La jornada de trabajo es el tiempo acordado entre el empleador y el trabajador para que este desempeñe sus labores. En Colombia, la jornada laboral normal es de 8 horas diarias y 48 horas a la semana. Existen jornadas diurnas de 6 am a 10 pm y nocturnas de 10 pm a 6 am. La jornada puede reducirse si el trabajo no requiere 8 horas completas y se pagan recargos por horas extras o trabajo nocturno.
2. ¿ QUE ES JORNADA DE TRABAJO ?
es el tiempo convenido por el empleador y el
trabajador para que se desempeñe labores que se
ha prometido prometido.
La jornada laboral en Colombia es de 8 horas
diarias y 48 a la semana.
El menor entre 12-14 años solo puede trabajar
jornada de 4 horas diarias y 24 a la semana.
los mayores de 14 y menores de 16 solo podrán
trabajar una jornada máxima.
3. CLASES DE JORNADAS
jornada diurna, que es la entre 6 am y la 10 pm
(articulo 25, ley 789 del 2002)
Jornada nocturna que es entre 10 pm y las 6 am (
articulo 25, ley 789 del 2002)
4. REDUCCIÓN DE LA JORNADA
la jornada laboral puede reducirse, se las labores
paras las cuales se contrata el trabajador no
requieren un servicio ordinario de 8 horas diarias,
por tanto puede ser contratado para laborar, 2 , 3 ,
4 horas según el caso
5. RECARGO NOCTURNO
es el que se paga a un trabajador cuando parte de
su jornada o la totalidad ha de ser laborada dentro
de la jornada nocturna y equivale al 35% del valor
de una hora ordinaria, o del valor del día según el
caso
6. RECARGO DE HORAS EXTRAS
Horas extras, diurnas o nocturnas, deben liquidarse
con un recargo sobre el valor que se paga por una
hora ordinaria. La hora extra
diurna se liquida con un recargo del 25% sobre el
valor de la hora ordinaria