2. RIESGO SOCIAL
Cualquier tipo de fracaso en la
interacción social que se le
debe ofrecer a un menor, para
que se desarrolle
adecuadamente.
3. ¿Qué niños/as son ?
Todos aquellos que no reciben
protección ante los riesgo
Todos aquellos a los que no
pueden contar con las ayudas
adecuadas.
4. SITUACIONES DE RIESGO
Falta de protección y atención
psíquica o física
Dificultad o carencias
Uso del castigo físico o
emocional con el menor.
Otros:
Racista, sexistas, ámbito
político,etc.
5. Donde puede darse el
maltrato
Fuera y dentro de la familia
maltrato familiar, institucional o
social.
6. 2. MODELO DE DEFICIENCIA Y
MODELO DE BIENESTAR
2.2 Los problemas del “modelo
de deficiencia o maltrato” para
intervenir en los casos de riesgo
psicosocial.
7. Maltrato infantil
Depende de
cada cultura,
momento
histórico y
sociedad, ya
que esto, entre
otros, pone
esos límites
8. Dificultades para definir
este concepto
a) Las conductas de maltrato son
muy heterogéneas.
b) La definición puede centrarse en
cosas distintas: la conducta del
maltratador, los efectos en la
víctima, el código penas, etc.
c) Los profesionales tienen enfoques
diferentes
d) Diferencia el maltrato del no
maltrato
9. e) en la toma de decisiones
resulta extremadamente difícil
dos cosas presentes en la
legislación: la supuesta prioridad
del bienestar del menos, por un
lado, y el reconocimiento del
derecho prioritario de los padres
biológicos, si no hay maltrato o
éste ha sido superado.
11. El modelo de deficiencia no
carece de problemas,
porque:
Acaba ocupándose únicamente de
casos extremos y si son
denunciados.
-No focaliza los recursos positivos
de la familia maltratadota.
-No facilita el que se tomen las
decisiones desde un punto de vista
complejo y global.
-Sólo hace referencia a factores de
riesgo.
12. El modelo de las
necesidades infantiles o del
bienestar y los derechos
El segundo modelo parte del
bienestar como derecho del
menor y define:
Maltrato: Acción, omisión o trato
negligente, no accidental que
prive al niño de sus derechos y
su bienestar que interfieran en
su desarrollo físico, psíquico y/o
social.
13. Ventajas de este Limitaciones:
modelo: Dificultad para aplicarlo
Toma como penalmente, ya que
referencia el exigiría condiciones
bienestar del niño, familiares de máximos
no limitándose a (aseguran el bienestar)
situaciones de y no de mínimos
maltrato tan
(evitan el maltrato),
extremas. Enfoque
útil para un
que es como funciona
enfoque preventivo el sistema jurídico.
del maltrato
infantil.
Combinar los dos enfoques es lo más útil e inteligente y la
única manera de ser realistas y utópicos hasta donde se
pueden conjugar ambas cosas.
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17. Las necesidades de la infancia y la
formulación de derechos que supone son una
referencia universal que es especialmente útil
por varias razones:
• Nos propone una meta (el bienestar infantil)
siempre distante. Bienestar y maltrato son dos
polos de un continuo, cuyo límite debe marcar
cada sociedad y las leyes.
El concepto de maltrato es relativo, por lo que
conviene que cada vez sea más exigente,
haciendo posible que todos los menores del
mundo vean adecuadamente satisfechas sus
necesidades.
• Esta propuesta es una referencia crítica frente
a aquellas formas que ya son consideradas
maltrato en sociedades más avanzadas, pero
que aún son permitidas en otras sociedades.
18. Esta teoría cambia el sentido de los servicios
sociales, que no debería limitarse a actuar
cuando hay problemas, sino s evitarlos.
Señala dos factores de riesgo que deben ser
evitados para que no se consume el maltrato.
Orienta la ayuda para los que han sufrido
maltratos.
