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ADMINISTRACIÓN
MUNICIPAL
DE TÁMESIS
CENTRO DE INFORMÁTICA
MUNICIPAL CIM.COM
INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN
PARA EL TRABAJO Y EL
DESARROLLO HUMANO
Resolución No 1448 del 19 de Febrero de 2003
CENTRO DE INFORMÁTICA MUNICIPAL CIM.COM
RESOLUCIÓN No 1448 DEL 19 DE FEBRERO DE 2003
MANUAL DE CONVIVENCIA
El Consejo Directivo del Centro de Informática Municipal CIM.COM, en
ejercicio de la atribución legal que le confieren el Decreto 4904 de 2009 en
el capítulo II, numeral 2.2, y teniendo como base fundamental la
Constitución Política de Colombia en sus art. 4°, 67° y 68.
ACUERDA:
ARTÍCULO 1°. Expedir el Manual de Convivencia para la Institución de
Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano Denominada Centro de
Informática Municipal CIM.COM, documento que es obligatorio según el
artículo 17 del Decreto 1860 de 1994; El Manual de Convivencia contiene
los siguientes Títulos y Capítulos.
TÍTULO I
MISIÓN, VISIÓN, PRINCIPIOS Y OBJETIVOS
CAPÍTULO I
MISIÓN
ARTÍCULO 2°. Misión
Ofrecer a la comunidad del municipio de Támesis y la Subregión del
Suroeste, una sólida formación para el Trabajo y el Desarrollo Humano;
ofreciendo, programas legalmente regulados y avalados por la Secretaria de
Educación para la Cultura de Antioquia y las Mesas Sectoriales lideradas por
el SENA. Desarrollando igualmente en los educandos, competencias
académico-laborales que contribuyan a fortalecer ámbitos culturales,
políticos, sociales y éticos a través de metodología innovadoras y
participativas; en donde ellos, sean los protagonistas de su propio
aprendizaje, mediante la articulación empresarial al mundo laboral
propendiendo por la actualización de sus competencias y así mejorará la
calidad de vida de los mismos al encontrarse con ofertas de trabajo
principalmente dentro de la localidad que se puedan satisfacer en una
medida muy amplia.
CAPÍTULO II
VISIÓN
ARTÍCULO 3°. Visión
En el año 2015, CIM.COM será una institución líder en la formación para el
trabajo; con criterios definidos de calidad, pertinencia laboral y
accesibilidad; contribuyendo igualmente al desarrollo socio-económico del
entorno, formando trabajadores altamente calificados, críticos,
investigativos y generadores de cambios positivos a través de la formación
por competencias, que además, se adapten a las condiciones y exigencias
de la modernidad en lo que a mercados globalizados se refiere; con la
utilización de herramientas idóneas para enfrentar los cambios.
CAPÍTULO III
PRINCIPIOS
ARTÍCULO 4°. Los principios de la institución son los siguientes:
4.1 Calidad: debe ser tanto humana como educativa, y se refiere a cumplir
eficientemente los requisitos establecidos dentro de la institución y el
programa, con el fin de generar las capacidades y competencias
laborales que permitan atender la demanda laboral y por ende mejorar
la calidad de vida.
4.2 Excelencia: Entendida como la búsqueda continua de acreditación de
los procesos y programas de formación para el trabajo y el desarrollo
humano. Este es el principio caracterizador de la institución, es la forma
como todo el gremio empresarial de la localidad definirá a nuestros
estudiantes siendo parte fundamental para integrarlos dentro de dicho
gremio como ejes fundamentales de la competitividad de las empresas.
4.3 Calidez: La cual se verá reflejada en amabilidad, solidaridad,
tolerancia, compañerismo y entusiasmo.
4.4 Compromiso: Alto grado de dedicación y perseverancia en la
aprehensión de las diferentes técnicas, procedimientos y conocimientos
entregados por la institución con el fin de alcanzar las metas y objetivos
institucionales recriminados en la alta competencia que necesita el
sector productivo.
4.5 Participación: El presente valor de inclusión se analiza como factor
fundamental para que los estudiantes se interrelacionen con los
directivos, docentes y administrativos de la institución como mecanismo
fundamental de auto aprendizaje y de mejoramiento de la institución.
4.6 Respeto: En todo entorno es necesario acatar las sugerencias u
órdenes de un superior, para lograr así respeto entre las personas que
lo conforman.
4.7 Honestidad: Valor de suma importancia ya que trae consigo la
confianza, la justicia y permite crear un ambiente sano.
4.8 Identidad: Entendida como la autonomía y veracidad en todos los
aspectos
4.9 Creatividad: Referida como el valor que permite generar, transformar
y promover cambios positivos.
4.10 Proyecto Social: Concebido como el diseño y formulación de
alternativas de educación para el trabajo que mejoren continuamente
los niveles de empleabilidad en los educandos.
4.11 Formación para el trabajo: Lograda mediante la enseñanza de
conocimientos técnicos, habilidades y competencias laborales que
cualifiquen el desempeño en el puesto de trabajo.
4.12 Empleabilidad: Que proyecte nuestros egresados permitiendo su
vinculación al mercado laboral y desarrollando igualmente formas de
emprendimiento que estén en concordancia con los requerimientos del
actual mercado globalizado; respaldadas en modelos pedagógicos
dirigidos a orientar las habilidades y destrezas que finalmente conlleven
al progreso tanto a nivel personal como del entorno y de la(s)
empresa(s) a las cuales prestará sus servicios.
4.13 Tecnología: Contar con todas las herramientas físicas y de última
generación para capacitar cabalmente a todos nuestros estudiantes
para que su nivel de adaptabilidad y de funcionalidad se encuentre
acorde con el desarrollo de las nuevas prácticas y saberes.
4.14 Autogestión: Hacer referencia al dominio de lo que se tiene, al
análisis, a la autocrítica y construcción de las ideas, teniendo en cuenta
los sentimientos y la posibilidad de actuar conscientemente.
CAPÍTULO IV
OBJETIVOS
ARTÍCULO 5°. Los objetivos de la institución son los siguientes:
5.1 Propiciar espacios educativos que promuevan la Educación para el
Trabajo y el Desarrollo Humano, proporcionando herramientas
adecuadas con alta calidad y a bajos costos, permitiendo al estudiante
dinamizar el tránsito entre el aula y la práctica laboral.
5.2 Formar a través de módulos adaptados a los atributos y capacidades
del educando que apunten a las necesidades de formación, de avance
progresivo de aplicación de conocimientos así como adquisición de
niveles de competencia cada vez más amplios y exigentes.
5.3 Realizar diagnósticos constantes sobre la demanda laboral de la
localidad con el fin de organizar nuestros programas con la conciencia y
finalidad de satisfacerla a cabalidad.
5.4 Reducir el factor de desempleo del Municipio de Támesis Antioquia con
base en la formación con competencias y valores sociales acordes con
el desarrollo sostenible y armónico.
TÍTULO II
INSCRIPCIÓN Y MATRÍCULA
CAPÍTULO I
DE LA INSCRIPCIÓN
ARTÍCULO 6°. Inscripción. Es el acto por el cual el aspirante pide
formalmente ser admitido en uno de los programas que ofrece el Centro de
Informática Municipal CIM.COM.
ARTÍCULO 7°. Requisitos para la Inscripción Como Aspirante nuevo o
Como Aspirante de reingreso, Para inscribirse el aspirante debe
presentar los siguientes documentos en las fechas indicadas en el calendario
académico:
7.1 Formulario de inscripción debidamente diligenciado
7.2 Recibo que acredita el pago de los derechos de inscripción
ARTÍCULO 8°. Luego de presentar los documentos mencionados en el
artículo 7° podrá proceder a matricularse.
ARTÍCULO 9°. Cupos. El Consejo Directivo determinará en cada periodo
académico el cupo disponible para aspirantes.
ARTÍCULO 10°. El aspirante debe ser veraz en los datos que suministre,
tanto en el formulario de inscripción como en los documentos que le
acompañan. Si se aprobare inexactitud, se invalidará la matrícula.
CAPÍTULO II
DE LA MATRÍCULA
ARTÍCULO 11°. La Matrícula es un contrato entre la institución y el
estudiante, por medio de la cual la primera se compromete con los recursos
disponibles y darle formación integral al segundo, y el segundo en mantener
un rendimiento académico suficiente y a cumplir los deberes establecidos
por la primera.
Parágrafo: El contrato de matrícula deberá renovarse al iniciar cada
semestre.
ARTÍCULO 12°. Requisitos para Matrícula Como Aspirante Nuevo, el
aspirante admitido para matricularse deberá presentar en la Coordinación
Académica los siguientes documentos:
12.1 Formulario de matrícula debidamente diligenciado
12.2 Fotocopia del título de bachiller o certificado de que aprobó el grado
9, 10 u 11.
12.3 Orden de matrícula expedida por el Coordinador Académico o quien
haga sus veces.
12.4 Recibo que acredite el pago de los derechos de matrícula.
12.5 Fotocopia del documento de identidad
12.6 Fotocopia de la EPS
12.7 Dos fotos tamaño cédula
ARTÍCULO 13°. Requisitos para Matrícula Como Aspirante de reingreso,
el aspirante admitido para matricularse deberá presentar en la Coordinación
Académica los siguientes documentos:
13.1 Orden de matrícula expedida por el coordinador académico
13.2 Recibo que acredite el pago de los derechos de matrícula.
13.3 Certificado de paz y salvo con el Instituto CIM.COM
13.4 Certificado de la Coordinación Académica en el que conste que: No
hay medida formativa académica o disciplinaria vigente.
13.5 Certificado de las asignaturas aprobadas, en caso de haber logrado
a cabalidad algunas de las contempladas en el programa.
13.6 Certificado de paz y salvo con relación a la parte financiera, el
estudiante no puede tener deudas con la institución.
ARTÍCULO 14°. La Matrícula o su renovación deberán efectuarse
personalmente y se lleva a cabo por medio del proceso señalado por la
Institución.
ARTÍCULO 15°. Ningún estudiante podrá renovar matrícula, mientras
tenga pruebas evaluativas pendientes de las asignaturas en las cuales se
había matriculado anteriormente.
