El documento describe el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil en México, el cual asigna una Clave Única de Inscripción a organizaciones que soliciten apoyo del gobierno. El registro es administrado por el Instituto Nacional de Desarrollo Social y tiene como objetivo facilitar el acceso de las organizaciones a apoyos públicos. Para obtener una Clave Única de Inscripción, las organizaciones deben cumplir ciertos requisitos y presentar documentación requerida.
1. REGISTRO FEDERAL DE LAS
ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL
Descripción del servicio o apoyo
El Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol) es la entidad encargada de la Secretaría
Técnica de la Comisión de Fomento de las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad
Civil (Comisión). Dicha Comisión facilita la coordinación en el diseño, ejecución, seguimiento y
evaluación de las acciones y medidas para el fomento de las actividades establecidas por la Ley
Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil
(LFFAROSC). La conforman las secretarías de Desarrollo Social, de Gobernación, de Hacienda y
Crédito Público y de Relaciones Exteriores.
Una de las acciones para cumplir con lo que determina la LFFAROSC es la instauración del
Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil, el cual tiene como una de sus
funciones otorgar a las Organizaciones de la Sociedad Civil que así lo soliciten su Clave Única
de Inscripción (CLUNI). Al tener a su cargo la Secretaría Técnica de la Comisión, el Indesol opera
el Registro mencionado.
Por mandato de Ley, el Registro debe inscribir a las organizaciones que lo soliciten, siempre que
cumplan con los requisitos establecidos en la propia Ley y sus reglamentos, así como mantener
actualizada la información relativa a dichas organizaciones, para su consulta entre las diferentes
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
¿Quiénes puedes ser los beneficiarios?
Las Organizaciones de la Sociedad Civil que tengan las siguientes características: estar
legalmente constituidas; no hacer proselitismo partidista, político-electoral o religioso; no tener
fines de lucro, y realizar una o varias de las actividades relacionadas con los temas que se
describen en el artículo 5 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por
Organizaciones de la Sociedad Civil: asistencia social, promoción de los derechos humanos,
protección del medio ambiente, promoción de la equidad de género, prestación de servicios de
salud, educación, cultura, desarrollo de los pueblos indígenas, actividades enfocadas a
promover la participación ciudadana, protección civil, entre otros.
www.sedesol.gob.mx
La relevancia de las organizaciones de la sociedad civil se evidencia en el impulso que ofrecen a
causas fundamentales tales como, por ejemplo, el respeto a los derechos humanos, el trabajo
para el desarrollo de comunidades, la perspectiva de género, la atención a grupos sociales en
condiciones de marginación, entre muchas otras. Las organizaciones de la sociedad civil
desempeñan cuatro funciones sociales: prestadoras de servicios; promotoras y defensoras de
los derechos humanos; creadoras de capital social y generadoras de desarrollo económico.
Casos en los que se puede solicitar el servicio o apoyo
El Registro Federal de las OSC asigna a las Organizaciones de la Sociedad Civil la Clave Única
de Inscripción (CLUNI) para que puedan tener acceso a apoyos y estímulos públicos que brinda
la Administración Pública Federal. A través de ella las organizaciones pueden gozar de
incentivos fiscales y demás apoyos económicos y administrativos; recibir donativos y
aportaciones, en términos de las disposiciones fiscales y demás ordenamientos aplicables;
acceder a los beneficios para las organizaciones que se deriven de convenios o tratados
internacionales, y a recibir asesoría, capacitación y colaboración por parte de dependencias y
entidades para el mejor cumplimiento de su objeto y actividades, en el marco de los programas
que al efecto formulen dichas dependencias y entidades, entre otros.
2.
Las actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil objeto de fomento son las
siguientes:
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
IX.
X.
XI.
XII.
XIII.
XIV.
XV.
XVI.
XVII.
XVIII.
XIX.
Asistencia social, conforme a lo establecido en la Ley Sobre el Sistema Nacional de
Asistencia Social y en la Ley General de Salud;
Apoyo a la alimentación popular;
Cívicas, enfocadas a promover la participación ciudadana en asuntos de interés
público;
Asistencia jurídica;
Apoyo para el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas;
Promoción de la equidad de género;
Aportación de servicios para la atención a grupos sociales con discapacidad;
Cooperación para el desarrollo comunitario en el entorno urbano y rural;
Apoyo en la defensa y promoción de los derechos humanos;
Promoción del deporte;
Promoción y aportación de servicios para la atención de la salud y cuestiones
sanitarias;
Apoyo en el aprovechamiento de los recursos naturales, la protección del ambiente,
la flora y la fauna, la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como
la promoción del desarrollo sustentable a nivel regional y comunitario, de las zonas
urbanas y rurales;
Promoción y fomento educativo, cultural, artístico, científico y tecnológico;
Fomento de acciones para mejorar la economía popular;
Participación en acciones de protección civil;
Prestación de servicios de apoyo a la creación y fortalecimiento de organizaciones
que realicen actividades objeto de fomento por esta ley.
Promoción y defensa de los derechos de los consumidores;
Acciones que promuevan el fortalecimiento del tejido social y la seguridad
ciudadana, y
Las que determinen otras leyes.
¿Quién puede solicitar el servicio o apoyo?
ORGANIZACIONES QUE PUEDEN SOLICITAR LA CLAVE ÚNICA DEL REGISTRO FEDERAL
DE LAS OSC (CLUNI)
Pueden solicitar la CLUNI organizaciones con las siguientes figuras jurídicas:
asociaciones civiles, instituciones de asistencia privada, instituciones de beneficencia
privada, asociaciones de beneficencia privada y sociedades civiles. A continuación se
enlista el marco normativo y el perfil de cada figura jurídica.
Figura jurídica: Asociación Civil (A. C.)
