Este documento presenta una introducción al concepto de política. Define la política como la actividad humana destinada a influir en la organización y el ordenamiento de la comunidad a través del poder. Explora las diferentes acepciones de política, incluyendo las definiciones etimológica, vulgar, corriente y científica. También discute el método del conocimiento político y conceptos como la esencia de la política y la entropía política.
1. AYUDA-MEMORIA- DERECHO POLITICO UNINORTE Mónica Soledad Duarte 122
LECCIÓN I
1. Concepto de la política. 2. La esencia de la política. 3. Sentido
genérico y específico de la política. 4. Acepciones: etimológicas, vulgar,
corriente y científica de la política. 5. Método del conocimiento político. 6.
Concepto. 7. La entropía política.
1. CONCEPTO DE LA POLÍTICA: Es la actividad humana destinada a influir,
obtener, conservar, crear y extinguir o modificar el poder, la organización o el
ordenamiento de la comunidad. (Fayt)
La política, del griego πολιτικος (pronunciación figurada: politikós, «ciudadano»,
«civil», «relativo al ordenamiento de la ciudad»), es la actividad humana tendente a
gobernar o dirigir la acción del estado en beneficio de la sociedad. Es el proceso orientado
ideológicamente hacia la toma de decisiones para la consecución de los objetivos de un
grupo. La ciencia política es una ciencia social que estudia dicha conducta de una forma
académica utilizando técnicas de análisis político; los profesionales en esta ciencia
adquieren el título de politólogos, mientras quienes desempeñan actividades profesionales a
cargo del Estado o se presentan a elecciones se denominan políticos. El término fue
ampliamente utilizado en Atenas a partir del siglo V antes de Cristo, en especial gracias a la
obra de Aristóteles titulada, precisamente, Política. El mismo Aristóteles definía al ser
humano como un animal político por excelencia. También se define como política a la
comunicación dotada de un poder, relación de fuerzas.
2. LA ESENCIA DE LA POLÍTICA: La esencia de la política es el poder.
La política es acción, actividad, obrar actualizado que se traduce a través de normas
jurídicas e instituciones que condicionan al poder, lo amplían o lo reducen, en tanto
que el poder es el objeto de esa actividad.
La actividad política alude a esta conexión estatal, otros autores colocan como centro
de gravedad al poder. Fayt afirma que LA POLITICA ES LA ACTIVIDAD QUE REALIZA Y
EJECUTA EL HOMBRE CON INTENCION DE INFLUIR EN LA ORGANIZACIÓN A TRAVES DEL
PODER Y QUE TODA LA ACCION POLITICA ESTA ORIENTADA A OBTENER, CONSERVAR,
LIMITAR, REDUCIR O AMPLIAR EL AMBITO DEL PODER.
Definiciones clásicas apuntan a definir política como el "ejercicio del poder" en relación
a un conflicto de intereses. Son famosas las definiciones fatalistas de Karl Schmitt de la
política como juego o dialéctica amigo-enemigo, que tiene en la guerra su máxima
expresión, o de Maurice Duverger, como lucha o combate de individuos y grupos para
conquistar el poder que los vencedores usarían en su provecho.
Una perspectiva opuesta contempla la política en un sentido ético, como una
disposición a obrar en una sociedad utilizando el poder público organizado para lograr
objetivos provechosos para el grupo. Así las definiciones posteriores del término han
diferenciado poder como forma de acuerdo y decisión colectiva, de fuerza como uso de
medidas coercitivas o la amenaza de su uso.
El fin consiste, simplemente, en satisfacer todas las necesidades comunes
que hacen a la convivencia del grupo y de sus miembros, o sea, alcanzar en conjunto todo
lo que cada hombre aislado, o en un grupo menor, no podría alcanzar. Es decir, un “fin
común”. Para obtener ese fin, el medio más importante y primario es la existencia de
una jefatura, conducción, o dirección en el grupo. Es decir, una autoridad con poder
suficiente para hacer, mandar y prohibir todo lo que interesa al grupo.
Cuando el grupo territorial se organiza, esa organización tiene naturaleza
política (organización política). La organización política presupone:
a) la totalidad de hombres y grupos que componen la convivencia de un grupo total
(población).
b) el espacio físico donde territorialmente se asienta esa convivencia (territorio).
c) el fin propio de esa convivencia total, que procura satisfacer todas las
necesidades (bien común publico)
d) el poder como aptitud y capacidad para realizar lo que a ese fin se dirige (Poder
Político).
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e) la jefatura a cargo de un hombre o de un grupo de hombres que manda y ejerce
ese poder (Gobierno). f) el equilibrio, la planificación y la coordinación de todas las
actividades comprometidas en la prosecución del fin común (Constitución).
3. SENTIDO GENÉRICO Y ESPECÍFICO DE LA POLÍTICA
SENTIDO GENÉRICO DE LA POLÍTICA: Se vincula no solamente al Poder Estatal,
sino también a todo tipo de poder organizado, como ser un gremio, una entidad social,
generándose una relación de poder entre quienes deciden y quienes obedecen.
SENTIDO ESPECIFICO DE LA POLÍTICA: Se vincula directa y exclusivamente al
Poder Estatal, que a través de la coacción puede imponer sus decisiones y dominio.
ACEPCIÓN ETIMOLÓGICA: El vocablo Política viene de Polis, la ciudad estado
griega a la que Aristóteles define como la asociación de varias aldeas o poblados que posee
todos los medios sí para misma, alcanzando el fin para que fue formada.
ACEPCIÓN VULGAR: Es su acepción vulgar, la política se identifica con lo útil y lo
hábil. Es habilidad para comportarse con beneficio ante una circunstancia cualquiera.
Condensa un criterio corriente según el cual el hombre político no violente las
circunstancias, sino que condiciona su comportamiento a los fines requeridos omitiendo
la moral en los medios con tal de alcanzar el fin perseguido.
Cuando se habla de sentido político, se piensa enseguida en el sentido de la
conveniencia y a quienes obran y juzgan el obrar ajeno es esa forma se les considera
provistos de sentido Político.
En su acepción corriente, se usa el vocablo vinculado al Estado, al gobierno o a los
partidos políticos.
4. ACEPCIONES: ETIMOLÓGICAS, VULGAR, CORRIENTE Y
CIENTÍFICA DE LA POLÍTICA.
ACEPCIÓN CIENTÍFICA: En su acepción científica, la política aparece como el
estudio de la organización y gobierno de las comunidades humanas. Procura el
conocimiento sistemático del Poder, y su institucionalización en el estado. Tiene como
ciencias auxiliares a la historia, a la economía y al derecho.
La palabra política designa en general la acción política propiamente dicha. El término
político sirve para adjetivar un contenido (poder político, instituciones políticas, etc.). el
diccionario de la lengua española, atiende a su uso común y trivial, y defiende la política
como el arte de gobernar los pueblos y la adjetivación político como perteneciente o relativa
a la política.
En sentido muy general, desde el punto de vista científico, podemos definir como
políticos los procesos, acciones o instituciones que definen polémicamente un orden
vinculante de la convivencia que realiza el bien público.
Una cuestión se hace política a medida que se transforma en una cuestión polémica,
cuya satisfacción se considera un bien público que se debe, que debe impulsarse o
respaldarse por una agencia del poder. Es decir la política debe llevar el equilibrio de estos
elementos.
En cuanto centramos es análisis en la política como “una forma de conducta humana,
libre y polémica que se proyecta como poder sobre el orden vinculante de una comunidad
para realizar el bien público”, presenta los siguientes caracteres:
• Es actitud libre no sujeta a normas.
• Es actitud polémica, o decisión que ajusta un conflicto.
• Es unión que se proyecta como poder normativo.
• La actividad política se proyecta como poder sobre un orden vinculante
que se formaliza en normas jurídicas.
• Orientación hacia la realización de fines y la selección de medios para
alcanzarlos.
5. MÉTODO DEL CONOCIMIENTO POLÍTICO. 6. CONCEPTO.
Es el método a seguir el para el estudio o conocimiento de la realidad política. El
conocimiento científico, además de ser objetivo, debe ser metódico y susceptible de
transmitirse a otros. Método significa procedimiento, camino o vía; un método de estudio es
un procedimiento o camino hacia el conocimiento; en nuestro caso, hacia el conocimiento
político.
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Según sea el objeto a conocer, será el método a seguir. Primero hay que delimitar el
objeto, a fin de adoptar el método. En alguna medida, comprendemos que si consideramos
a la ciencia política con criterio multifacético, el método no puede ser simple sino complejo.
Existen 2 tendencias:
1) Simplista; sostiene que en la consideración del estado se da un aspecto esencial,
siendo los restantes secundarios y subordinados.
2) Compleja; porque entiende que el estudio del Estado ha de hacerse en todas sus
fases, mediante una síntesis de la pluralidad de aspectos.
Se distingue también un método deductivo y otro inductivo.
Como ciencia política: Estudia el Poder y las relaciones políticas estableciendo sus
causas y consecuencias, sus principios y sus regularidades.
Describe, interpreta y critica los fenómenos políticos y las relaciones para formular leyes
que lleven al perfeccionamiento de la
comunidad.
En orden al conocimiento científico de la política, se suele hacer la
distinción, entre conocimiento especulativo o puro, y conocimiento práctico o
interesado.
1. El conocimiento especulativo (o teórico), se dirige exclusivamente a conocer por
conocer; no hay otra finalidad a alcanzar; por eso se lo llama puro, o también
desinteresado, ya que carece de cualquier interés ajeno al propio saber.
2. El conocimiento práctico, al contrario, busca un fin especial, que es el de aplicar
prácticamente a una realidad el conocimiento teórico alcanzado; así, si yo estudio derecho
para ejercer luego la profesión de abogado, a diferencia de si yo estudio derecho solamente
para adquirir una formación jurídica. Con tal ejemplo, nos damos cuenta que el
conocimiento práctico no puede prescindir del especulativo (o teórico), pero que lo
endereza intencionalmente a una actividad: conocer para obrar o hacer algo, para aplicarlo.
O sea, hay una distinta actitud en el sujeto que conoce.
Tal vez un poco convencionalmente, se pretende reservar el nombre de “teoría”
política para el conocimiento especulativo, puro o desinteresado, y el nombre de
“doctrina” política para el conocimiento práctico o interesado que se endereza a la acción.
Como técnica de investigación se tiene:
a) Como aplicación de valores, deriva en técnica del poder, en arte del gobierno.
b) Se manifiesta como la lucha, como acción de gobierno y como empresa
comunitaria.Como técnica política: Se trata de la acción del gobierno, el arte del gobierno.
7. La entropía política
Etimológicamente “entropía” surgió como palabra acuñada del griego, de em (en -
en, sobre, cerca de...) y sqopg (tropêe - mudanza, giro, alternativa, cambio, evolución...).
El término fue usado primeramente en 1850 por el físico alemán Rudolf Julius Emmanuel
Clausius.
La entropía es una dimensión o magnitud que acompaña siempre y rige la energía, de
la que se nutre cualitativamente. Considerada la política como un tipo de energía, no
escapa a la influencia de esa dimensión, cuando se degrada y pierde calidad a través de sus
cambios y transformaciones. Es el deterioro cualitativo del universo político. Ese universo
que en cantidad permanece intacto, en calidad desciende, en escalones sucesivos,
perdiendo fuerza y ritmo, poder y acción.