ARTÍCULO 16°. Los derechos de matrícula se pagarán dentro de las fechas
señaladas para tal efecto, de acuerdo a los planes establecidos por la
institución, debiendo haber firmado los respectivos pagarés.
ARTÍCULO 17°. Si el estudiante deja vencer el término para el pago y el
proceso de matrícula deberá solicitar por escrito a la Coordinación
Académica, autorización para matrícula extemporánea, la cual tendrá un
recargo del 5% sobre el valor normal de la matrícula.
ARTÍCULO 18°. Registro de Asignaturas. El estudiante deberá matricularse
en las asignaturas que le correspondan, teniendo en cuenta los requisitos
establecidos y la programación Académica.
ARTÍCULO 19°. Ajuste de la Matrícula. Los ajustes de matrícula mediante
adición o supresión de asignaturas, sólo será procedente en las fechas
establecidas por el calendario académico.
ARTÍCULO 20°. Pérdida de la calidad de estudiante o Anulación de
Matrícula; La violación al Manual de Convivencia, dará lugar a la anulación
total o parcial de la matrícula, para lo cual se tendrán en cuenta los
siguientes casos.
20.1 Por no haber completado el programa académico en el que se
inscribió y matriculó.
20.2 Por no haber renovado la matrícula en los plazos señalados por la
Institución o por el estudiante haberla cancelado voluntariamente.
20.3 Por el incumplimiento de las obligaciones que adquiere el
estudiante al momento de matricularse y por las faltas de asistencia.
20.4 Por expulsión de la Institución la cual será vigente por dos
periodos académicos.
TÍTULO III
DERECHOS, DEBERES, FALTAS Y SANCIONES
CAPÍTULO I
DERECHOS
ARTÍCULO 21º. Derechos de los estudiantes. Son derechos del estudiante
los siguientes:
21.1 Matricularse en la institución.
21.2 El estudiante puede solicitar a la institución certificados de estudio,
siempre y cuando este asistiendo a las clases y este a paz y salvo
financieramente.
21.3 Gozar de los privilegios que se derivan de la Constitución Política,
de las leyes de la Nación y Normas Reglamentarias.
21.4 El estudiante puede ponerse al día saldando las deudas monetarias
que tenga con la institución y solicitar reingreso al estudio que estaba
cursando siempre y cuando la institución todavía tenga registrado el
programa ante la Secretaría de Educación de Antioquia y tenga grupos
de estudiantes en proceso de formación.
21.5 Gozar de los estímulos contemplados en el Manual de Convivencia
de la institución.
21.6 Gozar del derecho para estudiar, aprender, acceder a las fuentes
de información científica y participar en la experimentación de nuevas
formas de aprendizaje dentro del respeto mutuo.
21.7 Elegir y ser elegido para el cargo de representante ante el Consejo
Directivo del Centro de Informática Municipal CIM. COM, promoviendo
una sociedad democrática – art 2 C.P.
21.8 Recibir un trato respetuoso por parte de los docentes, monitores,
personal administrativo, estudiantes y demás integrantes de la
comunidad educativa.
21.9 A que las clases y otras actividades programadas por la institución
se inicien puntualmente y a participar en los eventos culturales y de
recreación que se programen en la institución.
21.10 Gozar de un ambiente sano, durante su estadía en la institución.
21.11 Hacer uso de las instalaciones de la institución siempre y cuando
estas no estén ocupadas por otros miembros de la comunidad.
21.12 Ser escuchados por el personal de la institución, en las solicitudes,
sugerencias y reclamos según proceda dentro de los trámites
disciplinarios y académicos.
21.13 Usar los medios técnicos y tecnológicos para presentar sus trabajos
y talleres, si el docente lo estima conveniente.
21.14 Ser tratado con cordura por parte de sus compañeros de clase y
demás personas que acuden a la Institución.
21.15 Gozar de un espacio limpio y agradable para recibir las clases.
21.16 Tendrán un tiempo determinado para ingerir sus alimentos y hacer
uso de un tiempo de descanso, en jornadas de 4 horas, este será de 30
minutos.
21.17 Estar cubiertos durante la época de estudio con el seguro
estudiantil que compran al momento de matricularse en la institución.
21.18 A que se le entregue la documentación correspondiente que lo
acredite como Técnico Laboral por Competencias en Asistencia
Administrativa, el día de los grados.
21.19 A que la graduación se celebre en acto público, con la compañía de
familiares y amigos, teniendo en cuenta la cantidad de cupos asignados
por la institución.
21.20 Recibir información institucional, basada en la tecnología actual.
CAPÍTULO II
DEBERES
ARTÍCULO 22º. Los deberes de los estudiantes son los siguientes:
22.1 Matricularse en la institución y pagar cumplidamente.
22.2 El pago del semestres se hará por cuotas mensuales, iguales, los
10 primeros días de cada mes.
22.3 El estudiante que no pague en estos primeros 10 días del mes se le
cobrará un incremento del 3% mensual, sobre la cuota.
22.4 Después de acumular dos cuotas consecutivas en mora, le será
negado el derecho a continuar el estudio, lo cual se le notificará por
escrito.
22.5 Conocer y respetar la identidad y el manual de convivencia del
Centro de Informática Municipal CIM.COM.
22.6 Respetar los objetivos y principios de la Institución y participar en
su cumplimiento.
22.7 Cumplir las obligaciones que se deriven de la Constitución Política,
las Leyes de la Nación - el reglamento de la Institución.
22.8 Dar un trato respetuoso a los docentes, monitores, personal
administrativo, estudiantes y demás integrantes de la comunidad
educativa.
22.9 Acudir puntualmente a las clases, eventos evaluativos y demás
actividades académicas o culturales que se programen en la Institución.
22.10 No acudir a la Institución en estado de embriaguez o bajo el influjo
de sustancias psicoactivas dañinas para la salud.
22.11 Hacer un uso adecuado de las instalaciones, documentos,
materiales y bienes del Instituto CIM.COM, de acuerdo con la
reglamentación establecida.
22.12 Cumplir puntualmente con las tareas, talleres y trabajos asignados
por los docentes.
22.13 Presentar las tareas, talleres y trabajos en físico o en digital según
la exigencia de los docentes.
22.14 Utilizar un tono de vos moderado para dirigirse a los demás.
22.15 Mantener el salón limpio, aseado y libre de basuras, Los
estudiantes se organizarán por equipos en el grupo para hacer el aseo
diariamente y dejar los enseres del aseo en el sitio dispuesto para ellos.
22.16 Abstenerse de comer y beber cuando estén en clase.
22.17 Adquirir Seguro estudiantil al momento de matricularse, para
cubrir los accidentes que se puedan presentar dentro de la Institución,
o en la realización de las prácticas profesionales.
22.18 Estar al día financieramente y académicamente para los grados.
22.19 Cancelar el derecho de grado por un valor equivalente al 2,5 %
sobre el valor total del programa, con un mes de anticipación teniendo
en cuenta la fecha estimada para la celebración del acto.
22.20 Hacer buen uso de la información que la institución le suministra
mediante las redes sociales y otros medios tecnológicos.
CAPÍTULO III
FALTAS
ARTÍCULO 23°. Los siguientes comportamientos serán entendidos como
faltas leves:
23.1 Comer durante las clases y en las aulas de la Institución
23.2 Conversaciones o gritos que interrumpen las clases y estudios
23.3 Utilizar vestimentas inapropiadas (pantalonetas, camisillas)
23.4 Comentarios y chistes de mal gusto
23.5 Falta de comedimiento para atender las observaciones y correctivos
23.6 Llegar tarde a las clases.
23.7 Perder el tiempo o hacerlo perder a sus compañeros.
23.8 Propiciar murmullos y chismes que interrumpen el normal
desarrollo de las clases.
ARTÍCULO 24°. Los siguientes comportamientos serán entendidos como
faltas graves:
24.1 La reincidencia en cualquiera de las faltas leves, se convierte en
falta grave.
24.2 El no cumplir con los deberes o responsabilidades establecidas en el
presente manual de convivencia.
24.3 La organización de asociaciones contrarias a los fines de la
Institución.
24.4 Todo acto de fraude en los exámenes o en cualquier otra prueba
evaluativa.
24.5 La participación en desordenes que afecten el prestigio de la
Institución.
24.6 Vocabulario descomedido y trato descortés para con los
compañeros, los educadores o cualquier miembro de la comunidad
educativa.
24.7 Todo daño a los bienes de la Institución o el uso indebido de los
mismos.
24.8 La falsificación de sellos o documentos.
24.9 Desmontar o tratar de reparar los equipos de Computación, borrar
software instalado en ellos.
ARTÍCULO 25°. Los siguientes comportamientos serán entendidos como
faltas gravísimas:
25.1 Portar o traficar con armas, drogas, narcóticos, explosivos o
cualquier otro elemento que atente contra la vida.
25.2 Atentar contra la vida, integridad física de los compañeros,
profesores o cualquier otra persona.
25.3 Presentarse en estado de embriaguez o bajo el influjo de drogas.
25.4 El atraco a mano armada.
25.5 El secuestro o sicariato.
25.6 La ejecución de actos de inmoralidad o de perversión.
ARTÍCULO 26°. Medidas formativas disciplinarias.
Las conductas que atenten contra el orden académico definidas en el
Capítulo anterior de acuerdo con su gravedad, serán objeto de una o varias
de las siguientes medidas.
ARTÍCULO 27°. Registro y Análisis de las Faltas, en el Centro de
Informática Municipal CIM.COM. Se dará cumplimiento al debido proceso
que en caso de comportamientos dañinos debe aplicarse a los alumnos.
Artículo 29 de la Constitución Política de Colombia.
Para efectos de las sanciones las faltas disciplinarias se clasificarán así:
Faltas leves, faltas graves y faltas gravísimas.
FALTAS LEVES
Se seguirá un proceso verbal o escrito, el cual consiste en una etapa de
conciliación y otra etapa de aplicación de correctivos, el proceso a seguir
será el siguiente:
• Llamado de atención (Docente, monitores, coordinador académico,
director)
• Diálogo con el estudiante.
• Compromiso de la superación de la conducta.
• Ayuda profesional (si se requiere).
