El documento habla sobre la resolución ResAP(2007)3 "Alcanzar la plena participación a través del Diseño Universal" adoptada por el Consejo de Europa. La resolución promueve el diseño universal como una estrategia para garantizar la integración y participación plena de las personas con discapacidad en la sociedad a través de políticas, entornos, información, productos y servicios accesibles para todos. Recomienda que los gobiernos adopten el diseño universal en su política, legislación y práctica y difundan sus principios entre los
2. Los derechos humanos deben ser ejercidos
por todas las personas, para garantizar su
integración y plena participación en la
sociedad, lo que exige, entre otras medidas,
la adopción de políticas relevantes y
suficientes en los ámbitos internacional,
nacional, regional y local ...
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3. … un abordaje legislativo sobre la
accesibilidad universal para desarrollar
soluciones generales que incorporen
requisitos de compatibilidad y adaptabilidad,
que promuevan la participación del mayor
número de personas posible, incluidas las
que tienen algún tipo de discapacidad …
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4. … a partir del acuerdo de los agentes
sociales y administraciones para planificar
y desarrollar políticas, entornos, información,
productos y servicios que den respuesta
real y efectiva a las necesidades de las
personas con diversas capacidades.
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5. En el Consejo de Europa, el Comité de
Ministros en su composición restringida
a los Representantes de Estados Miembros
del Acuerdo Parcial en el Ámbito Social
y de la Salud Pública, el 12 de diciembre
de 2007, en la reunión 1014 de Delegados
de Ministros) adoptó la Resolución
ResAP(2007)3 “Alcanzar la plena
participación a través del
Diseño Universal” ...
http://www.ceapat.es/InterPresent1/groups/imserso/documents/binario/200808010002_4_4_0-4.pdf
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6. … considerando que el objetivo del Consejo
de Europa es conseguir mayor unidad
entre sus miembros y que se puede
perseguir este objetivo, inter alia, mediante
la adopción de reglas comunes en el
campo de la política sobre discapacidad
con el propósito de promover la protección
de los derechos políticos, civiles,
sociales, culturales y educativos ...
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7. … teniendo presente la Convención para
la Protección de los Derechos Humanos
y Libertades Fundamentales (ETS No. 5)
y los principios expresados en la Carta
Social Europea revisada (ETS No. 163),
a saber el derecho de las personas
con discapacidad a la independencia,
la integración social y la participación
en la vida de la comunidad (Artículo 15); ...
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8. … tomando en consideración las Normas
Uniformes sobre Igualdad de Oportunidades
para Personas con Discapacidad de las
Naciones Unidas (1993), la Clasificación
Internacional sobre el Funcionamiento, la
Discapacidad y la Salud (CIF) de la
Organización Mundial de la Salud (OMS)
(2001), y la Convención de las Naciones
Unidas sobre los Derechos de las Personas
con Discapacidad adoptada por la
Asamblea General de las Naciones
Unidas el 13 de diciembre de 2006; ...
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9. … reafirmando la universalidad,
indivisibilidad y la interdependencia
de todos los derechos humanos y
libertades fundamentales, y la necesidad
de que se garantice su pleno disfrute a
las personas con discapacidad sin
ninguna discriminación; ...
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10. … considerando que no promover
los derechos de los ciudadanos
con discapacidad y no asegurar la
igualdad de oportunidades es una
violación de la dignidad humana;
… considerando que asegurar la
igualdad de oportunidades para los
miembros de todos los grupos de
la sociedad contribuye a asegurar
la democracia y la cohesión social; ...
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11. … convencidos de que, para asegurar la
integración y la plena participación de las
personas con discapacidad en la sociedad,
se debe integrar un planteamiento basado
en los derechos humanos en todas las
áreas políticas relevantes, en los ámbitos
internacional, nacional, regional y local; ...
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12. … abordando el reto de desarrollar soluciones
generales que incorporen requisitos de
compatibilidad y adaptabilidad, adaptándose
al mayor número de personas posible,
incluidas las personas con discapacidad,
sobre la base de la idea común de que la
planificación y la conformación de políticas,
entornos, información, productos y servicios
deben responder a las necesidades de las
personas con diversas capacidades; ...
