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Importación ordinaria            Importación con franquicia


definición     Es la introducción de          Es aquella importación que en
               mercancías de procedencia      virtud de tratado, convenio o ley,
               extranjera al territorio       goza de exención total o parcial de
               aduanero nacional con el fin   tributos aduaneros y con base en la
               de permanecer en él de         cual la mercancía queda en
               manera indefinida, en libre    disposición restringida, salvo lo
               disposición, con el pago de    dispuesto en la norma que
               los tributos aduaneros a       consagra el beneficio.
               que hubiere lugar y
               siguiendo el procedimiento
               que a continuación se
               establece.




obligaciones   El obligado a declarar es el   La autoridad aduanera podrá
               importador, entendido éste     autorizar la enajenación de la
               como quien realiza la          mercancía      importada     con
               operación de importación o     franquicia, a personas que tengan
               aquella persona por cuya       derecho a gozar de la misma
               cuenta se realiza.             exención, o la destinación a un fin
                                              en virtud del cual también se tenga
                                              igual derecho, sin que en ninguno
                                              de estos eventos se exija el pago
                                              de los tributos aduaneros. La
                                              mercancía      en    todo   caso
                                              permanecerá con disposición
                                              restringida.
Garantía          no tiene                    no tiene




disposición       Libre disposición           restringida
características   La declarcion de            cuando el reconocimiento de la
                  importacion debera          exencion requerida concepto
                  presentar a la aduna con    previo certificado o visto bueno
                  jurisdisdicion en lugar     de alguna entidad gubarnamental
                  donde se encuantra la       estos beberan odtenrese con a la
                  mercancia, mediante su      presentacion y aceptacion de la
                  incoorporacion al sistema   declaracion de importacion y
                  informatico aduanero        conservarse junto con los demas
                                              documentos soporte establecidos
Reimportación por perfeccionamiento
                                                Reimportación en el mismo estado
                   pasivo

La reimportación de mercancía exportada         La reimportación de mercancía
temporalmente para elaboración, reparación      exportada temporalmente para
o transformación, causará tributos aduaneros    elaboración,     reparación      o
sobre el valor agregado en el exterior,         transformación, causará tributos
incluidos los gastos complementarios a          aduaneros sobre el valor agregado
dichas operaciones, para lo cual se aplicarán   en el exterior, incluidos los gastos
las tarifas correspondientes a la subpartida    complementarios       a    dichas
arancelaria del producto terminado que se       operaciones, para lo cual se
importa. La mercancía así importada             aplicarán       las      tarifas
quedará en libre disposición.                   correspondientes a la subpartida
                                                arancelaria del producto terminado
                                                que se importa. La mercancía así
                                                importada quedará en libre
                                                disposición.




La declaración de importación por               La declaración de importación por
perfeccionamiento        pasivo    deberá       perfeccionamiento pasivo deberá
presentarse en la misma jurisdicción            presentarse     en   la   misma
aduanera por la que se haya efectuado la        jurisdicción aduanera por la que se
exportación de la mercancía objeto de           haya efectuado la exportación de la
elaboración, reparación o transformación,       mercancía objeto de elaboración,
salvo casos excepcionales debidamente           reparación o transformación, salvo
justificados ante la Dirección de Impuestos y   casos excepcionales debidamente
Aduanas Nacionales.                             justificados ante la Dirección de
                                                Impuestos y Aduanas Nacionales.
no tiene                                  no tiene




libre disposicion                         libre disposicion
de conformidada por lo establecido el     de conformidada por lo
articulo al decreto 685 de 199 la         establecido el articulo al decreto
reimportacion de la mercancia exportadada 685 de 199 la reimportacion de la
temporal mente para el                    mercancia exportadada temporal
                                          mente para el
Importación en cumplimiento de
                garantía

se podra importar sin el pago de los
tributos. aduaneros y las mercancias a
cobrarse encuentren libre de
dispocion siempre que no haya sufrido
modificaciones en el extranjero y se
establesca que la mercancia de que se
reimporta es la misma que fue
imortadad y que se haya cancelado los
impuesto internos de ese modo la
mercancia sera de libre disposicion .