FALTAS GRAVES O GRAVÍSIMAS
Cuando el Instituto CIM.COM, presuma que uno de sus alumnos ha
cometido una falta calificada en el manual de convivencia como grave o
gravísima, se dará cumplimiento al debido proceso en los siguientes
términos
Hechos:
Narración escrita por parte del docente o persona que tuvo conocimiento de
los actos, describiendo claramente cómo ocurrieron los mismos y haciendo
una tipificación de los hechos, es decir, que estén debidamente establecidos
en el Manual de Convivencia. Este procedimiento se realizará
inmediatamente ocurran los hechos, ante el Coordinador Académico, el cual
iniciará el Debido Proceso.
Imputación de cargos:
 Citación para la notificación de cargos:
Se hará notificando la causal que la origina, precisando el lugar, la
fecha y la hora de su celebración, dicha citación será remitida al
alumno, al Director, al Secretario de Educación y al Consejo Directivo.
 Notificación de cargos:
Se hará una descripción por escrito sobre los hechos que tuvieron
ocurrencia ajustándose al Art. 92 de la ley 200 que dice: la notificación
de cargos deberá contener:
* Un resumen indicando el origen y los hechos
* Síntesis de la prueba recaudada.
* Identificación del posible autor de la falta o faltas señalando la fecha,
el momento o el lugar de los hechos.
* La determinación de la norma que describe el derecho, deber,
prohibición que regula la conducta.
* La descripción de la conducta violatoria de lo anterior, señalando por
separado la prueba en la que se fundamentan los cargos.
* Indicación de la norma o normas infringidas.
* Determinación provisional de la naturaleza de la falta. Cuando fueren
varios los implicados se hará un análisis separado para cada uno de
ellos.
 Diligenciamiento de descargos:
Los alumnos tendrán un plazo de cinco (5) días hábiles para realizar por
escrito los descargos, y aportar las pruebas necesarias, que se pueden
establecer en dos formas:
* Interrogatorio claro, largo, expreso y extenso.
* Posibilitar la solicitud de pruebas.
• Práctica de pruebas:
Las solicitadas, fijar en interregno. El Coordinador Académico estudiará
las pruebas y los descargos presentados y luego determinará la Medida
Formativa según los Capítulos III y IV.
• Traslado de pruebas al estudiante para la contradicción. (Dar
en interregno)
• Fallo:
El cual debe contener:
* Parte motiva (motivación): Con base en la legislación de los hechos.
* Parte resolutiva: La sanción proferida debe estar de acuerdo con la
gravedad de la falta.
* Derecho a apelar: (Debe dejarse claramente expresado en el acto
administrativo lo siguiente):
* Contra la presente disposición procede el recurso de apelación
dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, después de la presente
notificación.
* De los correctivos que se apliquen se dejará constancia en la
Matrícula del alumno, debidamente firmada por cada una de las partes.
Parágrafo: Contra las decisiones disciplinarias, proceden los recursos
de Reposición ante el Director y de apelación ante el Consejo Directivo,
siendo éste la última instancia. Los recursos deberán interponerse por
escrito dentro de los cinco (5) días hábiles a la notificación personal.
La instancia competente para resolver sobre cualquiera de los recursos
dispondrá de tres días hábiles, para hacer la notificación definitiva.
ARTÍCULO 28°. Las medidas formativas de anulación de una prueba o de
retiro de una clasificación, serán aplicadas por el docente. La amonestación
verbal o escrita será impuesta por el Coordinador Académico o quien haga
sus veces, las demás son de competencia en su aplicación del Consejo
Directivo, en la cual deberá ser presidido por el Director (a) de la Institución
cuando trata de medida formativa de expulsión.
ARTÍCULO 29°. La acción disciplinaria y la aplicación de las medidas
formativas, serán procedentes aunque el estudiante se haya retirado de la
institución.
CAPÍTULO IV
SANCIONES
ARTÍCULO 30°. Finalidad. El Régimen Disciplinario tiene como finalidad
prevenir, corregir y sancionar conductas contrarias a la vida institucional,
aquellas que atenten contra el orden académico, contra la Ley y el
Reglamento de la Institución.
ARTÍCULO 31°. Principios disciplinarios que se deben tener en cuenta
(para las personas encargadas del debido proceso)
- Garantías constitucionales
- Favorabilidad
- Principio de la legalidad (conducta y norma, confrontarlas)
- No ser juzgado dos veces por la misma falta
- Doble instancia, el derecho a impugnar
- Principio de responsabilidad objetiva
- Principio de adecuación típica
- Interpretación restrictiva: Por qué, probar. No extensiva en lo
particular.
- Siempre se debe tener en cuenta la ley de la Favorabilidad: Primar la
ley permisiva o favorable sobre la restrictiva o desfavorables.
TÍTULO IV
RECONOCIMIENTO DE SABERES, EVALUACIÓN Y MEDIDAS
FORMATIVAS ACADÉMICAS
CAPÍTULO I
RECONOCIMIENTO DE SABERES
ARTÍCULO 32°. La educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano tiene
como finalidad desarrollar en los estudiantes competencias laborales, por lo
anteriormente expuesto, se considera que las personas que llevan varios
años en el ejercicio de funciones como auxiliares administrativos, pueden
solicitar a la institución ser evaluadas en las áreas que tengan habilidades o
destrezas y que están contempladas en el Pensum Académico, lo anterior
con la finalidad de homologación.
El proceso para que un módulo sea reconocido es el siguiente:
32.1 Solicitar por escrito a la institución el reconocimiento de saberes;
en esta solicitud se deben mencionar los módulos que se desean
nivelar; máximo 3 de los contemplado en el pensum académico.
32.2 Presentar certificado laboral, en el cual se evidencie claramente el
tiempo laborado, que debe ser igual o superior a 5 años de servicio, y
en el desempeño de sus funciones debe primar la asistencia
administrativa; debido a que este es uno de los perfiles profesionales
del programa técnico que ofrece la institución.
32.3 La institución cuenta con 10 días para responder a la solicitud y
programar el proceso de nivelación, en caso de que la respuesta sea
favorable.
32.4 Si su solicitud es concedida debe cancelar la mitad del valor de un
crédito académico por cada módulo que desea nivelar.
32.5 Se debe presentar en la fecha y hora indicadas por la institución
para realizar la evaluación de nivelación que el docente elabora
teniendo en cuenta los temas que se trabajan en cada módulo.
32.6 La nota máxima después de la nivelación no podrá superar la
calificación 4.0 como nota final para el módulo evaluado.
CAPÍTULO II
EVALUACIÓN
ARTÍCULO 33º. La evaluación es un proceso integral continuo,
acumulativo, científico, cooperativo y ético que busca valorar las aptitudes,
actitudes, conocimientos y destrezas del estudiante frente a un determinado
Programa.
ARTÍCULO 34º. Un proceso de aprendizaje debe buscar el logro de la
superación personal y garantizar la inquietud del estudiante por su
perfeccionamiento y el cumplimiento de la responsabilidad que como
miembro de la sociedad debe cumplir.
ARTÍCULO 35º. Finalidades de la evaluación.
35.1 Apreciar los logros alcanzados por los estudiantes.
35.2 Estimular las aptitudes y analizar los intereses del estudiante
hacia diversas actitudes del saber.
35.3 Promover la actitud creativa y la capacidad crítica del estudiante.
35.4 Favorecer el proceso de interacción entre el asesor y el
estudiante.
35.5 Ofrecer al estudiante oportunidades para aprender del error, del
acierto y en general de la experiencia.
35.6 Determinar el grado de eficiencia de los programas para introducir
cambios o ajustes permanentes.
ARTÍCULO 36º. Aspectos a evaluar: La evaluación considera especialmente
el aspecto académico y las aptitudes del estudiante.
36.1 Aspecto académico incluye:
• El grado de conocimiento, interpretación, y aplicación de los conceptos
y principio de las diferentes áreas del saber.
• El grado de comprensión para procesar información.
• La capacidad para investigar, conceptualizar y evaluar hechos y teorías
36.2 Las aptitudes del estudiante incluyen:
• La creatividad e iniciativa: Entendida como originalidad, imaginación, e
inquietud por las búsquedas de nuevas formas.
• Responsabilidad: Entendida como el cumplimiento de las obligaciones
relacionada con la actividad académica del estudiante.
ARTÍCULO 37°. Medios para la evaluación.
Los medios para la evaluación pueden ser pruebas de comprensión, análisis,
discusión, crítica y en general de apropiación de conceptos. Dichas pruebas
pueden ser prácticas, orales, escritas, o mixtas.
ARTÍCULO 38°. Administración y rendición de la prueba.
38.1 La administración de una prueba constituye un acto de
responsabilidad, honestidad, comprensión, respeto e integridad, por
parte de todos los que intervienen directamente en ella. Por tal motivo
el estudiante que se considere injustamente afectado por el proceder
del docente, podrá solicitar al coordinador académico la revisión del
caso.
38.2 La revisión de toda prueba o evento evaluativo por parte del
docente respectivo, constituye un derecho de los estudiantes. Dicha
revisión se podrá realizar sobre trabajo de individualidad y grupal y
abarca tanto pruebas orales, escritas, prácticas o mixtas.
ARTÍCULO 39°. Escala de valoración. La evaluación será continua, integral,
cualitativa, cuantitativa y se expresará en informes descriptivos que
respondan a estas características.
EXPRESIÓN CUALITATIVA CALIFICACIÓN
1. Excelente (E): Cuando logra la totalidad de
los objetivos tanto esenciales como
complementarios.
2. Sobresaliente (S): Cuando logra los objetivos
esenciales y algunos complementarios.
3. Bueno (B): Cuando logra solo los objetivos
esenciales.
4. Insuficiente (I): Cuando no logra los
objetivos esenciales.
5. Deficiente (D): Cuando no presenta logros.
6. Totalmente Deficiente (TD): Incumplimiento
total, en asistencia o rendimiento académico.
5.0
4.0 - 4.9
3.0- 3.9
1.0 - 2.9
1.0 - 1.9
0.0
ARTÍCULO 40°. Promedio. El promedio del rendimiento académico del
estudiante será el indicado por el promedio de calificaciones finales y luego
dividir el total de dicha suma por la cantidad de asignaturas cursadas.
