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mantiene una incapacidad continua de más de 180
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¿Puedo terminar el contrato de trabajo con una
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¿Qué hacer con aquel trabajador que hace de su
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¿Cómo lograr que la protección no se convierta en
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persona con disminución física, sensorial o psíquica
o afecte la sostenibilidad de la fuente de empleo?
1. En el ámbito Internacional
- Declaraciones aprobadas por la Asamblea General de las
Naciones Unidas (NU):
* Universal de los Derechos Humanos-ONU (1948)
* De los derechos de las personas con retardo mental (1971)
* De los derechos de los impedidos (1975)
-Pacto de Derechos económicos, sociales y culturales,
(1966) y Observaciones Generales No. 5 (1994), relativas a
personas con discapacidad y No. 18 (2005), sobre derecho al
trabajo
1.En el ámbito Internacional
- Declaración sobre las personas sordo-ciegas (Parlamento
Europeo, 1979)
- Declaración de Sund Berg de Torremolinos (UNESCO, 1981)
- Programa de acción mundial para las personas con
discapacidad (NU, 1982)
- Conferencia de Viena sobre legislación para minusválidos
(1986)
- Recomendación 168-OIT (1983), “Readaptación
profesional y el empleo de las personas inválidas”
1. En el ámbito Internacional
- Convenio 159-OIT (Ley 82/1988): Sobre la misma materia
- Normas uniformes sobre la igualdad de oportunidades
para las personas con discapacidad (NU, 1996)
- Convención Interamericana para la eliminación de la
discriminación contra personas con discapacidad (Ley
762/02)
- Convención sobre los derechos de las personas con
discapacidad (2006)
1. En el ámbito Internacional - Regional
-Convención Americana de derechos humanos
(1969)
-Convención Interamericana de la OEA (1999)
2. En el ámbito nacional
* En la Constitución Política
• Preámbulo, Artículo 1º , Artículo 53
• Artículo 13, Artículo 47, Artículo 54
• Artículo 16, Artículo 25, Artículo 95
• Artículo 333
2. En el ámbito nacional
* En la normatividad general
Decreto 2351/65, art. 16- D.R. 1373/66 (Art. 4º)
Ley 82/1988 (Convenio 159-OIT)
D.R. 2177/89: Reglamentario del anterior
2. En el ámbito nacional
* En la normatividad general
Ley 762/02: Aprobatoria de la Convención
Interamericana para eliminar
discriminación de discapacitados
Ley 776/02 – Ley 1562/12: Sistema de Riesgos
Laborales.
Ley 982/05: Un ejemplo concreto en el caso de
personas sordas y sordo-ciegas.
2. En el ámbito nacional
* En la normatividad general
Ley 1145/07: Sistema Nacional de
Discapacidad.
Ley 1306/09: Protección de personas con
discapacidad mental
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calificación de invalidez.
¡Lo clave!¡Lo clave!
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¿Qué es la¿Qué es la
discapacidad?discapacidad?
“Con la palabra discapacidad se resume
un gran número de diferentes limitaciones
funcionales. . . puede revestir la forma de
una deficiencia física, intelectual o
sensorial, una dolencia que requiera
atención médica o una enfermedad
mental… de carácter permanente o
transitorio. (*)
(*) Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las personas
con discapacidad (NU, 1983)
“Persona con discapacidad: La que tiene
limitaciones o deficiencias en su actividad
cotidiana y restricciones en la participación
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Toda persona que sufra una
disminución física, sensorial o
psíquica (afectación de la salud),
“durante el transcurso del
contrato laboral (T-457/13; T-198/06) ”,
se encuentra en debilidad
manifiesta y es un trabajador en
situación de discapacidad.
Las expresiones limitado,
minusválido, discapacitado,
disminuido, impedido, deben
reemplazarse por persona(s) en
situación de discapacidad.
Solo puede terminarse el contrato del
trabajador en situación de
discapacidad con base en una justa
causa objetiva y relevante porque de
lo contrario se considera que la
terminación tuvo causa en la situación
de discapacidad y hay reintegro.
Las causas objetivas deben
estar relacionadas con “las
razones del servicio” (T-457/13)
y, por ello, se requiere la
autorización de la “oficina
de Trabajo”
La discapacidad puede ser
declarada o certificada
(incapacidad temporal o permanente parcial) o
no declarada (afectación de la salud –
trabajador en tratamiento, no incapacitado).