La "entropía de la política" es un concepto muy sugestivo para tratar de
entender lo que ocurre en nuestras sociedades como la “imprecibilidad”
Es el significado del pesimismo latente en el ámbito de la política en los giros que
pueden darse sociológicamente y culturalmente y se “denigra” de alguna manera la
profesión del político.
Es recomendable que el político tenga algunas condiciones como : patriotismo,
honradez, prudencia, bondad, talentos, destreza y suerte en grado superlativo, tener
valores solidos morales y además sentido común para tener el bien de todos.
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UNIDAD 2 - RELACIONES DE LA POLITICA
1. LA POLÍTICA Y LA FUNCIÓN SOCIAL DEL ESTADO.
2. PROBLEMAS POLÍTICOS FUNDAMENTALES. 3. LA ÉTICA Y LA
POLÍTICA. 4. RELACIONES ENTRE LA POLÍTICA Y LA ECONOMÍA. 5.
DOCTRINA. CONCEPTO
1. LA POLÍTICA Y LA FUNCIÓN SOCIAL DEL ESTADO.
La sociedad contemporánea se encuentra politizada.
Los factores económicos, sociales y culturales operan en el plano político
determinando las técnicas políticas, las formas, los símbolos, las creencias y las
instituciones que están surgiendo y cristalizando.
La vida política está impregnada de vida social y la función social del estado es la nota
característica de la forma política de la sociedad actual.
Vivimos una época de transición. Los mecanismos políticos creados para el gobierno
de una sociedad de cuadros no sirven íntegramente para el gobierno de la actual sociedad
de masas. Deben ajustarse las estructuras a los contenidos, conformando un orden
político, social, jurídico y económico democrático.
La función social del estado se propone dar un fortalecimiento para garantizar
los derechos fundamentales para mantener el nivel de vida de los miembros de la sociedad,
tales como:
• Salud
• Educación publica
• Trabajo y vivienda
• Garantía de derechos sociales
2. PROBLEMAS POLÍTICOS FUNDAMENTALES
Los imperativos de seguridad social, de igualdad de oportunidades, de justicia
social y económica, han venido operando en la tendencia a completar las estructuras
nacionales con una democracia intrínseca, de valor universal.
La libertad, como dominio del hombre respecto de sí mismo, y la
propiedad, como dominio del hombre sobre las cosas, son los dos más importantes
problemas cuya solución debe proporcionarnos la política como técnica, ciencia y filosofía.
El primer problema: la relación que debe existir entre libertad y autoridad (entre
individuos y comunidad), la acción del uno sobre el otro, y los límites de la acción recíproca.
Segundo problema: suprimir la pobreza en medio de la abundancia, suprimiendo la
explotación del hombre por el hombre y las desigualdades sociales artificiales asegurando la
justicia económica en la distribución de bienes.
3. LA ÉTICA Y LA POLÍTICA
La política como acción humana debe tener un contenido ético.
La política como ciencia es independiente de la ética; como técnica, se encuentra
relativamente determinada por la ética. Los fines políticos no pueden ser inmorales.
Tampoco pueden serlo los medios.
La ética se relaciona con lo justo y lo equitativo. Ciencia que tiene por objeto la
moralidad, conjunto de reglas fundadas en la virtud.
Política proviene de πολις y se refiere a la ciudad-estado. Actualmente evoca a los
partidos políticos y a los modos de gobernar. Restrictivamente se refiere a las actividades
del poder para el gobierno de la comunidad, para acceder a ese poder o para conservarlo.
En sentido amplio abarca cualquier conducta que influya en los asuntos públicos.
Ética (εθος) significa en griego comportamiento o carácter adquirido. Se traduce al
latín como moral (costumbre). Ambos términos no son del todo sinónimos, pues la ética se
usa para la reflexión teórica y la moral para la realización práctica. La ética no debe
confundirse con el civismo o con las convenciones sociales. La ética no afecta sólo a las
decisiones individuales, sino que se relaciona también con modelos sociales y con las
normas morales que ofrece.
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En las relaciones entre ética y política se dan opciones entre las siguientes
concepciones teóricas:
Anarquía: niega la posibilidad de relación entre ética y política porque todo poder político
es en sí mismo injusto.
Realismo político: admite la relación entre ambos campos, porque la ética permite
alcanzar el fin político propuesto. Puesto que a veces será necesario elegir un medio
inmoral para conseguir el fin político, algunos defienden que debería existir una ética
distinta para la política.
Maquiavelismo: teóricamente es posible una relación entre ética y política, pero en la
práctica ésta es imposible porque la política requiere comportamientos inmorales.
Opción de la Doctrina social de la Iglesia: la política no tiene motivo para renunciar a la
ética. El poder es necesario y por ello no puede ser malo. Por tanto, la política en su
realización práctica puede estar condicionada por la moral.
Fundamentos éticos para la acción política
a) La Sagrada Escritura: La moral política tienen también un fundamento en la
Sagrada Escritura, pero de ella no se desprenden modelos o criterios políticos válidos para
realidades o problemas del mundo actual. El Evangelio no se impone a la voluntad de las
personas ni ofrece recetas o fórmulas automáticas. Lo sagrado no anula lo temporal, ni el
mundo profano puede cerrarse a lo sobrenatural. La técnica política escapa al mensaje del
Evangelio, pero el Evangelio incide sobre la comunidad de las personas organizada en
comunidad política, la cual debe impregnarse de sentido cristiano.
b) El Derecho natural: El Derecho natural se impone a la conciencia y al
ordenamiento jurídico en su totalidad. Este derecho deriva de la naturaleza, depende del
Creador y une al hombre con la universalidad de la humanidad. Los principios de este
derecho son descubiertos por el conocimiento reflexivo, y la Iglesia los ha ido concretando a
lo largo de los siglos. Unas normas serán de carácter permanente, otras de duración
limitada. Pero ambas deben ser recogidas por el derecho positivo. Obedeciendo los
dictámenes del Derecho natural, se obedece a la ley de Dios. La revelación no suprime el
Derecho natural; por el contrario, lo supone y lo supera. Así, toda actividad
verdaderamente humana es también actividad cristiana.
c) La dimensión personal y social del ser humano: La persona humana, por su
condición de “hijo” e imagen de Dios, debe ser reconocida como preeminente. La
comunidad política debe reconocer y respetar la dignidad humana de sus miembros y la de
otras comunidades políticas. Servir a la comunidad política es en primer término reconocer
la dignidad de sus miembros. También debe cuidarse la dimensión sobrenatural de la
persona. Por esto, la autoridad política debe estar regida por los principios de solidaridad y
de subsidiariedad.
d) La misión del poder político: El ejercicio indebido del poder daña a la comunidad. Por
tanto, ese poder político debe estar domesticado y sometido a la ley. Pero la autoridad debe
someterse en primera instancia a la ley divina, intentando reducir la coacción y previniendo
la violencia mediante medios pacíficos.
e) La recta razón: Un fundamento de la dimensión moral de la política está en la recta
razón. Ni todos los males sociales se pueden atajar con la ley ni todas las normas éticas
deben transformarse en ley civil. Pueden darse situaciones de conflicto moral cuando se
pretenden evitar males mayores, por lo que será necesaria una solución política dictada
desde la prudencia. Esa solución política no puede recurrir a medios inmorales y debe ser
fiel a valores superiores: el fin no justifica los medios.
4. RELACIONES ENTRE LA POLÍTICA Y LA ECONOMÍA.
Existe un nexo funcional de recíproca Inter relación entre política y economía.
El poder político reconoce y sanciona las formas de propiedad que constituyen y son la
base de las relaciones económicas. La economía no puede desenvolverse sin la seguridad
jurídica, lo que la pone en conexión con la política.
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El poder político condiciona a la economía mediante: 1. Fijación de nuevas formas de
propiedad; 2) restricciones en ejercicio del poder de policía,3) planificando el proceso
económico.
La economía no puede desenvolverse sin una seguridad jurídica; ésto es lo que la
relaciona con la política.
FUNCIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO SEGÚN LAS DISTINTAS ESCUELAS.
Predica la autonomía de la política con respecto a la economía y la separación entre
una y otra.
MATERIALISMO DIALÉCTICO; Hace de la economía el factor determinante de la
política considerando que la economía es la infraestructura en función de la cual se da la
súper estructura política.
FORMALISMO; Considera el orden económico como un fenómeno influenciado por
la organización que imprime el orden político y jurídica.
ECLÉCTICA; Entiende que política y economía recíprocamente implicados.
EL ESTADO GENDARME O LIBERALISMO CLASICO DEL SIGLO XVIII.
Es aquel cuya función única es mantener el orden público, vigilando y protegiendo la
recíproca libertad de los individuos dentro de la ley.
Pregona el divorcio entre política y económica, pues la política o el estado no
intervengan en las relaciones económicas.
Lo positivo. Favorece la iniciativa privada, no el estatismo.
En lo negativo se considera como el imperialismo del dinero.
Desde el punto de vista económico los mercados libres dirigen su economía y las
grandes empresas privadas extranjeras y nativas detentan una hegemonía económica. Hay
quienes se refieren a un liberalismo salvaje como el causante de una recesión económica
que conlleva a una pobreza crítica. Las recomendaciones del Estado Gendarme, al parecer,
es una de las teorías más apropiadas para el desarrollo de la actividad financiera, ya que
existe disciplina fiscal.
El padre del liberalismo económico es Adam Smith en su obra LA RIQUEZA DE LAS
NACIONES.
EL ESTADO MARXISTA O COMUNISMO: DEL SIGLO XIX que se denomina
actualmente “ultraizquierdismo” predicando el determinismo económico haciendo a la
política un apéndice de la económica. Marx propone la intervención estatal para dirigir la
economía y corregir las diferencias de clase, arrogándose el estado la propiedad y
monopolio de los medios de producción. Plantea la lucha de clases hasta desaparecer la
clase burguesa y el triunfo del proletariado.
Lo positivo es que trata de poner freno a la absolutización de la propiedad o el dinero,
en perjuicio de los desprotegidos.
En lo negativo, elimina la propiedad privada, dando al estado la función de
empresario, industrial o comerciante y coarta la iniciativa del hombre, oprimiendo el
capitalismo.
ESTADO DE BIENESTAR O LIBERALISMO PROGRESISTA Y EL SOCIALISMO
DEMOCRATICO, del siglo XX, considerar que el estado puede dirigir la economía pero sin
sustituir al sector privado.
El concepto Estado del bienestar se utiliza para denominar -en ciencias políticas,
etc.- una aproximación o propuesta política o modelo general del Estado u organización
social, usualmente entendida como una según la cual el Estado provee ciertos servicios o
garantías sociales a la totalidad de los habitantes de un país. Más que un concepto
especifico, se considera que el término es una categoría práctica para designar ya sea un
conjunto de propuestas o una propuesta general acerca de cómo el estado debe o puede
proceder.
Es referente el economista JOHN M. KEYNES, exponente del liberalismo democrático, y
otros políticos europeos, esencialmente.
