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PAGO APLAZADO
11.5. PAGO APLAZADO
 Pago se produce en un período más largo
de tiempo (> 90 días).
 Suele generar intereses.
 Las operaciones de pago aplazado se
realizan en instrumentos formales de pago:
 Letra de cambio.
 El pagaré.
 El recibo normalizado.
ANTECEDENTES HISTÓRICOS SOBRE LA LETRA DE CAMBIO
•En la Edad Media los comerciantes llevaban el dinero en metálico
de un lugar a otro.
•Debido a la lentitud de los viajes y la inseguridad en los caminos:
creación de un documento que tuviera la misma validez que el
dinero en efectivo.
•Se creó una “carta” (lettera, en latín), que incluía la orden de pagar
una cantidad a la persona indicada en el texto.
•Dicho documento fue evolucionando, y siendo muy habitual,
siendo necesaria su regulación para reforzar este Derecho
cambiario.
Librador
(vendedor/acreedor
)
Acepta la letra
Librado
(comprador/deudor)
Tomador
(Banco)
Entrega el importe
11.6. LA LETRA DE CAMBIO
LETRA DE CAMBIO VS CHEQUE
Letra de cambio Cheque
Librado Cualquier persona Entidad de crédito
Aceptación del librado Si asumimos la
responsabilidad del
pago.
No
Provisión de fondos
de emisión del título
No es necesario Sí
Vencimiento Vista; Plazo vista;
Fecha fija; Plazo
desde la fecha en la
que se acepta.
A la vista
Funciones de la letra de cambio:
Sirve como medio
de pago (sustituye
al pago al contado)
Permite
aplazar el
pago
(concesión
de crédito)
Permite
obtener
liquidez (por
su
descuento)
Debido al excesivo uso durante los años 70 y 80 por parte de particulares,
como instrumento de pago y de crédito, provocó muchos impagos y la
desconfianza en el documento.
Posteriormente el uso masivo de transacciones vía internet, han hecho que se
utilice menos, a favor de otros documentos (pagaré).
Referencia en una canción de la época: “…ya pagué la letra y no me lo creo…”.
11.6.1. PERSONAS QUE INTERVIENEN EN LA LETRA DE
CAMBIO.
Librador: persona que emite la letra y ordena el pago
(vendedor).
Librado: persona que ha de pagar la letra (comprador). Si
acepta y la firma: aceptante.
Tomador o tenedor: persona que ha de cobrar la letra
(banco), pudiendo endosar la letra a terceras personas.
Avalista: persona que garantiza el pago de la letra en caso
de que no lo haga el librado.
Endosante: persona que posee la letra y la transmite a otra.
Endosatario: persona que recibe la letra mediante un
endoso.
Regulada por la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque
11.6.2. IMPRESO OFICIAL DE LA LETRA DE CAMBIO.
Emisión: Papel timbrado.
El importe del timbre dependerá del nominal de la letra, así:
NOMINAL (€) TIMBRE
Hasta 24,04 0,06€
De 24,05 a 48,08 0,12€
De 48,09 a 90,15 0,24€
De 90,16 a 180,3 0,48€
………………… ………………
Por lo que exceda de 192.323,87€, la cuota será de 0,018€ por cada 6,01€ o fracción.
Si la cuota de vencimiento es mayor a seis meses, el importe del timbre será el doble del que le
corresponda según el nominal de la misma.
ANVERSO DE UNA LETRA DE CAMBIO
1. Lugar de libramiento: población en la que se expide la letra.
2. Moneda: € o moneda extranjera.
3. Importe: importe en cifras.
4. Fecha de libramiento: día, mes y año se en que se emite la letra.
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5. Vencimiento: fecha en que ha de efectuarse el pago de la letra. Puede ser:
1. A fecha fija: vence en una fecha determinada (15 julio de 2008).
2. A un plazo contado desde la fecha (a plazo fecha) 1: el plazo comienza a contarse a partir
de la fecha de libramiento.(3 meses fecha, noventa días fecha).
3. <<A la vista>>2:la letra es pagadera el día de su presentación al cobro. Salvo indicación en
contra del librador, deberá presentarse dentro del año siguiente a su emisión.
