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*
    Por Max Díaz y Ricardo Rivera
*
Año 2001.
Por problemas políticos internacionales.
Promulgado durante el gobierno de Ricardo
Lagos Escobar.




                                      Gracias a usal.es
* Protege al periodista para que este logre
 desempeñar su profesión de manera eficiente y
 amparado por esta ley.




                        *
* Dos problemas: El autoexilio de Alejandra
 Matus y Alejandro Guillier durante el caso
 “Spiniak”.




                                      Gracias a observatoriofucatel.cl




  Gracias a
  libertaddeexpresion.uchile.cl
                                  *
* Que ahora si se pueden seguir casos de
 contingencia nacional en tribunales o puedes
 denunciar las malas prácticas de cualquier ente
 gubernamental.




       *
* Que no protege al estudiante de periodista ni
 al que está en práctica.
* La falta de aplicación por parte del gobierno
 de algunas promulgaciones, como la pluralidad
 medial.




                            *
* Aquello que permite al periodista evitar las
 malas prácticas de sus jefes o denunciar un
 cambio dramático en la línea editorial de
 estos.




           *
* La entrevista fue a un periodista de un medio
            por internet: Francisco Arellano.
        * Evidenció una conocimiento de la ley, pero no
            así de las clausulas de conciencia.




Francisco Arellano (el del medio de pie). Gracias a
                                                      *
twitter.com/farellano.
* Chile debe mejorar muchos aspectos de esta
 ley.
* Para que suceda, los periodistas deben colocar
 en la palestra el tema de los abusos contra la
 profesión.
* Sino sucede eso, seguiremos en la misma vía
 por la que vamos hoy.




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Paper ley de prensa n° 197333

  • 1. * Por Max Díaz y Ricardo Rivera
  • 2. * Año 2001. Por problemas políticos internacionales. Promulgado durante el gobierno de Ricardo Lagos Escobar. Gracias a usal.es
  • 3. * Protege al periodista para que este logre desempeñar su profesión de manera eficiente y amparado por esta ley. *
  • 4. * Dos problemas: El autoexilio de Alejandra Matus y Alejandro Guillier durante el caso “Spiniak”. Gracias a observatoriofucatel.cl Gracias a libertaddeexpresion.uchile.cl *
  • 5. * Que ahora si se pueden seguir casos de contingencia nacional en tribunales o puedes denunciar las malas prácticas de cualquier ente gubernamental. *
  • 6. * Que no protege al estudiante de periodista ni al que está en práctica. * La falta de aplicación por parte del gobierno de algunas promulgaciones, como la pluralidad medial. *
  • 7. * Aquello que permite al periodista evitar las malas prácticas de sus jefes o denunciar un cambio dramático en la línea editorial de estos. *
  • 8. * La entrevista fue a un periodista de un medio por internet: Francisco Arellano. * Evidenció una conocimiento de la ley, pero no así de las clausulas de conciencia. Francisco Arellano (el del medio de pie). Gracias a * twitter.com/farellano.
  • 9. * Chile debe mejorar muchos aspectos de esta ley. * Para que suceda, los periodistas deben colocar en la palestra el tema de los abusos contra la profesión. * Sino sucede eso, seguiremos en la misma vía por la que vamos hoy. *