1.
Lucia
Aldeanueva
Alcalá-‐Galiano
María
Carmen
Fernández
Rincón
Sandra
Hernández
Quijada
Carlota
Izquierdo
Azcoitia
Elisa
Pastor
Contreras
2.
1
3.
Ficha
de
cliente
2
4.
FICHA
CLIENTE
• Nombre:
LEGO.
• Datos
de
contacto:
v.galileihagel@legohome.com
/
91
443
78
34.
• Responsable:
Valentina
Galilei
Hagel.
• Sector/Actividad:
Juguetes/Venta
productos
para
el
hogar.
• CIF
00895375S.
• Nº
de
referencia:
00001.
• Fecha
de
alta:
15/11/2011.
• Persona
de
contacto:
Laura
Reino.
3
5.
Ficha
de
campaña
4
6.
FICHA
DE
CAMPAÑA
• Nombre:
LEGO
HOME.
• Anunciante:
LEGO.
• Producto:
LEGO
HOME.
• Fecha
de
inicio/
cierre:
15/11/2011-‐
29/11/2011:
• Medios:
mobiliario
urbano,
street
marketing,
campaña
redes
sociales.
• Equipo
de
cuenta:
Directora
de
cuentas:
María
Fernández.
Ejecutiva
de
cuentas:
Lucía
Aldeanueva.
Planner:
Elisa
Pastor.
Directora
creativa:
Sandra
Hernández.
Redactora/copy:
Carlota
Izquierdo.
• Nº
de
referencia:
00001.
• Contacto
cliente:
Laura
Reino
Villamayor.
• Tipo
de
campaña:
lanzamiento
de
producto
(nueva
imagen
de
marca
y
estrategia
de
comunicación).
• Presupuesto:
14.000€
-‐
16.000€.
5
7.
Informe
de
reunión
6
8.
INFORME
DE
REUNIÓN
• Cliente:
LEGO.
• Producto:
LEGO
HOME.
• Fecha:
15/11/2011.
• Asistentes
de
la
agencia:
:
Directora
de
cuentas:
María
Fernández.
Ejecutiva
de
cuentas:
Lucía
Aldeanueva.
Planner:
Elisa
Pastor.
• Asistentes
por
parte
del
cliente:
Directora
de
producto
(Laura
Reino),
Directora
de
Publicidad
(Valentina
Galilei),
Directora
de
Marketing
(Elena
Fraile).
• Compromiso:
29/11/2011.
Presentación
de
la
estrategia
de
comunicación
junto
con
la
identidad
corporativa.
• Informe
público:
briefing
adjunto.
• Informe
privado:
debido
a
las
contradicciones
encontradas
en
el
briefing
hemos
matizado
aspectos
importantes
con
los
que
realizar
el
contrabriefing.
• Briefing
general:
campaña
de
lanzamiento
de
producto
(nueva
imagen
de
marca
y
estrategia
de
comunicación).
• Briefing
departamental:
qué
tiene
que
hacer
cada
departamento.
7
9.
Orden
de
trabajo
8
10.
Departamento
de
creatividad
Orden
de
trabajo
Anunciante:
Lego
.
Campaña:
Lego
Home,
reinventando.
Fecha
de
Inicio:
22/11/2011.
Dead
line:
29/11/1211.
Departamento:
Creatividad:
-‐
Director
creativo/Arte:
Sandra
Hernández
Quijada.
-‐
Copy/
Producción
(contratación):
Carlota
Izquierdo
Azcoitia.
Tareas:
El
departamento
creativo
se
encargará
de
las
siguientes
funciones:
o Creación
del
mensaje.
o Aportar
recomendaciones
técnicas
y
soluciones,
mostrando
acciones
viables
de
Street
Marketing.
o Creación
del
mensaje.
o Preparar
originales,
adaptándose
al
presupuesto.
o Presentar
las
campañas
al
cliente.
o Contratación/
supervisión
producción.
Dir.
Agencia
Copy
Dir.
Creativo/Arte
9
11.
Departamento
de
cuentas
Orden
de
trabajo
Anunciante:
Lego
.
Campaña:
Lego
Home,
reinventando.
Fecha
de
Inicio:
22/11/2011.
Dead
line:
29/11/1211.
