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Concepto de Derecho

“Es un sistema racional de normas sociales
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realidad histórica”        Miguel Villoro Toranzo


                                          Regresar
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Norma Jurídica

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Fuentes del Derecho

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Jerarquía de
                            las Normas
¿Qué pasa con                                           1. Regula la creación
 las normas                         Norma                  de las inferiores
                                 Fundamental                 2. Preceptos
  estatales?                          o
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                    Normas Reglamentarias
                         (Reglamentos, Acuerdos,
                            Decretos, NOM´S)



                Normas Individualizadas
        (Sentencias, Contratos, Acuerdos y Decretos Administrativos)
Constitución Política
Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del
Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los
Tratados que estén de acuerdo con la misma,
celebrados y que se celebren por el Presidente de la
República, con aprobación del Senado, serán la Ley
Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado
se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a
pesar de las disposiciones en contrario que pueda
haber en las Constituciones o leyes de los Estados.
Jerarquía Tratados
Internacionales
     TRATADOS INTERNACIONALES. SON PARTE INTEGRANTE DE LA LEY
     SUPREMA DE LA UNIÓN Y SE UBICAN JERÁRQUICAMENTE POR ENCIMA DE
     LAS LEYES GENERALES, FEDERALES Y LOCALES. INTERPRETACIÓN DEL
     ARTÍCULO 133 CONSTITUCIONAL.


La interpretación sistemática del artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos permite identificar
la existencia de un orden jurídico superior, de carácter nacional, integrado por la Constitución Federal, los tratados
internacionales y las leyes generales. Asimismo, a partir de dicha interpretación, armonizada con los principios de derecho
internacional dispersos en el texto constitucional, así como con las normas y premisas fundamentales de esa rama del derecho,
se concluye que los tratados internacionales se ubican jerárquicamente abajo de la Constitución Federal y por encima
de las leyes generales, federales y locales, en la medida en que el Estado Mexicano al suscribirlos, de conformidad con lo
dispuesto en la Convención de Viena Sobre el Derecho de los Tratados entre los Estados y Organizaciones Internacionales o
entre Organizaciones Internacionales y, además, atendiendo al principio fundamental de derecho internacional consuetudinario
quot;pacta sunt servandaquot;, contrae libremente obligaciones frente a la comunidad internacional que no pueden ser desconocidas
invocando normas de derecho interno y cuyo incumplimiento supone, por lo demás, una responsabilidad de carácter
internacional.
Ambitos de Validez

Artículo 124. Las facultades que no
están expresamente concedidas por
esta Constitución a los funcionarios
federales, se entienden reservadas a los
Estados.
Legislación
La Legislación como Fuente de Derecho es
señal de madurez de un Sistema Jurídico

La Ley no es Fuente del Derecho, sino un
producto de la Legislación que es la
verdadera Fuente.

Concepto “Proceso por el cual uno o varios
órganos del Estado formulan y promulgan
determinadas reglas jurídicas de
observancia general, a las que se da el
nombre específico de Leyes” García Maynez
Proceso Legislativo
Iniciativa           Ejecutivo y Legislativo

Discusión                 Legislativo

Aprobación                Legislativo

Sanción (veto)             Ejecutivo

Promulgación               Ejecutivo

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                          Arts: 71 y 72
Costumbre
Uso implantado en una colectividad y
considerado por esta como jurídicamente
obligato“rio”    Du Pasquier

Ley Federal del Trabajo

 Art. 17. “A falta de disposición expresa en la Constitución, en esa
 Ley o en sus Reglamentos, o en los tratados a que se refiere el
 artículo 6o., se tomarán en consideración sus disposiciones que
 regulen casos semejantes, los principios generales que deriven de
 dichos ordenamientos, los principios generales del derecho, los
 principios generales de justicia social que derivan del artículo 123
 de la Constitución, la jurisprudencia, la costumbre y la equidad.”
Jurisprudencia

Tesis contenida en una sentencia emitida por
un tribunal, que resulta obligatoria para
el propio tribunal y/o para los órganos
jurisdiccionales subordinados a él, en
virtud de haberse emitido bajo ciertos
requisitos

Tipos de jurisprudencia: interpretativas o
integradoras.
Jurisprudencia en México


 ¿Quien emite jurisprudencia?

