2. INCOTERMS ¿Qué son los Incoterms? “International Comercial Terms” (Términos Internacionales de Comercio). Son normas acerca de las condiciones de entrega de las mercancías. Se usan para dividir los costos de las transacciones comerciales internacionales, delimitando las responsabilidades entre el comprador y el vendedor. Son emitidos por la Cámara de Comercio Internacional (ICC) con sede en París. Su primera publicación fue en 1936, con revisiones en 1953, 1967, 1976, 1980, 1990 y 2000. Estos términos se emplean en base a reglas mundialmente aceptadas por su exactitud, aceptación y empleo.
3. INCOTERMS Los INCOTERMS delimitan claramente los siguientes aspectos: 1.- Quién asumirá los gastos de transporte, seguro, aduana, etc. 2.- El momento en que se realizará la transmisión de riesgos y responsabilidades de la mercadería (pérdida, deterioro y robo) 3.- La forma, momento y lugar de entrega de las mercaderías, pudiendo ser dicha entrega directa o indirecta. 4.- Distribución de gestiones, trámites y diligencias para complementar las formalidades oficiales y las exigencias administrativas para la exportación y la importación de los productos objeto de la compraventa internacional, es decir, licencias, certificados de origen, facturas comerciales, facturas consulares, etc.
4. Categorización de los Incoterms Los Incoterms se agrupan en 4categorías: E, F, C, D. 1.- Término en E: EXW El vendedor pone las mercancías a disposición del comprador en los propios locales del vendedor. 2.- Términos en F: FCA, FAS y FOB Al vendedor se le encarga que entregue la mercancía a un medio de transporte elegido por el comprador.
5. Categorización de los Incoterms 3.- Términos en C: CFR, CIF, CPT y CIP El vendedor contrata el transporte, pero sin asumir el riesgo de pérdida o daño de la mercancía o de costos adicionales por los hechos acaecidos después de la carga y despacho. 4.- Términos en D: DAF, DES, DEQ, DDU y DDP El vendedor soporta todos los gastos y riesgos necesarios para llevar la mercancía al país de destino. *** Los términos en D no se proponen cuando el pago de la transacción se realiza a través de un crédito documentario, básicamente porque las entidades financieras no lo aceptan.