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eue,, la Cionstituclión Pr¡lítica tcle lil Fle¡rúblir;a de Guatemala <jetermina que la
educaciór, tiene crpnrr: firr primordial el jesarrcllo inteS¡ral de la persona humana, el
con,)cimieinto de l{ realiclad y cl.rlturi,l n¿lcional y urniVersal.
COI{SlDIxR'Alf lD0:
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Cluer, unc, de los! fines de lia educar:inin c$e Gfatemala es proporciQnar una
forntación, basadI en princi¡lios hunranos, cierlrtíficos, técnicos, culturales y
espiritualeis que fcfrmen integrellmer,¡te al ¡3dLtr:,andQ, lo preparen para el triabajo, la
convivencia sociall y lelpermi,tan rtl ac(;€lio a olros niveles de vida, asÍ como
p,rornover;y fomeritar la educaciiÓn sistern¡itiic¿r dell
ldulto.
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C Oliril S ll Dl::FlAt¡ DO I
Que, el sLlbsisteina c1e; Edut¡ació,r [:xlraes,iolar o Paralela, es una forma de
rearizació¡ del prrpceso educaliivo que el Estado y otras instituciones proprorcionan
¿i lir poblbción qüe ha estad,b exr:luida o rro fira tenido acceso a la educación
escolar y a las que habiéndola tenic{o clel;eian arnpliarla.
CON¡SIDL:FIA iII)();
Funcionamiento de
ibres.
:18r r' ' 1
tvl ln tS terl O Otl
c. Direr;ción General de fufonitoreo ¡ Verificación de la Calidad Eiducativa
-DIGEMOCAT. Le r;orresl)ondr,t el nronitcrero ]y verificación de la calidad del
servicio eduQativo r¡n fornra sisterrrática 't perinanente, medlante la aplicación
de instrumentos de evalu¿lciÓn
b. Aspciaciones, grupos clrgarnizadrts, rlrEar!izaciones no gubernamentalesnolJUlgvlwl rso, vl uyve .r¡ Yqr I
-O[tlGs- y éntidacies prittadarl.
;¡dn que q
ipntos edurf
d. Direr;ciones Departamenfales dri: iiiducaciÓn. Les corresponde, según su
iurisrli':ción, autorizar el fun<:iorr¿arrttenlo dg academias de cursos libres,
áctuElizacióri de c{atos, autorizaciirn d ¡ librfos de control administrativo y
cuot'hsi de inscripción y n¡ensuale¡s, de r;onformidad con lo establecido en el
presente acuerdo.
Articulo 3. Aca4enriasi de crJrsors lif¡resi. l-as; {cademias de cursos libres son
irrslituciories que ofretcen servigios ,lducativos cie firrmación y de capacitación para
la vida v rll tra'baio pl'odrictivo ii perronas que no han tenido acceso a la educación
escolar, r! a las que habiéndcila tenidc¡, des,nan dmpliarla. Las instituciones que
puerden ,2frecer
'servicios
del curso$ lihner, a fravés de academias son las
sigrrienter¡:
a. Delper¡denpias grrbernalnentales uutór omaF y semiautónrcfi]as, externas al
seiptor de QducaciÓn. i
[:)clupación
Guatenrala. C. A.
Articulo 1. Ohjeú. Eil oltjeto dp esta norr'n¿rti','a es regular las actividades técnicas
y adminit;trativas de las ac¿tdemias cliJe mpaden cursos libres, las; cuales
ft¡nciionar¿in bajo li rectoría del Miniristerio cle ü ducqciÓn.
Artículo il. Respon sabilidadep. P:lra ejcrc;er la rectoría sobre las acadenlias que
irnperten lcursos libres, el Ministerio de Eclur:ación actuará por medio de las
Llire cciont¡s siguienters:
a. Direcición General de Erfucar::ión Ilixtr¿¡er;cr:lar -DIGEEX-. Le corresponde
estat!lecer lps lineamielfrtos para la orginización, cuadros de control
estariístico, fjorn'ratc¡ de lcis diprlonrat '¡ cerlififados, actualizaciÓn de la base
de datos dd acadgmiaslaut.riziadns y' en acompañamiento técnico en la
ejectición de planes y programas educativr¡s de las academias de cursos
libret;.
b. Diret¡ción Ger¡eral de Acredit;ar;iÓn y Certificación -DIGEACE-. Le
correrspondej a trarvés dlel D,rapartrrmenttct de Procesos Extraescolares, la
acrerilitación v certificacic)n de las ircadt:ntia$ de cursos libres, como base y
n^r^i'rtío nar,a el rneiorarhrienlo de lir :alidád de los servicios ecJucativos
acre,ili'iación v certificacic)n de las irc;ildt:ntia$ de cursos libres, como base y
oararntía para r:l rneiorarhrienlo de lir :alidád de los servicios ecJucativos
óiér,"Oor; y, a travéó de la Unidad rle'nl'ormática, el registro y cocJificación
corre rspond iente'.
Arti
edu
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El proceso educativo rlebe á i?si,ar €:nrnarlcado en principios didácticos y
peCIagogrcos.
