, adicionales a las establecidas en esta Ley. Tales limitaciones no se aplicarán a los El reglamento de esta Ley establecerá las técnicas de presupuestos del Poder Legislativo, del Poder programación presupuestaria y los clasificadores de gastos e ingresos que serán utilizados. (2-3-4)(6) Judicial, de los órganos del Poder Ciudadano, del Poder Electoral, de los estados, del Distrito Artículo 15.- Las operaciones de financiamiento Metropolitano de la ciudad de Caracas, de los comprenden todas las fuentes y aplicaciones financieras, distritos, de los municipios y del Banco Central de Venezuela (140) sea que originen o no movimientos monetarios durante el ejercicio económico-financiero. Artículo 12.- Los presupuestos públicos Las fuentes financieras provienen de la disminución de comprenderán todos los ingresos y todos los gastos, activos financieros y de incrementos de pasivos, tales así como las operaciones de financiamiento sin como las operaciones de crédito público. 2
  • 3. Las aplicaciones financieras son incrementos de 2. Participar en la elaboración del plan operativo activos financieros y disminución de pasivos, tales anual y preparar el presupuesto consolidado del como la amortización de la deuda pública sector público. 3. Participar en la preparación del proyecto de ley Artículo 16.- Sin perjuicio del equilibrio económico del marco plurianual del presupuesto del sector de la gestión fiscal que se establezca para el período público nacional bajo los lineamientos de del marco plurianual del presupuesto, los política económica y fiscal que elaboren, presupuestos públicos deben mostrar equilibrio entre coordinadamente, el Ministerio de Planificación el total de las cantidades autorizadas para gastos y y Desarrollo, el Ministerio de Finanzas y el aplicaciones financieras y e l total de las cantidades Banco Central de Venezuela, de conformidad estimadas como ingresos y fuentes financieras. con la ley. 4. Preparar el proyecto de ley de presupuesto y Artículo 17.- En los presupuestos se indicarán las todos los informes que sean requeridos por las unidades administrativas que tengan a su cargo la autoridades competentes. producción de bienes y servicios prevista. En los 5. Analizar los proyectos de presupuesto que casos de ejecución presupuestaria con participación deban ser sometidos a su consideración y, de diferentes unidades administrativas de uno o cuando corresponda, proponerlas correcciones varios entes u órganos públicos, se indicará la que considere necesarias. actividad que a cada una de ellas corresponda y los 6. Aprobar, conjuntamente con la Oficina Nacional recursos asignados para el cumplimiento de las del Tesor o, la programación de la ejecución de metas previstas. la ley de presupuesto. 7. Preparar y dictar las normas e instrucciones Artículo 18.- Las autoridades correspondientes técnicas relativas al desarrollo de las diferentes designarán a los funcionarios encargados de las etapas del proceso presupuestario. metas y objetivos presupuestarios, quienes 8. Asesorar en materia presupuestarias a los entes participarán en su formulación y responderán del u órganos regidos por esta Ley. cumplimiento de los mismos y la utilización eficiente 9. Analizar las solicitudes de modificaciones de los recursos asignados. presupuestarias que deban ser sometidas a su consideración y emitir opinión al respecto. Cuando sea necesario establecer la coordinación 10. Evaluar la ejecución de los presupuestos entre programas de distintos entes u órganos se aplicando las normas y criterios establecidos crearán mecanismos técnico-administrativos con por esta Ley, su reglamento y las normas representación de las instituciones participantes en técnicas respectivas. dichos programas. 11. Informar al Ministro de Finanzas, con la periodicidad que éste lo requiera, acerca de la Artículo 19.- Cuando en los presupuestos se gestión presupuestaria del sector público. incluyan créditos para obras, bienes o servicios cuya 12. Las demás que le confiera la ley. ejecución exceda del ejercicio presupuestario, se (10)(16)(17)(21)(28) incluirá también la información correspondiente a su monto total, el cronograma de ejecución, los Artículo 22.- Los funcionarios y demás trabajadores al recursos erogados en ejercicios precedentes, los que servicio de los entes y órganos cuyos presupuestos se se erogarán en el futuro y la respectiva autorización rigen por esta Ley, estén obligados a suministrar las para gastar en el ejercicio presupuestario informaciones que requiera la Oficina Nacional de correspondiente. Si el financiamiento tuviere Presupuesto, así como a cumplirlas normas e diferentes orígenes se señalare además, si se trata instructivos técnicos que emanen de ella (8-9) de ingresos corrientes, de capital o de fuentes financie ras. Las informaciones a que se refiere este Artículo 23.- Cada uno de los entes y órganos cuyos artículo se desagregarán en el proyecto de ley de presupuestos se rigen por esta Ley, contarán con presupuesto y se evaluará su impacto en el marco unidades administrativas para el cumplimiento de las plurianual del presupuesto. funciones presupuestarias aquí establecidas. Estas unidades administrativas, acatarán las normas e Sección Segunda instructivos técnicos dictados por la Oficina Nacional de Organización del Sistema Presupuesto de conformidad con esta Ley y su reglamento. Artículo 20.- La Oficina Nacional de Presupuesto es el órgano rector del Sistema Presupuestario Público y Capítulo II estará bajo la responsabilidad y dirección de un Jefe Del Régimen Presupuestario de la República y de de Oficina, de libre nombramiento y remoción del sus entes Descentralizados Funcionalmente, Ministro de Finanzas. sin fines Empresariales Sección Primera Artículo 21.- La Oficina Nacional de Presupuesto es De los Entes y órganos Regidos por este Capítulo una dependencia especializada del Ministerio Finanzas y tiene las siguientes atribuciones: Artículo 24.- Se regirán por este Capítulo, los entes del sector público nacional indicados en los numerales 1, 6, 1. Participar en la formulación de los aspectos 7 y 10 del artículo 6 de esta Ley, salvo aquellos que por presupuestarios de la política financiera que, la naturaleza de sus funciones empresariales deban para el sector público nacional, elabore el regirse por el Capítulo IV de este Título. Ministerio de Finanzas. 3
  • 4. Sección Segunda del Marco Plurianual del las estimaciones de gastos para cada uno de los Presupuesto ejercicios fiscales del período. Estas estimaciones se vincularán con los pronósticos macroeconómicos Artículo 25.- El Proyecto de Ley del marco indicados para el mediano plazo, y las correspondientes plurianual del presupuesto será elaborado por el al primer año del período se explicitarán de manera que Ministerio de Finanzas, en coordinación con el constituyan la base de las negociaciones presupuestarias Ministerio de Planificación y Desarrollo y el Banco para ese ejercicio. (5)(14)(18)(19) Central de Venezuela, y establecerá los límites máximos de gasto y de endeudamiento que hayan de Artículo 27.- El Ejecutivo Nacional, por órgano del contemplarse en los presupuestos nacionales para un Ministro de Finanzas, presentará a la Asamblea Nacional período de tres años, los indicadores y demás reglas el proyecto de ley del marco plurianual del presupuesto, de disciplina fiscal que permitan asegurar la solvencia antes del quince de julio del primero y del cuarto año del y Sostenibilidad fiscal y equilibrarla gestión financiera período constitucional de la Presidencia de la República, nacional en dicho período, de manera que los y el mismo será sancionado antes del 15 de agosto del ingresos ordinarios sean suficientes para cubrir los mismo año de su presentación. gastos ordinarios. (11-12) Artículo 28.