“En principio”, no es causa
objetiva la expiración del plazo
fijo pactado o la culminación
de la labor (C-016/98, T-449/08, T-225/12),
¿Y el empleador?¿Y el empleador? . . .. . .
¿Contra la pared?¿Contra la pared?
Aplicar Ley 361/97, art. 26,
versión original, mediante
trámite administrativo.
Sin permiso se ordena el
reintegro y se aplica como
sanción la indemnización de
180 días de salario.
¿Y Ministerio?¿Y Ministerio? . . .. . .
¿Contra la pared?¿Contra la pared?
• El afectado en la salud psíquica que mata a
3 trabajadores por día.
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en misión en situación de incapacidad.
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salvar el empleo de la personasalvar el empleo de la persona
en situación de discapacidad!en situación de discapacidad!
Frente al trabajador en situación de discapacidad
desde antes de la vinculación contractual o con orden
de reubicación con instrucciones médicas o
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• Obtener certificación previa de la discapacidad
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condición de la persona
- Respecto del cargo
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Frente al trabajador en situación de
discapacidad no declarada, durante la
vigencia del contrato:
- Establecer la veracidad de la
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Frente al trabajador en situación de
discapacidad declarada, durante la vigencia del
contrato:
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discapacidad no declarada, durante la vigencia
del contrato:
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del trabajador hasta cuando sea calificado por la
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Recuperando el sentido del trabajo temporal

  • 1. Tiempo para la Reflexión: Recuperando SentidoTiempo para la Reflexión: Recuperando Sentido Estabilidad Reforzada yEstabilidad Reforzada y Trabajadores en MisiónTrabajadores en Misión Julio César Carrillo Guarín “Pautas para orientar líneas de acción”
  • 2.
  • 3.
  • 4.
  • 6. ¿Por qué reflexión?¿Por qué reflexión?
  • 7.
  • 8. ¿Por qué recuperar sentido?¿Por qué recuperar sentido?
  • 9.  Integración de lo normativo laboral con laIntegración de lo normativo laboral con la civilidadcivilidad  Ingredientes:Ingredientes: - La importancia de la visión cualitativa- La importancia de la visión cualitativa - La recomposición ética- La recomposición ética - La norma y su valor- La norma y su valor
  • 10.
  • 11.
  • 12. Qué es la Moral Un saber práctico que nos orienta a forjarnos un buen carácter Qué es buen carácter Es un modo de ser y de actuar que nos permite enfrentar la vida con altura humana Qué es Altura humana Ser correctos!!
  • 13. Reconocer al otro como un yo, es decir, no hacer a otro lo que no quisiera que me hicieran a mí o a las personas que amo.
  • 15.  El porqué: La recuperación de sentidoEl porqué: La recuperación de sentido - No se sobrevive. ¡Se vive!- No se sobrevive. ¡Se vive! - Ciudadanos empresariales- Ciudadanos empresariales - Se trabaja la bondad interior- Se trabaja la bondad interior
  • 16. ¿Para qué la norma ?¿Para qué la norma ?
  • 17.
  • 19. Itinerario del viaje Lo actual Carta de navegación Servicio temporal y empleabilidad El dilema de la estabilidad reforzada
  • 21. Carta deCarta de navegaciónnavegación  No botar basuraNo botar basura  FortalezaFortaleza  Saber caminarSaber caminar  Ideas que trazan la ruta para el liderazgoIdeas que trazan la ruta para el liderazgo en el nuevo tiempoen el nuevo tiempo
  • 23. Lo actual: CSTLo actual: CST  Al inicioAl inicio  DuranteDurante  A la terminaciónA la terminación
  • 24. Servicio temporal yServicio temporal y empleabilidadempleabilidad
  • 25.
  • 27. Flash normativoFlash normativo  Ley 50/1990, arts. 71 a 94Ley 50/1990, arts. 71 a 94  Decreto 4369/2006Decreto 4369/2006
  • 29.
  • 30. ¡Son verdaderas empleadoras!¡Son verdaderas empleadoras! ¡No son intermediarias!¡No son intermediarias! ¡Generan empleo dinámico!¡Generan empleo dinámico!
  • 31.
  • 32. Aporta empleo en la temporalidad
  • 33. Nace el D.R. 4269 de 2006
  • 35.
  • 36.