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Mlnlsl.erlo d* h clupaclon
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Guatemala. C. A
fl.
Para la aulorizaciÓn de funcionamipntc tle urra a
Los contenidos, plantNs ) prcgrarrlaS educativos, deben ciombinar
adeicuadamente la práct]ca y na teoría. i
Los cursos deberan, de acueido a su n,¡tur¿aleza, planificarse en tres niveles
de formacii¡n 1écr,ica lakroral. inici¿rl, interrnedio y avanzado, con una lÓgica
organizacional y secuencial Qu€l l)Orrrita qrofundizar la fclrmación en un
áreh deternrinada
i
Artículo 5. Probeso de al¿tori:;"iració,tt y aatitalización de datos de /as
academi¿ts. El proceso cle aiutorizaciórr y aclu{lización de las academias de
currios liblies se efectuará de l¿i siguiente lnansra:
il. Cor.n:sponcfe a la Di¡ección Departarndntal de Educació.n emitir la
resolur:¡ón de autorizacii¡n dr: funi:icln¿imierito de una academia de cursos
libres, para No cual, i,,n p,ilrsonfl inrieresada debe presentar solicitud,
adjuntando la siguien[e clocr]n|ent¿rción. constancia de créditos del
dirt:c,tor(a) y del instrir-rctor(a), fotot.o¡lizt del documento perqonal de
identificacióñ o t¿¡ cédu,la drir vecinclac del director(a) y del propietario(a);
croquis del centrt¡ educhtivo y cuotas 'tre
irrFcripción y mensuales a cobrar'
Lari acade|nias de cursbs liklresl ciisberán orlrmplir con lo establecido en las
leyes vigentesi del país, c¡ue le sean ap icablps'
Folimar a lps educandcis; en el d¡lSárrOlh: de competencias hacia t
Lr,
culturales, acadérhicos Y
Educación de su jurisdicción, la
de respaldo (copia de la
alizada y cunrículo Profesional
de la academia) Para que se
nuevos
ia de cursos libres el Plazo
Las acader¡ias de cursris libres dcben evaluar cada tres años sus procesos
o rservicioq educativos a trlvé,s,le la reyalidación de sus instituciones,
nretserttancio a la Coonlinación Drspartamdntal de Educación Ext¡aescolar
-ntCffX- [e la Direcci(in Delpartalnenilal d
solicitud rbspectlva, c3n lil clot:untentat
I inicio de sus funciones.
"/ {?
.xr--l
lMl nrsterlr) r-[(: b -ltlqaclon
emala. i. A.
su etaboraqión e, impl!merrtaciórl. l.os {ormatos
con la infol:mación
requlerida O{Uen ser enviado:,i_eleclróni:arnente a la Dirección Gerleral de
Ác[iO¡tac¡Ori y Ce!rtiiicat¡iÓn -DlGIrACli:-, la que generará un aciuse de
recillirjo electrónico con fecha y frora rJe ingr¡so'
b. En a¡quellos cartos en qur) la p,ers,r>rra,sc)lic:iiahte no pueda realizar largestión
po, ui'" etectrrorl¡ca, podrÉ¡ acuCir a li,r lJireccion Departamental de Educación
. correspondientó o á la llirección Genr¡ral $e.Acreditación
y Certificación
-DIGE:ACE- para solicitar asislencie' en la ger$tión'
c. El tllinisterici del Eclucacir¡n a lral'dis rje la Dirbcción General de Acreiditación
y Cerli¡c;rb;-'-ólCfiÁCf ,-, irrproL ariá. 1 los Proyectos . Educativos
lnstit*cionáles sobre la bgse t1e las evaltraci{nes, así como de los contextos
;";ü;iiil;l"r 'r soc;ioegonónticosi cle los centros educativos
extrar:scolares.
