1. Creación de Empresas
Programa Formación Empresarial Sercotec – Capital Semilla
Empresas Turísticas 2012
Marcos Vera Montecinos
Consultor Empresarial
Administrador de Empresas Turísticas
Diplomado en Gestión de la Innovación
Diplomado en Comercio Internacional
mvmontecinos@gmail.com
2. Creación de Empresas en Chile
• ¿Somos un buen país para crear
empresas?
• El promedio de tiempo para crear una
empresa en Chile es de 27 días
• El promedio para los países en
Sudamérica es de 70 días, mientras que
para los países de la OECD es de 25
días
5. Lo más costoso
• Constitución de Sociedad
• Autorización Sanitaria
• Patente Comercial
90%
6. Formalización de la Empresa
• Definir Tipo de Empresa
• Escritura de Constitución de Sociedad
• Legalización y Extracto de la Escritura
• Inscripción de la Sociedad en el Registro
de Comercio
• Publicación en el Diario Oficial
• Iniciación de Actividades
• Timbraje de Documentos
• Patente Comercial
7. Tipos de Empresas
• PERSONA NATURAL
• Se denomina así a cualquier individuo que cuenta
con la capacidad de ejercer o participar en
actividades jurídicas.
• PERSONA JURÍDICA
• Se refiere a un ente ficticio, creado por la ley, que
posee facultades para ejercer derechos y cumplir
obligaciones. Posee, además, un RUT que la
identifica como única, independiente de sus
miembros.
8. Tipos de Empresas
• Una persona natural puede crear:
• Empresa Unipersonal o Individual
• Se refiere a la entidad formada por el capital, dedicada a cualquier actividad
industrial y/o comercial y que no está organizada como una persona jurídica.
• El empresario opera con su RUT personal y responde ilimitadamente sobre
los compromisos adquiridos por el negocio, es decir, incluso con sus bienes
particulares.
9. Tipos de Empresas
• Tipos de personas jurídicas:
• Empresa Individual de Responsabilidad Limitada
(E.I.R.L.)
• Corresponde a una persona jurídica con patrimonio
propio distinto del titular y con carácter comercial.
• Se diferencia de la Empresa Unipersonal
principalmente por dos aspectos: el primero, es que al
ser persona jurídica, opera con un RUT distinto y, en
segundo término, la responsabilidad se torna limitada,
es decir, el propietario sólo responde con sus bienes
personales hasta el aporte de capital efectuado a la
Empresa, y la Empresa responde con todos sus bienes.
10. Tipos de Empresas
• Sociedad de Responsabilidad Limitada (Ltda.)
• Los socios pueden ser nacionales o extranjeros, personas naturales o jurídicas, sin
que su número pueda ser inferior a dos ni superior a cincuenta.
• No se exige un mínimo de capital y, aunque presenta similitudes con las
Sociedades Anónimas, especialmente en la responsabilidad limitada de sus
miembros, se diferencia de aquéllas en aspectos tan importantes como en que las
cuotas de participación de sus miembros en la Sociedad no están incorporadas en
documento alguno ni son libremente transmisibles, es decir, no corresponde a
acciones libremente transables.
• En las Sociedades de Responsabilidad Limitada prima el elemento personal por
sobre el aporte de capital.
11. Tipos de Empresas
• Tipos de personas jurídicas:
• Sociedad Anónima (S.A.)
• La Sociedad Anónima es una persona jurídica formada por la reunión de un fondo
en común, suministrado por accionistas responsables sólo por sus respectivos
aportes y administrada por un directorio integrado por miembros esencialmente
revocables.
• Abiertas: Aquellas que hacen oferta pública de sus acciones en conformidad a la
Ley de Mercado de Valores; tienen 500 o más accionistas o bien, las que a lo
menos, el 10% de su capital suscrito pertenece a un mínimo de cien accionistas.
• Cerradas: Aquellas no comprendidas en la definición de "Abiertas", sin perjuicio de
que voluntariamente puedan sujetarse a las normas que rigen a las Sociedades
Anónimas Abiertas
12. Sociedades por Acciones S.P.A.
• Las sociedades por acciones o SpA son sociedades de capital y fueron creadas
mediante una reforma introducida a la ley del Mercado de Capitales , Ley 20.190,
la cual modificó el Código de Comercio.
• Estas sociedades a diferencia de las demás pueden ser unipersonales, su nombre
debe concluir con la expresión SpA. y su objeto es siempre mercantil.
