SlideShare une entreprise Scribd logo
1  sur  8
Télécharger pour lire hors ligne
GACETA OFICIAL DEL
DISTRITO FEDERAL
Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal
DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA

18 DE DICIEMBRE DE 2013

No. 1758 Bis

Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO
FEDERAL
Jefatura de Gobierno
♦

Acuerdo por el que se establece el Servicio de Transporte Público “Nochebus”

3

Aviso

7
2

 

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

18 de Diciembre de 2013
18 de Diciembre de 2013

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

3

 

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
JEFATURA DE GOBIERNO
(Al margen superior un escudo que dice: CIUDAD DE MÉXICO.- Decidiendo Juntos)
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO “NOCHEBUS”.
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122,
Apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8° fracción
II, 67 fracción II, 90 y 118 fracción VII del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 14, 15 fracción IX y 31 fracciones I,
III, IV y VI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 3, 7 fracciones I, III, XIII, XXI y
XXXVII, 78, 79 y 104 de la Ley de Transporte y Vialidad del Distrito Federal; 38 de la Ley de los Derechos de las Personas
Adultas Mayores en el Distrito Federal; y 16, 39 fracción III, 69 fracción VII, 90, 93, 99 y 100 del Reglamento de
Transporte del Distrito Federal; y
CONSIDERANDO
Que es de utilidad pública e interés general, la prestación de los servicios públicos de transporte en el Distrito Federal, cuya
obligación de proporcionarlos corresponde originalmente a la Administración Pública, ya sea a través de empresas de
participación estatal u organismos descentralizados, o bien, por conducto de personas físicas o morales a quienes mediante
concesiones, el Gobierno del Distrito Federal encomiende la realización de dichas actividades, en términos de los
ordenamientos y disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;
Que la Secretaría de Transportes y Vialidad debe realizar todas aquellas acciones tendientes a que los servicios públicos y
privados de transporte de pasajeros y de carga, además de llevarse a cabo con eficiencia y eficacia, garanticen la seguridad
de usuarios, peatones y los derechos de los permisionarios y concesionarios; así como aprobar el establecimiento de nuevos
sistemas de transporte en el Distrito Federal;
Que la Secretaría de Transportes y Vialidad debe adoptar todas las medidas que tiendan a satisfacer, eficientar y regular el
transporte de pasajeros y de carga y en su caso coordinarse con las dependencias y entidades de la Administración Pública
para este propósito;
Que la Administración Pública del Distrito Federal, se ha planteado como política prioritaria lograr que la Ciudad de
México sea un espacio de desarrollo personal e integración social, buscando garantizar que el transporte público de
pasajeros, se proporcione de manera uniforme, regular, permanente e ininterrumpida, en las mejores condiciones de
seguridad, comodidad, higiene y eficiencia, con el uso de tecnologías ambientales sustentables;
Que derivado del incremento en la movilidad de los ciudadanos en el Distrito Federal en horario nocturno, principalmente
con motivo de trabajo o esparcimiento; el Gobierno de la Ciudad a través de la Secretaría de Transportes y Vialidad
consideró oportuno implementar el Servicio de Transporte Público “Nochebús”, a través de una red de servicio con
adecuada programación, expedición y operación, ofreciendo 11 rutas como alternativa segura, eficiente y con certeza en los
horarios;
Que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal reforzará la vigilancia a lo largo de la Red de Transporte
Nocturno, a fin de salvaguardar la integridad de los usuarios y operadores; vigilando a través de las cámaras que están
instaladas en las vialidades en las que se prestará el servicio;
Que es facultad del Jefe de Gobierno del Distrito Federal la aplicación de las leyes que rigen en la materia; así como la de
fijar las tarifas respectivas para los diferentes tipos de transporte público en todas sus modalidades;
Que la Secretaría de Transportes y Vialidad, elaboró un dictamen para el establecimiento de la tarifa que aplicará al Servicio
de Transporte Público “Nochebús”, misma que deberá ser publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en dos de
los periódicos de mayor circulación y cuando menos con cinco días de anticipación a su entrada en vigor, para conocimiento
de los usuarios;
4

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

18 de Diciembre de 2013

 

Que con la implementación de este Servicio, la Ciudad de México se pone a la vanguardia a nivel nacional, ofreciendo a los
usuarios una opción de transporte que le significará ahorro en sus traslados; por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO “NOCHEBUS”.
PRIMERO.- Se establece el Servicio de Transporte Público “Nochebús”, en un horario de 00:00 a 05:00 horas durante los
365 días al año.
SEGUNDO.- Este servicio contará con una Red de Transporte integrada por diversos prestadores de servicio tanto del
Gobierno del Distrito Federal como concesionados, con una adecuada programación y operación que se ofrecerá en once
rutas que son las siguientes:
Ruta

Flota
Vehicular

Km

Intervalo

Paradas

Vialidades Principales

Prestador
del Servicio

La Villa –
Periférico

8 Unidades

26.5

15 minutos

48

Calzada de los Misterios,
Paseo de la Reforma, Prado
Norte, Calzada de
Guadalupe, 5 de Febrero,
Cantera.