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NEOLIBERALISMO (de WIKIPEDIA)
El término neoliberalismo, proviene de la abreviación de neoclassical liberalism
(liberalismo neoclásico), es un neologismo que hace referencia a una política económica con
énfasis tecnocrático y macroeconómico que considera contraproducente el excesivo
intervencionismo estatal en materia social o en la economía y defiende el libre mercado
capitalista como mejor garante del equilibrio institucional y el crecimiento económico de un
país, salvo ante la presencia de las denominadas fallas del mercado.[
El neoliberalismo, como política tecnocrática y macroeconómica (y no propiamente
filosófica), tiene una dimensión geopolítica mercantilista ajena en la práctica al liberalismo
económico propiamente dicho, es decir el neoliberalismo no es necesariamente sinónimo de
mercado libre -sin trabas burocráticas ni privilegios sectoriales-, razón que explicaría que
sea asociado al corporativismo internacional.
En todos los casos, los teóricos denominados neoliberales afirman que la mejor
manera de alcanzar la distribución de la riqueza y el bienestar de los individuos es mediante
un crecimiento total del producto, que por su propia dinámica permea al total de los
integrantes de la sociedad (la llamada trickle down policy); como liberales promueven
«mediante el beneficio individual, alcanzar el beneficio de toda la sociedad».
ESTADO SOCIAL DE DERECHO:
A diferencia con el Estado del Bienestar, el Estado Social de Derecho no busca avanzar
hacia el socialismo; no intenta transformar al Estado en propietario de los medios de
producción ni se ve como promotor de igualdad social en un sentido amplio. Sus principales
objetivos son, por un lado, dar un marco regulatorio al capitalismo a fin de asegurar que las
reglas de la Competencia (economía) realmente se implementen (se implementen
"funcionalmente, en el lenguaje de la escuela) y, segundo, que los beneficios de la actividad
económica se extiendan a la sociedad entera en relación a los esfuerzos personales pero
evitando extremos de privación o injusticias.
El Estado social es un sistema que se propone de fortalecer servicios y garantizar
derechos considerados esenciales para mantener el nivel de vida necesario para participar
como miembro pleno en la sociedad.
• Asistencia sanitaria. • Salud
• Educación pública. • Trabajo y vivienda dignos,
• Indemnización de desocupación, subsidio familiar.
• Acceso practico y real a los recursos culturales: (bibliotecas, museos, tiempo libre).
• Asistencia del inválido y del anciano.
• Defensa del ambiente natural. • Garantiza los denominados derechos sociales
mediante su reconocimiento en la legislación.
Provee la integración de las clases sociales menos favorecidas, evitando la exclusión y
la marginación, de compensación de las desigualdades, de redistribución de la renta a
través de los impuestos y el gasto público. Utiliza instrumentos como los sistemas de
educación y sanidad (en mayor o menor grado públicos o controlados por el estado,
obligatorios o universales y gratuitos o subvencionados), financiados con cotizaciones
sociales. Se tiende a la intervención en el mercado y la planificación de la economía, todo
ello en contra de los principios del liberalismo clásico.
En la práctica política, tanto el Estado Social como la Economía Social de Mercados son
a menudo confundidos con el Estado del bienestar (Welfare State). Esta confusión es a
veces natural, producto de la confluencia de resultados e intereses de ambos proyectos
pero a veces parece intencional, debido a consideraciones ideológicas o de debate.
1. DOCTRINA. CONCEPTO
Doctrina (del latín doctrina) es un conjunto coherente de enseñanzas o
instrucciones. Pueden estar basadas en un sistema de creencias sobre una rama de
conocimiento, campo de estudio o ciencia concreta, especialmente al cuerpo del dogma de
una religión, tal como es enseñado por las instituciones religiosas; ser los principios o
posiciones que se mantienen respecto a una materia o cuestión determinadas; o un sistema
de postulados, científicos o no (frecuentemente con la pretensión de validez general o
universal).
En el ámbito jurídico, doctrina jurídica es la idea de derecho que sustentan los juristas.
Si bien no originan derecho directamente, es innegable que en mayor o menor medida
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influyen en la creación del ordenamiento jurídico. También se utiliza la palabra doctrina
para referirse a un principio legislativo.
El término adoctrinamiento ha adquirido connotaciones negativas a partir del siglo
XX, viniendo a ser sinónimo de reeducación o lavado de cerebro.
La diferencia entre doctrina y educación consiste en que en la educación se persigue
que el educando (la persona a educar) permanezca lo más externamente posible a los
conocimientos acumulados y los analice; mientras que en la adoctrinación, el educando
permanece dentro del cuerpo de conocimientos o creencias y absorbe sus enseñanzas. Por
ejemplo, estudiar teología puede considerarse como un proceso de adoctrinación, cuyo
equivalente educativo sería el estudio comparativo de las religiones
Las ideas gobiernan al mundo, son su soporte y fundamento.
Las doctrinas no tienen fuerza por sí mismas, deben encarnar en la voluntad humana y
convertirse en móvil de su acción, es decir, realizarse a través del obrar humano-
Las doctrinas: Son producto de su tiempo;
Justifican o anticipan el orden social;
Pueden clasificarse en conservadores, revolucionarios, reaccionarias y utópicas.
Su influencia política está en relación directa con el sistema de representaciones
que postulan, las expectativas que ofrezcan, los factores de poder que conjuguen y la
adhesión que despierte.
Racionalizan la conservación o transformación de la organización política y del
ordenamiento social.
Las realizaciones políticas materializan parcial o totalmente las doctrinas.
9. AYUDA-MEMORIA- DERECHO POLITICO UNINORTE Mónica Soledad Duarte 122
UNIDAD 3 – DERECHO POLITICO
1. CONCEPTO DE DERECHO. 2. CONCEPTO. DERECHO POLÍTICO.3.
DETERMINACIÓN DE SU OBJETO Y CONTENIDO: EL DERECHO. 4. EVOLUCIÓN
DEL DERECHO POLÍTICO.
1. CONCEPTO DE DERECHO
DERECHO m. (lat. directum). Conjunto de las leyes y disposiciones que
determinan las relaciones sociales desde el punto de vista de las personas y de la
propiedad. (Sin, Ver Justicia y Libertad)./ Facultad de hacer una cosa, de disponer de
ella o de exigir algo de una persona: el padre tiene derecho de castigar a su hijo cuando
éste lo merece./ Estudio del Derecho: Segundo año de derecho./ Pl. Honorarios: cobrar
derechos de autor por un libro./ Derechos civiles, aquellos cuyo ejercicio garantiza el
código civil a todos los ciudadanos: El derecho de testar es un derecho civil. Derecho
natural, conjunto de reglas basadas en la justicia natural. Derecho positivo, el
establecido por las leyes: el derecho positivo está destinado a suplir las deficiencias del
derecho natural./ Derecho de gentes o internacional, el que determina las relaciones
entre los pueblos./ Conjunto de leyes pertenecientes a una materia determinada:
Derecho canónico, administrativo, municipal, etc.
DERECHO, CHA adj. (lat. directus). Recto, que no está doblado ni encorvado: línea
derecha./ Perpendicular, vertical: ese árbol no está derecho./ Dícese de lo que está
colocado en el cuerpo del hombre al lado opuesto del corazón: la mano derecha es
generalmente más hábil que la izquierda./ Adv. m. derechamente: ir derecho a su
ocupación./ F. Lado derecho: la derecha de una figura./ La mano derecha./ Lado mejor
labrado de una tela./ La parte más moderada o conservadora en las actividades
políticas./ A derecha m. Adv., a mano derecha al lado derecho./ No hacer nada a
derechas, hacer todo mal" .
"Derecho deriva de la voz latina DIRECTUM, de DIRIGERE, dirigir,
encauzar, y que significa lo que está conforme a la regla, a la norma. Derecho
se dice en italiano DIRITTO; en portugués, DIREITO; en rumano, DREPTU; en
francés, DROIT; en inglés, RIGHT; en alemán, RECHT; en holandés REGHT".
De lo anterior se puede deducir que la palabra derecho "lleva en muchas lenguas la
idea de rectitud, corrección, orden, etc" .
Para MANUEL KANT "el derecho se reduce a regular las acciones externas de los
hombres y a hacer posible su coexistencia". Lo define como "el conjunto de las
condiciones por las cuales el arbitrio de cada uno puede coexistir con el arbitrio de los
demás, según una Ley universal de libertad".
GUILLERMO FEDERICO HEGEL, en cambio, sostiene que el derecho es "la existencia
del querer libre" , es decir que es la misma libertad como valor sublime en su
manifestación externa.
Para el "restaurador de los estudios autenticamente filosóficos", GIORGIO DEL
VECCHIO, el derecho es "la coordinación objetiva de las acciones posibles entre varios
sujetos, según un principio ético que las determina excluyendo todo impedimento".
Máximo Pacheco, admirador y discípulo de este gran maestro, comenta así la idea de
Del Vecchio: "Como el derecho señala el límite entre el obrar de varios sujetos, su
transgresión implica una invasión en el campo jurídico que circunscribe la actividad
ajena, dentro del cual va siempre comprendida la facultad de repeler la agresión, la
cual, como todas las demás facultades jurídicas, entraña no una necesidad sino una
posibilidad ética. Derecho y posibilidad jurídica de impedir el agravio, es decir, Derecho
y coercibilidad, son fundamentalmente inseparables. La coercitividad -no la coacción- ,
esto es la posibilidad jurídica de obligar, es una nota esencial del derecho, sin la cual
éste no puede ser pensado. Precisamente unos de los rasgos que mayor significación
histórica otorgan a Del Vecchio es su defensa de la naturaleza coercitiva del derecho..."
10. AYUDA-MEMORIA- DERECHO POLITICO UNINORTE Mónica Soledad Duarte 122
RUDOLF VON IHERING define el derecho como "la suma de las condiciones de la
vida social en el sentido más amplio de la palabra, aseguradas por el poder del estado,
mediante la coacción externa". Para él "el derecho no es una idea lógica sino una idea
de fuerza; he ahí por qué la Justicia, que sostiene en una mano la balanza en donde
pesa el derecho, sostiene en la otra la espada para hacerlo efectivo. La espada sin la
balanza es la fuerza bruta, y el derecho sin la espada es el derecho en su impotencia" .
FRANCISCO CARNELUTTI concibió el derecho como "un sistema de comandos
destinados a componer los conflictos de intereses entre los miembros de un grupo
social... El comando jurídico tiene por fin solucionar el conflicto de intereses. Si los
hombres no tuviesen intereses opuestos, dejaría de tener razón el orden jurídico." En
otra de sus geniales obras el autor razona de esta manera: "Estoy seguro de que en la
mente de mis oyentes la palabra derecho suscita la idea de Ley; incluso, la de ese
conjunto de leyes que se llaman códigos. Es una definición empírica, pero
provisionalmente podemos aceptarla: Un conjunto de leyes que regulan la conducta de
los hombres...".
FRANCOIS GENY dice que el Derecho es el "conjunto de las reglas, a las cuales está
sometida la conducta exterior del hombre, en sus relaciones con sus semejantes, y que,
bajo la inspiración de la idea natural de justicia, en un estado de la conciencia colectiva
de la humanidad, aparecen susceptibles de una sanción social, en caso de necesidad
coercitiva, son o tienden a ser provistas de esa sanción y de ahora en adelante se ponen
bajo la forma de mandatos categóricos dominando las voluntades particulares para
asegurar el orden en la sociedad".
Derecho es "el conjunto de normas coercibles que rigen la convivencia social",
consideró ABELARDO TORRE.
