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Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú
                    Consejo Nacional de Salud        “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú”




            COMITÉ NACIONAL DE BIOÉTICA
                               CONSEJO NACIONAL DE SALUD

                               COMITÉ NACIONAL DE BIOÉTICA

                                 COLEGIO MEDICO DEL PERÚ

           COMITÉ DE VIGILANCIA ÉTICA Y DEONTOLOGICA DEL CONSEJO NACIONAL



            SEMINARIO TALLER SOBRE CONSENTIMIENTO INFORMADO

          GUIA PARA CONFECCION DE UN DOCUMENTO DE
       CONSENTIMIENTO INFORMADO EN LA PRÁCTICA CLÍNICA

                                 29 de noviembre de 2009

PRESENTACIÓN

El Consentimiento Informado (CI) es una obligación ética y legal en el ámbito de la práctica
clínica y en la investigación biomédica establecida en la Ley General de Salud (1997), en
el Código de Ética del Colegio Medico del Perú (2000 y 2007) y en los últimos años se está
incluyendo en el Codigo de Etica de los otros profesionales de la salud

El CI es un proceso dialógico en que el profesional de la salud brinda información al
enfermo bajo su cuidado, constituye la aplicación de los derechos humanos y del derecho
a la salud de los ciudadanos por lo que se constituye en una expresión del derecho a la
información que tiene toda persona que recibe atención y en un deber de los prestadores
de servicios de salud.

El Comité de Bioética del Consejo Nacional de Salud considera de vital importancia la
necesidad de que el CI sea considerado por el Sistema Nacional de Salud como una
prioridad debiendo establecerse las estrategias necesarias para que las instituciones
públicas y privadas de salud del sector promuevan y desarrollen la aplicación del CI a
través de una instancia orgánica en el más alto nivel del sistema.

Acorde a los tiempos, el profesional médico y los profesionales de la salud consideran de
suma importancia la adecuada implementación del CI que garantice el respeto a la
dignidad de la persona y la libertad individual de los pacientes mediante la participación del
paciente en la toma de decisiones sobre su salud más allá de la observancia legal o
deontológica.

La implementación y vigencia del CI en la práctica médica actual en el Perú muestra aun
un bajo nivel en su aplicación sobre todo en las instituciones de carácter público, como se
puede observar en la variedad de modelos de documentos de CI que se utilizan en la
práctica clínica en el Perú y que en muchos casos se limitan a copias tipográficas no
especificas de los procedimientos que respaldan.



                                                                                           Av. Salaverry 801
 ABZ
                                               www.minsa.gob.pe                    Jesús María. Lima 11, Perú
                                             seccor@minsa.gob.pe     T(511) 315-6600. Anexo 2861. Fax : 2651
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                    Consejo Nacional de Salud       “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú”



En el presente documento no se considera el CI que se aplica en la investigación
biomédica por las peculiaridades especificas de conlleva y que está definido en el
Reglamento de Ensayos clínicos vigente.


INTRODUCCIÓN.

La Norma técnica de la historia clínica de los establecimientos del sector salud Lima, 2005
N.T. Nº 022-MINSA/DGSP-V.02 define el Consentimiento Informado como: Es la
conformidad expresa del paciente o de su representante legal cuando el paciente está
imposibilitado, con respecto a una atención médica, quirúrgica o algún otro procedimiento,
en forma libre, voluntaria y consciente, después que el médico u otro profesional de salud
competente le ha informado de la naturaleza de la atención, incluyendo los riesgos reales
y potenciales, efectos colaterales y efectos adversos, así como los beneficios, lo cual debe
ser registrado y firmado en un documento, por el paciente o su representante legal y el
profesional responsable. Se exceptúa de consentimiento informado en caso de situación
de emergencia, según Ley General de salud, artículos 4º y 40º. en el enciso 12 de la
norma 12.

Los requisitos básicos para lograr el objetivo del CI son la libertad, competencia de los
enfermos para autorizar un determinado procedimiento ante una información suficiente,
basada en el nivel de confianza del paciente e incluyen la comprensión del procedimiento
propuesto, alternativas posibles, los resultados esperados que incluyan beneficios,
secuelas y riesgos, información que luego debe ser objetivada en un documento. La
información oral por parte del profesional, sola o con documento escrito permitirá
complementar eficazmente el conocimiento requerido por el paciente para tomar sus
decisiones, esta condición solo se puede alcanzar dentro de una buena relación medico
paciente que brinde estas garantías necesarias. La ley, ni la ética deontológica podrán
reemplazar esta relación


El problema en su aplicación surge en las personas que teniendo las condiciones para
tomar decisiones pueden tener dificultades en comprenderlas, en niños mayores, en
personas con limitaciones intelectuales en forma temporal o permanente, en los pacientes
que acuden a las emergencias de los centros hospitalarios, a las personas con
alteraciones neurológicas o psiquiátricas. Para sus efectos la Ley peruana establece las
personas que puedan reemplazar en la aceptación y rubrica del CI.

ASPECTOS LEGALES Y ÉTICOS DEL DERECHO A LA INFORMACIÓN Y AL CI

Hace algunos años existía en el Perú inserto en la historia clínica de los centros
asistenciales peruanos una hoja conocida como Exoneración de Responsabilidad que los
pacientes firmaban como requisito indispensable previo para la realización de
intervenciones y procedimientos médicos, orientada a prever efectos adversos producidos
como una mala respuesta a la injuria provocada por el procedimiento, muchos creen que el
CI ha remplazado a este documento.
Por otro lado debemos considerar que el derecho de las personas a la información se
vincula con el derecho del respeto del principio de la autonomía, resguardada en la Ley
General de Salud del Perú 1997 N° 26842 donde señala la obligatoriedad de solicitar
autorizaciones específicas a los pacientes para la realización de procedimientos médicos o
quirúrgicos y especifica que : “Ninguna persona puede ser sometida a tratamiento médico
o quirúrgico, sin su consentimiento previo o el de la persona llamada legalmente a darlo, si
correspondiere o estuviere impedida de hacerlo. Se exceptúa de este requisito las
                                                                                          Av. Salaverry 801
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                                            seccor@minsa.gob.pe     T(511) 315-6600. Anexo 2861. Fax : 2651
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intervenciones de emergencia” (Art. 4° - Título I : de los Derechos, Deberes y
Responsabilidades concernientes a la Salud Individual).

La autonomía es un principio que la Bioética ha reconocido como fundamental, en la 33ª
reunión de la Conferencia General de la UNESCO -2005- emitió la Declaración Universal
sobre Bioética y Derechos Humanos, donde incorpora categóricamente al CI como un
elemento vital en sus postulados determinando específicamente en el artículo 5 – la
Autonomía y responsabilidad individual, respetando la autonomía de los demás y para las
personas que carecen de la capacidad de ejercer su autonomía. En el artículo 6 – La
obligatoriedad de la aplicación del Consentimiento para intervención médica preventiva,
diagnóstica y terapéutica y la investigación científica. Las características de la información
el revocar el CI, las excepciones conforme normas éticas y jurídicas de los Estados, y con
el derecho internacional relativo a los derechos humanos. En el artículo 7 establece los
lineamientos de personas carentes de la capacidad de dar su consentimiento.


El Código de Ética( 2000) del CMP incorpora en su declaración los principios Bioéticos,
sustenta ampliamente el principio de autonomía o de respeto por las decisiones de los
pacientes competentes.


ASPECTOS   ÉTICOS    DEL               CONSENTIMIENTO              INFORMADO                 EN         LA
COMUNICACIÓN CLÍNICA

El sistema de salud en la actualidad debe diferenciar su obligación de ejercer con sus
pacientes el principio de beneficencia con el de asumir un rol paternalista negando al
paciente su condición de ser humano. No se puede aceptar la coacción como método
cotidiano, pero si puede permitirse una dosis de persuasión que no afecte la capacidad de
la persona para tomar las decisiones. Se trata entonces de que desarrollemos una mejor
capacidad comunicacional con los enfermos.

El médico moderno debe replantear los alcances del CI, considerando que todos los
pacientes deben tener acceso a la participación en la toma de las decisiones y a la
información en salud que ellos requieren, salvo en los casos excepcionales en que no
puedan participar activamente, que incluyen casos de demandas que manifiesten los
pacientes y que pueden considerarse como no racionales.

La doctrina del CI está basada en una actitud dialógica entre el médico y el enfermo,
forma parte del acto médico que se consolida en un documento escrito sobre todo cuando
las circunstancias y las responsabilidades amerita, su obtención está supeditada a la
voluntad del prestador que brinde la adecuada información que el paciente necesita
comprender para luego decidir, es importante asegurarse de que este haya entendido.
Para ello debemos asegurarnos que la información sea redactada de manera sencilla
evitando datos técnicos innecesarios, que permita al paciente tomar la decisión. Se debe
evitar el uso de documentos de CI de carácter general para todo tipo de patología usando
textos pre diseñado. Deberá procurarse de que la información otorgada en el CI sea lo más
especifica posible para el tipo de patología y procedimiento propuestos.

No siempre es fácil obtener el CI, las normas legales no pueden ir más allá de lo que esta
establece, sin embargo debemos esforzarnos en cumplirla y procurar hacer que esta sea
congruente con la doctrina legal y deontológica que debemos ofrecer al paciente para que
decida de una manera clara y espontánea.

                                                                                           Av. Salaverry 801
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El presente documento debe ser entendido como un esfuerzo del Comité de Bioética del
Consejo Nacional de Salud y del Colegio Médico del Perú dirigido a los profesionales de la
salud, con el objeto de que permita la revisión de las condiciones en que desarrollan
actualmente el CI en los servicios asistenciales y establecer las pautas que definan las
características particulares del CI en cada servicio según el nivel del procedimiento y el
tipo de información que se desea transmitir al paciente,

SUGERENCIAS PARA LA PREPARACION DE DOCUMENTO DE CI

El MINSA ha establecido un formato que ha sido introducido anexo para la normatividad
para la historia Clínica que permite tener un patrón de referencia, pero dado de que el
documento de CI es una exigencia legal que debe ser adaptada en cada centro asistencial
de acuerdo a la complejidad y necesidades que los propios médicos y las autoridades
deberán establecer, lo que significa que no es posible establecer un patrón único, salvo en
que las condiciones sean similares u obedezcan a una normativa institucional como es el
caso de EsSALUD, MINSA, Fuerzas Armadas y Policía Nacional entidades privadas etc.

Las actividades que se desarrollaron los últimos años sobre EL CI han permitido establecer
algunos lineamientos que deben tomarse en cuenta para la confección del CI como:

    Es imprescindible tomar en cuenta el involucramiento y la participación de las
     autoridades institucionales para la implantación de los documentos de CI.
    Es importante para la aplicación adecuada del CI la participación activa no solo de
     los médicos sino de todos los profesionales de la salud.
    Es importante que se conozcan las bases teóricas del CI, especialmente las de
     carácter Legal.
    Debe evitarse de que se considere al CI como un acto más de los aspectos
     burocráticos de la atención en salud.
    Es necesario de que las instituciones asistenciales deban contar con una instancia
     que tenga la capacidad necesaria para la promoción, monitoreo y supervisión de
     los aspectos relacionados con el CI. Los comités de ética hospitalaria son una
     instancia que puede colaborar eficazmente con el desarrollo del CI

INFORMACIÓN QUE SE REQUIERE PARA LA OBTENCION DEL CI

A. Se requiere determinar inicialmente el nivel de competencia del paciente para recibir la
información, en caso contrario se deberán a determinar las personas que la ley determine
par estos efectos

B. La información es esencialmente administrada en forma verbal al paciente por el médico
tratante responsable primario del acto que se pretende realizar, teniendo en cuenta el
interés, las peculiaridades y los deseos de los pacientes, y también lo que se les está
proponiendo, quedando a los pacientes la posibilidad de aceptar dicha información para
permitir a los pacientes, y familiares, tomar honesta y libremente una decisión.