RTP

Metro
Constitución
de 1917 –
Metro
Cuatro
Caminos

12 Unidades

41.0

15 minutos

62

Anillo Periférico (De metro
Cuatro Caminos al Metro
Constitución de 1917)

RTP

Circuito
Bicentenario

12 Unidades

38.1

15 minutos

50

Circuito Interior : Rio
Consulado, Av. Revolución,
Mixcoac, Rio Churubusco,
Boulevard Puerto Aéreo

RTP

Panteón San
Isidro –
Aragón

8 Unidades

22.2

15 minutos

28

Av. 608, Av. 506, Av. 508,
RTP
Ángel Albino Corzo, Alfredo
Robles Domínguez, Av.
Cuitlahuac, Calz. San Isidro

Alameda
Oriente –
Nativitas

10 Unidades

25.8

15 minutos

42

Anillo Periférico, Canal de
RTP
San Juan, Canal de Garay,
División del Norte, Francisco
Goitia, Camino a Nativitas

Cuajimalpa
– Metro
Tacubaya

8 Unidades

19.1

15 minutos

55

Camino Real a Toluca,
RTP
Camino a Santa Fe, Vasco de
Quiroga, Francisco J.
Serrano, Camino San Mateo
Santa Lucía, Arteaga
Salazar, 16 de Septiembre,
Jesús del Monte
18 de Diciembre de 2013

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

5

 
 
Corredor
Cero
Emisiones
“Eje
Central“
Corredor
Cero
Emisiones
“Eje 2 – 2A
Sur”
Corredor
Cero
Emisiones
“Eje 7 – 7A
Sur”

Indios
Verdes
–
Dr. Gálvez

10 Unidades

6 Unidades

4 Unidades

8 Unidades

36.6

18.0

12.3

60.0

15 minutos

15 minutos

15 minutos

15 minutos

93

61

51

72

Eje Central, 100 metros, Av. STE
Lázaro Cárdenas, División
del Norte, Miguel Ángel de
Quevedo, Taxqueña

Av. Del Taller, Manuel José STE
Otón,
Doctor
Olvera,
Querétaro, Yucatán, Sonora,
San Luis Potosí, Doctor
Balmis, Manuel Payno
Municipio
Libre,
Félix STE
Cuevas,
Extremadura,
Emiliano Zapata, Sur 73

Corredor
Insurgentes
Av. Insurgentes (de Indios
(CISA)
Verdes a Dr. Gálvez)
Concesionado

Chapultepec
– San Ángel

5 Unidades

20.2

12 minutos

77

José Vasconcelos
Av. Patriotismo
Av. Revolución

Corredor Vial
Revolución
(COREVSA)
Concesionado

*RTP. Red de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal
*STE. Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal
TERCERO.- La tarifa para el Servicio de Transporte de Público “Nochebús”, será de $7.00 (siete pesos 00/100 m.n.) por
viaje.
CUARTO.- Se autoriza la exención del pago de la tarifa respectiva a:
a.

Personas de sesenta años de edad en adelante, que cuenten con documento o identificación expedida por autoridad
competente que acredite tal condición;

b.

Personas con discapacidad, que cuenten con documento o identificación expedida por autoridad competente que
acredite tal condición o que sea evidente la disminución de sus facultades físicas, intelectuales o sensoriales de tal
manera que limiten la realización de sus actividades normales; y

c.

Niños o niñas menores de cinco años de edad

La exención autorizada en este Acuerdo, no se hace extensiva a los familiares o acompañantes de los beneficiarios.
6

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

18 de Diciembre de 2013

 

QUINTO.- El monto de la tarifa autorizada, debe exhibirse en lugar visible en las unidades, terminales y cierres de circuito
de forma permanente.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y para su mayor difusión, en dos
diarios de mayor circulación en el Distrito Federal.
SEGUNDO.- El Servicio de Transporte Público “Nochebús”, entrará en operación el mismo día de la publicación del
presente Acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
TERCERO.- La tarifa establecida entrará en vigor cinco días hábiles posteriores a la publicación del presente Acuerdo en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
CUARTO.- La Secretaría de Transportes y Vialidad en el ámbito de sus atribuciones, vigilará la observancia del presente
Acuerdo.
Dado en la residencia del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los diecisiete días del mes de
diciembre de dos mil trece.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, DR. MIGUEL ÁNGEL
MANCERA ESPINOSA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE TRANSPORTES Y VIALIDAD, LIC. RUFINO H
LEÓN TOVAR.- FIRMA.
18 de Diciembre de 2013

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

7

 

AVISO
PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del
Distrito Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias
y Órganos Federales; así como al público en general, que la Gaceta Oficial del Distrito Federal será publicada de
lunes a viernes y los demás días que se requieran a consideración de la Dirección General Jurídica y de Estudios
Legislativos. No se efectuarán publicaciones en días de descanso obligatorio.
SEGUNDO. Las solicitudes de publicación y/o inserción en la Gaceta Oficial del Distrito Federal se sujetarán al
siguiente procedimiento:
I. El documento a publicar deberá presentarse ante la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, en la
Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios para su revisión, autorización y, en su caso,
cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera que aparezca la
publicación, en el horario de 9:00 a 13:30 horas;
II. El documento a publicar deberá ser acompañado de la solicitud de inserción dirigida a la Dirección General
Jurídica y de Estudios Legislativos, y en su caso, el comprobante de pago expedido por la Tesorería del Distrito
Federal.
III. El documento a publicar se presentará en original legible debidamente fundamentado, rubricado, y firmado
(nombre y cargo) por quien lo emita.
TERCERO. La cancelación, modificación o corrección de publicaciones en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,
procederá cuando se solicite por escrito a más tardar, el día siguiente a aquél en que se hubiera presentado la solicitud,
en el horario de 9:00 a 13:30 horas.
CUARTO. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias
certificadas como publicaciones se requieran.
QUINTO. La información a publicar deberá ser grabada en disco flexible 3.5 o Disco Compacto, en procesador de
texto Microsoft Word en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
IX.