mandato cuando no existe endosos
aduanerso y declaracion de importacion
se presente atrves de una sociedad de
intermediacion aduanera o apoderado
no tiene




libre disposcion
en los contratos de exportacion de
servicios de contratos de construcion
de obra publica y privada , el
administrador de aduanas o de
impuestos y aduanas , podra autorrizar
prorroga por un termino igual igual al
termino de modificaion de contrato .
Importación temporal para reexportación en el mismo
                          estado

se podra importar si el pago de tributos aduaneros , la
mercancia que en cumplimiento de una garntia del
fabricante o proveedor se haya reaparado en el exterior o
reemplace otra previamente exportada , que haya
resultado averiadad defectuosa o impropia para el fin para
el cual fue importada .




copia de declaracon de obligacion de exportacion
definitiva o temporal para perfeccionamiento pasivo según
el caso que contenga los datos que permitan determinar
las caracteristicas de las mercancias .   En los terminos
de condiciones que establezca la direcion de impuestos y
aduanas nacionales en caso de incumplimiento se hara
efectiva la garantia.
no tiene




original de la garantia expediadaa por el fabricante o
proveedor de la mercancia , la cual debera convertirse
vigente en la fecha de exportacion .
   La declaracion de importacion en cumplimiento de
garantia debera presentarse entro del año siguiente de
exportacion.
Importación temporal para perfección activo:
 territorio aduanero nacional, con suspensión de tributos aduaneros, de determinadas mercancías destinadas a la
                                               la depreciación normal originada en el uso que de ellas se haga, y c
Importación temporal para perfeccionamiento
es la misma importacion a territorio aduananero
nacionalcon suspension de tributos aduaneros
dedeterminadas mercancias distintas a la
reexprtacion de un plazo señalado sin haber
experimetado modificacion alguna.
      Con la excepcion de la descripcion normal
originada en le uso que ella se haga , y con base en
la cual su disposicion quedara restringida




la constitucion de una garantia a favor de la nacion,
por el ciento cincuenta por ciento (150%) , de los
tributos aduaneros , con ele objetos de responder
al vencimiento de la plazo señalado de la decalracon
de importacion , por la fianlizacion de la modalidad
del pago de los tributos aduaneros , los intereses
oratorios y la sancion a que haya lugar .
no tiene




libre disposicion
de corto plazo , cuando las mercancia se importa
para atender una finalidad especifica que
determine su corta permanencia.
                    En estos eventos con
anterioridad a la presentacion de la declaracion de
importacion debera obtenerse la autorizacion
correspondiente
cción activo:
uspensión de tributos aduaneros, de determinadas mercancías destinadas a la reexportación en un plazo señalado, sin haberexperim
            la depreciación normal originada en el uso que de ellas se haga, y con base en la cual su disposición quedará restringida.
                 importacion temporal en desarrollo de sistemas especiales de importacion y/o exportacion
                 Se entiende por importación temporal en desarrollo de sistemas especiales de importación-
                 exportación, la modalidad que permite recibir dentro del territorio aduanero nacional, al amparo de
                 los artículos 172, 173 y 174 del Decreto-Ley 444 de 1967, con suspensión total o parcial de tributos
                 aduaneros, mercancías específicas destinadas a ser exportadas total o parcialmente en un plazo
                 determinado, después de haber sufrido transformación, elaboración o reparación, así como los
                 insumos necesarios para estas operaciones.