LEON DUGUIT prefiere definir la regla de derecho y allí se encuentra su idea central
sobre el derecho: "La regla de derecho es una línea de conducta que se impone a los
individuos que viven en sociedad, regla cuyo respeto es considerado en un momento
dado, por un grupo social, como la garantía del interés común y cuya violación trae la
reacción colectiva contra el autor de la violación".
Como puede observarse la mayoría de definiciones que tienden a dar un
CONCEPTO DEL DERECHO, desde el ángulo objetivo, tienen unos puntos en común que
describen características propias de él y que podemos resumir así:
1- La mayoría lo describe como un CONJUNTO DE REGLAS (identificación con el
objeto de la ciencia del derecho), sin que eso signifique que los otros puntos de vista
sean insignificantes.
2- La mayoría atribuye al derecho, tal que conjunto de normas, la función de
REGULAR LAS RELACIONES DE LA CONDUCTA HUMANA, DEL COMPORTAMIENTO DEL
HOMBRE.
3- La mayoría cree que el fin es el de permitir al hombre SU VIDA EN SOCIEDAD,
EL BIEN COMUN, LA JUSTICIA, etc.
4- La mayoría es consciente del carácter COERCIBLE de las normas que lo
componen.
2. CONCEPTO. DERECHO POLÍTICO.
DERECHO POLÍTICO: CONCEPTO: Es el estudio de la estructura de la
organización política y sus relaciones con la sociedad, el orden y la actividad política.
OBJETO: Su objeto es la organización política. Estudia las normas constitucionales
que rigen en un Estado determinado y en una poca dada.
Algunos nombres se parecen como Ciencia Política, Teoría del Estado, Derecho
Político son voces que intentan connotar el objeto de nuestro estudio, paso ineludible
para reconocer el concepto. “...derecho político es una expresión que está mentando el
Estado de derecho, lo que de por sí importa una definición republicana; mientras que
11. AYUDA-MEMORIA- DERECHO POLITICO UNINORTE Mónica Soledad Duarte 122
Teoría del Estado suena a “estatizante”, si no a totalitaria y Ciencia Política entraña una
concepción fría, aséptica y distante del ardor de la lucha...”
Semblanza histórica acerca del vocablo.
Mario Justo López, para quien la historia de la palabra resulta fundamental, enseña
que la expresión “derecho político” ha tenido buena fortuna en el idioma castellano,
atribuyéndola a su tradición en dicha lengua
Derecho Político aparece, en efecto, como una traducción, que en épocas distintas,
se hizo de la expresión francesa “droit politique” y del alemán “staat recht” de
suerte que, siempre a decir de López, resulta importante las circunstancias que
rodearon a esas traducciones.
De todas maneras, este autor clásico - citado por Carlos Fayt en su manual -
remonta los antecedentes de la expresión hasta mediados del siglo XVI cuando Domingo
de Soto, teólogo, en su obra “de iustitia et iure” utilizó la expresión ius politicum
para referirse, de acuerdo con el concepto Aristotélico, al derecho total de la comunidad
política, comprensivo de los derechos natural, civil y de gentes.
Empero, reconoce, el vocablo en la lengua castellana comenzó a difundirse con la
circulación- clandestina- del “Contrato Social “ de Juan Jacobo Rousseau, que lleva como
subtítulo “Principios de Derecho Político”
Aun así, la expresión francesa era reciente, la había empleado Montesquieu para
dar nombre al derecho que regulaba la relación entre los gobernantes y los gobernados
y distinguirlo así del derecho civil y del derecho de gentes. En su “Espíritu de las Leyes”,
al tratar de las normas positivas nacidas como consecuencia del estado de guerra entre
los hombres, el pensador señala el “derecho de gentes” que “...rige las relaciones de los
pueblos entre sí...” considerados como habitantes de un planeta; el “derecho civil”:
“...leyes que regulan las relaciones entre todos los ciudadanos...” y el “derecho político”,
pues si a las personas “....se les considera como seres que viven en una sociedad que
debe mantenerse, tienen leyes que rigen las relaciones entre los gobernantes y los
gobernados: es el derecho político...”
Mario Justo López explica que aun cuando la expresión en francés decayó con
el uso no ocurrió así con la del castellano, que se ha mantenido hasta el presente. En
España, refiere, cobró auge durante los movimientos constitucionales de inspiración
liberal y en la Argentina apareció, por primera vez con Mariano Moreno, al tiempo de
que el prócer tradujera “El contrato social”, anotando que Juan Bautista Alberdi utilizó
reiteradamente esa expresión sin precisar su contenido.
Carlos Fayt, entiende al Derecho Político como “...el estudio de la estructura
dinámica de la organización política y sus relaciones con la sociedad, el orden y
la actividad política, incorporando el método sociológico y político, sin
abandonar el jurídico, inherente a la disciplina, por la relación funcional del
derecho con los demás elementos de la estructura de la organización
política...”, presentándolo como un sistema cuya unidad resulta de un enlace de una
teoría de la sociedad, una teoría de la organización, una teoría de la constitución y una
teoría de los actos políticos, noción a la que también adhiere Bidart Campos.
A su juicio este sistema permite re- actualizar al derecho político de acuerdo con
las transformaciones de la ciencia política contemporánea y determina su situación de
disciplina básica de todo el derecho, no sólo del derecho público, destinada a
proporcionar un conjunto de nociones fundamentales para la comprensión de la realidad
social y política contemporánea.
Para el autor, (Fayt) derecho político, en cuanto derecho, ES UNA RAMA DEL
DERECHO PÚBLICO QUE ESTUDIA LA ESTRUCTURA DINÁMICA DE LA
ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y SUS RELACIONES Y FUNCIONES.
12. AYUDA-MEMORIA- DERECHO POLITICO UNINORTE Mónica Soledad Duarte 122
3. DETERMINACIÓN DE SU OBJETO Y CONTENIDO: EL DERECHO
Su objeto es la organización política y su contenido un sistema de conceptos
derivados de una teoría de la sociedad, el Estado, la constitución y los actos políticos.
De esa manera, considera que el Derecho Político es la ciencia de la política y
sistema fundamental que comprende un conjunto de conocimientos de la
sociedad, historia, ética, el Estado, la Iglesia, el Derecho y la Constitución,
Economía, Geopolítica y la comunidad internacional, desde el punto de vista del
poder político. Tiene a la ciencia del poder como a su ciencia específica: la
actuación y conocimiento científico, creadora, orientadora y organizadora del y
por el Poder Político, de que es autor el pueblo. Por consecuencia, prosigue el
autor, integran el sistema del Derecho Político y el cuadro de materias de la ciencia
política, ese conjunto de teorías esenciales o aquellas disciplinas enumeradas por la
Unesco para la Asociación Internacional de Ciencia Política.
Sobre este particular, podemos ver, desde nuestra propia perspectiva, la lista que,
con sentido empírico, la UNESCO elaboró respecto de la ciencia política y que abarca:
I. Teoría Política
a) Teoría Política
b) Historia de las ideas políticas
II. Instituciones Políticas
a) Gobierno
b) Gobierno central
c) Gobierno regional y local
d) Administración pública
e) Funciones económicas y sociales del gobierno
f) Instituciones políticas comparadas
III. Partidos políticos y opinión pública
a) Partidos políticos
b) Grupos y asociaciones
c) Participación del ciudadano en el gobierno y la administración
d) Opinión pública
IV. Relaciones internacionales
a) Política internacional
b) Política y organización internacional
c) Derecho internacional
Extraído de http://jorgepfleger.blogspot.com)
4. EVOLUCIÓN DEL DERECHO POLÍTICO
En su libro “Derecho Político”, Carlos S. Fayt enseña que Mariano de Vedia y
Mitre, que inauguró la Cátedra de Derecho Político en la Facultad de Derecho de Buenos
Aires en 1925, comprendió dentro de los dominios del Derecho Político a la teoría del
Estado y a la historia de las ideas políticas. El profesor de Vedia y Mitre, según el
maestro, había considerado que el derecho político “...encara al Estado por los
procedimientos de investigación de la ciencia jurídica sin abandonar un instante el
método histórico que fija el carácter de cada institución en cada momento dado....” y
que era imposible identificar al derecho político con el derecho público entendido este
último como derecho constitucional, administrativo y penal. El derecho político, según de
Vedia, trataba acerca del régimen jurídico del Estado como fenómeno genérico y social
en tanto que el Derecho Constitucional se basaba en la interpretación de las
constituciones y leyes fundamentales, lo que se hacía patente en los diferentes métodos.
En nuestro país se habilitó con la facultad de Derecho UNA con la habilitación de la
Facultad de Derecho.
13. AYUDA-MEMORIA- DERECHO POLITICO UNINORTE Mónica Soledad Duarte 122
UNIDAD 4 – TEORIA DE LA SOCIEDAD
1. CARACTERÍSTICAS DEL HOMBRE. 2. SOCIEDAD Y COMUNIDAD.
3. RELACIONES ENTRE INDIVIDUOS Y SOCIEDAD. 4. TEORÍA SOBRE LA
NATURALEZA DE LA SOCIEDAD. 5. TEORÍA SOBRE EL ORIGEN DE LA
SOCIEDAD.
1. CARACTERÍSTICAS DEL HOMBRE
El hombre es un animal social. Esta conocida afirmación no supone necesariamente la
existencia de un instinto social congénito en la especie como tal instinto; pero es indudable
que el hombre, como otros animales, tiene características biológicas que le imponen la
necesidad de vivir en sociedad, al principio como paciente desvalido como cuya
supervivencia es imposible sin la ayuda de los agentes del grupo de que entra a formar
parte; después, cuando puede valerse por sí mismo, por las ventajas de la cooperación a
que inconscientemente se acostumbra. De este modo se engendran y desarrollan
paulatinamente los hábitos de convivencia que han convertido al hombre en el ser social
por antonomasia.
Si se ha dicho con razón que el hombre es el objeto de estudio más interesante para
los hombres, deberíamos añadir a esta sentencia que el estudio adecuado del hombre
supone el de la sociedad en que vive. Sólo entendiendo esta sociedad y conociendo la
compleja estructura de sus instituciones y los procesos dinámicos que determinan los
cambios que en ella ocurren, podemos comenzar a comprender la curiosa criatura que es el
hombre. La sociedad ha venido a ser el medio natural del hombre y fuera de ella sólo puede
vivir un animal o un dios, ha dicho el filósofo griego que hizo la afirmación proverbial con
que comenzamos estas páginas.
2. SOCIEDAD Y COMUNIDAD
SOCIEDAD. ACEPCIONES:
El término sociedad, como todos los vocablos utilizados por la ciencia política, es
usado con tanta frecuencia y con tantos sentidos diferentes, que ese valor de uso se
proyecta haciéndolo multívoco, fluido y conceptualmente indeterminado. Esa
determinación se observa en su acepción vulgar, política y sociológica.
El hombre es un ser social, está inmerso en la sociedad desde que nace hasta que
muere. Pero resulta difícil dar un definición exacta de la sociedad, por eso presentaremos
primero algunas definiciones:
"Reunión permanente de personas, pueblos o naciones que conviven y se relacionan
bajo unas leyes comunes"
"Agrupación de individuos con el fin de cumplir las finalidades de la vida mediante la
cooperación mutua"
"Es un gran número de seres humanos que obran conjuntamente para satisfacer sus
necesidades sociales y que comparten una cultura común"(Fichter) En esta definición se
distingue mejor la sociedad del grupo, pues este último comprende solo una parte de la
sociedad y también porque la cultura de una sociedad es más amplia que la de una persona
o la de un grupo.