  • 40. Contrato mercantil Reemplazo de personal2 Necesidad del reemplazo
  • 41. Contrato mercantil Para atender incrementos3 6 Art. 6º. D. 4369/06 Prorrogables por 6 meses más
  • 42. Contrato de trabajo Aplican modalidades generales de duración  A término fijo  A término indefinido  Por labor
  • 43.
  • 45. La dinámica laboral dentro del marco de la temporalidad
  • 47. El salario Art. 5º. D. 4369/06
  • 48. Los beneficios Art. 5º, D. 4369/06 En transporte, alimentación y recreación
  • 54. Criterios de apoyo para valorar verdad
  • 56. Conceda al servicio temporal la justa medida de su temporalidad 1
  • 57. Incluya a los trabajadores en misión como miembros de una comunidad empresarial 2
  • 58. Haga partícipes a las EST de las redes de cooperación que promueven responsabilidad social 3
  • 59. Contrate y ofrezca servicio temporal, para lo que es, y cuando debe ser 4
  • 60. El dilema de laEl dilema de la estabilidad reforzadaestabilidad reforzada
  • 61.
  • 62.
  • 63.
  • 64. El invidente El sordo El mudo Sordomudo Enanismo
  • 65. ¿Quién nos recogerá?. Y si para un bus ¿cómo nos subimos? ¿Cómo nos bajamos? ¿Cómo accedemos al andén? ¿Cómo pasamos la calle? ¿Cómo llegamos a un juzgado para ejercer el derecho al servicio de justicia o a cualquier entidad?
  • 66.
  • 67. Camino a recorrer El dilema El espectro normativo El lenguaje
  • 68. Camino a recorrer Intentando una subregla jurisprudencial constitucional El permiso Construyendo Pautas
  • 69.
  • 70.
  • 71.
  • 72.  Seres humanos con limitaciones, queSeres humanos con limitaciones, que requieren un tratamiento dignorequieren un tratamiento digno  Empresas, que requieren serEmpresas, que requieren ser competitivas y rentables, tambiéncompetitivas y rentables, también en aras de la dignidad humana.en aras de la dignidad humana.
  • 73.  Existe el deber moral de unaExiste el deber moral de una comunidad de permitir el accesocomunidad de permitir el acceso al empleo a las personas conal empleo a las personas con limitaciones acorde con suslimitaciones acorde con sus condiciones.condiciones.  Existe en justicia la necesidad deExiste en justicia la necesidad de que, quienes accedan al empleo,que, quienes accedan al empleo, cumplan diligentemente con suscumplan diligentemente con sus obligaciones y no hagan de suobligaciones y no hagan de su limitación una excusa para incumplir.limitación una excusa para incumplir.
  • 74. SolidaridadSolidaridad (Art. 1º CP)(Art. 1º CP) yy Estabilidad enEstabilidad en el empleoel empleo (Art. 53 CP)(Art. 53 CP) La empresaLa empresa como biencomo bien jurídico quejurídico que debe serdebe ser protegidaprotegida (Art. 333 CP)(Art. 333 CP)
  • 75.
  • 76. ¿Qué ocurre si contrato un disminuido físico, sensorial o psíquico? ¿Es el incapacitado uno de esos disminuidos o discapacitados? ¿Puedo terminarle el contrato de trabajo a un trabajador incapacitado?
  • 77. ¿Puedo terminarle el contrato a un trabajador con afectación de la salud y aún no incapacitado formalmente? ¿Qué hacer con el trabajador con incapacidad permanente parcial o incapacidad temporal solucionada que tiene orden de reubicación o de reincorporación con instrucciones médicas?
  • 78. ¿Puedo aplicar la justa causa consagrada en el artículo 7º, lit. a), num. 15 del Decreto 2351 de 1965, cuando un trabajador por enfermedad general mantiene una incapacidad continua de más de 180 días? ¿Puedo terminar el contrato de trabajo con una persona en situación de discapacidad por el expiración del plazo fijo pactado o por el cumplimiento de la labor, en los contratos a término fijo o por labor?
  • 79. ¿Qué hacer con aquel trabajador que hace de su limitación un pretexto para incumplir o que vuelve su discapacidad un negocio? ¿Cómo lograr que la protección no se convierta en sobreprotección que afecta la empleabilidad de la persona con disminución física, sensorial o psíquica o afecte la sostenibilidad de la fuente de empleo?
  • 80.