Página tamaño carta;
Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;
Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3;
Tipo de letra Times New Roman o CG Times, tamaño 10;
Dejar un renglón como espacio entre párrafos (no renglones), sin interlineado;
No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento pero si con titulo;
Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas de Word ocultas; y
Etiquetar el disco con el título que llevará el documento.
No utilizar el formato de Revisión de la maquina ya que con cualquier cambio que se elabore se generarán
globos de texto.
X. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación

SEXTO. La ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal son de
estricta responsabilidad de los solicitantes.

AVISO IMPORTANTE
Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales),
proporcionadas por los interesados, por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad
de los solicitantes.
8

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

18 de Diciembre de 2013

 

DIRECTORIO
Jefe de Gobierno del Distrito Federal
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA
Consejero Jurídico y de Servicios Legales
JOSÉ RAMÓN AMIEVA GÁLVEZ
Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos
CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO
Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios
FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA
Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones
EDGAR OSORIO PLAZA
Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios
MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ
INSERCIONES
Plana entera ...................................................................................... $ 1,577.00
Media plana............................................................................................ 848.00
Un cuarto de plana ................................................................................. 528.00
Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo,
C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.
Consulta en Internet
http://www.consejeria.df.gob.mx/gacetas.php

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL,
IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,
CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA No. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860.
TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80
(Costo por ejemplar $10.50)

Contenu connexe

Tendances

Decreto aumento boleto
Decreto aumento boletoDecreto aumento boleto
Decreto aumento boletoKevin Maroto
 
Ley organica-de-transporte-terrestre-transito-y-seguridad-vial
Ley organica-de-transporte-terrestre-transito-y-seguridad-vialLey organica-de-transporte-terrestre-transito-y-seguridad-vial
Ley organica-de-transporte-terrestre-transito-y-seguridad-vialLuisy Diaz
 
Ley organica de reforma a la ley organica de transporte terrestre transito
Ley organica de reforma a la ley organica de transporte terrestre transito Ley organica de reforma a la ley organica de transporte terrestre transito
Ley organica de reforma a la ley organica de transporte terrestre transito David Martinez
 
20 29e77dadaf98c1cfffee981590830d8e 20
20 29e77dadaf98c1cfffee981590830d8e 2020 29e77dadaf98c1cfffee981590830d8e 20
20 29e77dadaf98c1cfffee981590830d8e 20EX ARTHUR MEXICO
 
Ley de tránsito y transporte terrestre en Venezuela
Ley de tránsito y transporte terrestre en VenezuelaLey de tránsito y transporte terrestre en Venezuela
Ley de tránsito y transporte terrestre en VenezuelaHugo Araujo
 
Ley Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial
Ley Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad VialLey Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial
Ley Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad VialSilvia Salgado
 
Articulos 63,72,76
Articulos 63,72,76Articulos 63,72,76
Articulos 63,72,76anyitapal
 
Punto de Acuerdo Órgano regulador
Punto de Acuerdo Órgano regulador  Punto de Acuerdo Órgano regulador
Punto de Acuerdo Órgano regulador Laura Ballesteros
 
Ley orgánica de transporte terrestre tsv r ef.
Ley orgánica de transporte terrestre tsv r ef.Ley orgánica de transporte terrestre tsv r ef.
Ley orgánica de transporte terrestre tsv r ef.Vicente Maldonado
 
Leyes de Transito del Ecuador (Archivo PDF) Oficial
Leyes de Transito del Ecuador (Archivo PDF) OficialLeyes de Transito del Ecuador (Archivo PDF) Oficial
Leyes de Transito del Ecuador (Archivo PDF) OficialErick Palca
 
Ley de transito del ecuador
Ley de transito del ecuadorLey de transito del ecuador
Ley de transito del ecuadorshushu17
 
Ley Traspaso del Subte
Ley Traspaso del SubteLey Traspaso del Subte
Ley Traspaso del SubteForo Blog
 
Proposición sobre invea federico manzo pan_23-02-2011
Proposición sobre invea federico manzo pan_23-02-2011Proposición sobre invea federico manzo pan_23-02-2011
Proposición sobre invea federico manzo pan_23-02-2011Agenda Legislativa
 
Transporte terrestre
Transporte terrestreTransporte terrestre
Transporte terrestreValery Castro
 

Tendances (19)

Decreto aumento boleto
Decreto aumento boletoDecreto aumento boleto
Decreto aumento boleto
 
Ley organica-de-transporte-terrestre-transito-y-seguridad-vial
Ley organica-de-transporte-terrestre-transito-y-seguridad-vialLey organica-de-transporte-terrestre-transito-y-seguridad-vial
Ley organica-de-transporte-terrestre-transito-y-seguridad-vial
 
Ley organica de reforma a la ley organica de transporte terrestre transito
Ley organica de reforma a la ley organica de transporte terrestre transito Ley organica de reforma a la ley organica de transporte terrestre transito
Ley organica de reforma a la ley organica de transporte terrestre transito
 