C. El médico debe tener la habilidad y el juicio suficientes para reconocer los límites
señalados para los pacientes y adaptarse a las peculiaridades de cada caso.

D. Es posible que las instituciones puedan contar con personal especializado pudiendo
designar a encargados que puedan almacenar electrónicamente formatos de CI
semiestructurados en patología prevalente vinculada a los servicios que se oferten en el
establecimiento de salud y que tienen que ser los adecuados a las necesidades de cada
enfermo.
                                                                                          Av. Salaverry 801
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E. Considerando que el CI es una doctrina cuya aplicación es inicialmente verbal y pueda
estar seguida o no de documentos escritos, es importante que la información que deba
proveer el médico deba ser positiva considerando las posibles secuelas o resultados
adversos previsibles o no y deba incluir al menos :
     Ventajas de la intervención frente a otras alternativas posibles.
     Consecuencias seguras o muy probables de la intervención, que son relevantes
       para el enfermo. Incluyendo las psicológicas y emocionales que pueden derivarse
       de la intervención.
     Riesgos típicos, que son los inherentes al procedimiento.
     Riesgos personalizados.

Aunque puede preverse que dentro de algunos años más pacientes exigirán información
exhaustiva, también muchos pacientes renunciaren activamente a recibir información que
no deseen recibir. En estos casos es conveniente conocer en lo posible la decisión por
boca del propio paciente y luego pasar a elegir de la manera más conveniente a un
responsable familiar o allegado que se erija como interlocutor autorizado y mediador con
los deseos del grupo familiar que respalde las decisiones más convenientes para le
paciente.

F. La información que el médico debe brindar para que alcance el objetivo de lograr un
auténtico CI debe ser clara, sencilla, con términos al alcance del interlocutor, obviando
terminología propia de la medicina y de detalles de naturaleza técnicas que no servirán
para mayores o mejores conclusiones.

G. Además de dar informaciones, hay que contestar preguntas, aclarar conceptos no
entendidos, sacar de la duda y ayudar en la indecisión con consejos. Hay que dejar tiempo
(para consultar, si hace falta) para que las informaciones recibidas generen dudas, que se
puedan verbalizar y expresarse las indecisiones o el miedo. Muy a menudo, la carencia
sobre esta necesidad es la que expresa el enfermo, cuándo dice que no ha estado bien
informado.

H. Los documentos han de prever apartados específicos para la revocación del CI por
parte del paciente o los familiares y su posible retiro del centro por no estar de acuerdo o
no acceder a las propuestas médicas. Este párrafo no es equivalente al la exoneración de
responsabilidad.

I. El CI deberá al final del documento contar con la firma del paciente y/o familiar o
allegado responsable que ratifique el acceso y la libertad con que toma la decisión y los
posibles riesgos. En los casos de emergencia calificada bastará con la firma de un
funcionario no institucional como es el caso de policías. Los testigos podrán ser opcionales
de acuerdo a condiciones especiales, como es el caso de ensayos clínicos u otros
procedimientos experimentales.

K. El CI deberá ser solicitado en lugar y en condiciones apropiadas y prudenciales del
procedimiento propuesto, evitando que el documento sea solicitado muy próximo al evento
o en las mismas salas de procedimiento, se asume que esta condición precisará una
reflexión sensata y serena del paciente.

DOCUMENTO ESCRITO DEL CI

El documento del CI debe considerarse fundamentalmente como una prueba de que el
paciente ha recibido la información necesaria, considera esencialmente de vital
                                                                                          Av. Salaverry 801
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importancia absolver dudas y responder a las expectativas y preguntas que el paciente
tiene derecho a conocer.

Es posible que las instituciones de salud cuenten en los servicios asistenciales con
formatos prediseñados (anestesia y cirugía menor o banco de sangre) que puede ser
comunes para procedimientos con bajo nivel de riesgo de complicaciones o secuelas
directas relacionadas con el procedimiento solicitado y que puede ser análogo a otros
procedimientos, Los documentos cerrados o estandarizados, ya redactados, son útiles en
determinadas técnicas y en aquéllas en las que quien las hace firmar no es quien
practicará la técnica (exploraciones endoscópicas, radiología, transfusión, etc.). Los
documentos cerrados o estandarizados, ya redactados, son útiles en determinadas
técnicas y en aquéllas en las que quien las hace firmar no es quien practicará la técnica
(exploraciones endoscópicas, radiología, transfusión, etc.).

En los casos que estas exigencias sean realizadas por especialistas con procedimientos
exclusivos y privativos de especialistas tiene que contener los apartados mínimos
siguientes que hay que rellenar, nunca deben ser formatos únicos cerrados sino abiertos
aplicables a cada procedimientos sino que tiene que concretar el procedimiento propuesto
y sus especificidades básicas:

1. El CI escrito es un documento indispensable para la realización de cualquier
   intervención y/o procedimiento de diagnóstico o tratamiento que entrañen algún nivel
   de razonable riesgo o de responsabilidad.

2. El documento de CI es una responsabilidad y competencia del médico que participará
   en la intervención y debe ser obtenido directamente por este.

3. El CI como documento escrito podrá estar establecido previamente en un formulario
   que deberá ser completado por el paciente a instancias del médico tratante.

4. El documento escrito del CI, por lo regular debe estar registrado en la Historia Clínica o
   en el documento clínico correspondiente

5. El Contenido del CI consta de:

   a) Titulo del CI, especificando la propuesta de la patología a tratar
   b) Datos básicos de filiación del Paciente
   c) Diagnósticos principales y coomorbilidades
   d) Procedimiento o intervención propuesta y objetivos que se persiguen.
   e) Tipos de anestesia o analgesia a utilizarse.
   f) Posible desenlace de la enfermedad, molestias y riesgos más importantes por su
   frecuencia y/o
       Gravedad.

           Explicar someramente los beneficios razonables que se pretenden lograr, su
           grado aproximado de probabilidad y los beneficios que se puedan esperar de la
           cirugía y consecuencia de la denegación.
           Alternativas factibles
           Curso espontáneo del padecimiento sin tratamiento, y consecuencias de ello
           con opiniones y recomendaciones del médico.
           Complicaciones prevenibles


                                                                                           Av. Salaverry 801
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   g) Autorización para obtener fotografías, videos o registros gráficos en el pre, intra y
      postoperatorio y para difundir resultados en Revistas Médicas y/o ámbitos
      científicos
   h) Participación del paciente respecto a los procedimientos
   i) Firma del paciente o de la persona llamada legalmente a dar el consentimiento y
      firma del médico tratante*, firma de testigos, si fuera el caso necesario

Los documentos tienen que referirse al procedimiento concreto (intervención, técnica,
exploración) y pueden evitar otras cuestiones que no sean necesarias, sobre todo aquéllas
que todavía no hayan sido tratadas en el etapa verbal de información que se realice
durante proceso.

LÍMITES DEL CI

Hay limitaciones para la práctica del consentimiento informado antes de una actuación
médica.
Excepciones del Consentimiento Informado

   a) En caso de que el paciente no tenga las condiciones emocionales o mentales para
      otorgar el CI.
   b) Incompetencia del enfermo al momento del procedimiento o intervención.
   c) Información que conlleve grave peligro para la salud pública.
   d) Situaciones de emergencia o urgencias calificadas en ausencia de representantes
      legales del paciente

MENORES DE EDAD
En el caso de menores, si éstos no son competentes, ni intelectualmente ni
emocionalmente, para comprender el alcance de la intervención sobre la propia salud, el
consentimiento tiene que darlo el representante del menor, habiendo escuchado su opinión
si es mayor de doce años, sin embargo es recomendable incluir el asentimiento del menor
en el documento del CI. En el resto de casos, y especialmente en los menores
emancipados y adolescentes mayores de dieciséis años, el menor tiene que dar
personalmente su consentimiento.

En el caso de riesgo para la salud pública pueden colisionar con los principios básicos
como son del derecho fundamental a la libertad, tienen que ser utilizadas de forma
excepcional. Sin embargo, hay una opinión bastante común que, cuando se emprenden
medidas de este tipo contra la voluntad del paciente, conviene acudir al juez, para que sea
la Administración de Justicia quien, tomando como base los motivos que la Administración
Sanitaria alega, las autorice.


EMERGENCIAS Y URGENCIA
En caso de urgencia imperiosa los trámites para obtener un consentimiento informado
pueden encontrarse muy limitados. Puede ser prioritario claramente no perder tiempo con
el fin de hacer frente al tratamiento, y el Cl puede limitarse entonces a obtener un
consentimiento oral después de una información simple, si eso es posible.
En el caso de que no sea posible la circunstancia anterior, es lícito posponer la información
al momento en que las circunstancias lo permitan, informando a los familiares y
acompañantes del paciente.



                                                                                           Av. Salaverry 801
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En las urgencias es posible intentar la obtención de un CI, incluso escrito. Aun cuando
consideramos que las circunstancias en la situación de urgencia comportan a menudo
grados variables de stress, angustia y en pocas opciones acuciados por dolor, un grado de
angustia muy fuerte y una necesidad de ayuda tan perentoria que no facilitan el proceso de
información progresiva En estos casos, sin obviar la firma de un documento de
consentimiento abierto, tendría que limitarse la información a lo que ayude realmente a ver
de forma simple y realista el balance entre riesgos y beneficios, con la ayuda del
profesional en forma de consejo e, incluso, de persuasión (no de coacción) , es
recomendable dejar escrito en la HC la información que se le va ofreciendo al familiar.

En estos casos hay que respetar la voluntad del enfermo, incluso su negativa a un
tratamiento supuesta mente vital, como es el caso de trasfusiones sanguíneas en
pacientes pertenecientes a credos religiosos como es el caso de los Testigos de Jehová
después de asegurarse que el enfermo es claramente competente y no hay duda que ha
tomado libremente la decisión. Es recomendable pedir en estos casos que la negativa se
exprese por escrito, que se consulte el entorno familiar y la opinión de un tercero.

Si el enfermo está inconsciente, también en caso de urgencia, tienen que tenerse en
cuenta los límites expresados en el documento de voluntades anticipadas, en el momento
de formalizar el CI con los representantes.

RENUNCIA O DELEGACIÓN
El derecho a ser informado, como todos, es renunciable y, en consecuencia, tiene que
respetarse la voluntad de la persona que no quiera ser informada tal como también señala
la Ley General de Salud.


