1. COMUNICADO DE PRENSA<br />Tierra, Agua, Aire y Bosques para tod@s <br />Basta de desmontes, contaminación y desalojos<br />En ejercicio legal y pacífico de nuestro derecho a peticionar a las autoridades la defensa de nuestro derecho a un medio ambiente sano y a proteger los bienes naturales para nuestra generación y las generaciones futuras de todo el pueblo de San Luis, los firmantes: Ongs, Movimientos de Campesinos, Asociaciones y Asambleas Populares de la Provincia manifestamos que:<br />Rechazamos absolutamente el proceso de aplicación de la Ley de Bosques Nativos en la provincia de San Luis<br />- Nos oponemos a la sanción intempestiva de la Ley Nº IX-0697/2009 con un ordenamiento de los bosques nativos que no se ajusta a la realidad de la situación del recurso en la provincia, así como la aprobación posterior de la Resolución (Nº 123/2010) en lugar del Decreto correspondiente. A través de estas medidas se validó un Ordenamiento que debía ser sometido a revisión y adecuación -conforme al artículo 15 de dicha normativa-, acelerando y concluyendo precariamente un proceso de evaluación, análisis, estudio, consenso y definición del OTBN que debía ser construido con todos los actores representantes de la sociedad, a lo largo de un año.<br />-Manifestamos que la superficie marcada en el mapa como Categoría III (verde), susceptible de desmonte, no se basa en el recurso agua disponible para riego, sino en un evidente y forzado proyecto de expansión de la frontera agrícola, a expensas de los últimos relictos de bosque de la provincia. Consideramos un acto criminal el desmonte con fines especulativos, para generar ganancias inmediatas de unos pocos, destruyendo los recursos.<br /> -Denunciamos que no fue tenida en cuenta la advertencia formulada por pequeños productores y ong socio-ambientales en los “Talleres participativos”, respecto a la destrucción del bosque nativo por las grandes corporaciones a quienes se les vuelve a dar la posibilidad de continuar deforestando, por las extensas zonas verdes incluidas en la llanura norte y el Valle del Conlara. Tampoco importó la existencia de especies de la flora nativa que se encuentran en estado de vulnerabilidad o grave peligro de extinción por cuyo motivo están protegidas por la propia legislación provincial (Ley IX-0309/2004).<br />-Denunciamos que no se ha legislado a favor de las economías Regionales y la mayor posibilidad de creación de empleos que radicaría en los Microemprendimientos rurales y en las Empresas familiares del tipo artesanal. Lo que debió haber sido contemplado en la demarcación de la aplicación de la Categoría II (amarilla), propiciatoria de dichos emprendimientos, haciéndola extensiva a la mayor parte del territorio no demarcado como Categoría I (rojo).<br />-Manifestamos que desde el 15 de junio del corriente año los representantes de Ongs elegidos para conformar la UCTI*,nos retiramos de la mesa de diálogo con el Ministerio de Medio Ambiente, a partir de la maniobra del Jefe de Programa de Recursos Naturales, que excluyó al representante de Merlo elegido democráticamente por el grupo de trabajo del Noreste provincial.<br />-Ese hecho, fue el corolario que terminó de confirmar que la participación de las Ongs se permitía únicamente para legitimar el proceso que manda la Ley Nacional 26.331, ya que ninguna de las propuestas y observaciones presentadas oportunamente por las ONG fue tenida en cuenta, ni en la Ley ni en los anteproyectos de decretos reglamentarios.<br />-Denunciamos que lo que debió ser una instancia de participación social abierta, efectiva y sin retaceos en la planificación de las acciones de conservación de los bosques nativos, fue en realidad un proceso signado por el ocultamiento de la información, apresuramiento en la aprobación de acciones para no discutir en profundidad, documentos enviados a último momento, maniobras de descalificación y avasallamiento para restarle eficiencia a la participación ciudadana.