4. A un plazo contado desde la vista (a plazo o días vista) 3: el plazo comienza a contarse a
partir de la fecha de aceptación, o a falta de ella, de la del protesto (<<a 30 días vista>>).
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EJEMPLOS DE VENCIMIENTOS:
2Tenemos un letra que ha sido librada (emitida) el 1 de marzo y en el apartado
vencimiento aparece “a la vista”. Se presenta el 10 de ese mismo mes,
¿cuándo será pagadera?
A la vista = pagadera cuando el tomador decida presentarla al librado: 10 de marzo.
Fecha de aceptación Fecha de vencimiento
5/4
5/6
5/7
5/5
1Si una letra vence a 3 meses/fecha y la fecha de libramiento es el 5 de abril y
su aceptación también. ¿Cuál es la fecha de vencimiento?
EJEMPLOS DE VENCIMIENTOS:
3Tenemos una letra emitida el 25 de mayo que vence a 30 días/vista, pero es
aceptada el 30 de mayo, ¿Cuál es la fecha de vencimiento?
Fecha de aceptación
30/5
30 días
29/6
Fecha de vencimiento
Ejercicio 22: Indica cuándo vencerá una letra de cambio librada el día 1 de mayo de
20X1, si en el apartado Vencimiento aparece los siguiente:
a) <<25/05/X1>>
b) <<30 d/f>>
c) <<a la vista>> (se presenta al cobro el día
10 de mayo)
d) <<30 d/v>> (se acepta el día 5 de mayo)
Esa misma.
31/5/X1
10/5/X1
4/6/X1
6. Nombre del tomador: persona a cuya orden se ha de pagar la letra.
7. Importe en letras: la Ley no exige que la cantidad figure una vez en
cifras y otra en letras. Si hay discordancia prevalece la cantidad en
letras.
8. Lugar de pago: si falta se suplirá por el domicilio del librado.
9. Cuenta bancaria: en la que el librado domicilia el pago.
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10. Cláusulas facultativas:
“con gastos” o “sin gastos”: indica si el tenedor debe o no protestar
la letra en caso de impago de la letra. Los gastos son por cuenta del librador
(emite la letra). Si no pone nada se entiende: “sin gastos”.
“no a la orden” : no se puede endosar.
11. Aceptación: del librado mediante su firma. Refuerza la confianza de que la
letra será pagada, (obligatoria cuando establezca el librador o sean pagaderas
desde la vista).
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12.Nombre y domicilio del librado: el librado puede ser persona física o jurídica.
También pueden ser varios.
13. Nombre, domicilio y firma del librador: la firma es obligatoria.
Personas jurídicas a través de “por poder” (pp).
REVERSO DE LA LETRA DE CAMBIO
14
15
16
14. Aval: El avalista responde de la misma forma que el avalado.
15. Endoso: Se identificarán el endosante y endosatario. Debe firmar el endosante
(Endoso no puede ser parcial). También existe endoso especial de retorno,
poco frecuente, (endoso a personas que ya existían en la letra: se van
extinguiendo obligaciones).
Pueden ser: a favor de tomador, el librador y del librado.
16. Espacio en blanco: puede destinarse a otras cláusulas, acuerdos, avales y
endosos.
EJEMPLO
11.8
EJERCICIO 23
http://finanzas-personales.practicopedia.lainformacion.com/banca/como-funciona-una-letra-de-cambio-12611
11.6.3. IMPAGO DE LA LETRA DE CAMBIO
1) Tendedor se dirige al Librado-
aceptante y paga
La letra ha llegado a buen fin.
2) Tenedor se dirige al librado-aceptante y
no paga
Tenedor levanta protesto en 8 días hábiles
desde el vencimiento.
Librado recibe notificación y tiene 2 días para pagar.
Banco recibe la notificación y tiene 2 días para informar a librado y éste 2 días para pagar.
Declaración equivalente: si letra está domiciliada, se puede sustituir protesto por una
declaración de la entidad al dorso de la letra.
a) Librado paga Se cancela protesto.
b) Librado no paga Notario en 5 días envía letra más el protesto
a Tenedor.
3) Letra no atendida A tribunales
a) Falta algún requisito Acción ordinaria (extracambiaria).
b) Si letra correcta, (no aceptada o
pagada: declaración del librado), el Tenedor
elige:
Acción directa (aceptante y avalista).