Departamento:
Cuentas:
-‐
Ejecutiva:
Lucía
Aldeanueva
Alcalá-‐Galiano.
-‐
Planificación:
Elisa
Pastor
Contreras.
Tareas:
El
departamento
de
cuentas
se
encargará
de
las
siguientes
funciones:
o Estudio
de
mercado.
o Planificación:
elaboración
de
la
estrategia
comunicativa.
o Presentación
de
la
estrategia
a
dep.
Creatividad.
o Redacción
briefings.
o Realizar
control
de
los
gastos
de
los
clientes
y
su
facturación.
Dir.
Agencia
Ejecutiva
Cuentas
Planner
10
12.
Control
horario
11
13.
CONTROL
HORARIO
EMPLEADO
DEPARTAMENTO
CARGO
HORAS
PRECIO/HORA
TOTAL
Mª
Carmen
DPTO.
CUENTAS
Dir.
Cuentas
18
131€
2358€
Fernández
Planificadora
Elisa
Pastor
DPTO.
CUENTAS
18
173€
3114€
estratégica
Lucía
Ejecutivo
DTO.
CUENTAS
18
55€
990€
Aldeanueva
Cuentas
Senior
Dir.
Sandra
DTO.
CREATIVO
18
179€
3222€
Creativo/Arte
Carlota
Copy
DTO.
CREATIVO
18
111€+87€
3564€
Izquierdo
Senior/Producer
Totales:
90
736€
13248€
12
14.
Brief
creativo
13
15.
Brief
creativo
Objetivos
de
comunicación
Dar
a
conocer
la
nueva
línea
de
producto.
¿Cuál
es
el
producto?
LEGO
HOME.
Menaje
del
hogar.
Contexto
LEGO
ha
creado
una
nueva
línea
de
producto
como
extensión
de
su
marca
dedicada
para
atraer
a
nuevos
públicos
objetivos.
Competencia:
Zara
Home,
Habitat,
La
Oca,
Casa,
Popland.
Tiendas
Disney
e
Imaginarium
(sólo
para
el
público
objetivo
de
padres
de
niños).
Multimarcas
de
El
Corte
Inglés
o
centros
comerciales.
Promesa
Lego
Home
decora
tu
hogar
de
una
forma
única
y
original.
Vuelve
a
tu
infancia.
Rodéate
del
juego.
-‐ Recordar
o
evocar
a
la
infancia.
-‐ Hacerte
único
y
diferente.
-‐ Vínculos
generacionales.
Reason
why
Decorar
es
un
juego.
Es
algo
divertido.
Decora
tu
casa
de
manera
original
y
diferente
y
diviértete.
Siéntete
como
cuando
eras
un
niño.
Saca
tu
lado
lego,
tu
lado
de
niño.
14
16.
A
quién
nos
dirigimos:
2
públicos.
-‐ Padres.
Edad
30-‐45
años.
Nivel
socioeconómico
medio
y
medio
alto.
Viven
en
las
grandes
ciudades.
Con
interés
por
crear
vínculos
generacionales
con
sus
hijos.
-‐ Jóvenes
de
25
a
35
años.
Nivel
socioeconómico
medio
y
medio
alto.
Viven
en
la
ciudad
de
alquiler
o
con
casa
propia.
Estilo
de
vida:
dinámico,
moderno,
imaginativo
y
con
interés
por
la
cultura
vintage,
retro,
pop…
Medios
y
elementos
con
los
que
vamos
a
desarrollar
la
campaña:
-‐ Street
Marketing.
-‐ Creación
de
una
nueva
identidad
corporativa
asociada
con
la
marca.
Fecha
de
presentación
de
la
campaña
al
cliente:
-‐ 29
de
noviembre
de
2011.
Desarrollo
de
la
campaña
Eje
de
la
campaña
Unir
juego
+
decoración
en
una
campaña
de
street
marketing.
Acción
Construcción
de
una
casa
hecha
completamente
de
piezas
lego
con
todo
el
atrezzo
en
su
interior,
manteles,
cama,
mesa,
etc..
todo
es
de
Lego.
En
ella
vivirá
una
familia.
15
17.
Brief
departamental
16
18. BRIEFING
DEPARTAMENTAL
Departamento
de
cuentas:
-‐ Elaborar
la
estrategia
comunicativa
para
la
campaña
de
lanzamiento
de
la
nueva
extensión
de
marca
Lego
Home.