- El Ejecutivo Nacional presentará El marco plurianual del presupuesto especificará lo anualmente a la Asamblea Nacional, antes del quince de siguiente: (13) julio, un informe global contentivo de lo siguiente: 1. El período al cual corresponde y los 1. La evaluación de la ejecución de la ley de resultados financieros esperados de la presupuesto del ejercicio anterior, comparada gestión fiscal de cada año. Estos resultados con los presupuestos aprobados por la deberán compensarse de manera que la Asamblea Nacional, con la explicación de las sumatoria para el período muestre equilibrio diferencias ocurridas en materia de ingresos, o superávit entre ingresos ordinarios y gastos y resultados financieros. gastos ordinarios, entendiendo por los 2. Un documento con las propuestas más primeros, los ingresos corrientes deducidos relevantes que contendrá el proyecto de ley de los aportes al Fondo de Estabilización presupuesto para el año siguiente, con Macroeconómica y al Fondo de Ahorro indicación del monto general de dicho Intergeneracional, y por los segundos los presupuesto, su correspondencia con las metas gastos totales, excluida la inversión directa macroeconómicas y sociales definidas para el del gobierno central. El ajuste fiscal a los sector público en el marco plurianual del fines de lograr el equilibrio no se presupuesto y la Sostenibilidad de las mismas, concentrará en el último año del período del a los fines de proporcionarla base de la marco plurianual. discusión de dicho proyecto de ley. 2. El límite máximo del total del gasto 3. La cuenta ahorro-inversión-financiamiento y las causado, calculado para cada ejercicio del estimaciones agregadas de gasto para los dos período del marco plurianual, en relación al años siguientes, de conformidad con las producto interno bruto, con indicación del proyecciones macroeconómicas actualizadas y resultado financiero primario y del resultado la sostenibilidad de las mismas, de acuerdo con financiero no petrolero mínimos las limitaciones establecidas en la Ley del correspondientes a cada ejercicio, de marco plurianual del presupuesto. acuerd o con los requerimientos de La Asamblea Nacional comunicará al Ejecutivo Nacional sostenibilidad fiscal. (20) el acuerdo resultante de las deliberaciones efectuadas Se entenderá como resultado financiero primario la sobre el informe global a que se refiere este artículo, diferencia resultante entre los ingresos totales y los antes del quince de agosto de cada año. gastos totales, excluidos los gastos correspondientes a los intereses de la deuda pública, y como resultado Artículo 29.- Las modificaciones de los limites de gasto, financiero no petrolero, la resultante de la diferencia de endeudamiento y de resultados financieros entre los ingresos no petroleros y el gasto total. establecidos en la ley del marco plurianual del presupuesto sólo procederán en casos de estados de 3. El límite máximo de endeudamiento que excepción decretados de conformidad con la ley, o de haya de contemplarse para cada ejercicio variaciones que afecten significativamente el servicio de del período del marco plurianual, de acuerdo la deuda pública. En este último caso, el proyecto de con los requerimientos da sostenibilidad modificación será sometido por el Ejecutivo Nacional a la fiscal. El límite máximo de endeudamiento consideración de la Asamblea Nacional con una para cada ejercicio será definido a un nivel exposición razonada de las causas que la motiven y sólo prudente en relación con el tamaño de la podrán afectarse las reglas de límite máximo de gasto, economía, la inversión reproductiva y la de resultado primario y de resultado no petrolero de la capacidad de generar ingresos fiscales. Para gestión económico-financiera. la determinación de la capacidad de endeudamiento se tomará en cuenta el Sección Tercera monto global de los activos financieros de la De la Estructura de la Ley de Presupuesto República. Artículo 26.- El proyecto de Ley del marco Artículo 30.- La ley de presupuesto constará de tres plurianual del presupuesto irá acompañado de la títulos cuyos contenidos serán los siguientes: (22) cuenta ahorro-inversión-financiamiento TITULO I Disposiciones Generales presupuestada para el período a que se refiere dicho TITULO Ii Presupuestario De Ingresos Y Gastos Y marco, los objetivos de política económica, con Operaciones De Financiamiento De La República expresa indicación de la política fiscal, así como de (23)(38) 4
  • 5. TITULO III Presupuesto De Ingresos Y Gastos Y 3. Los que resulten de la gestión de los servicios Operaciones De Financiamiento De Los Entes autónomos sin personalidad jurídica. Descentralizados Funcionalmente De La Repú blica, 4. El producto de las contribuciones especiales. Sin Fines Empresariales (24) Sección Cuarta De la Formulación del Presupuesto de la Re pública Artículo 31.- Las disposiciones generales de la ley y de sus Entes Descentralizados sin Fines de presupuesto constituirán normas complementarias Empresariales del Título B de esta Ley que regirán para cada ejercicio presupuestario y contendrán normas que se Artículo 35.- El Presidente de la República, en Consejo relacionen directa y exclusivamente con la de Ministros, fijará anualmente los lineamientos aprobación, ejecución y evaluación del presupuesto generales para la formulación del proyecto de ley de del que forman parte. En consecuencia, no podrán presupuesto y las prioridades de gasto, atendiendo a los contener disposiciones de carácter permanente, ni límites y estimaciones establecidos en la ley del marco reformar o derogar leyes vigentes, o crear, modificar plurianual del presupuesto. (31) o suprimir tributos u otros ingresos, salvo que se trate de modificaciones autorizadas por las leyes A tal fin, el Ministerio de Planificación y Desarrollo creadoras de los respectivos tributos. practicará una evaluación del cumplimiento de los planes y políticas nacionales y de desarrollo general del país, así Artículo 32.- Se considerarán ingresos de la como una proyección de las variables macroeconómicas República aquellos que se prevea recaudar durante el y la estimación de metas físicas que contendrá el plan ejercicio y el financiamiento proveniente de operativo anual para el ejercicio que se formulará. donaciones, representen o no entradas de dinero en efectivo al Tesoro. (25) El Ministerio de Finanzas, con el objeto de delimitar el En el presupuesto de gastos de la República se impacto anual del marco plurianual del presupuesto, por identificará la producción de bienes y servicios que órgano de la Oficina Nacional de Presupuesto, preparará cada uno de los organismos ordenadores se propone los lineamientos de política que regirán la formulación alcanzar en el ejercicio y los créditos presupuestarios del presupuesto. correspondientes. Los créditos presupuestarios expresarán los gastos que se estime han de causarse Artículo 36.- La Oficina Nacional de Presupuesto en el ejercicio, se traduzcan o no en salida de fondos elaborará el proyecto de ley de presupuesto atendiendo del Tesoro. (27) a los anteproyectos preparados por los órganos de la República y los entes descentralizados funcionalmente Las operaciones financieras contendrán todas las sin fines empresariales, y con los ajustes que resulte fuentes financieras, incluidos los excedentes que se necesario introducir. (32)(33) estimen existentes ala fecha del cierre del ejercicio anterior al que se presupuesta, calculadas de Artículo 37.- Los órganos del Poder Judicial, del Poder conformidad con lo que establezca el reglamento de Ciudadano y del Poder Electoral formularán sus esta Ley, así como las aplicaciones financieras del respectivos proyectos de presupuesto de gastos ejercicio. tomando en cuenta las limitaciones establecidas en la Constitución y en la ley del marco plurianual del Artículo 33.- Los presupuestos de los entes presupuesto y los tramitarán ante la Asamblea Nacional, descentralizados funcionalmente comprenderán sus pero deberán remitirlos al Ejecutivo Nacional a los ingresos, gastos y financiamientos. Los presupuestos efectos de su inclusión en el proyecto de ley de de ingresos incluirán todos aquellos que se han de presupuesto. recaudar durante el ejercicio. Los presupuestos de gastos identificarán la producción de bienes y Artículo 38.