                 Quienes importen mercancías bajo la modalidad de importación temporal en desarrollo de los sistemas
                 especiales de importación-exportación, están obligados a demostrar el cumplimiento de los compromisos
                 de exportación dentro de los plazos que el Incomex o la entidad que haga sus veces establezca, a
                 asegurar la debida utilización de dichos bienes, es decir que no se enajenen, ni se destinen a un fin
                 diferente del autorizado antes de que los bienes se encuentren en libre disposición y a demostrar ante el
                 Incomex o la entidad que haga sus veces, que han terminado la modalidad para efectos de proceder a la
                 cancelación de la garantía correspondiente.
no tiene




restringida
podra declararse en importacion temporal corto plazo, en las condiciones y terminos prehevistos los
articulo 142 y sighuientes del decreto 2685 de 1999 y conforme a lo parametros señalados
Es la importación al
o señalado, sin haberexperimentado modificación alguna, con excepción de
osición quedará restringida.
                 importacion temporal para procesamiento industrial
                 Es la modalidad bajo la cual se importan temporalmente
                 materias primas e insumos que van a ser sometidos a
                 transformación, procesamiento o manufactura industrial,
                 por parte de industrias reconocidas como usuarios
                 altamente exportadores y autorizadas para el efecto por la
                 autoridad aduanera, y con base en la cual su disposición
                 quedará restringida.




                 Los bienes resultantes de la transformación, procesamiento
                 o manufactura industrial, deberán destinarse en su totalidad
                 a la exportación en la oportunidad que hubiere señalado la
                 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de
                 conformidad con la solicitud formulada por el usuario
                 altamente exportador.

                 Los usuarios altamente exportadores deberán entregar a la
                 aduana, con la periodicidad que establezca dicha entidad,
                 un informe del desarrollo de sus operaciones de
                 importación y exportación, identificando las declaraciones
                 que hubieren tramitado durante el período correspondiente
                 y los saldos iniciales y finales de materias primas, insumos,
                 productos en proceso y bienes terminados.
La garantía global constituida conforme a lo previsto en el
artículo 38 del presente decreto, con ocasión del
reconocimiento e inscripción como usuario altamente
exportador, deberá respaldar el cumplimiento de las
obligaciones de que trata el inciso primero del artículo
anterior.
restringida
solo podran declarar bajo la modalidad de importacion
temporal para procesamiento industrial, las personas
juridicas que hayan sido reconocidas e inscritas como
usuarios altamente exportadores por la direccion de
impuestos y aduans nacionales
importacion para transformacion o esamble




Es la modalidad bajo la cual se importan
mercancías que van a ser sometidas a procesos
de transformación o ensamble, por parte de
industrias reconocidas como tales por la autoridad
competente, y autorizadas para el efecto por la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y
con base en la cual su disposición quedará
restringida.




podra declararse en importacion temporal corto
plazo, en las condiciones y terminos prehevistos
los articulo 142 y sighuientes del decreto 2685
de 1999 y conforme a lo parametros señalados
no tiene




copia de declaracon de obligacion de
exportacion definitiva o temporal para
perfeccionamiento pasivo según el caso que
contenga los datos que permitan determinar las
caracteristicas de las mercancias .    En los
terminos de condiciones que establezca la
direcion de impuestos y aduanas nacionales en
caso de incumplimiento se hara efectiva la
garantia.
importacion por trafico postal y envios urgentes
                                                                      entregas urgentes


Podrán ser objeto de importación por esta modalidad los         Podrán ser objeto de
envíos de correspondencia, los paquetes postales y los envíos   importación     por    esta
urgentes siempre que su valor no exceda de mil dólares de los   modalidad los envíos de
Estados Unidos de Norteamérica (US$ 1.000) y requieran ágil     correspondencia, los paquetes
entrega a su destinatario.                                      postales y los envíos urgentes
                                                                siempre que su valor no
                                                                exceda de mil dólares de los
                                                                Estados       Unidos    de
                                                                Norteamérica (US$ 1.000) y
                                                                requieran ágil entrega a su
                                                                destinatario.