SITUACIONES ESPECIALES

EL CI Y LAS IDENTIDADES CULTURALES

En una sociedad como la nuestra, especialmente en las áreas rurales existen numerosas
comunidades de personas con valores, significaciones, culturas y códigos de comunicación
diferentes a los de la sociedad que acepta las condiciones de la globalización y
ocasionalmente personas en tránsito. Las necesidades de salud de estas personas tienen
que ser atendidas, por encima de las diferencias sociales, religiosa, éticas o de condición
económica. Y, a pesar de estas diferencias culturales, los derechos a la información y a
dar el Cl personal no pueden obviarse nunca, puede sin embargo puede solicitar un
intermediario para ofrecer la información de manera entendible. El CI afianza la relación
clínica y pide del profesional una sensibilidad mayor cuando la persona que atiende
proviene de otra cultura, con valores y creencias diferentes de los propios. Es
especialmente importante ser consciente de la necesidad de situarse en una disposición
en el diálogo. La posibilidad de discriminar y desmoralizar al enfermo que no comparte
nuestros valores es un riesgo que se debe poder identificar para evitarlo.

La autonomía como principio bioético exige la participación del paciente, pero en muchos
casos el enfermo delega activa o pasivamente la decisiones requeridas en el CI a los
familiares o en carencia de ellos a las personas mas vinculadas a ellas, nuestra obligación
es que esta decisión positivamente sea decisión especifica del paciente.

Por lo tanto, en el proceso del CI en la clínica de personas de entornos culturales
diferentes a las occidentalizadas los médicos deberán considerar:

                                                                                          Av. Salaverry 801
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Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú
                         Consejo Nacional de Salud                “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú”



- Ser respetuoso con las manifestaciones que tengan los pacientes en torno a sus
problemas según los valores de los enfermos y de su grupo de referencia.
- Procurar que el paciente considere la existencia de este derecho como una situación que
le favorece,
- Los centros asistenciales deberán contar con oficina de apoyo a la información, comités
de ética o de calidad que estén debidamente entrenados en facilitar a los pacientes la
información que se pretenda hacerles llegar, se recomienda contar con traductores de las
lenguas nativas cuando se requiera.

RELACIÓN DE PROCEDIMIENTOS PARA LOS CUALES SE RECOMIENDA CONTAR
CON EL CI ESCRITO

Cada institución de salud deberá prever que cada una de las unidades asistenciales de su
influencia establezcan las estrategias necesarias para los servicios médicos y quirúrgicos
diseñen y establezcan sus propios documentos de CI, estableciendo para ello las
prioridades de patología que por la frecuencia y/o riesgo se presentaran históricamente. Se
ha determinado que al menos se deba tener en cuenta en los casos de:

1. Intervenciones quirúrgicas con anestesia general o regional
2. Radiología intervencionista o con o sin anestesia
3. Endoscopia diagnóstica y/o terapéutica
4. Procedimientos especializados
4. Biopsias de órganos con riesgo

También es preciso acatar las disposiciones sobre el tema establecidos en la Ley General
de Salud como es el caso de Además, cabe recordar que hay determinados
procedimientos en los cuales se incluyen:

1. Donación y recepción de sangre y hemoderivados
2. Trasplante y donación de órganos y tejidos
3. Necropsias
4. Ensayos clínicos
5. Técnicas de reproducción humana asistida
6. Aborto terapéutico.

                                                  BIBLIOGRAFIA
1.  Acea Benigno. El consentimiento informado en el paciente quirúrgico. Reflexiones sobre la Ley Básica Reguladora de
    la Autonomía de los Pacientes Complejo Hospitalario Universitario Juan Canalejo. La Coruña. España.
2. Acuña León Aída Elizabeth. Tesis Nivel de conocimiento sobre el contenido del consentimiento medico informado para
    procedimientos y la exoneración de responsabilidad por rechazo al tratamiento en el Hospital Nacional Cayetano
    Heredia. en 1999
3. Aguirre-Gas Héctor. La ética y la calidad de atención. Cirugía y Cirujanos 2002. Vol 70: 50-54
4. Alfonso Sánchez Ileana. Bioética y su Relación con la Tecnología Medica. Monografías.com
5. Allende García. Estudio de la comprensibilidad de los documentos de Consentimiento informado utilizados en el
    Servicio de radiodiagnósticos del Hospital Virgen del Camino. Cuadernos de Bioética 2004
    6. Negro Álvarez JM Comunicación y consentimiento informado durante el periodo de residencia en alergología.
          Alergología Inmunología Clínica Diciembre 1999
6. Andamayo Sugasti Armando Consentimiento Informado en Unidades de Cuidado Intensivo, Proyecto de tesis de
    Maestría, Del Master De Bioética UNMSM y la Universidad Complutense de Madrid t 2003 y el 2004
7. Aplicación de la tecnología a la medicina. html.rincondelvago.com/avances-tecnologicos-en-medicina
8. Appelbaum, and T Grisso Assessing patients' capacities to consent to treatment Abstract Volume 319:1635-1638
    December 22, 1988 Number 25
9. Arruego Gonzalo. Sobre el marco constitucional de La asistencia sanitaria no Consentida en el ordenamiento Jurídico
    español. Revista Derecho y Salud 2005
10. Aspectos medico Legales de la practica medica Revista de la Sociedad Medicina Interna de Buenos Aires
11. Avances científicos y tecnológicos en Medicina.
    http://www.euroresidentes.com/futuro/avances_cientificos_medicina.htm
12. Beltrán Aguirre Juan Luis La información en la Ley General de Sanidad y en la jurisprudencia Revista Derecho y
    salud España Volumen 03. 11 1999
                                                                                                        Av. Salaverry 801
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Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú
                               Consejo Nacional de Salud                         “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú”



13.   Bohórquez Francisco el diálogo como mediador de la relación medico – paciente. Revista Medica de Chile 2004: 1243-48
14.   Bonilla Sandi Alban Consentimiento Informado en los Experimentos en Seres Humanos http://www.cielo.sa.ar
15.   Brandes Pilar
16.   Carta de Consentimiento bajo información. Indicador de comunicación medico-paciente. Alfredo Ramos Ramos y
      otros Jalisco México 2005
17.   Código Civil Peruano. 24 de Julio de 1984
18.   Código penal peruano. 03 de Abril de 1991
19.   Constitución Política del Perú. 31 de Diciembre 1993
20.   Broggi Trias M.A ¿Consentimiento informado o desinformado? El peligro de la medicina defensiva? . Med Clin
      (Barcelona) 1999; 112: 95-96. http://www.atheneum.doyma.es/Socios/sala_l/lec01eti.htm
21.   Ciencia y tecnología. Los avances tecnológicos permiten realizar chequeos médicos a través de Internet Lecturas
      Colegio 29/3/2006 17:47:31 13 www.diariosur.es).
22.   Código de Ética del Colegio del Perú 1969
23.   Código de Ética del Colegio Médico 2002
24.   Código de Ética del Colegio del Perú 2007
25.   Código de Nüremberg (Tribunal Internacional de Nüremberg) 1946
26.   Cohen Diana Responsabilidad y libertad Critica Revista de Filosofía. México 35:105 (Dec 2003)
27.   Consentimiento Informado puntos adicionales para estudios en los que participen Mujeres en edad fértil Comité
      Institucional De Bioética (MEF) Asociación VIA LIBRE http://vialibre.org.pe/CIB-InstrucACI.pdf
28.   Consentimiento Informado Ministerio de Salud de Costa Rica Comités Ético-Científico. http
      //www.netsalud.sa.cr/conis/c_conen.htm
      .Consentimiento Informado Clínica Virtual ginecológica Trabajo Original del Comité de Bioética del Círculo
      Médico de Morón, Hurlingham e Ituzaingo. (Buenos Aires, Argentina) http ://members/tripod.com
29.   Consentimiento Informado Libros y Manuales Medicinainformacion.com Libros online
30.   Consentimiento informado en cuidados paliativos. Comité de Ética de la Sociedad Española de Cuidados Paliativos
      Diario Médico el Comité Directivo de la Sociedad Española de Cuidados Paliativos Publicación: 24 de abril de 2002 .
      http//www. Unav.es                     .
31.   Convenio de Asturias de Bioética . Consejo de Europa Oviedo 4 de abril de 1997. Convenio para la protección
      de los Derechos Humanos y la dignidad del ser humano respectos a las aplicaciones de la Biología y la
      Medicina                                          .
32.   Chiu Navarro Violeta, Algunas reflexiones de la bioética en las ciencias médicas Ministerio de Salud Pública de la
      República de Cuba Revista Cubana Educación Medica Superior v.13 n.1 Ciudad de La Habana ene.-jun. 1999
33.   Dalla-Vorgia, P et al en la revista Med Ethics 2001; 27:59-61Is consent in medicine a concept only of modern times?
34.   Declaración de los Derechos Bioéticos UNESCO 2004
35.   DE Benedetti Zuhnino María Elena Evaluación de la autonomía del paciente en el proceso de la toma de decisiones
      médicas, en pacientes hospitalizados en el Servicio de Medicina Interna del Hospital Nacional Arzobispo Loayza
      .
36.   De Lorenzo y Montero Ricardo Consentimiento Informado. Asociación Española de Derecho Sanitario.
      http.//www.aeds.org/consenti.htm
37.   De los Reyes López M Aproximaciones a la Bioética
38.   Downes T, Channer KS Ethical problems in clinical practice Postgraduated Meical Journal 2003. 7:151-3
39.   Duque Z José Humberto El Consentimiento Informado ¿Cuestión de Formalismo Legal o cuestión de humanidad.
      Medico Legal. Colombia Volumen V, No.3 Septiembre-Diciembre de 1999
40.   El consentimiento informado. Comité de expertos en consentimiento informado del Departamento de salud de
      Navarra. Orden floral 151/1996 se 18 de julio del consejero de Salud del Gobierno de Navarra.
41.   El Consentimiento Informado y la Ética Clínica en el Perú Seminario Taller 4 y 5 de Julio 2006. Sede del Colegio
      Medico del Perú. Lima
42.   Fernández Asturias
43.   Fernández Lara Danitza Consentimiento Informado en Medicina. México Acta Medica Grupo Ang 2005; 3 (1): 59-61
44.   Fernández Quezada Consentimiento informado en cirugía de urgencias. Un reto. Cartas al Director
45.   Fernández Varela H. Sotelo Monroy El consentimiento Informado mediante Información Revista Facultad de Medicina
      UNAM 200 Vol 41
46.   Fiorentino Jorge Consentimiento informado y sus implicancias medico quirúrgicas. Actualización: 8/2001
      http://www.paideianet.com.ar/consentimiento.htm
48.   Formación en Responsabilidad Profesional http://www.aeds.org/consen2.htm#2.5
49.   Fuller R How informed is consent? Understanding of pictorial and verbal probability information by medical
      inpatients Postgraduate Medical Journal 2002;78:543-544
50.   Galán Córtez Julio La responsabilidad médica y el consentimiento informado
      http://www.smu.org.uy/publicaciones/rmu/1999v1/art2.htm