Acción de regreso (los demás
firmantes).Letra de resaca (legítimo tenedor
antes de iniciar acción de regreso, gira nueva letra
a la vista: incluyendo intereses.
Impago de la letra da derecho a reclamar: importe + interés (+ 2 puntos) +gastos por impago.
11.7. EL PAGARÉ
Se regula por la Ley 19/1985 Cambiaria del Cheque, (arts. 94 a 97).
Es un documento por el cual una persona física o jurídica (firmante) se
obliga a pagar a otra (beneficiario o tenedor), una cantidad en una fecha
señalada.
ELEMENTOS PERSONALES ELEMENTOS FORMALES
• Firmante: persona que promete
realizar el pago de una cantidad de
dinero.
•Beneficiario o tenedor: persona que
ha de recibir el pago.
•Endosante: persona que transmite el
pagaré mediante endoso.
•Endosatario: persona que recibe el
pagaré mediante endoso.
•Avalista: persona que garantiza que
el firmante hará efectivo el importe del
pagaré a su vencimiento.
• Denominación de pagaré.
• La promesa de pagar una cantidad
determinada en €.
• El vencimiento, sino se indica, se
considera pagadera a la vista.
• El lugar de pago.
• El nombre de la persona a quien ha
de hacerse el pago.
• Fecha y lugar en que se firme el
pagaré.
• La firma dela persona que emite el
título (firmante).
Si un pagaré no es pagado a su vencimiento habrá que
protestarlo.
El pagaré puede : endosarse (salvo que contenga la cláusula
“no a la orden”), descontarlo, o cederlo en gestión de cobro.
LETRA DE CAMBIO VS PAGARÉ
CURIOSIDADES:
LETRA DE CAMBIO PAGARÉ
Sujetos que intervienen Librador, librado y
tomador
Firmante y tomador.
Endose después del
vencimiento
Sí No
Prescripción de la acción
contra el documento.
1 año después del
vencimiento.
3 años contados desde el
vencimiento.
Anverso
Dígito de control del nº de
pagarés. Código de identificación y Dígito de
control
Espacio destinado a la firma
del emisor
Domicilio de pago
IBAN del firmante/emisor
Reverso
Por aval de
de de
Nombre y domicilio del avalista
Páguese a
Con domicilio en
de de
Nombre y domicilio del endosante
AVAL ENDOSO
EJEMPLO 11.10
Fuente: Parainfo
Ejercicio 25
Por aval de Esteban Prieto Toro
1 de junio de 20X1
Nombre y domicilio del avalista Rafael Vargas
Navarro, C/ Donoso Cortés, 22. Madrid.
Páguese a Banco de León
Con domicilio en C/ Violetas, 36
San Sebastián de los Reyes
S.S. Reyes a 10 de junio de 20X1
Nombre y domicilio del endosante
Cormorán: S.A. C/Olivos, 3
San Sebastián de los Reyes
No utilizar este espacio, reservado para inscripción magnética
11.8. RECIBO NORMALIZADO
•Se utiliza para realizar pagos de forma periódica por prestación servicio
continuado , el pago de una compra a plazos,…
•Consiste en domiciliar en una entidad bancaria los pagos a realizar.
•Los recibos emitidos deberán reflejar los datos del emisor y del deudor,
así como el concepto.
•La empresa emisora puede descontarlo o gestionar el cobro
entregándolo a la entidad bancaria.
EJEMPLO: 11.11
11.9. MEDIOS DE PAGO EN COMERCIO INTERNACIONAL
•Son transacciones económicas con el exterior que impliquen el intercambio
de bienes o servicios entre compradores y vendedores de diferentes países.
•Los principales medios internacionales de pago son:
• Orden de pago/ transferencia: instrumento por el que un ordenante
(importador) transfiere fondos a favor de un beneficiario (exportador).
• Cobranzas: instrumento por el cual un exportador gestiona el cobro
de su venta ante el importador utilizando los servicios de entidades
bancarias.
• Crédito documentario o carta de crédito: medio de pago mediante
el cual un banco de la plaza del importador (previa autorización de
éste), se compromete frente al beneficiario a efectuar un pago, siempre
y cuando se cumplan las condiciones pactadas en el crédito.