Son obligaciones de los intermediarios de la modalidad de   Los bienes resultantes de la
                                                            transformación, procesamiento
importación de tráfico postal y envíos urgentes, las
                                                            o manufactura industrial,
siguientes:                                                 deberán destinarse en su
a) Recibir, almacenar y entregar directamente los envíos de totalidad a la exportación en la
correspondencia.                                            oportunidad que hubiere
                                                            señalado la Dirección de
b) Llevar al lugar habilitado
                                                            Impuestos      y    Aduanas
c) Liquidar en la declaración de importación simplificada y Nacionales, de conformidad
recaudar en el momento de la entrega de las mercancías al   con la solicitud formulada por
                                                            el     usuario    altamente
destinatario,
                                                            exportador.
d) Presentar en la oportunidad y forma previstas en las
normas aduaneras la declaración consolidada de pagos en el      Los usuarios altamente
sistema informático aduanero y cancelar en los bancos o         exportadores deberán entregar
                                                                a la aduana, con la
entidades financieras autorizadas
                                                                periodicidad que establezca
e) Poner a disposición de la autoridad aduanera las             dicha entidad, un informe del
mercancías objeto de la modalidad de importación de             desarrollo de sus operaciones
                                                                de importación y exportación,
tráfico postal y de envíos urgentes .
                                                                identificando las declaraciones
                                                                que hubieren tramitado
                                                                durante       el    período
                                                                correspondiente y los saldos
                                                                iniciales y finales de materias
                                                                primas, insumos, productos en
                                                                proceso y bienes terminados.
no tiene                                                      no tiene




libre disposicion                                             libre disposicion
seran interme diarios de la importacion bajo esta
modalidad: la sociedad y servicios, las empresas legalmente
autorizadas, y las empresas de transporte internacionla
viajeros


La     reimportación       de
mercancía        exportada
temporalmente         para
elaboración, reparación o
transformación,     causará
tributos aduaneros sobre el
valor agregado en el exterior,
incluidos     los    gastos
complementarios a dichas
operaciones, para lo cual se
aplicarán      las    tarifas
correspondientes      a     la
subpartida arancelaria del
producto terminado que se
importa. La mercancía así
importada quedará en libre
disposición.
La autoridad aduanera podrá
autorizar la enajenación de la
mercancía importada con
franquicia, a personas que
tengan derecho a gozar de la
misma exención, o la
destinación a un fin en virtud
del cual también se tenga
igual derecho, sin que en
ninguno de estos eventos se
exija el pago de los tributos
aduaneros. La mercancía en
todo caso permanecerá con
disposición restringida.
libre disposicion
original de la garantia
expediadaa por el fabricante
o proveedor de la mercancia
, la cual debera convertirse
vigente en la fecha de
exportacion .
          La declaracion de
importacion en cumplimiento
de garantia debera
presentarse entro del año
siguiente de exportacion.
u