-‐ En
coordinación
con
Planificación
estratégica.
-‐ Medios
donde
se
desarrolla:
Street
marketing.
-‐ Elaborar
el
brief
creativo
y
entregárselo
al
planner.
-‐ Supervisar
los
timmings.
-‐ Reunión
con
el
cliente
para
presentar
la
campaña.
Planificación
estratégica:
-‐ Estudiar
al
público
objetivo
y
aportar
un
informe
sobre
el
mismo
al
departamento
de
cuentas.
-‐ Colaborar
con
cuentas
en
la
estrategia
comunicativa.
-‐ Explicar
el
brief
creativo
al
departamento
creativo
para
que
puedan
desarrollar
el
concepto
de
la
campaña.
Departamento
creativo:
-‐ Desarrollar
el
concepto
creativo
en
función
del
brief.
-‐ Investigar
los
soportes
más
idóneos
dentro
del
street
marketing
y
concretar
los
que
se
van
a
utilizar.
-‐ Elaborar
un
eslogan
y
un
claim.
-‐ Diseñar
las
piezas
creativas
necesarias
para
la
realización
de
la
campaña.
-‐ Carlota
(Producción):
contratar
a
los
proveedores
necesarios
para
realizar
las
acciones
y
coordinar
con
la
imprenta
las
gráficas.
-‐ Reunión
con
el
cliente
para
presentar
la
campaña.
17
19.
Status
report
18
20.
STATUS
REPORT
15
de
noviembre
de
2011
A
día
15
de
noviembre
de
2011,
la
agencia
“La
Pecera”
ha
establecido
su
línea
creativa
en
cuanto
a
la
campaña
de
Lego
Home.
Los
puntos
clave
de
las
creaciones
gráficas
han
sido:
1-Campaña
Teaser
Guerrilla,
generar
expectación,
personalización
de
edificios,
lonas
en
3D
con
piezas
de
lego,
e
integración
de
lego
en
la
ciudad.
“Lego
goes
home”.
2-Campaña
Legolízate,
crear
una
nueva
identidad
corporativa,
construyendo
una
casa
“Lego
family”
en
Felipe
II
(El
Corte
Inglés).
La
gente
podrá
ver
la
vida
de
una
familia,
en
una
casa
lego
junto
con
los
productos
de
lego
home.
Además
podrá
tocar
esos
nuevos
productos
que
saldrán
a
la
venta
en
grandes
almacenes.
3-
Además
del
Street
Marketing
se
realizará
por
una
agencia
externa
a
“La
pecera”:
un
folleto
y
catálogo
Lego
Home,
papelería
corporativa,
campaña
en
redes
sociales,
anuncios
prensa
y
mobiliario
urbano,
cuña
de
radio
y
publicidad
en
el
punto
de
venta.
El
momento
en
el
que
se
encuentra
ahora
el
equipo
creativo
es
en
la
creación
de
bocetos
y
conceptos
gráficos
para
su
próxima
exposición:
campaña
teaser;
personalización
d
edificios,
lonas
3D
y
en
la
campaña
Legolízate;
construcción
de
la
casa
lego
así
como
el
muestrario
de
productos
Lego
Home.
19
21.
Contrato
20
22.
CONTRATO
DE
PRESTACIÓN
DE
SERVICIOS
ENTRE
LA
PECERA
Y
LEGO
En
Madrid,
a
30
de
noviembre
de
2011.
REUNIDOS
DE
UNA
PARTE:
Doña
Valentina
Galilea
Hagel,
de
nacionalidad
chilena
y
con
D.N.I.
número
53555874G,
con
domicilio
en
la
calle
Guzmán
el
Bueno
nº
65
de
Madrid
.
DE
OTRA
PARTE:
Doña
María
del
Carmen
Fernández
Rincón,
de
nacionalidad
española
y
con
D.N.l.
número
76844521F,
con
domicilio
en
la
calle
Julio
Palacios
nº
4
de
Madrid.
INTERVIENEN
La
primera
en
nombre
y
representación
de
la
entidad
LEGO,
S.A.
(en
adelante
EL
CLIENTE)
con
domicilio
en
la
calle
Orense
nº
34
de
Madrid,
y
con
C.I.F.
A28347821.