  • 81.
  • 82. 1. En el ámbito Internacional - Declaraciones aprobadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas (NU): * Universal de los Derechos Humanos-ONU (1948) * De los derechos de las personas con retardo mental (1971) * De los derechos de los impedidos (1975) -Pacto de Derechos económicos, sociales y culturales, (1966) y Observaciones Generales No. 5 (1994), relativas a personas con discapacidad y No. 18 (2005), sobre derecho al trabajo
  • 83. 1.En el ámbito Internacional - Declaración sobre las personas sordo-ciegas (Parlamento Europeo, 1979) - Declaración de Sund Berg de Torremolinos (UNESCO, 1981) - Programa de acción mundial para las personas con discapacidad (NU, 1982) - Conferencia de Viena sobre legislación para minusválidos (1986) - Recomendación 168-OIT (1983), “Readaptación profesional y el empleo de las personas inválidas”
  • 84. 1. En el ámbito Internacional - Convenio 159-OIT (Ley 82/1988): Sobre la misma materia - Normas uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad (NU, 1996) - Convención Interamericana para la eliminación de la discriminación contra personas con discapacidad (Ley 762/02) - Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (2006)
  • 85. 1. En el ámbito Internacional - Regional -Convención Americana de derechos humanos (1969) -Convención Interamericana de la OEA (1999)
  • 86. 2. En el ámbito nacional * En la Constitución Política • Preámbulo, Artículo 1º , Artículo 53 • Artículo 13, Artículo 47, Artículo 54 • Artículo 16, Artículo 25, Artículo 95 • Artículo 333
  • 87. 2. En el ámbito nacional * En la normatividad general Decreto 2351/65, art. 16- D.R. 1373/66 (Art. 4º) Ley 82/1988 (Convenio 159-OIT) D.R. 2177/89: Reglamentario del anterior
  • 88. 2. En el ámbito nacional * En la normatividad general Ley 762/02: Aprobatoria de la Convención Interamericana para eliminar discriminación de discapacitados Ley 776/02 – Ley 1562/12: Sistema de Riesgos Laborales. Ley 982/05: Un ejemplo concreto en el caso de personas sordas y sordo-ciegas.
  • 89. 2. En el ámbito nacional * En la normatividad general Ley 1145/07: Sistema Nacional de Discapacidad. Ley 1306/09: Protección de personas con discapacidad mental Decreto 1507/14: Manual único para la calificación de invalidez.
  • 90. ¡Lo clave!¡Lo clave! Ley 361/97 : Mecanismos de integración social de las personas con limitación. C-531/00 C-744/12
  • 91. La Ley 361/97, Art. 26 yLa Ley 361/97, Art. 26 y una historia parauna historia para contarcontar C-744/12
  • 92.
  • 95. ¿Qué es la¿Qué es la discapacidad?discapacidad?
  • 96. “Con la palabra discapacidad se resume un gran número de diferentes limitaciones funcionales. . . puede revestir la forma de una deficiencia física, intelectual o sensorial, una dolencia que requiera atención médica o una enfermedad mental… de carácter permanente o transitorio. (*) (*) Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las personas con discapacidad (NU, 1983)
  • 97. “Persona con discapacidad: La que tiene limitaciones o deficiencias en su actividad cotidiana y restricciones en la participación social por causa de una condición de salud, o de barreras físicas, ambientales, culturales, sociales y del entorno cotidiano”. Ley 1145 de 2007, art. 2º
  • 98.
  • 100. Toda persona que sufra una disminución física, sensorial o psíquica (afectación de la salud), “durante el transcurso del contrato laboral (T-457/13; T-198/06) ”, se encuentra en debilidad manifiesta y es un trabajador en situación de discapacidad.
  • 101. Las expresiones limitado, minusválido, discapacitado, disminuido, impedido, deben reemplazarse por persona(s) en situación de discapacidad.
  • 102. Solo puede terminarse el contrato del trabajador en situación de discapacidad con base en una justa causa objetiva y relevante porque de lo contrario se considera que la terminación tuvo causa en la situación de discapacidad y hay reintegro.
  • 103. Las causas objetivas deben estar relacionadas con “las razones del servicio” (T-457/13) y, por ello, se requiere la autorización de la “oficina de Trabajo”
  • 104. La discapacidad puede ser declarada o certificada (incapacidad temporal o permanente parcial) o no declarada (afectación de la salud – trabajador en tratamiento, no incapacitado).