"Sistema o conjunto de relaciones que se establecen entre los individuos y grupos con
la finalidad de constituir cierto tipo de colectividad, estructurada en campos definidos de
actuación en los que se regulan los procesos de pertenencia, adaptación, participación,
comportamiento, autoridad, burocracia, conflicto y otros"
14. AYUDA-MEMORIA- DERECHO POLITICO UNINORTE Mónica Soledad Duarte 122
2. Características.
En una definición mas completa podemos citar las siguientes:
a) "Las personas de una sociedad constituyen una unidad demográfica, es decir,
pueden considerarse como una población total"
b) "La sociedad existe dentro de una zona geográfica común"
c) "La sociedad está constituida por grandes grupos que se diferencian entre sí por
su función social"
d) "La sociedad se compone de grupos de personas que tienen una cultura
semejante"
e) "La sociedad debe poderse reconocer como una unidad que funciona en todas
partes"
f) "Finalmente, la sociedad debe poderse reconocer como unidad social separada"
ACEPCIÓN VULGAR: Se usa como sinónimo de consorcio, liga, reunión, círculo,
confederación, reunión, compañía, gremio, corporación, unión. Se la utiliza tanto para
referirse a todo el género humano, como a una relación transitoria.
ACEPCIÓN POLÍTICA: El término ha sido utilizado como sinónimo de comunidad
política, como género de la especie comunidad política y como antagónica a la comunidad
política.
ACEPCIÓN SOCIOLÓGICA: El término sociedad es empleado para designar,
indistintamente: 1) el hecho de la interacción; 2) las formas de interacción (comunidad,
sociedad y asociación), y 3)) los productos de la interacción, es decir, los grupos,
formaciones o agrupamientos humanos.
CON REFERENCIA AL DERECHO POLÍTICO: En lo que se refiere a nuestra
disciplina, el término social tiene dos sentidos, uno amplio genérico, otro específico.
En sentido genérico, es el conjunto de interacciones humanas.
En sentido específico, es el conjunto de individuos relacionados entre sí por la acción
recíproca de la vida común.
En su sentido amplio, basta que haya interacción humana para que exista sociedad;
en su sentido limitado, para que haya sociedad debe existir una formación social o grupo
humano, donde los hombres conviven y actúan recíprocamente relacionados.
COMUNIDAD: La palabra comunidad ha adquirido determinadas connotaciones
románticas y nostálgicas unas, despectivas y reaccionarias otras. Pero habida cuenta que
intentamos referirnos a los conceptos básicos, limitaremos nuestra exposición a los
significados más primordiales de la palabra comunidad.
Una comunidad es un grupo o conjunto de individuos, seres humanos, o de
animales que comparten elementos en común, tales como un idioma, costumbres,
valores, tareas, visión del mundo, edad, ubicación geográfica (un barrio por ejemplo),
estatus social, roles. Por lo general en una comunidad se crea una identidad común,
mediante la diferenciación de otros grupos o comunidades (generalmente por signos o
acciones), que es compartida y elaborada entre sus integrantes y socializada.
Generalmente, una comunidad se une bajo la necesidad o meta de un objetivo en común,
como puede ser el bien común; si bien esto no es algo necesario, basta una identidad
común para conformar una comunidad sin la necesidad de un objetivo específico.
En términos de administración o de división territorial, una comunidad puede
considerarse una entidad singular de población, una mancomunidad, un suburbio, etc. En
términos de trabajo, una comunidad es una empresa.
La participación y cooperación de sus miembros posibilitan la elección
consciente de proyectos de transformación dirigidos a la solución gradual y progresiva de
las contradicciones potenciadoras de su autodesarrollo.
En un sentido básico, el concepto de comunidad significa "todas las formas de
relación que se caracterizan por un elevado grado de intimidad personal, profundidad
emocional, compromiso moral, cohesión social y continuidad en el tiempo... puede
encontrarse en... localidad, religión, nación, raza, profesión o (causa común). Su
arquetipo... es la familia"
15. AYUDA-MEMORIA- DERECHO POLITICO UNINORTE Mónica Soledad Duarte 122
Desde otra perspectiva. una comunidad es un grupo global con dos
características principales: (1 ) lugar donde el individuo puede encontrar la mayor parte de
las actividades y experiencias, que le son importantes. (2) El grupo esta unido, entre sí, por
un sentido compartido de la posesión, así como por un sentimiento de identidad.
DISTINCIÓN: La comunidad es la unión de personas en forma espontánea, donde
no ha influido ninguna decisión racional, se produce en forma involuntaria. Se distingue de
la sociedad porque esta es la unión de dos o más personas en forma racional, situación
que se produce por una elección de sus miembros, en forma voluntaria. La comunidad
(tribus, clan) es anterior a la sociedad.
La primera como forma ideal o artificial y mecánica, la segunda como centro de vida
real y orgánica.
3. RELACIONES ENTRE INDIVIDUOS Y SOCIEDAD.
Individuo: unidad menor que compone la sociedad, el ser humano.
Sociedad: grupo humano, unido e independiente respecto a otros.
Se caracteriza por tener una continuidad temporal que supera la de sus integrantes
·Sociología: ciencia social que se ocupa de la sociedad y de los individuos que la
integran.
Estas relaciones las podemos valorar desde distintas posturas: ·colectivismo.
Concepción social que defiende que el individuo es sólo una pieza más del engranaje social,
sustituible y reemplazable. ·Individualismo. Opuesto al colectivismo, valora por encima de
todo al individuo y sus necesidades y preferencias. ·humanismo. Es un punto medio entre
ambas teorías, apunta por el equilibro entre el interés colectivo y el respeto por la
individualidad. Es el común en las sociedades democráticas.
Las tensiones producidas entre el individuo y la sociedad se pueden deber a:
·El rechazo: se produce cuando el grupo mayoritario no acepta a algunos miembros
como miembros de pleno derecho.
·Autoexclusión: se produce cuando el individuo no se identifica con su sociedad, y
vive ignorando sus normas y costumbres. // Estas tensiones tienen numerosas
consecuencias, algunas como: ·La marginación: aquel que es rechazado por la sociedad se
aísla del resto de individuos, y puede llegar a sufrir deficiencias afectivas, económicas y
culturales.
·La violencia: el marginado por la sociedad recurre a la violencia para reivindicar sus
necesidades básicas, tales como alimento, higiene, vivienda,etc. // Cuando la sociedad
respeta al individuo y le favorece, éste se siente satisfecho con su entorno y asume todo lo
que esto comporta, como las normas y costumbres de la sociedad. El individuo también
debe promover el bien social, responsabilizándose con la sociedad. Esto es a lo que
llamamos armonia entre el individuo y la sociedad.
Del análisis sociedad mecánica y sociedad orgánica, Durkhein deduce una idea que ha
mantenido toda su vida, y que por lo tanto se encuentra en el centro de toda su sociología,
la que afirma que el individuo nace de la sociedad y no la sociedad de los individuos.
La primacía de la sociedad con respecto al individuo tiene por lo menos dos sentidos,
que en el fondo de ningún modo son paradójicos.
El primer sentido es el de la prioridad histórica de la sociedades en que los individuos
se asemejan unos a otros y por así decirlo están perdidos en el todo, sobre la sociedades
cuyos miembros han adquirido al mismo tiempo conciencia de su responsabilidad y
capacidad para expresarla. La sociedades colectivistas, donde cada uno se asemejaba a
todos, son históricamente las primeras.
De esta prioridad histórica resulta una paridad lógica en la explicación de los
fenómenos sociales. Si la sociedad mecánica ha precedido a la sociedad orgánica, no es
posible, en efecto explicar los fenómenos y diferenciación social y de solidaridad orgánica
16. AYUDA-MEMORIA- DERECHO POLITICO UNINORTE Mónica Soledad Duarte 122
partiendo de los individuos. Afirmar que los individuos se han dividido el trabajo y han
atribuido a cada uno cierto oficio, con el fin de aumentar la eficacia del rendimiento
colectivo, implica suponer individuos diferentes unos de otros y conscientes de su
diferencia, antes de la diferenciación social. En realidad, la conciencia de la individualidad
no podía existir antes de la solidaridad orgánica y la división del trabajo. La búsqueda
racional de un rendimiento acrecentado no puede explicar la diferenciación social, pues esta
búsqueda supone precisamente la diferenciación social.
ESTADO Y SOCIEDAD
La relación entre sociedad y Estado no es ni de identidad, ni de oposición. La
sociedad es vida humana en interacción y los productos de esa interacción. El Estado
tiene su origen y existencia en una de esas formas de interacción, las relaciones políticas.
Esto lo convierte en una formación social, en forma de convivencia entre otras formas de
convivencia. La sociedad y el Estado se encuentran recíprocamente condicionados. Esta
es la única relación general posible.
Las fuerzas o grupos sociales que influyen en la génesis de la decisión política
puede clasificarse del modo sigte.:
1) Grupos estatales, Legislativos, Ejecutivos y Judiciales.
a) Las fuerzas armadas.
b) El grupo tecno burocrático.
2) Grupos políticos.
a) Los partidos políticos.
b) Las fuerzas políticas no organizadas para la lucha electoral.
3) Grupos de interés.
a) Grupos de presión: operan en lo interior del poder y despliegan poder económico.
b) Grupos de tensión: operan al margen del poder y despliegan poder social.
c) Grupos de poder.
4. TEORÍA SOBRE LA NATURALEZA DE LA SOCIEDAD
• TESIS CONTRACTUALISTA (Rousseau): Las sociedades se formaron a virtud
de un contrato celebrado por todos los miembros que la integran. Antes de la celebración
del contrato de sociedad, cada hombre vivía en un edo. de naturaleza, es decir que cada
quien era de libre de hacer lo que le placiera, no existía el edo. o la autoridad, o leyes
que limitaran su actuar por lo que se llegó a afirmar que el hombre era el logo del propio
hombre. Esta doctrina establece que la vida social no es sino la manifestación de una
voluntad de los individuos, el resultado de un acuerdo que se ha producido entre ellos.
Cuando el hombre tomo conciencia de los problemas que se originaron al vivir de forma
aislada y las ventajas que se originaban al vivir con otros y que ello le permitía ser mas
fuerte que otras especies animales, ser más capaces de hacer frente a los fenómenos de
la nat., es cuando determinaron crear la sociedad, mediante un pacto o convenio en el
que se desprendía de ciertas libertades que se confieren a aquel que lo representará
(gobierno).
• TESIS ORGANICISTA (Spencer): El hombre es un organismo; es un ser
sometido a las leyes biológicas. La sociedad integrada por organismos humanos es,
igualmente un organismo, no comparable o semejante sino un organismo como tal.
Tanto en los organismos comúnmente aceptados y en la sociedad existe una
interdependencia de las partes hacía el todo, ambos están compuestos de unidades que
son células o individuos, ambos tienen un sistema de nutrición, uno circulatorio (las vías
comerciales y de comunicación), un sistema óseo y esqueleto (ciudades, caminos y
puentes). Según los organicistas, las crisis económicas son enfermedades de la
sociedad; las colonias son los vástagos de la sociedad que se reproduce. La tesis
organicista propone comprender a los hombres en el grupo de “la naturaleza animada”
creando simplemente un conjunto nuevo: El reino o imperio social.
