5. 1. Nuevo Modelo Económico en Bolivia MINISTERIO DE ECONOMIA DGNGP
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8. 2. Políticas Públicas en la Nueva Constitución Política del Estado MINISTERIO DE ECONOMIA
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10. Políticas productivas en la NCPE Fomento a la economía comunitaria Art. 307, 334, 405 Protección a la iniciativa privada Art. 308 Empresas Públicas Art. 309, parágrafos 1,3,4 Fomento a actividades gremiales, pequeñas unidades productivas urbanas o rurales, por cuenta propia Art. 47 Art. 307 El Estado reconocerá, respetará, protegerá y promoverá la organización económica comunitaria Art. 334 En el marco de las políticas sectoriales, el Estado protegerá y fomentará: 1. Las organizaciones económicas campesinas, y las asociaciones u organizaciones de pequeños productores urbanos, artesanos, como alternativas solidarias y recíprocas. La política económica facilitará el acceso a la capacitación técnica y a la tecnología, a los créditos, a la apertura de mercados y al mejoramiento de procesos productivos. Art. 405 El desarrollo rural integral sustentable es parte fundamental de las políticas económicas del Estado, que priorizará sus acciones para el fomento de todos los emprendimientos económicos comunitarios y del conjunto de los actores rurales, con énfasis en la seguridad y soberanía alimentaria. Art. 47 II. Las trabajadoras y los trabajadores de pequeñas unidades productivas urbanas o rurales, por cuenta propia, y gremialistas en general, gozarán por parte del Estado de un régimen de protección especial, mediante una política de intercambio comercial equitativo y de precios justos para sus productos, así como la asignación preferente de recursos económicos financieros para incentivar su producción. Art. 308 El Estado reconoce, respeta y protege la iniciativa privada, para que contribuya al desarrollo económico, social y fortalezca la independencia económica del país. Art. 309 La forma de organización económica estatal comprende a las empresas y otras entidades económicas de propiedad estatal, que cumplirán los siguientes objetivos: 1. Administrar a nombre del pueblo boliviano los derechos propietarios de los recursos naturales y ejercer el control estratégico de las cadenas productivas y los procesos de industrialización de dichos recursos. 3. Producir directamente bienes y servicios. 4. Promover la democracia económica y el logro de la soberanía alimentaria MINISTERIO DE ECONOMIA
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12. Políticas monetaria y cambiaria en la NCPE Coordinación de objetivos de Política Monetaria y Cambiaria entre el Órgano Ejecutivo del Estado y BCB Art. 326 Competencia privativa del nivel central del Estado: Política monetaria, sistema monetario, política cambiaria Art. 298 Función del BCB: Mantener la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional Art. 327 Art. 326 I. El Estado, a través del Órgano Ejecutivo, determinará los objetivos de la política monetaria y cambiaria del país, en coordinación con el Banco Central de Bolivia. Art. 298 Son competencias privativas del nivel central del Estado: 2. Política monetaria, Banco Central, sistema monetario, y la política cambiaria. Art. 327 En el marco de la política económica del Estado, es función del Banco Central de Bolivia mantener la estabilidad del poder adquisitivo interno de la moneda, para contribuir al desarrollo económico y social. MINISTERIO DE ECONOMIA MINISTERIO DE HACIENDA