- El proyecto de ley de presupuesto será servicios, así como los créditos presupuestarios presentado por el Ejecutivo a la Asamblea Nacional antes requeridos para ello. Los créditos presupuestarios del quince de octubre de cada año. Será acompañado de expresarán los gastos que se estime han de causarse una exposición de motivos que, dentro del contexto de la en el ejercicio, se traduzcan o no en salidas de ley del marco plurianual del presupuesto y en fondos en efectivo. Las operaciones financieras se consideración del acuerdo de la Asamblea Nacional a que presupuestarán tal como se establece para la se refiere el artículo 28 de esta Ley, exprese los República en el artículo anterior. (26) objetivos que se propone alcanzar y las explicaciones adicionales relativas a la metodología utilizada para las Artículo 34.- No se podrá destinar específicamente estimaciones de ingresos y fuentes financieras y para la el producto de ningún ramo de ingreso con el fin de determinación de las autorizaciones para gastos y atender el pago de determinados gastos, ni aplicaciones financieras, así como las demás predeterminarse asignaciones presupuestarias para informaciones y elementos de juicio que estime atender gastos de entes o funciones estatales oportuno. (30)(32) específicas, salvo las afectaciones constitucionales. No obstante y sin que ello constituye la posibilidad de Artículo 39.- Si por cualquier causa el Ejecutivo no realizar gastos extrapresupuestarios, podrán ser hubiese presentado ala Asamblea Nacional, dentro del afectados para fines específicos los siguientes plazo previsto en el artículo anterior, el proyecto de ley ingresos: de presupuesto, o si el mismo fuere rechazado o no aprobado por la Asamblea Nacional antes del quince de 1. Los provenientes de donaciones, herencias o diciembre de cada año, el presupuesto vigente se legados a favor de la República o sus entes reconducirá, con los siguientes ajustes que introducirá el descentralizados funcionalmente sin fines Ejecutivo Nacional: empresariales, con destino específico. 2. Los recursos provenientes de operaciones de 1. En los presupuestos de ingreso: crédito público. a. Eliminará los ramos de ingreso que no 5
  • 6. pueden ser recaudados nuevamente. De la Ejecución del Presupuesto de la República y b. Estimará cada uno de los ramos de de sus Entes Descentralizados sin Fines ingreso para el nuevo ejercicio. Empresariales 2. En los presupuestos de gasto: a. Eliminará los créditos presupuestarios que Artículo 43.-Si durante la ejecución del presupuesto se no deben repetirse, por haberse cumplido evidencia una reducción de los ingresos previstos para el los fines para los cuales fueron previstos. ejercicio, en relación con las estimaciones de la ley de b. Incluirá en el presupuesto de la República presupuesto, que no pueda ser compensada con la asignación por concepto del Situado recursos del Fondo de Estabilización Macroeconómica a Constitucional correspondiente a los que se refiere el Capítulo I del Título VIII de esta Ley, el ingresos ordinarios que se estimen para el Presidente de la República, en Consejo de Ministros, nuevo ejercicio, y los aportes que deban ser ordenará los ajustes necesarios, oídas las opiniones del hechos de conformidad con lo establecido Ministerio de Planificación y Desarrollo y del Ministerio de por las leyes vigentes para la fecha de Finanzas por órgano de la Oficina Nacional de presentación del proyecto de ley de Presupuesto y la Oficina Nacional del Tesoro. La decisión presupuesto respectivo. será publicada en la Gaceta Oficial de la República c. Incluirá los créditos presupuestarios Bolivariana de Venezuela. indispensables para el pago de los intereses de la deuda pública y las cuotas que se Artículo 44.- Los reintegros de fondos erogados, deban aportar por concepto de compromisos cuando corresponda, deberán ser restablecidos en el derivados de la ejecución de tratados nivel de agregación que haya aprobado la Asamblea internacionales. Nacional, siempre que la devolución se efectúe durante d. Incluirá los créditos presupuestarios la ejecución del presupuesto bajo cuyo régimen se hizo indispensables para asegurar la continuidad la operación. y eficiencia de la administración del Estado y, en especial, de los servicios educativos, Artículo 45.- Los niveles de agregación que haya sanitarios, asistenciales y de seguridad. aprobado la Asamblea Nacional en los gastos y 3. En las operaciones de financiamiento: aplicaciones financieras de la ley de presupuesto a. Suprimirá los recursos provenientes de constituyen los límites máximos de las autorizaciones operaciones da crédito público autorizadas, disponibles para gastar. (42) en la cuantía en que fueron utilizados. b. Excluirá los excedentes de ejercicios Artículo 46.- Una vez promulgada la ley de anteriores, en el caso de que el presupuesto presupuesto, el Presidente de la República decretará la que se reconduce hubiere previsto su distribución general del presupuesto de gastos, la cual utilización. consistirá en la presentación desagregada hasta el c. Incluirá los recursos provenientes de último nivel previsto en los clasificadores y categorías de operaciones de crédito público, cuya programación utilizadas, de los créditos y realizaciones percepción deba ocurrir en el ejercicio contenidas en la ley de presupuesto. (41) correspondiente. d. Incluirá las aplicaciones financieras Artículo 47.- Se considera gastado un crédito cuando indispensables para la amortización de la queda afectado definitivamente al causarse un gasto. El deuda pública. reglamento de esta Ley establecerá los criterios y 4. Adaptará los objetivos y metas a las procedimientos para la aplicación de este artículo. (56) modificaciones que resulten de los ajustes anteriores. Artículo 48.- Los órganos de la República así como los Artículo 40.- En caso da reconducción el Ejecutivo entes descentralizados funcionalmente sin fines Nacional ordenará la publicación del correspondiente empresariales están obligados a llevar los registros de decreto en la Gaceta Oficial de la República ejecución presupuestaria, en las condiciones que fije el Bolivariana de Venezuela reglamento de esta Ley. En todo caso, se registrará la liquidación o el momento en que se devenguen los Artículo 41.- Durante el período de vigencia de los ingresos y su recaudación efectiva; y en materia de presupuestos reconducidos regirán las disposiciones gastos, además del momento en que se causen éstos, generales de la ley de presupuesto anterior, en según lo establece el artículo anterior, las etapas del cuanto sean aplicables. compromiso y del pago. (56) Artículo 42.- Si la Asamblea Nacional sancionare la El registro del compromiso se utilizará como mecanismo ley de presupuesto durante el curso del primer para afectar preventivamente la disponibilidad de los trimestre del año en que hubieren entrado en créditos presupuestarios; y el del pago para reflejarla vigencia los presupuestos reconducidos, esa ley cancelación de las obligaciones asumidas. (58) regirá desde el primero de abril hasta el treinta y uno de diciembre, y se darán por aprobados los créditos Artículo 49.- No se podrán adquirir compromisos para presupuestarios equivalentes a los compromisos los cuales no existan créditos presupuestarios, ni adquiridos con cargo a los Presupuestos disponer de créditos para una finalidad distinta a la reconducidos. Si para el treinta y uno de marzo no prevista. (57)(59) hubiese sido sancionada dicha ley, los presupuestos reconducidos se considerarán definitivamente Artículo 50.- Los órganos de la República así como los vigentes hasta el término del ejercicio. entes descentralizados funcionalmente sin fines empresariales programarán, para cada ejercicio, la Sección Quinta ejecución física y financiera de los presupuestos, siguiendo las normas que fijará el reglamento de esta Ley y las disposiciones complementarias y 6