Lotttsv reformada
Lotttsv reformadaLotttsv reformada
Lotttsv reformada
 
20 29e77dadaf98c1cfffee981590830d8e 20
20 29e77dadaf98c1cfffee981590830d8e 2020 29e77dadaf98c1cfffee981590830d8e 20
20 29e77dadaf98c1cfffee981590830d8e 20
 
Ley de tránsito y transporte terrestre en Venezuela
Ley de tránsito y transporte terrestre en VenezuelaLey de tránsito y transporte terrestre en Venezuela
Ley de tránsito y transporte terrestre en Venezuela
 
Ley Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial
Ley Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad VialLey Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial
Ley Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial
 
Articulos 63,72,76
Articulos 63,72,76Articulos 63,72,76
Articulos 63,72,76
 
Decreto 3422 de 2009
Decreto 3422 de 2009Decreto 3422 de 2009
Decreto 3422 de 2009
 
Punto de Acuerdo Órgano regulador
Punto de Acuerdo Órgano regulador  Punto de Acuerdo Órgano regulador
Punto de Acuerdo Órgano regulador
 
Ley orgánica de transporte terrestre tsv r ef.
Ley orgánica de transporte terrestre tsv r ef.Ley orgánica de transporte terrestre tsv r ef.
Ley orgánica de transporte terrestre tsv r ef.
 
Ley de transito
Ley de transitoLey de transito
Ley de transito
 
Leyes de Transito del Ecuador (Archivo PDF) Oficial
Leyes de Transito del Ecuador (Archivo PDF) OficialLeyes de Transito del Ecuador (Archivo PDF) Oficial
Leyes de Transito del Ecuador (Archivo PDF) Oficial
 
Ley de transito
Ley de transitoLey de transito
Ley de transito
 
Ley de transito del ecuador
Ley de transito del ecuadorLey de transito del ecuador
Ley de transito del ecuador
 
Ley Traspaso del Subte
Ley Traspaso del SubteLey Traspaso del Subte
Ley Traspaso del Subte
 
Proposición sobre invea federico manzo pan_23-02-2011
Proposición sobre invea federico manzo pan_23-02-2011Proposición sobre invea federico manzo pan_23-02-2011
Proposición sobre invea federico manzo pan_23-02-2011
 
Transporte terrestre
Transporte terrestreTransporte terrestre
Transporte terrestre
 
Ley 105 de_1993
Ley 105 de_1993Ley 105 de_1993
Ley 105 de_1993
 

Similaire à Acuerdo por el que se establece el Servicio de Transporte Público “Nochebus”

Queja prevalece preservacion medio ambiente orden publico
Queja prevalece preservacion medio ambiente orden publicoQueja prevalece preservacion medio ambiente orden publico
Queja prevalece preservacion medio ambiente orden publicoWendyquiroz1103
 
5 0a123592412b22d69f4865bfed652d5b 5
5 0a123592412b22d69f4865bfed652d5b 55 0a123592412b22d69f4865bfed652d5b 5
5 0a123592412b22d69f4865bfed652d5b 5EX ARTHUR MEXICO
 
CIUDAD DE MEXICO REGLAMENTO
CIUDAD DE MEXICO REGLAMENTO CIUDAD DE MEXICO REGLAMENTO
CIUDAD DE MEXICO REGLAMENTO EDSONROSALES3
 
Nuevo reglamento transito
Nuevo reglamento transitoNuevo reglamento transito
Nuevo reglamento transitoOscar Zendejas
 
Nuevo Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México 2015
Nuevo Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México 2015Nuevo Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México 2015
Nuevo Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México 2015Roberto Reyes
 
Sintesis informativa 17 de enero 2013
Sintesis informativa 17 de enero 2013Sintesis informativa 17 de enero 2013
Sintesis informativa 17 de enero 2013megaradioexpress
 
Sintesis informativa 17 de enero 2013
Sintesis informativa 17 de enero 2013Sintesis informativa 17 de enero 2013
Sintesis informativa 17 de enero 2013megaradioexpress
 
Aviso setravi taxi preferente 2014.06.06
Aviso setravi taxi preferente 2014.06.06Aviso setravi taxi preferente 2014.06.06
Aviso setravi taxi preferente 2014.06.06libreacceso
 
4 2af464158b7112e14eaaafeee54350c9 4
4 2af464158b7112e14eaaafeee54350c9 44 2af464158b7112e14eaaafeee54350c9 4
4 2af464158b7112e14eaaafeee54350c9 4EX ARTHUR MEXICO
 
Ley de los servicios de vialidad, tránsito y transporte del estado de jalisco
Ley de los servicios de vialidad, tránsito y transporte del estado de jaliscoLey de los servicios de vialidad, tránsito y transporte del estado de jalisco
Ley de los servicios de vialidad, tránsito y transporte del estado de jaliscoIsrael Morales Lopez
 
Punto de acuerdo sobre la prestación del servicio de transporte público a raí...
Punto de acuerdo sobre la prestación del servicio de transporte público a raí...Punto de acuerdo sobre la prestación del servicio de transporte público a raí...
Punto de acuerdo sobre la prestación del servicio de transporte público a raí...Laura Ballesteros
 
Punto de acuerdo sobre el informe pormenorizado sobre diversa información rel...
Punto de acuerdo sobre el informe pormenorizado sobre diversa información rel...Punto de acuerdo sobre el informe pormenorizado sobre diversa información rel...
Punto de acuerdo sobre el informe pormenorizado sobre diversa información rel...Laura Ballesteros
 