Actúa
en
calidad
de
apoderado
de
la
entidad,
en
virtud
de
la
escritura
de
poder
otorgada
el
día
14
octubre
de
2011,
ante
el
Notario
de
Madrid,
Don
Mariano
de
la
Mata
García,
con
el
número
1234
de
orden
de
protocolo,
debidamente
inscrita
en
el
Registro
Mercantil
de
Madrid.
La
segunda
en
nombre
y
representación
de
la
entidad
LA
PECERA,
S.L.
(en
adelante
LA
CONSULTORA)
con
domicilio
en
la
calle
Hortaleza
nº
2
de
Madrid,
y
con
C.I.F.
B00468345.
Actúa
en
calidad
de
apoderado
de
la
entidad,
en
virtud
de
la
escritura
de
poder
otorgada
el
día
19
de
septiembre
de
2011,
ante
el
Notario
de
Madrid
Don
Rodrigo
Álvarez
de
la
Cruz,
con
número
1500
de
orden
de
protocolo,
debidamente
inscrita
en
el
Registro
Mercantil
de
Madrid.
Ambas
partes
se
reconocen
mutua
y
recíprocamente
la
capacidad
legal
suficiente
para
contratar
y
obligarse
libremente,
y
21
23.
EXPONEN
PRIMERO.-
Que
LA
CONSULTORA
es
una
sociedad
cuyo
objeto
social
es
la
elaboración
de
campañas
publicitarias
de
street
marketing
.
SEGUNDO.-
Que
EL
CLIENTE
es
una
sociedad
dedicada
a
la
fabricación
de
juguetes
de
construcción
y
menaje
de
hogar.
TERCERO.-
Que
EL
CLIENTE
está
interesado
en
que
LA
CONSULTORA
le
preste
determinados
servicios
de
street
marketing
y,
con
tal
objeto,
convienen
los
siguientes:
PACTOS
PRIMERO.-
OBJETO
El
objeto
del
presente
contrato
consiste
en
la
prestación
por
parte
de
LA
CONSULTORA
de
los
siguientes
servicios:
- Elaboración
y
desarrollo
de
la
estrategia
creativa.
- Creación
del
concepto
y
expresión
publicitaria,
que
recogerá
en
una
propuesta
que
será
discutida
con
el
cliente
y
prestará
al
mismo
los
diferentes
bocetos
hasta
lograr
su
aprobación.
- Supervisión
de
la
realización
del
distinto
material
publicitario
siguiendo
las
instrucciones
que
a
tal
efecto
le
imparta
el
CLIENTE,
directamente
o
a
través
de
un
tercero,
que
presentará
al
CLIENTE
para
su
aprobación,
previamente
a
su
difusión
y
elaboración.
- Análisis
del
mercado
y
de
la
competencia.
Se
adjunta
propuesta
de
programa
de
comunicación
y
relaciones
públicas
firmada
por
ambas
partes.
Los
cambios
que
puedan
surgir
a
lo
largo
del
plazo
de
ejecución
tendrán
que
ser
por
escrito
e
incluidos
en
un
apartado
anexo.
La
prestación
de
cualquier
servicio
adicional
o
complementario
a
los
descritos
por
EL
CLIENTE
se
regirá
por
las
estipulaciones
del
presente
contrato.
22
24.
SEGUNDO.-
DURACIÓN
El
presente
contrato
entrará
en
vigor
el
día
13
de
diciembre
de
2011
y
finalizará
el
día
29
de
marzo
del
2012.
A
partir
de
esta
fecha,
el
contrato
se
prorrogará
tácitamente
por
períodos
sucesivos
de
un
año,
siempre
que
ninguna
de
las
partes
haya
comunicado
fehacientemente
su
intención
de
dar
por
terminado
el
contrato
con
la
antelación
mínima
de
sesenta
días
a
la
fecha
de
terminación
del
contrato.
En
el
caso
de
prórroga
tácita
del
contrato,
la
remuneración
será
incrementada
anualmente
según
el
último
índice
de
Precios
al
Consumo
(IPC)
publicado
en
el
Boletín
Oficial
del
Estado
(BOE).
TERCERO.-
REMUNERACIÓN
Como
contraprestación
por
los
servicios
contemplados
en
este
contrato
LA
CONSULTORA
percibirá
unos
honorarios
fijos
de
40000
euros,
más
el
correspondiente
IVA,
pagados
en
dos
mensualidades
de
20000
euros
cada
una.
