2. FIRMA ELECTRONICA
La firma electrónica o digital es un conjunto de
datos electrónicos que identifican a una persona
en concreto.
3. •FUNCIONAMIENTO DE FIRMA ELECTRÓNICA
La firma electrónica funciona mediante la encriptación o cifrado de los
datos que la componen, de forma que si no se tiene la clave, el
documento se convierte en ilegible. Para ello es necesario contar con
un par de claves :clave privada y clave pública que se corresponden de
forma matemática.
•CON ESTA ENCRIPTACIÓN SE CONSIGUE QUE :
La información enviada bajo la firma electrónica sólo pueda leerse por
la persona autorizada que posea la clave. Acreditar la identidad de
quien firma el documento electrónicamente.
4. ¿PARA QUÉ SE USA LA FIRMA ELECTRÓNICA?
El uso de la Firma Electrónica busca garantizar la validez de un trámite
electrónico e imprimir seguridad al envío y respuesta del mismo.
¿QUÉ PROPIEDADES GARANTIZA LA FIRMA ELECTRÓNICA?
El uso de la Firma Electrónica asegura el cumplimento de las siguientes
características:
5. FIRMA ELECTRÓNICA
EN
NUESTRA
LEGISLACIÓN
Se entenderá como un valor
Se entenderá como un valor
numérico que se adhiere a un
numérico que se adhiere a un
mensaje de datos yyque,
mensaje de datos que,
utilizando un procedimiento
utilizando un procedimiento
Ley 527 de 1999, Por medio de la matemático conocido,
matemático conocido,
cual se define y reglamenta el
vinculado a la clave del
vinculado a la clave del
acceso y uso de los mensajes de
datos, del comercio electrónico y iniciador yyal texto del mensaje
iniciador al texto del mensaje
de las firmas digitales, y se permite determinar que este
permite determinar que este
establecen las entidades de valor se ha obtenido
valor se ha obtenido
certificación y se dictan otras
disposiciones. exclusivamente con la clave
exclusivamente con la clave
del iniciador yyque el mensaje
del iniciador que el mensaje
inicial no ha sido modificado
inicial no ha sido modificado
después de efectuada la
después de efectuada la
transformación. Art 1 numeral
transformación. Art 1 numeral
ccley 527/99
ley 527/99
6. DISPOSICIONES GENERALES
EL ARTICULO 1 ÁMBITO DE
APLICACIÓN:
La presente ley será aplicables a todo tipo de
información en forma de mensaje de datos,
salvo en los siguientes casos:
•En las obligaciones contraídas por el estado
colombiano en virtud de convenios o tratados
internacionales.
•En las advertencias escritas que por
disposición legal deban ir necesariamente
impresas en cierto tipo de productos en razón al
riesgo que implica su comercialización, uso o
consumo.
13. AUTORIDAD DE
CERTIFICACIÓN
• Autoridad de certificación es una entidad de confianza,
responsable de emitir y revocar los certificados digitales o
certificados, utilizados en la firma electrónica, para lo cual se
emplea la criptografía de clave pública. Jurídicamente es un
caso particular de Prestador de Servicios de Certificación.
15. VENTAJAS
• „ Agiliza la gestión de procesos.
• „ Mejora y asegura la gestión
• documental.
• „ Se facilita la autentificación.
• „ Facilita la consulta.
• „ Crea un ambiente de gestión seguro.
• „ Se pueden utilizar los certificados
• emitidos por otras instancias (SAT)
16. DESVENTAJAS
• Sólo se recomienda para la gestión de actos
administrativos o transacciones:
– Preservación finita:
La documentación involucrada debe tener un plazo de retención sea menor
a 10 años,
A prioridad debe conocer el destino final de dichos documentos
(depuración).
– La legislación y jurisprudencia reconocen los actos
• administrativos respaldados en documentos electrónicos, los actos de
autoridad aún requieren firma autógrafa.
Costo de la tecnología para crear firmar electrónicas confiables es muy
elevado.
„El costo de gestión (incluye preservación) es elevado, ya que requiere
contar con un administrador de contenido