ARTICULO 41°. Evento de Recuperación. Es el que le hace a un estudiante
que no demuestra unos adecuados logros de objetivos y cuyas actividades
de aprendizaje son deficientes.
Los eventos de recuperación son los siguientes:
41.1 Permanentes: Los que se dan durante el transcurso del periodo
académico.
41.2 Final: Al término del periodo académico por estar la asignatura o
proyecto en una de las categorías de insuficiente, deficiente o
totalmente deficiente, es decir las asignaturas en las que la nota
definitiva es inferior a 3,0.
Parágrafo 1: La presentación de eventos de recuperación no es obligatoria.
Parágrafo 2: Cuando el estudiante pierde una asignatura debe recuperarla,
para que el estudiante tenga derecho a presentar la recuperación se
contemplan los siguientes procesos.
• Evaluación de competencias: el estudiante pagará el 5% sobre el valor
del semestre y tendrá derecho a presentar una evaluación con la cual
debe demostrar que alcanzó las competencias propias de la asignatura.
Si en esta etapa no se supera la asignatura se debe dar continuidad al
proceso. El estudiante primero debe cancelar el derecho a la evaluación
y luego se le concederá la fecha para la recuperación; el docente le
citará en los próximos 8 días y tendrá 2 días más para pasar la nota
definitiva a la institución.
• Clases adicionales y evaluación de competencias, el estudiante debe
cancelar el valor de la asignatura, el cual varía según la cantidad de
horas, para lo cual se debe hacer el cálculo teniendo en cuenta el valor
del semestre y el total de horas contempladas en el diseño curricular
para la asignatura reprobada. El estudiante primero debe cancelar el
derecho a las clases y a la evaluación y luego se le informará la fecha
para las mismas, para lo anterior se citaran los estudiantes a reunión
en la cual se pactarán las fechas.
Parágrafo 3: si pasados estos dos procesos el estudiante no logra las
competencias de la asignatura, este deberá esperar para ver la asignatura
con un nuevo grupo.
ARTÍCULO 42°. Evento Evaluativo. De grado; uno de los requisitos para
optar el título es un trabajo o proyecto de grado, según reglamentación del
consejo directivo. Dicho trabajo debe entregarse impreso, en digital, y/o
sustentarse oralmente si así lo exige este órgano de control.
ARTÍCULO 43°. El Coordinador Académico elaborará y actualizará el
modelo específico de evaluación para el programa, según las necesidades y
características propias del mismo y con sujeción a las normas del
reglamento.
ARTÍCULO 44°. Vacíos. Lo no previsto en este capítulo será resuelto por el
consejo directivo, el cual queda autorizado para su revisión permanente a
fin de mantenerlo en constante vigencia y de acuerdo a las nuevas
necesidades que surjan en el Instituto CIM.COM.
CAPÍTULO III
MEDIDAS FORMATIVAS ACADÉMICAS
ARTÍCULO 45°. Las medidas formativas académicas consisten en la
pérdida del derecho a un programa o a la institución por rendimiento
académico deficiente.
ARTÍCULO 46°. Pierden derecho a un programa quienes:
46.1 Cursando cinco (5) o seis (6) asignaturas reprueba tres (3)
46.2 Cursando una (1) o dos (2) asignaturas reprueba una (1)
46.3 Cursando tres (3) o cuatro (4) asignaturas reprueben dos (2)
46.4 Repruebe una asignatura por tercera vez.
46.5 Se retire del programa sin el lleno de las formalidades
reglamentarias.
Parágrafo: Una asignatura de dicho programa, se cancelará además por la
falta de asistencia a un 20% del total de horas programadas para la
asignatura en el semestre, para la recuperación de esta, el estudiante
deberá pagar el equivalente a los créditos académicos en dinero, lo cual le
dará derecho a clases adicionales (máximo el 50% del total de horas
contempladas para la asignatura), si no se acoge a esta opción; podrá
ingresar a cursar la asignatura con otro grupo cuando a este se le
programe, el pago lo realizará teniendo en cuenta el valor equivalente en
créditos de acuerdo a los costos de matrícula autorizados por SEDUCA para
el año en que vaya a matricular el área.
ARTÍCULO 47°. Conmutación. La medida formativa de pérdida del derecho
a un programa, podrá ser conmutada por el Consejo Directivo, habiendo
prueba del eficiente rendimiento académico anterior del estudiante, pero es
de anotar que en el período siguiente solamente podrá cursar las
asignaturas reprobadas.
ARTÍCULO 48°. Pierden el derecho al Instituto CIM.COM y por tanto no
podrán matriculasen quien:
48.1 Pierdan por segunda vez el derecho a un mismo programa.
48.2 Pierdan por primera vez el derecho a un programa habiéndolo
perdido antes en otro.
ARTÍCULO 49°. La pérdida del derecho a un programa Docente caduca a
los tres años y la pérdida del derecho en la institución caduca a los 5 años,
contados a partir de la fecha de la pérdida, y el estudiante podrá solicitar el
reingreso.
TÍTULO V
DE LOS ESTÍMULOS
CAPÍTULO I
DE LOS ESTÍMULOS
ARTÍCULO 50°. El Instituto CIM.COM otorga estímulos a los estudiantes
por su rendimiento académico, sus trabajos de investigación, su
colaboración de la vida institucional y por su desempeño destacado en
certámenes en los cuales representa la Institución.
ARTÍCULO 51°. Clases de estímulos.
a. Menciones de Honor por los trabajos de mérito en el campo científico,
tecnológico, cultural y deportivo.
b. Brindar subsidios del 30% del valor del semestre a aquel estudiante
que estén cursando todas las materias del semestre y que obtenga el
mejor promedio en el primer semestre, así mismo un subsidio del 30%
del valor del semestre, se rifará entre los tres promedios que le siguen
al más alto.
c. Derecho a participar en concurso por monitorias Docentes.
d. Promoción y publicación por trabajos investigativos de méritos de los
estudiantes.
ARTÍCULO 52°. Requisitos para las monitorias.
a. Tener el estudiante un promedio crédito acumulado sobresaliente
mayor a 4.5 según la escala de valoración.
b. No haber recibido sanciones disciplinarias durante la carrera.
c. Haber cursado la materia objeto de monitoria con una valoración
sobresaliente según escala de valoración.
d. La monitoria deberá ser asignada por el consejo directivo mediante
convocatoria pública y concurso de méritos.
e. La monitoria será remunerada de acuerdo con la reglamentación que
expida el Consejo Directivo.
TÍTULO VI
EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS
CAPÍTULO I
EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS PARA LOS ESTUDIANTES
ARTÍCULO 53°. La institución tiene el deber de expedir certificados a
estudiantes o a exalumnos, para lo cual se tendrá un plazo máximo de 10
días; a la hora de expedir un certificado se tendrán en cuenta los siguientes
aspectos:
53.1 Estudiantes activos: personas que están estudiando al momento
de solicitar el certificado y que lo requieren para tramitar sus auxilios
escolares, gestionar créditos o para asuntos personales.
Parágrafo: en el certificado se debe aclarar la fecha de inicio del programa
técnico y la duración de este y, si es el caso especificar cuántos semestres
ha cursado y ha aprobado el estudiante (para lo cual debe estar a paz y
salvo académicamente y financieramente).
53.2 Estudiantes retirados: son las personas que cumplieron con un
tiempo determinado en la institución y se retiraron del establecimiento o se
cambiaron para otro programa que ofrezca la institución.
Parágrafo 1: Para la expedición del certificado es requisito indispensable
estar a paz y salvo financieramente con la institución hasta la fecha en que
hizo uso de sus servicios educativos; teniendo en cuenta que el
establecimiento es autosostenible; se pueden hacer acuerdos de pago pero
el certificado no se expedirá hasta que el estudiante no esté a paz y salvo
con la institución.
Parágrafo 2: en el certificado se debe aclarar la fecha de inicio del
programa técnico y la duración de este y, si es el caso especificar cuántos
semestres ha cursado y ha aprobado el estudiante, en caso de no haber
culminado alguno de los semestres se especificará las asignaturas cursadas
y aprobadas y a cual semestre pertenecen.
53.3 Exalumnos: personas que se han graduado en cualquiera de los
programas que ofrece la institución.
Parágrafo: se expiden el certificado aclarando la fecha de matrícula y la
fecha de graduación.
TÍTULO VII
NOTIFICACIONES Y RECURSOS
CAPÍTULO I
NOTIFICACIONES, RECURSOS
ARTÍCULO 54°. Notificaciones. Toda decisión de carácter particular deberá
ser notificada al interesado personalmente dentro de los tres días hábiles
siguientes a la fecha de la misma.
ARTÍCULO 55°. Toda decisión quedará en firme tres días después de
notificada cuando careciere de recursos, o cuando hubiesen vencido los
términos sin interponer los pertinentes.
ARTÍCULO 56°. Recurso de Reposición. El recurso de reposición se
interpondrá ante la misma autoridad que toma la decisión, a fin de que se
revoque, reforme, adicione o aclare. Siempre con razones válidas que
sustenten, por escrito presentando personalmente dentro de los tres días
siguientes a la notificación.
ARTÍCULO 57°. Recurso de Apelación. Tiene por objeto que el inmediato
superior estudie el asunto decidido en primera instancia, para que lo
confirme, revoque o reforme.
Deberá interponerse por escrito y presentado personalmente ante quien
dictó la decisión, con la expresión de las razones que sustenten la
impugnación.
TÍTULO VIII
PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA
CAPÍTULO VIII
PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA
ARTÍCULO 58°. Todos los integrantes de la comunidad del Instituto
CIM.COM tienen derecho a la adecuada participación en la vida institucional.
Por tanto tienen libertad de asociación por expresión, dentro del respeto que
facilite el ambiente propicio para el cumplimiento de los objetivos
fundamentales de la institución.
ARTÍCULO 59°. El acceso a la Institución no estará limitado por
consideraciones de raza, sexo, Religión o condición económica o social.
Estará siempre abierta a quien demuestren poseer las capacidades
requeridas.