• Su capital se divide en acciones y los accionistas responden hasta el monto de sus
respectivos aportes.
• Su administración se puede establecer libremente en los estatutos, es decir, puede
administrarla una persona natural, una sociedad, un directorio, la Junta de
accionistas, etc.
• Estas sociedades se rigen supletoriamente por las normas de las sociedades
anónimas cerradas.
13. Tipos de Empresas
• Sociedad Colectiva
• En las Sociedades Colectivas los socios intervienen
directamente en la gestión y responden personal e
ilimitadamente de las deudas de la Sociedad, es decir, las
personas que la conforman deberán responder,
solidariamente, incluso con sus bienes personales sobre los
compromisos sociales.
• Este tipo de Sociedad no tiene limitaciones en cuanto al
número y la nacionalidad de sus socios.
14. Tipos de Empresas
• Sociedad Comanditaria
• Este tipo de Sociedad presenta coexistencia de sus
participantes pudiendo ser Socios Administradores o
Generales que responden ilimitadamente de las deudas
sociales y participan en la gestión de la Sociedad, junto con
Socios Comanditarios que no participan en la gestión y cuya
responsabilidad se limita al capital aportado.
15. Escritura de Constitución de Sociedad
• La Escritura de Constitución de Sociedad es fundamental para la Creación
de una Empresa ya que establece, entre otras cosas, el tipo de Sociedad,
el giro o actividad comercial a la cual se dedicará, los socios que la
conformarán y sus aportes de capital respectivos, así como también la
forma en que éstos participarán de las utilidades y cómo se responderá en
caso de pérdidas.
16. Legalización y Extracto de la Escritura
• Luego de la redacción de la Constitución de Sociedad, es
necesario proceder a legalizar el documento ante Notario y
con ello materializar la personalidad jurídica requerida para
realizar los trámites relacionados a la Creación de la Empresa,
así como también la obtención de RUT y patente comercial.
17. Publicación en el Diario Oficial
• El Diario Oficial es el órgano del Estado encargado de la publicación de las
normas jurídicas que rigen en el país, con lo que una Sociedad adquiere
personalidad jurídica legal luego de su publicación en este medio.
• Este trámite debe realizarse dentro de 60 días contados a partir de la
fecha registrada en la Escritura de la Sociedad.
18. Inscripción de la Sociedad en el
Registro de Comercio
• La Inscripción de la Sociedad en el Registro de
Comercio es parte del conjunto de trámites a
realizar para la formalización de una Sociedad o
modificación de una ya existente. Se realiza
directamente en el Conservador de Bienes
Raíces, entidad dependiente de la Corte de
Apelaciones de Santiago y de las Cortes de
Regiones.
19. Tipos de iniciación de actividades
• Iniciación de actividades en primera categoría:
De las rentas del capital y de las empresas
comerciales, industriales, mineras y otras.
• Iniciación de actividades en segunda
categoría: De las rentas del trabajo.
20. INICIACIÓN DE ACTIVIDADES
• Este trámite se realiza para iniciar
legalmente toda actividad productiva
comercial, además marca el inicio de las
obligaciones como contribuyente sujeto a
impuestos, los que se aplicarán mientras
no se realice el término del giro
– Formulario de Inscripción al Rol Único
Tributario y/o Declaración de Inicio de
Actividades (F-4415).
– Cédula de Identidad del contribuyente (o
fotocopia legalizada ante Notario si es que el
trámite lo realiza un Representante Legal).
– Escritura de la Sociedad.
– Inscripción de la Sociedad en el Registro de
Comercio.
– Publicación del Extracto en el Diario Oficial.
21. Timbraje de Documentos
• La autorización de documentos y/o el timbraje de
documentos es un procedimiento que legaliza los documentos
necesarios para respaldar las diferentes operaciones que los
contribuyentes realizan al llevar a cabo sus actividades
económicas, y que consiste en la autorización del SII de rangos
de documentos a emitir por medio electrónico y/o aplicación
de un timbre seco en cada documento y sus copias.
22. Timbraje de Documentos
- Boletas de ventas y - Rollos de máquinas
servicios registradoras
- Boletas de honorarios - Entradas de espectáculos
- Boletas de prestación de
- Letras de cambio
servicios de terceros
- Facturas - Pagarés
- Notas de débito - Liquidación
- Notas de crédito - Liquidación – Facturas
- Libros de contabilidad
- Guías de despacho
empastados
- Contabilidad en hojas - Factura de Ventas y
sueltas con numeración Servicios no Afectas o
única Exentas de IVA - Otros
23. Patente Comercial
• La Patente Comercial, generalmente otorgada por el
Departamento de Patentes Municipales, autoriza la
realización de una actividad lucrativa secundaria o terciaria
dentro de los límites de una comuna.