11.10. OPERACIONES FINANCIERAS BÁSICAS EN LA GESTIÓN DE
COBROS Y PAGOS
Operaciones financieras utilizadas con frecuencia por las empresas:
11.10.1. NEGOCIACIÓN Y GESTIÓN DE EFECTOS
A) Negociar o descontar el efecto en un banco:
Ésta operación consiste en presentar los documentos/efectos (pagaré,
cheques, facturas y letra de cambio) ante una entidad bancaria para cobrarlos
antes de su vencimiento.
Ahora la persona que lo presenta ha obtenido liquidez (menos gastos e
intereses) y el banco pasa a ser el tenedor del documento.
Llega la hora del vencimiento:
Librado no abona el nominal: persona que lo descontó devuelve al
banco el importe más los gastos de devolución.
IMPORTE LÍQUIDO = Nominal – Descuento comercial – Comisiones -
Gastos TRUCO:
NELI ( NETO = LÍQUIDO)
BRIN (BRUTO = ÍNTEGRO)
DESCUENTO COMERCIAL:
Tener en cuenta las fechas: meses naturales (30 ó 31), año comercial: 360 días.
(n) = días que transcurren entre la fecha de liquidación con el banco y el vencimiento del
efecto. Tener en cuenta como está expresado el vencimiento de la letra:
1.Fecha fija: los días se calculan contando desde la fecha de negociación y la
fecha de vencimiento.
2. Plazo desde la fecha: primero se calcula la fecha de vencimiento y después
volvemos al caso primero.
3 Plazo desde la vista: primero se calcula la fecha de vencimiento contando
desde la fecha de aceptación, después volvemos al caso primero.
Dc=𝑵∙𝒊∙𝒏
FACTURA DE DESCUENTO
Las empresas envían varios efectos a la vez (remesa).
La factura de descuento es el documento que recoge los efectos al
descuento, también aparecerán otras variables que permitirán el cálculo del
importe líquido a percibir.
Debemos de tener presente que:
Importe líquido < Importe bruto.
Porque en el importe líquido es la cantidad
final después de restar: gastos,
comisiones,…
EJEMPLO: 11.13
11.10. OPERACIONES FINANCIERAS BÁSICAS EN LA GESTIÓN DE
COBROS Y PAGOS
B) Enviar el efecto en gestión de cobro a una entidad bancaria, que se
encargará de cobrarlo a su vencimiento:
En esta operación el banco no cobrará intereses, pero sí comisiones y
otros gastos (21% IVA sobre las comisiones):
Importe líquido = Nominal – Comisiones – 21% IVA s/Comisiones -
Gastos
Ejemplo:
Una empresa entrega a su banco, en gestión de cobro, una letra. El nominal
de la misma es de 1000€. Transcurre un período de tiempo y el banco cobra la letra a
su vencimiento. ¿ Qué cantidad se ingresará en la cuenta de esa empresa si la
comisión es del 1% y los gastos de correo 0,50€
Solución:
Nominal de la letra es de : 1000€
La comisión bancaria es del 1%, por tanto: 1% de 1000€ =
10€.
IVA: 21% de 10€ = 2,10€
Importe líquido = 1.000€ - 10€ - 2,10€ - 0,50€ = 987,4€
11.10.2. FACTORING
Empresa
(cedente)
Empresa
factor
Gestiona el
cobro
Cede derechos de
cobro
Cobra por esa gestión
Requisito:
Empresa (cedente): Debe ser un profesional o empresario.
Empresa factor (sociedad de factoring): Debe ser una entidad financiera.
Modalidades de factoring:
Sin recurso: el factor asume los riesgos de impago, sin resulta impagada
empresario no puede reclamar.
Con recurso: el factor realiza la gestión de cobro pero no asume los
riesgos de impago, si las facturas resultan impagadas: empresario debe reingresar
esa cantidad en el factor.
https://youtu.be/sWN0Dc3Q8m4
https://youtu.be/sWN0Dc3Q8m4https://youtu.be/sWN0Dc3Q8m4
11.10.3. CONFIRMING
•Servicio ofrecido por entidades financieras que ofrece la gestión de
los pagos de una empresa a sus proveedores.