ARTÍCULO 60°. El Consejo Directivo establecerá y reglamentará las líneas
de autoridad para atender solicitudes y reclamos de los estudiantes a partir
del Representante Estudiantil, el cual será siempre la primera instancia.
ARTÍCULO 61°. El presente Manual de Convivencia rige a partir de la fecha
de su expedición.
Dado en Támesis a los 19 días del mes de Febrero de 2003.
JUAN MARTÍN VÁSQUEZ HINCAPIÉ
Representante Legal
Instituto CIM.COM
NANCY YUDY VILLA ARCILA
Secretaria de Salud, Educación y Bienestar Social
NORA LUZ BETANCUR CADAVID
Coordinadora Centro de Informática Municipal CIM.COM
Primera Revisión y actualización: 15 de marzo de 2012
Segunda Revisión y Actualización: 10 de marzo de 2015

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  • 1. ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE TÁMESIS CENTRO DE INFORMÁTICA MUNICIPAL CIM.COM INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO Resolución No 1448 del 19 de Febrero de 2003
  • 2. CENTRO DE INFORMÁTICA MUNICIPAL CIM.COM RESOLUCIÓN No 1448 DEL 19 DE FEBRERO DE 2003 MANUAL DE CONVIVENCIA El Consejo Directivo del Centro de Informática Municipal CIM.COM, en ejercicio de la atribución legal que le confieren el Decreto 4904 de 2009 en el capítulo II, numeral 2.2, y teniendo como base fundamental la Constitución Política de Colombia en sus art. 4°, 67° y 68. ACUERDA: ARTÍCULO 1°. Expedir el Manual de Convivencia para la Institución de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano Denominada Centro de Informática Municipal CIM.COM, documento que es obligatorio según el artículo 17 del Decreto 1860 de 1994; El Manual de Convivencia contiene los siguientes Títulos y Capítulos. TÍTULO I MISIÓN, VISIÓN, PRINCIPIOS Y OBJETIVOS CAPÍTULO I MISIÓN ARTÍCULO 2°. Misión Ofrecer a la comunidad del municipio de Támesis y la Subregión del Suroeste, una sólida formación para el Trabajo y el Desarrollo Humano; ofreciendo, programas legalmente regulados y avalados por la Secretaria de Educación para la Cultura de Antioquia y las Mesas Sectoriales lideradas por el SENA. Desarrollando igualmente en los educandos, competencias académico-laborales que contribuyan a fortalecer ámbitos culturales, políticos, sociales y éticos a través de metodología innovadoras y participativas; en donde ellos, sean los protagonistas de su propio aprendizaje, mediante la articulación empresarial al mundo laboral propendiendo por la actualización de sus competencias y así mejorará la calidad de vida de los mismos al encontrarse con ofertas de trabajo principalmente dentro de la localidad que se puedan satisfacer en una medida muy amplia. CAPÍTULO II VISIÓN ARTÍCULO 3°. Visión En el año 2015, CIM.COM será una institución líder en la formación para el trabajo; con criterios definidos de calidad, pertinencia laboral y accesibilidad; contribuyendo igualmente al desarrollo socio-económico del entorno, formando trabajadores altamente calificados, críticos, investigativos y generadores de cambios positivos a través de la formación por competencias, que además, se adapten a las condiciones y exigencias de la modernidad en lo que a mercados globalizados se refiere; con la utilización de herramientas idóneas para enfrentar los cambios. CAPÍTULO III PRINCIPIOS ARTÍCULO 4°. Los principios de la institución son los siguientes: 4.1 Calidad: debe ser tanto humana como educativa, y se refiere a cumplir eficientemente los requisitos establecidos dentro de la institución y el programa, con el fin de generar las capacidades y competencias laborales que permitan atender la demanda laboral y por ende mejorar la calidad de vida. 4.2 Excelencia: Entendida como la búsqueda continua de acreditación de los procesos y programas de formación para el trabajo y el desarrollo humano. Este es el principio caracterizador de la institución, es la forma como todo el gremio empresarial de la localidad definirá a nuestros estudiantes siendo parte fundamental para integrarlos dentro de dicho gremio como ejes fundamentales de la competitividad de las empresas. 4.3 Calidez: La cual se verá reflejada en amabilidad, solidaridad, tolerancia, compañerismo y entusiasmo. 4.4 Compromiso: Alto grado de dedicación y perseverancia en la aprehensión de las diferentes técnicas, procedimientos y conocimientos entregados por la institución con el fin de alcanzar las metas y objetivos institucionales recriminados en la alta competencia que necesita el sector productivo. 4.5 Participación: El presente valor de inclusión se analiza como factor fundamental para que los estudiantes se interrelacionen con los
  • 3. directivos, docentes y administrativos de la institución como mecanismo fundamental de auto aprendizaje y de mejoramiento de la institución. 4.6 Respeto: En todo entorno es necesario acatar las sugerencias u órdenes de un superior, para lograr así respeto entre las personas que lo conforman. 4.7 Honestidad: Valor de suma importancia ya que trae consigo la confianza, la justicia y permite crear un ambiente sano. 4.8 Identidad: Entendida como la autonomía y veracidad en todos los aspectos 4.9 Creatividad: Referida como el valor que permite generar, transformar y promover cambios positivos. 4.10 Proyecto Social: Concebido como el diseño y formulación de alternativas de educación para el trabajo que mejoren continuamente los niveles de empleabilidad en los educandos. 4.11 Formación para el trabajo: Lograda mediante la enseñanza de conocimientos técnicos, habilidades y competencias laborales que cualifiquen el desempeño en el puesto de trabajo. 4.12 Empleabilidad: Que proyecte nuestros egresados permitiendo su vinculación al mercado laboral y desarrollando igualmente formas de emprendimiento que estén en concordancia con los requerimientos del actual mercado globalizado; respaldadas en modelos pedagógicos dirigidos a orientar las habilidades y destrezas que finalmente conlleven al progreso tanto a nivel personal como del entorno y de la(s) empresa(s) a las cuales prestará sus servicios. 4.13 Tecnología: Contar con todas las herramientas físicas y de última generación para capacitar cabalmente a todos nuestros estudiantes para que su nivel de adaptabilidad y de funcionalidad se encuentre acorde con el desarrollo de las nuevas prácticas y saberes. 4.14 Autogestión: Hacer referencia al dominio de lo que se tiene, al análisis, a la autocrítica y construcción de las ideas, teniendo en cuenta los sentimientos y la posibilidad de actuar conscientemente. CAPÍTULO IV OBJETIVOS ARTÍCULO 5°. Los objetivos de la institución son los siguientes: 5.1 Propiciar espacios educativos que promuevan la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano, proporcionando herramientas adecuadas con alta calidad y a bajos costos, permitiendo al estudiante dinamizar el tránsito entre el aula y la práctica laboral. 5.2 Formar a través de módulos adaptados a los atributos y capacidades del educando que apunten a las necesidades de formación, de avance progresivo de aplicación de conocimientos así como adquisición de niveles de competencia cada vez más amplios y exigentes. 5.3 Realizar diagnósticos constantes sobre la demanda laboral de la localidad con el fin de organizar nuestros programas con la conciencia y finalidad de satisfacerla a cabalidad. 5.4 Reducir el factor de desempleo del Municipio de Támesis Antioquia con base en la formación con competencias y valores sociales acordes con el desarrollo sostenible y armónico. TÍTULO II INSCRIPCIÓN Y MATRÍCULA CAPÍTULO I DE LA INSCRIPCIÓN ARTÍCULO 6°. Inscripción. Es el acto por el cual el aspirante pide formalmente ser admitido en uno de los programas que ofrece el Centro de Informática Municipal CIM.COM. ARTÍCULO 7°. Requisitos para la Inscripción Como Aspirante nuevo o Como Aspirante de reingreso, Para inscribirse el aspirante debe presentar los siguientes documentos en las fechas indicadas en el calendario académico: 7.1 Formulario de inscripción debidamente diligenciado 7.2 Recibo que acredita el pago de los derechos de inscripción ARTÍCULO 8°. Luego de presentar los documentos mencionados en el artículo 7° podrá proceder a matricularse. ARTÍCULO 9°. Cupos. El Consejo Directivo determinará en cada periodo académico el cupo disponible para aspirantes.
  • 4. ARTÍCULO 10°. El aspirante debe ser veraz en los datos que suministre, tanto en el formulario de inscripción como en los documentos que le acompañan. Si se aprobare inexactitud, se invalidará la matrícula. CAPÍTULO II DE LA MATRÍCULA ARTÍCULO 11°. La Matrícula es un contrato entre la institución y el estudiante, por medio de la cual la primera se compromete con los recursos disponibles y darle formación integral al segundo, y el segundo en mantener un rendimiento académico suficiente y a cumplir los deberes establecidos por la primera. Parágrafo: El contrato de matrícula deberá renovarse al iniciar cada semestre. ARTÍCULO 12°. Requisitos para Matrícula Como Aspirante Nuevo, el aspirante admitido para matricularse deberá presentar en la Coordinación Académica los siguientes documentos: 12.1 Formulario de matrícula debidamente diligenciado 12.2 Fotocopia del título de bachiller o certificado de que aprobó el grado 9, 10 u 11. 12.3 Orden de matrícula expedida por el Coordinador Académico o quien haga sus veces. 12.4 Recibo que acredite el pago de los derechos de matrícula. 12.5 Fotocopia del documento de identidad 12.6 Fotocopia de la EPS 12.7 Dos fotos tamaño cédula ARTÍCULO 13°. Requisitos para Matrícula Como Aspirante de reingreso, el aspirante admitido para matricularse deberá presentar en la Coordinación Académica los siguientes documentos: 13.1 Orden de matrícula expedida por el coordinador académico 13.2 Recibo que acredite el pago de los derechos de matrícula. 13.3 Certificado de paz y salvo con el Instituto CIM.COM 13.4 Certificado de la Coordinación Académica en el que conste que: No hay medida formativa académica o disciplinaria vigente. 13.5 Certificado de las asignaturas aprobadas, en caso de haber logrado a cabalidad algunas de las contempladas en el programa. 13.6 Certificado de paz y salvo con relación a la parte financiera, el estudiante no puede tener deudas con la institución. ARTÍCULO 14°. La Matrícula o su renovación deberán efectuarse personalmente y se lleva a cabo por medio del proceso señalado por la Institución. ARTÍCULO 15°. Ningún estudiante podrá renovar matrícula, mientras tenga pruebas evaluativas pendientes de las asignaturas en las cuales se había matriculado anteriormente. ARTÍCULO 16°. Los derechos de matrícula se pagarán dentro de las fechas señaladas para tal efecto, de acuerdo a los planes establecidos por la institución, debiendo haber firmado los respectivos pagarés. ARTÍCULO 17°. Si el estudiante deja vencer el término para el pago y el proceso de matrícula deberá solicitar por escrito a la Coordinación Académica, autorización para matrícula extemporánea, la cual tendrá un recargo del 5% sobre el valor normal de la matrícula. ARTÍCULO 18°. Registro de Asignaturas. El estudiante deberá matricularse en las asignaturas que le correspondan, teniendo en cuenta los requisitos establecidos y la programación Académica. ARTÍCULO 19°. Ajuste de la Matrícula. Los ajustes de matrícula mediante adición o supresión de asignaturas, sólo será procedente en las fechas establecidas por el calendario académico. ARTÍCULO 20°. Pérdida de la calidad de estudiante o Anulación de Matrícula; La violación al Manual de Convivencia, dará lugar a la anulación total o parcial de la matrícula, para lo cual se tendrán en cuenta los siguientes casos. 20.1 Por no haber completado el programa académico en el que se inscribió y matriculó. 20.2 Por no haber renovado la matrícula en los plazos señalados por la Institución o por el estudiante haberla cancelado voluntariamente.