Sirve como referencia para tomar decisiones
profesionales, porque no se trata únicamente
de tener en cuenta si ha habido o no maltrato,
sino el grado en que las alternativas, que se le
pueden ofrecer a un menor, solucionan sus
necesidades.
19. • Cuando hablamos de necesidades
queremos decir que el niño o niña esta
preprogramado para desarrollarse de una
determinada forma, que el ser humano es
un proyecto que para cumplirse necesita
de determinadas condiciones.
• Los menores de edad necesitan
determinadas condiciones físico-
ambientales, alimentarias, sanitarias,
cognitivas, emocionales y sociales.
Ciertas condiciones mínimas, para
desarrollarse sin graves riesgos y ciertas
condiciones óptimas, para desarrollarse
de manera adecuada.
• Cada forma de vida, en la naturaleza,
tiene sus reglas; también la vida humana,
aunque ésta sea una de las más flexibles
y sociales.
21. Maltrato prenatal:
gestaciones rechazadas o
irresponsables
Hábitos tóxicos de los padres
Enfermedades que puede
transmitir la madre
Abortos en período de
gestación avanzado
22. Maltrato a lo largo de la
infancia:
Acciones físicas que conllevan
maltrato;
Lesiones
intoxicaciones,
ignorar al menor
violación…
23. Maltrato institucional:
Servicios sociales
Servicios sanitarios
La escuela
Servicios policiales
Medios de comunicación social
Asociaciones
24. Clasificación de maltratos que
son protegidos por la ley del
menor:
Maltrato físico
Maltrato psíquico o emocional
Negligencia física
Negligencia psíquica o emocional
Abuso sexual
Explotación sexual
Explotación laboral
Inducción a la delincuencia
Modelo de vida en el hogar inadecuado para el
menor
Imposible cumplimiento de las obligaciones
parentales
Abandono
Renuncia
26. 3.1. CONTEXTO
ECONÓMICO, POLÍTICO Y
SOCIAL
Sólo con unas buenas condiciones
económicas y sociales que aseguren
en razonable bienestar y libertad en
una sociedad determinada.
Tres aspectos específicos de la
política social tiene especial
importancia para prevenir los
riesgos: la política familiar, la política
educativa y la sanitaria.
27. 3.2. LA PROMOCIÓN DE
FACTORES PROTECTORES
Hay 4 grandes grupos de factores:
Numerosas características del menor.
La familia.
La escuela.
Otros sistemas sociales de apoyo como las
ONG, iglesias, asociaciones de vecinos,
etc.
28. 3.3. LA INTERVENCIÓN
PROFESIONAL
Debe basarse en una serie de principios fundamentales:
3.3.1. Principios que se derivan de la teoría de las
necesidades:
Los niños tienen derecho a que sus necesidades sean
cubiertas.
La familia es la institución que mejor puede responder a
las necesidades básicas.
La escuela debe tener un rol complementario con el de la
familia.
Cuando los menores sufren carencias y riesgos todas las
instituciones sociales deben sentirse responsables.
Los menores sobre los que se toman medidas de
protección deben ser escuchados.
Todas las medidas deben tomarse dando prioridad al
interés del menor.
30. La intervención en casos de
maltrato
Si la prevención no ha tenido éxito y el
maltrato se convierte en realidad, es
necesario actuar siguiendo las siguientes
fases:
1. La detección.
2. Notificación.
3. La recepción de la notificación.
4. La investigación de la notificación.
5. La evaluación del caso.
6. El plan de actuación.
7. Intervención, seguimiento y evaluación.
31. Primera fase: La detección.
Solo un tercio de los maltratos son detectados, los
restantes no llegan a conocerse. Las causas de
esta situación pueden ser diversas.
Para mejorar esto, se debe, entre otras medidas:
- Hacer campañas de sensibilización hacia toda la
población.
- El profesorado debe adquirir una formación básica
que le ayudará a detectar muchos casos de
maltrato.