• TESIS NATURALISTA (Aristóteles): Para Aristóteles el hombre es un zoon
politikón, un animal político. El hombre no es sólo materialmente social, sino que
también es esencialmente social. Lo humano sólo se da en sociedad, Aristo. Afirma que
el hombre sólo puede escapar de la sociedad siendo dios o besia. El lenguaje sólo se da
en la sociedad, el derecho sólo se da en comunidades humanas, la guerra es también
una bárbara expresión social. El hombre se torna humano sólo cuando vive en sociedad;
17. AYUDA-MEMORIA- DERECHO POLITICO UNINORTE Mónica Soledad Duarte 122
aislado el hombre no llegaría a adquirir el leguaje, la sonrisa, la religión, el sentido de
justicia, ni la posición erguida.
• TESIS ECLÉCTICA: Es la que carece de doctrina propia, pues estima como
mejor procedimiento para alcanzar la verdad, hacer la selección de los principios y
fundamentos de lo mejor de los sistemas en pugna, en el caso toma parte de la teoría
organicista y hace otro tanto con la contractualista para fijar una postura media entre
ambas. Acepta de la tesis organicista, que la sociedad fue un organismo en épocas
remotas, pero rechaza que por modo exclusivo en todo tiempo haya sido un organismo.
Acepta que los contractualistas que hubieron en un momento en que una orda
vencedora obligó a la vencida a incorporarse a su orbita en ciertas condiciones pactadas
o impuestas, es decir, que hubo una especie de contrato en la formación de una nueva
sociedad, pero rechaza de los contractualistas la idea de que al inició de toda sociedad
haya habido un contrato. Bajo el análisis de las teorías en conflicto, la tesis ecléctica
concluye con que “las sociedades son organismos contractuales”.
NOMINALISMO: Para el nominalismo no hay sociedad, sino una suma o adición de
seres humanos, que están relacionados. La única realidad es el individuo y las realizaciones
sociales no son otra cosa que producto, exclusivamente individuales.
REALISMO: La sociedad existe como un ser superior a los individuos.
5. TEORÍA SOBRE EL ORIGEN DE LA SOCIEDAD.
1. Teoría Divina o Creacionista: para esta teoría, el ser humano, al igual que el
resto de todo lo existente, fue creado por la voluntad de un dios (yhwh, Yavé o Jehová)
quien decidió crear el universo para su propia satisfacción. en un proceso de creación
por la palabra, en el sexto día Yavé hizo al hombre y a la mujer. Atendiendo a los textos
bíblicos (Gen. 2), la creación del hombre y la mujer por Yavé, ocurrió en un lugar
geográfico recorrido por cuatro ríos, dos de los cuales continúan llevando el nombre
bíblico de Tigres y Eufrates, es decir la primera pareja humana fue creada en el país
llamado antiguamente mesopotamia que el la actualidad corresponde al territorio de
Irak.
2. Origen de la Sociedad Humana según la Teoría de la Evolución :
esta teoría fue formulada por el naturalista ingles Carlos Darwin a mediados del siglo
XIX, el la que planteo que un remoto pasado el ser humano tuvo un ancestro común
a los actuales antropoide: simios, gorilas y chimpancés. "con las declaraciones de
Darwin se inició una controversial polémica que duro generaciones. se contemplo
como contrario a las declaraciones de la bíblia, según esta teoria el hombre es
biológicamente un animal que a pasado por una serie de cambio fisicos u orgánicos
que le han permitido transformar y dominar la naturaleza para utilizarla en su propio
beneficio.
3. Origen de la Sociedad según la Teoría Sociológica : En el siglo XIX
los sociólogos y economistas aplicaron los conceptos evolucionistas a la sociedad
humana a traves de varias corrientes intelectuales. Según esta teoría la sociedad
humana surgió como producto de una lenta evolución de las relaciones de trabajo
entre los individuos que vivían en grupo debido a sus instintos gregarios de
supervivencia: necesidad de alimentación, defensa y preocupación. A raíz de la
satisfacción de estas necesidades se formaron grupos que sobrevivían en forma
comunitaria, unidos por lazos de ayuda mutua y solidaridad, necesario para
solucionar su problemas fundamentales de existencia
UNIDAD 5 – LA NACION
18. AYUDA-MEMORIA- DERECHO POLITICO UNINORTE Mónica Soledad Duarte 122
1. REALIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN. 2. LA NACIONALIDAD.
3. LA NACIÓN Y ESTADO. DIFERENCIA. 4. EL NACIONALISMO.
1. REALIDAD SOCIAL DE LA NACION
Ubicamos el estudio de la nación dentro de la parte dedicada a la teoría de
la sociedad para dejar bien aclarado que la nación es una formación sociológica y no
política, y que no se sitúa dentro de la organización política estatal.
Es desacertado afirmar que el Estado es la organización política de la Nación; y
que la Nación es la base humana de formación del Estado. Diríamos entonces que el
marco contemporáneo de la convivencia política es el “Estado-nación”, al modo como en la
antigua Grecia lo era la “ciudad-Estado”. Todo esto es erróneo.
La palabra “nación”, es una comunidad espontánea formada por hombres que
tienen algo en común: base étnica, cultura, religión, lengua, historia, etc. Es comunidad
porque no se origina voluntaria ni reflexivamente, sino que se forma espontáneamente; por
eso, se nace dentro de una nación sin elección previa.
Ahora bien, esta comunidad espontánea es un grupo social cuya única realidad
consiste en la suma y pluralidad de miembros que lo componen. Sabemos que hay grupos o
formas de sociabilidad que se organizan, que se recubren de estructuras (por ej. La
universidad, un club, una asociación civil, una iglesia), y otros grupos o formas de
sociabilidad que permanecen inorganizados, difusos, sin revestirse de estructuras. La
nación es una de las comunidades o uno de los grupos que no se organizan ni se pueden
organizar. Y no se puede organizar porque su propia naturaleza lo impide, según en seguida
lo explicaremos.
Por de pronto, si la nación es una comunidad cuya realidad consiste en la suma total
de hombres que la forman, no es una institución ni una persona moral, y por lo tanto, no
puede adquirir personalidad jurídica (como persona de derecho publico). En su seno se dan
relaciones y procesos sociales, pero jamás enmarcados dentro de una estructura, sino fuera
de ella, nada más que en el área de una sociabilidad espontánea no organizada.
Ahora podemos decir que esa palabra en singular: “Nación”, denota nada más que el
conjunto de individuos que tienen una misma nacionalidad; es un nombre colectivo,
análogo en cuanto tal a pueblo, que también es un nombre colectivo. Pero nación y
pueblo son radicalmente diferentes en su realidad sociológica. El pueblo o la población
es la totalidad de hombres que compone el elemento humano de un Estado; el pueblo es
una suma de hombres dentro de una organización política. La nación, al contrario, es
la totalidad de hombres con una nacionalidad común (los “nacionales”) que nunca conviven
dentro de un mismo Estado. Puede ser que la mayor parte de la población de un Estado
esté formada por hombres de una misma nacionalidad, pero otros hombres de esa
nacionalidad están fuera de ese Estado y dentro de otro, y hombres de nacionalidad distinta
forman parte de la población mayoritariamente nacional del Estado que tomamos por
ejemplo.
Si la población de un Estado es mayoritariamente nacional, porque la integran
individuos de una misma nacionalidad, esa población presenta homogeneidad nacional. Eso
no quiere decir que la nación a que pertenecen esos individuos esté dentro de ese Estado, y
mucho menos que se convierta en Estado, porque necesariamente algunos nacionales
quedan fuera de tal Estado y dentro de otro, y nacionales de otras naciones - aunque sea
como minorías — forman la población juntamente con un grupo mayoritario nacional
distinto. Empíricamente es imposible secuestrar a todos los miembros de una misma
nación dentro de un Estado, e impedir que miembros de otras nacionalidades formen parte
de su población.
En suma, lo único sociológicamente posible es que la población o elemento humano de
un Estado se forme con un grupo mayoritario de hombres que tienen una misma
nacionalidad. Ese grupo jamás abarcará a la totalidad de nacionales, y por eso, ese grupo
no es “la nación”, sino una parte de ella, una cantidad o porción numérica de la misma, un
sector —tal vez mayoritario - de sus miembros.
2. LA NACIONALIDAD:
A. Sinónimo de nación. Se usa en ocasiones para denominar a una nación que
19. AYUDA-MEMORIA- DERECHO POLITICO UNINORTE Mónica Soledad Duarte 122
no tiene en ese momento Estado propio. B. Situación individual de pertenencia a una
nación. C. Se usa vulgarmente como sinónimo de ciudadanía.
Los hombres que la forman tienen una nacionalidad común, son nacionales. Y la tienen
espontáneamente, a título de miembros que han nacido dentro de ese grupo social. Tal
nacionalidad no depende de lo que la constitución o la ley de cada Estado establecen, sino
de la realidad social.
La nacionalidad de las personas está regulada por el derecho positivo de los
Estados, cuando - por ejemplo - la constitución o las leyes dicen: “son nacionales los
nacidos en el territorio del Estado”. Al respecto, todos sabemos que el derecho positivo de
los Estados adjudica a los hombres una nacionalidad, y que para eso adopta sistemas
distintos y opuestos: unos otorgan la nacionalidad según el lugar donde se nace (ius solí);
otros según la nacionalidad de los padres (ius sanguinis), por lo que resulta fácil
comprender que esta nacionalidad depende del derecho estatal (Constitución y leyes), que
se lo considera es artificial e imperativa y no espontánea. No es la nacionalidad sociológica
que se adquiere espontáneamente sin sujeción a ninguna regulación jurídica.
Por consiguiente, esta nacionalidad, su estudio se encuadra al derecho
constitucional positivo de cada Estado, y no dentro del estudio de la ciencia política.
Pero de cualquier modo, esta nacionalidad adjudicada artificialmente por el Estado ha
de recibir algún calificativo, para no confundirse con la nacionalidad a secas; la llamaremos
“nacionalidad política”, y la conceptuaremos como la situación jurídica de un hombre
frente al Estado que le otorga dicha nacionalidad. Este vínculo de la nacionalidad política,
que conecta a un hombre con un Estado, nada tiene que ver con la nacionalidad en sentido
sociológico que conecta espontáneamente a un hombre con una nación.
En síntesis: a) la nacionalidad en sentido sociológico, o nacionalidad a secas, es
un vínculo espontáneo que une a un hombre con una nación, y que le hace ser miembro o
parte de ella; b) la nacionalidad “política” es artificial, depende de lo que el derecho
positivo de cada Estado establece (la Constitución y las leyes), y vincula a un hombre con
un Estado.
Referencias: La Constitución de 1992 de nuestro país según lo dispuesto por su
Artículo 146 de la Constitución ‘de la nacionalidad natural” señala que: Son de
nacionalidad paraguaya natural:
1. las personas nacidas en el territorio de la República;
2. los hijos de madre o padre paraguayo quienes, hallándose uno o ambos al
servicio de la República, nazcan en el extranjero;
3. los hijos de madre o padre paraguayo nacidos en el extranjero, cuando
aquellos se radiquen en la República en forma permanente, y
4. los infantes de padres ignorados, recogidos en el territorio de la República.