  • 5. 20.3 Por el incumplimiento de las obligaciones que adquiere el estudiante al momento de matricularse y por las faltas de asistencia. 20.4 Por expulsión de la Institución la cual será vigente por dos periodos académicos. TÍTULO III DERECHOS, DEBERES, FALTAS Y SANCIONES CAPÍTULO I DERECHOS ARTÍCULO 21º. Derechos de los estudiantes. Son derechos del estudiante los siguientes: 21.1 Matricularse en la institución. 21.2 El estudiante puede solicitar a la institución certificados de estudio, siempre y cuando este asistiendo a las clases y este a paz y salvo financieramente. 21.3 Gozar de los privilegios que se derivan de la Constitución Política, de las leyes de la Nación y Normas Reglamentarias. 21.4 El estudiante puede ponerse al día saldando las deudas monetarias que tenga con la institución y solicitar reingreso al estudio que estaba cursando siempre y cuando la institución todavía tenga registrado el programa ante la Secretaría de Educación de Antioquia y tenga grupos de estudiantes en proceso de formación. 21.5 Gozar de los estímulos contemplados en el Manual de Convivencia de la institución. 21.6 Gozar del derecho para estudiar, aprender, acceder a las fuentes de información científica y participar en la experimentación de nuevas formas de aprendizaje dentro del respeto mutuo. 21.7 Elegir y ser elegido para el cargo de representante ante el Consejo Directivo del Centro de Informática Municipal CIM. COM, promoviendo una sociedad democrática – art 2 C.P. 21.8 Recibir un trato respetuoso por parte de los docentes, monitores, personal administrativo, estudiantes y demás integrantes de la comunidad educativa. 21.9 A que las clases y otras actividades programadas por la institución se inicien puntualmente y a participar en los eventos culturales y de recreación que se programen en la institución. 21.10 Gozar de un ambiente sano, durante su estadía en la institución. 21.11 Hacer uso de las instalaciones de la institución siempre y cuando estas no estén ocupadas por otros miembros de la comunidad. 21.12 Ser escuchados por el personal de la institución, en las solicitudes, sugerencias y reclamos según proceda dentro de los trámites disciplinarios y académicos. 21.13 Usar los medios técnicos y tecnológicos para presentar sus trabajos y talleres, si el docente lo estima conveniente. 21.14 Ser tratado con cordura por parte de sus compañeros de clase y demás personas que acuden a la Institución. 21.15 Gozar de un espacio limpio y agradable para recibir las clases. 21.16 Tendrán un tiempo determinado para ingerir sus alimentos y hacer uso de un tiempo de descanso, en jornadas de 4 horas, este será de 30 minutos. 21.17 Estar cubiertos durante la época de estudio con el seguro estudiantil que compran al momento de matricularse en la institución. 21.18 A que se le entregue la documentación correspondiente que lo acredite como Técnico Laboral por Competencias en Asistencia Administrativa, el día de los grados. 21.19 A que la graduación se celebre en acto público, con la compañía de familiares y amigos, teniendo en cuenta la cantidad de cupos asignados por la institución. 21.20 Recibir información institucional, basada en la tecnología actual. CAPÍTULO II DEBERES ARTÍCULO 22º. Los deberes de los estudiantes son los siguientes: 22.1 Matricularse en la institución y pagar cumplidamente.
  • 6. 22.2 El pago del semestres se hará por cuotas mensuales, iguales, los 10 primeros días de cada mes. 22.3 El estudiante que no pague en estos primeros 10 días del mes se le cobrará un incremento del 3% mensual, sobre la cuota. 22.4 Después de acumular dos cuotas consecutivas en mora, le será negado el derecho a continuar el estudio, lo cual se le notificará por escrito. 22.5 Conocer y respetar la identidad y el manual de convivencia del Centro de Informática Municipal CIM.COM. 22.6 Respetar los objetivos y principios de la Institución y participar en su cumplimiento. 22.7 Cumplir las obligaciones que se deriven de la Constitución Política, las Leyes de la Nación - el reglamento de la Institución. 22.8 Dar un trato respetuoso a los docentes, monitores, personal administrativo, estudiantes y demás integrantes de la comunidad educativa. 22.9 Acudir puntualmente a las clases, eventos evaluativos y demás actividades académicas o culturales que se programen en la Institución. 22.10 No acudir a la Institución en estado de embriaguez o bajo el influjo de sustancias psicoactivas dañinas para la salud. 22.11 Hacer un uso adecuado de las instalaciones, documentos, materiales y bienes del Instituto CIM.COM, de acuerdo con la reglamentación establecida. 22.12 Cumplir puntualmente con las tareas, talleres y trabajos asignados por los docentes. 22.13 Presentar las tareas, talleres y trabajos en físico o en digital según la exigencia de los docentes. 22.14 Utilizar un tono de vos moderado para dirigirse a los demás. 22.15 Mantener el salón limpio, aseado y libre de basuras, Los estudiantes se organizarán por equipos en el grupo para hacer el aseo diariamente y dejar los enseres del aseo en el sitio dispuesto para ellos. 22.16 Abstenerse de comer y beber cuando estén en clase. 22.17 Adquirir Seguro estudiantil al momento de matricularse, para cubrir los accidentes que se puedan presentar dentro de la Institución, o en la realización de las prácticas profesionales. 22.18 Estar al día financieramente y académicamente para los grados. 22.19 Cancelar el derecho de grado por un valor equivalente al 2,5 % sobre el valor total del programa, con un mes de anticipación teniendo en cuenta la fecha estimada para la celebración del acto. 22.20 Hacer buen uso de la información que la institución le suministra mediante las redes sociales y otros medios tecnológicos. CAPÍTULO III FALTAS ARTÍCULO 23°. Los siguientes comportamientos serán entendidos como faltas leves: 23.1 Comer durante las clases y en las aulas de la Institución 23.2 Conversaciones o gritos que interrumpen las clases y estudios 23.3 Utilizar vestimentas inapropiadas (pantalonetas, camisillas) 23.4 Comentarios y chistes de mal gusto 23.5 Falta de comedimiento para atender las observaciones y correctivos 23.6 Llegar tarde a las clases. 23.7 Perder el tiempo o hacerlo perder a sus compañeros. 23.8 Propiciar murmullos y chismes que interrumpen el normal desarrollo de las clases. ARTÍCULO 24°. Los siguientes comportamientos serán entendidos como faltas graves: 24.1 La reincidencia en cualquiera de las faltas leves, se convierte en falta grave.
