2. El Contrato (Definición)
“Es un convenio en cuya virtud una o varias
personas se obligan respecto de una o
varias, a dar, hacer o no hacer algunas
cosas.”
4. Clasificación de los Contratos
Según el contenido
A) Contrato administrativo.
B) Contrato de derecho privado.
Según su formación:
A) Consensuales.
B) Solemnes.
C) Reales.
D) De adhesión.
E) Contratos de libre determinación.
5. Clasificación de los Contratos
(Cont.)
Según su estructura:
a) Sinalagmáticos y Unilaterales.
b) A Titulo Gratuito y Onerosos.
c) Conmutativos y Aleatorios.
Según su forma de ejecución:
a) Instantáneos y Sucesivos.
6. Clasificación General de los
Contratos
Contratos de Derecho Privado:
a) Civiles, b) Comerciales y c) Laborales.
Contratos de Derecho Público:
a) Administrativos.
B) Derecho Internacional Público.
7. Especie de Obligaciones
Obligaciones contractuales
(Concepto).
Obligaciones cuasi-contractuales
(Concepto).
Obligaciones delictuales y cuasi-delictuales
(Concepto).
8. La Condición
Concepto:
●
“Modalidad que afecta la existencia de una
obligación, acontecimiento futuro e incierto, de
cuya realización depende nacimiento o extinción
de una obligación”.
9. La Condición (Cont.)
Clasificación:
●
Suspensiva
“Cuando de su realización depende el nacimiento de la
obligación”.
●
Resolutoria
“Cuando de su realización se deriva la extinción de la
obligación, restableciendo la situación anterior.
10. Titulos Auténticos y Títulos Bajo
Firma Privada
Títulos Auténticos (Concepto).
El articulo 1317 del código civil expresa: Acto
Auténtico es el que ha sido otorgado ante oficiales
públicos, con las solemnidades requeridas por la ley.
Fuerza probatoria.
Inscripción en falsedad: Principal e Incidental
Contra-escritos: Valor Jurídico.
11. Títulos Auténticos y Bajo Firma
Privada (Cont)
El acto bajo firma privada: Reconocido por aquel a
quien se le opone tiene entre los que lo han suscrito
la misma validez que el acto Auténtico (Art. 1322 del
C. C.).
Procedimiento en caso de negación de la letra o
firma.
Efectos: Oponibilidad de este título frente a los
terceros.
12. Actos y Hechos Jurídicos
Acto Jurídico:
”Expresión de la voluntad del individuo en el
ámbito del derecho”.
Hecho Jurídico:
“Intervención de la conducta humana que puede
dar nacimiento a un derecho, modificarlo,
trasmitirlo o extinguirlo”.
13. Contenido de la Obligación
Responsabilidad Contractual:
a) Obligaciones de Medios.
b) Obligaciones de Resultados.
14. Obligaciones de Dar, de Hacer o
de No Hacer
Obligación de Dar: Transferencia de Propiedad
a) Cuerpo Cierto
b) Cosa de Género
15. Obligación de Hacer y de
No Hacer
Obligación de Hacer (Definición).
Obligación de no Hacer (Definición).
Regímenes Jurídicos.
16. Obligaciones Contractuales
El Acto Jurídico (Concepto).
Contrato y Convención (Distinción).
Clasificación: Actos Bilaterales, multilaterales y
unilaterales (Diferencias).
17. Nulidades y Resolución de
las Convenciones
●
Nulidad: (Concepto)
●
Clases de Nulidades:
a) Relativa y Absoluta: (Distinción).
b) Nulidad Total y Parcial: (Diferencias).
c) Efectos de las Nulidades.
18. Terminación de los Contratos
Resolución, rescisión y resolución de los contratos
(Diferencias).
●
La Prescripción: (Concepto).
●
Clases de Prescripción: (Diferencias).
a) Extintiva.
b) Adquisitiva.
19. Contratos y Generalidades
Los Vicios del Consentimiento:
a) El Error: (Concepto).
Diversas clases de errores y sus consecuencias
jurídicas.
B) El Dolo: (Concepto).
Contenido del dolo y sus efectos.
Error y Dolo: (Diferencias).
20. Vicios del Consentimiento
(Cont)
La Violencia: (Definición).
Coacción física y moral.
La Obligación de Informar: (Definición).
La obligación de información como garantía de la
protección del consentimiento.
Omisión de la Obligación de Información:
(Consecuencias).
21. Presunciones
●
Concepto:
“Es una ficción jurídica a través de la cual se
establece un mecanismo legal automático, que
considera que un determinado hecho o
acontecimiento, se entiende probado por darse los
presupuestos para ello”.
“Deducir partiendo de un hecho base, un hecho
consecuencia”; viene del latín presumptio (acción
y efecto).
22. Presunciones (Cont.)
“Es el reconocimiento de un acto hasta que no
se pruebe lo contrario”.
Ej. Presunción de inocencia.
Ej. En materia de muebles la posesión vale
titulo.
23. Presunciones (Clasificación):
a) Presunción juris tantum . Se establece en la
ley y admite prueba en contrario. Ejs.
b) Jure et de jure, absoluta, no admite prueba
en contrario. Ejs.
24. Contrato de Cuota Litis
Es un contrato por el cual el o la abogado (a),
conviene con su cliente, quien le otorga poder
para ello, las condiciones en que realizara las
diligencias judiciales o extrajudiciales de un
caso para cuyo seguimiento o solución le ha
dado poder.
25. Contrato de Cuota Litis
(Cont)
Condiciones de forma y de fondo para la
validez del contrato de cuota litis.
Ley 302 sobre Honorarios de Abogados
(modificada por la Ley 95-88).
Mag. Xiomarah A. Silva