24. Propiedad Intelectual
• La propiedad intelectual, en sentido amplio dice relación con
toda creación que produce la mente humana; esto es los
inventos, modelos de utilidad, marcas, obras literarias y
artísticas, etc.; sin embargo en Chile, el término “propiedad
Intelectual” se ha acuñado específicamente para una rama
específica, como son los derechos de autor.
• Fuente: www.inapi.cl
25. Propiedad Intelectual
• Derecho de autor, dice relación y protege los derechos de los artistas
intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, los
derechos de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los
derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio
y de televisión.
• En Chile, el organismo que tiene a su cargo el Registro de los derechos de
autor y derechos conexos, y las demás funciones que la ley N° 17.336,
sobre Propiedad Intelectual y su Reglamento, es el Departamento de
Derechos Intelectuales, dependiente de la Dirección de Bibliotecas,
Archivos y Museos, del Ministerio de Educación.
• Fuente: www.inapi.cl
• Más información acerca de derechos de autor en www.dibam.cl
26. Propiedad Industrial
• Propiedad Industrial: Incluye patentes de invención, modelos
de utilidad, marcas comerciales, colectivas, de certificación e
indicaciones geográficas y denominaciones de origen.
• En Chile, el organismo que tiene a su cargo el Registro de los
derechos de Propiedad Industrial, a que alude la Ley 19.039, y
su Reglamento, es INAPI (Instituto Nacional de Propiedad
Industrial), antes Departamento de Propiedad Industrial.
Fuente: www.inapi.cl
27. Marcas Comerciales
• Marca comercial es todo signo utilizado para distinguir en el mercado, productos,
servicios, establecimientos industriales y comerciales.
• La principal característica de una marca es que ésta debe tener carácter de
distintivo, esto es, debe ser capaz de distinguirse de otras que existan en el
mercado, a fin de que el consumidor diferencie un producto y/o servicio de otro
de la misma especie o idénticos que existan en el mercado.
• -Una Palabra o palabras o con o sin significado idiomático, combinación de letras, y/o número: Marcas
Denominativas.
•
-Etiquetas con figuras, imágenes, símbolos, dibujos, Marcas figurativas.
• -En etiquetas con palabra o palabras o con o sin significado idiomático, combinación de letras, y/o número,
en combinación con figuras, imágenes, símbolos, dibujos: Marcas Mixtas.
Estas son las marcas más comunes, pero también puede ser cualquier signo distintivo, capaz de
representación, por ejemplo, un sonido, Marcas Sonoras.
La protección que concede la marca es TERRITORIAL, es decir, sólo a nivel nacional y TEMPORAL, es decir,
por 10 años renovables indefinidamente por periodos iguales, previo pago de la tasa correspondiente.
28. Registro de Marca
• La marca registrada confiere a su titular el derecho exclusivo y excluyente de utilizarla en el
tráfico económico en la forma que se le ha conferido y para distinguir sus productos y/o
servicios comprendidos en el registro.
• En consecuencia, si un tercero llega a utilizar, sin su consentimiento, marcas idénticas o
similares para los productos o servicios para los cuales protege el registro, podrá Ud.
Impedirlo interponiendo los recursos legales que le concede la Ley.
Asimismo, los derechos de propiedad industrial, como todo bien, es susceptible de
heredarse, es decir es transmisibles por causa de muerte, y además podrán ser objeto de
toda clase de actos jurídicos, como por ejemplo: pueden ser objeto de venta, licencias de
uso, o bien darse en prenda en garantía de créditos.
• Ver CATEGORIAS DE NIZA
• Fuente: www.inapi.cl
30. Inscripción de Dominio Web
• Nic Chile, entidad dependiente de la Universidad de Chile, es quien
administra el registro de portales web que operan bajo dominio.cl
• Si la Empresa deseara operar también bajo modalidad electrónica a través
de un sitio web, es recomendable, previo a la inscripción, verificar que el
Nombre de Fantasía o Marca bajo el cual se operará se encuentra
disponible como tal.
• Cabe señalar que la inscripción del sitio no obliga a su utilización
inmediata y tiene una validez de 2 años renovable.
• www.nic.cl
• Fuente: Guía para la Creación de Empresas, CCS
31. Inscripción de Dominio Web
Este trámite puede hacerse en línea ingresando directamente en www.nic.cl y
realizar su consulta en la sección indicada para ese efecto.