  • 7. 24.2 El no cumplir con los deberes o responsabilidades establecidas en el presente manual de convivencia. 24.3 La organización de asociaciones contrarias a los fines de la Institución. 24.4 Todo acto de fraude en los exámenes o en cualquier otra prueba evaluativa. 24.5 La participación en desordenes que afecten el prestigio de la Institución. 24.6 Vocabulario descomedido y trato descortés para con los compañeros, los educadores o cualquier miembro de la comunidad educativa. 24.7 Todo daño a los bienes de la Institución o el uso indebido de los mismos. 24.8 La falsificación de sellos o documentos. 24.9 Desmontar o tratar de reparar los equipos de Computación, borrar software instalado en ellos. ARTÍCULO 25°. Los siguientes comportamientos serán entendidos como faltas gravísimas: 25.1 Portar o traficar con armas, drogas, narcóticos, explosivos o cualquier otro elemento que atente contra la vida. 25.2 Atentar contra la vida, integridad física de los compañeros, profesores o cualquier otra persona. 25.3 Presentarse en estado de embriaguez o bajo el influjo de drogas. 25.4 El atraco a mano armada. 25.5 El secuestro o sicariato. 25.6 La ejecución de actos de inmoralidad o de perversión. ARTÍCULO 26°. Medidas formativas disciplinarias. Las conductas que atenten contra el orden académico definidas en el Capítulo anterior de acuerdo con su gravedad, serán objeto de una o varias de las siguientes medidas. ARTÍCULO 27°. Registro y Análisis de las Faltas, en el Centro de Informática Municipal CIM.COM. Se dará cumplimiento al debido proceso que en caso de comportamientos dañinos debe aplicarse a los alumnos. Artículo 29 de la Constitución Política de Colombia. Para efectos de las sanciones las faltas disciplinarias se clasificarán así: Faltas leves, faltas graves y faltas gravísimas. FALTAS LEVES Se seguirá un proceso verbal o escrito, el cual consiste en una etapa de conciliación y otra etapa de aplicación de correctivos, el proceso a seguir será el siguiente: • Llamado de atención (Docente, monitores, coordinador académico, director) • Diálogo con el estudiante. • Compromiso de la superación de la conducta. • Ayuda profesional (si se requiere). FALTAS GRAVES O GRAVÍSIMAS Cuando el Instituto CIM.COM, presuma que uno de sus alumnos ha cometido una falta calificada en el manual de convivencia como grave o gravísima, se dará cumplimiento al debido proceso en los siguientes términos Hechos: Narración escrita por parte del docente o persona que tuvo conocimiento de los actos, describiendo claramente cómo ocurrieron los mismos y haciendo una tipificación de los hechos, es decir, que estén debidamente establecidos en el Manual de Convivencia. Este procedimiento se realizará inmediatamente ocurran los hechos, ante el Coordinador Académico, el cual iniciará el Debido Proceso. Imputación de cargos:  Citación para la notificación de cargos: Se hará notificando la causal que la origina, precisando el lugar, la fecha y la hora de su celebración, dicha citación será remitida al alumno, al Director, al Secretario de Educación y al Consejo Directivo.  Notificación de cargos:
  • 8. Se hará una descripción por escrito sobre los hechos que tuvieron ocurrencia ajustándose al Art. 92 de la ley 200 que dice: la notificación de cargos deberá contener: * Un resumen indicando el origen y los hechos * Síntesis de la prueba recaudada. * Identificación del posible autor de la falta o faltas señalando la fecha, el momento o el lugar de los hechos. * La determinación de la norma que describe el derecho, deber, prohibición que regula la conducta. * La descripción de la conducta violatoria de lo anterior, señalando por separado la prueba en la que se fundamentan los cargos. * Indicación de la norma o normas infringidas. * Determinación provisional de la naturaleza de la falta. Cuando fueren varios los implicados se hará un análisis separado para cada uno de ellos.  Diligenciamiento de descargos: Los alumnos tendrán un plazo de cinco (5) días hábiles para realizar por escrito los descargos, y aportar las pruebas necesarias, que se pueden establecer en dos formas: * Interrogatorio claro, largo, expreso y extenso. * Posibilitar la solicitud de pruebas. • Práctica de pruebas: Las solicitadas, fijar en interregno. El Coordinador Académico estudiará las pruebas y los descargos presentados y luego determinará la Medida Formativa según los Capítulos III y IV. • Traslado de pruebas al estudiante para la contradicción. (Dar en interregno) • Fallo: El cual debe contener: * Parte motiva (motivación): Con base en la legislación de los hechos. * Parte resolutiva: La sanción proferida debe estar de acuerdo con la gravedad de la falta. * Derecho a apelar: (Debe dejarse claramente expresado en el acto administrativo lo siguiente): * Contra la presente disposición procede el recurso de apelación dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, después de la presente notificación. * De los correctivos que se apliquen se dejará constancia en la Matrícula del alumno, debidamente firmada por cada una de las partes. Parágrafo: Contra las decisiones disciplinarias, proceden los recursos de Reposición ante el Director y de apelación ante el Consejo Directivo, siendo éste la última instancia. Los recursos deberán interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles a la notificación personal. La instancia competente para resolver sobre cualquiera de los recursos dispondrá de tres días hábiles, para hacer la notificación definitiva. ARTÍCULO 28°. Las medidas formativas de anulación de una prueba o de retiro de una clasificación, serán aplicadas por el docente. La amonestación verbal o escrita será impuesta por el Coordinador Académico o quien haga sus veces, las demás son de competencia en su aplicación del Consejo Directivo, en la cual deberá ser presidido por el Director (a) de la Institución cuando trata de medida formativa de expulsión. ARTÍCULO 29°. La acción disciplinaria y la aplicación de las medidas formativas, serán procedentes aunque el estudiante se haya retirado de la institución. CAPÍTULO IV SANCIONES ARTÍCULO 30°. Finalidad. El Régimen Disciplinario tiene como finalidad prevenir, corregir y sancionar conductas contrarias a la vida institucional, aquellas que atenten contra el orden académico, contra la Ley y el Reglamento de la Institución. ARTÍCULO 31°. Principios disciplinarios que se deben tener en cuenta (para las personas encargadas del debido proceso) - Garantías constitucionales - Favorabilidad - Principio de la legalidad (conducta y norma, confrontarlas) - No ser juzgado dos veces por la misma falta - Doble instancia, el derecho a impugnar - Principio de responsabilidad objetiva - Principio de adecuación típica - Interpretación restrictiva: Por qué, probar. No extensiva en lo particular. - Siempre se debe tener en cuenta la ley de la Favorabilidad: Primar la ley permisiva o favorable sobre la restrictiva o desfavorables. TÍTULO IV RECONOCIMIENTO DE SABERES, EVALUACIÓN Y MEDIDAS FORMATIVAS ACADÉMICAS
  • 9. CAPÍTULO I RECONOCIMIENTO DE SABERES ARTÍCULO 32°. La educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano tiene como finalidad desarrollar en los estudiantes competencias laborales, por lo anteriormente expuesto, se considera que las personas que llevan varios años en el ejercicio de funciones como auxiliares administrativos, pueden solicitar a la institución ser evaluadas en las áreas que tengan habilidades o destrezas y que están contempladas en el Pensum Académico, lo anterior con la finalidad de homologación. El proceso para que un módulo sea reconocido es el siguiente: 32.1 Solicitar por escrito a la institución el reconocimiento de saberes; en esta solicitud se deben mencionar los módulos que se desean nivelar; máximo 3 de los contemplado en el pensum académico. 32.2 Presentar certificado laboral, en el cual se evidencie claramente el tiempo laborado, que debe ser igual o superior a 5 años de servicio, y en el desempeño de sus funciones debe primar la asistencia administrativa; debido a que este es uno de los perfiles profesionales del programa técnico que ofrece la institución. 32.3 La institución cuenta con 10 días para responder a la solicitud y programar el proceso de nivelación, en caso de que la respuesta sea favorable. 32.4 Si su solicitud es concedida debe cancelar la mitad del valor de un crédito académico por cada módulo que desea nivelar. 32.5 Se debe presentar en la fecha y hora indicadas por la institución para realizar la evaluación de nivelación que el docente elabora teniendo en cuenta los temas que se trabajan en cada módulo. 32.6 La nota máxima después de la nivelación no podrá superar la calificación 4.0 como nota final para el módulo evaluado. CAPÍTULO II EVALUACIÓN ARTÍCULO 33º. La evaluación es un proceso integral continuo, acumulativo, científico, cooperativo y ético que busca valorar las aptitudes, actitudes, conocimientos y destrezas del estudiante frente a un determinado Programa. ARTÍCULO 34º. Un proceso de aprendizaje debe buscar el logro de la superación personal y garantizar la inquietud del estudiante por su perfeccionamiento y el cumplimiento de la responsabilidad que como miembro de la sociedad debe cumplir. ARTÍCULO 35º. Finalidades de la evaluación. 35.1 Apreciar los logros alcanzados por los estudiantes. 35.2 Estimular las aptitudes y analizar los intereses del estudiante hacia diversas actitudes del saber. 35.3 Promover la actitud creativa y la capacidad crítica del estudiante. 35.4 Favorecer el proceso de interacción entre el asesor y el estudiante. 35.5 Ofrecer al estudiante oportunidades para aprender del error, del acierto y en general de la experiencia. 35.6 Determinar el grado de eficiencia de los programas para introducir cambios o ajustes permanentes. ARTÍCULO 36º. Aspectos a evaluar: La evaluación considera especialmente el aspecto académico y las aptitudes del estudiante. 36.1 Aspecto académico incluye: • El grado de conocimiento, interpretación, y aplicación de los conceptos y principio de las diferentes áreas del saber. • El grado de comprensión para procesar información. • La capacidad para investigar, conceptualizar y evaluar hechos y teorías 36.2 Las aptitudes del estudiante incluyen: • La creatividad e iniciativa: Entendida como originalidad, imaginación, e inquietud por las búsquedas de nuevas formas. • Responsabilidad: Entendida como el cumplimiento de las obligaciones relacionada con la actividad académica del estudiante. ARTÍCULO 37°. Medios para la evaluación. Los medios para la evaluación pueden ser pruebas de comprensión, análisis, discusión, crítica y en general de apropiación de conceptos. Dichas pruebas pueden ser prácticas, orales, escritas, o mixtas. ARTÍCULO 38°. Administración y rendición de la prueba. 38.1 La administración de una prueba constituye un acto de responsabilidad, honestidad, comprensión, respeto e integridad, por parte de todos los que intervienen directamente en ella. Por tal motivo el estudiante que se considere injustamente afectado por el proceder del docente, podrá solicitar al coordinador académico la revisión del caso.