51.        García Ortega Cesáreo La autonomía del paciente y los derechos en materia de información y documentación clínica en el contexto de la
Ley 41/2002: Rev. Esp. Salud Pública,                                                                                                52.
Gispert Cruells Jorge. Conceptos básicos de bioética y responsabilidad medica 3r Edición Manual Moderno México 2005
53. Gacia Guillén Diego. Fundamentos de Bioética
54. Gracia Guillén Diego. Como Arqueros al Blanco. Editorial el Buho
55. González Quintana Constantino Veracidad e Información al Paciente Med Clin Barcelona 1998 Volumen 110:665-56.
Guzmán Mora IGA El consentimiento informado en cirugía vicios del consentimiento.
http://www.abcmedicus.com/articulo/medicos/2/id/322/                                                                                        57.
Hernández Quintana Maria del Carmen. El consentimiento informado en anestesiología. Aspectos bioéticos. Revista
Cubana de Anestesiología y Reanimación 2004; 3 (1 ): 2233
58. Hernando Pablo Los derechos de los pacientes: una cuestión de calidad. España Rev Calidad Asistencial.
2005;20(6):353-6 76 Hernández Quintana Maria del Carmen. El consentimiento informado en anestesiología. Aspectos
bioéticos. Revista Cubana de Anestesiología y Reanimación 2004; 3 (1 ): 2233                                                         59.
                                                                                                                           Av. Salaverry 801
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                                                                      seccor@minsa.gob.pe            T(511) 315-6600. Anexo 2861. Fax : 2651
Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú
                          Consejo Nacional de Salud                “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú”



Horowitz Campos Nina. El sentido social del profesionalismo médico Revista Médica de Chile 2006. Volumen 134: 520-524
56. Huamán López Nélida Derecho al consentimiento informado Revista de la Sociedad Peruana de Medicina Interna - Vol.
12 N.º 4, 1999

52. Idoate V M La compresibilidad el Consentimiento informado. Revista Anales del Sistema Sanitario de Navarra Vol 3
    Enero Abril 2000
53. Informed Consent. Informed Consent Preparado por la American Medical Association 1987
54. Introducción a la teoría del Consentimiento Informado. Revista Ocular España N 2 Junio 2003
    .Jacob El consentimiento informado. jacuber@coreoweb.com. Monografías.com
55. Kogan Benny. Trabajo de maestrista Evaluación de Consentimientos Informados en 12 centros asistenciales de Lima
    Perú Julio 2007. Maestría Universidad de San Martín de Porres
     Judvosky Gerardo La salud y el derecho de la mano Argentina Revista Médicos N 18. 43                .
56. La Declaración de Lisboa de los Derechos de los pacientes. 1964
57. La Comunicación Humana y la Relación Médico-Paciente. Séptimo Simposio Internacional Comisión Nacional de
    Arbitraje Médico (CONAMED) 24 y 25 de octubre, en el Salón Olmeca del World Trade Center de la ciudad de México
58. Lachica Lopez. El secreto medico y el consentimiento informado en el informe pericial. Cuadernos de Medicina
    Forense España. Vol 27, 2002.
59. La Ética en los avances tecnológicos Mayo 27, 2004
    http://www.euroresidentes.com/blogs/avances_tecnologicos/2004/05/la-etica-en-los-avances-
    tecnologicos.htm.
60. Lamas Meilán, Manuel María El Consentimiento Informado en los ensayos clínicos Cad Aten
    Primaria 1998; 5: 99-103 http://www,fisierra.com/mbe/investiga/8 consentimiento. ensayos
61. Ley General de Salud Ley Nª 26842 – 1987
62. Ley General de Sanidad España 14 1986 de 25 de abril.
63. Ley para la investigación y los ensayos clínicos
64. Lisigursky Miriam. Valoración Geriátrica Integral en una población de adultos mayores
65. Lorda Simon. Consentimiento informado. Med Clin. Barcelona 2001: 117:99-106
66. Lorda Simon. La capacidad de los pacientes de tomar decisiones. Med Clin. Barcelona 2001: 419-
    426                                                                               .
67. Loja Oropeza David Proyecto de tesis de Maestría en Medicina realiza una encuesta preelaborada,
    En trámite      .
68. Los diez avances científicos mas importantes del 2007 Revista Virtual Colegio 29 Diciembre
    2007:24:03 www.correoperu.com.pe
69. López Moratalla Natalia. Bioética y avances tecnológicos: tres problemas actuales BIOMEDICINA,
    2005, 1 (1)                                                               .
70. Lugones Botell Miguel. Consentimiento informado. Rev Cubana Med Gen Integr vol.21 no.5-6 Ciudad de La
    Habana Sept.-Dec. 2005
71. Mann N. Clay Confronting the Ethical Conduct of Resuscitation Research: A Consensus Opinion
72. Manual de Ética del Colegio Medico de americanos 1984 (AMA)
73. Manrique Jorge Luis Hospital Consentimiento Informado U.B.A., MAAC Asociado a la U.B.A
74. Mendoza-Romo MA, Aspectos éticos y legales del consentimiento informado en la práctica e investigación médica Gaceta
    Medica México 2003; 139 (2): 184-187
75. Merz Join F An Empirical Analysis of the Medical Informed Consent Doctrine:
    Search for a "Standard" of Disclosure* Jon F http.//piercelaw.edu/risk.
76. Molina Victoria Eugenia Aspectos de Responsabilidad Profesional en Fisioterapia MEDICO LEGAL Revista
    Colombiana para los profesionales de la salud Año xII N 2. 2007
77. Morón Baute Maria Elisa. Contrato de seguro de responsabilidad medica Tesis Pontificia Universidad Javeriana
    Colombia 2002
78. Normas para la redacción del consentimiento informado, Recomendadas Por CIOMS Asociación VIA LIBRE Comité
    Institucional de Bioética. http://vialibre.org.pe/CIB-NorCons%20Infor.pdf
79. Norma técnica de la historia clínica de los establecimientos del sector salud Lima, 2005 N.T. Nº 022-
    MINSA/DGSP-V.02 Dirección General de Salud de las Personas
80. Núñez de Villavicencio Porro Fernando. Consentimiento informado versus conocimiento educado. Revista
    Cubana de Salud Publica Vol 32 N4
81. Ocampo Martínez Joaquín México. Revista Cir Cirugía La bioética y la relación medico paciente 22:70: 59
82. Osuna Carrillo de Albornoz E. Calidad de la información sanitaria como requisito para el consentimiento Informado.
    Revista Microcirugía Ocular Volumen 2 Julio 2003                                .
83. Pacheco D José Luis Análisis Médico Legal en los casos de Responsabilidad Médica. MINSA.
    Hospital 2 de Mayo. 2003
84. Palomino Guerrero Carmen Calidad de vida en medicina: un problema por resolver Revista de la Sociedad Peruana
    de Medicina Interna Vol. 14, Nº 1, 2001
85. Pantoja Zarza L. El consentimiento informado: ¿sólo un requisito legal? Máster en bioética por la Universidad
    Complutense de Madrid Unidad de Reumatología. Hospital El Bierzo. Fuentesnuevas- Ponferrada. León. España
86. Pelayo González-Torre D. Ángel "El Consentimiento de los pacientes a los tratamientos médicos.
    Planteamientos teóricos y realidad Practica" Universidad De Cantabria
87. Principios de Ética Médica (Naciones Unidas, 1982)                                                                .
88. Reguladora del consentimiento informado Ley 3/2001, de 28 de mayo (BOE 03.07.01) Comunidad Autónoma de
    Galicia exposición de motivos
89. Revilla Diana E. La realidad del consentimiento informado en la practica medica peruana. Acta Medica Peruana
    Volumen 23 N 3 Septiembre-Diciembre 2007
90. Reyes López M de los Consentimiento Informado en pacientes sometidos a cirugía por mínimo acceso. Revista
    Cubana de Enfermería 22 Nº 4
91. Rincón Hernán G. El consentimiento informado de la Fundación Clínica Valle del Lili. Colombia medica1999:30:99-101
                                                                                                         Av. Salaverry 801
 ABZ
                                                            www.minsa.gob.pe                     Jesús María. Lima 11, Perú
                                                          seccor@minsa.gob.pe      T(511) 315-6600. Anexo 2861. Fax : 2651
Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú
                          Consejo Nacional de Salud                 “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú”



92. Ríos Barrientos, Mario Edgar en una tesis plantea para Magíster plantea al consentimiento informado para la
     anticoncepción quirúrgica femenina
93. Roberson G Informed consent 20 years later Health Law Journal 2003 Special edition 153-159.
     http://www.law.ualberta.ca/centres/hli/pdfs/hlj/2003_Special/09_Robertson.pdf
94. Rodríguez López Pedro. Los derechos Constitucionales de los Pacientes: Derecho a la vida y a la Integridad física.
     Revista derecho y salud . España Vol 14. N 168 2006
95. Rojas Zorro Elberto Universidad del Bosque. El consentimiento informado, en las tradiciones médica y jurídica Aporte
     solicitado por el ICEB y Academia de Medicina. Junio de 2005
96. Rubiera Gerardo. La legibilidad de los documentos de Consentimiento Informado en los Hospitales de Asturias Gac
     Sanit v.18 n.2 Barcelona mar.-abr. 2004
97. Suñol Joaquín Consentimiento Informado En Cirugía Estética http://www.drsunol.com/consentimiento.html
     .
98. Saavedra Cárdenas Jeanette Consentimiento Informado. Fundación Santafé de Bogotá.
99. Solsona JF. Recomendaciones del grupo de Bioética de la SEMICYUC sobre el consentimiento informado en
     UCI. MEDICINA INTENSIVA Sábado 1 Junio 2002. Volumen 26 - Número 05 p. 253 - 254
100. Tarodo Soria Salvador La doctrina del Consentimiento informado en el ordenamiento jurídico Norteamericano
     Revista Salud y Derecho 2005
101. Tallone Federico C. El Consentimiento Informado en el Derecho Médico . http //pastoralsida.com.ar/recursospastorales
     /consentimiento. htmftn
102. Tsuhida Marisa En investigación biomédica un olvido histórico : ARS Medica Volumen 9, N 9
103. Valencia Pinzón Giovanni. La Lex Artis www:/httpscare Sociedad Colombiana de reanimación y anestesia
104. Varela Luis Luis Varela Características del deterioro cognitivo en el adulto mayor peruano hospitalizado a nivel
     nacional. Rev. Soc. Per. Med. Inter. 17(2) 2004
105. Vázquez Ferreyra Roberto El Consentimiento Informado en la Practica Medica http:// googlecomresearh
106. Villanueva Egan Luis A . Algunas reflexiones sobre el consentimiento informado Revista Hospital Dr. M Gea González
     Octubre 2000: 139-149
107. Villena Salinas Nadia y Villarreal Juan Conocimientos y actitudes de los cirujanos frente a pacientes infectados con
     los virus de inmunodeficiencia humana, hepatitis b y hepatitis c
108. Wilets Ilene Communicating with Subjects: Special Challenges for Resuscitation Research , Academic
     Emergency Medicine Medicine meeting New York City, May 2005
109. Wynia, Matthew K. Invoking Therapeutic Privilege http://www.ama-assn.org/ama/pub/category/11937.html Medicine
     and Society
110.       Zárate Cárdenas Eduardo SITUA 2003; 12 (23)
111. Zeidenstein, Laura CNM, MSN Columbia University School of Nursing, New York Elective Cesarean Section:
How Informed is Informed?




