La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es un organismo de las Naciones Unidas fundado en 1919 después de la Primera Guerra Mundial para establecer estándares laborales internacionales. La OIT tiene un gobierno tripartito integrado por representantes de gobiernos, sindicatos y empleadores. Su objetivo principal es promover el trabajo decente para todos a través de la defensa de los derechos laborales, el diálogo social y la adopción de convenios internacionales.
2. Organización Internacional del Trabajo
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es un organismo especializado de las
Naciones Unidas que se ocupa de los asuntos relativos al trabajo y las relaciones
laborales. Fue fundada el 15 de abril de 1919, en virtud del Tratado de Versalles. Su
Constitución, sancionada en 1919, se complementa con la Declaración de Filadelfia
de1978
La OIT tiene un gobierno tripartito, integrado por los representantes de los gobiernos,
de los sindicatos y de los empleadores. Su órgano supremo es la Conferencia
Internacional del Trabajo, que se reúne anualmente en junio. Su órgano ejecutivo es el
Consejo de Administración, que se reúne cuatrimestralmente en Ginebra. Toma
decisiones sobre políticas de la OIT y establece el programa y presupuesto que
posteriormente son presentados a la Conferencia para su aprobación. También elige al
Director General. En 2012 fue elegido para el cargo el británico Guy Ryder. La sede
central se encuentra en Ginebra (Suiza).
En 1969 la OIT recibió el Premio Nobel de la Paz. Está integrada por 185 estados
nacionales (2012). No tiene potestad para sancionar a los gobiernos.
3. Organización Internacional del Trabajo
La Organización Internacional del Trabajo fue fundada en 1919.
Las negociaciones tuvieron la particularidad de ser realizadas
entre los gobiernos, los sindicatos y las organizaciones de
empleadores, quienes tomaron como base la Asociación
Internacional para la Protección Legal de los Trabajadores que
había sido fundada en Basilea en 1901 para establecer la
Constitución de la Organización Internacional del Trabajo,
adoptada por la Conferencia de Paz de París e incluida en la
sección XIII del Tratado de Versalles.
4. Conferencia Internacional
La Conferencia Internacional del Trabajo es el órgano superior de
la OIT. Se reúne anualmente, en junio, en Ginebra. Está
integrada por cuatro delegados por cada país miembro, dos de
ellos elegidos por el gobierno, y los otros dos propuestos por las
organizaciones de trabajadores y empleadores respectivamente.
De este modo, la mitad de los integrantes de la Conferencia
representan a los gobiernos, en tanto que una cuarta parte
integra el bloque de trabajadores, y la otra cuarta parte integra
el bloque de empleadores.
A la Conferencia Internacional le corresponde la sanción de las
normas internacionales del trabajo, fundamentalmente convenios y
recomendaciones, por las dos terceras partes de sus miembros.
5. los Principios y Derechos
Fundamentales en el Trabajo
libertad sindical y de asociación y reconocimiento efectivo del
derecho a la negociación colectiva;
la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio;
la abolición efectiva del trabajo infantil,
la eliminación de la discriminación en el empleo y la ocupación.
6. Comisión de Expertos
La Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y
Recomendaciones (CEACR) es un organismo permanente asesor
de la Conferencia Internacional, integrado por juristas
especialistas en Derecho Internacional del Trabajo.
La función de la Comisión de Expertos es examinar las memorias
que todos los países tienen la obligación de presentar cada año,
detallando el estado en que se encuentra la aplicación de los
convenios internacionales en su territorio.
7. Oficina Internacional del Trabajo y
Director General
La Oficina Internacional del Trabajo está dirigida por el Director
General, elegido por el Consejo de Administración con un mandato
de cinco años, quien a su vez contrata el personal de acuerdo a
estrictas normas de concursos.
La Oficina Internacional del Trabajo es la entidad permanente de
apoyo a la tarea de la Conferencia Internacional y el Consejo de
Administración.
8. Convenios de la Organización
Internacional del Trabajo
La Constitución de la OIT, sancionada en su redacción original en
1919, es la norma que establece el funcionamiento y la
organización de la OIT. Allí se establecen cuáles son los órganos
de gobierno de la OIT (Conferencia General, Consejo de
Administración y Oficina Internacional del Trabajo), la
composición tripartita de los órganos colegiados, los
procedimientos para sancionar convenios y recomendaciones y
sus efectos, el sistema de control regular mediante memorias
anuales, el procedimiento de quejas, entre los temas más
importantes.
9. Ocho convenios Internacionales considerados
Fundamentales
Convenio N° 29 sobre el trabajo forzoso, 1930
Convenio N° 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de
sindicación, 1948
Convenio N° 98 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949
Convenio N° 100 sobre igualdad de remuneración, 1951
Convenio N° 105 sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957
Convenio N° 111 sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958
Convenio N° 138 sobre la edad mínima, 1973
•Convenio N° 182 sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999
10. OIT
Los negocios son una parte integral de la Organización Internacional del
Trabajo, pues la organización promueve el trabajo decente para todos. El
término « trabajo decente » expresa el objetivo general de la OIT en
términos normales y cotidianos; es la forma de integrar el programa de la
OIT, basado en valores y estructurado en torno de los derechos en el
trabajo y de la protección social, y a la vez como un programa de
desarrollo sostenible al crecimiento de la empresa y del empleo
La idea de trabajo decente sirve de marco integrador para los cuatro
objetivos estratégicos de la Organización, al ensamblarlos en un único
mensaje sobre las metas primordiales de la OIT, y al proporcionar un
marco de referencia para el desarrollo de sus programas, sin dejar de
reconocer la diversidad de necesidades y experiencias en el mundo del
trabajo
11. Objetivos estratégicos de la
Organización
Promover y cumplir los principios y derechos fundamentales en el
trabajo
Crear mayores oportunidades para las mujeres y los hombres, con
objeto de que dispongan de unos ingresos y de un empleo
decoroso
Realzar el alcance y la eficacia de la protección social para todos.
Fortalecer el tripartismo y el diálogo social.
12. Obligación solamente de la (OIT)
a) lograr el pleno empleo y la elevación
del nivel de vida
b) emplear trabajadores en ocupaciones
en que puedan contribuir al máximo al
bienestar común.
c) conceder como medio de lograr
oportunidades de formación profesional
traslado de trabajadores incluidos las
migraciones de mano de obra y de
colonos
d) adoptar en materia de salario y de
ganancias y de horas y otras un salario
mínimo vital para todos los que tengan
empleo y necesiten esta clase de
protección
e) lograr reconocimiento efectivo del
derecho de negociaciones colectivas la
cooperación de empleadores y de
trabajadores para mejorar la producción
y la colaboración de trabajadores.
f) extender las medidas de seguridad
social para garantizar a quienes lo
necesiten ingresos básicos y prestar
asistencia medica completa
g) proteger adecuadamente la vida y la
salud de los trabajadores en todas las
ocupaciones
h) proteger a la infancia y a la
maternidad
i) suministrar alimentos vivienda y medio
de recreo y cultura adecuados
j) garantizar iguales oportunidades
educativas y profesionales.
13. Finalidad
Actualmente, la finalidad primordial de la OIT es promover
oportunidades para que los hombres y las mujeres puedan conseguir
un trabajo decente y productivo en condiciones de libertad, equidad,
seguridad y dignidad humana.