La formalización del derecho consagrado en el inciso 3 se efectuará por simple
declaración del interesado, cuando, este sea mayor de dieciocho años. Si no los hubiese
cumplido aún, la declaración de su representante legal tendrá validez hasta dicha edad,
quedando sujeta a ratificación por el interesado.
Normalmente, los países europeos o colonialistas optan por el principio del jus
sanguinis para aumentar sus identidades nacionales en los territorios exteriores ocupados,
en cambio, los países americanos, como producto de la conquista, prefirieron el jus solis
para defender sus identidades nacionales. Del Artículo Constitucional se deduce que el
Paraguay acepta ambos principios de pertenencia para reconocer la nacionalidad paraguaya
natural.
El inciso 1 y el 4 adscriben al jus solis, y el inciso 3 al jus sanguinis. Con la única
diferencia que en los incisos primero y cuarto, la nacionalidad, se adquiere en forma
automática y en el caso del inciso tercero hace falta un trámite especial ante la Corte
Suprema de Justicia. El inciso 2, es especial, porque le otorga la nacionalidad natural a los
hijos de madre o padre paraguayos hallándose uno o ambos, al servicio de la República,
nacidos en el extranjero, sin necesidad de trámite burocrático alguno ante la Corte
Suprema de Justicia.
Imposibilidad de que la nación se organice o se personifique.
20. AYUDA-MEMORIA- DERECHO POLITICO UNINORTE Mónica Soledad Duarte 122
La nación como comunidad social no es susceptible de organizarse. La nación no se
politiza, no adquiere estructura política ni revestimiento jurídico, no se
conglomera dentro de un Estado, y mucho menos se convierte en Estado. Al no
ser persona moral, sino mera pluralidad de hombres de una misma nacionalidad, tampoco
se transforma en Estado.
Por eso es falso decir que Nación y Estado se identifican, o que la nación se hace
política en el Estado, o que el Estado es la personificación jurídica de la Nación, o
que el Estado es la nación organizada. No hay ni puede haber “Estado-nación” como en
la antigua Grecia. La nación estatizada es un dogma del pensamiento político francés que
no tiene realidad, por más que lo declamen y lo formulen muchas constituciones o leyes.
Son equivocadas las normas que aluden a que tal o cual nación adopta tal o cual
forma de gobierno, o las que se refieren a los habitantes de la nación, etc. En todas
ellas se está usando la palabra “nación” como sinónimo de la palabra “Estado” en una
confusión de conceptos inadmisible.
El principio de las nacionalidades, que en la parte de historia política se inserta
dentro del tema del nacionalismo, puede aceptarse no en el sentido de cada nación forme o
deba formar un Estado independiente (cada nación ha de tener su Estado propio), porque
eso es imposible, sino en el sentido que a veces es conveniente que la población de un
Estado presente homogeneidad nacional, es decir, que se forme mayoritariamente con
hombres de una misma nacionalidad.
La aplicación de este principio conduce a dos resultados distintos:
a) cuando en un Estado conviven grupos de distinta nacionalidad relativamente
equivalentes en cantidad, influencia, peso cultural, etc., y esa convivencia se torna difícil
por la disimilitud entre tales grupos, es aconsejable que con cada uno de esos grupos
nacionales se forme el mayor contingente de población de otros tantos Estados
independientes; es un movimiento de desmembración, que tiende a componer varios
Estados donde hay uno solo;
b) cuando grupos de la misma nacionalidad forman parte de la población de
Estados distintos, puede convenir la unificación de éstos en un solo Estado; es un
movimiento de unidad, inverso al anterior. Pero en ninguna de ambas hipótesis es dable
afirmar que la nación se convierte en Estado, o que se forma un Estado para organizar a
una nación. Se trata solamente de problemas de composición de la población, y de
formación de Estados con población nacionalmente homogénea.
Si la nación como conjunto de nacionales está al margen del Estado y no se politiza ni
organiza, huelga decir que la nación no es una comunidad de base territorial, y que no
tiene poder ni gobierno. La nación no existe en un marco físico, porque la dimensión
geográfica de la convivencia humana no se da en la nación sino en el Estado.
Ahora bien, si la nación no tiene ninguno de los elementos que componen al Estado,
la Nación precisa para surgir o nacer, que un grupo humano conviva con cierta proximidad
física durante un tiempo a efectos de adquirir los rasgos comunes que van a caracterizar a
la nacionalidad; podríamos decir que en esa etapa de surgimiento hace falta el territorio,
pero no como un elemento de la nación, sino como una base de acercamiento para la
convivencia de hombres que, con el tiempo y la vida en común, van a perfilar la
nacionalidad. Una vez formada la nación, la unidad geográfica de convivencia no hace falta,
y la nacionalidad común puede mantenerse entre hombres que viven en territorios de
Estados diferentes. La nación judía ha sobrevivido durante los casi dos siglos de la diáspora,
y el actual Estado de Israel no es la nación judía organizada, sino un Estado cuya población
es, o pretende ser, homog6neamente nacional, sin perjuicio de que dentro de ese Estado
haya hombres de otras nacionalidades, y de que fuera de él haya hombres de nacionalidad
judía en todos los demás Estados del mundo
3. NACIÓN Y ESTADO.
21. AYUDA-MEMORIA- DERECHO POLITICO UNINORTE Mónica Soledad Duarte 122
CONCEPTOS: Nación es el conjunto de los habitantes de un país regidos por el
mismo gobierno.
Es una comunidad, determinada objetivamente por el nacimiento o su
asimilación y subjetivamente por nexos sociológicos, como el lenguaje, la religión, los
usos, costumbres y hábitos de vida, y psicológicos, como la voluntad de pertenencia y
conciencia de poseer un origen un destino común, que se resuelven en determinadas
formas de vida en común, cooperación y solidaridad. No predominan en ella los factores
naturales sino los culturales. Los derechos políticos están reservados a los nacionales.
Nación.
El concepto de Nación alude a ciertos elementos comunes de la sociedad, tales
como la comunidad territorial, de lengua y de cultura, pero esa unidad no hace referencia a
los distintos grados de participación de los individuos en los bienes culturales y materiales
de la sociedad.
La Nación se concibe como una unidad indivisible, si bien integrada por una suma
de individualidades; sus únicos componentes reconocidos eran los individuos, considerados
como “universalidad de los ciudadanos”.
El concepto de Nación supone en sus inicios una idea de homogeneidad e igualdad.
La necesidad de hacer coincidir Estado y Nación bajo el concepto genérico de
Estado Nacional propició una serie de medidas estatales conducentes a la construcción
nacional. El Estado asume un papel activo que se acrecienta sobre todo después de la
segunda mitad del siglo XIX.
Pueblo y Nación, consideran al conglomerado humano desde el punto de vista
anatómico, en tanto que los términos Sociedad y Estado designan al mismo conglomerado
desde un punto de vista fisiológico, desde el punto de vista de su funcionamiento. Un grupo
social se llama Pueblo o Nación, cuando se le considera únicamente como existente, y se
llama Sociedad o Estado, cuando se le considera como viviente (debe recordarse que todas
las cosas existen, pero no todas las cosas viven).
Pueblo y Nación son los vocablos para designar las estructuras colectivas. Sociedad y
Estado son los términos para designar los fenómenos colectivos
ESTADO: Es una sociedad humana territorial y políticamente organizada mediante
una autoridad o gobierno que regula de un modo determinando la convivencia social.
El Estado es la organización del poder político dentro de una comunidad nacional,
y en este sentido, una formación social moderna.
Diferencias;
SEGÚN FRESCURA Y CANDIA
2. LA NACION en general es anterior al Estado y este constituye la organización
política- jurídica de aquella.
3. Pueden existir naciones diversas dentro de un mismo estado. Ej. El
vaticano.
La diferencia esencial que existe entre ambos, es que la nación se forma y tiene
vida por la reunión de los elementos (territorio, población y poder), no siendo por tanto
una creación artificial ni arbitraria, tiene un proceso de formación generalmente largo. En
tanto que el estado es una creación de los hombres, tiene su origen y existencia en una de
esas formas de interacción, las relaciones políticas.
Es la Nación asentada en un territorio determinado, sujeta a una organización jurídica
- política creada soberanamente. Los Estados pasan, las naciones, quedan; ya que hubo
Estado esclavista, feudal, etc., en una misma Nación. En un Estado puede haber varias
naciones, pero no se concibe una nación que contenga varios Estados.
Los individuos que forman una Nación tienen un sentido de Patria y se sienten ligados
a un territorio; el estado Nación puede derivar de un tratado, o de una voluntad de los
políticos que en un momento determinado deciden trazar sus fronteras…
22. AYUDA-MEMORIA- DERECHO POLITICO UNINORTE Mónica Soledad Duarte 122
4. EL NACIONALISMO
Es importante ver algunos conceptos esenciales:
País: Expresión geográfica, histórica y política que se usa indistintamente como
sinónimo de nación, región y Estado.
Estado: Estructura pública que ejerce el Poder y la Administración sobre una
población y un territorio con plena Soberanía (es decir, sin depender de una Autoridad
superior).
Ciudadanía: Situación en la que una persona forma parte de la población reconocida
de un Estado y por tanto posee los derechos y deberes propios de sus individuos.
Nacionalismo: Movimiento político y cultural que afirma y defiende las características
propias de un pueblo.
Por sus contenidos políticos, ideológicos y sociales han existido y existen
diferentes tipos de nacionalismos:
A. Nacionalismos conservadores
B. Nacionalismos populares o progresistas
Por sus orígenes, circunstancias, ámbitos y objetivos de actuación han existido
y existen diferentes tipos de nacionalismos:
A. Nacionalismos centrípetos/unificadores: cuando el movimiento nacional o nacionalista busca unificar
políticamente territorios de una misma nación anteriormente separados en un único Estado común.
B. Nacionalismos centrífugos/emancipadores: cuando el movimiento nacional o
nacionalista busca separar políticamente los territorios de su nación de un Estado previo
que no considera propio y en el que no encuentra satisfacción a sus demandas y
aspiraciones. [Puede darse el caso de nacionalismos que compartan ambas características:
aspirar a unificarse, separándose no sólo de un estado sino de varios].
C. Nacionalismos estatales/homogeneizadores: Nacionalismos emanados de
Estados preexistentes que pretenden desde la acción estatal unificar y homogeneizar a sus
poblaciones para construir una nación que les sostenga y legitime.
23. AYUDA-MEMORIA- DERECHO POLITICO UNINORTE Mónica Soledad Duarte 122
Los objetivos políticos de los nacionalismos no estatales pueden ser diversos
según los momentos por aspiraciones y/o posibilidades:
A. Autonomía cultural y política.
B. Federación.
C. Confederación.
D. Independencia
Autodeterminación: Derecho de un pueblo a decidir libremente y por si mismo su
estatuto político y forma de gobierno y el tipo de relación y su pertenencia o no a un Estado
dado.
El nacionalismo, ha hecho su propio mito político. La doctrina del nacionalismo
corresponde a la historia política. Acá sólo recordaremos que en la base del nacionalismo se
ha sentado la ideología equivocada de que cada nación tiene una empresa o vocación a
cumplir mediante su incorporación a un Estado que la convierta en entidad política, que la
engrandezca, que exalte su misión histórica, que preserve sus valores, etc.