  • 7. procedimientos técnicos que dicten la Oficina Artículo 53.- En el presupuesto de gastos de la Nacional de Presupuesto y la Oficina Nacional del República se incorporará un crédito denominado: Tesoro. Dicha programación será aprobada por los Rectificaciones al Presupuesto, cuyo monto no podrá ser referidos órganos rectores, con las variaciones que inferior a cero coma cinco por ciento ni superior al uno estimen necesarias para coordinarla con el flujo de por ciento de los ingresos ordinarios estimados en el los ingresos. ( 39)(40)(43)(44)(45)(46)(47)(48) mismo presupuesto. El Ejecutivo Nacional podrá disponer de este crédito para atender gastos imprevistos El monto total de las cuotas de compromisos fijadas que se presenten en el transcurso del ejercicio o para para el ejercicio no podrá ser superior al monto de aumentar los créditos presupuestarios que resultaren los recursos que se estime recaudar durante el insuficientes, previa autorización del Presidente de la mismo. República en Consejo de Ministros. La decisión será publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana Artículo 51.- El Director del Despacho del de Venezuela. Salvo casos de emergencia, los recursos Presidente de la República, el Vicepresidente de este crédito no podrán destinarse a crear nuevos Ejecutivo de la República, los Ministros, el Presidente créditos ni a cubrir gastos cuyas asignaciones hayan sido de la Asamblea Nacional, el Presidente del Tribunal disminuidas por los mecanismos formales de Supremo de Justicia, el Presidente del Consejo Moral modificación presupuestaria. Republicano, el Contralor General de la República, el Fiscal General de la República, el Defensor del No se podrán decretar créditos adicionales a los créditos Pueblo, el Presidente del Consejo Nacional Electoral, para rectificaciones de presupuesto, ni incrementar esto el Procurador General de la República, el mediante traspaso. Superintendente Nacional de Auditoria Interna y las máximas autoridades de los entes descentralizados Artículo 54.- Ningún pago puede ser ordenado sino sin fines empresariales, serán los ordenadores de para pagar obligaciones válidamente contraídas y compromisos y pagos en cuanto el presupuesto de causadas, salvo lo previsto en el Artículo 113 de esta cada uno de los entes u organismos que dirigen. Ley. Dichas facultades se ejercerán y podrán delegarse de acuerdo con lo que fije el reglamento de esta Ley, Artículo 55.- El reglamento de esta Ley establecerá las salvo lo relativo a la Asamblea Nacional la cual se normas sobre la ejecución y ordenación de los regirá por sus disposiciones internas. compromisos y los pagos, las piezas justificativas que (49)(50)(51)(132) deben componerlos expedientes en que se funden dichas ordenaciones y cualquier otro aspecto relacionado con la Artículo 52.- Quedarán reservadas a la Asamblea ejecución del presupuesto de gastos que no esté Nacional, a solicitud del Ejecutivo Nacional, las expresamente señalado en la presente Ley. modificaciones que aumenten el monto total del (50)(60 a 86) presupuesto de gastos de la República, para las cuales se tramitarán los respectivos créditos Los ordenadores de pagos podrán recibir las propuestas adicionales; las modificaciones de los límites y librar las correspondientes solicitudes de pago por máximos para gastar aprobados por ésta, en la medios informáticos. En este supuesto, la cuantía que determine la ley de presupuesto. (187) documentación justificativa del gasto realizado quedará en aquellas unidades en las que se reconocieron las Las modificaciones que impliquen incremento del obligaciones, a los fines de la rendición de cuentas. gasto corriente en detrimento del gasto de capital, sólo podrán ser autorizadas por la Asamblea Nacional Sección Sexta en casos excepcionales debidamente documentados De la Liquidación del Presupuesto de la República y por el Ejecutivo Nacional. de sus Entes Descentralizados Funcionalmente sin Fines Empresariales No se podrán efectuar modificaciones presupuestarias que impliquen incrementar los Artículo 56.- Las cuentas de los pr esupuestos da gastos corrie ntes en detrimento de los gastos del ingresos y gastos se cerrarán al 31 de diciembre cada servicio de la deuda pública. año. Después de esa fecha, los ingresos que se recauden se considerarán parte del presupuesto vigente, con Los créditos adicionales al presupuesto de gastos que independencia de la fecha en que se hubiere originado la hayan de financiarse con ingresos provenientes de obligación de pago o liquidación de los mismos. Con operaciones de crédito público serán decretados por posterioridad al treinta y uno de diciembre de cada año, el Poder Ejecutivo, con la sola autorización contenida no podrán asumirse compromisos ni causarse gastos con en la correspondiente ley de endeudamiento. cargo al ejercicio que se cierra en esa fecha. (131)(135) El Poder Ejecutivo autorizará las modificaciones de los presupuestos de los entes descentralizados sin Artículo 57.- Los gastos causados y no pagados al fines empresariales, según el procedimiento que treinta y uno de diciembre de cada año se pagarán establezca el reglamento e informará durante el año siguiente, con cargo alas disponibilidades inmediatamente de las mismas ala Asamblea en caja y banco existentes a la fecha señalada. Nacional. (134)(137) El reglamento de esta Ley establecerá los alcances y Los Gastos comprometidos y no causados al treinta y mecanismos para efectuar las modificaciones a los uno de diciembre de cada año se imputarán presupuestos que resulten necesarias durante su automáticamente al ejercicio siguiente, afectando los ejecución. (88)(89)(90)(91)(92)(140) mismos a los créditos disponibles para ese ejercicio.(135) 7
  • 8. Los compromisos originados en sentencia judicial El reglamento de esta Ley establecerá los métodos y firme con autoridad de cosa juzgada o reconocidos procedimientos para la aplicación de las disposiciones administrativamente de conformidad con los contenidas en esta Sección, así como el uso que se dará procedimientos establecidos en la Ley Orgánica de la a la información generada. Procuraduría General de la República y en el reglamento de esta Ley, así como los derivados de Artículo 61.- Si de la evaluación de los resultados reintegros que deban efectuarse por concepto de físicos se evidenciare incumplimientos injustificados de tributos recaudados en exceso, se pagarán con cargo las metas y objetivos programados, la Oficina Nacional al crédito presupuestario que, a tal efecto, se incluirá de Presupuesto actuará de conformidad con lo en el respectivo presupuesto de gastos. establecido en el Título IX de esta Ley. El reglamento de esta Ley establecerá los plazos y Capítulo III los mecanismos para la aplicación de estas Del Régimen Presupuestario de los Estados, del disposiciones. (133) Distrito Metropolitano de la Ciudad de Caracas, de los Distritos y de los Municipios Artículo 58.- Al término del ejercicio se reunirá información de las dependencias responsables de la Artículo 62.- El proceso presupuestario de los estados, liquidación y captación de ingresos de la República y distritos y municipios se regirá por la Ley Orgánica de de sus entes descentralizados funcionalmente sin Régimen Municipal, las leyes estadales y las ordenanzas fines empresariales y se procederá al cierre de los municipales respectivas, pero se ajustará, en cuanto sea respectivos presupuestos de ingresos. posible, a las disposiciones técnicas que establezca la Oficina Nacional de Presupuesto. Del mismo modo procederán los organismos ordenadores de gastos y pagos con el presupuesto Las leyes y ordenanzas de presupuesto de los estados, de gastos de la República y de sus entes distritos y municipios, dentro de los sesenta días descentralizados sin fines empresariales. siguientes a su aprobación, se remitirán, a través del Vicepresidente Ejecutivo de la República, a la Asamblea Esta información, junto al análisis de correspondencia Nacional, al Concejo Federal de Gobierno, al Ministerio entre los gastos y la producción de bienes y servicios de Planificación y Desarrollo y a la Oficina Nacional de que preparará la Oficina Nacional de Presupuesto, Presupuesto, a los solos fines de información. Dentro de será centralizada en la Oficina Nacional de los treinta días siguientes al fin de cada trimestre, Contabilidad Pública, para la elaboración de la Cuenta remitirán, igualmente, a la Oficina Nacional de General de Hacienda que el Ejecutivo Nacional debe Presupuesto información acerca de la respectiva gestión rendir anualmente antela Asamblea Nacional de la presupuestaria República, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de esta Ley. Artículo 63.