  Suprema Corte de Justicia (Pleno y Salas)

  Tribunales Colegiados

  Tribunal Electoral del PJF
Jurisprudencia en México
 ¿A quién obliga la Jurisprudencia de la SCJN?

  Salas


  Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
  (Interpretación de la Constitución y casos exactamente aplicables)


  Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito


  Jueces de Distrito


  Tribunales Militares


  Tribunales Judiciales de las Entidades
Jurisprudencia en México
 ¿A quién obliga la Jurisprudencia de los
 Tribunales Colegiados?

  Tribunales Unitarios de Circuito


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  Tribunales Militares


  Tribunales Judiciales de las Entidades


  Tribunales Administrativos y Laborales: Federales y Locales
Jurisprudencia en México
 ¿A quién obliga la Jurisprudencia del
 Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
 Federación?

  Salas Regionales del Tribunal Electoral del
  PJF

  Instituto Federal Electoral

  Autoridades Electorales Locales (Derechos
  políticos-Electorales y actos o resoluciones
  impugnados de los propios tribunales
Jurisprudencia en México
 ¿Cómo se forma la Jurisprudencia de la
 SCJN?

  Reiteración: 5 sentencias ejecutoriadas
  en un mismo sentido, ininterrumpidas por
  una en contrario, aprobadas por 8
  ministros en el caso del pleno y por 4
  ministros en el caso de las Salas

  Contradicción: Resolución de
  contradicción de tesis de Salas y de
  Tribunales Colegiados
Jurisprudencia en México

 ¿Cómo se forma la Jurisprudencia
 de los Tribunales Colegiados de
 Circuito?
  Reiteración: 5 sentencias ejecutoriadas en
  un mismo sentido, ininterrumpidas por una
  en contrario, aprobadas por unanimidad de
  los magistrados que integran el
  respectivo Tribunal.
Jurisprudencia en México
 ¿Cómo se forma la Jurisprudencia del Tribunal
 Electoral del PJF?

  Reiteración:


    3 sentencias no interrumpidas de la Sala Superior con un mismo
    criterio


    5 Sentencias no interrumpidas de las Salas Regionales con un
    mismo criterio, con ratificación de la sala superior.


  Contradicción: Resolución de contradicción de tesis entre las
  salas regionales o entre estas y la Sala Superior


                                                           FUENTES
Norma Jurídica
Individualizada
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Generales, se aplican a determinados
sujetos

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 Derecho Público                   Derecho Privado
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        -Constitucional                       -Civil
             -Penal                         -Mercantil
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 Derecho Social              Nuevas Especialidades (S. XX)
                                         -Derechos Humanos
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I.- La Nación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios;
II. Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la ley;
III. Las sociedades civiles o mercantiles;
IV. Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demás a que se refiere la
fracción XVI
del artículo 123 de la Constitución Federal;
V. Las sociedades cooperativas y mutualistas;
VI. Las asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan fines políticos,
científicos,
artísticos, de recreo o cualquiera otro fin lícito, siempre que no fueren desconocidas
por la ley.
VII. Las personas morales extranjeras de naturaleza privada, en los términos del
artículo 2736.
.
La Persona en el Derecho Mexicano
Código Civil Federal


   Artículo 26.- Las personas morales pueden ejercitar todos los derechos que
   sean necesarios para realizar el objeto de su institución.



Artículo 27.- Las personas morales obran y se obligan por medio de los órganos
que las representan sea por disposición de la ley o conforme a las disposiciones
relativas de sus escrituras constitutivas y de sus estatutos.

Artículo 28.- Las personas morales se regirán por las leyes correspondientes, por su
escritura constitutiva y por sus estatutos.
Hechos y Actos Jurídicos
           Hecho Jurídico (s. estricto)

               Acontecimiento que
 Hecho     crea, modifique, transmite o
                    extingue
Jurídico    Derechos y Obligaciones



           Acto Jurídico
Obligación

Concepto: relación jurídica por la cual una
persona (deudor) hace, deja de hacer, o da
alguna cosa a otra persona (acreedor)

Acreedor: Crédito

Deudor: Deuda
Sanción
 Consecuencia por el incumplimiento del
 deber establecido en la norma

 Otras consecuencias del incumplimiento
 distintas a la sanción:

  Obligación de la autoridad de sancionar

  Hechos antijurídicos=Derechos al
  Afectado= Legítima Defensa

  Terminación de una obligación
Sanción
Sanción≠ Coacción.