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13. Recomienda que los gobiernos de los
estados miembros del Acuerdo Parcial en
el Ámbito Social y de la Salud Pública, con
la debida consideración a sus estructuras
específicas nacionales, regionales o locales
y sus respectivas responsabilidades;
1. Promuevan la participación plena en la vida de
la comunidad y, en particular, eviten la creación
de nuevas barreras diseñando desde el principio
soluciones que sean accesibles y usables por
todos; y de este modo, tengan en cuenta e
incluyan de forma apropiada los principios
de Diseño Universal en su política,
legislación y en la práctica;
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14. 2. Tomen como guía las medidas recomendadas
en el apéndice de esta resolución, en el proceso
de inclusión de los principios de Diseño Universal
en la política, la legislación y en la práctica;
3. Promuevan la aplicación del Diseño Universal
en la implementación de la Recomendación
Rec(2006)5 del Comité de Ministros de Estados
Miembros sobre el Plan de Acción del Consejo de
Europa para la promoción de derechos y la plena
participación de las personas con discapacidad
en la sociedad: mejorar la calidad de vida de las
personas con discapacidad en Europa 2006-2015;
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15. 4. Aseguren para ello la difusión más
amplia posible de esta resolución
entre todos los agentes implicados,
por ejemplo a través de campañas de
concienciación y cooperando con el
sector privado y la sociedad civil,
involucrando, en particular, a las
organizaciones de personas con
discapacidad no gubernamentales.
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16. Apéndice a la Resolución ResAP(2007)3
1. Principios generales y definiciones.
Diseño Universal es una estrategia que
tiene como objetivo hacer el diseño y la
composición de los diferentes entornos,
productos, la tecnología y los servicios
de la información y la comunicación
accesibles, comprensibles y usables
para todos, en la mayor medida y del
modo más independiente y natural
posible, preferiblemente sin la necesidad
de adaptación o soluciones especiales.
El objetivo del Diseño Universal es hacer
que el entorno, la comunicación, los
productos y servicios sean accesibles
y usables en la mayor medida posible.
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17. Promueve un cambio hacia el diseño
centrado en el usuario siguiendo un
planteamiento holístico y encaminado
a adaptarse a las necesidades de
las personas con discapacidad,
independientemente de cualquier
cambio que éstas puedan experimentar
a lo largo de sus vidas.
Consecuentemente, el Diseño Universal es
un concepto que va más allá de la mera
accesibilidad para las personas con
discapacidad en los edificios y debe
convertirse en una parte inherente de
las políticas y la planificación en
todos los aspectos de la sociedad.
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18. 2. Recomendaciones a los gobiernos.
Los gobiernos deben aceptar el Diseño
Universal como una filosofía y una
estrategia de apoyo para la puesta en
práctica de la plena ciudadanía y la vida
independiente de todas las personas,
incluidas las personas con discapacidad.
Los gobiernos deben poner en marcha
medidas destinadas a integrar a las personas
con discapacidad como miembros de pleno
derecho en la sociedad, teniendo en cuenta
su participación en la vida pública (empleo,
participación política, etc.) y promoviendo
su inclusión social, dándoles un mayor
control y capacidad de elección.
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19. Los gobiernos deben aprovechar al máximo
el potencial del Diseño Universal para hacer
frente al envejecimiento y al aumento del
número de personas con discapacidad,
pues la ejecución y la aplicación de las
estrategias del Diseño Universal pueden
facilitar la promoción de la igualdad de
derechos de todos los ciudadanos en
todos los aspectos de la sociedad.
Una perspectiva general de los hechos
históricos y de la situación actual muestra
que el trabajo realizado para mejorar la
accesibilidad, incluyendo las medidas de
Diseño Universal, ha llevado a una mayor
participación de las personas con
discapacidad en la vida pública.
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20. Se debe implicar a los organismos
públicos y privados en un mismo pie
de igualdad, pues el progreso en los
derechos humanos en los ámbitos
internacional, europeo, nacional o
regional depende fuertemente de los
gobiernos e instituciones elegidas
mediante voto como fuerza motriz,
mientras que normalmente es el sector
privado el que dirige el avance tecnológico.
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21. Los estados miembros deben iniciar
acciones que incorporen los principios
de Diseño Universal, abarcando todos
los aspectos de la sociedad, por ejemplo
el entorno, las redes de la tecnología de
la información y de las comunicaciones
(TIC), el transporte, los servicios, el
turismo, los bienes y productos, la
información, el empleo y la educación.
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22. Con el objeto de desarrollar, implementar
y mantener las estrategias del Diseño
Universal, se debe incentivar a los agentes
clave de los diferentes sectores de la
sociedad, tanto públicos como privados.
Teniendo en cuenta que en Europa existen
países que organizan su vida social de
forma diferente, tanto el mercado como
la legislación son arenas importantes
y los responsables políticos deben
ocuparse de ellas.
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23. Los responsables políticos deben, en
primer lugar, adoptar un enfoque de
Diseño Universal coordinado,
armónico e intersectorial.
Las políticas nacionales sobre discapacidad
deben ser inclusivas y generales, y deben
incorporar el Diseño Universal, que se debe
reconocer y promover en el desarrollo, puesta
en práctica y control de dichas políticas.
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24. Teniendo presente que estas políticas
tocan cuestiones relativas a la igualdad
de oportunidades, se deben aplicar con
el más alto nivel de responsabilidad
legal, y deben incluir medidas de refuerzo
en línea con el marco ofrecido por el
Plan de Acción sobre Discapacidad
del Consejo de Europa.