c' Para que los p'rocpsos clue orierltan lori serr'l'icios educativr¡s de academias
de cgrsos tibres pueOe!n ser JeLlidarnent5l acreditados se tendrán por
.r-bf¡O* f". iu.lórunrlaciones; t,rionirias {adas en las verificaciones de
acornPañarniehto Pedagrpgico
€1. Cu¿¡r,dr¡ la$ academias cle cursos lil-rrc s cu¡1Plan con todos los requisitos
üü ú u"r"Jiiu.liOn, la Dirercción Clerreral de Acreditación y Certificación
-Ol,;nnCg-
"*itira
unzf resoluci(rn y una constancia que enviárá,a la
Dintcción qep,artamenta! Oe l;dLrc¿rció¡ que corresponda para que las haga
llegan a los (las) interesaclos las)i'
Articulo il. Galid¡d. EI Minislerio r:le b:ducación, {.través
de la Dirección General
;";;;;¡ón Extrar¡scc¡tar -DtlGEtiix-, vr:lar¿t porl ta adecuada ejecución de los
oio.uá*uu de capacit".ion téclnica labc¡r;ll que imparten las academias de cursos
iiutu,t p"t,n guraniitu. un serviclo de calid;rd, rrredia¡te:
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i¡. Definición be los perfileis ocupttcirlnalt:s y pompetencias para la vida y el
tral ajo. ,
c. Virlculaciór[ con las pcitÍticas..y erstraleUia$ Oe formaciÓn y capacitación'
técnlca ocLfpaciorlal y prllmor:iÓll dr:l ernple$'
c. pr'moción y apo'/o al desan olkl ct,e loii pnoyectos educativos instittlcionales
-Éiíl- Je ru" áü0"*ias de cLtrsos lillres (artículo 12, inciso e, Acuerdo
Guibernativo225 del 12 cle Septierrrbre de 2008)
lrtículo 8. Acor[pañamiento y rseg¡l.rlnrierito I los procesos educativos' El
rri"."r" ,i.r acor.,pañantiento y seg¡uimiento rle laf academias de cursos libres se
-1' ;iouiente manera.teatwa fle
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^.l,irr"rponbe
a ia Dirr¡cción (]enera! tje Monitoreo y VerificaciÓn de la
:A -7 ói,iioJ -óiér-rr¡,tcA- rnoni{orear la c;rlida( de la educación que se imparte
AY . ;; il ucuá"riur de cunros libres err el marco de los lineamientos
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v6Minis Lerio de Ir clu
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-DIGEEX- y la DireclciÓn Geri,aral de
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Li. La DireccirSn Gelneral de Educiación Extraescolar -DüGEEX- dará el
seguimientO técnipo a lzls acade¡mia:; c e cursos libres de conformidad con
los lesultados obtenidos rlel rnonitoreo ,¡ s;upervisión.
. c;. Las acadernias c¡ue deiseen arrr¡rliilr su p]eríodo de acreditación deben
participar ein un proceis;o r:Íe autoevalua{ión y evaluación externa de
conformidar! a lcls critr)rios es,tairte¡ci,ios V el formato facilitado por la
Dirrfcción (ieneral cle lfr:reditación y ,]ertificación -DIGE,ACE-
.y deberán
pre[elntar lqs resultados cle dlcho proo€]so para optar a la reacreditaciÓn.
cl. Corresponde a Ia Coorr!inación D*parianrefrtal de Educación Extraescolar
-Ol,3EÉX- fa supervisién tél:nir:a y zrdnrirristrativa de las academias de
curios libres.
Acreditación y CertificaciÓn
Acreditación y CertificaciÓn
rmática, actualizar la base de
as y codificadas.
la academia de cursos libres
controles y registros.
ir. Inscripción de esfuclianlies, ¡:¡or {]rrrso ¡ nivpl, en el libro autorizaclo por la
Dir'Fcción Depa(amential dip l[ducaciórr porrespondiente, a través del
Coordinadcfr(a) Deparfamerltal cje Ed¡icaciÓn Extraescolar de su
jurisdicción.
t). Kegtsrro oq lnTorrnación gen+lral de los (lar;) estudiantes: nombre completo,
ed¿lcl, sexo, residencia, !urso y nivel el el que se inscribe.
:. Registro de,r resulta.dos rfle la,evaluirc;i."
]Y f,l?t?ción^obtenidas por los y las
esludianteg err el libro de aclas au¡loriz,rdo por la Dirección Departamental a
tra'rrés del Coordinadorla) Depart;rnrerital de Educación Extraescolar de su
jurisdicciórj. r
d. CuarCros o!,.,r,uu de npgistros rJt; ¡:rcmociÓn de la DirecciÓn General de
Edi.lcación Extradscolarl - D I CIEE,X- del tVli n isterio de Ed ucaciÓn.
10. Evaluaciones¡ Lars evalu¿lciones de los educandqs serán
rs por el Director(a)l Técr"iico(a) y/o Adqinistrativo(a) de la Academia de
lrt[culo 10. Evaluaciones¡ Lars evalu¿lciones de los educandqs serán
as por el Director(a)l Técr"iico(a) y/o Adrlinistrativo(a) de la Academia de
't ''(
Ministleri*l iCr: E, Cugaci ón
Gr-ratemala. C. A.
Unapersoní¡c(Dne¡prend.izajesprevios,puedeincorpo.rarseacualquierade
los niveles, sc,metiéndorbe a
"''
p'ut'[a de unicáción elaborada por laUna personí¡ c(Dn e¡prendizajes previos' puede Incorporat
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inscrlbe'
-!^-í^ti^^^ ^
b, Las evaluagiones estarán sujriltas it las carapteftgt: específicas de cada
cursio, utilizianclo los ins{rumirntc,s acleriuadds a las competencias que se
evalúan.