Coacción: Ejecución forzada de la sanción.

Tipos de sanción

 Coincide= Cumplimiento forzoso

 No Coincide=

   Indemnización


   Castigo. Sanción en lo Penal: PENA.
Conflicto de Leyes en el
Tiempo

 Los supuesto jurídicos se rigen bajo la ley
 vigente

 La ley no puede aplicarse retroactivamente
 en perjuicio de persona alguna

 Puede haber retroactividad si no hay
 perjuicio
Art. 14 Constitucional


 Artículo 14. A ninguna ley se
 dará efecto retroactivo en
 perjuicio de persona alguna...
Juicio de Amparo
El Juicio de Amparo protege al Ciudadano
contra actos de Autoridad que violen las
Garantías Otorgadas por la Constitución.

Sólo procede a petición del Quejoso o
Agraviado

La Sentencia sólo tiene efectos
particulares, nunca generales

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Carlo Pizano

  • 1. Nociones de Derecho ESLIDER
  • 2. Nociones de Derecho Concepto de Derecho Norma Jurídica Fuentes del Derecho OTROS Conceptos Básicos Conflicto de Leyes en el Tiempo
  • 3. Concepto de Derecho ¿QUÉ SIGNIFICA EL * Facultad: Usar mi coche DERECHO PARA MÍ? *Ciencia *Ideal de Justicia *Conjunto de Normas
  • 4. Concepto de Derecho ELEMENTOS 1) Fenómeno humano 6) Derecho ≠ Moral 2) Ordenamiento de la 7) Promulgado por Razón legislador 3) Presupone la 8) Condicionado por Libertad Realidad 4) Forma de Vida Social 9) Realizable en la Historia 5) Su Fin: La Justicia
  • 5. Concepto de Derecho “Es un sistema racional de normas sociales de conducta, declaradas obligatorias por la autoridad, por considerarlas soluciones justas a los problemas surgidos de la realidad histórica” Miguel Villoro Toranzo Regresar
  • 6. Norma Una norma es un regla de conducta. Las normas buscan el Deber Ser. Para definir a una Norma Jurídica partamos de sus características: Externa Heterogénea Coercible Bilateral
  • 7. Norma Jurídica Una Norma Jurídica es: Una Regla de Conducta General establecida por una Autoridad, cuyo cumplimiento exterior puede ser exigido por un Tercero.
  • 9. Fuentes del Derecho FUENTES FORMALES Legislación Costumbre Jurisprudencia Norma Jurídica Individualizada Doctrina
  • 10. Jerarquía de las Normas ¿Qué pasa con 1. Regula la creación las normas Norma de las inferiores Fundamental 2. Preceptos estatales? o CONSTITUCIÓN Normativos Ambitos de Normas Validez Secundarias distintos o Leyes y Tratados Internacionales Normas Reglamentarias (Reglamentos, Acuerdos, Decretos, NOM´S) Normas Individualizadas (Sentencias, Contratos, Acuerdos y Decretos Administrativos)
  • 11. Constitución Política Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados.
  • 12. Jerarquía Tratados Internacionales TRATADOS INTERNACIONALES. SON PARTE INTEGRANTE DE LA LEY SUPREMA DE LA UNIÓN Y SE UBICAN JERÁRQUICAMENTE POR ENCIMA DE LAS LEYES GENERALES, FEDERALES Y LOCALES. INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 133 CONSTITUCIONAL. La interpretación sistemática del artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos permite identificar la existencia de un orden jurídico superior, de carácter nacional, integrado por la Constitución Federal, los tratados internacionales y las leyes generales. Asimismo, a partir de dicha interpretación, armonizada con los principios de derecho internacional dispersos en el texto constitucional, así como con las normas y premisas fundamentales de esa rama del derecho, se concluye que los tratados internacionales se ubican jerárquicamente abajo de la Constitución Federal y por encima de las leyes generales, federales y locales, en la medida en que el Estado Mexicano al suscribirlos, de conformidad con lo dispuesto en la Convención de Viena Sobre el Derecho de los Tratados entre los Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales y, además, atendiendo al principio fundamental de derecho internacional consuetudinario quot;pacta sunt servandaquot;, contrae libremente obligaciones frente a la comunidad internacional que no pueden ser desconocidas invocando normas de derecho interno y cuyo incumplimiento supone, por lo demás, una responsabilidad de carácter internacional.