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Importación temporal

  • 1. Importación ordinaria Importación con franquicia definición Es la introducción de Es aquella importación que en mercancías de procedencia virtud de tratado, convenio o ley, extranjera al territorio goza de exención total o parcial de aduanero nacional con el fin tributos aduaneros y con base en la de permanecer en él de cual la mercancía queda en manera indefinida, en libre disposición restringida, salvo lo disposición, con el pago de dispuesto en la norma que los tributos aduaneros a consagra el beneficio. que hubiere lugar y siguiendo el procedimiento que a continuación se establece. obligaciones El obligado a declarar es el La autoridad aduanera podrá importador, entendido éste autorizar la enajenación de la como quien realiza la mercancía importada con operación de importación o franquicia, a personas que tengan aquella persona por cuya derecho a gozar de la misma cuenta se realiza. exención, o la destinación a un fin en virtud del cual también se tenga igual derecho, sin que en ninguno de estos eventos se exija el pago de los tributos aduaneros. La mercancía en todo caso permanecerá con disposición restringida.
  • 2. Garantía no tiene no tiene disposición Libre disposición restringida características La declarcion de cuando el reconocimiento de la importacion debera exencion requerida concepto presentar a la aduna con previo certificado o visto bueno jurisdisdicion en lugar de alguna entidad gubarnamental donde se encuantra la estos beberan odtenrese con a la mercancia, mediante su presentacion y aceptacion de la incoorporacion al sistema declaracion de importacion y informatico aduanero conservarse junto con los demas documentos soporte establecidos
  • 3. Reimportación por perfeccionamiento Reimportación en el mismo estado pasivo La reimportación de mercancía exportada La reimportación de mercancía temporalmente para elaboración, reparación exportada temporalmente para o transformación, causará tributos aduaneros elaboración, reparación o sobre el valor agregado en el exterior, transformación, causará tributos incluidos los gastos complementarios a aduaneros sobre el valor agregado dichas operaciones, para lo cual se aplicarán en el exterior, incluidos los gastos las tarifas correspondientes a la subpartida complementarios a dichas arancelaria del producto terminado que se operaciones, para lo cual se importa. La mercancía así importada aplicarán las tarifas quedará en libre disposición. correspondientes a la subpartida arancelaria del producto terminado que se importa. La mercancía así importada quedará en libre disposición. La declaración de importación por La declaración de importación por perfeccionamiento pasivo deberá perfeccionamiento pasivo deberá presentarse en la misma jurisdicción presentarse en la misma aduanera por la que se haya efectuado la jurisdicción aduanera por la que se exportación de la mercancía objeto de haya efectuado la exportación de la elaboración, reparación o transformación, mercancía objeto de elaboración, salvo casos excepcionales debidamente reparación o transformación, salvo justificados ante la Dirección de Impuestos y casos excepcionales debidamente Aduanas Nacionales. justificados ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
  • 4. no tiene no tiene libre disposicion libre disposicion de conformidada por lo establecido el de conformidada por lo articulo al decreto 685 de 199 la establecido el articulo al decreto reimportacion de la mercancia exportadada 685 de 199 la reimportacion de la temporal mente para el mercancia exportadada temporal mente para el
  • 5. Importación en cumplimiento de garantía se podra importar sin el pago de los tributos. aduaneros y las mercancias a cobrarse encuentren libre de dispocion siempre que no haya sufrido modificaciones en el extranjero y se establesca que la mercancia de que se reimporta es la misma que fue imortadad y que se haya cancelado los impuesto internos de ese modo la mercancia sera de libre disposicion . mandato cuando no existe endosos aduanerso y declaracion de importacion se presente atrves de una sociedad de intermediacion aduanera o apoderado
  • 6. no tiene libre disposcion en los contratos de exportacion de servicios de contratos de construcion de obra publica y privada , el administrador de aduanas o de impuestos y aduanas , podra autorrizar prorroga por un termino igual igual al termino de modificaion de contrato .
  • 7. Importación temporal para reexportación en el mismo estado se podra importar si el pago de tributos aduaneros , la mercancia que en cumplimiento de una garntia del fabricante o proveedor se haya reaparado en el exterior o reemplace otra previamente exportada , que haya resultado averiadad defectuosa o impropia para el fin para el cual fue importada . copia de declaracon de obligacion de exportacion definitiva o temporal para perfeccionamiento pasivo según el caso que contenga los datos que permitan determinar las caracteristicas de las mercancias . En los terminos de condiciones que establezca la direcion de impuestos y aduanas nacionales en caso de incumplimiento se hara efectiva la garantia.