- El régimen presupuestario del Distrito Metropolitano de la Ciudad de Caracas, se ajustará a las Sección Séptima disposiciones de la Ley Especial sobre el Régimen del De la Evaluación de la Ejecución Distrito Metropolitano de Caracas. Presupuestaria Artículo 64.- Los principios y disposiciones establecidos Artículo 59.- La Oficina Nacional de Presupuesto para la administración financiera nacional regirán la de evaluará la ejecución de los presupuestos de la los estados, distritos y municipios, en cuanto sean República y sus entes descentralizados aplicables. A estos fines, las disposiciones que regulen la funcionalmente sin fines empresariales, tanto materia en dichas entidades, se ajustarán a los durante el ejercicio, como al cierre de los mismos. principios constitucionales y a los establecidos en esta Para ello, los entes y sus órganos están obligados a Ley para su ejecución y desarrollo. lo siguiente: Capítulo IV 1. Llevar registros de información de la Del Régimen Presupuestario de las Sociedades ejecución física de su presupuesto, sobre la Mercantiles del Estado y otros Entes base de los indicadores de gestión previstos Descentralizados Funcionalmente con fines y de acuerdo con las normas técnicas Empresariales correspondientes. 2. Participar los resultados de la ejecución Artículo 65.- Se regirán por este Capítulo los entes del física de sus presupuestos a la Oficina sector público nacional a que se refieren los numerales 8 Nacional de Presupuesto, dentro de los y 9 del artículo 6 de esta Ley, así como los otros entes plazos que determine el reglamento de esta descentralizados funcionalmente con fines empresariales Ley. de acuerdo con la definición contenida en el artículo 7 de Artículo 60.- La Oficina Nacional de Presupuesto, esta Ley. ( 117) con base en la información que señala el artículo 58, la que suministre el sistema de contabilidad pública y Artículo 66.- Los directorios o la máxima autoridad de otras que se consideren pertinentes, realizará un los entes regidos por este Capítulo, aprobarán el análisis crítico de los resultados físicos y financieros proyecto de presupuesto anual de su gestión y lo obtenidos y de sus efectos, interpretará las remitirán, a través del correspondiente órgano de variaciones operadas con respecto a lo programado, adscripción, a la Oficina Nacional de Presupuesto, antes procurará determinar sus causas y preparará del treinta de septiembre del año anterior al que regirá. informes con recomendaciones para los organismos Los proyectos de presupuesto expresarán las políticas afectados y el Ministerio de Planificación y Desarrollo. generales contenidas en la ley del marco plurianual del presupuesto y los lineamientos específicos que, en materia presupuestaria, establezca el Ministro de 8
  • 9. Finanzas; contendrán los planes de acción, las sustancialmente la inversión programada o incrementen autorizaciones de gastos y su financiamiento, el el endeudamiento autorizado, serán aprobadas por el presupuesto de caja y los recursos humanos a utilizar Ejecutivo Nacional, oída la opinión de la Oficina Nacional y permitirán establecerlos resultados operativo, de Presupuesto. En el marco de esta norma y con la económico y financiero previstos para la gestión opinión favorable del ente u órgano de adscripción y de respectiva. (118)(120) dicha Oficina, los entes regidos por este Capítulo establecerán su propio sistema de modificaciones El presupuesto de gastos operativos del Banco presupuestarias. (129) Central de Venezuela será sometido directamente a la discusión y aprobación de la Asamblea Nacional. Artículo 73.- Al término de cada ejercicio económico financiero, las sociedades mercantiles y otros entes Artículo 67.- Los proyectos de presupuesto de descentralizados funcionalmente con fines empresariales ingreso y de gasto deben formularse utilizando el procederán al cierre de cuentas de su presupuesto de momento del devengado y de la causación de las ingresos y gastos. transacciones respectivamente, como base contable. (124)(125) Artículo 74.- Se prohibe a los entes y órganos regidos por el Capítulo II de este Título realizar portes o Artículo 68.- La Oficina Nacional de Presupuesto transferencias a sociedades del Estado y otros entes analizará los proyectos de presupuesto de los entes descentralizados funcionalmente con fines empresariales regidos por este Capítulo a los fines de verificar si los cuyo presupuesto no esté aprobado en los términos de mismos encuadran en el marco de las políticas, esta Ley, ni haya sido publicado en la Gaceta Oficial de planes y estrategias fijados para este tipo de la República Bolivariana de Venezuela, requisitos que instituciones. En el informe que al efecto deberá también serán imprescindibles para realizar operaciones producir en cada caso propondrá los ajustes a de crédito público. practicar si, a su juicio, la aprobación del proyecto de presupuesto sin modificaciones puede causar un Capítulo V perjuicio patrimonial al Estado o atentar contra los Del Presupuesto Consolidado del Sector Público resultados de las políticas y planes vigentes. Artículo 75.- La Oficina Nacional de Presupuesto Artículo 69.- Los proyectos de presupuesto, preparará anualmente el presupuesto consolidado del acompañados del informe mencionado en el artículo sector público, el cual presentará información sobre las anterior, serán sometidos a la aprobación del transacciones netas que realizará este sector con el Presidente de la República, en Consejo de Ministros, resto de la economía y contendrá como mínimo, la de acuerdo con las modalidades y los plazos que información siguiente ( 142)(143) establezca el reglamento de esta Ley. El Ejecutivo Nacional aprobare antes del treinta y uno de 1. Una síntesis de la ley de presupuesto. diciembre de cada año, con los ajustes que considere 2. Los aspectos básicos de los presupuestos de convenientes, los presupuestos de las sociedades del cada uno de los entes regidos por el Capítulo IV Estado u otros entes descentralizados funcionalmente de este Título. con fines empresariales. Esta aprobación no 3. La consolidación de los ingresos y gastos significará limitaciones en cuanto a los volúmenes de públicos y su presentación en agregados ingresos y gastos presupuestarios y sólo establecerá institucionales útiles para el análisis económico. la conformidad entre los objetivos y metas de la 4. Una referencia a los principales proyectos de gestión empresarial con la política sectorial que inversión en ejecución por el sector público. imparta el organismo de adscripción. 5. Información acerca de la producción de bienes y servicios y de los recursos humanos que se Si los entes regidos por este Capítulo no presentaren estima utilizar, así como la relación de ambos sus proyectos de presupuesto en el plazo previsto en aspectos con los recursos financieros. el artículo 66, la Oficina Nacional de Presupuesto 6. Un análisis de los efectos económicos de los elaborará de oficio los respectivos presupuestos y los recursos y gastos consolidados sobre el resto de someterá a consideración del Ejecutivo Nacional. la economía. Para los fines señalados, dicha Oficina tomará en El presupuesto consolidado del sector público será cuenta el presupuesto anterior y la información presentado al Ejecutivo Nacional antes del treinta de acumulada sobre su ejecución. mayo del año de su vigencia. Una vez aprobado por el Ejecutivo Nacional, será remitido la Asamblea Nacional Artículo 70.- Quienes representen acciones o con fines informativos. participaciones del Estado en sociedades y entes descentralizados funcionalmente con fines TITULO III empresariales, en los órganos facultados para DEL SISTEMA DE CRÉDITO PÚBLICO aprobar los respectivos presupuestos, propondrán y votarán el presupuesto aprobado por el Ejecutivo Capítulo I Nacional. De la Deuda Pública y de las Operaciones que la Generan Artículo 71.- El Ejecutivo Nacional publicará en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Artículo 76.- Se denomina crédito público a la Venezuela una síntesis de los presupuestos de los capacidad de los entes regidos por esta Ley para entes regidos por este Capítulo. endeudarse. Las operaciones de crédito público se regirán por las disposiciones de esta Ley, su reglamento, Artículo 72.- Las modificaciones presupuestarias las previsiones de la ley del marco plurianual del que impliquen la dism inución de los resultados presupuesto y por las leyes especiales, decretos, operativos o económicos previstos, alteren resoluciones y convenios relativos a cada operación. 9
