1. Interpretación del artículo 77 de la CRBV
Sentencia de la Sala Constitucional del TSJ N° 1.682 del 15/7/2005
EFECTOS JURIDICOS DEL MATRIMONIO APLICABLES AL
CONCUBINATO
SI APLICA:
1-. Presunción de Bienes Comunes (art. 767 CC).
2-. Presunción Pater Ist Est (art. 211 CC) para los hijos
nacidos durante el Concubinato.
3-. Sentencia Definitivamente Firme de Declaración de
Certeza del Concubinato. (art. 16 CPC)
4-. Duración de la Unión Concubinaria según el art. 33
Ley del Seguro Social (mínimo 2 años).
5-. Deber de socorrerse mutuamente (art. 137 CC).
6-. Régimen Patrimonial (art. 767 CC). Leyes que otorgan
a los concubinos derechos patrimoniales y sociales:
6.1-. Ley del Seguro Social: Pensión de Sobreviviente
(art.33).
6.2-. LOTTT (art. 145): Derechos a recibir las
Prestaciones Sociales.
6.3-. Normas de Operación del Decreto con Rango y
Fuerza de Ley que regula el Sub-Sistema de Vivienda (art.
34).
6.4-. Ley de Impuesto sobre la Renta (art. 104) referido a
las inversiones del contribuyente.
7-. Providencias del art. 174 CC.
8-. Preeminencia del art. 77 constitucional (dice que la
comunidad concubinaria existe de pleno derecho, no hay
necesidad de presumir comunidad alguna) sobre el art.
767 CC de la Presunción de la Comunidad Concubinaria.
9-. Los terceros que tengan acreencias contra la
comunidad podrán cobrarse de los bienes comunes
(art.168 CC).
10-. Acción preventiva en beneficio de los bienes comunes
cuando el concubino se excede de los límites de la
administración (art. 171 CC)
NO APLICA:
1-. La Bigamia.
2-. Acta Matrimonial.
3-. Los deberes del artículo 137 CC., y cuya
violación acarrea las causales del divorcio
(art. 185 ord. 1° y 2°).
4-. El deber de vivir juntos (art. 137 CC).
5-. Fidelidad (art. 137 CC).
6-. El derecho de la mujer a usar el apellido
del marido (art. 137 CC).
7-. Acción de Divorcio y la Separación de
Cuerpos y de Bienes (art. 191 CC).
8-. Capitulaciones Matrimoniales (art. 143
CC).
Autora: Lesly González
2. Interpretación del artículo 77 de la CRBV
Sentencia de la Sala Constitucional del TSJ N° 1.682 del 15/7/2005
EFECTOS JURIDICOS DEL MATRIMONIO APLICABLES AL CONCUBINATO
SI APLICA:
11-.Concubinato Putativo o de Buena Fe.
12-. Derechos Sucesorales (art. 823 CC).
12.1- Concubino concurre con otros herederos
según el orden de suceder (824 y 825 CC) en
sucesión ab-intestato.
12.2- Derecho a la Legítima (art. 833 CC)en
sucesión testamentaria.
12.3- Las causales de indignidad (art. 810 CC).
13-. Derecho a Alimentos (art. 285 CC).
14-.Pensión de Alimentos en caso de Declaración de
Ausencia (art. 427 CC).
15-. La sentencia que declare la Unión
Concubinaria producirá los efectos a que se refiere
el ord. 2° del art. 507 CC.
16-. Nulidad de Venta por los acreedores (art. 1.481
CC).
17-. Impedimentos para acceder a cargos para
quienes mantengan uniones estables de hecho:
17.1-. Código Orgánico Tributario (art. 146.4).
17.2-. Ley de Empresas de Seguros y Re-aseguros
(art. 13.5 y 21).
17.3-. Ley de Cajas de Ahorro y Fondos de Ahorro
(art. 75.8 y 136).
17.4-. Ley del Contrato de Seguros (art. 7).
17.5-. Ley de Minas (art. 20)
Autora: Lesly González