2. Principio de culpabilidad (sólo pueden prohibirse y castigarse conductas realizadas culpablemente) Principio de dolo e imprudencia Dolo : conocer y querer los elementos objetivos del delito Imprudencia : previsión o posibilidad de prever la realización del delito
3. EL DOLO: UBICACIÓN SISTEMÁTICA El dolo se ubicaba en la culpabilidad, como un dolus malus (que incluía el conocimiento y voluntad de realizar los elementos del tipo y el conocimiento de la prohibición) Teoría clásica Teoría actual (post finalista) El dolo se ubica en el tipo de injusto, como el tipo subjetivo, y se concibe como un dolo neutro (que incluye sólo el conocimiento y voluntad de realizar Los elementos del tipo objetivo), quedando el conocimiento de la prohibición ubicado en la culpabilidad.
4. EL DOLO. CLASES DE DOLO Intencional Directo Eventual Actuar con la intención de producir el resultado. Ejemplo : A quiere matar a B y dispara, causándole la muerte. Actuar sabiendo que el resultado será una consecuencia necesaria. Ejemplo: A quiere matar a B y pone una bomba en su coche sabiendo que morirá el chofer C Actuar asumiendo que se producirá el resultado. Ejemplo: A asume que si dispara a la botella que sostiene B en su mano puede dar a éste, y aún así dispara.
5. DOLO EVENTUAL: DELIMITACIÓN FRENTE A LA IMPRUDENCIA CONSCIENTE Razón de la diferenciación: El dolo tiene una pena más grave que la imprudencia Teorías para la delimitación Teoría del consentimiento Teoría de la representación Teoría de la asunción
6. T. del consentimiento T. de la representación Exposición : habrá dolo cuando el sujeto habría consentido en la producción del resultado, de haber sabido que el resultado se produciría con seguridad. Críticas : Desvalora la actitud interna, introduce una fórmula hipotética inaplicable en la práctica, y considera como dolosas conductas con poco peligro Exposición : habrá dolo cuando el sujeto se repre- sente la producción del resultado como probable. Críticas : al prescindir del componente volitivo del Dolo se hace más difícil la diferenciación con la Imprudencia; la graduación en mayor y menor probabilidad resulta inaplicable en la práctica.
7. Teoría de la asunción Estaremos ante un dolo eventual cuando el sujeto, conociendo el concreto riesgo de su acción para el bien jurídico, asuma el riesgo de lesión Concurrirá una imprudencia consciente cuando el autor, aun siendo consciente del riesgo de su acción, confíe en que no se producirá el resultado La confianza en la no producción del resultado propia de la imprudencia debe ser racional , por lo que una confianza irracionalmente fundada no excluirá el dolo eventual
8. LA IMPRUDENCIA. CONCEPTO Y CLASES Concepto Según el grado de conocimiento Clases Según su gravedad Lesión de un bien jurídico producida por la infracción de un deber objetivo de cuidado Consciente Inconsciente Grave Leve
9. Imprudencia consciente Imprudencia inconsciente El agente se representa el peligro de su acción, pero confía en que no se producirá el resultado El agente no se representa el peligro de su acción, pero podría habérselo representado su hubiera prestado el cuidado debido Caso fortuito El agente no se representa el resultado, pero este no habría sido evitable
10.
11. Imprudencia leve : se dará cuando la evitación del resultado hubiera requerido el empleo de un especial cuidado superior al de un hombre medio Imprudencia temeraria : concurriría cuando se ha infringido un deber básico de cuidado en una medida inusualmente alta, no habiendo prestado atención el autor a lo que sería evidente para cualquiera. Imprudencia grave: estaremos ante esa modalidad cuando el resultado sea consecuencia de la desatención o negligencia exigible a cualquier ciudadano, habiendo podido evitarse el resultado aplicando una diligencia propia de un hombre medio. La gravedad de la imprudencia depende de diversos factores, entre las que destaca la propia actuación de la víctima.
12. La preterintencionalidad Concepto : Supuestos en los que el sujeto produce un resultado más grave que el que se representó con su dolo. Ejemplo : A quiere causar lesiones a B pero termina por matarlo. Solución : El resultado más grave no está abarcado por el dolo, y sólo ser atribuido como imprudencia si se dan los requisitos para ello. En consecuencia, habría que castigar por un delitos de lesiones consumadas en concurso con, en su caso, un homicidio imprudente. El homicidio preterintencional tiene una regulación específica en el art. 309 CP, como una modalidad agravada de lesiones.
13. EL ERROR DE TIPO Concepto : desconocimiento de alguno de los elementos del tipo. Importante diferenciarlo del error de prohibición - Error de tipo : excluye el dolo (tipo subjetivo) - Error de prohibición : excluye el conocimiento de la antijuridicidad (culpabilidad) Clases : -Vencible: El error es evitable (equivale a una imprudencia). - Invencible : El error es inevitable (impunidad por caso fortuito)
14. Modalidades específicas del error de tipo: error sobre la dirección del curso causal Error in persona/in objecto Aberratio ictus Consumación anticipada Dolus generalis Error sobre la identidad de la persona/ objeto de ataque Error sobre dirección del curso causal, lesionando un objeto/persona distinto Error sobre el momento de producción del resultado, causándose antes de lo esperado Error sobre el momento de producción del resultado, causándose después de lo esperado
15. Error in persona/objecto No tiene consecuencias en la valoración de la conducta, salvo que exista una especial protección por el CP del objeto/persona sobre la que se produce el error Aberratio ictus La solución más adecuada pasa por la sanción por tentativa del delito dolosamente intentado en concurso con un delito imprudente respecto del resultado realmente producido Ejemplo: A dispara a B pero la bala rebota en la pared y mata a C : tentativa de homicidio (sobre A) en concurso con un homicidio imprudente (por C)
16. Consumación anticipada Dolus generalis La solución más adecuada pasa por la sanción por tentativa del delito dolosamente intentado en concurso con un delito imprudente respecto del resultado realmente producido Ejemplos: - Consumación anticipada : A aprieta fuertemente el cuello de B, muriendo éste sin saberlo A. Creyendo que sigue vivo, A dispara para matarlo : homicidio imprudente en concurso con tentativa (inidónea) de homicidio. Dolus generalis : A golpea a B en la cabeza y, creyendo que ha muerto, tira el cuerpo a un precipicio, muriendo a consecuencia de la caída: tentativa de homicidio en concurso con homicidio imprudente