Este documento presenta un módulo sobre el seguro obligatorio de vehículos de motor según la ley dominicana, con los objetivos de analizar este tipo de seguro a la luz de la ley, jurisprudencia y doctrina, y aplicar conceptos como la oponibilidad de sentencias a compañías aseguradoras y límites de responsabilidad. El módulo se impartirá en forma b-learning con discusión de casos prácticos durante una semana.
2. La Ley sobre Seguros y Fianzas número 146-02, se erige, debido a una
urgente clarificación del negocio del seguro, en vista a la hiperlegislación
existente (hasta ese entonces), por la existencia de las leyes 126 y 4117,
las cuales regían respectivamente, los Seguros Privados de la República
Dominicana y el Seguro Obligatorio contra Daños Ocasionados por
Vehículos de Motor. Así las cosas, movidos por tal necesidad, y a los
fines también de reglamentar aspectos que no se habían contemplado y
que se contemplan hoy casi a nivel universal, para adecuarlo a los
estándares internacionales, es que se promulga esta tan importante ley.
Introducción
3. Y es que por medio de las compañías de seguros y reaseguros, es que
se podrá reglamentar, la obligación de estas respecto a la
responsabilidad civil de sus asegurados, indicando expresamente,
cuales obligaciones le son debidas de frente a sus asegurados, así como
respecto a terceros, estando todo esto imbuido de un inminente orden
público. De ahí surge la necesidad de un detallado análisis a la ley de
seguros, a los fines de proporcionar las herramientas necesarias para
proteger a los asegurados, y crear garantías para que las partes
contratantes tengan la certeza de que los contratos reciban un fiel
cumplimiento, estatuyendo sobre la figura de las fianzas judiciales a
cargo de las compañías aseguradoras mediante pólizas de seguros, así
como sobre la fijación de límites de responsabilidad mínimos sobre
seguros obligatorios de vehículos de motor.
Introducción
4. Finalmente, será más que necesario, ahondar el debate existente en el
tenor de si será preciso y necesario que la jurisdicción penal determine
primeramente las faltas que puedan comprometer la responsabilidad civil
del o los conductores envueltos en dicho accidente, a los fines de
proceder a las condenas que sean pertinentes y a ordenar la reparación
de los daños experimentados por la víctima.
Se justifica este módulo, a partir del hecho de que el seguro de vehículos
de motor, es un requisito sine qua non, no solo con objeto de que un
ciudadano pueda conducir un vehículo de motor; sino también, a fin de
que expresamente la víctima pueda solicitar que las indemnizaciones
otorgadas en ocasión a un accidente de tránsito, le sean oponibles a la
compañía aseguradora envuelta en el litigio.
Introducción
5. General:General:
- Analizar el seguro obligatorio de vehículos de motor y remolques a la
luz de la ley adjetiva, la jurisprudencia y la doctrina.
Objetivos
6. EspecíficosEspecíficos
– Exponer en que consiste el Derecho de Opción de la víctima.
– Aplicar a casos concretos la oponibilidad de la sentencia a las compañías
aseguradoras, así como límites de las responsabilidades asumidas por las
aseguradoras en las Pólizas de Accidente de Tránsito.
– Determinar aquellos casos en que las obligaciones colegidas por el seguro de
vehículo de motor, no son exigibles.
– Formular en casos prácticos, las presunciones contenidas en la Ley 146-02 en
lo relativo a accidentes de vehículos de motor.
– Identificar la naturaleza de la falta que se comete en los casos de accidentes de
vehículos de motor.
Objetivos
7. • El derecho de opción respecto a la demanda a incoar por la víctima. Diferentes
vertientes. Acción directa.
• La oponibilidad de la sentencia en el aspecto civil sobre el monto de la póliza. Limites
a esta oponibilidad.
• Determinación de la naturaleza de la falta en materia de accidentes de vehículos de
motor.
Contenido
Módulo VI: El Seguro de los Vehículos de motor
8. Metodología
Este módulo se imparte bajo la modalidad B-Learning, que
se caracteriza por una formación mixta, donde se combina
la formación presencial y la formación en línea a través del
internet, con apoyo en las tecnologías de la información y
comunicación (TIC's), el mismo tendrá una duración de una
semana virtual.
Este módulo contará con un foro de discusión y el análisis
de uno o varios casos prácticos formulados a tales fines.
9. Cronograma
Semana Módulos Fecha Actividad
Juez de Paz en atribuciones de Tránsito
6 Del 13 al 20 de mayo
Módulo VI: El Seguro de los Vehículos
de Motor
Foro VI: Arbitraje v. Seguros y Fianzas
Tarea VII: Vigencia de la Póliza