Similaire à Acuerdo por el que se establece el Servicio de Transporte Público “Nochebus” (20)

Ley de Movilidad ALDF
Ley de Movilidad ALDFLey de Movilidad ALDF
Ley de Movilidad ALDF
 
Ley detransitoedomex
Ley detransitoedomexLey detransitoedomex
Ley detransitoedomex
 
Queja prevalece preservacion medio ambiente orden publico
Queja prevalece preservacion medio ambiente orden publicoQueja prevalece preservacion medio ambiente orden publico
Queja prevalece preservacion medio ambiente orden publico
 
5 0a123592412b22d69f4865bfed652d5b 5
5 0a123592412b22d69f4865bfed652d5b 55 0a123592412b22d69f4865bfed652d5b 5
5 0a123592412b22d69f4865bfed652d5b 5
 
CIUDAD DE MEXICO REGLAMENTO
CIUDAD DE MEXICO REGLAMENTO CIUDAD DE MEXICO REGLAMENTO
CIUDAD DE MEXICO REGLAMENTO
 
Nuevo reglamento transito
Nuevo reglamento transitoNuevo reglamento transito
Nuevo reglamento transito
 
Reglamento de Transito
Reglamento de TransitoReglamento de Transito
Reglamento de Transito
 
Reglamento
ReglamentoReglamento
Reglamento
 
Nuevo reglamento transito
Nuevo reglamento transitoNuevo reglamento transito
Nuevo reglamento transito
 
Nuevo Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México 2015
Nuevo Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México 2015Nuevo Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México 2015
Nuevo Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México 2015
 
Rtm. nuevo. 17.08.15
Rtm. nuevo. 17.08.15Rtm. nuevo. 17.08.15
Rtm. nuevo. 17.08.15
 
Resolucion final-transporte seguridad vial
Resolucion final-transporte seguridad vialResolucion final-transporte seguridad vial
Resolucion final-transporte seguridad vial
 
Sintesis informativa 17 de enero 2013
Sintesis informativa 17 de enero 2013Sintesis informativa 17 de enero 2013
Sintesis informativa 17 de enero 2013
 
Sintesis informativa 17 de enero 2013
Sintesis informativa 17 de enero 2013Sintesis informativa 17 de enero 2013
Sintesis informativa 17 de enero 2013
 
Aviso setravi taxi preferente 2014.06.06
Aviso setravi taxi preferente 2014.06.06Aviso setravi taxi preferente 2014.06.06
Aviso setravi taxi preferente 2014.06.06
 
4 2af464158b7112e14eaaafeee54350c9 4
4 2af464158b7112e14eaaafeee54350c9 44 2af464158b7112e14eaaafeee54350c9 4
4 2af464158b7112e14eaaafeee54350c9 4
 
Ley de los servicios de vialidad, tránsito y transporte del estado de jalisco
Ley de los servicios de vialidad, tránsito y transporte del estado de jaliscoLey de los servicios de vialidad, tránsito y transporte del estado de jalisco
Ley de los servicios de vialidad, tránsito y transporte del estado de jalisco
 
Punto de acuerdo sobre la prestación del servicio de transporte público a raí...
Punto de acuerdo sobre la prestación del servicio de transporte público a raí...Punto de acuerdo sobre la prestación del servicio de transporte público a raí...
Punto de acuerdo sobre la prestación del servicio de transporte público a raí...
 
Punto de acuerdo sobre el informe pormenorizado sobre diversa información rel...
Punto de acuerdo sobre el informe pormenorizado sobre diversa información rel...Punto de acuerdo sobre el informe pormenorizado sobre diversa información rel...
Punto de acuerdo sobre el informe pormenorizado sobre diversa información rel...
 
ley_105.pdf
ley_105.pdfley_105.pdf
ley_105.pdf
 

Plus de Oscar Carmona Beltrán

Se amplía el plazo de registro para participar en el proceso interno de desig...
Se amplía el plazo de registro para participar en el proceso interno de desig...Se amplía el plazo de registro para participar en el proceso interno de desig...
Se amplía el plazo de registro para participar en el proceso interno de desig...Oscar Carmona Beltrán
 
Convocatoria propuestas ciudadanas 20161007
Convocatoria propuestas ciudadanas 20161007Convocatoria propuestas ciudadanas 20161007
Convocatoria propuestas ciudadanas 20161007Oscar Carmona Beltrán
 
Opinión Relator Especial ONU Ley de Movilidad
Opinión Relator Especial ONU Ley de MovilidadOpinión Relator Especial ONU Ley de Movilidad
Opinión Relator Especial ONU Ley de MovilidadOscar Carmona Beltrán
 
Acuerdo registro apps tp. godf 15.07.15
Acuerdo registro apps tp. godf 15.07.15Acuerdo registro apps tp. godf 15.07.15
Acuerdo registro apps tp. godf 15.07.15Oscar Carmona Beltrán
 
Acuerdo modificación programa verificacion-vehicular 2015-2. godf 29.06.15
Acuerdo modificación programa verificacion-vehicular 2015-2. godf 29.06.15Acuerdo modificación programa verificacion-vehicular 2015-2. godf 29.06.15
Acuerdo modificación programa verificacion-vehicular 2015-2. godf 29.06.15Oscar Carmona Beltrán
 
