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Bases de Cotización
La base de cotización es el importe sobre el que se aplican los porcentajes o
tipos de cotización y, como resultado, se obtiene la cuota a ingresar a la Seguridad
Social.
La base de Contingencias comunes la componen:
1. Las retribuciones generadas durante el mes como salario base, antigüedad,
plus convenio, plus actividad…, excluyendo los conceptos que no cotizan.
2. A dicha retribución se agregará la parte proporcional de las gratificaciones
extraordinarias y de aquellos conceptos de devengo superior al mes que
vayan a abonarse durante el año.
El importe resultante sería la base de cotización por Contingencias comunes, cuyas
cuotas se destinan a la cobertura del Régimen General de la Seguridad Social.
La base de Contingencias profesionales es la suma de la base de contingencias
comunes más el computo de horas extras obtenidas en ese mes. La cuota resultante
cubre los riesgos generados en accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
producidas como consecuencia del trabajo por cuenta ajena. Los tipos que se aplican a
esta base son los de:




Horas extraordinarias, estructurales o no estructurales.
CNAE; es decir, Cuotas por incapacidad permanente, Muerte y Supervivencia.
(IMS) y Cuotas por incapacidad temporal (IT).
Otros conceptos como el Desempleo, FOGASA y Formación Profesional.

La empresa está obligada a cotizar por el trabajador por un importe comprendido entre
la base máxima y la mínima de su grupo de cotización.
¿Qué son las bases de cotización máximas y mínimas?
Cada trabajador pertenece a un grupo de cotización, y a este grupo de
cotización le corresponde una base máxima y una mínima.
Una vez calculado el recibo de un trabajador obtenemos su base, dicha base
tiene que estar entre la base mínima y máxima de su grupo.
Si su base supera la base máxima o es inferior a la mínima le corresponde cotizar
por la base máxima o mínima correspondiente a su grupo.
Los grupos de cotización se dividen en dos fases:



Grupo 1 al 7: Integran a los trabajadores mensuales.
Grupo 8 al 11: Corresponde a los trabajadores diarios.

Bases Cotización 2014
El empresario está obligado a cotizar por el trabajador por un importe
comprendido entre la base máxima y la base mínima de su grupo de cotización del
trabajador.
A la espera de la publicación de las Normas de Cotización a la Seguridad Social,
os ofrezco la tabla con las bases de Cotización máximas y mínimas provisional. Se
prevé el incremento en las cuantías de las bases máximas aplicables en los diferentes
Regímenes de la Seguridad Social respecto a las anteriores en un 5%.

Tabla con las Bases de Cotización 2014

DATOS MENSUALES
Grupo de
Categoría
Cotización
Ingenieros y Licenciados.
1

2
3
4
5
6
7

Mínima Máxima

1.051,50 3.597,00
Personal de alta dirección no incluido en el artículo €/mes €/mes
1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores
872,10 3.597,00
Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados
€/mes €/mes
758,70 3.597,00
Jefes Administrativos y de Taller
€/mes €/mes
753,00 3.597,00
Ayudantes no titulados
€/mes €/mes
753,00 3.597,00
Oficiales Administrativos
€/mes €/mes
753,00 3.597,00
Subalternos
€/mes €/mes
Auxiliares Administrativos
753,00 3.597,00
€/mes

€/mes

DATOS DIARIOS
Grupo de
Categoría
Cotización

Mínima Máxima

25,10
€/día
25,10
Oficiales de tercera y Especialistas
€/día
25,10
Peones
€/día
Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera 25,10
que sea su categoría profesional
€/día

8

Oficiales de primera y segunda

9
10
11



119,90
€/día
119,90
€/día
119,90
€/día
119,90
€/día

Bases de Cotización 2014, publicadas en la Ley de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2014.
Las bases mínimas de cotización, según categorías profesionales y grupos de
cotización, se incrementarán, desde el 1 de enero de 2014 y respecto de las
vigentes en 31 de diciembre de 2013, en el mismo porcentaje en que aumente el
salario mínimo interprofesional, (al no aumentarse el SMI, quedan igual que
2.013).