  • 10. especializados, que permitan medir la capacidad Artículo 77.- Son operaciones de crédito público: económica del país para atender las obligaciones de la deuda pública. 1. La emisión y colocación de títulos, incluidas las letras del tesoro, constitutivos de Una vez sancionada la ley de endeudamiento anual, el empréstitos o de operaciones de tesorería. Ejecutivo Nacional procederá a celebrar las operaciones 2. La apertura de créditos de cualquier de crédito público. En todo caso será necesaria la naturaleza. autorización de cada operación de crédito público por la 3. La contratación de obras, servicios o Comisión Permanente de Finanzas de la Asamblea adquisiciones cuyo pago total o parcial se Nacional, quien dispondrá de un plazo de diez (10) días estipule realizar en el transcurso de uno o hábiles para decidir, contados a partir de la fecha en que más ejercicios posteriores a aquél en que se se dé cuenta de la solicitud en reunión ordinaria. Si haya causado el objeto del contrato, transcurrido este lapso la Comisión Permanente de siempre que la operación comporte un Finanzas de la Asamblea Nacional no se hubiere financiamiento. pronunciado, la solicitud se dará por aprobada. La 4. El otorgamiento de garantías. solicitud del Ejecutivo deberá ser acompañada de la 5. La consolidación, conversión, unificación o opinión del Banco Central de Venezuela, tal como se cualquier forma de refinanciamiento o especifica en el Artículo 86 de esta Ley, para la reestructuración de deuda pública existente. operación específica. Artículo 78.- Las operaciones de crédito público tendrán por objeto arbitrar recursos o fondos para realizar inversiones reproductivas, atender casos de Artículo 81.- Por encima del monto máximo a contratar evidente necesidad o de conveniencia nacional, autorizado por la ley de endeudamiento anual conforme incluida la dotación de títulos públicos al Banco al artículo precedente, sólo podrán celebrarse aquellas Central de Venezuela para la realización de operaciones requeridas para hacer frente a gastos operaciones de mercado abierto con fines de extraordinarios producto de calamidades o de regulación monetaria y cubrir necesidades catástrofes públicas, y aquéllas que tengan por objeto el transitorias de tesorería. refinanciamiento o reestructuración de deuda pública, las cuales deberán autorizarse mediante ley especial. En Capítulo II este último caso, la Asamblea Nacional podrá otorgar al De la Autorización para Celebrar Operaciones Poder Ejecutivo una autorización general para adoptar, de Crédito Público dentro de límites, condiciones y plazos determinados, programas generales de refinanciamiento. Artículo 79.- Los entes regidos por esta Ley no podrán celebrar ninguna operación de crédito público Artículo 82.- En los casos en que haya reconducción sin la autorización de la Asamblea Nacional, otorgada del presupuesto, se entenderá que el monto autorizado mediante ley especial. para el endeudamiento del año será igual al del año anterior, con las deducciones a que se refiere el numeral Los estados, los distritos, los municipios y las demás 3, literal a) del artículo 39 de esta Ley. entidades a que se refiere el Capítulo III del Título II de esta Ley, previo acuerdo del respectivo consejo Igualmente, el Ejecutivo Nacional presentará a la legislativo, cabildo o concejo municipal, enviarán la Asamblea Nacional, en la fecha que considere respectiva solicitud al Ejecutivo Nacional para que, conveniente, la ley especial de endeudamiento anual, una vez aprobada por el Presidente de la República correspondiente al presupuesto reconducido, atendiendo en Consejo de Ministros, sea sometida a la a lo previsto en el artículo 80. En estos casos, los autorización de la Asamblea Nacional. créditos se incorporarán al presupuesto conforme ala autorización que deberá contenerla ley especial de Artículo 80.- Conjuntamente con el proyecto de ley endeudamiento. de presupuesto, el Ejecutivo presentará a la Asamblea Nacional, para su autorización mediante Artículo 83.- En la ley especial de endeudamiento ley especial que será promulgada simultáneamente anual se indicarán las modalidades de las operaciones y con la Ley de Presupuesto, el monto máximo de las se autorizará la inclusión de los correspondientes operaciones de crédito público a contratar durante el créditos presupuestarios en la ley de presupuesto. En los ejercicio presupuestario respectivo por la República, supuestos a que se refieren los artículo 81 y 82, la ley el monto máximo de endeudamiento neto que podrá de endeudamiento autorizará los respectivos créditos contraer durante ese ejercicio así como el monto adicionales. máximo en Letras del Tesoro que podrán estar en circulación al cierre del respectivo ejercicio En ningún caso la ley especial de endeudamiento anual presupuestario. podrá establecer prohibiciones o formalidades autorizatorias adicionales a las previstas en esta Ley. Los montos máximos referidos se determinarán, de Artículo 84.- En uso de la autorización a que se refieren conformidad con las previsiones de la Ley del Marco los artículo 80, 81 y 82 de este Capítulo, el Ejecutivo Plurianual de Presupuesto, atendiendo a la capacidad Nacional podrá establecer que los entes descentralizados de pago y a los requerimientos de un desarrollo realicen directamente aquellas operaciones que sean de ordenado de la economía, y se tomarán como su competencia o bien que la República les transfiera los referencia los ingresos fiscales previstos para el año, fondos obtenidos en las operaciones que ella realice. las exigencias del servicio de la deuda existente, el Esta transferencia se hará en la forma que determine el producto interno bruto, el ingreso de exportaciones y Ejecutivo Nacional y en todo caso le corresponderá aquellos índices macroeconómicos elaborados por el decidir si mantiene, cede, remite o capitaliza la Banco Central de Venezuela u otros organismos 10