Y eso conduce a una suerte de resentimiento u odio frente a hombres de otra
nacionalidad dentro del Estado como tolerando su presencia a condición de que se asimilen
al grupo mayoritariamente nacional, o de que no lo perturben. Y con eso se olvida que la
población de un Estado no se forma con nacionales sino con hombres; que el bien común
sea bien de toda la comunidad, y no de una parte, aunque tal parte es la más numerosa;
que los fines nacionales no entran en los fines del Estado.
La creencia irracional en la superioridad de una nación deviene en persecución,
en imperialismo, en mito. Hitler y Mussolini asumieron ese mito, suponiendo que el Estado
totalitario debía encarnar a la nación, y que por un proceso de metamorfosis la nación había
de alcanzar destino universal es el Estado. La desviación del nacionalismo es una fuerza
espuria o ilegítima que frena al humanitarismo universalista; que retarda las formas de
integración y organización internacionales; que enfrenta a los hombres como enemigos;
que destruye la solidaridad y la fraternidad entre pueblos, Estados e individuos; que
enardece pasiones emociones de baja calidad; que encandila hasta los estudios científicos
con realidades inexistentes o deformadas.
LA NACIÓN PARAGUAYA Y SUS ORÍGENES. (FUNDAMENTACION SOCIAL)
Con relación a la Nación, también tenemos muchas definiciones, todas
contrapuestas, pero primero daremos la nuestra y posteriormente, las de los demás
autores, en razón, de que la gran diversidad de opiniones, confunden a los lectores. En
consecuencia, para la cátedra, la Nación es: ‘El conjunto de habitantes, con uno o más
idiomas, una o más religiones, una comunidad de intereses económicos, unidad
étnica, con fundamentaciones espirituales integracionistas, y orgullosa de sus
glorias emancipadoras”.
Y como resultante de esta definición, concluimos que la Nación Paraguaya, nació de
la fusión de las razas, guaraní y española, cuyas fronteras étnicas, eran mucho mas
dimensionadas, que el Paraguay Colonial y que el Paraguay Independiente. La Nación, es
definidamente una comunidad y no una sociedad, pero es la más rica e importante
comunidad, que ha surgido en el seno de nuestra civilización, observando que en la
controversia, que históricamente se ha entablado entre, la Nación y Clase Social, la
triunfadora siempre fue la Nación.
La conciencia, el ambiente etiológico y la raíz genética, imprimen en las personas
individuales, una determinada manera de sentir y de pensar, acostumbramientos
comunes, símbolos y signos culturales, y consecuentemente poco a poco, va emergiendo
una Conciencia Nacional.
El paradigma, así como la génesis cobriza y la cultura neolítica de aquella mezcla
operada lentamente, con la progenie hispano visigótica y su ascendencia Histórica
Medieval. Ese conjunto de realidades étnicos-sociales, por su parte, comenzaron a
inscribirse, como proyecciones de aquel ambiente, sobre las conciencias individuales,
habiendo a la larga surgido de allí, la Conciencia Nacional Paraguaya, natural
consecuencia de las mencionadas aportaciones históricas.
24. AYUDA-MEMORIA- DERECHO POLITICO UNINORTE Mónica Soledad Duarte 122
UNIDAD 6 – TEORIA DEL ESTADO NATURALEZA DEL ESTADO.
1. TEORÍAS SOCIOLÓGICAS. 2. TEORÍAS DEONTOLOGÍAS
2. TEORÍAS JURÍDICAS 4. TEORÍAS POLÍTICAS
EL ESTADO: SU NATURALEZA: El Estado es una sociedad humana, territorial y
políticamente organizada mediante una autoridad o gobierno que regula de un modo
determinado la convivencia social.
Esa organización no pertenece al reino de la naturaleza, sino al del espíritu. Es un
producto de la cultura, de la interacción humana. Históricamente y conceptualmente, el
poder político es una creación humana. La organización política no es una formación
natural ni un organismo, sino una formación cultural, en cuya génesis han gravitado
todos los elementos naturales y culturales que lo hicieron posible y necesario.
Distintas concepciones se han formulado para explicar la naturaleza del Estado.
TEORÍA SOCIOLÓGICA:
Descubren en el Estado una realidad social, objetiva externa, que deriva de los
hombres, pero que no se agota en los hombres, "la unidad de asociación dotada
originariamente de poder de dominación, y formada por hombres asentados en un
territorio". Se dedican a observar y explicar su naturaleza sobre la base de fenómenos
sociológico de la convivencia humana.
Legitiman al estado por la eficacia de ciertos impulsos que impelen a los hombres
a vivir organizados políticamente.
Cabe incluir entre las teorías sicológicas las que reemplazan el impulso social por
otros distintos; por ejemplo, por el temor o la inseguridad-como en Hobbes, que sostiene
la formación contractual del estado en base al deseo de los hombres de salir del estado
de naturaleza violento y bélico-; o por la utilidad y el interés que reporta la organización
política, etc.
Las teorías sociológicas centran su estudio en el Estado como una realidad social
(realidad social= tendencias socialmente aceptadas en una comunidad). Que la naturaleza
del Estado es un fenómeno sociológico de la convivencia humana, como un hecho social.
No toman en consideración los aspectos éticos, ni los jurídicos, ni los políticos del Estado.
Las principales teorías sociológicas del Estado:
1º) como hecho de convivencia. El Estado es un fenómeno de agrupamiento de
hombres que viven juntos y se relacionan recíprocamente. La convivencia duradera y
permanente es el presupuesto primario de toda organización política.
2°) como asociación. Igual a la anterior, es la convivencia de los hombres, en
unidad, en forma permanente y en forma una unidad de asociación. Esta unidad de
asociación es el por el fin común de la comunidad.
3º) como hecho de dominación. Observa primordialmente al hecho social de que en
el grupo se da una relación de dominación, de poder Social, de imposición y mando de unos
hombres sobre otros. El hecho de dominación, puede ser por el hecho de la mera fuerza o
violencia, por el consentimiento, por el carisma, o por la realidad económica subyacente.
Es la detentación del poder por el más fuerte, sea que esa fuerza la obtenga físicamente, o
moralmente, o económicamente.
4°) como dualidad de gobernantes y gobernados. La teoría del hecho de
dominación da por cierto que la relación respectiva se traba entre unos hombres que
mandan y otros que obedecen. Es la dualidad de gobernantes y gobernados que supone: la
diferencia entre unos y otros, la jerarquía, el poder, la autoridad, el sometimiento.
5º) como producto de la lucha de clases. En la tesis marxista, el hecho de
dominación social y la dualidad de gobernantes y gobernados recibe una explicación
económica. La existencia de clases sociales origina la lucha entre ellas; la lucha de clases es
el motor de la historia, que tiene una base o infraestructura económica. Los
económicamente poderosos dominan y explotan a los económicamente débiles, y en virtud
de tener en sus manos los medios de producción detentan el poder político. El Estado es
nada más que el aparato, el instrumento y la organización de opresión de una clase sobre
otra.
25. AYUDA-MEMORIA- DERECHO POLITICO UNINORTE Mónica Soledad Duarte 122
6º) como elementos de un Estado. Al Estado confundido con alguno de sus
elementos, o explicado por uno de ellos. Los cuatro elementos del Estado que son:
población, territorio, poder y gobierno.
7º) como institución. La teoría de la institución descubre en el Estado un sustrato o
base social similar al que se da en otras realidades sociales de tipo grupal.
Es la teoría de la Institución sostenida por varios sociólogos, que los define a la
institución como una idea de obra que se realiza y dura en un medio social. Esa idea de
obra u objetivo no surge ni subsiste en el aire, sino que nace, se interioriza y se incorpora
en un grupo humano que tiene un fin común.
Que, el Estado como una institución, su realidad o naturaleza no son ficciones del
derecho, sino fenómenos sociales. La pluralidad dé individuos que forma una institución
adquiere una unidad real de tipo social y no una unidad ideal o ficticia creada o figurada
por el derecho.
8º) Estado como persona moral. Es un sujeto o ente social (real pero no sustancial
ni físico) que así se forma, es una persona moral. La persona moral no es una ficción, ni un
invento de la técnica jurídica, ni una suma de personas físicas individuales; es una realidad
social (realidad social= tendencias socialmente aceptadas en una comunidad), diferente de
los hombres, aunque sostenida por los hombres, razón por la cual se dice que es una
realidad de tipo accidental y no sustancial (porque no se “sostiene” o no se “sustenta” por sí
misma ni por sí sola): existe por, en y para los hombres.
TEORÍA DEONTOLOGICA:
La deontología jurídica estudia y aplica los principios de la ética y la moral al campo
del derecho, para enseñar cómo debe actuar el hombre en función de jurista, sea
ejerciendo su profesión, sea como juez o funcionario público, etc.
Las teorías deontológicas son las que comienzan proponiendo al Estado un fin, un
fin común, que consideran debido. Que ese fin que persigue, es la esencia del Estado.
En consecuencia, toda organización social de carácter político, para tener naturaleza o
esencia de Estado (para “ser” Estado), debe cumplir el fin común por su naturaleza de
Estado. En otros términos, diríamos que estas teorías elaboran un tipo “ideal” de
Estado al que reputan perfecto de acuerdo al fin que le asignan, o sea, dibujan el arquetipo
o modelo del Estado tal como “debe ser”.
Para que una organización política empírica, sea Estado, o tenga esencia de Estado,
debe adecuarse a ese tipo ideal, el tipo ideal indica que “debe ser”, el fin que aparece
como debido.
Sin embargo, otros sostienen que muchas veces es erróneo suponer que la naturaleza
o esencia del Estado dependa de que cumpla aquel fin, porque si no lo cumple o lo
transgrede, será un Estado injusto. Es decir, será como debería ser, pero será “Estado”,
del mismo modo como el hombre —que también tiene un fin y responde a un orden moral
que le señala cómo debe ser— no deja de ser hombre, no pierde su naturaleza o esencia
humanas cuando pervierte ese fin o se aparta de él; dañará o frustrará su naturaleza, no
alcanzará su perfección, pero no dejará por ello de ser hombre.
En suma, si el fin de un ser exige que ese ser, para perfeccionarse, lo cumpla o
alcance, el fin de un ser no hace parte de su esencia: la esencia no desaparece cuando el
fin no se cumple. De todos modos, las teorías deontológicas tienen la importancia de
preocuparse por llevar a la práctica política los principios de la ética, y por conocer cómo
debe ser el Estado. Así como también por resaltar la trascendencia del fin que el Estado
debe cumplir para no evadirse de la ética.
Elaboran un tipo ideal del estudio al que reputan perfecto de acuerdo al fin que le
asignan. Para una organización política, tenga esencia de Estado, ha de ser tal como el
tipo ideal indica que debe ser, ha de cumplir el fin que aparece como debido. La naturaleza
del Estado se explica por su fin.
Se distingue dentro de ella dos corrientes: a) la de la Escuela de Derecho Natural,
racional e individualista, que reclaman del Estado un fin concreto; b) la corriente
aristotélico-tomista, basada en la noción de que el fin es parte de la esencia del ser,
considerando que esa finalidad es el bien común.