Tipos de cotización
El tipo de cotización es el porcentaje que se aplica sobre las bases de
cotización y así, se obtiene la cuota o importe que se ingresa en la Seguridad
Social.
A continuación, mostramos los tipos de cotización vigentes a día de hoy:

Régimen General de la Seguridad Social

CONTINGENCIAS
Comunes

EMPRESA
23,60%

TRABAJADORES
TOTAL
4,70%
28,30%

Tipo de contingencias comunes (IT) trabajadores mayores de 65 años y 35 años
cotizados: 1, 75% (1,46% -empresa- y 0,29% -trabajador-)
DESEMPLEO
EMPRESA
Tipo General (INDEFINIDOS) 5,50%
Contrato duración determinada
6,70%
Tiempo Completo
Contrato duración determinada
7,70%
Tiempo Parcial

TRABAJADORES
TOTAL
1,55%
7,05%
1,60%

8,30%

1,60%

9,30%
EMPRESA
FORMACIÓN PROFESIONAL 0,60%
EMPRESA
FOGASA
0,20%
EMPRESA
Horas Extraordinarias Fuerza
12,00%
Mayor
Resto Horas Extraordinarias
23,60%

TRABAJADORES
TOTAL
0,10%
0,70 %
TRABAJADORES
TOTAL
0,20%
TRABAJADORES

TOTAL

2,00%

14,00%

4,70%

28,30%

Salario mínimo interprofesional 2014, SMI 2014
El salario mínimo interprofesional, es la cuantía mínima de retribución que
deben percibir los trabajadores por cada jornada de trabajo (hora, día o mes). El importe
se fija anualmente.
El salario mínimo interprofesional para 2014 se ha congelado el existente para 2013,
Detallamos los importes actuales del SMI 2014:






SMI 2014 diario: 21,51 €/día.
SMI 2014 mensual: 645,30 €/mes.
SMI 2014 en cómputo anual: 9.034,20 €/año.
En el caso de los empleados de hogar que trabajen por horas, el salario mínimo
será de 5,05 € por hora efectivamente trabajada.
En los trabajadores eventuales y temporeros en ningún caso la cuantía del
salario profesional pueda resultar inferior a 30,57 € por jornada legal en la
actividad.

IPREM 2014
El IPREM o Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples sirve
para fijar los límites en las subvenciones, ayudas, subsidios, becas, etc. según los
ingresos obtenidos en el año.
El IPREM se actualiza y publica anualmente, pero el IPREM 2014 sigue
congelado por quinto año consecutivo. Y estos valores se usarán como referencia para
determinar si nuestros ingresos superan un determinado número de veces el IPREM y
según esto optar a prestaciones y ayudas.
IPREM de 2014:





IPREM diario 2014: 17,75 €/día.
IPREM mensual 2014 532,51 €/mes.
IPREM anual 2014: 6.390,13 €/año.
IPREM: en cómputo anual (incluye prorrata de pagas extraordinarias): 7.455,14
€.

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Bases de cotizacion de la seguridad social 2014