•Este servicio ofrece la posibilidad de cobrar las facturas
anticipadamente.
•Importante: Es un servicio de gestión de pagos no de deudas.
https://youtu.be/7x1qzejPRUM

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Tema 11 Pago aplazado

  • 2. 11.5. PAGO APLAZADO  Pago se produce en un período más largo de tiempo (> 90 días).  Suele generar intereses.  Las operaciones de pago aplazado se realizan en instrumentos formales de pago:  Letra de cambio.  El pagaré.  El recibo normalizado.
  • 3. ANTECEDENTES HISTÓRICOS SOBRE LA LETRA DE CAMBIO •En la Edad Media los comerciantes llevaban el dinero en metálico de un lugar a otro. •Debido a la lentitud de los viajes y la inseguridad en los caminos: creación de un documento que tuviera la misma validez que el dinero en efectivo. •Se creó una “carta” (lettera, en latín), que incluía la orden de pagar una cantidad a la persona indicada en el texto. •Dicho documento fue evolucionando, y siendo muy habitual, siendo necesaria su regulación para reforzar este Derecho cambiario.
  • 5. LETRA DE CAMBIO VS CHEQUE Letra de cambio Cheque Librado Cualquier persona Entidad de crédito Aceptación del librado Si asumimos la responsabilidad del pago. No Provisión de fondos de emisión del título No es necesario Sí Vencimiento Vista; Plazo vista; Fecha fija; Plazo desde la fecha en la que se acepta. A la vista
  • 6. Funciones de la letra de cambio: Sirve como medio de pago (sustituye al pago al contado) Permite aplazar el pago (concesión de crédito) Permite obtener liquidez (por su descuento)
  • 7. Debido al excesivo uso durante los años 70 y 80 por parte de particulares, como instrumento de pago y de crédito, provocó muchos impagos y la desconfianza en el documento. Posteriormente el uso masivo de transacciones vía internet, han hecho que se utilice menos, a favor de otros documentos (pagaré). Referencia en una canción de la época: “…ya pagué la letra y no me lo creo…”.
  • 8. 11.6.1. PERSONAS QUE INTERVIENEN EN LA LETRA DE CAMBIO. Librador: persona que emite la letra y ordena el pago (vendedor). Librado: persona que ha de pagar la letra (comprador). Si acepta y la firma: aceptante. Tomador o tenedor: persona que ha de cobrar la letra (banco), pudiendo endosar la letra a terceras personas. Avalista: persona que garantiza el pago de la letra en caso de que no lo haga el librado. Endosante: persona que posee la letra y la transmite a otra. Endosatario: persona que recibe la letra mediante un endoso.
  • 9. Regulada por la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque 11.6.2. IMPRESO OFICIAL DE LA LETRA DE CAMBIO. Emisión: Papel timbrado. El importe del timbre dependerá del nominal de la letra, así: NOMINAL (€) TIMBRE Hasta 24,04 0,06€ De 24,05 a 48,08 0,12€ De 48,09 a 90,15 0,24€ De 90,16 a 180,3 0,48€ ………………… ……………… Por lo que exceda de 192.323,87€, la cuota será de 0,018€ por cada 6,01€ o fracción. Si la cuota de vencimiento es mayor a seis meses, el importe del timbre será el doble del que le corresponda según el nominal de la misma.
  • 10. ANVERSO DE UNA LETRA DE CAMBIO 1. Lugar de libramiento: población en la que se expide la letra. 2. Moneda: € o moneda extranjera. 3. Importe: importe en cifras. 4. Fecha de libramiento: día, mes y año se en que se emite la letra. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13
  • 11. 5. Vencimiento: fecha en que ha de efectuarse el pago de la letra. Puede ser: 1. A fecha fija: vence en una fecha determinada (15 julio de 2008). 2. A un plazo contado desde la fecha (a plazo fecha) 1: el plazo comienza a contarse a partir de la fecha de libramiento.(3 meses fecha, noventa días fecha). 3. <<A la vista>>2:la letra es pagadera el día de su presentación al cobro. Salvo indicación en contra del librador, deberá presentarse dentro del año siguiente a su emisión. 4. A un plazo contado desde la vista (a plazo o días vista) 3: el plazo comienza a contarse a partir de la fecha de aceptación, o a falta de ella, de la del protesto (<<a 30 días vista>>). 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13
  • 12. EJEMPLOS DE VENCIMIENTOS: 2Tenemos un letra que ha sido librada (emitida) el 1 de marzo y en el apartado vencimiento aparece “a la vista”. Se presenta el 10 de ese mismo mes, ¿cuándo será pagadera? A la vista = pagadera cuando el tomador decida presentarla al librado: 10 de marzo. Fecha de aceptación Fecha de vencimiento 5/4 5/6 5/7 5/5 1Si una letra vence a 3 meses/fecha y la fecha de libramiento es el 5 de abril y su aceptación también. ¿Cuál es la fecha de vencimiento?