<br />- Esclarecemos que las Ongs socio-ambientales NO FUERON parte de las reuniones con los otros sectores, por cuanto no se puso en funcionamiento la Unidad de Coordinación Técnica Interinstitucional (UCTI) creada por el art. 12 de la Ley Provincial de Bosques Nativos, donde se pudo haber accedido a la documentación e informes para su análisis y posterior pronunciamiento.<br />-Por todo lo expuesto, queda demostrado que cualquier propuesta que fuere presentada no hubiese sido tenida en cuenta, porque el Gobierno ya había consensuado con los productores agropecuarios y porque su intención es la de favorecer el desarrollo productivo agropecuario a través de las grandes corporaciones, sin importar el daño ambiental por la deforestación que esta actividad conlleva.<br />ORGANIZACIONES FIRMANTES: <br />F.O.A.P.R.A. / SAMAY HUASI/ YANANTIN /A.P.A.T.A/ MERLIMPIO/ JUVENAT/PANGEA/ EQUILIBRIO VITAL/MOVIMIENTO CAMPESINOS DEL VALLE/ ASOPROVIDA/ APEYUS/ PEUMAYEN/PIRCAS/ VECINOS AUTOCONVOCADOS DE MERLO.<br />TÓPICOS Y APORTES PLANTEADOS POR LAS ONG AMBIENTALES PARA LA LEY DE BOSQUES NATIVOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS NO TENIDOS EN CUENTA POR EL GOBIERNO<br />La superficie marcada en el mapa como Categoría III (verde) para las cuencas de Conlara y Quines no se basa en el recurso agua disponible para riego, sino en un evidente y forzado proyecto de expansión de la frontera agrícola, a expensas de los últimos relictos de bosque de la provincia. Sostenemos esto, ya que los trabajos de investigación a los que recurrió el gobierno para evaluar el potencial hídrico de dichas cuencas, son inadecuados y/o imprecisos para este propósito (dicho por sus propios autores), y en todo caso dan cuenta solamente de la extensión del acuífero y no de su potencial de riego actual y sustentable.<br />Los estudios en que se basa el gobierno provincial para asignar el uso de agua de riego no tienen en cuenta otras actividades humanas (ni su proyección en el tiempo), tales como el turismo y la urbanización, las que en el Norte provincial adquieren una importancia gravitante en el consumo del recurso hídrico.<br />En virtud de lo expuesto se demanda no avanzar con los desmontes hasta tanto se haya cuantificado adecuadamente la factibilidad real de riego que poseen las áreas abarcadas por acuíferos.<br />Por otro lado se advierte sobre la incoherencia de erradicar los últimos bosques nativos para implantar supuestos cultivos bajo riego, cuando existe ya mucha más superficie desmontada que la que podría ser regada con el agua de los acuíferos que alberga (nos basamos en cálculos estimativos pero extremadamente optimistas en cuanto al rendimiento de los bombeos). Cabe agregar que cerca del 40% de la superficie ya desmontada se halla improductiva por diversas razones (uno de los motivos es la azarosa productividad de los cultivos de primera, motivada por la falta de agua al momento de sembrar). <br />Consideramos un acto criminal el desmonte con fines especulativos, para generar ganancias inmediatas destruyendo los recursos.<br />Por esta razón se considera de vital importancia que se impongan la clausura inmediata y altas multas (que disuadan a los especuladores) a las empresas que, habiendo presentado Planes de Aprovechamiento del Cambio de uso del Suelo, cesaran de producir en el sector destinado a tal fin (por cualquier motivo que fuere). <br />En este mismo sentido se sostiene que es ineludible que dichos Planes de Aprovechamiento tengan plazos superiores a los 20 años de duración y que –en todo caso- sean ADSCRITOS A LA PROPIEDAD y no al propietario. Siendo su transferencia al nuevo propietario inmediata y automática. <br />Estamos persuadidos de que solamente la clausura absoluta (por un plazo a determinar) de la superficie del bosque que haya sufrido incendio, permitirá disuadir a los que utilizan el fuego como medio para eludir la acción de la ley. Esta medida apunta también a proteger al propietario potencialmente damnificado por los siniestros provocados, ya que le resta interés económico residual a la superficie quemada.