  • 8. no tiene original de la garantia expediadaa por el fabricante o proveedor de la mercancia , la cual debera convertirse vigente en la fecha de exportacion . La declaracion de importacion en cumplimiento de garantia debera presentarse entro del año siguiente de exportacion.
  • 9. Importación temporal para perfección activo: territorio aduanero nacional, con suspensión de tributos aduaneros, de determinadas mercancías destinadas a la la depreciación normal originada en el uso que de ellas se haga, y c Importación temporal para perfeccionamiento es la misma importacion a territorio aduananero nacionalcon suspension de tributos aduaneros dedeterminadas mercancias distintas a la reexprtacion de un plazo señalado sin haber experimetado modificacion alguna. Con la excepcion de la descripcion normal originada en le uso que ella se haga , y con base en la cual su disposicion quedara restringida la constitucion de una garantia a favor de la nacion, por el ciento cincuenta por ciento (150%) , de los tributos aduaneros , con ele objetos de responder al vencimiento de la plazo señalado de la decalracon de importacion , por la fianlizacion de la modalidad del pago de los tributos aduaneros , los intereses oratorios y la sancion a que haya lugar .
  • 10. no tiene libre disposicion de corto plazo , cuando las mercancia se importa para atender una finalidad especifica que determine su corta permanencia. En estos eventos con anterioridad a la presentacion de la declaracion de importacion debera obtenerse la autorizacion correspondiente
  • 11. cción activo: uspensión de tributos aduaneros, de determinadas mercancías destinadas a la reexportación en un plazo señalado, sin haberexperim la depreciación normal originada en el uso que de ellas se haga, y con base en la cual su disposición quedará restringida. importacion temporal en desarrollo de sistemas especiales de importacion y/o exportacion Se entiende por importación temporal en desarrollo de sistemas especiales de importación- exportación, la modalidad que permite recibir dentro del territorio aduanero nacional, al amparo de los artículos 172, 173 y 174 del Decreto-Ley 444 de 1967, con suspensión total o parcial de tributos aduaneros, mercancías específicas destinadas a ser exportadas total o parcialmente en un plazo determinado, después de haber sufrido transformación, elaboración o reparación, así como los insumos necesarios para estas operaciones. Quienes importen mercancías bajo la modalidad de importación temporal en desarrollo de los sistemas especiales de importación-exportación, están obligados a demostrar el cumplimiento de los compromisos de exportación dentro de los plazos que el Incomex o la entidad que haga sus veces establezca, a asegurar la debida utilización de dichos bienes, es decir que no se enajenen, ni se destinen a un fin diferente del autorizado antes de que los bienes se encuentren en libre disposición y a demostrar ante el Incomex o la entidad que haga sus veces, que han terminado la modalidad para efectos de proceder a la cancelación de la garantía correspondiente.
  • 12. no tiene restringida podra declararse en importacion temporal corto plazo, en las condiciones y terminos prehevistos los articulo 142 y sighuientes del decreto 2685 de 1999 y conforme a lo parametros señalados
  • 13. Es la importación al o señalado, sin haberexperimentado modificación alguna, con excepción de osición quedará restringida. importacion temporal para procesamiento industrial Es la modalidad bajo la cual se importan temporalmente materias primas e insumos que van a ser sometidos a transformación, procesamiento o manufactura industrial, por parte de industrias reconocidas como usuarios altamente exportadores y autorizadas para el efecto por la autoridad aduanera, y con base en la cual su disposición quedará restringida. Los bienes resultantes de la transformación, procesamiento o manufactura industrial, deberán destinarse en su totalidad a la exportación en la oportunidad que hubiere señalado la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con la solicitud formulada por el usuario altamente exportador. Los usuarios altamente exportadores deberán entregar a la aduana, con la periodicidad que establezca dicha entidad, un informe del desarrollo de sus operaciones de importación y exportación, identificando las declaraciones que hubieren tramitado durante el período correspondiente y los saldos iniciales y finales de materias primas, insumos, productos en proceso y bienes terminados.