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                                                           seccor@minsa.gob.pe       T(511) 315-6600. Anexo 2861. Fax : 2651

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Propuesta de consentimiento informado

  • 1. Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Consejo Nacional de Salud “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú” COMITÉ NACIONAL DE BIOÉTICA CONSEJO NACIONAL DE SALUD COMITÉ NACIONAL DE BIOÉTICA COLEGIO MEDICO DEL PERÚ COMITÉ DE VIGILANCIA ÉTICA Y DEONTOLOGICA DEL CONSEJO NACIONAL SEMINARIO TALLER SOBRE CONSENTIMIENTO INFORMADO GUIA PARA CONFECCION DE UN DOCUMENTO DE CONSENTIMIENTO INFORMADO EN LA PRÁCTICA CLÍNICA 29 de noviembre de 2009 PRESENTACIÓN El Consentimiento Informado (CI) es una obligación ética y legal en el ámbito de la práctica clínica y en la investigación biomédica establecida en la Ley General de Salud (1997), en el Código de Ética del Colegio Medico del Perú (2000 y 2007) y en los últimos años se está incluyendo en el Codigo de Etica de los otros profesionales de la salud El CI es un proceso dialógico en que el profesional de la salud brinda información al enfermo bajo su cuidado, constituye la aplicación de los derechos humanos y del derecho a la salud de los ciudadanos por lo que se constituye en una expresión del derecho a la información que tiene toda persona que recibe atención y en un deber de los prestadores de servicios de salud. El Comité de Bioética del Consejo Nacional de Salud considera de vital importancia la necesidad de que el CI sea considerado por el Sistema Nacional de Salud como una prioridad debiendo establecerse las estrategias necesarias para que las instituciones públicas y privadas de salud del sector promuevan y desarrollen la aplicación del CI a través de una instancia orgánica en el más alto nivel del sistema. Acorde a los tiempos, el profesional médico y los profesionales de la salud consideran de suma importancia la adecuada implementación del CI que garantice el respeto a la dignidad de la persona y la libertad individual de los pacientes mediante la participación del paciente en la toma de decisiones sobre su salud más allá de la observancia legal o deontológica. La implementación y vigencia del CI en la práctica médica actual en el Perú muestra aun un bajo nivel en su aplicación sobre todo en las instituciones de carácter público, como se puede observar en la variedad de modelos de documentos de CI que se utilizan en la práctica clínica en el Perú y que en muchos casos se limitan a copias tipográficas no especificas de los procedimientos que respaldan. Av. Salaverry 801 ABZ www.minsa.gob.pe Jesús María. Lima 11, Perú seccor@minsa.gob.pe T(511) 315-6600. Anexo 2861. Fax : 2651
  • 2. Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Consejo Nacional de Salud “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú” En el presente documento no se considera el CI que se aplica en la investigación biomédica por las peculiaridades especificas de conlleva y que está definido en el Reglamento de Ensayos clínicos vigente. INTRODUCCIÓN. La Norma técnica de la historia clínica de los establecimientos del sector salud Lima, 2005 N.T. Nº 022-MINSA/DGSP-V.02 define el Consentimiento Informado como: Es la conformidad expresa del paciente o de su representante legal cuando el paciente está imposibilitado, con respecto a una atención médica, quirúrgica o algún otro procedimiento, en forma libre, voluntaria y consciente, después que el médico u otro profesional de salud competente le ha informado de la naturaleza de la atención, incluyendo los riesgos reales y potenciales, efectos colaterales y efectos adversos, así como los beneficios, lo cual debe ser registrado y firmado en un documento, por el paciente o su representante legal y el profesional responsable. Se exceptúa de consentimiento informado en caso de situación de emergencia, según Ley General de salud, artículos 4º y 40º. en el enciso 12 de la norma 12. Los requisitos básicos para lograr el objetivo del CI son la libertad, competencia de los enfermos para autorizar un determinado procedimiento ante una información suficiente, basada en el nivel de confianza del paciente e incluyen la comprensión del procedimiento propuesto, alternativas posibles, los resultados esperados que incluyan beneficios, secuelas y riesgos, información que luego debe ser objetivada en un documento. La información oral por parte del profesional, sola o con documento escrito permitirá complementar eficazmente el conocimiento requerido por el paciente para tomar sus decisiones, esta condición solo se puede alcanzar dentro de una buena relación medico paciente que brinde estas garantías necesarias. La ley, ni la ética deontológica podrán reemplazar esta relación El problema en su aplicación surge en las personas que teniendo las condiciones para tomar decisiones pueden tener dificultades en comprenderlas, en niños mayores, en personas con limitaciones intelectuales en forma temporal o permanente, en los pacientes que acuden a las emergencias de los centros hospitalarios, a las personas con alteraciones neurológicas o psiquiátricas. Para sus efectos la Ley peruana establece las personas que puedan reemplazar en la aceptación y rubrica del CI. ASPECTOS LEGALES Y ÉTICOS DEL DERECHO A LA INFORMACIÓN Y AL CI Hace algunos años existía en el Perú inserto en la historia clínica de los centros asistenciales peruanos una hoja conocida como Exoneración de Responsabilidad que los pacientes firmaban como requisito indispensable previo para la realización de intervenciones y procedimientos médicos, orientada a prever efectos adversos producidos como una mala respuesta a la injuria provocada por el procedimiento, muchos creen que el CI ha remplazado a este documento. Por otro lado debemos considerar que el derecho de las personas a la información se vincula con el derecho del respeto del principio de la autonomía, resguardada en la Ley General de Salud del Perú 1997 N° 26842 donde señala la obligatoriedad de solicitar autorizaciones específicas a los pacientes para la realización de procedimientos médicos o quirúrgicos y especifica que : “Ninguna persona puede ser sometida a tratamiento médico o quirúrgico, sin su consentimiento previo o el de la persona llamada legalmente a darlo, si correspondiere o estuviere impedida de hacerlo. Se exceptúa de este requisito las Av. Salaverry 801 ABZ www.minsa.gob.pe Jesús María. Lima 11, Perú seccor@minsa.gob.pe T(511) 315-6600. Anexo 2861. Fax : 2651
  • 3. Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Consejo Nacional de Salud “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú” intervenciones de emergencia” (Art. 4° - Título I : de los Derechos, Deberes y Responsabilidades concernientes a la Salud Individual). La autonomía es un principio que la Bioética ha reconocido como fundamental, en la 33ª reunión de la Conferencia General de la UNESCO -2005- emitió la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos, donde incorpora categóricamente al CI como un elemento vital en sus postulados determinando específicamente en el artículo 5 – la Autonomía y responsabilidad individual, respetando la autonomía de los demás y para las personas que carecen de la capacidad de ejercer su autonomía. En el artículo 6 – La obligatoriedad de la aplicación del Consentimiento para intervención médica preventiva, diagnóstica y terapéutica y la investigación científica. Las características de la información el revocar el CI, las excepciones conforme normas éticas y jurídicas de los Estados, y con el derecho internacional relativo a los derechos humanos. En el artículo 7 establece los lineamientos de personas carentes de la capacidad de dar su consentimiento. El Código de Ética( 2000) del CMP incorpora en su declaración los principios Bioéticos, sustenta ampliamente el principio de autonomía o de respeto por las decisiones de los pacientes competentes. ASPECTOS ÉTICOS DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO EN LA COMUNICACIÓN CLÍNICA El sistema de salud en la actualidad debe diferenciar su obligación de ejercer con sus pacientes el principio de beneficencia con el de asumir un rol paternalista negando al paciente su condición de ser humano. No se puede aceptar la coacción como método cotidiano, pero si puede permitirse una dosis de persuasión que no afecte la capacidad de la persona para tomar las decisiones. Se trata entonces de que desarrollemos una mejor capacidad comunicacional con los enfermos. El médico moderno debe replantear los alcances del CI, considerando que todos los pacientes deben tener acceso a la participación en la toma de las decisiones y a la información en salud que ellos requieren, salvo en los casos excepcionales en que no puedan participar activamente, que incluyen casos de demandas que manifiesten los pacientes y que pueden considerarse como no racionales. La doctrina del CI está basada en una actitud dialógica entre el médico y el enfermo, forma parte del acto médico que se consolida en un documento escrito sobre todo cuando las circunstancias y las responsabilidades amerita, su obtención está supeditada a la voluntad del prestador que brinde la adecuada información que el paciente necesita comprender para luego decidir, es importante asegurarse de que este haya entendido. Para ello debemos asegurarnos que la información sea redactada de manera sencilla evitando datos técnicos innecesarios, que permita al paciente tomar la decisión. Se debe evitar el uso de documentos de CI de carácter general para todo tipo de patología usando textos pre diseñado. Deberá procurarse de que la información otorgada en el CI sea lo más especifica posible para el tipo de patología y procedimiento propuestos. No siempre es fácil obtener el CI, las normas legales no pueden ir más allá de lo que esta establece, sin embargo debemos esforzarnos en cumplirla y procurar hacer que esta sea congruente con la doctrina legal y deontológica que debemos ofrecer al paciente para que decida de una manera clara y espontánea. Av. Salaverry 801 ABZ www.minsa.gob.pe Jesús María. Lima 11, Perú seccor@minsa.gob.pe T(511) 315-6600. Anexo 2861. Fax : 2651
