Este documento resume los requisitos para presentar la proyección de gastos personales con fines impositivos para el año 2016 en Ecuador. Los trabajadores deben presentar la proyección a su empleador antes del 31 de enero si ganan más de USD $931 mensuales o USD $11,170 anuales. Los gastos personales deducibles incluyen alimentación, vivienda, educación, vestimenta y salud, con un techo máximo de USD $14,521. Además, aquellos cuyos gastos deducibles superen el 50% de la fracción
1. PROYECCIÓN DE GASTOS PERSONALES CON FINES
IMPOSITIVOS PARA EL AÑO 2016
De conformidad con la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y
su reglamento de aplicación, para el cálculo del impuesto a la renta de los
trabajadores en relación de dependencia se deberá tomar en cuenta lo
siguiente:
1.- Hasta el 31 de Enero tienen plazo las personas en relación de
dependencia para presentar a su empleador la proyección de gastos
personales para el 2016.
2.- En el año 2016 una persona que gana USD 931,00 mensuales o
proyecta ganar 11.170 dólares o más al año debe presentar el anexo de
gastos personales.
3.- Los gastos personales son: a) alimentación, b) vivienda, c)
educación, d) vestimenta, y, e) salud.
El techo máximo para los gastos personales es de USD 14,521.
4.- Los montos para la deducción de gastos personales son:
RUBRO OBSERVACIÓN MONTO MÁXIMO (USD)
ALIMENTACIÓN
Contempla la adquisición de
productos para subsistir y la
nutrición, agua (embotellada)
y las pensiones alimenticias.
3,630,25
VIVIENDA
Se admite un único inmueble
destinado a vivienda. Se
contempla en este apartado la
adquisición, contracción,
remodelación, ampliación,
mejora, mantenimiento y
arrendamiento de inmuebles
para vivienda. Además de los
servicios de agua, luz
eléctrica, gas, teléfono fijo y
alícuotas de condominio.
3,630,25
VESTIMENTA
Adquisición y confección de
prendas de vestir y pañales.
Las joyas no se consideran
vestimenta.
3,630,25
EDUCACIÓN
Gastos de instrucción de una
persona como matrículas,
pensiones, derechos de grados,
útiles escolares, uniformes,
transporte escolar, cuidado
infantil, equipos de
computación.
Se consideran dentro de este
rubro los gastos del
contribuyente, de su cónyuge,
hijos u otras personas que
dependan económicamente de
él.
3,630,25
SALUD
Gastos destinados a bienestar
físico y mental, entre ellos,
honorarios médicos y otros
profesionales de la salud
(incluyendo entrenadores
personales), servicios
hospitalarios, seguros de
medicina pre-pagada,
deducibles de los seguros
médicos, medicamentos,
insumos médicos, lentes y
prótesis, cirugía estética,
gimnasio, implementos
deportivos (bicicletas o
máquinas de gimnasio),
14,521
5.- Además, las personas naturales cuyos gastos personales deducibles
superen el 50% de la fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta
vigente para el ejercicio impositivo declarado ($ 5.585 para 2016)deben
presentar, a través del internet, la información relativa a los gastos
personales en las siguientes fechas:
NOVENO DÍGITO DE LA
CÉDULA O DEL RUC
FECHA MÁXIMA DE
ENTREGA
1 10 de Febrero
2 12 de Febrero
3 14 de Febrero
4 16 de Febrero
5 18 de Febrero
6 20 de Febrero
7 22 de Febrero
8 24 de Febrero
9 26 de Febrero
0 28 de Febrero
Puede descargar el formulario para realizar la decoración de
proyección de gastos personales 2016 en este enlace.
Fuentes: Resolución NAC-DGERCGC15-00003195; Circular No.
NAC-DGECGC11-00004, publicada en Registro Oficial No. 412 el 24 de
marzo del 2011; Resolución No. NAC-DGERCGC15-00000316; y,
Circular NAC-DGERCGC12-00006, publicada en el RO 698 de mayo
de 2012.
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y le resulte útil. Para consultas de orden tributario, tanto en asesoría como
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