Aviso aprobación metrobús línea 7. 29.06.15
Aviso aprobación metrobús línea 7. 29.06.15Aviso aprobación metrobús línea 7. 29.06.15
Aviso aprobación metrobús línea 7. 29.06.15Oscar Carmona Beltrán
 
Nota aclaratoria. código penal. godf 28.11.14
Nota aclaratoria. código penal. godf 28.11.14Nota aclaratoria. código penal. godf 28.11.14
Nota aclaratoria. código penal. godf 28.11.14Oscar Carmona Beltrán
 
Lineamientos registro candidaturas independientes y convocatoria. iedf. godf ...
Lineamientos registro candidaturas independientes y convocatoria. iedf. godf ...Lineamientos registro candidaturas independientes y convocatoria. iedf. godf ...
Lineamientos registro candidaturas independientes y convocatoria. iedf. godf ...Oscar Carmona Beltrán
 
ACUERDO DE COORDINACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL...
ACUERDO DE COORDINACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL...ACUERDO DE COORDINACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL...
ACUERDO DE COORDINACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL...Oscar Carmona Beltrán
 
Manuales técnicos de seguridad, accesibilidad, comodidad y fabricación de aut...
Manuales técnicos de seguridad, accesibilidad, comodidad y fabricación de aut...Manuales técnicos de seguridad, accesibilidad, comodidad y fabricación de aut...
Manuales técnicos de seguridad, accesibilidad, comodidad y fabricación de aut...Oscar Carmona Beltrán
 

Plus de Oscar Carmona Beltrán (14)

Se amplía el plazo de registro para participar en el proceso interno de desig...
Se amplía el plazo de registro para participar en el proceso interno de desig...Se amplía el plazo de registro para participar en el proceso interno de desig...
Se amplía el plazo de registro para participar en el proceso interno de desig...
 
Informe Preliminar MOE OEA
Informe Preliminar MOE OEAInforme Preliminar MOE OEA
Informe Preliminar MOE OEA
 
Convocatoria propuestas ciudadanas 20161007
Convocatoria propuestas ciudadanas 20161007Convocatoria propuestas ciudadanas 20161007
Convocatoria propuestas ciudadanas 20161007
 
Rerum Novarum
Rerum NovarumRerum Novarum
Rerum Novarum
 
Opinión Relator Especial ONU Ley de Movilidad
Opinión Relator Especial ONU Ley de MovilidadOpinión Relator Especial ONU Ley de Movilidad
Opinión Relator Especial ONU Ley de Movilidad
 
Acuerdo registro apps tp. godf 15.07.15
Acuerdo registro apps tp. godf 15.07.15Acuerdo registro apps tp. godf 15.07.15
Acuerdo registro apps tp. godf 15.07.15
 
Acuerdo modificación programa verificacion-vehicular 2015-2. godf 29.06.15
Acuerdo modificación programa verificacion-vehicular 2015-2. godf 29.06.15Acuerdo modificación programa verificacion-vehicular 2015-2. godf 29.06.15
Acuerdo modificación programa verificacion-vehicular 2015-2. godf 29.06.15
 
Aviso aprobación metrobús línea 7. 29.06.15
Aviso aprobación metrobús línea 7. 29.06.15Aviso aprobación metrobús línea 7. 29.06.15
Aviso aprobación metrobús línea 7. 29.06.15
 
Nota aclaratoria. código penal. godf 28.11.14
Nota aclaratoria. código penal. godf 28.11.14Nota aclaratoria. código penal. godf 28.11.14
Nota aclaratoria. código penal. godf 28.11.14
 
Lineamientos registro candidaturas independientes y convocatoria. iedf. godf ...
Lineamientos registro candidaturas independientes y convocatoria. iedf. godf ...Lineamientos registro candidaturas independientes y convocatoria. iedf. godf ...
Lineamientos registro candidaturas independientes y convocatoria. iedf. godf ...
 
ACUERDO DE COORDINACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL...
ACUERDO DE COORDINACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL...ACUERDO DE COORDINACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL...
ACUERDO DE COORDINACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL...
 
Manuales técnicos de seguridad, accesibilidad, comodidad y fabricación de aut...
Manuales técnicos de seguridad, accesibilidad, comodidad y fabricación de aut...Manuales técnicos de seguridad, accesibilidad, comodidad y fabricación de aut...
Manuales técnicos de seguridad, accesibilidad, comodidad y fabricación de aut...
 
Lineamientos godf 26.03.2014
Lineamientos godf 26.03.2014Lineamientos godf 26.03.2014
Lineamientos godf 26.03.2014
 
Opacidad en la L12 Metro
Opacidad en la L12 MetroOpacidad en la L12 Metro
Opacidad en la L12 Metro
 

Acuerdo por el que se establece el Servicio de Transporte Público “Nochebus”