LA
CONSULTORA
percibirá
una
mensualidad
anticipada
de
2000
euros
a
la
firma
del
contrato.
Las
facturas
serán
emitidas
a
primero
del
mes
al
que
corresponden
los
honorarios.
El
importe
de
las
facturas
será
abonado
mensualmente
por
parte
del
cliente,
a
través
de
domiciliación
bancaria:
- Entidad
bancaria:
Banco
Santander
Central
Hispano.
- Dirección:
Julián
Romea.
- Código
de
banco:
0049.
- Oficina:
0271.
- Dígito
de
control:
33.
- N°
de
cuenta:
2348721890.
La
factura
emitida
por
LA
CONSULTORA
se
abonará
dentro
de
un
plazo
de
treinta
días
naturales
a
contar
desde
la
fecha
de
emisión.
En
caso
de
retrasarse
el
pago
por
un
período
superior
a
quince
días
LA
CONSULTORA
podrá
suspender
de
forma
cautelar
los
servicios
que
presta
al
CLIENTE
hasta
que
éste
vuelva
a
estar
al
corriente
de
todos
los
pagos.
La
demora
en
el
pago
de
las
facturas
implicará
el
incremento
de
la
misma
con
un
porcentaje
de
un
2%
mensual
que
se
aplicará
en
la
siguiente
factura.
Cualquier
servicio
adicional
o
complementario
a
los
descritos
en
el
pacto
primero
prestado
por
LA
CONSULTORA
será
remunerado
de
forma
independiente.
23
25.
LA
CONSULTORA
tendrá
derecho
a
ser
íntegramente
remunerada
por
los
servicios
prestados
de
forma
profesional
y
diligente,
sin
que
la
obligación
de
remunerar
dichos
servicios
esté
subordinada
a
la
consecución
de
los
objetivos
fijados
por
EL
CLIENTE.
CUARTO.-
GASTOS
EL
CLIENTE
reembolsará
a
LA
CONSULTORA
el
importe
de
los
gastos
generados
por
el
desarrollo
de
la
actividad
que
comprenderá,
a
título
enunciativo,
los
conceptos
siguientes:
Gastos
generales.
Gastos
administrativos/producción/mecánicos.
Estos
gastos
se
verán
incrementados
con
una
comisión
del
15%
por
gestión
y
tramitación
de
facturas
de
terceros.
Los
gastos
cuya
cuantía
exceda
de
6000
euros
deberán
ser
autorizados
por
EL
CLIENTE.
El
reembolso
de
los
gastos
se
efectuará
en
la
forma
y
plazos
establecidos
por
el
pago
de
honorarios.
LA
CONSULTORA
exigirá
el
pago
por
adelantado
de
los
gastos
cuya
cuantía
exceda
de
2450
euros.
En
caso
de
que
el
trabajo
que
LA
CONSULTORA
realiza
para
EL
CLIENTE
requiera
gestiones
para
contratar
servicios
de
terceras
empresas,
éstos
llevarán
un
incremento
del
15%.
En
el
supuesto
de
los
gastos
que
sean
pagados
por
anticipado,
en
virtud
de
su
cuantía,
no
se
aplicará
dicho
incremento.
QUINTO.-
RESPONSABILIDAD
LA
CONSULTORA
es
responsable
de
los
daños
y
perjuicios
que
pueda
ocasionar
la
prestación
negligente
de
sus
servicios
profesionales.
LA
CONSULTORA
queda
exenta
de
cualquier
responsabilidad
ante
reclamaciones
de
terceros
originadas
por
defectos
de
instalaciones,
servicios
o
productos
facilitados
o
suministrados
por
EL
CLIENTE
o
por
informaciones/datos
o
material
diverso
realizado,
elaborado
o
suministrado
por
LA
CONSULTORA
a
petición
del
CLIENTE
sobre
la
base
del
material
proporcionado
por
éste.
LA
CONSULTORA
no
se
hace
responsable
de
las
posibles
interpretaciones,
manipulaciones,
síntesis
o
alteraciones
que
realicen
los
medios
de
comunicación
del
material
informativo
original
elaborado
por
ella
y
aprobado
por
EL
CLIENTE.
