1. COMERCIANTES Y ASUNTOS DE
COMERCIO
• CODIGO DE COMERCIO DECRETO 410 DE 1971
• TITULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES
GENERALES.
• ARTÍCULOS 1 a 9 inclusive.
• Los comerciantes y los asuntos mercantiles se
regirán por:
2. 1. Código de Comercio.
2. Estipulaciones válidamente celebradas entre
los contratantes.
3. Analogía de normas comerciales.
4. Costumbre mercantil en el lugar de
cumplimiento de las prestaciones ( local ).
5. Costumbre mercantil en el lugar donde hayan
surgido las relaciones que deban regularse
(local).
6. Costumbre general del país.
3. 7. Tratados o convenios internacionales de
comercio no ratificados por Colombia.
8. Costumbre mercantil internacional sí cumple
los requisitos del Artículo 3º del Código de
Comercio, que consten en Sentencia o laudo
de autoridad jurisdiccional internacional que
la hubiere reconocido, interpretado o
aplicado.
4. • LIBRO 1º - TITULO 1º - CAPITULO 1º
• ARTICULOS 10 -19
5. QUIENES SON COMERCIANTES
1. Personas naturales y/o jurídicas que
profesionalmente se ocupan en alguna
actividad que la ley considera mercantil,
en forma directa o por apoderado,
intermediario o interpuesta persona
natural y/o jurídica. Ver art. 1262 Código
de Comercio.
2. Los hábiles que tengan capacidad para
contratar según las leyes comunes (
Código Civil, Código de comercio, Código
penal, Código Administrativo. Ver arts
1503 y 1504 del C.C.
6. 3. Los menores adultos con autorización de sus
representantes legales por cuenta de otras
personas
7. QUIENES NO SON COMERCIANTES
1. Las personas (naturales o jurídicas) que
ejecutan ocasionalmente operaciones
mercantiles. Dichas operaciones mercantiles
quedarán sujetas a las normas comerciales.
2. Los incapaces, quienes quedan inhabilitados
para ejecutar actos comerciales.
8. QUIENES SE PRESUMEN COMERCIANTES
1. Los inscritos en el registro mercantil.
2. Quienes tienen establecimiento de comercio
abierto.
3. Quienes se anuncian al público como
comerciantes por cualquier medio (escrito,
hablado, internet o ciberespacio)
9. QUIENES ESTAN INHABILITADOS PARA
EJERCER EL COMERCIO
1. Los comerciantes declarados en quiebra no
rehabilitados ( Art. 2002 Cod.Com).
2. Los funcionarios de entidades oficiales o con
participación oficial frente a las actividades
mercantiles relacionadas con sus funciones.
Vert Art. 80 del decreto 1250/70.
10. 3. A quienes por ley o Sentencia judicial se les
prohíba el ejercicio de actividades
mercantiles. (Código penal: delitos contra la
propiedad, la fé pública, la economía
nacional, la industria y el comercio,
contrabando, competencia desleal,
usurpación de derechos sobre propiedad
industrial, giro de cheques sin fondos.
11. Cuáles son los actos, operaciones y
empresas mercantiles
1. Se encuentran enumeradas en el artículo 20 del
Código de Comercio en forma declarativa y no
limitativa, en 19 numerales.
2. Todos los actos de los comerciantes relacionadas
con actividades o empresas de comercio. (Art.
21 Código de Comercio)
3. Todos los actos ejecutados por cualquier
persona para asegurar el cumplimiento de
obligaciones mercantiles. (Art. 21 Código de
Comercio).
12. Cuáles son los actos que no son
mercantiles
Están relacionados en forma declarativa, no
limitativa, en los 5 numerales del artículo 23 del
Código de Comercio.
1. Adquisición de bienes con destino al consumo
doméstico o uso del adquirente, la enajenación
de los mismos o de sus sobrantes.
2. La adquisición de bienes para producir obras
artísticas y la enajenación de éstas por su autor.
13. 3. Las adquisiciones hechas por funcionarios o
empleados para fines de servicio público.
4. Las enajenaciones agropecuarias de cosechas
o ganados en su estado natural; su
transformación sólo será tenida como
mercantil cuando constituye por sí misma
una empresa.
5. La prestación de servicios inherentes a las
profesiones liberales:
Medicina, Derecho, Odontología, Ingeniería,
etc.
14. DEFINICION DE EMPRESA
Artículo 25 del Código de Comercio.
“Se entenderá por empresa toda actividad
económica organizada para la
producción, transformación, circulación, admi
nistración o custodia de bienes, o para la
prestación de servicios. Dicha actividad se
realizará a través de uno o más
establecimientos de comercio”.