Para revisar la disponibilidad de sitios no es requisito inscribirse como usuario
y no tiene costo.
• Luego de esto es necesario inscribir la Marca como dominio.cl. La inscripción
del sitio debe realizarse directamente en www.nic.cl y tiene un costo de
$18.000 aproximadamente.
• El valor de la renovación dependerá de cuántos años contemple ésta,
pudiendo fluctuar entre los $ 18.000 y $ 84.000, cubriendo entre 2 y 10 años
respectivamente.
• Fuente: Guía para la Creación de Empresas, CCS
32. Herramientas para saber si un dominio
web ha sido inscrito
• http://clientes.hostedbox.com/domainchecker
.php
http://www.nic.com/
33. Patentes industriales
• Las patentes proporcionan derechos exclusivos que permitirán
utilizar y explotar su invención e impedir que terceros la utilicen
sin su consentimiento.
•
Si opta por no explotar la patente, puede venderla o ceder los
derechos a otra empresa para que la comercialice bajo licencia, lo
cual supondrá una fuente de ingresos.
•
Una patente es un derecho exclusivo que concede el Estado para la
protección de una invención.
• Para que se otorgue una patente, la invención debe cumplir con
tres requisitos.
34. Requisitos para Patentar
• 1.- Ser novedosa
Es decir, que no exista antes en el estado de la técnica. El estado de la técnica es todo
lo que haya sido divulgado o hecho accesible al público, en cualquier lugar del mundo,
mediante una publicación tangible, venta o comercialización.
•
2.- Tener nivel inventivo
Es decir, que para alguien versado en la materia correspondiente, la invención no
pueda resultar obvia ni derivar, de manera evidente, del estado de la técnica para una
persona normalmente versada en la materia técnica correspondiente.
3.- Ser susceptible de aplicación industrial
Es decir, pueda, en principio, ser producida o utilizada en cualquier tipo de industria, ya
sea manufactura, artesanía, minería, agricultura, u otra.
La legislación chilena contempla cinco categorías de derechos de propiedad industrial:
Patentes de Invención, Modelos de Utilidad; Dibujos Industriales; Diseños
Industriales; y, Esquemas de Trazado o Topografías de Circuitos Integrados.
La protección que le entrega el Estado es territorial, es decir, sólo a nivel nacional y
por un periodo de 10 ò 20 años, según corresponda el derecho de propiedad industrial
solicitado, desde la fecha de presentación de la solicitud.
39. Tratados de Libre Comercio
• Un tratado de libre comercio (TLC) consiste en un acuerdo comercial
regional o bilateral para ampliar el mercado de bienes y servicios entre los
países participantes.
• Básicamente, consiste en la eliminación o rebaja sustancial de los
aranceles para los bienes entre las partes, y acuerdos en materia de
servicios. Este acuerdo se rige por las reglas de la Organización Mundial
del Comercio (OMC) o por mutuo acuerdo entre los países participantes.
• Un TLC no necesariamente conlleva una integración económica, social y
política regional, como es el caso de la Unión Europea, la Comunidad
Andina, el Mercosur y la Comunidad Sudamericana de Naciones.
• Fuente: www.wikipedia.com
40. Tratados de Libre Comercio
• Tratado de Libre Comercio Chile - Australia
• Tratado de Libre Comercio Chile - Panamá
• Tratado de Libre Comercio Chile - Japón
• Tratado de Libre Comercio Chile - China
• Tratado de Libre Comercio Chile - Estados Unidos
• Tratado de Libre Comercio Chile - Canadá
• Tratado de Libre Comercio Chile - México
• Tratado de Libre Comercio Chile - Corea
• Tratado de Libre Comercio Chile - Centro América
• Tratado de Libre Comercio Chile - EFTA
• Acuerdo de Libre Comercio Chile - Perú
• Acuerdo de Libre Comercio Chile - Colombia
• Fuente: www.aduana.cl
41. Exportación de servicios
• Exportar Servicios es una oportunidad de participar en una de
las industrias con mayor potencialidad y crecimiento en el
mercado internacional.
• Las Exportaciones de Servicios requieren de un esfuerzo
diferente ya que se trata de un intangible.
• Asimismo, deben tenerse en cuenta aspectos que puedan
afectar la exportación, como por ejemplo, los aspectos
regulatorios y normativos internos de cada país.
• Fuente: www.chilexportaservicios.cl