24
26.
SEXTO.-
CAUSAS
DE
RESOLUCIÓN
a)
El
presente
contrato
podrá
ser
resuelto
voluntariamente
por
cualquiera
de
las
partes,
previa
notificación
fehaciente
por
escrito
dos
meses
de
antelación.
La
obligación
de
pago
de
honorarios
y
gastos
y
la
de
prestación
de
los
servicios
serán
exigibles
hasta
la
definitiva
resolución
del
contrato,
así
como
los
restantes
derechos
y
obligaciones
contenidos
en
el
presente
contrato.
b)
Se
producirá
la
resolución
automática
del
contrato
cuando
alguna
de
las
partes
incurriera
en
situación
de
insolvencia
provisional
o
definitiva
declarada
en
un
procedimiento
judicial.
c)
El
incumplimiento
grave
de
cualquiera
de
las
obligaciones
contractuales
a
las
que
se
someten
las
partes
dará
derecho
a
la
parte
perjudicada
a
resolver
el
contrato,
siempre
que
esta
última
esté
al
corriente
de
sus
propias
obligaciones.
La
parte
perjudicada
requerirá
por
escrito
a
la
parte
infractora
el
cumplimiento
contractual
describiendo
la/s
obligación/es
incumplida/s.
Si
transcurridos
quince
días
desde
la
recepción
del
requerimiento
el
incumplimiento
no
fuese
subsanado,
se
producirá
la
resolución
automática
del
contrato,
sin
perjuicio
de
poder
ejercer
las
acciones
judiciales
pertinentes.
En
cualquiera
de
los
supuestos
de
resolución
del
contrato,
LA
CONSULTORA
devolverá
al
CLIENTE
los
documentos
y
materiales
que
aquél
haya
suministrado
a
LA
CONSULTORA
durante
el
período
de
vigencia
del
contrato.
SÉPTIMO.-
NOTIFICACIONES
Toda
notificación
que
deba
realizarse
entre
las
partes
en
virtud
del
presente
contrato
se
remitirá
por
escrito
mediante
burofax
o
carta
certificada
con
acuse
de
recibo
al
domicilio
que
consta
en
el
encabezamiento
del
contrato.
No
obstante,
cualquier
cambio
de
domicilio
deberá
ser
notificado
a
la
otra
parte
en
la
forma
descrita
en
el
apartado
anterior,
siendo
este
nuevo
domicilio
a
efectos
de
notificación
entre
las
partes.
OCTAVO.-
CONFIDENCIALIDAD
EL
CLIENTE
deberá
proporcionar
la
información
necesaria
para
el
óptimo
desarrollo
de
los
servicios
a
prestar
por
LA
CONSULTORA.
Cada
una
de
las
partes
mantendrá
el
carácter
de
confidencialidad
de
la
información
en
todo
momento
y,
de
no
mediar
previo
consentimiento
escrito
del
CLIENTE
al
efecto,
se
abstendrá
de
revelar
tal
información,
total
o
parcialmente,
a
cualquier
persona
distinta
de
empleados,
agentes,
y
otros
representantes
autorizados
de
su
casa
matriz,
o
filiales,
que
necesiten
conocer
la
información
en
relación
con
la
evaluación
de
la
misma
por
LA
CONSULTORA.
Las
partes
se
obligan
a
informar
a
sus
respectivos
representantes
sobre
la
índole
confidencial
de
la
información
y
a
25
27.
exigir
a
dichos
representantes
el
carácter
confidencial
de
la
misma
durante
el
plazo
de
duración
del
presente
contrato,
y
un
año
a
contar
desde
su
resolución.
NOVENO.-
DERECHOS
DE
PROPIEDAD
INTELECTUAL
EL
CLIENTE
adquirirá
los
derechos
de
propiedad
intelectual
que
pudieran
corresponder
a
LA
CONSULTORA
por
el
desarrollo
de
la
actividad
de
consultoría
en
comunicación
y
relaciones
públicas
una
vez
efectuado
el
pago
de
las
correspondientes
facturas
presentadas
por
LA
CONSULTORA.
LA
CONSULTORA
otorgará,
con
cargo
al
CLIENTE,
todas
las
escrituras
o
documentos
necesarios
para
transmitir
al
CLIENTE
tales
derechos
de
propiedad
intelectual.