  • 13. Ambitos de Validez Artículo 124. Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados.
  • 14. Legislación La Legislación como Fuente de Derecho es señal de madurez de un Sistema Jurídico La Ley no es Fuente del Derecho, sino un producto de la Legislación que es la verdadera Fuente. Concepto “Proceso por el cual uno o varios órganos del Estado formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas de observancia general, a las que se da el nombre específico de Leyes” García Maynez
  • 15. Proceso Legislativo Iniciativa Ejecutivo y Legislativo Discusión Legislativo Aprobación Legislativo Sanción (veto) Ejecutivo Promulgación Ejecutivo Inicio de Vigencia Arts: 71 y 72
  • 16. Costumbre Uso implantado en una colectividad y considerado por esta como jurídicamente obligato“rio” Du Pasquier Ley Federal del Trabajo Art. 17. “A falta de disposición expresa en la Constitución, en esa Ley o en sus Reglamentos, o en los tratados a que se refiere el artículo 6o., se tomarán en consideración sus disposiciones que regulen casos semejantes, los principios generales que deriven de dichos ordenamientos, los principios generales del derecho, los principios generales de justicia social que derivan del artículo 123 de la Constitución, la jurisprudencia, la costumbre y la equidad.”
  • 17. Jurisprudencia Tesis contenida en una sentencia emitida por un tribunal, que resulta obligatoria para el propio tribunal y/o para los órganos jurisdiccionales subordinados a él, en virtud de haberse emitido bajo ciertos requisitos Tipos de jurisprudencia: interpretativas o integradoras.
  • 18. Jurisprudencia en México ¿Quien emite jurisprudencia? Suprema Corte de Justicia (Pleno y Salas) Tribunales Colegiados Tribunal Electoral del PJF
  • 19. Jurisprudencia en México ¿A quién obliga la Jurisprudencia de la SCJN? Salas Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Interpretación de la Constitución y casos exactamente aplicables) Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito Jueces de Distrito Tribunales Militares Tribunales Judiciales de las Entidades
  • 20. Jurisprudencia en México ¿A quién obliga la Jurisprudencia de los Tribunales Colegiados? Tribunales Unitarios de Circuito Jueces de Distrito Tribunales Militares Tribunales Judiciales de las Entidades Tribunales Administrativos y Laborales: Federales y Locales
  • 21. Jurisprudencia en México ¿A quién obliga la Jurisprudencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación? Salas Regionales del Tribunal Electoral del PJF Instituto Federal Electoral Autoridades Electorales Locales (Derechos políticos-Electorales y actos o resoluciones impugnados de los propios tribunales
  • 22. Jurisprudencia en México ¿Cómo se forma la Jurisprudencia de la SCJN? Reiteración: 5 sentencias ejecutoriadas en un mismo sentido, ininterrumpidas por una en contrario, aprobadas por 8 ministros en el caso del pleno y por 4 ministros en el caso de las Salas Contradicción: Resolución de contradicción de tesis de Salas y de Tribunales Colegiados
  • 23. Jurisprudencia en México ¿Cómo se forma la Jurisprudencia de los Tribunales Colegiados de Circuito? Reiteración: 5 sentencias ejecutoriadas en un mismo sentido, ininterrumpidas por una en contrario, aprobadas por unanimidad de los magistrados que integran el respectivo Tribunal.
  • 24. Jurisprudencia en México ¿Cómo se forma la Jurisprudencia del Tribunal Electoral del PJF? Reiteración: 3 sentencias no interrumpidas de la Sala Superior con un mismo criterio 5 Sentencias no interrumpidas de las Salas Regionales con un mismo criterio, con ratificación de la sala superior. Contradicción: Resolución de contradicción de tesis entre las salas regionales o entre estas y la Sala Superior FUENTES