  • 13. EJEMPLOS DE VENCIMIENTOS: 3Tenemos una letra emitida el 25 de mayo que vence a 30 días/vista, pero es aceptada el 30 de mayo, ¿Cuál es la fecha de vencimiento? Fecha de aceptación 30/5 30 días 29/6 Fecha de vencimiento Ejercicio 22: Indica cuándo vencerá una letra de cambio librada el día 1 de mayo de 20X1, si en el apartado Vencimiento aparece los siguiente: a) <<25/05/X1>> b) <<30 d/f>> c) <<a la vista>> (se presenta al cobro el día 10 de mayo) d) <<30 d/v>> (se acepta el día 5 de mayo) Esa misma. 31/5/X1 10/5/X1 4/6/X1
  • 14. 6. Nombre del tomador: persona a cuya orden se ha de pagar la letra. 7. Importe en letras: la Ley no exige que la cantidad figure una vez en cifras y otra en letras. Si hay discordancia prevalece la cantidad en letras. 8. Lugar de pago: si falta se suplirá por el domicilio del librado. 9. Cuenta bancaria: en la que el librado domicilia el pago. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13
  • 15. 10. Cláusulas facultativas: “con gastos” o “sin gastos”: indica si el tenedor debe o no protestar la letra en caso de impago de la letra. Los gastos son por cuenta del librador (emite la letra). Si no pone nada se entiende: “sin gastos”. “no a la orden” : no se puede endosar. 11. Aceptación: del librado mediante su firma. Refuerza la confianza de que la letra será pagada, (obligatoria cuando establezca el librador o sean pagaderas desde la vista). 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13
  • 16. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 12.Nombre y domicilio del librado: el librado puede ser persona física o jurídica. También pueden ser varios. 13. Nombre, domicilio y firma del librador: la firma es obligatoria. Personas jurídicas a través de “por poder” (pp).
  • 17. REVERSO DE LA LETRA DE CAMBIO 14 15 16 14. Aval: El avalista responde de la misma forma que el avalado. 15. Endoso: Se identificarán el endosante y endosatario. Debe firmar el endosante (Endoso no puede ser parcial). También existe endoso especial de retorno, poco frecuente, (endoso a personas que ya existían en la letra: se van extinguiendo obligaciones). Pueden ser: a favor de tomador, el librador y del librado. 16. Espacio en blanco: puede destinarse a otras cláusulas, acuerdos, avales y endosos. EJEMPLO 11.8 EJERCICIO 23 http://finanzas-personales.practicopedia.lainformacion.com/banca/como-funciona-una-letra-de-cambio-12611
  • 18. 11.6.3. IMPAGO DE LA LETRA DE CAMBIO 1) Tendedor se dirige al Librado- aceptante y paga La letra ha llegado a buen fin. 2) Tenedor se dirige al librado-aceptante y no paga Tenedor levanta protesto en 8 días hábiles desde el vencimiento. Librado recibe notificación y tiene 2 días para pagar. Banco recibe la notificación y tiene 2 días para informar a librado y éste 2 días para pagar. Declaración equivalente: si letra está domiciliada, se puede sustituir protesto por una declaración de la entidad al dorso de la letra. a) Librado paga Se cancela protesto. b) Librado no paga Notario en 5 días envía letra más el protesto a Tenedor. 3) Letra no atendida A tribunales a) Falta algún requisito Acción ordinaria (extracambiaria). b) Si letra correcta, (no aceptada o pagada: declaración del librado), el Tenedor elige: Acción directa (aceptante y avalista). Acción de regreso (los demás firmantes).Letra de resaca (legítimo tenedor antes de iniciar acción de regreso, gira nueva letra a la vista: incluyendo intereses. Impago de la letra da derecho a reclamar: importe + interés (+ 2 puntos) +gastos por impago.