  • 10. 38.2 La revisión de toda prueba o evento evaluativo por parte del docente respectivo, constituye un derecho de los estudiantes. Dicha revisión se podrá realizar sobre trabajo de individualidad y grupal y abarca tanto pruebas orales, escritas, prácticas o mixtas. ARTÍCULO 39°. Escala de valoración. La evaluación será continua, integral, cualitativa, cuantitativa y se expresará en informes descriptivos que respondan a estas características. EXPRESIÓN CUALITATIVA CALIFICACIÓN 1. Excelente (E): Cuando logra la totalidad de los objetivos tanto esenciales como complementarios. 2. Sobresaliente (S): Cuando logra los objetivos esenciales y algunos complementarios. 3. Bueno (B): Cuando logra solo los objetivos esenciales. 4. Insuficiente (I): Cuando no logra los objetivos esenciales. 5. Deficiente (D): Cuando no presenta logros. 6. Totalmente Deficiente (TD): Incumplimiento total, en asistencia o rendimiento académico. 5.0 4.0 - 4.9 3.0- 3.9 1.0 - 2.9 1.0 - 1.9 0.0 ARTÍCULO 40°. Promedio. El promedio del rendimiento académico del estudiante será el indicado por el promedio de calificaciones finales y luego dividir el total de dicha suma por la cantidad de asignaturas cursadas. ARTICULO 41°. Evento de Recuperación. Es el que le hace a un estudiante que no demuestra unos adecuados logros de objetivos y cuyas actividades de aprendizaje son deficientes. Los eventos de recuperación son los siguientes: 41.1 Permanentes: Los que se dan durante el transcurso del periodo académico. 41.2 Final: Al término del periodo académico por estar la asignatura o proyecto en una de las categorías de insuficiente, deficiente o totalmente deficiente, es decir las asignaturas en las que la nota definitiva es inferior a 3,0. Parágrafo 1: La presentación de eventos de recuperación no es obligatoria. Parágrafo 2: Cuando el estudiante pierde una asignatura debe recuperarla, para que el estudiante tenga derecho a presentar la recuperación se contemplan los siguientes procesos. • Evaluación de competencias: el estudiante pagará el 5% sobre el valor del semestre y tendrá derecho a presentar una evaluación con la cual debe demostrar que alcanzó las competencias propias de la asignatura. Si en esta etapa no se supera la asignatura se debe dar continuidad al proceso. El estudiante primero debe cancelar el derecho a la evaluación y luego se le concederá la fecha para la recuperación; el docente le citará en los próximos 8 días y tendrá 2 días más para pasar la nota definitiva a la institución. • Clases adicionales y evaluación de competencias, el estudiante debe cancelar el valor de la asignatura, el cual varía según la cantidad de horas, para lo cual se debe hacer el cálculo teniendo en cuenta el valor del semestre y el total de horas contempladas en el diseño curricular para la asignatura reprobada. El estudiante primero debe cancelar el derecho a las clases y a la evaluación y luego se le informará la fecha para las mismas, para lo anterior se citaran los estudiantes a reunión en la cual se pactarán las fechas. Parágrafo 3: si pasados estos dos procesos el estudiante no logra las competencias de la asignatura, este deberá esperar para ver la asignatura con un nuevo grupo. ARTÍCULO 42°. Evento Evaluativo. De grado; uno de los requisitos para optar el título es un trabajo o proyecto de grado, según reglamentación del consejo directivo. Dicho trabajo debe entregarse impreso, en digital, y/o sustentarse oralmente si así lo exige este órgano de control. ARTÍCULO 43°. El Coordinador Académico elaborará y actualizará el modelo específico de evaluación para el programa, según las necesidades y características propias del mismo y con sujeción a las normas del reglamento. ARTÍCULO 44°. Vacíos. Lo no previsto en este capítulo será resuelto por el consejo directivo, el cual queda autorizado para su revisión permanente a fin de mantenerlo en constante vigencia y de acuerdo a las nuevas necesidades que surjan en el Instituto CIM.COM. CAPÍTULO III MEDIDAS FORMATIVAS ACADÉMICAS ARTÍCULO 45°. Las medidas formativas académicas consisten en la pérdida del derecho a un programa o a la institución por rendimiento académico deficiente. ARTÍCULO 46°. Pierden derecho a un programa quienes: 46.1 Cursando cinco (5) o seis (6) asignaturas reprueba tres (3) 46.2 Cursando una (1) o dos (2) asignaturas reprueba una (1) 46.3 Cursando tres (3) o cuatro (4) asignaturas reprueben dos (2)
  • 11. 46.4 Repruebe una asignatura por tercera vez. 46.5 Se retire del programa sin el lleno de las formalidades reglamentarias. Parágrafo: Una asignatura de dicho programa, se cancelará además por la falta de asistencia a un 20% del total de horas programadas para la asignatura en el semestre, para la recuperación de esta, el estudiante deberá pagar el equivalente a los créditos académicos en dinero, lo cual le dará derecho a clases adicionales (máximo el 50% del total de horas contempladas para la asignatura), si no se acoge a esta opción; podrá ingresar a cursar la asignatura con otro grupo cuando a este se le programe, el pago lo realizará teniendo en cuenta el valor equivalente en créditos de acuerdo a los costos de matrícula autorizados por SEDUCA para el año en que vaya a matricular el área. ARTÍCULO 47°. Conmutación. La medida formativa de pérdida del derecho a un programa, podrá ser conmutada por el Consejo Directivo, habiendo prueba del eficiente rendimiento académico anterior del estudiante, pero es de anotar que en el período siguiente solamente podrá cursar las asignaturas reprobadas. ARTÍCULO 48°. Pierden el derecho al Instituto CIM.COM y por tanto no podrán matriculasen quien: 48.1 Pierdan por segunda vez el derecho a un mismo programa. 48.2 Pierdan por primera vez el derecho a un programa habiéndolo perdido antes en otro. ARTÍCULO 49°. La pérdida del derecho a un programa Docente caduca a los tres años y la pérdida del derecho en la institución caduca a los 5 años, contados a partir de la fecha de la pérdida, y el estudiante podrá solicitar el reingreso. TÍTULO V DE LOS ESTÍMULOS CAPÍTULO I DE LOS ESTÍMULOS ARTÍCULO 50°. El Instituto CIM.COM otorga estímulos a los estudiantes por su rendimiento académico, sus trabajos de investigación, su colaboración de la vida institucional y por su desempeño destacado en certámenes en los cuales representa la Institución. ARTÍCULO 51°. Clases de estímulos. a. Menciones de Honor por los trabajos de mérito en el campo científico, tecnológico, cultural y deportivo. b. Brindar subsidios del 30% del valor del semestre a aquel estudiante que estén cursando todas las materias del semestre y que obtenga el mejor promedio en el primer semestre, así mismo un subsidio del 30% del valor del semestre, se rifará entre los tres promedios que le siguen al más alto. c. Derecho a participar en concurso por monitorias Docentes. d. Promoción y publicación por trabajos investigativos de méritos de los estudiantes. ARTÍCULO 52°. Requisitos para las monitorias. a. Tener el estudiante un promedio crédito acumulado sobresaliente mayor a 4.5 según la escala de valoración. b. No haber recibido sanciones disciplinarias durante la carrera. c. Haber cursado la materia objeto de monitoria con una valoración sobresaliente según escala de valoración. d. La monitoria deberá ser asignada por el consejo directivo mediante convocatoria pública y concurso de méritos. e. La monitoria será remunerada de acuerdo con la reglamentación que expida el Consejo Directivo. TÍTULO VI EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS CAPÍTULO I EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS PARA LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 53°. La institución tiene el deber de expedir certificados a estudiantes o a exalumnos, para lo cual se tendrá un plazo máximo de 10 días; a la hora de expedir un certificado se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: 53.1 Estudiantes activos: personas que están estudiando al momento de solicitar el certificado y que lo requieren para tramitar sus auxilios escolares, gestionar créditos o para asuntos personales. Parágrafo: en el certificado se debe aclarar la fecha de inicio del programa técnico y la duración de este y, si es el caso especificar cuántos semestres ha cursado y ha aprobado el estudiante (para lo cual debe estar a paz y salvo académicamente y financieramente).
  • 12. 53.2 Estudiantes retirados: son las personas que cumplieron con un tiempo determinado en la institución y se retiraron del establecimiento o se cambiaron para otro programa que ofrezca la institución. Parágrafo 1: Para la expedición del certificado es requisito indispensable estar a paz y salvo financieramente con la institución hasta la fecha en que hizo uso de sus servicios educativos; teniendo en cuenta que el establecimiento es autosostenible; se pueden hacer acuerdos de pago pero el certificado no se expedirá hasta que el estudiante no esté a paz y salvo con la institución. Parágrafo 2: en el certificado se debe aclarar la fecha de inicio del programa técnico y la duración de este y, si es el caso especificar cuántos semestres ha cursado y ha aprobado el estudiante, en caso de no haber culminado alguno de los semestres se especificará las asignaturas cursadas y aprobadas y a cual semestre pertenecen. 53.3 Exalumnos: personas que se han graduado en cualquiera de los programas que ofrece la institución. Parágrafo: se expiden el certificado aclarando la fecha de matrícula y la fecha de graduación. TÍTULO VII NOTIFICACIONES Y RECURSOS CAPÍTULO I NOTIFICACIONES, RECURSOS ARTÍCULO 54°. Notificaciones. Toda decisión de carácter particular deberá ser notificada al interesado personalmente dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de la misma. ARTÍCULO 55°. Toda decisión quedará en firme tres días después de notificada cuando careciere de recursos, o cuando hubiesen vencido los términos sin interponer los pertinentes. ARTÍCULO 56°. Recurso de Reposición. El recurso de reposición se interpondrá ante la misma autoridad que toma la decisión, a fin de que se revoque, reforme, adicione o aclare. Siempre con razones válidas que sustenten, por escrito presentando personalmente dentro de los tres días siguientes a la notificación. ARTÍCULO 57°. Recurso de Apelación. Tiene por objeto que el inmediato superior estudie el asunto decidido en primera instancia, para que lo confirme, revoque o reforme. Deberá interponerse por escrito y presentado personalmente ante quien dictó la decisión, con la expresión de las razones que sustenten la impugnación. TÍTULO VIII PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA CAPÍTULO VIII PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA ARTÍCULO 58°. Todos los integrantes de la comunidad del Instituto CIM.COM tienen derecho a la adecuada participación en la vida institucional. Por tanto tienen libertad de asociación por expresión, dentro del respeto que facilite el ambiente propicio para el cumplimiento de los objetivos fundamentales de la institución. ARTÍCULO 59°. El acceso a la Institución no estará limitado por consideraciones de raza, sexo, Religión o condición económica o social. Estará siempre abierta a quien demuestren poseer las capacidades requeridas. ARTÍCULO 60°. El Consejo Directivo establecerá y reglamentará las líneas de autoridad para atender solicitudes y reclamos de los estudiantes a partir del Representante Estudiantil, el cual será siempre la primera instancia. ARTÍCULO 61°. El presente Manual de Convivencia rige a partir de la fecha de su expedición. Dado en Támesis a los 19 días del mes de Febrero de 2003. JUAN MARTÍN VÁSQUEZ HINCAPIÉ Representante Legal Instituto CIM.COM NANCY YUDY VILLA ARCILA Secretaria de Salud, Educación y Bienestar Social
  • 13. NORA LUZ BETANCUR CADAVID Coordinadora Centro de Informática Municipal CIM.COM Primera Revisión y actualización: 15 de marzo de 2012 Segunda Revisión y Actualización: 10 de marzo de 2015