  • 11. acreencia, total o parcialmente, en los términos y Estado la Industria y el Comercio de los Hidrocarburos, y condiciones que él mismo determine. las creadas o que se crearen de conformidad con el artículo 10 del Decreto Ley N° 580 del 26 de noviembre Artículo 85.- En el caso de los contratos de 1974, media nte el cual se reservó al Estado la plurianuales previstos en el numeral 3 del artículo 77 industria de la explotación del mineral de hierro; de esta Ley, la ley de presupuesto en que se incluya siempre y cuando se certifique la capacidad de pago de el primer pago autorizará al Ejecutivo Nacional para las sociedades mencionadas. contratar el total de las obras, servicios o adquisiciones de que se trate. En tal caso dicha ley A los fines de la certificación de la capacidad de pago, la indicará, expresamente, la autorización para respectiva sociedad publicará en un diario de circulación contratar que se dé al Ejecutivo Nacional y ordenará nacional y, por lo menos, en un diario de la zona donde la inclusión en los sucesivos presupuestos de las tenga su sede principal dentro de los quince días hábiles asignaciones correspondientes a los pagos anuales siguientes a la terminación de su ejercicio económico, un que se hayan convenido. balance con indicación expresa del monto del endeudamiento pendiente, debidamente suscrito por un Artículo 86.- El Banco Central de Venezuela será contador público inscrito en el Registro de Contadores consultado por el Ejecutivo Nacional sobre los efectos Públicos en Ejercicio Independiente de la Profesión que fiscales y macroeconómicos del endeudamiento y el lleva la Comisión Nacional de Valores. monto máximo de letras del tesoro que se prevean en el proyecto de ley de endeudamiento anual a que Artículo 90.- Los institutos autónomos cuyo objeto se refiere este Capítulo. principal sea la actividad financiera así como las sociedades mercantiles del Estado, están exceptuados Así mismo será consultado sobre el impacto del requisito de la ley especial autorizatoria para realizar monetario y las condiciones financieras de cada operaciones de crédito público; sin embargo, requerirán operación de crédito público. Dicha opinión no la autorización del Presidente de la República, en vinculante la emitirá el Banco Central de Venezuela Consejo de Ministros. En todo caso, el monto de las en un plazo de cinco días hábiles contados a partir de obligaciones pendientes por tales operaciones, más el la recepción de la solicitud de opinión. Si transcurrido monto de las operaciones a tramitarse, no excederá de este lapso el Banco Central de Venezuela no se dos veces el patrimonio del respectivo instituto hubiere pronunciado, el Ejecutivo Nacional podrá autónomo o el capital de la sociedad. continuarla tramitación de las operaciones consultadas. Capítulo IV De las Prohibiciones en Materia de Operaciones de Capítulo III Crédito Público De las Operaciones y Entes Exceptuados del Régimen Previsto en este Título o de la Artículo 91.- No realizarán operaciones de crédito Autorización Legislativa público, los institutos autónomos y demás personas jurídicas públicas descentralizadas funcionalmente que Artículo 87.- No requerirán ley especial que las no ten gan el carácter de sociedades mercantiles, así autorice, las operaciones siguientes: como las fundaciones constituidas y dirigidas por algunas de las personas jurídicas referidas en el artículo 1. La emisión y colocación de letras del tesoro 6 de esta Ley. con la limitación establecida en el artículo 80 de esta Ley, así como cualesquiera otras Se exceptúan de esta prohibición los institutos operaciones de tesorería cuyo vencimiento autónomos cuyo objeto principal sea la actividad no trascienda el ejercicio presupuestario en financiera, a los solos efectos del cumplimiento de dicho el que se realicen. objeto, así como también las operaciones a que se 2. Las obligaciones derivadas de la refiere el numeral 3 del artículo 77 de esta Ley. participación de la República en instituciones financieras internacionales en las que ésta Artículo 92.- Se prohibe a la República y alas sea miembro. sociedades cuyo objeto no sea la actividad financiera, Artículo 88.- No se requerirá ley autorizatoria para otorgar garantías para respaldar obligaciones de las operaciones de refinanciamiento o terceros, salvo las que se autoricen conforme al régimen reestructuración que tengan como objeto la legal sobre concesiones de obras públicas y servicios reducción del tipo de interés pactado, la ampliación públicos nacionales. del caso previsto para el pago, la conversión de una deuda externa en interna, la reducción de los flujos Artículo 93.- No se podrán contratar operaciones de de caja, la ganancia o ahorro en el costo efectivo de crédito público con garantía o privilegios sobre bienes o financiamiento, en beneficio de la República, con rentas nacionales, estadales o municipales. respecto ala deuda que se está refinanciando o reestructurando. Artículo 94.- La deuda pública a corto plazo será pagada necesariamente a su vencimiento y no podrá ser Artículo 89.- Están exceptuadas del régimen refinanciada. previsto en este Título: el Banco Central de Venezuela y el Fondo de Inversiones de Venezuela; Artículo 95.- Los estad os, distritos y municipios, las las sociedades mercantiles del Estado dedicadas a la otras entidades a que se refiere el Capítulo III del Título intermediación de crédito, regidas por la Ley General II y los entes por ellos creados, no podrán realizar de Bancos y otras Instituciones Financieras, las operaciones de crédito público externo, ni en moneda regidas por la Ley de Empresas de Seguros y extranjera, ni garantizar obligaciones de terceros. Reaseguros, las creadas o que se crearen de conformidad con la Ley Orgánica que Reserva al 11
  • 12. Capítulo V establezcan otras modalidades de emisión, incluida la De la Administración del Crédito Público utilización de procedimientos informáticos, de acuerdo con lo que establezca el respectivo decreto de emisión. Artículo 96.- Se crea la Oficina Nacional de Crédito Público como órgano rector del Sistema de Crédito Artículo 99.- Las obligaciones provenientes de la deuda Público, la cual estará a cargo de un jefe de oficina, pública o los títulos que la representen prescriben a los de libre nombramiento y remoción del Ministro de diez años; los intereses o los cupones representativos de Finanzas, y tendrá por misión asegurar la existencia éstos prescriben a los tres años. Ambos lapsos se de políticas de endeudamiento, así como una contarán desde las respectivas fechas de vencimiento de eficiente programación, utilización y control de los las obligaciones. medios de financiamiento que se obtengan mediante operaciones de crédito público. A tales efectos, la Artículo 100.- Los títulos de la deuda pública emitidos Oficina Nacional de Crédito Público tendrá las por la República, serán admisibles por su valor nominal siguientes atribuciones: en toda garantía que haya de constituirse a favor de la República En las leyes que autoricen operaciones de 1. Participar en la formulación de los aspectos crédito público, podrá establecerse que los mencionados crediticios de la política financiera que para títulos sean utilizados a su vencimiento para el pago de el sector público nacional elabore el cualquier impuesto o contribución nacional. Ministerio de Finanzas. 2. Proponer el monto máximo de Artículo 101.- En los presupuestos de los entes u endeudamiento que podrá contraerla órganos deberán incluirse las partidas correspondientes República en cada ejercicio presupuestario, al servicio de la deuda pública, sin perjuicio de que éste atendiendo a lo previsto en la ley del marco se centralice en el Minis terio de Finanzas. plurianual del presupuesto y a las políticas financiera y presupuestaria definidas por el Artículo 102.- Los funcionarios y demás trabajadores al Ejecutivo Nacional. servicio de los entes y órganos regidos por esta Ley, 3. Mantener y administrar un sistema de están obligados a suministrar las informaciones que información sobre el mercado de capitales requiera la Oficina Nacional de Crédito Público, así como que sirva para el apoyo y orientación a las a cumplir las normas e instrucciones que emanen de negociaciones que se realicen para emitir ella. empréstitos o contratar préstamos, así como para intervenir en las mismas. Artículo 103.- Las operaciones de crédito público 4. Dirigir y coordinarlas gestiones de realizadas en contravención de las disposiciones de esta autorización, la negociación y la celebración Ley que establezcan prohibiciones o formalidades de las operaciones de crédito público. autorizatorias se considerarán nulas y sin efectos, sin 5. Dictar las normas técnicas que regulen los perjuicio de la responsabilidad personal de quienes las procedimientos de emisión, colocación, realicen. Las obligaciones que se pretenda derivar de canje, depósito, sorteos, operaciones de dichas operaciones no serán oponibles a la República ni mercado y cancelación de la deuda pública. a los demás entes públicos. 6. Dictar las normas técnicas que regulen la negociación, contratación y amortización de Artículo 104.