  • 1. GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 18 DE DICIEMBRE DE 2013 No. 1758 Bis Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Jefatura de Gobierno ♦ Acuerdo por el que se establece el Servicio de Transporte Público “Nochebus” 3 Aviso 7
  • 2. 2   GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 18 de Diciembre de 2013
  • 3. 18 de Diciembre de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3   ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL JEFATURA DE GOBIERNO (Al margen superior un escudo que dice: CIUDAD DE MÉXICO.- Decidiendo Juntos) ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO “NOCHEBUS”. MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, Apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8° fracción II, 67 fracción II, 90 y 118 fracción VII del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 14, 15 fracción IX y 31 fracciones I, III, IV y VI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 3, 7 fracciones I, III, XIII, XXI y XXXVII, 78, 79 y 104 de la Ley de Transporte y Vialidad del Distrito Federal; 38 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal; y 16, 39 fracción III, 69 fracción VII, 90, 93, 99 y 100 del Reglamento de Transporte del Distrito Federal; y CONSIDERANDO Que es de utilidad pública e interés general, la prestación de los servicios públicos de transporte en el Distrito Federal, cuya obligación de proporcionarlos corresponde originalmente a la Administración Pública, ya sea a través de empresas de participación estatal u organismos descentralizados, o bien, por conducto de personas físicas o morales a quienes mediante concesiones, el Gobierno del Distrito Federal encomiende la realización de dichas actividades, en términos de los ordenamientos y disposiciones jurídicas y administrativas aplicables; Que la Secretaría de Transportes y Vialidad debe realizar todas aquellas acciones tendientes a que los servicios públicos y privados de transporte de pasajeros y de carga, además de llevarse a cabo con eficiencia y eficacia, garanticen la seguridad de usuarios, peatones y los derechos de los permisionarios y concesionarios; así como aprobar el establecimiento de nuevos sistemas de transporte en el Distrito Federal; Que la Secretaría de Transportes y Vialidad debe adoptar todas las medidas que tiendan a satisfacer, eficientar y regular el transporte de pasajeros y de carga y en su caso coordinarse con las dependencias y entidades de la Administración Pública para este propósito; Que la Administración Pública del Distrito Federal, se ha planteado como política prioritaria lograr que la Ciudad de México sea un espacio de desarrollo personal e integración social, buscando garantizar que el transporte público de pasajeros, se proporcione de manera uniforme, regular, permanente e ininterrumpida, en las mejores condiciones de seguridad, comodidad, higiene y eficiencia, con el uso de tecnologías ambientales sustentables; Que derivado del incremento en la movilidad de los ciudadanos en el Distrito Federal en horario nocturno, principalmente con motivo de trabajo o esparcimiento; el Gobierno de la Ciudad a través de la Secretaría de Transportes y Vialidad consideró oportuno implementar el Servicio de Transporte Público “Nochebús”, a través de una red de servicio con adecuada programación, expedición y operación, ofreciendo 11 rutas como alternativa segura, eficiente y con certeza en los horarios; Que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal reforzará la vigilancia a lo largo de la Red de Transporte Nocturno, a fin de salvaguardar la integridad de los usuarios y operadores; vigilando a través de las cámaras que están instaladas en las vialidades en las que se prestará el servicio; Que es facultad del Jefe de Gobierno del Distrito Federal la aplicación de las leyes que rigen en la materia; así como la de fijar las tarifas respectivas para los diferentes tipos de transporte público en todas sus modalidades; Que la Secretaría de Transportes y Vialidad, elaboró un dictamen para el establecimiento de la tarifa que aplicará al Servicio de Transporte Público “Nochebús”, misma que deberá ser publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en dos de los periódicos de mayor circulación y cuando menos con cinco días de anticipación a su entrada en vigor, para conocimiento de los usuarios;
  • 4. 4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 18 de Diciembre de 2013   Que con la implementación de este Servicio, la Ciudad de México se pone a la vanguardia a nivel nacional, ofreciendo a los usuarios una opción de transporte que le significará ahorro en sus traslados; por lo que he tenido a bien emitir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO “NOCHEBUS”. PRIMERO.- Se establece el Servicio de Transporte Público “Nochebús”, en un horario de 00:00 a 05:00 horas durante los 365 días al año. SEGUNDO.- Este servicio contará con una Red de Transporte integrada por diversos prestadores de servicio tanto del Gobierno del Distrito Federal como concesionados, con una adecuada programación y operación que se ofrecerá en once rutas que son las siguientes: Ruta Flota Vehicular Km Intervalo Paradas Vialidades Principales Prestador del Servicio La Villa – Periférico 8 Unidades 26.5 15 minutos 48 Calzada de los Misterios, Paseo de la Reforma, Prado Norte, Calzada de Guadalupe, 5 de Febrero, Cantera. RTP Metro Constitución de 1917 – Metro Cuatro Caminos 12 Unidades 41.0 15 minutos 62 Anillo Periférico (De metro Cuatro Caminos al Metro Constitución de 1917) RTP Circuito Bicentenario 12 Unidades 38.1 15 minutos 50 Circuito Interior : Rio Consulado, Av. Revolución, Mixcoac, Rio Churubusco, Boulevard Puerto Aéreo RTP Panteón San Isidro – Aragón 8 Unidades 22.2 15 minutos 28 Av. 608, Av. 506, Av. 508, RTP Ángel Albino Corzo, Alfredo Robles Domínguez, Av. Cuitlahuac, Calz. San Isidro Alameda Oriente – Nativitas 10 Unidades 25.8 15 minutos 42 Anillo Periférico, Canal de RTP San Juan, Canal de Garay, División del Norte, Francisco Goitia, Camino a Nativitas Cuajimalpa – Metro Tacubaya 8 Unidades 19.1 15 minutos 55 Camino Real a Toluca, RTP Camino a Santa Fe, Vasco de Quiroga, Francisco J. Serrano, Camino San Mateo Santa Lucía, Arteaga Salazar, 16 de Septiembre, Jesús del Monte