Losr V las estr¡di¿rntes r¡ue ¡ror enfe'rr
:l*['^:'nj,?."::t":":Ti?ilfl;:
h3i' J"'iil.."*"ffinffi",''ü"n g á"; qi' * iu' t i
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ápnrÉ,"t el ourso, tendrátl.der'¡cht¡ I 1,,'11 ::tot'
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rectlperación extr¿tottJina'ia'
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Los crédltcls qu.e i, r - ^-¡"^r-.r..^i,{a r^, ra ni....ián General dez
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[';li::,* ui,?X"*""i",. [piórr:x- 1,unr,rr.t ütilizado en forma permanente
toridhdes de las aicadermiias ,Je c;ifs;od,libres deberán tramitar la firma
dioldmas v certifirpado:E dre h)s v las estudiantet gyu l1yil 1?::?^11:
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educanHosi
J" f"t diplomas y certifir¡adot dr?.h:rs y las
el curso eh el tiempo esteblecttto l:re[".ir;bü¿icici'pirevid presentaciÓn de la siguiente
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CuaOros oficiales de registro rjt'.resrIl{acló: t'l*::
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Director(a)1rJ"niáo(ál de ra
l*"***,i v gi c*orginador(a) Departamental
del [iducac¡ión Extraesclotar d" i;"ili;cc;iofr oepartamental de Educación
qu'p corresponoa i
d() c;uc'tasi dle inscripciÓn y rnensuales'seran
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cJetermin¿¡das pori r"t n'ót"t[* rl'uputraine ntat':p de EducaciÓn' a través de una
t3ertolucicin de Ar-rtorlzación dej C,uct11, s,rt,tá iá O¡.e de servicios educ¿ttivos y la
calitdad de los mismos; el contpxto socrioecorómiqo de la población que atienden y
que¡ hayarn .,'prio,í "ü ri:.F;1;:rl'::j::i:li-:i:";:iilg::3t::ii¡"t:'ffy"":
H'o"TTlX*'HToü::Lio'"
'il.['J,.íil; ';ü;;1. ;a¡- modincadas estabreciendo el
nreiorar¿dento de lc¡s servicirps eüucai'tiit'- sigrliendo
"]^,q:"*:,:: :^'Í:"HnL"
,ffJ"Jft ',á'd;¿;lñ ;ilil-¡¡p ¡1¡"i"
Educación que co.esponda
iacadernia,99 :tdif-i':$J.:ir'a 'iot't1t
cuotas ni brindar seruicios no
L;d;; ¡;t erl Ministerio d$ Edrtcacir5n'
'/ -2r f . . t r- 1 '|
Mlntstorto tIe L,rlt-tcaelon
Guatemala. (1. A.
su sede y a la vista de
de Funcionamiento Y la
A,rticulo 14. Sanlcic,nes y (iancriplacion. -cr rbferente a las sanciones y
."""il.io;[ ;"i;; ;;oem¡ás de curso:; liures seráh las siguientes: amonestación
árJria, n.'¡.lltu gracluada según la g¡raveclarl rle la falta y la cancelaciÓn de la
áuior,ización Oe" funcic¡namiento, todias ;r¡iilcat.,les cle conformid¿rd con el debido
'proc()so
esfablecid,r en la legisl¿iciÓn nacic'it¿ll'
Articulo 15, Casos no previptos Los cas;os no previstos en este-Acuerdo
'lrnlr¡r,ür¡"1
serán anatizadós y iresur',lltos por la DiiecciÓn General de Educación
Eliiiiil."ür,[r--orcBe]K- y ta'tiirecc;ión (:]ene,¡al de Acreditación y certificación
-DIGEACE!. I
lftíriulo lr[. Derog¡atoria. se derogil la R,,rsolr.lciÓniNo. 5-95 de fecha 14 de enero
il"?br; ;i;d;jülnisterrar nrlméro 21"7?¡3--2(.07 del t4inisterio de Edu.cación, de
iurn t Z.l cie noüiernbre Oel I ZOC Z; y todrrs las demás disposiciones que
cont'aven5¡an lo egtablecido en el pr',:serltt:r ¿lcl er(lo'
Antíriulo 1i7" Vigeilcia. Erl pres!nte acuerrlo empezará a regir al dia siguiente de
sri publicaifión en ét [i¡ario de Cbntrc;rArnérica' i
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  • 1. -1 q 'r t Guatemala. C. A. cUERDO rMlN[S"fE,RlAL Guatelrnala 19 de rn¿r E[- MTNITSTIRO DE E: cl,: E,ducaci ón COl,lSlDEiR¡l'lDtC: 2UA N 0 ór 483 2010 ,cló N0. , de2 qA( Lf{ fzc, ( DIJI eue,, la Cionstituclión Pr¡lítica tcle lil Fle¡rúblir;a de Guatemala <jetermina que la educaciór, tiene crpnrr: firr primordial el jesarrcllo inteS¡ral de la persona humana, el con,)cimieinto de l{ realiclad y cl.rlturi,l n¿lcional y urniVersal. COI{SlDIxR'Alf lD0: l Cluer, unc, de los! fines de lia educar:inin c$e Gfatemala es proporciQnar una forntación, basadI en princi¡lios hunranos, cierlrtíficos, técnicos, culturales y espiritualeis que fcfrmen integrellmer,¡te al ¡3dLtr:,andQ, lo preparen para el triabajo, la convivencia sociall y lelpermi,tan rtl ac(;€lio a olros niveles de vida, asÍ como p,rornover;y fomeritar la educaciiÓn sistern¡itiic¿r dell ldulto. i C Oliril S ll Dl::FlAt¡ DO I Que, el sLlbsisteina c1e; Edut¡ació,r [:xlraes,iolar o Paralela, es una forma de rearizació¡ del prrpceso educaliivo que el Estado y otras instituciones proprorcionan ¿i lir poblbción qüe ha estad,b exr:luida o rro fira tenido acceso a la educación escolar y a las que habiéndola tenic{o clel;eian arnpliarla. CON¡SIDL:FIA iII)(); Funcionamiento de ibres.