  • 1. Bases de Cotización La base de cotización es el importe sobre el que se aplican los porcentajes o tipos de cotización y, como resultado, se obtiene la cuota a ingresar a la Seguridad Social. La base de Contingencias comunes la componen: 1. Las retribuciones generadas durante el mes como salario base, antigüedad, plus convenio, plus actividad…, excluyendo los conceptos que no cotizan. 2. A dicha retribución se agregará la parte proporcional de las gratificaciones extraordinarias y de aquellos conceptos de devengo superior al mes que vayan a abonarse durante el año. El importe resultante sería la base de cotización por Contingencias comunes, cuyas cuotas se destinan a la cobertura del Régimen General de la Seguridad Social. La base de Contingencias profesionales es la suma de la base de contingencias comunes más el computo de horas extras obtenidas en ese mes. La cuota resultante cubre los riesgos generados en accidentes de trabajo y enfermedades profesionales producidas como consecuencia del trabajo por cuenta ajena. Los tipos que se aplican a esta base son los de:    Horas extraordinarias, estructurales o no estructurales. CNAE; es decir, Cuotas por incapacidad permanente, Muerte y Supervivencia. (IMS) y Cuotas por incapacidad temporal (IT). Otros conceptos como el Desempleo, FOGASA y Formación Profesional. La empresa está obligada a cotizar por el trabajador por un importe comprendido entre la base máxima y la mínima de su grupo de cotización.
  • 2. ¿Qué son las bases de cotización máximas y mínimas? Cada trabajador pertenece a un grupo de cotización, y a este grupo de cotización le corresponde una base máxima y una mínima. Una vez calculado el recibo de un trabajador obtenemos su base, dicha base tiene que estar entre la base mínima y máxima de su grupo. Si su base supera la base máxima o es inferior a la mínima le corresponde cotizar por la base máxima o mínima correspondiente a su grupo. Los grupos de cotización se dividen en dos fases:   Grupo 1 al 7: Integran a los trabajadores mensuales. Grupo 8 al 11: Corresponde a los trabajadores diarios. Bases Cotización 2014 El empresario está obligado a cotizar por el trabajador por un importe comprendido entre la base máxima y la base mínima de su grupo de cotización del trabajador. A la espera de la publicación de las Normas de Cotización a la Seguridad Social, os ofrezco la tabla con las bases de Cotización máximas y mínimas provisional. Se prevé el incremento en las cuantías de las bases máximas aplicables en los diferentes Regímenes de la Seguridad Social respecto a las anteriores en un 5%. Tabla con las Bases de Cotización 2014 DATOS MENSUALES Grupo de Categoría Cotización Ingenieros y Licenciados. 1 2 3 4 5 6 7 Mínima Máxima 1.051,50 3.597,00 Personal de alta dirección no incluido en el artículo €/mes €/mes 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores 872,10 3.597,00 Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados €/mes €/mes 758,70 3.597,00 Jefes Administrativos y de Taller €/mes €/mes 753,00 3.597,00 Ayudantes no titulados €/mes €/mes 753,00 3.597,00 Oficiales Administrativos €/mes €/mes 753,00 3.597,00 Subalternos €/mes €/mes Auxiliares Administrativos 753,00 3.597,00
  • 3. €/mes €/mes DATOS DIARIOS Grupo de Categoría Cotización Mínima Máxima 25,10 €/día 25,10 Oficiales de tercera y Especialistas €/día 25,10 Peones €/día Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera 25,10 que sea su categoría profesional €/día 8 Oficiales de primera y segunda 9 10 11   119,90 €/día 119,90 €/día 119,90 €/día 119,90 €/día Bases de Cotización 2014, publicadas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014. Las bases mínimas de cotización, según categorías profesionales y grupos de cotización, se incrementarán, desde el 1 de enero de 2014 y respecto de las vigentes en 31 de diciembre de 2013, en el mismo porcentaje en que aumente el salario mínimo interprofesional, (al no aumentarse el SMI, quedan igual que 2.013). Tipos de cotización El tipo de cotización es el porcentaje que se aplica sobre las bases de cotización y así, se obtiene la cuota o importe que se ingresa en la Seguridad Social. A continuación, mostramos los tipos de cotización vigentes a día de hoy: Régimen General de la Seguridad Social CONTINGENCIAS Comunes EMPRESA 23,60% TRABAJADORES TOTAL 4,70% 28,30% Tipo de contingencias comunes (IT) trabajadores mayores de 65 años y 35 años cotizados: 1, 75% (1,46% -empresa- y 0,29% -trabajador-) DESEMPLEO EMPRESA Tipo General (INDEFINIDOS) 5,50% Contrato duración determinada 6,70% Tiempo Completo Contrato duración determinada 7,70% Tiempo Parcial TRABAJADORES TOTAL 1,55% 7,05% 1,60% 8,30% 1,60% 9,30%
  • 4. EMPRESA FORMACIÓN PROFESIONAL 0,60% EMPRESA FOGASA 0,20% EMPRESA Horas Extraordinarias Fuerza 12,00% Mayor Resto Horas Extraordinarias 23,60% TRABAJADORES TOTAL 0,10% 0,70 % TRABAJADORES TOTAL 0,20% TRABAJADORES TOTAL 2,00% 14,00% 4,70% 28,30% Salario mínimo interprofesional 2014, SMI 2014 El salario mínimo interprofesional, es la cuantía mínima de retribución que deben percibir los trabajadores por cada jornada de trabajo (hora, día o mes). El importe se fija anualmente. El salario mínimo interprofesional para 2014 se ha congelado el existente para 2013, Detallamos los importes actuales del SMI 2014:      SMI 2014 diario: 21,51 €/día. SMI 2014 mensual: 645,30 €/mes. SMI 2014 en cómputo anual: 9.034,20 €/año. En el caso de los empleados de hogar que trabajen por horas, el salario mínimo será de 5,05 € por hora efectivamente trabajada. En los trabajadores eventuales y temporeros en ningún caso la cuantía del salario profesional pueda resultar inferior a 30,57 € por jornada legal en la actividad. IPREM 2014 El IPREM o Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples sirve para fijar los límites en las subvenciones, ayudas, subsidios, becas, etc. según los ingresos obtenidos en el año. El IPREM se actualiza y publica anualmente, pero el IPREM 2014 sigue congelado por quinto año consecutivo. Y estos valores se usarán como referencia para determinar si nuestros ingresos superan un determinado número de veces el IPREM y según esto optar a prestaciones y ayudas. IPREM de 2014:     IPREM diario 2014: 17,75 €/día. IPREM mensual 2014 532,51 €/mes. IPREM anual 2014: 6.390,13 €/año. IPREM: en cómputo anual (incluye prorrata de pagas extraordinarias): 7.455,14 €.