- Las controversias de crédito público que préstamos. surjan con ocasión de la realización de operaciones de 7. Registrar las operaciones de crédito público crédito público, serán de la competencia del Tribunal en forma integrada al sistema de Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, sin contabilidad pública. perjuicio de las estipulaciones que de conformidad con lo 8. Realizar las estimaciones y proyecciones dispuesto en el Artículo 151 de la Constitución, se presupuestarias del servicio de la deuda incorporen en los respectivos documentos contractuales. pública y supervisar su cumplimiento. 9. Dirigir y coordinar las relaciones con TITULO IV inversionistas y agencias calificadoras de DEL SISTEMA DE TESORERÍA riesgos. 10. Las demás atribuciones que le asigne la ley. Artículo 105.- El Sistema de Tesorería está integrado Artículo 97.- Antes de realizarlas operaciones de por el conjunto de principios, órganos, normas y crédito público autorizadas conforme lo dispone esta procedimientos a través de los cuales se presta el Ley, los respectivos entes y órganos solicitarán la servicio de tesorería. intervención de la Oficina Nacional de Crédito Público, para iniciar las gestiones necesarias a fin de Artículo 106.- El conjunto de los fondos nacionales, los llevar a cabo la operación. valores de la República y las obligaciones a cargo de ésta, conforman el Tesoro Nacional. Artículo 98.- Los contratos de empréstitos, el otorgamiento de garantías y las operaciones de Artículo 107.- El servicio de tesorería, en lo que se refinanciamiento o reestructuración de deuda refiere a las actividades de custodia de fondos, pública, se documentarán según lo establecido en las percepción de ingresos y realización de pagos, se normas que al efecto dicte la Oficina Nacional de extenderá hasta incluir todo el sector público nacional Crédito Público. centralizado y los entes descentralizados de la República sin fines empresariales, en la medida en que se cumpla Los contratos de empréstitos y los títulos de la deuda una evolución progresiva y consistente de la modalidad y pública de la República llevarán la firma del Ministro atributos funcionales del servicio consagrados en esta de Finanzas o sus delegados, o del funcionario Ley. designado al efecto por el Presidente de la República Se exceptúan aquellos títulos para los cuales se 12
  • 13. Artículo 108.- Se crea la Oficina Nacional del Artículo 112.- La República, por órgano del Ministerio Tesoro, como órgano rector del Sistema de Tesorería de Finanzas, mantendrá una cuenta única del Tesoro que actuará como unidad especializa para la gestión Nacional. En dicha cuenta se centralizarán todos los financiera del Tesoro, la coordinación de la ingresos y pagos de los entes integrados al Sistema de planificación financiera del sector público nacional y Tesorería, los cuales se ejecutarán a través del Banco las demás actividades propias del servicio de Central de Venezuela y de los bancos comerciales, tesorería nacional, con la finalidad de promover la nacionales o extranjeros, de conformidad con los optimización del flujo de caja del Tesoro, bajo la convenios que al efecto se celebren. modalidad de cuenta única del tesoro. Artículo 113.- Las existencias del Tesoro Nacional La Oficina Nacional del Tesoro podrá tener agencias, estarán constituidas por la totalidad de los fondos según los requerimientos del servicio de tesorería integrados a él, independientemente de donde se mantengan. Dichas existencias forman una masa La Oficina Nacional del Tesoro estará a cargo del indivisa a los fines de su manejo y utilización en los Tesorero Nacional, de libre nombramiento y remoción pagos ordenados conforme a la ley. No obstante, podrán del Ministro de Finanzas. constituirse provisiones de fondos de carácter permanente a los funcionarios que determine el Artículo 109.- Corresponden ala Oficina Nacional de reglamento de esta Ley y en las condiciones que éste Tesorería las atribuciones siguientes: (38) señale, las cuales incluirán la forma de justificar la aplicación de estos fondos. 1. Participar en la formulación y coordinación de la política financiera para el sector El establecimiento de la Cuenta única del Tesoro público nacional. Nacional no es incompatible con el mantenimiento de 2. Aprobar, conjuntamente con la Oficina subcuentas en divisas abiertas en el Banco Central de Nacional de Presupuesto, la programación Venezuela por la Oficina Nacional del Tesoro o con la de la ejecución del presupuesto de los autorización de ésta, conforme al reglamento de esta órganos y entes regidos poda ley de Ley. presupuesto y programar el flujo de fondos de la República. En todo caso, la Oficina Nacional del Tesoro autorizará la 3. Percibir los productos en numerario de los apertura de cuentas bancarias con fondos del Tesoro ingresos públicos nacionales. Nacional y vigilará el manejo de las mismas, a fin de 4. Custodiar los fondos y valores resguardar el Sistema de Cuenta única del Tesoro pertenecientes a la República. Nacional. Así mismo organizará y mantendrá actualizado 5. Hacer los pagos autorizados por el un registro general de cuentas bancarias del sector presupuesto de la República conforme a la público nacional. ley. 6. Distribuir en el tiempo y en el territorio las Artículo 114.- El Ministerio de Finanzas dispondrá la disponibilidades dinerarias para la puntual devolución al Tesoro Nacional, de las sumas acreditadas satisfacción de las obligaciones de la en cuentas de la República y de sus entes República. descentralizados funcionalmente sin fines empresariales, 7. Administrar el sistema de cuenta única del sin menoscabo de la titularidad de los fondos de estos Tesoro Nacional que establece el Artículo últimos, cuando éstas se mantengan sin utilizar por un 112 de esta Ley. período que determinará el reglamento de esta Ley. Las 8. Registrar contablemente los movimientos de instituciones financieras depositarias de dichos fondos ingresos y egresos del Tesoro Nacional. deberán ejecutar las transferencias que ordene el 9. Determinar las necesidades de emisión y referido Ministerio. colocación de letras del tesoro, con las limitaciones establecidas en el Artículo 80 de Artículo 115.- Los fondos del Tesoro Nacional podrán esta Ley, y solicitar de la Oficina Nacional de ser colocados en las instituciones financieras en los Crédito Público la realización de estas términos y condiciones que señale el Ministro de operaciones. Finanzas, conforme a lo dispuesto en el reglamento de 10. Elaborar anualmente el presupuesto de caja esta Ley. En todo caso, estas colocaciones se sujetarán del s ector público nacional y realizar el al acuerdo anual de armonización de políticas, fiscal y seguimiento y evaluación de su ejecución. monetaria, celebrado con el Banco Central de Venezuela 11. Participar en la coordinación macroeconómica concerniente a la política Artículo 116.- En las condiciones que establezca el fiscal y monetaria, así como en la formación reglamento de esta Ley, los ingresos y los pagos del del acuerdo anual de políticas sobre esas Tesoro podrán realizarse mediante efectivo, cheque, materias, establec iendo lineamientos sobre transferencia bancaria o cualesquiera otros medios de mantenimiento y utilización de los saldos de pago, sean o no bancarios. El Ministerio de Finanzas caja. podrá establecer que en la realización de determinados Artículo 110.- La Oficina Nacional del Tesoro tendrá ingresos o pagos del Tesoro sólo puedan utilizarse un sub-tesorero que llenará las faltas temporales o específicos medios de pago. accidentales del Tesorero y las absolutas, mientras se provea la vacante. Artículo 117.- Los funcionarios y oficinas encargados de la liquidación de ingresos deben ser distintos e Artículo 111.- La Oficina Nacional del Tesoro dictará independientes de los encargados del servicio de las normas e instrucciones técnicas necesarias para tesorería y en ningún caso estos últimos pueden estar el funcionamiento del servicio y propondrá las encargados de la liquidación y administración de normas reglamentarias pertinentes. ingresos. 13