  • 19.
  • 20. 11.7. EL PAGARÉ Se regula por la Ley 19/1985 Cambiaria del Cheque, (arts. 94 a 97). Es un documento por el cual una persona física o jurídica (firmante) se obliga a pagar a otra (beneficiario o tenedor), una cantidad en una fecha señalada. ELEMENTOS PERSONALES ELEMENTOS FORMALES • Firmante: persona que promete realizar el pago de una cantidad de dinero. •Beneficiario o tenedor: persona que ha de recibir el pago. •Endosante: persona que transmite el pagaré mediante endoso. •Endosatario: persona que recibe el pagaré mediante endoso. •Avalista: persona que garantiza que el firmante hará efectivo el importe del pagaré a su vencimiento. • Denominación de pagaré. • La promesa de pagar una cantidad determinada en €. • El vencimiento, sino se indica, se considera pagadera a la vista. • El lugar de pago. • El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago. • Fecha y lugar en que se firme el pagaré. • La firma dela persona que emite el título (firmante).
  • 21. Si un pagaré no es pagado a su vencimiento habrá que protestarlo. El pagaré puede : endosarse (salvo que contenga la cláusula “no a la orden”), descontarlo, o cederlo en gestión de cobro. LETRA DE CAMBIO VS PAGARÉ CURIOSIDADES: LETRA DE CAMBIO PAGARÉ Sujetos que intervienen Librador, librado y tomador Firmante y tomador. Endose después del vencimiento Sí No Prescripción de la acción contra el documento. 1 año después del vencimiento. 3 años contados desde el vencimiento.
  • 22. Anverso Dígito de control del nº de pagarés. Código de identificación y Dígito de control Espacio destinado a la firma del emisor Domicilio de pago IBAN del firmante/emisor
  • 23. Reverso Por aval de de de Nombre y domicilio del avalista Páguese a Con domicilio en de de Nombre y domicilio del endosante AVAL ENDOSO EJEMPLO 11.10
  • 25. Por aval de Esteban Prieto Toro 1 de junio de 20X1 Nombre y domicilio del avalista Rafael Vargas Navarro, C/ Donoso Cortés, 22. Madrid. Páguese a Banco de León Con domicilio en C/ Violetas, 36 San Sebastián de los Reyes S.S. Reyes a 10 de junio de 20X1 Nombre y domicilio del endosante Cormorán: S.A. C/Olivos, 3 San Sebastián de los Reyes No utilizar este espacio, reservado para inscripción magnética
  • 26. 11.8. RECIBO NORMALIZADO •Se utiliza para realizar pagos de forma periódica por prestación servicio continuado , el pago de una compra a plazos,… •Consiste en domiciliar en una entidad bancaria los pagos a realizar. •Los recibos emitidos deberán reflejar los datos del emisor y del deudor, así como el concepto. •La empresa emisora puede descontarlo o gestionar el cobro entregándolo a la entidad bancaria. EJEMPLO: 11.11
  • 27. 11.9. MEDIOS DE PAGO EN COMERCIO INTERNACIONAL •Son transacciones económicas con el exterior que impliquen el intercambio de bienes o servicios entre compradores y vendedores de diferentes países. •Los principales medios internacionales de pago son: • Orden de pago/ transferencia: instrumento por el que un ordenante (importador) transfiere fondos a favor de un beneficiario (exportador). • Cobranzas: instrumento por el cual un exportador gestiona el cobro de su venta ante el importador utilizando los servicios de entidades bancarias. • Crédito documentario o carta de crédito: medio de pago mediante el cual un banco de la plaza del importador (previa autorización de éste), se compromete frente al beneficiario a efectuar un pago, siempre y cuando se cumplan las condiciones pactadas en el crédito.