  • 2. :18r r' ' 1 tvl ln tS terl O Otl c. Direr;ción General de fufonitoreo ¡ Verificación de la Calidad Eiducativa -DIGEMOCAT. Le r;orresl)ondr,t el nronitcrero ]y verificación de la calidad del servicio eduQativo r¡n fornra sisterrrática 't perinanente, medlante la aplicación de instrumentos de evalu¿lciÓn b. Aspciaciones, grupos clrgarnizadrts, rlrEar!izaciones no gubernamentalesnolJUlgvlwl rso, vl uyve .r¡ Yqr I -O[tlGs- y éntidacies prittadarl. ;¡dn que q ipntos edurf d. Direr;ciones Departamenfales dri: iiiducaciÓn. Les corresponde, según su iurisrli':ción, autorizar el fun<:iorr¿arrttenlo dg academias de cursos libres, áctuElizacióri de c{atos, autorizaciirn d ¡ librfos de control administrativo y cuot'hsi de inscripción y n¡ensuale¡s, de r;onformidad con lo establecido en el presente acuerdo. Articulo 3. Aca4enriasi de crJrsors lif¡resi. l-as; {cademias de cursos libres son irrslituciories que ofretcen servigios ,lducativos cie firrmación y de capacitación para la vida v rll tra'baio pl'odrictivo ii perronas que no han tenido acceso a la educación escolar, r! a las que habiéndcila tenidc¡, des,nan dmpliarla. Las instituciones que puerden ,2frecer 'servicios del curso$ lihner, a fravés de academias son las sigrrienter¡: a. Delper¡denpias grrbernalnentales uutór omaF y semiautónrcfi]as, externas al seiptor de QducaciÓn. i [:)clupación Guatenrala. C. A. Articulo 1. Ohjeú. Eil oltjeto dp esta norr'n¿rti','a es regular las actividades técnicas y adminit;trativas de las ac¿tdemias cliJe mpaden cursos libres, las; cuales ft¡nciionar¿in bajo li rectoría del Miniristerio cle ü ducqciÓn. Artículo il. Respon sabilidadep. P:lra ejcrc;er la rectoría sobre las acadenlias que irnperten lcursos libres, el Ministerio de Eclur:ación actuará por medio de las Llire cciont¡s siguienters: a. Direcición General de Erfucar::ión Ilixtr¿¡er;cr:lar -DIGEEX-. Le corresponde estat!lecer lps lineamielfrtos para la orginización, cuadros de control estariístico, fjorn'ratc¡ de lcis diprlonrat '¡ cerlififados, actualizaciÓn de la base de datos dd acadgmiaslaut.riziadns y' en acompañamiento técnico en la ejectición de planes y programas educativr¡s de las academias de cursos libret;. b. Diret¡ción Ger¡eral de Acredit;ar;iÓn y Certificación -DIGEACE-. Le correrspondej a trarvés dlel D,rapartrrmenttct de Procesos Extraescolares, la acrerilitación v certificacic)n de las ircadt:ntia$ de cursos libres, como base y n^r^i'rtío nar,a el rneiorarhrienlo de lir :alidád de los servicios ecJucativos acre,ili'iación v certificacic)n de las irc;ildt:ntia$ de cursos libres, como base y oararntía para r:l rneiorarhrienlo de lir :alidád de los servicios ecJucativos óiér,"Oor; y, a travéó de la Unidad rle'nl'ormática, el registro y cocJificación corre rspond iente'. Arti edu lineí El proceso educativo rlebe á i?si,ar €:nrnarlcado en principios didácticos y peCIagogrcos.