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25. Se debe garantizar la aportación de expertos
representantes de organizaciones de
usuarios, en particular de aquellas cuyos
servicios son gestionados y controlados
por personas con discapacidad, de grupos
de investigación y centros de conocimiento
en todos aquellos niveles en los que se
toman decisiones sobre los principios
del Diseño Universal.
De este modo, se pueden tener en cuenta
los requisitos diversos de las diferentes
categorías de personas, y la implicación de
representantes de usuarios con experiencia
puede también ayudar a movilizar la masa
crítica necesaria para provocar la acción política
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26. Los responsables políticos deben implicar a
los agentes clave de todos los sectores de
la sociedad, tanto públicos como privados,
centralizados y descentralizados.
La coordinación en el ámbito europeo
también es importante, pues la coordinación
entre estados miembros y compartir
conocimiento y mejores prácticas simplifica
el proceso para los gobiernos, planificadores
y diseñadores, además de hacer que las
sociedades europeas sean más coherentes
para las personas con discapacidad.
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27. En el ámbito nacional se debe asegurar
que los diferentes ministerios coordinan
su trabajo desde las etapas iniciales, por
ejemplo dentro del marco del Plan de
Acción sobre Discapacidad del
Consejo de Europa 2006-2015.
También la coordinación y el estímulo
de relaciones asociativas entre lo público
y lo privado son vitales. Se deben firmar
acuerdos específicos con el objeto de
posibilitar tal coordinación.
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28. Los gobiernos deben crear un marco para
inculcar los principios del Diseño Universal
en el sector educativo. Los profesionales
de la educación se deben involucrar en
este proceso y contribuir en la introducción
de los principios de Diseño Universal en los
currículum formativos. En particular todos
los profesionales que trabajan en la
construcción del entorno deben encargarse
de ello, pero también aquellos que ofrecen
servicios, información y productos.
Teniendo en cuenta que a veces es difícil para los
gobiernos influir en los currículum, la asignación
de dinero para los programas de formación en
Diseño Universal puede ser un medio para
concienciar en el sector educativo.
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29. Para hacer que los distribuidores y
desarrolladores se dirijan a grupos de
usuarios y mercados más amplios, los
responsables políticos deben estar en la
vanguardia incluyendo los aspectos del
Diseño Universal en las compras públicas.
El mercado de trabajo en el sector público
y en el privado debe abrirse a grupos
más amplios de personas mediante
acuerdos específicos con
administradores y empresarios.
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30. Los gobiernos deben proporcionar a los
ciudadanos y a las organizaciones de
usuarios información sobre las medidas
legislativas, los servicios sociales, productos,
tecnología de apoyo, etc. con el fin de
capacitar a los usuarios para tomar
sus propias decisiones.
La aceptación del Diseño Universal requiere
nuevos modos de pensamiento. Por lo
tanto, los gobiernos deben aumentar la
concienciación pública sobre el Diseño
Universal, contando con la evidente
oportunidad que ofrece el Plan de
Acción sobre Discapacidad del
Consejo de Europa, 2006-2015.
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31. La responsabilidad sobre las cuestiones
del Diseño Universal se debe asignar a
personas clave en las organizaciones
para garantizar su completa aceptación.
Crear un equipo de trabajo de líderes
industriales influyentes puede ser un
modo de promover la interacción social
entre todos los ciudadanos, especialmente
con las personas con discapacidad.
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32. Para posibilitar que los planes de acción en
Diseño Universal se pongan en marcha se
deben proporcionar recursos financieros
adecuados, y éstos deben acompañarse
de procedimientos para transmitir
requerimientos, directrices
y normas detallados.
Especialmente importantes son los planes
para mejorar la accesibilidad en el entorno,
usando los métodos del Diseño Universal.
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33. Los entornos “no físicos”, tales como
la tecnología de la información y la
comunicación también deben
ser tenidos en cuenta.
Se deben realizar análisis de
coste-beneficio de la aplicación del
Diseño Universal y comunicar los
resultados para proporcionar la
mayor visibilidad de los efectos
del Diseño Universal.
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34. Se deben acometer evaluaciones de
calidad y aportar las conclusiones de
éstas durante el proceso y el seguimiento
de la implementación de los planes de
acción basados en los principios
del Diseño Universal.
El progreso se debe analizar con un punto
de referencia, se deben poner en práctica
procedimientos de seguimiento y el control
debe conducir a la corrección de los
objetivos y los métodos en caso necesario.
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35. Se debe pedir a los expertos en evaluación
de la calidad y en investigación que
traduzcan los requerimientos de los
usuarios, claramente definidos y
contrastados, en instrumentos para
medir estadísticamente el efecto.
Se deben medir tanto los aspectos sociales
como las cuestiones técnicas. Controlar el
nivel de respeto de los derechos humanos de
los grupos de usuarios es más sencillo si se
destinan recursos a los representantes de
los usuarios finales, permitiéndoles participar.
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