  • 28. 11.10. OPERACIONES FINANCIERAS BÁSICAS EN LA GESTIÓN DE COBROS Y PAGOS Operaciones financieras utilizadas con frecuencia por las empresas: 11.10.1. NEGOCIACIÓN Y GESTIÓN DE EFECTOS A) Negociar o descontar el efecto en un banco: Ésta operación consiste en presentar los documentos/efectos (pagaré, cheques, facturas y letra de cambio) ante una entidad bancaria para cobrarlos antes de su vencimiento. Ahora la persona que lo presenta ha obtenido liquidez (menos gastos e intereses) y el banco pasa a ser el tenedor del documento. Llega la hora del vencimiento: Librado no abona el nominal: persona que lo descontó devuelve al banco el importe más los gastos de devolución.
  • 29. IMPORTE LÍQUIDO = Nominal – Descuento comercial – Comisiones - Gastos TRUCO: NELI ( NETO = LÍQUIDO) BRIN (BRUTO = ÍNTEGRO) DESCUENTO COMERCIAL: Tener en cuenta las fechas: meses naturales (30 ó 31), año comercial: 360 días. (n) = días que transcurren entre la fecha de liquidación con el banco y el vencimiento del efecto. Tener en cuenta como está expresado el vencimiento de la letra: 1.Fecha fija: los días se calculan contando desde la fecha de negociación y la fecha de vencimiento. 2. Plazo desde la fecha: primero se calcula la fecha de vencimiento y después volvemos al caso primero. 3 Plazo desde la vista: primero se calcula la fecha de vencimiento contando desde la fecha de aceptación, después volvemos al caso primero. Dc=𝑵∙𝒊∙𝒏
  • 30. FACTURA DE DESCUENTO Las empresas envían varios efectos a la vez (remesa). La factura de descuento es el documento que recoge los efectos al descuento, también aparecerán otras variables que permitirán el cálculo del importe líquido a percibir. Debemos de tener presente que: Importe líquido < Importe bruto. Porque en el importe líquido es la cantidad final después de restar: gastos, comisiones,… EJEMPLO: 11.13
  • 31. 11.10. OPERACIONES FINANCIERAS BÁSICAS EN LA GESTIÓN DE COBROS Y PAGOS B) Enviar el efecto en gestión de cobro a una entidad bancaria, que se encargará de cobrarlo a su vencimiento: En esta operación el banco no cobrará intereses, pero sí comisiones y otros gastos (21% IVA sobre las comisiones): Importe líquido = Nominal – Comisiones – 21% IVA s/Comisiones - Gastos Ejemplo: Una empresa entrega a su banco, en gestión de cobro, una letra. El nominal de la misma es de 1000€. Transcurre un período de tiempo y el banco cobra la letra a su vencimiento. ¿ Qué cantidad se ingresará en la cuenta de esa empresa si la comisión es del 1% y los gastos de correo 0,50€ Solución: Nominal de la letra es de : 1000€ La comisión bancaria es del 1%, por tanto: 1% de 1000€ = 10€. IVA: 21% de 10€ = 2,10€ Importe líquido = 1.000€ - 10€ - 2,10€ - 0,50€ = 987,4€
  • 32. 11.10.2. FACTORING Empresa (cedente) Empresa factor Gestiona el cobro Cede derechos de cobro Cobra por esa gestión Requisito: Empresa (cedente): Debe ser un profesional o empresario. Empresa factor (sociedad de factoring): Debe ser una entidad financiera. Modalidades de factoring: Sin recurso: el factor asume los riesgos de impago, sin resulta impagada empresario no puede reclamar. Con recurso: el factor realiza la gestión de cobro pero no asume los riesgos de impago, si las facturas resultan impagadas: empresario debe reingresar esa cantidad en el factor. https://youtu.be/sWN0Dc3Q8m4 https://youtu.be/sWN0Dc3Q8m4https://youtu.be/sWN0Dc3Q8m4
  • 33. 11.10.3. CONFIRMING •Servicio ofrecido por entidades financieras que ofrece la gestión de los pagos de una empresa a sus proveedores. •Este servicio ofrece la posibilidad de cobrar las facturas anticipadamente. •Importante: Es un servicio de gestión de pagos no de deudas. https://youtu.be/7x1qzejPRUM