  • 4. Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Consejo Nacional de Salud “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú” El presente documento debe ser entendido como un esfuerzo del Comité de Bioética del Consejo Nacional de Salud y del Colegio Médico del Perú dirigido a los profesionales de la salud, con el objeto de que permita la revisión de las condiciones en que desarrollan actualmente el CI en los servicios asistenciales y establecer las pautas que definan las características particulares del CI en cada servicio según el nivel del procedimiento y el tipo de información que se desea transmitir al paciente, SUGERENCIAS PARA LA PREPARACION DE DOCUMENTO DE CI El MINSA ha establecido un formato que ha sido introducido anexo para la normatividad para la historia Clínica que permite tener un patrón de referencia, pero dado de que el documento de CI es una exigencia legal que debe ser adaptada en cada centro asistencial de acuerdo a la complejidad y necesidades que los propios médicos y las autoridades deberán establecer, lo que significa que no es posible establecer un patrón único, salvo en que las condiciones sean similares u obedezcan a una normativa institucional como es el caso de EsSALUD, MINSA, Fuerzas Armadas y Policía Nacional entidades privadas etc. Las actividades que se desarrollaron los últimos años sobre EL CI han permitido establecer algunos lineamientos que deben tomarse en cuenta para la confección del CI como:  Es imprescindible tomar en cuenta el involucramiento y la participación de las autoridades institucionales para la implantación de los documentos de CI.  Es importante para la aplicación adecuada del CI la participación activa no solo de los médicos sino de todos los profesionales de la salud.  Es importante que se conozcan las bases teóricas del CI, especialmente las de carácter Legal.  Debe evitarse de que se considere al CI como un acto más de los aspectos burocráticos de la atención en salud.  Es necesario de que las instituciones asistenciales deban contar con una instancia que tenga la capacidad necesaria para la promoción, monitoreo y supervisión de los aspectos relacionados con el CI. Los comités de ética hospitalaria son una instancia que puede colaborar eficazmente con el desarrollo del CI INFORMACIÓN QUE SE REQUIERE PARA LA OBTENCION DEL CI A. Se requiere determinar inicialmente el nivel de competencia del paciente para recibir la información, en caso contrario se deberán a determinar las personas que la ley determine par estos efectos B. La información es esencialmente administrada en forma verbal al paciente por el médico tratante responsable primario del acto que se pretende realizar, teniendo en cuenta el interés, las peculiaridades y los deseos de los pacientes, y también lo que se les está proponiendo, quedando a los pacientes la posibilidad de aceptar dicha información para permitir a los pacientes, y familiares, tomar honesta y libremente una decisión. C. El médico debe tener la habilidad y el juicio suficientes para reconocer los límites señalados para los pacientes y adaptarse a las peculiaridades de cada caso. D. Es posible que las instituciones puedan contar con personal especializado pudiendo designar a encargados que puedan almacenar electrónicamente formatos de CI semiestructurados en patología prevalente vinculada a los servicios que se oferten en el establecimiento de salud y que tienen que ser los adecuados a las necesidades de cada enfermo. Av. Salaverry 801 ABZ www.minsa.gob.pe Jesús María. Lima 11, Perú seccor@minsa.gob.pe T(511) 315-6600. Anexo 2861. Fax : 2651
  • 5. Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Consejo Nacional de Salud “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú” E. Considerando que el CI es una doctrina cuya aplicación es inicialmente verbal y pueda estar seguida o no de documentos escritos, es importante que la información que deba proveer el médico deba ser positiva considerando las posibles secuelas o resultados adversos previsibles o no y deba incluir al menos :  Ventajas de la intervención frente a otras alternativas posibles.  Consecuencias seguras o muy probables de la intervención, que son relevantes para el enfermo. Incluyendo las psicológicas y emocionales que pueden derivarse de la intervención.  Riesgos típicos, que son los inherentes al procedimiento.  Riesgos personalizados. Aunque puede preverse que dentro de algunos años más pacientes exigirán información exhaustiva, también muchos pacientes renunciaren activamente a recibir información que no deseen recibir. En estos casos es conveniente conocer en lo posible la decisión por boca del propio paciente y luego pasar a elegir de la manera más conveniente a un responsable familiar o allegado que se erija como interlocutor autorizado y mediador con los deseos del grupo familiar que respalde las decisiones más convenientes para le paciente. F. La información que el médico debe brindar para que alcance el objetivo de lograr un auténtico CI debe ser clara, sencilla, con términos al alcance del interlocutor, obviando terminología propia de la medicina y de detalles de naturaleza técnicas que no servirán para mayores o mejores conclusiones. G. Además de dar informaciones, hay que contestar preguntas, aclarar conceptos no entendidos, sacar de la duda y ayudar en la indecisión con consejos. Hay que dejar tiempo (para consultar, si hace falta) para que las informaciones recibidas generen dudas, que se puedan verbalizar y expresarse las indecisiones o el miedo. Muy a menudo, la carencia sobre esta necesidad es la que expresa el enfermo, cuándo dice que no ha estado bien informado. H. Los documentos han de prever apartados específicos para la revocación del CI por parte del paciente o los familiares y su posible retiro del centro por no estar de acuerdo o no acceder a las propuestas médicas. Este párrafo no es equivalente al la exoneración de responsabilidad. I. El CI deberá al final del documento contar con la firma del paciente y/o familiar o allegado responsable que ratifique el acceso y la libertad con que toma la decisión y los posibles riesgos. En los casos de emergencia calificada bastará con la firma de un funcionario no institucional como es el caso de policías. Los testigos podrán ser opcionales de acuerdo a condiciones especiales, como es el caso de ensayos clínicos u otros procedimientos experimentales. K. El CI deberá ser solicitado en lugar y en condiciones apropiadas y prudenciales del procedimiento propuesto, evitando que el documento sea solicitado muy próximo al evento o en las mismas salas de procedimiento, se asume que esta condición precisará una reflexión sensata y serena del paciente. DOCUMENTO ESCRITO DEL CI El documento del CI debe considerarse fundamentalmente como una prueba de que el paciente ha recibido la información necesaria, considera esencialmente de vital Av. Salaverry 801 ABZ www.minsa.gob.pe Jesús María. Lima 11, Perú seccor@minsa.gob.pe T(511) 315-6600. Anexo 2861. Fax : 2651
  • 6. Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Consejo Nacional de Salud “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú” importancia absolver dudas y responder a las expectativas y preguntas que el paciente tiene derecho a conocer. Es posible que las instituciones de salud cuenten en los servicios asistenciales con formatos prediseñados (anestesia y cirugía menor o banco de sangre) que puede ser comunes para procedimientos con bajo nivel de riesgo de complicaciones o secuelas directas relacionadas con el procedimiento solicitado y que puede ser análogo a otros procedimientos, Los documentos cerrados o estandarizados, ya redactados, son útiles en determinadas técnicas y en aquéllas en las que quien las hace firmar no es quien practicará la técnica (exploraciones endoscópicas, radiología, transfusión, etc.). Los documentos cerrados o estandarizados, ya redactados, son útiles en determinadas técnicas y en aquéllas en las que quien las hace firmar no es quien practicará la técnica (exploraciones endoscópicas, radiología, transfusión, etc.). En los casos que estas exigencias sean realizadas por especialistas con procedimientos exclusivos y privativos de especialistas tiene que contener los apartados mínimos siguientes que hay que rellenar, nunca deben ser formatos únicos cerrados sino abiertos aplicables a cada procedimientos sino que tiene que concretar el procedimiento propuesto y sus especificidades básicas: 1. El CI escrito es un documento indispensable para la realización de cualquier intervención y/o procedimiento de diagnóstico o tratamiento que entrañen algún nivel de razonable riesgo o de responsabilidad. 2. El documento de CI es una responsabilidad y competencia del médico que participará en la intervención y debe ser obtenido directamente por este. 3. El CI como documento escrito podrá estar establecido previamente en un formulario que deberá ser completado por el paciente a instancias del médico tratante. 4. El documento escrito del CI, por lo regular debe estar registrado en la Historia Clínica o en el documento clínico correspondiente 5. El Contenido del CI consta de: a) Titulo del CI, especificando la propuesta de la patología a tratar b) Datos básicos de filiación del Paciente c) Diagnósticos principales y coomorbilidades d) Procedimiento o intervención propuesta y objetivos que se persiguen. e) Tipos de anestesia o analgesia a utilizarse. f) Posible desenlace de la enfermedad, molestias y riesgos más importantes por su frecuencia y/o Gravedad. Explicar someramente los beneficios razonables que se pretenden lograr, su grado aproximado de probabilidad y los beneficios que se puedan esperar de la cirugía y consecuencia de la denegación. Alternativas factibles Curso espontáneo del padecimiento sin tratamiento, y consecuencias de ello con opiniones y recomendaciones del médico. Complicaciones prevenibles Av. Salaverry 801 ABZ www.minsa.gob.pe Jesús María. Lima 11, Perú seccor@minsa.gob.pe T(511) 315-6600. Anexo 2861. Fax : 2651
  • 7. Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Consejo Nacional de Salud “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú” g) Autorización para obtener fotografías, videos o registros gráficos en el pre, intra y postoperatorio y para difundir resultados en Revistas Médicas y/o ámbitos científicos h) Participación del paciente respecto a los procedimientos i) Firma del paciente o de la persona llamada legalmente a dar el consentimiento y firma del médico tratante*, firma de testigos, si fuera el caso necesario Los documentos tienen que referirse al procedimiento concreto (intervención, técnica, exploración) y pueden evitar otras cuestiones que no sean necesarias, sobre todo aquéllas que todavía no hayan sido tratadas en el etapa verbal de información que se realice durante proceso. LÍMITES DEL CI Hay limitaciones para la práctica del consentimiento informado antes de una actuación médica. Excepciones del Consentimiento Informado a) En caso de que el paciente no tenga las condiciones emocionales o mentales para otorgar el CI. b) Incompetencia del enfermo al momento del procedimiento o intervención. c) Información que conlleve grave peligro para la salud pública. d) Situaciones de emergencia o urgencias calificadas en ausencia de representantes legales del paciente MENORES DE EDAD En el caso de menores, si éstos no son competentes, ni intelectualmente ni emocionalmente, para comprender el alcance de la intervención sobre la propia salud, el consentimiento tiene que darlo el representante del menor, habiendo escuchado su opinión si es mayor de doce años, sin embargo es recomendable incluir el asentimiento del menor en el documento del CI. En el resto de casos, y especialmente en los menores emancipados y adolescentes mayores de dieciséis años, el menor tiene que dar personalmente su consentimiento. En el caso de riesgo para la salud pública pueden colisionar con los principios básicos como son del derecho fundamental a la libertad, tienen que ser utilizadas de forma excepcional. Sin embargo, hay una opinión bastante común que, cuando se emprenden medidas de este tipo contra la voluntad del paciente, conviene acudir al juez, para que sea la Administración de Justicia quien, tomando como base los motivos que la Administración Sanitaria alega, las autorice. EMERGENCIAS Y URGENCIA En caso de urgencia imperiosa los trámites para obtener un consentimiento informado pueden encontrarse muy limitados. Puede ser prioritario claramente no perder tiempo con el fin de hacer frente al tratamiento, y el Cl puede limitarse entonces a obtener un consentimiento oral después de una información simple, si eso es posible. En el caso de que no sea posible la circunstancia anterior, es lícito posponer la información al momento en que las circunstancias lo permitan, informando a los familiares y acompañantes del paciente. Av. Salaverry 801 ABZ www.minsa.gob.pe Jesús María. Lima 11, Perú seccor@minsa.gob.pe T(511) 315-6600. Anexo 2861. Fax : 2651