DÉCIMO.-
EMPLEADOS
Ambas
partes
se
comprometen
a
no
contratar
los
servicios
de
los
empleados
de
la
otra
parte
durante
el
período
de
vigencia
del
contrato
y
en
un
plazo
posterior
de
un
año
desde
su
resolución
por
cualquier
causa.
UNDÉCIMO.-
INFORMES
LA
CONSULTORA
facilitará
un
informe
mensual
en
el
que
se
detallen
las
actividades
realizadas
en
el
mes
anterior,
junto
con
el
informe
de
recortes
de
prensa
publicados
durante
este
período
de
tiempo.
DUODÉCIMO.-
CESIÓN
Los
derechos
y
obligaciones
del
presente
contrato
no
podrán
ser
cedidos
a
terceros
sin
el
consentimiento
por
escrito
de
la
otra
parte.
LA
CONSULTORA
podrá
ejercer
los
derechos
y
cumplir
las
obligaciones
que
asume
en
el
presente
contrato
a
través
de
cualquier
compañía
de
su
grupo
empresarial.
En
tal
caso
las
acciones
u
omisiones
de
la
compañía
subrogada
serán
imputables
a
LA
CONSULTORA
a
los
efectos
del
presente
contrato.
DECIMOTERCERO.-
MODIFICACIONES
CONTRACTUALES
Cualquier
modificación
del
presente
contrato
deberá
ser
aceptada
por
ambas
partes
en
documento
escrito
con
firma
de
los
representantes
autorizados.
26
28.
DECIMOCUARTO.-
INDEPENDENCIA
DE
LAS
DISPOSICIONES
CONTRACTUALES
En
el
supuesto
de
que
un
Órgano
Jurisdiccional
declare
la
nulidad
de
cualquiera
de
las
disposiciones
contractuales,
las
restantes
disposiciones
conservarán
toda
su
eficacia.
DECIMOQUINTO.-
JURISDICCIÓN
Y
DERECHO
APLICABLE
Para
cualquier
divergencia
en
la
interpretación
o
aplicación
del
presente
contrato
las
partes
se
someten
expresamente
a
la
Ley
Española
y
a
los
Juzgados
y
Tribunales
de
Madrid,
con
renuncia
a
cualquier
otro
fuero
que
pudiera
corresponderles.
En
prueba
de
conformidad,
firman
el
presente
contrato
por
duplicado
y
a
un
solo
efecto,
en
lugar
y
fecha
arriba
indicados.
EL
CLIENTE
LA
CONSULTORA
P.P.
P.P.
27
29.
Informe
de
modificaciones
28
30.
Informe
de
modificaciones
Presentación
Creatividad:
La
Pecera.
Marca:
Lego
Home.
Fecha
modificaciones:
29.11.2011.
Fecha
entrega:
1.12.2011.
En
la
primera
acción
presentada
de
Street
marketing,
o
guerrilla,
convendría
mejorar
los
siguientes
aspectos:
- Aclarar
el
concepto.
Se
produce
confusión
del
producto.
El
anunciante
no
pretende
publicitar
juguetes
Lego.
En
la
casa-‐juguete
localizada
en
Pza.
Felipe
II
el
espectador
puede
confundir
este
aspecto.
Revisar.
- Buscar
soluciones
para
dar
alcance
de
manera
más
accesible
al
espectador,
qué
son
los
complementos
del
hogar
que
se
ofrecen
en
ese
emplazamiento.
Es
decir,
más
accesibilidad.
- El
espectador
solo
puede
acceder
a
través
de
las
ventanas
a
la
vida
interna
de
la
casa.
Necesita
otras
maneras
de
acceso
en
ese
punto
a
nuestros
productos.
- Es
posible
que
no
todo
el
público
deseado
se
acerque
a
este
tipo
de
acción,
y
sin
embargo,
llamemos
la
atención
sobre
otros.
Definir
público
de
acción.
- Explicar
cartelería,
folletos,
tarjetas,
stands…
- Dejar
constancia
que
en
el
interior
pueden
adquirir
artículos
Lego
Home.
En
general
,
definir
por
igual
los
dos
públicos
objetivos.
Diferenciarlos
mejor
a
través
de
las
acciones
y
la
atracción
al
punto
de
venta.
29