Los signos distintivos constituyen medios identificadores que utiliza el empresario para distinguir en el tráfico mercantil a su empresa, su establecimiento de comercio (nombre comercial), los productos que fabrica o comercializa (marca de producto) o los productos que presta (marca de servicio). Los signos distintivos forman parte del patrimonio de una empresa y muchas veces el activo más importante, concentrando todo el prestigio y reputación de su esfuerzo empresarial.
3. Propiedad Intelectual
• ¿Sabías que la propiedad intelectual
está en todas partes? desde la ropa
que usan, los libros que llevan en una
mochila, la música que escuchan. Está
presente todos los días, de la mañana
a la noche, en la escuela y en la
universidad, en el trabajo, cuando
salimos con los amigos y hasta cuando
dormimos.
• ¿Qué es la propiedad intelectual? Es
obra de la mente humana -fruto de la
creatividad y de la invención humana.
• Fuente: La Propiedad Intelectual en tu vida www.ompi.org
6. • MARCAS
• NOMBRE COMERCIAL
• LEMA COMERCIAL
• IND.GEOGRAFICA/D. DE ORIGEN
• APARIENCIA DISTINTIVA
• MARCA COLECTIVA
• MARCA DE CERTIFICACIÓN
PRODUCTO
SERVICIOS
7. MARCAS
• Las marcas son los signos distintivos que
permiten identificar productos y servicios y
diferenciarlos de los demás.
• Una marca registrada protege al titular de la
marca garantizándole el derecho exclusivo a
utilizarla para identificar sus productos o
servicios o a autorizar su utilización por terceros.
(Por lo general, la marca queda protegida
durante 10 años pero la protección puede
renovarse tantas veces como se desee).
8. MARCAS
• Los consumidores relacionan ciertas marcas con
ciertos productos, por lo que el prestigio y la
reputación que se asocian a la marca son muy
importantes.
• Si el producto tiene buena acogida, la marca
destacará de entre las demás y será más conocida,
aumentando así el valor global del producto – así
como el de otros productos que lleven la misma
marca.
• También se puede utilizar una marca para crear una
imagen y/o un estilo para un producto.
12. Tipos de marcas
Marcas colectivas
• Aquella que sirve para distinguir el origen de diversos
productos o servicios de empresas diferentes que
utilizan la marca bajo el control de un titular.
(Asociación de productores
y comercializadores de ¨Los
Helados de Salcedo¨)
13. Tipos de marcas
Marcas notorias y marcas de alto renombre
• Son marcas que han tenido una implantación tal en
el mercado que son conocidas por una cantidad
importante de consumidores.
14. Tipos de marcas.-
MARCA NOTORIA =/= MARCA RENOMBRADA
(Son conocidas por todas (Conocidas por el
las personas pertenecientes público en general)
al círculo al que pertenecen los
productos marcados. Músicos)
- Artículos 197 y 198 LPI
15. Principios del derecho marcario
• Registrabilidad.-
• Temporalidad.-
• Territorialidad.-
• Especialidad.-
• No confusión.-
• Mínimo uso.-
• Buena fe marcaria.-
16. Protección marcaria
• La protección nace a partir del registro en el IEPI.
• La ley no prohíbe el uso de signos o marcas no
registradas, pero no tendrá la exclusividad que le
permite licenciar, ceder, transferir; ni podrán hacer
valer sus derechos en contra de terceros por el uso de
ese signo en caso de entrar en conflicto, debido a que
no se la registró
• El simple uso no constituye derecho, motivo por el cual
es indispensable el REGISTRO.
• Plazo El plazo de protección que establece la ley es
de 10 años contados desde la fecha de su concesión,
tiempo que puede ser renovado sucesivamente por
períodos de 10 años.
17. Requisitos para poder registrar una marca
• Que sea suficientemente distintivo: Esto es
que sirva para diferenciar un producto de
otro similar en el mercado.
Que sea susceptible de representación gráfica:
De esta forma se puede cumplir con el
requisito de la publicación de la marca
solicitada. Así se excluyen en este sentido las
marcas perceptibles por el gusto, el olfato, etc.
Que sea perceptible: Esto es que pueda ser
percibido por los sentidos.
18. PROHIBICIONES PARA EL REGISTRO
ABSOLUTAS
1.- Falta de aptitud distintiva:
a) Términos genéricos o
usuales en relación al
producto o servicio que
identifican.
b) Términos exclusivamente
descriptivos del producto o
servicio. (Características)
19. PROHIBICIONES PARA EL REGISTRO
ABSOLUTAS
2. Nombres, escudos, emblemas, siglas,
denominaciones o abreviaturas de
cualquier país
3.- Color aisladamente considerado salvo
distintividad adquirida. Ej: Color rojo
Ferrari
4.-Contrarios a la moral o el orden
público.
5. Monedas o billetes de curso legal en el
país o en el extranjero. $
20. PROHIBICIONES PARA EL REGISTRO
RELATIVAS: Pueden convalidarse
Perjuicio a derechos de terceros. Ej: Derechos de Autor,
Marcas registradas, Marcas de Alto Renombre y Marcas
Notorias, Nombre Comerciales
21. Límites del Derecho Marcario.-
-Uso Informativo y de Identificación, sin riesgo
de confusión. (Ej: Concesionarias de vehículos,
tiendas donde se publicitan marcas)
- En general, uso reconociendo expresamente
titularidad de terceros sobre la marca utilizada.
22. Presentación
solicitud
Examen forma Providencia completar (2
meses)
Publicación
Gaceta
Caducidad - archivo
Oposición No oposición
Registrabilidad
Resolución
Concede
Niega
Titulo
Recursos
Contestación
Alegatos
Resolución
TRAMITE DE REGISTRO
23.
24.
25.
26.
27.
28. VIDEO DE FORMULARIO DE REGISTRO
Paso a Paso
• Formulario impreso a máquina de escribir o
computadora, de lado y lado, documento
que lo podrá obtener en nuestro sitio web
www.iepi.gob.ec, o directamente en
nuestras oficinas.
• Se requieren cuatro ejemplares para su
presentación.
29. • Formularios: www.propiedadintelectual.gob.ec -
Servicios en Línea Formularios – Signos distintivos
• Clasificación Niza: www. propiedadintelectual.gob.ec -
Servicios en Línea – Buscadores – Clasificador de
productos o servicios
• Gaceta: www.propiedadintelectual.gob.ec - Servicios en
Línea – Gaceta
• Cuenta Corriente: 7428529 Banco del Pacìfico– IEPI
• Consultas o sugerencias:
guayaquil@propiedadintelectual.gob.ec
• Telf. 04- 2634281-2634016-2634005-2634653
• Av. Francisco de Orellana. Edificio Centrum (Claro),
piso 9 Of. 5