  • 8. Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Consejo Nacional de Salud “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú” En las urgencias es posible intentar la obtención de un CI, incluso escrito. Aun cuando consideramos que las circunstancias en la situación de urgencia comportan a menudo grados variables de stress, angustia y en pocas opciones acuciados por dolor, un grado de angustia muy fuerte y una necesidad de ayuda tan perentoria que no facilitan el proceso de información progresiva En estos casos, sin obviar la firma de un documento de consentimiento abierto, tendría que limitarse la información a lo que ayude realmente a ver de forma simple y realista el balance entre riesgos y beneficios, con la ayuda del profesional en forma de consejo e, incluso, de persuasión (no de coacción) , es recomendable dejar escrito en la HC la información que se le va ofreciendo al familiar. En estos casos hay que respetar la voluntad del enfermo, incluso su negativa a un tratamiento supuesta mente vital, como es el caso de trasfusiones sanguíneas en pacientes pertenecientes a credos religiosos como es el caso de los Testigos de Jehová después de asegurarse que el enfermo es claramente competente y no hay duda que ha tomado libremente la decisión. Es recomendable pedir en estos casos que la negativa se exprese por escrito, que se consulte el entorno familiar y la opinión de un tercero. Si el enfermo está inconsciente, también en caso de urgencia, tienen que tenerse en cuenta los límites expresados en el documento de voluntades anticipadas, en el momento de formalizar el CI con los representantes. RENUNCIA O DELEGACIÓN El derecho a ser informado, como todos, es renunciable y, en consecuencia, tiene que respetarse la voluntad de la persona que no quiera ser informada tal como también señala la Ley General de Salud. SITUACIONES ESPECIALES EL CI Y LAS IDENTIDADES CULTURALES En una sociedad como la nuestra, especialmente en las áreas rurales existen numerosas comunidades de personas con valores, significaciones, culturas y códigos de comunicación diferentes a los de la sociedad que acepta las condiciones de la globalización y ocasionalmente personas en tránsito. Las necesidades de salud de estas personas tienen que ser atendidas, por encima de las diferencias sociales, religiosa, éticas o de condición económica. Y, a pesar de estas diferencias culturales, los derechos a la información y a dar el Cl personal no pueden obviarse nunca, puede sin embargo puede solicitar un intermediario para ofrecer la información de manera entendible. El CI afianza la relación clínica y pide del profesional una sensibilidad mayor cuando la persona que atiende proviene de otra cultura, con valores y creencias diferentes de los propios. Es especialmente importante ser consciente de la necesidad de situarse en una disposición en el diálogo. La posibilidad de discriminar y desmoralizar al enfermo que no comparte nuestros valores es un riesgo que se debe poder identificar para evitarlo. La autonomía como principio bioético exige la participación del paciente, pero en muchos casos el enfermo delega activa o pasivamente la decisiones requeridas en el CI a los familiares o en carencia de ellos a las personas mas vinculadas a ellas, nuestra obligación es que esta decisión positivamente sea decisión especifica del paciente. Por lo tanto, en el proceso del CI en la clínica de personas de entornos culturales diferentes a las occidentalizadas los médicos deberán considerar: Av. Salaverry 801 ABZ www.minsa.gob.pe Jesús María. Lima 11, Perú seccor@minsa.gob.pe T(511) 315-6600. Anexo 2861. Fax : 2651
  • 9. Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Consejo Nacional de Salud “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú” - Ser respetuoso con las manifestaciones que tengan los pacientes en torno a sus problemas según los valores de los enfermos y de su grupo de referencia. - Procurar que el paciente considere la existencia de este derecho como una situación que le favorece, - Los centros asistenciales deberán contar con oficina de apoyo a la información, comités de ética o de calidad que estén debidamente entrenados en facilitar a los pacientes la información que se pretenda hacerles llegar, se recomienda contar con traductores de las lenguas nativas cuando se requiera. RELACIÓN DE PROCEDIMIENTOS PARA LOS CUALES SE RECOMIENDA CONTAR CON EL CI ESCRITO Cada institución de salud deberá prever que cada una de las unidades asistenciales de su influencia establezcan las estrategias necesarias para los servicios médicos y quirúrgicos diseñen y establezcan sus propios documentos de CI, estableciendo para ello las prioridades de patología que por la frecuencia y/o riesgo se presentaran históricamente. Se ha determinado que al menos se deba tener en cuenta en los casos de: 1. Intervenciones quirúrgicas con anestesia general o regional 2. Radiología intervencionista o con o sin anestesia 3. Endoscopia diagnóstica y/o terapéutica 4. Procedimientos especializados 4. Biopsias de órganos con riesgo También es preciso acatar las disposiciones sobre el tema establecidos en la Ley General de Salud como es el caso de Además, cabe recordar que hay determinados procedimientos en los cuales se incluyen: 1. Donación y recepción de sangre y hemoderivados 2. Trasplante y donación de órganos y tejidos 3. Necropsias 4. Ensayos clínicos 5. Técnicas de reproducción humana asistida 6. Aborto terapéutico. BIBLIOGRAFIA 1. Acea Benigno. El consentimiento informado en el paciente quirúrgico. Reflexiones sobre la Ley Básica Reguladora de la Autonomía de los Pacientes Complejo Hospitalario Universitario Juan Canalejo. La Coruña. España. 2. Acuña León Aída Elizabeth. Tesis Nivel de conocimiento sobre el contenido del consentimiento medico informado para procedimientos y la exoneración de responsabilidad por rechazo al tratamiento en el Hospital Nacional Cayetano Heredia. en 1999 3. Aguirre-Gas Héctor. La ética y la calidad de atención. Cirugía y Cirujanos 2002. Vol 70: 50-54 4. Alfonso Sánchez Ileana. Bioética y su Relación con la Tecnología Medica. Monografías.com 5. Allende García. Estudio de la comprensibilidad de los documentos de Consentimiento informado utilizados en el Servicio de radiodiagnósticos del Hospital Virgen del Camino. Cuadernos de Bioética 2004 6. Negro Álvarez JM Comunicación y consentimiento informado durante el periodo de residencia en alergología. Alergología Inmunología Clínica Diciembre 1999 6. Andamayo Sugasti Armando Consentimiento Informado en Unidades de Cuidado Intensivo, Proyecto de tesis de Maestría, Del Master De Bioética UNMSM y la Universidad Complutense de Madrid t 2003 y el 2004 7. Aplicación de la tecnología a la medicina. html.rincondelvago.com/avances-tecnologicos-en-medicina 8. Appelbaum, and T Grisso Assessing patients' capacities to consent to treatment Abstract Volume 319:1635-1638 December 22, 1988 Number 25 9. Arruego Gonzalo. Sobre el marco constitucional de La asistencia sanitaria no Consentida en el ordenamiento Jurídico español. Revista Derecho y Salud 2005 10. Aspectos medico Legales de la practica medica Revista de la Sociedad Medicina Interna de Buenos Aires 11. Avances científicos y tecnológicos en Medicina. http://www.euroresidentes.com/futuro/avances_cientificos_medicina.htm 12. Beltrán Aguirre Juan Luis La información en la Ley General de Sanidad y en la jurisprudencia Revista Derecho y salud España Volumen 03. 11 1999 Av. Salaverry 801 ABZ www.minsa.gob.pe Jesús María. Lima 11, Perú seccor@minsa.gob.pe T(511) 315-6600. Anexo 2861. Fax : 2651
  • 10. Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Consejo Nacional de Salud “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú” 13. Bohórquez Francisco el diálogo como mediador de la relación medico – paciente. Revista Medica de Chile 2004: 1243-48 14. Bonilla Sandi Alban Consentimiento Informado en los Experimentos en Seres Humanos http://www.cielo.sa.ar 15. Brandes Pilar 16. Carta de Consentimiento bajo información. Indicador de comunicación medico-paciente. Alfredo Ramos Ramos y otros Jalisco México 2005 17. Código Civil Peruano. 24 de Julio de 1984 18. Código penal peruano. 03 de Abril de 1991 19. Constitución Política del Perú. 31 de Diciembre 1993 20. Broggi Trias M.A ¿Consentimiento informado o desinformado? El peligro de la medicina defensiva? . Med Clin (Barcelona) 1999; 112: 95-96. http://www.atheneum.doyma.es/Socios/sala_l/lec01eti.htm 21. Ciencia y tecnología. Los avances tecnológicos permiten realizar chequeos médicos a través de Internet Lecturas Colegio 29/3/2006 17:47:31 13 www.diariosur.es). 22. Código de Ética del Colegio del Perú 1969 23. Código de Ética del Colegio Médico 2002 24. Código de Ética del Colegio del Perú 2007 25. Código de Nüremberg (Tribunal Internacional de Nüremberg) 1946 26. Cohen Diana Responsabilidad y libertad Critica Revista de Filosofía. México 35:105 (Dec 2003) 27. Consentimiento Informado puntos adicionales para estudios en los que participen Mujeres en edad fértil Comité Institucional De Bioética (MEF) Asociación VIA LIBRE http://vialibre.org.pe/CIB-InstrucACI.pdf 28. Consentimiento Informado Ministerio de Salud de Costa Rica Comités Ético-Científico. http //www.netsalud.sa.cr/conis/c_conen.htm .Consentimiento Informado Clínica Virtual ginecológica Trabajo Original del Comité de Bioética del Círculo Médico de Morón, Hurlingham e Ituzaingo. (Buenos Aires, Argentina) http ://members/tripod.com 29. Consentimiento Informado Libros y Manuales Medicinainformacion.com Libros online 30. Consentimiento informado en cuidados paliativos. Comité de Ética de la Sociedad Española de Cuidados Paliativos Diario Médico el Comité Directivo de la Sociedad Española de Cuidados Paliativos Publicación: 24 de abril de 2002 . http//www. Unav.es . 31. Convenio de Asturias de Bioética . Consejo de Europa Oviedo 4 de abril de 1997. Convenio para la protección de los Derechos Humanos y la dignidad del ser humano respectos a las aplicaciones de la Biología y la Medicina . 32. Chiu Navarro Violeta, Algunas reflexiones de la bioética en las ciencias médicas Ministerio de Salud Pública de la República de Cuba Revista Cubana Educación Medica Superior v.13 n.1 Ciudad de La Habana ene.-jun. 1999 33. Dalla-Vorgia, P et al en la revista Med Ethics 2001; 27:59-61Is consent in medicine a concept only of modern times? 34. Declaración de los Derechos Bioéticos UNESCO 2004 35. DE Benedetti Zuhnino María Elena Evaluación de la autonomía del paciente en el proceso de la toma de decisiones médicas, en pacientes hospitalizados en el Servicio de Medicina Interna del Hospital Nacional Arzobispo Loayza . 36. De Lorenzo y Montero Ricardo Consentimiento Informado. Asociación Española de Derecho Sanitario. http.//www.aeds.org/consenti.htm 37. De los Reyes López M Aproximaciones a la Bioética 38. Downes T, Channer KS Ethical problems in clinical practice Postgraduated Meical Journal 2003. 