Marco normativo: Código Civil Federal
Perfil: Varios individuos convienen reunirse, para realizar un fin común lícito y que
no tenga carácter preponderantemente económico, generalmente aportan recursos,
conocimientos, esfuerzo o trabajo.
3. Figura jurídica: Institución de Asistencia Privada (I. A. P.)
Marco normativo: Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal
o de cada Entidad Federativa
Perfil: Creadas por particulares, sin fin de lucro que, con recursos privados y bienes
propios, realizan actividades de asistencia social.
Figura Jurídica: Institución de Beneficencia Privada (I. B. P.)
Marco normativo: Ley de Instituciones de Beneficencia Privada, de cada Entidad
Federativa, conforme a su ámbito territorial.
Perfil: Son creadas por particulares, su finalidad se considera de utilidad pública sin
fines de lucro, poseen un patrimonio propio, destinado a la realización de sus
objetivos.
Figura Jurídica: Asociación de Beneficencia Privada A. B. P.
Marco normativo: Ley de la Beneficencia Privada para el Estado de Nuevo León
Perfil: Se constituyen por personas que aportan bienes, sin fines de lucro, con el
propósito de crear un beneficio social de acuerdo a las normas establecidas por el
Código Civil y la Ley de Beneficencia Privada para el Estado de Nuevo León.
Figura jurídica: Sociedad Civil** (S. C.)
Marco normativo: Código Civil Federal
Perfil: Organización donde los socios se obligan mutuamente a combinar sus
recursos y esfuerzos para la realización de un fin común lícito, de carácter
preponderantemente económico, pero sin fines de lucro, mediante el cual aportan
recursos, esfuerzos, conocimientos o trabajo.
**Algunas Sociedades Civiles pueden ser sujetos de la Ley y obtener su CLUNI siempre y cuando modifiquen
sus estatutos y su régimen fiscal, indiquen que no distribuirán remanentes de los apoyos y estímulos públicos
y no practiquen el autobeneficio.
¿Qué se tiene que hacer para obtener el servicio o apoyo?
Requisitos para el Trámite de Inscripción al Registro Federal de las OSC
Para realizar el Trámite de Inscripción al Registro Federal de las OSC en el marco de la Ley
Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil,
los representantes o miembros de las organizaciones deberán llenar la Solicitud de
Inscripción en línea*, a través del Portal www.corresponsabilidad.gob.mx, entrando en la
sección Trámites del Registro, la cual se encuentra en el menú principal de la página. Una
vez llena, deberán imprimir dicha solicitud; la firmará el (los) o la (las) representante (s)
legal (es).
El siguiente paso es que se presenten en el módulo del Registro Federal de las OSC más
cercano a su domicilio, llevando los siguientes documentos en original y en copia legible:
1) Solicitud de inscripción llena y firmada.
2) Acta constitutiva de la organización.
4. 3) Documento notariado vigente que acredite la personalidad y ciudadanía del (o los)
representante (s) legal (es) de la organización (en su caso).
4) Identificación oficial vigente del (o los) representante(s) legal(es) de la organización
(Credencial de elector, pasaporte o Cédula Profesional vigentes).
5) Cédula de Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
6) Comprobante de domicilio legal (Sólo se acepta Solicitud de Inscripción al Registro
Federal de Contribuyentes o Aviso de Actualización o de Modificación de Situación
Fiscal ante el SAT)
7) En caso de haber efectuado modificaciones a la escritura constitutiva, presentar las
Acta(s) Protocolizada(s) que correspondan
* Para iniciar trámite de inscripción es necesario que integrantes o representantes de la organización se
presenten en un Módulo. El llenado de la solicitud en línea no se considerará como inicio de trámite.
Más Información sobre el Programa
1. Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
http://www.indesol.gob.mx
http://www.indesol.gob.mx/es/web_indesol/Registro
2. Portal de las Acciones de Fomento de la Administración Pública Federal para las
Organizaciones de la Sociedad Civil http://www.corresponsabilidad.gob.mx
Si tiene alguna duda o sugerencia, por favor comuníquese
o envíe sus observaciones y comentarios a:
Nombre del área encargada del Registro
Federal de las Organizaciones de la Sociedad
Civil.
Dirección de oficinas:
Números telefónicos:
Del interior de la República sin costo al:
Dirección electrónica:
Comisión de Fomento de las
Actividades de las Organizaciones
de la Sociedad Civil
Dirección General Adjunta de
Fomento,
Profesionalización
e
Investigación para las OSC
Segunda Cerrada de Belisario
Domínguez núm. 40,
Colonia Del Carmen Coyoacán.
Delegación Coyoacán.
C. P. 04100. México, D. F.
55 54 03 90 Ext. 68200
01800-7188621 Ext. 68200
mauricio.bermeo@indesol.gob.mx
5. Si tiene alguna queja o denuncia, por favor comuníquese a:
Nombre del área encargada:
Dirección de oficinas:
Números telefónicos:
Fax desde la Ciudad de México:
Correo electrónico:
Del interior de la República sin costo al:
Quejas o denuncias en el Órgano
Interno de Control en la SEDESOL.
Av. Paseo de la Reforma No. 116. Piso
11,
Colonia Juárez
53 28 50 00 y 51 5328-5000,
Extensiones: 51413, 51445, 51452,
51453. 51460, 51462, 51463 y 51465
en un horario de 9:00 a 18:00 hrs
51 41 79 74
organo.interno@sedesol.gob.mx,
quejasoic@sedesol.gob.mx,
01 800 714 83 40
El trámite de inscripción es totalmente gratuito. No se requieren gestores. El Registro
resolverá sobre la procedencia del trámite de inscripción en un plazo no mayor a
treinta días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la solicitud y la
documentación requerida.