1. Tema 1. Ética y Axiología Jurídica
Ética Axiología juridica La Deontologia
La ética es una rama de
la filosofía que abarca el estudio de
la moral, la virtud, el deber,
la felicidad y el buen vivir. La ética
estudia qué es lo moral, cómo se
justifica racionalmente un sistema
moral, y cómo se ha de aplicar
posteriormente a los distintos
ámbitos de la vida personal y social.
En la vida cotidiana constituye una
reflexión sobre el hecho moral,
busca las razones que justifican la
utilización de un sistema moral u
otro.
La Axiología Jurídica, conocida
también como Teoría del Derecho
Justo, es una parte de la Filosofía
Jurídica que procura descubrir los
valores en los cuales se debe inspirar
el Orden Jurídico Positivo,
dilucidando un modelo que primará,
una lisa Teoría de la Justicia.
Es la disciplina que se ocupa de los
deberes de los profesionales. En el caso
de los abogados se trata de una
multiplicidad de deberes como aquellos
consigo mismo, con la sociedad, con la
profesión, con los clientes, con los
colegas, con los jueces y con la entidad
gremial.
La teoría ética refiere entonces al
descubrimiento de las condiciones
normativas que son constitutivas de
todo entendimiento intersubjetivo,
que resultan moralmente relevantes
Valores: El Derecho, procura la
concreción de valores, como la
Justicia, el Bien Común y la Seguridad
Jurídica; pero también es cierto, que
este, no es un objeto de índole
absolutamente puro, Ideal Puro, sino
que constituye una Labor Humana de
carácter esencialmente Normativo y
que por tanto se encuentra en el campo
de lo Jurídico.
Cabe distinguir que la ética profesional es
la disciplina que estudia los contenidos
normativos de un colectivo profesional,
es decir, su objeto de estudio es la
deontologia profesional, mientras que, tal
como se apuntaba al comienzo del
articulo, la deontologia profesional es el
conjunto de normas vinculantes para un
colectivo profesional.
La ética influye en las normas de
conducta de una sociedad. Por
ejemplo, es ético que alguien
consuma carne porque a priori no
Tipos de Valores:
Valores Religiosos
Valores Estéticos
Valores Intelectuales
Aprobada por colegios profesionales,
minimos obligatorios establecidos, se
ubica enrte la moral y el derecho.
2. se está incumpliendo ninguna
norma social.
Por otro lado, la moral influye en
las normas de conducta de una
persona.
Valores Afectivos
Valores Sociales
Valores Físicos
Valores Económicos
Una de las diferencias principales es
que mientras la moral dicta normas
y criterios de actuación, la ética
trata de fundamentar
racionalmente dichas normas.
Juicio de Valor: valoración subjetiva
de que un comportamiento, objeto,
persona, principio, etc, es bueno o
malo o algo debe o no debe suceder.
Se emiten frecuentemente juicios de
valor sobre temas estéticos, éticos,
ideológicos, interpretaciones morales,
teológicas y muchos otros.
Orientada al deber ser, basada en
normativas y códigos es exigible a los
profesionales.
Diferencia entre ética y moral, se
puede decir que la ética son
determinados tipos de
comportamiento, ya sean correctos
o incorrectos. Mientras que
la moral establece las normas que
permiten determinar si el
comportamiento ha sido correcto o
no.
Derecho como Valor: Es el conjunto
de disposiciones que adquieren rango
obligatorio y que se encuentran al
servicio de valores sociales, además de
tener una finalidad axiológicamente
respetable.
La deontología jurídica (deberes morales
del abogado), considera como la principal
obligación moral del jurista, en cualquiera
de sus facetas, tener el conocimiento y la
capacidad para ejercerla, para ello es
indispensable tener “un buen
conocimiento de la ley, de la
jurisprudencia y de la práctica de los
tribunales”
Orientada al bien común, a lo
bueno, no es exigible y proviene de
la conciencia del individuo.
Amplitud y parte de la ética
aplicada.
3. Tema 2- aptitud y actitud del abogado
Aptitud Actitud
La Aptitud es la Capacidad para ejercer o desempeñar una
determinada función o empleo.
la Actitud es la forma de actuar de una persona, el
comportamiento que emplea un individuo para hacer las cosas.
La aptitud (del latín aptus = capaz para), es cualquier
característica psicológica que permite pronosticar diferencias
interindividuales en situaciones futuras de aprendizaje
La actitud representa la voluntad del abogado para encarar las
actividades jurídicas.
Representa el carácter o conjunto de condiciones que hacen a un
profesional especialmente idóneo para la función a que se dedica.
Es la forma de actuar del profesional, el comportamiento que
emplea un individuo para desempeñarse en el mundo del derecho.
Condición o serie de características consideradas como síntomas
de la capacidad de un profesional para adquirir, con un
entrenamiento adecuado, algún conocimiento, habilidad o serie de
reacciones, como la capacidad para la defensa oral, entre otras.
la forma de motivación social, de carácter secundario, frente a la
motivación biológica, de tipo primario, que impulsa y orienta la
acción del profesional del derecho hacia determinados objetivos y
metas.
Capacidad para operar con competencia en la actividad jurídica. La actitud viene a ser la predisposición aprendida del abogado a
responder de un modo consistente a un objeto jurídico social
Capacidad y disposición para el buen desempeño o ejercicio del
derecho en nuestro caso, de un negocio, de una industria, de un
arte, entre otros.
Organización duradera de creencias y cogniciones en general,
dotada de una carga afectiva a favor o en contra de un objeto
definido, que predispone a una acción coherente con las
cogniciones y afectos relativos a dicho objeto.
Es el carácter o conjunto de condiciones que hacen a una
persona especialmente idóneo para la función en el ámbito
jurídico.
Entre los componentes de la actitud se encuentran:
Componente Cognoscitivo: es necesario que exista una
representación cognoscitiva de objeto.
Componente Afectivo; es el sentimiento en favor o en contra de un
objeto social.
Componente Conductual es la tendencia a reaccionar hacia los
objetos de una determinada manera.