  • 25. Norma Jurídica Individualizada Son normas, que subordinadas a las Normas Generales, se aplican a determinados sujetos Contratos o Actos Jurídicos (Testamento) Resoluciones Judiciales o Administrativas Fuentes
  • 26. Otros Conceptos Básicos Derecho Público y Derecho Privado Persona Héchos y Actos Jurídicos Obligación Sanción
  • 27. Derecho Público y Derecho Privado Derecho Público Derecho Privado Relación de Subordinación Relación de Coordinación -Constitucional -Civil -Penal -Mercantil -Procesal -Administrativo -Fiscal -Derecho Internacional -Militar Derecho Social Nuevas Especialidades (S. XX) -Derechos Humanos Tutelaje -Ambiental -Telecomunicaciones -Electoral -Laboral -Financiero -Seguridad Social -Propiedad Intelectual -Agrario
  • 28. Persona Ser sujeto de Derechos y Obligaciones. ¿Cuando alguien tiene carácter de Persona en Derecho? Personas: Fisica y Moral. Persona Moral o Jurídica: Ficción del Derecho. Postura Positivista-Postura Iusnaturalista. Visión Humanista-Visión de Acción Nacional: Dignidad de la persona Humana. El Derecho reconoce no otorga la Personalidad
  • 29. La Persona en el Derecho Mexicano Código Civil Federal Artículo 22. La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte; pero desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el presente Código.
  • 30. La Persona en el Derecho Mexicano Código Civil Federal Artículo 25. Son personas morales: I.- La Nación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios; II. Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la ley; III. Las sociedades civiles o mercantiles; IV. Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demás a que se refiere la fracción XVI del artículo 123 de la Constitución Federal; V. Las sociedades cooperativas y mutualistas; VI. Las asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquiera otro fin lícito, siempre que no fueren desconocidas por la ley. VII. Las personas morales extranjeras de naturaleza privada, en los términos del artículo 2736. .
  • 31. La Persona en el Derecho Mexicano Código Civil Federal Artículo 26.- Las personas morales pueden ejercitar todos los derechos que sean necesarios para realizar el objeto de su institución. Artículo 27.- Las personas morales obran y se obligan por medio de los órganos que las representan sea por disposición de la ley o conforme a las disposiciones relativas de sus escrituras constitutivas y de sus estatutos. Artículo 28.- Las personas morales se regirán por las leyes correspondientes, por su escritura constitutiva y por sus estatutos.
  • 32. Hechos y Actos Jurídicos Hecho Jurídico (s. estricto) Acontecimiento que Hecho crea, modifique, transmite o extingue Jurídico Derechos y Obligaciones Acto Jurídico
  • 33. Obligación Concepto: relación jurídica por la cual una persona (deudor) hace, deja de hacer, o da alguna cosa a otra persona (acreedor) Acreedor: Crédito Deudor: Deuda
  • 34. Sanción Consecuencia por el incumplimiento del deber establecido en la norma Otras consecuencias del incumplimiento distintas a la sanción: Obligación de la autoridad de sancionar Hechos antijurídicos=Derechos al Afectado= Legítima Defensa Terminación de una obligación
  • 35. Sanción Sanción≠ Coacción. Coacción: Ejecución forzada de la sanción. Tipos de sanción Coincide= Cumplimiento forzoso No Coincide= Indemnización Castigo. Sanción en lo Penal: PENA.
  • 36. Conflicto de Leyes en el Tiempo Los supuesto jurídicos se rigen bajo la ley vigente La ley no puede aplicarse retroactivamente en perjuicio de persona alguna Puede haber retroactividad si no hay perjuicio
  • 37. Art. 14 Constitucional Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna...
  • 38. Juicio de Amparo El Juicio de Amparo protege al Ciudadano contra actos de Autoridad que violen las Garantías Otorgadas por la Constitución. Sólo procede a petición del Quejoso o Agraviado La Sentencia sólo tiene efectos particulares, nunca generales Suspensión del Acto Reclamado: Salvaguardar los Derechos del Ciudadano