  • 14. La garantía global constituida conforme a lo previsto en el artículo 38 del presente decreto, con ocasión del reconocimiento e inscripción como usuario altamente exportador, deberá respaldar el cumplimiento de las obligaciones de que trata el inciso primero del artículo anterior. restringida solo podran declarar bajo la modalidad de importacion temporal para procesamiento industrial, las personas juridicas que hayan sido reconocidas e inscritas como usuarios altamente exportadores por la direccion de impuestos y aduans nacionales
  • 15. importacion para transformacion o esamble Es la modalidad bajo la cual se importan mercancías que van a ser sometidas a procesos de transformación o ensamble, por parte de industrias reconocidas como tales por la autoridad competente, y autorizadas para el efecto por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y con base en la cual su disposición quedará restringida. podra declararse en importacion temporal corto plazo, en las condiciones y terminos prehevistos los articulo 142 y sighuientes del decreto 2685 de 1999 y conforme a lo parametros señalados
  • 16. no tiene copia de declaracon de obligacion de exportacion definitiva o temporal para perfeccionamiento pasivo según el caso que contenga los datos que permitan determinar las caracteristicas de las mercancias . En los terminos de condiciones que establezca la direcion de impuestos y aduanas nacionales en caso de incumplimiento se hara efectiva la garantia.
  • 17. importacion por trafico postal y envios urgentes entregas urgentes Podrán ser objeto de importación por esta modalidad los Podrán ser objeto de envíos de correspondencia, los paquetes postales y los envíos importación por esta urgentes siempre que su valor no exceda de mil dólares de los modalidad los envíos de Estados Unidos de Norteamérica (US$ 1.000) y requieran ágil correspondencia, los paquetes entrega a su destinatario. postales y los envíos urgentes siempre que su valor no exceda de mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US$ 1.000) y requieran ágil entrega a su destinatario. Son obligaciones de los intermediarios de la modalidad de Los bienes resultantes de la transformación, procesamiento importación de tráfico postal y envíos urgentes, las o manufactura industrial, siguientes: deberán destinarse en su a) Recibir, almacenar y entregar directamente los envíos de totalidad a la exportación en la correspondencia. oportunidad que hubiere señalado la Dirección de b) Llevar al lugar habilitado Impuestos y Aduanas c) Liquidar en la declaración de importación simplificada y Nacionales, de conformidad recaudar en el momento de la entrega de las mercancías al con la solicitud formulada por el usuario altamente destinatario, exportador. d) Presentar en la oportunidad y forma previstas en las normas aduaneras la declaración consolidada de pagos en el Los usuarios altamente sistema informático aduanero y cancelar en los bancos o exportadores deberán entregar a la aduana, con la entidades financieras autorizadas periodicidad que establezca e) Poner a disposición de la autoridad aduanera las dicha entidad, un informe del mercancías objeto de la modalidad de importación de desarrollo de sus operaciones de importación y exportación, tráfico postal y de envíos urgentes . identificando las declaraciones que hubieren tramitado durante el período correspondiente y los saldos iniciales y finales de materias primas, insumos, productos en proceso y bienes terminados.
  • 18. no tiene no tiene libre disposicion libre disposicion seran interme diarios de la importacion bajo esta modalidad: la sociedad y servicios, las empresas legalmente autorizadas, y las empresas de transporte internacionla
  • 19. viajeros La reimportación de mercancía exportada temporalmente para elaboración, reparación o transformación, causará tributos aduaneros sobre el valor agregado en el exterior, incluidos los gastos complementarios a dichas operaciones, para lo cual se aplicarán las tarifas correspondientes a la subpartida arancelaria del producto terminado que se importa. La mercancía así importada quedará en libre disposición. La autoridad aduanera podrá autorizar la enajenación de la mercancía importada con franquicia, a personas que tengan derecho a gozar de la misma exención, o la destinación a un fin en virtud del cual también se tenga igual derecho, sin que en ninguno de estos eventos se exija el pago de los tributos aduaneros. La mercancía en todo caso permanecerá con disposición restringida.
  • 20. libre disposicion original de la garantia expediadaa por el fabricante o proveedor de la mercancia , la cual debera convertirse vigente en la fecha de exportacion . La declaracion de importacion en cumplimiento de garantia debera presentarse entro del año siguiente de exportacion.
  • 21. u