- Los profesionales que trabajan con la infancia
deben estar formados para cubrir los indicadores
de maltrato y deben conocer el proceso que se
debe seguir en estos casos.
Desde el punto de vista general, el riesgo de
maltrato puede ser explicado haciendo referencia al
contexto sociocultural, al menor y a sus padres
(potencialmente maltratadotes).
32. Segunda fase: notificación
La notificación es la transmisión de la información a
los Servicios de Protección de Menores.
Cualquier persona que tenga datos sobre el posible
maltrato hacia un menor debe notificarlo.
Es muy importante que en la notificación se incluya
información sobre:
- El menor: datos de identificación, situación familiar
y del entorno, tipo de maltrato observado o
indicadores de maltrato.
- El supuesto agresor.
- El propio informante: datos personales del
informante, tipo de relación con el menor, datos de
otros posibles informantes, forma en que se ha
conocido el maltrato,…
33. Tercera fase: la recepción
de la notificación.
Es el inicio de la actuación de los Servicios
Sociales, por ello condiciona los pasos siguientes y
la relación que se va a mantener con los
informantes.
- Tratar bien a los informantes, tomar los datos
fundamentales de estos y de todo lo que saben
sobre el maltrato, así como mantener el contacto.
- Iniciar inmediatamente una serie de actuaciones,
para que el menos no vuelva a ser maltratado.
Los objetivos de esta fase son:
- Determinar si se trata de un caso de competencia
de los Servicios Sociales o de otros Servicios.
- Seleccionar y recoger información sobre: la
identidad de las personas relacionadas con el caso
y realizar una evaluación inicial para toma
decisiones urgentes o de otro tipo.
34. Cuarta fase: la investigación
de la notificación.
La finalidad de esta fase es asegurar que las
decisiones que se tienen que tomar estén bien
fundadas.
Entre los objetivos de esta fase están:
- Estudiar si está bien fundada la notificación o
denuncia.
- Descubrir y comprobar las características del
incidente o de la situación de desamparo del
menor.
- Valorar los daños sufridos por el menor.
- Evaluar los riegos de que se vuelva a producir el
maltrato.
- Evaluar el grado en que las necesidades están
cubiertas.
- Garantizar la protección del menor.
- Estudiar las respuestas de la familia a la
intervención.
35. Quinta fase: la evaluación
del caso.
Se inicia cuando se llega a la conclusión de que el
caso es competencia de los Servicios de Protección
del Menor.
Es el proceso de estudio y decisión de todos los
aspectos para la toma de decisiones y el plan de
actuación.
Los objetivos de esta fase son:
- Identificar las causas del maltrato.
- Evaluar al menor en profundidad.
- Analizar las deficiencias familiares.
- Identificar los recursos activos que mantiene la
familia y la posibilidad de que sean activados con
determinadas ayudas.
- Determinar las áreas de intervención de los
Servicios Sociales.
- Hacer un pronóstico del caso.
36. Sexta fase: el plan de
actuación
Se trata de organizar un plan realista que cubra las
necesidades del menor. Para ello se necesita:
- Definir el estado legal del menor: orden judicial,
tutela, ¿qué solución final va a tener? o ¿qué
solución transitoria? (si es el caso).
- Definir el régimen de contacto con los padres.
- Elaborar un plan de ayuda a la familia.
- Apoyos específicos del menor: rehabilitación o
terapias, apoyos compensatorios, apoyo escolar,
orientación profesional, o, promoción de recursos,
como habilidades sociales.
Debemos resolver una serie de cuestiones para
que el plan sea factible.
37. Séptima fase: intervención,
seguimiento y revisión.
Es la puesta en marcha del plan
propuesto, su seguimiento y su
posible revisión.
Requiere objetivos claros,
contenidos de la intervención
que sea precisa e instrumentos
de evaluación, tanto del menor
como de su familia.