  • 3. I f . ' I r I Mlnlsl.erlo d* h clupaclon l 1 "fr Guatemala. C. A fl. Para la aulorizaciÓn de funcionamipntc tle urra a Los contenidos, plantNs ) prcgrarrlaS educativos, deben ciombinar adeicuadamente la práct]ca y na teoría. i Los cursos deberan, de acueido a su n,¡tur¿aleza, planificarse en tres niveles de formacii¡n 1écr,ica lakroral. inici¿rl, interrnedio y avanzado, con una lÓgica organizacional y secuencial Qu€l l)Orrrita qrofundizar la fclrmación en un áreh deternrinada i Artículo 5. Probeso de al¿tori:;"iració,tt y aatitalización de datos de /as academi¿ts. El proceso cle aiutorizaciórr y aclu{lización de las academias de currios liblies se efectuará de l¿i siguiente lnansra: il. Cor.n:sponcfe a la Di¡ección Departarndntal de Educació.n emitir la resolur:¡ón de autorizacii¡n dr: funi:icln¿imierito de una academia de cursos libres, para No cual, i,,n p,ilrsonfl inrieresada debe presentar solicitud, adjuntando la siguien[e clocr]n|ent¿rción. constancia de créditos del dirt:c,tor(a) y del instrir-rctor(a), fotot.o¡lizt del documento perqonal de identificacióñ o t¿¡ cédu,la drir vecinclac del director(a) y del propietario(a); croquis del centrt¡ educhtivo y cuotas 'tre irrFcripción y mensuales a cobrar' Lari acade|nias de cursbs liklresl ciisberán orlrmplir con lo establecido en las leyes vigentesi del país, c¡ue le sean ap icablps' Folimar a lps educandcis; en el d¡lSárrOlh: de competencias hacia t Lr, culturales, acadérhicos Y Educación de su jurisdicción, la de respaldo (copia de la alizada y cunrículo Profesional de la academia) Para que se nuevos ia de cursos libres el Plazo Las acader¡ias de cursris libres dcben evaluar cada tres años sus procesos o rservicioq educativos a trlvé,s,le la reyalidación de sus instituciones, nretserttancio a la Coonlinación Drspartamdntal de Educación Ext¡aescolar -ntCffX- [e la Direcci(in Delpartalnenilal d solicitud rbspectlva, c3n lil clot:untentat I inicio de sus funciones.
  • 4. "/ {? .xr--l lMl nrsterlr) r-[(: b -ltlqaclon emala. i. A. su etaboraqión e, impl!merrtaciórl. l.os {ormatos con la infol:mación requlerida O{Uen ser enviado:,i_eleclróni:arnente a la Dirección Gerleral de Ác[iO¡tac¡Ori y Ce!rtiiicat¡iÓn -DlGIrACli:-, la que generará un aciuse de recillirjo electrónico con fecha y frora rJe ingr¡so' b. En a¡quellos cartos en qur) la p,ers,r>rra,sc)lic:iiahte no pueda realizar largestión po, ui'" etectrrorl¡ca, podrÉ¡ acuCir a li,r lJireccion Departamental de Educación . correspondientó o á la llirección Genr¡ral $e.Acreditación y Certificación -DIGE:ACE- para solicitar asislencie' en la ger$tión' c. El tllinisterici del Eclucacir¡n a lral'dis rje la Dirbcción General de Acreiditación y Cerli¡c;rb;-'-ólCfiÁCf ,-, irrproL ariá. 1 los Proyectos . Educativos lnstit*cionáles sobre la bgse t1e las evaltraci{nes, así como de los contextos ;";ü;iiil;l"r 'r soc;ioegonónticosi cle los centros educativos extrar:scolares. c' Para que los p'rocpsos clue orierltan lori serr'l'icios educativr¡s de academias de cgrsos tibres pueOe!n ser JeLlidarnent5l acreditados se tendrán por .r-bf¡O* f". iu.lórunrlaciones; t,rionirias {adas en las verificaciones de acornPañarniehto Pedagrpgico €1. Cu¿¡r,dr¡ la$ academias cle cursos lil-rrc s cu¡1Plan con todos los requisitos üü ú u"r"Jiiu.liOn, la Dirercción Clerreral de Acreditación y Certificación -Ol,;nnCg- "*itira unzf resoluci(rn y una constancia que enviárá,a la Dintcción qep,artamenta! Oe l;dLrc¿rció¡ que corresponda para que las haga llegan a los (las) interesaclos las)i' Articulo il. Galid¡d. EI Minislerio r:le b:ducación, {.través de la Dirección General ;";;;;¡ón Extrar¡scc¡tar -DtlGEtiix-, vr:lar¿t porl ta adecuada ejecución de los oio.uá*uu de capacit".ion téclnica labc¡r;ll que imparten las academias de cursos iiutu,t p"t,n guraniitu. un serviclo de calid;rd, rrredia¡te: i i¡. Definición be los perfileis ocupttcirlnalt:s y pompetencias para la vida y el tral ajo. , c. Virlculaciór[ con las pcitÍticas..y erstraleUia$ Oe formaciÓn y capacitación' técnlca ocLfpaciorlal y prllmor:iÓll dr:l ernple$' c. pr'moción y apo'/o al desan olkl ct,e loii pnoyectos educativos instittlcionales -Éiíl- Je ru" áü0"*ias de cLtrsos lillres (artículo 12, inciso e, Acuerdo Guibernativo225 del 12 cle Septierrrbre de 2008) lrtículo 8. Acor[pañamiento y rseg¡l.rlnrierito I los procesos educativos' El rri"."r" ,i.r acor.,pañantiento y seg¡uimiento rle laf academias de cursos libres se -1' ;iouiente manera.teatwa fle la f - '/'/,, n/ ^.l,irr"rponbe a ia Dirr¡cción (]enera! tje Monitoreo y VerificaciÓn de la :A -7 ói,iioJ -óiér-rr¡,tcA- rnoni{orear la c;rlida( de la educación que se imparte AY . ;; il ucuá"riur de cunros libres err el marco de los lineamientos / /ttt- áltuoré"'obs por este ffcuerdc,, rnerdi,¡nle la aplicación de.instrumentos y / I ' ó;*b;; qtr"n"o". por la Dirección Gerrpral de Educación Extraescolar I Gual
  • 5. ac1 0nP v6Minis Lerio de Ir clu Guatem¿rla. C. A. l -DIGEEX- y la DireclciÓn Geri,aral de -Dlrl¡¡4gE-. l Li. La DireccirSn Gelneral de Educiación Extraescolar -DüGEEX- dará el seguimientO técnipo a lzls acade¡mia:; c e cursos libres de conformidad con los lesultados obtenidos rlel rnonitoreo ,¡ s;upervisión. . c;. Las acadernias c¡ue deiseen arrr¡rliilr su p]eríodo de acreditación deben participar ein un proceis;o r:Íe autoevalua{ión y evaluación externa de conformidar! a lcls critr)rios es,tairte¡ci,ios V el formato facilitado por la Dirrfcción (ieneral cle lfr:reditación y ,]ertificación -DIGE,ACE- .y deberán pre[elntar lqs resultados cle dlcho proo€]so para optar a la reacreditaciÓn. cl. Corresponde a Ia Coorr!inación D*parianrefrtal de Educación Extraescolar -Ol,3EÉX- fa supervisién tél:nir:a y zrdnrirristrativa de las academias de curios libres. Acreditación y CertificaciÓn Acreditación y CertificaciÓn rmática, actualizar la base de as y codificadas. la academia de cursos libres controles y registros. ir. Inscripción de esfuclianlies, ¡:¡or {]rrrso ¡ nivpl, en el libro autorizaclo por la Dir'Fcción Depa(amential dip l[ducaciórr porrespondiente, a través del Coordinadcfr(a) Deparfamerltal cje Ed¡icaciÓn Extraescolar de su jurisdicción. t). Kegtsrro oq lnTorrnación gen+lral de los (lar;) estudiantes: nombre completo, ed¿lcl, sexo, residencia, !urso y nivel el el que se inscribe. :. Registro de,r resulta.dos rfle la,evaluirc;i." ]Y f,l?t?ción^obtenidas por los y las esludianteg err el libro de aclas au¡loriz,rdo por la Dirección Departamental a tra'rrés del Coordinadorla) Depart;rnrerital de Educación Extraescolar de su jurisdicciórj. r d. CuarCros o!,.,r,uu de npgistros rJt; ¡:rcmociÓn de la DirecciÓn General de Edi.lcación Extradscolarl - D I CIEE,X- del tVli n isterio de Ed ucaciÓn. 10. Evaluaciones¡ Lars evalu¿lciones de los educandqs serán rs por el Director(a)l Técr"iico(a) y/o Adqinistrativo(a) de la Academia de lrt[culo 10. Evaluaciones¡ Lars evalu¿lciones de los educandqs serán as por el Director(a)l Técr"iico(a) y/o Adrlinistrativo(a) de la Academia de
  • 6. 't ''( Ministleri*l iCr: E, Cugaci ón Gr-ratemala. C. A. Unapersoní¡c(Dne¡prend.izajesprevios,puedeincorpo.rarseacualquierade los niveles, sc,metiéndorbe a "'' p'ut'[a de unicáción elaborada por laUna personí¡ c(Dn e¡prendizajes previos' puede Incorporat ;;"rii;;i";,i sc,m"ti¿ndorbe'a :urra pt'ucb¿r de ubicación ;;",iili; ;"ndu =u inscrlbe' -!^-í^ti^^^ ^ b, Las evaluagiones estarán sujriltas it las carapteftgt: específicas de cada cursio, utilizianclo los ins{rumirntc,s acleriuadds a las competencias que se evalúan. Losr V las estr¡di¿rntes r¡ue ¡ror enfe'rr :l*['^:'nj,?."::t":":Ti?ilfl;: h3i' J"'iil.."*"ffinffi",''ü"n g á"; qi' * iu' t i "o:: *1 :' :':',1: " 1"*;;l?:X1' " ::l XíJffi :i;"'.