La reforma energética modificaría los artículos 27 y 28 de la constitución mexicana para permitir la inversión privada en el sector energético. Esto incluiría contratos de utilidad compartida con empresas extranjeras para la exploración petrolera y la privatización de actividades como la refinación, petroquímica, gas y electricidad. Sin embargo, existe preocupación de que esto podría transferir miles de millones de dólares anuales de las ganancias del petróleo mexicano a empresas extranjeras y dejar a México dependiente de
2. La reforma energética consiste en la modificación de los
art. 27 y 28 de la constitución política mexicana.
La cual comprende la modificación y libre acceso a
la iniciativa privada en el sector
energético.
3. Art. 27
La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los limites del territorio
nacional, corresponde originariamente a la nación, la cual ha tenido y tiene el derecho
de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.
Las expropiaciones solo podrán hacerse por causa de utilidad publica y mediante
indemnización.
La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las
modalidades que dicte el interés publico
Corresponde también a la nación el aprovechamiento de los combustibles nucleares
para la generación de energía nuclear y la regulación de sus aplicaciones en otros
propósitos. el uso de la energía nuclear solo podrá tener fines pacíficos.
LO QUE LA CONSTITUCIÓN EMANA
4. Art. 28
En los estados unidos mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las
practicas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en
los términos y condiciones que fijan las leyes. el mismo tratamiento se
dará a las prohibiciones a titulo de protección a la industria.
No constituirán monopolios las funciones que el estado ejerza de
manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas:
correos, telégrafos y radiotelegrafía; petróleo y los demás hidrocarburos;
petroquímica básica; minerales radioactivos y generación de energía
nuclear; electricidad y las actividades que expresamente señalen las
leyes que expida el congreso de la unión.
la comunicación vía satélite y los ferrocarriles son áreas prioritarias para
el desarrollo nacional en los terminos del articulo 25 de esta
constitución; el estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la
seguridad y la soberanía de la nación, y al otorgar concesiones o
permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de
5. LO QUE LA REFORMA PROPONE
Art. 27
Otorgar contratos de utilidades compartidas
Contratar empresas extranjeras para la exploración y
perforación de pozos quedándose con las ganancias
generadas de los mismos por falta de tecnología.
Art. 28
Privatizar la refinación del
petróleo, petroquímica, gas, luz y transporte
6. LA REALIDAD DE LA REFORMA
Art. 27
Compartir las ganancias del petróleo que son del pueblo
de México con empresas petroleras extranjeras.
Pemex es una de las empresas mas ricas del mundo que
tiene dinero para autofinanciar la exploración y
perforación de sus procesos en aguas someras.
Entregar 30 a 40 mil millones de dólares anuales a
empresas extranjeras.
7. Cubrir el desfalco de hacienda publica aumentando los
impuestos con su reforma hacendaria
Entrega de utilidades de petróleo
Art. 28
Dejar a México sin fuentes de energía y las pocas que existan
de forma privatizada con costos muy elevadas.
Aumento a la gasolina sin limite de manera constante
Diminución de empleos