<br />Otra importante inconsistencia del Ordenamiento radica en señalar como de “poco valor de conservación” (marcándolos de verde) a los únicos relictos intactos de algarrobales, quebrachales y caldenales que quedan en toda la provincia.<br />También merece nuestra reprobación más severa la exclusión del Ordenamiento de extensísimas zonas de la provincia, con vegetación autóctona en distintos niveles de conservación, al dejar sin categoría (en blanco) mucho más del 50% de la superficie de la provincia. Es importante consignar que esta omisión viola flagrantemente lo estipulado por la ley nacional de bosques.<br />Estos dos últimos tópicos hacen evidente la necesidad de contar con estudios florísticos (a nivel de comunidad) confiables y actuales, antes de decidir el valor de conservación de las diversas formaciones.<br />La pendiente del 25% elegida arbitrariamente por la autoridad provincial como criterio para delimitar la Categoría I (rojo) es violatoria de lo dispuesto por la ley nacional de bosques, que exige demarcar con rojo toda superficie que exceda el 5% de pendiente.<br />En referencia a la pendiente, esta deberá formar parte de los criterios para autorizar los diversos métodos de desmonte y explotación de los sectores habilitados (por ejemplo se prohibirán las “topadas” en terrenos con más del 3,5% de pendiente).<br />A los fines de incorporar a la Categoría I las superficies que –por pequeñas- no puedan ser individualizadas en el mapa exigimos que: “Los Planes de Aprovechamiento del Cambio de Uso del Suelo incluyan un estudio planialtimétrico realizado por un agrimensor matriculado. Este profesional se hará responsable de certificar que la pendiente de ningún lugar del proyecto supere el límite especificado. Las zonas cuya pendiente supere dicho límite deberán ser excluidas del proyecto y estar adecuadamente demarcadas en el plano”.<br />Para todas las categorías se deberán reglamentar urgentemente los Criterios de Urbanización, especialmente para aquellos loteos ubicados en zona roja (Categoría I).<br />En lo que concierne a la formulación, gestión, fiscalización, monitoreo y modificación de las normas provinciales, se advierte que solamente se admitirá un Organismo que dé amplia participación a la Unidad de Coordinación Técnica Interinstitucional, facilitando los medios necesarios para el funcionamiento e interacción con la máxima transparencia, de todas las instituciones y organizaciones tanto civiles como estatales. <br />En este sentido se plantea que sería de máximo interés incorporar a la Escuela pública a la red de monitoreo de los bosques nativos, para que trabaje en colaboración estrecha con la UCTI en la vigilancia y la educación para la preservación de los bosques nativos.<br />Con el mismo fin se debe crear el Cuerpo de Guardabosques Voluntarios, cuyos sucedáneos (los Guardafaunas Voluntarios) demostraron tener amplia aceptación y efectividad.<br />En cuanto a las Economías Regionales, es ampliamente reconocido que en el Norte provincial la mayor posibilidad de creación de empleos radica en los Microemprendimientos ruales y en las Empresas familiares del tipo artesanal. La Categoría II (amarilla) es propiciatoria de dichos emprendimientos y deberá ocupar la mayor parte del territorio no demarcado como Categoría I (rojo).<br />Para facilitar el Desarrollo Productivo de la región Norte provincial, íntimamente ligado al quehacer turístico, se promoverá la radicación y sustentabilidad de los pequeños productores, facilitándoles la Tecnología, Conocimiento, Financiación y Canales de Comercialización necesarios para desarrollar su actividad. Éstas medidas se consideran de vital importancia ya que aseguran la sustentabilidad de la actividad económica de la aún abundante población rural en zona amarilla (y roja) y por lo tanto justifican la financiación con dineros del Fondo de Bosques Nativos (por ejemplo para ampliar la frontera agrícola merced al riego de terreno ya desmontado, evitando nuevos desmontes).<br /> <br />