7:151-3 39. Duque Z José Humberto El Consentimiento Informado ¿Cuestión de Formalismo Legal o cuestión de humanidad. Medico Legal. Colombia Volumen V, No.3 Septiembre-Diciembre de 1999 40. El consentimiento informado. Comité de expertos en consentimiento informado del Departamento de salud de Navarra. Orden floral 151/1996 se 18 de julio del consejero de Salud del Gobierno de Navarra. 41. El Consentimiento Informado y la Ética Clínica en el Perú Seminario Taller 4 y 5 de Julio 2006. Sede del Colegio Medico del Perú. Lima 42. Fernández Asturias 43. Fernández Lara Danitza Consentimiento Informado en Medicina. México Acta Medica Grupo Ang 2005; 3 (1): 59-61 44. Fernández Quezada Consentimiento informado en cirugía de urgencias. Un reto. Cartas al Director 45. Fernández Varela H. Sotelo Monroy El consentimiento Informado mediante Información Revista Facultad de Medicina UNAM 200 Vol 41 46. Fiorentino Jorge Consentimiento informado y sus implicancias medico quirúrgicas. Actualización: 8/2001 http://www.paideianet.com.ar/consentimiento.htm 48. Formación en Responsabilidad Profesional http://www.aeds.org/consen2.htm#2.5 49. Fuller R How informed is consent? Understanding of pictorial and verbal probability information by medical inpatients Postgraduate Medical Journal 2002;78:543-544 50. Galán Córtez Julio La responsabilidad médica y el consentimiento informado http://www.smu.org.uy/publicaciones/rmu/1999v1/art2.htm 51. García Ortega Cesáreo La autonomía del paciente y los derechos en materia de información y documentación clínica en el contexto de la Ley 41/2002: Rev. Esp. Salud Pública, 52. Gispert Cruells Jorge. Conceptos básicos de bioética y responsabilidad medica 3r Edición Manual Moderno México 2005 53. Gacia Guillén Diego. Fundamentos de Bioética 54. Gracia Guillén Diego. Como Arqueros al Blanco. Editorial el Buho 55. González Quintana Constantino Veracidad e Información al Paciente Med Clin Barcelona 1998 Volumen 110:665-56. Guzmán Mora IGA El consentimiento informado en cirugía vicios del consentimiento. http://www.abcmedicus.com/articulo/medicos/2/id/322/ 57. Hernández Quintana Maria del Carmen. El consentimiento informado en anestesiología. Aspectos bioéticos. Revista Cubana de Anestesiología y Reanimación 2004; 3 (1 ): 2233 58. Hernando Pablo Los derechos de los pacientes: una cuestión de calidad. España Rev Calidad Asistencial. 2005;20(6):353-6 76 Hernández Quintana Maria del Carmen. El consentimiento informado en anestesiología. Aspectos bioéticos. Revista Cubana de Anestesiología y Reanimación 2004; 3 (1 ): 2233 59. Av. Salaverry 801 ABZ www.minsa.gob.pe Jesús María. Lima 11, Perú seccor@minsa.gob.pe T(511) 315-6600. Anexo 2861. Fax : 2651
  • 11. Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Consejo Nacional de Salud “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú” Horowitz Campos Nina. El sentido social del profesionalismo médico Revista Médica de Chile 2006. Volumen 134: 520-524 56. Huamán López Nélida Derecho al consentimiento informado Revista de la Sociedad Peruana de Medicina Interna - Vol. 12 N.º 4, 1999 52. Idoate V M La compresibilidad el Consentimiento informado. Revista Anales del Sistema Sanitario de Navarra Vol 3 Enero Abril 2000 53. Informed Consent. Informed Consent Preparado por la American Medical Association 1987 54. Introducción a la teoría del Consentimiento Informado. Revista Ocular España N 2 Junio 2003 .Jacob El consentimiento informado. jacuber@coreoweb.com. Monografías.com 55. Kogan Benny. Trabajo de maestrista Evaluación de Consentimientos Informados en 12 centros asistenciales de Lima Perú Julio 2007. Maestría Universidad de San Martín de Porres Judvosky Gerardo La salud y el derecho de la mano Argentina Revista Médicos N 18. 43 . 56. La Declaración de Lisboa de los Derechos de los pacientes. 1964 57. La Comunicación Humana y la Relación Médico-Paciente. Séptimo Simposio Internacional Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED) 24 y 25 de octubre, en el Salón Olmeca del World Trade Center de la ciudad de México 58. Lachica Lopez. El secreto medico y el consentimiento informado en el informe pericial. Cuadernos de Medicina Forense España. Vol 27, 2002. 59. La Ética en los avances tecnológicos Mayo 27, 2004 http://www.euroresidentes.com/blogs/avances_tecnologicos/2004/05/la-etica-en-los-avances- tecnologicos.htm. 60. Lamas Meilán, Manuel María El Consentimiento Informado en los ensayos clínicos Cad Aten Primaria 1998; 5: 99-103 http://www,fisierra.com/mbe/investiga/8 consentimiento. ensayos 61. Ley General de Salud Ley Nª 26842 – 1987 62. Ley General de Sanidad España 14 1986 de 25 de abril. 63. Ley para la investigación y los ensayos clínicos 64. Lisigursky Miriam. Valoración Geriátrica Integral en una población de adultos mayores 65. Lorda Simon. Consentimiento informado. Med Clin. Barcelona 2001: 117:99-106 66. Lorda Simon. La capacidad de los pacientes de tomar decisiones. Med Clin. Barcelona 2001: 419- 426 . 67. Loja Oropeza David Proyecto de tesis de Maestría en Medicina realiza una encuesta preelaborada, En trámite . 68. Los diez avances científicos mas importantes del 2007 Revista Virtual Colegio 29 Diciembre 2007:24:03 www.correoperu.com.pe 69. López Moratalla Natalia. Bioética y avances tecnológicos: tres problemas actuales BIOMEDICINA, 2005, 1 (1) . 70. Lugones Botell Miguel. Consentimiento informado. Rev Cubana Med Gen Integr vol.21 no.5-6 Ciudad de La Habana Sept.-Dec. 2005 71. Mann N. Clay Confronting the Ethical Conduct of Resuscitation Research: A Consensus Opinion 72. Manual de Ética del Colegio Medico de americanos 1984 (AMA) 73. Manrique Jorge Luis Hospital Consentimiento Informado U.B.A., MAAC Asociado a la U.B.A 74. Mendoza-Romo MA, Aspectos éticos y legales del consentimiento informado en la práctica e investigación médica Gaceta Medica México 2003; 139 (2): 184-187 75. Merz Join F An Empirical Analysis of the Medical Informed Consent Doctrine: Search for a "Standard" of Disclosure* Jon F http.//piercelaw.edu/risk. 76. Molina Victoria Eugenia Aspectos de Responsabilidad Profesional en Fisioterapia MEDICO LEGAL Revista Colombiana para los profesionales de la salud Año xII N 2. 2007 77. Morón Baute Maria Elisa. Contrato de seguro de responsabilidad medica Tesis Pontificia Universidad Javeriana Colombia 2002 78. Normas para la redacción del consentimiento informado, Recomendadas Por CIOMS Asociación VIA LIBRE Comité Institucional de Bioética. http://vialibre.org.pe/CIB-NorCons%20Infor.pdf 79. Norma técnica de la historia clínica de los establecimientos del sector salud Lima, 2005 N.T. Nº 022- MINSA/DGSP-V.02 Dirección General de Salud de las Personas 80. Núñez de Villavicencio Porro Fernando. Consentimiento informado versus conocimiento educado. Revista Cubana de Salud Publica Vol 32 N4 81. Ocampo Martínez Joaquín México. Revista Cir Cirugía La bioética y la relación medico paciente 22:70: 59 82. Osuna Carrillo de Albornoz E. Calidad de la información sanitaria como requisito para el consentimiento Informado. Revista Microcirugía Ocular Volumen 2 Julio 2003 . 83. Pacheco D José Luis Análisis Médico Legal en los casos de Responsabilidad Médica. MINSA. Hospital 2 de Mayo. 2003 84. Palomino Guerrero Carmen Calidad de vida en medicina: un problema por resolver Revista de la Sociedad Peruana de Medicina Interna Vol. 14, Nº 1, 2001 85. Pantoja Zarza L. El consentimiento informado: ¿sólo un requisito legal? Máster en bioética por la Universidad Complutense de Madrid Unidad de Reumatología. Hospital El Bierzo. Fuentesnuevas- Ponferrada. León. España 86. Pelayo González-Torre D. Ángel "El Consentimiento de los pacientes a los tratamientos médicos. Planteamientos teóricos y realidad Practica" Universidad De Cantabria 87. Principios de Ética Médica (Naciones Unidas, 1982) . 88. Reguladora del consentimiento informado Ley 3/2001, de 28 de mayo (BOE 03.07.01) Comunidad Autónoma de Galicia exposición de motivos 89. Revilla Diana E. La realidad del consentimiento informado en la practica medica peruana. Acta Medica Peruana Volumen 23 N 3 Septiembre-Diciembre 2007 90. Reyes López M de los Consentimiento Informado en pacientes sometidos a cirugía por mínimo acceso. Revista Cubana de Enfermería 22 Nº 4 91. Rincón Hernán G. El consentimiento informado de la Fundación Clínica Valle del Lili. Colombia medica1999:30:99-101 Av. Salaverry 801 ABZ www.minsa.gob.pe Jesús María. Lima 11, Perú seccor@minsa.gob.pe T(511) 315-6600. Anexo 2861. Fax : 2651
  • 12. Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Consejo Nacional de Salud “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú” 92. Ríos Barrientos, Mario Edgar en una tesis plantea para Magíster plantea al consentimiento informado para la anticoncepción quirúrgica femenina 93. Roberson G Informed consent 20 years later Health Law Journal 2003 Special edition 153-159. http://www.law.ualberta.ca/centres/hli/pdfs/hlj/2003_Special/09_Robertson.pdf 94. Rodríguez López Pedro. Los derechos Constitucionales de los Pacientes: Derecho a la vida y a la Integridad física. Revista derecho y salud . España Vol 14. N 168 2006 95. Rojas Zorro Elberto Universidad del Bosque. El consentimiento informado, en las tradiciones médica y jurídica Aporte solicitado por el ICEB y Academia de Medicina. Junio de 2005 96. Rubiera Gerardo. La legibilidad de los documentos de Consentimiento Informado en los Hospitales de Asturias Gac Sanit v.18 n.2 Barcelona mar.-abr. 2004 97. Suñol Joaquín Consentimiento Informado En Cirugía Estética http://www.drsunol.com/consentimiento.html . 98. Saavedra Cárdenas Jeanette Consentimiento Informado. Fundación Santafé de Bogotá. 99. Solsona JF. Recomendaciones del grupo de Bioética de la SEMICYUC sobre el consentimiento informado en UCI. MEDICINA INTENSIVA Sábado 1 Junio 2002. Volumen 26 - Número 05 p. 253 - 254 100. Tarodo Soria Salvador La doctrina del Consentimiento informado en el ordenamiento jurídico Norteamericano Revista Salud y Derecho 2005 101. Tallone Federico C. El Consentimiento Informado en el Derecho Médico . http //pastoralsida.com.ar/recursospastorales /consentimiento. htmftn 102. Tsuhida Marisa En investigación biomédica un olvido histórico : ARS Medica Volumen 9, N 9 103. Valencia Pinzón Giovanni. La Lex Artis www:/httpscare Sociedad Colombiana de reanimación y anestesia 104. Varela Luis Luis Varela Características del deterioro cognitivo en el adulto mayor peruano hospitalizado a nivel nacional. Rev. Soc. Per. Med. Inter. 17(2) 2004 105. Vázquez Ferreyra Roberto El Consentimiento Informado en la Practica Medica http:// googlecomresearh 106. Villanueva Egan Luis A . Algunas reflexiones sobre el consentimiento informado Revista Hospital Dr. M Gea González Octubre 2000: 139-149 107. Villena Salinas Nadia y Villarreal Juan Conocimientos y actitudes de los cirujanos frente a pacientes infectados con los virus de inmunodeficiencia humana, hepatitis b y hepatitis c 108. Wilets Ilene Communicating with Subjects: Special Challenges for Resuscitation Research , Academic Emergency Medicine Medicine meeting New York City, May 2005 109. Wynia, Matthew K. Invoking Therapeutic Privilege http://www.ama-assn.org/ama/pub/category/11937.html Medicine and Society 110. Zárate Cárdenas Eduardo SITUA 2003; 12 (23) 111. Zeidenstein, Laura CNM, MSN Columbia University School of Nursing, New York Elective Cesarean Section: How Informed is Informed? Av. Salaverry 801 ABZ www.minsa.gob.pe Jesús María. Lima 11, Perú seccor@minsa.gob.pe T(511) 315-6600. Anexo 2861. Fax : 2651