  • 105. “En principio”, no es causa objetiva la expiración del plazo fijo pactado o la culminación de la labor (C-016/98, T-449/08, T-225/12),
  • 106. ¿Y el empleador?¿Y el empleador? . . .. . . ¿Contra la pared?¿Contra la pared?
  • 107.
  • 108. Aplicar Ley 361/97, art. 26, versión original, mediante trámite administrativo.
  • 109. Sin permiso se ordena el reintegro y se aplica como sanción la indemnización de 180 días de salario.
  • 110. ¿Y Ministerio?¿Y Ministerio? . . .. . . ¿Contra la pared?¿Contra la pared?
  • 111.
  • 112.
  • 113.
  • 114. • El afectado en la salud psíquica que mata a 3 trabajadores por día. • El que “apuñalea” al Gerente. • El invidente que no contratan porque es imposible terminar su vínculo. • El empresario que contrató personas sordas • La “temporalidad eterna” de un trabajador en misión en situación de incapacidad.
  • 115.
  • 116.
  • 117. ¡Trabajar razonabilidad para¡Trabajar razonabilidad para salvar el empleo de la personasalvar el empleo de la persona en situación de discapacidad!en situación de discapacidad!
  • 118. Frente al trabajador en situación de discapacidad desde antes de la vinculación contractual o con orden de reubicación con instrucciones médicas o reincorporación: • Obtener certificación previa de la discapacidad • Adecuar el contrato de trabajo a la especial condición de la persona - Respecto del cargo - Respecto de las obligaciones - Respecto de la terminación - Constancia
  • 119. Frente al trabajador en situación de discapacidad no declarada, durante la vigencia del contrato: - Establecer la veracidad de la situación - Facilitar el tratamiento - Promover el diagnóstico
  • 120. Frente al trabajador en situación de discapacidad declarada, durante la vigencia del contrato: Si hay orden de reubicación * Seguir el procedimiento de la T-1041/01 * Si hay posibilidad de reubicación - Capacitar - Construir condiciones contractuales
  • 121. Frente al trabajador en situación de discapacidad declarada, durante la vigencia del contrato: Si hay orden de reubicación - Si no hay posibilidad real de reubicación * Solicitar el permiso al Ministerio aduciendo como causa objetiva el cumplimiento de la T-1041/01 y la imposibilidad mantener la vinculación.
  • 122. Frente al trabajador en situación de discapacidad no declarada, durante la vigencia del contrato: Si es por riesgo laboral - Esperar la rehabilitación, recuperación o curación del trabajador hasta cuando sea calificado por la ARL - Orientar al trabajador para que le expidan las incapacidades - Si concluido el tratamiento, hay orden de reubicación.
  • 123. Frente al trabajador en misión en situación de discapacidad, cuya materia o causa de su vínculo termina por razón de la temporalidad:
  • 124.
  • 125.
  • 126.
  • 128. Ser humano que quiere ser feliz
  • 129. Con oportunidad de trabajo digno en empresas sostenibles
  • 130. ¡De vuelta al planeta Tierra!¡De vuelta al planeta Tierra!
  • 132.
  • 133. “La cobardía pregunta: ¿Es seguro? La conveniencia pregunta: ¿Es político? La vanidad pregunta: ¿Es popular? Pero la conciencia pregunta: ¿Es correcto? Y llega un momento en el que uno debe tomar una posición que no es segura, ni política ni popular; uno la asume porque es correcta”   (Martin Luther King Jr.)  

Notes de l'éditeur

  1. Foto inicial nítida
  2. He llegado a la conclusión de que el tradicional concepti del desarrollo económico….. …. Desde el universo del derecho cosial. ***************************** Charles Dickens
  3. He llegado a la conclusión de que el tradicional concepti del desarrollo económico….. …. Desde el universo del derecho cosial. ***************************** Charles Dickens
  4. He llegado a la conclusión de que el tradicional concepti del desarrollo económico….. …. Desde el universo del derecho cosial. ***************************** Charles Dickens
  5. He llegado a la conclusión de que el tradicional concepti del desarrollo económico….. …. Desde el universo del derecho cosial. ***************************** Charles Dickens
  6. He llegado a la conclusión de que el tradicional concepti del desarrollo económico….. …. Desde el universo del derecho cosial. ***************************** Charles Dickens