[ll;'; T' ''o i;: '.; ; -;]l l, t : :lh" :':,1 - I ?" i::- ff ffi':"J'i3: :HiltfrffiH ü'l;"¿" ñ;;;tc¡' rlert¡i'indofe aRlicar la n.rmativa visente' r l¿rslcompetencias esperadas para ref'orLamiento, previcl a someterse aLos ¡r las elstudiarttes qr¡e. n'i ?r'tu:nilll-If,f ápnrÉ,"t el ourso, tendrátl.der'¡cht¡ I 1,,'11 ::tot' o :ffi,ilin :¡,i'lTliijlü,]ru;.r-;;, ün n*io'p"miánto, previc, a someterse a "1"ír"tion'le rectlperación extr¿tottJina'ia' Artírlulo 1':1" Díptoimas de Estt:tdio' se otorquetr i,dipLlnrad y certificados) debgrán' ser Los crédltcls qu.e i, r - ^-¡"^r-.r..^i,{a r^, ra ni....ián General dez :A:, Ji:::T ", nll,'n ; " f: I 1 :i*" iiry"t i"^ " l,: i,. li ^ : I?::Hl " Íilfli1"l " [';li::,* ui,?X"*""i",. [piórr:x- 1,unr,rr.t ütilizado en forma permanente toridhdes de las aicadermiias ,Je c;ifs;od,libres deberán tramitar la firma dioldmas v certifirpado:E dre h)s v las estudiantet gyu l1yil 1?::?^11: l¡. Lasi autori educanHosi J" f"t diplomas y certifir¡adot dr?.h:rs y las el curso eh el tiempo esteblecttto l:re[".ir;bü¿icici'pirevid presentaciÓn de la siguiente áoc;umentación en triPlicado: CuaOros oficiales de registro rjt'.resrIl{acló: t'l*:: : c,:üil:;' ;.,,:i;;;; il -"-,,",,ritrc.,gr;,¡-fe nacimiento o fotoc;opia der " ;"'cti'#¿.;"'ilñ;u] ü itr"n iiii'; acic n (oF l) : ina de las Y los ¡ Certi )nal]ue lLlvl lLlllt''qur:r ¡ srr '/' I '! ':r- qLle lcontenga la nÓmi actei de (rivalu¿lclon, , _-rtificaci(rn del act¿r de evalu¿rciorrqLle lcan,los con los rr:sult¿:rdos cbtet ldtls;' D. Lor; certifigados y diptcirnasld* 1,,* s¡¡¡s,rslfberln estar firmad.s por el Director(a)1rJ"niáo(ál de ra l*"***,i v gi c*orginador(a) Departamental del [iducac¡ión Extraesclotar d" i;"ili;cc;iofr oepartamental de Educación qu'p corresponoa i d() c;uc'tasi dle inscripciÓn y rnensuales'seran lrticulo 1?. Cuotas. La aulo¡izacion t cJetermin¿¡das pori r"t n'ót"t[* rl'uputraine ntat':p de EducaciÓn' a través de una t3ertolucicin de Ar-rtorlzación dej C,uct11, s,rt,tá iá O¡.e de servicios educ¿ttivos y la calitdad de los mismos; el contpxto socrioecorómiqo de la población que atienden y que¡ hayarn .,'prio,í "ü ri:.F;1;:rl'::j::i:li-:i:";:iilg::3t::ii¡"t:'ffy"": H'o"TTlX*'HToü::Lio'" 'il.['J,.íil; ';ü;;1. ;a¡- modincadas estabreciendo el nreiorar¿dento de lc¡s servicirps eüucai'tiit'- sigrliendo "]^,q:"*:,:: :^'Í:"HnL" ,ffJ"Jft ',á'd;¿;lñ ;ilil-¡¡p ¡1¡"i" Educación que co.esponda iacadernia,99 :tdif-i':$J.:ir'a 'iot't1t cuotas ni brindar seruicios no L;d;; ¡;t erl Ministerio d$ Edrtcacir5n'
  • 7. '/ -2r f . . t r- 1 '| Mlntstorto tIe L,rlt-tcaelon Guatemala. (1. A. su sede y a la vista de de Funcionamiento Y la A,rticulo 14. Sanlcic,nes y (iancriplacion. -cr rbferente a las sanciones y ."""il.io;[ ;"i;; ;;oem¡ás de curso:; liures seráh las siguientes: amonestación árJria, n.'¡.lltu gracluada según la g¡raveclarl rle la falta y la cancelaciÓn de la áuior,ización Oe" funcic¡namiento, todias ;r¡iilcat.,les cle conformid¿rd con el debido 'proc()so esfablecid,r en la legisl¿iciÓn nacic'it¿ll' Articulo 15, Casos no previptos Los cas;os no previstos en este-Acuerdo 'lrnlr¡r,ür¡"1 serán anatizadós y iresur',lltos por la DiiecciÓn General de Educación Eliiiiil."ür,[r--orcBe]K- y ta'tiirecc;ión (:]ene,¡al de Acreditación y certificación -DIGEACE!. I lftíriulo lr[. Derog¡atoria. se derogil la R,,rsolr.lciÓniNo. 5-95 de fecha 14 de enero il"?br; ;i;d;jülnisterrar nrlméro 21"7?¡3--2(.07 del t4inisterio de Edu.cación, de iurn t Z.l cie noüiernbre Oel I ZOC Z; y todrrs las demás disposiciones que cont'aven5¡an lo egtablecido en el pr',:serltt:r ¿lcl er(lo' Antíriulo 1i7" Vigeilcia. Erl pres!nte acuerrlo empezará a regir al dia siguiente de sri publicaifión en ét [i¡ario de Cbntrc;rArnérica' i f,l,'(L ffi Aa/J ll ;eN i?1 ,o fil €¿.-tl ISTRO DE