  • 5. 18 de Diciembre de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5     Corredor Cero Emisiones “Eje Central“ Corredor Cero Emisiones “Eje 2 – 2A Sur” Corredor Cero Emisiones “Eje 7 – 7A Sur” Indios Verdes – Dr. Gálvez 10 Unidades 6 Unidades 4 Unidades 8 Unidades 36.6 18.0 12.3 60.0 15 minutos 15 minutos 15 minutos 15 minutos 93 61 51 72 Eje Central, 100 metros, Av. STE Lázaro Cárdenas, División del Norte, Miguel Ángel de Quevedo, Taxqueña Av. Del Taller, Manuel José STE Otón, Doctor Olvera, Querétaro, Yucatán, Sonora, San Luis Potosí, Doctor Balmis, Manuel Payno Municipio Libre, Félix STE Cuevas, Extremadura, Emiliano Zapata, Sur 73 Corredor Insurgentes Av. Insurgentes (de Indios (CISA) Verdes a Dr. Gálvez) Concesionado Chapultepec – San Ángel 5 Unidades 20.2 12 minutos 77 José Vasconcelos Av. Patriotismo Av. Revolución Corredor Vial Revolución (COREVSA) Concesionado *RTP. Red de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal *STE. Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal TERCERO.- La tarifa para el Servicio de Transporte de Público “Nochebús”, será de $7.00 (siete pesos 00/100 m.n.) por viaje. CUARTO.- Se autoriza la exención del pago de la tarifa respectiva a: a. Personas de sesenta años de edad en adelante, que cuenten con documento o identificación expedida por autoridad competente que acredite tal condición; b. Personas con discapacidad, que cuenten con documento o identificación expedida por autoridad competente que acredite tal condición o que sea evidente la disminución de sus facultades físicas, intelectuales o sensoriales de tal manera que limiten la realización de sus actividades normales; y c. Niños o niñas menores de cinco años de edad La exención autorizada en este Acuerdo, no se hace extensiva a los familiares o acompañantes de los beneficiarios.
  • 6. 6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 18 de Diciembre de 2013   QUINTO.- El monto de la tarifa autorizada, debe exhibirse en lugar visible en las unidades, terminales y cierres de circuito de forma permanente. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y para su mayor difusión, en dos diarios de mayor circulación en el Distrito Federal. SEGUNDO.- El Servicio de Transporte Público “Nochebús”, entrará en operación el mismo día de la publicación del presente Acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. TERCERO.- La tarifa establecida entrará en vigor cinco días hábiles posteriores a la publicación del presente Acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. CUARTO.- La Secretaría de Transportes y Vialidad en el ámbito de sus atribuciones, vigilará la observancia del presente Acuerdo. Dado en la residencia del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los diecisiete días del mes de diciembre de dos mil trece.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, DR. MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE TRANSPORTES Y VIALIDAD, LIC. RUFINO H LEÓN TOVAR.- FIRMA.
  • 7. 18 de Diciembre de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7   AVISO PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que la Gaceta Oficial del Distrito Federal será publicada de lunes a viernes y los demás días que se requieran a consideración de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos. No se efectuarán publicaciones en días de descanso obligatorio. SEGUNDO. Las solicitudes de publicación y/o inserción en la Gaceta Oficial del Distrito Federal se sujetarán al siguiente procedimiento: I. El documento a publicar deberá presentarse ante la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, en la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios para su revisión, autorización y, en su caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera que aparezca la publicación, en el horario de 9:00 a 13:30 horas; II. El documento a publicar deberá ser acompañado de la solicitud de inserción dirigida a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, y en su caso, el comprobante de pago expedido por la Tesorería del Distrito Federal. III. El documento a publicar se presentará en original legible debidamente fundamentado, rubricado, y firmado (nombre y cargo) por quien lo emita. TERCERO. La cancelación, modificación o corrección de publicaciones en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, procederá cuando se solicite por escrito a más tardar, el día siguiente a aquél en que se hubiera presentado la solicitud, en el horario de 9:00 a 13:30 horas. CUARTO. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como publicaciones se requieran. QUINTO. La información a publicar deberá ser grabada en disco flexible 3.5 o Disco Compacto, en procesador de texto Microsoft Word en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones: I. II. III. IV. V. VI. VII. VIII. IX. Página tamaño carta; Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2; Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3; Tipo de letra Times New Roman o CG Times, tamaño 10; Dejar un renglón como espacio entre párrafos (no renglones), sin interlineado; No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento pero si con titulo; Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas de Word ocultas; y Etiquetar el disco con el título que llevará el documento. No utilizar el formato de Revisión de la maquina ya que con cualquier cambio que se elabore se generarán globos de texto. X. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación SEXTO. La ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal son de estricta responsabilidad de los solicitantes. AVISO IMPORTANTE Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados, por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.
  • 8. 8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 18 de Diciembre de 2013   DIRECTORIO Jefe de Gobierno del Distrito Federal MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA Consejero Jurídico y de Servicios Legales JOSÉ RAMÓN AMIEVA GÁLVEZ Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones EDGAR OSORIO PLAZA Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ INSERCIONES Plana entera ...................................................................................... $ 1,577.00 Media plana............................................................................................ 848.00 Un cuarto de plana ................................................................................. 528.00 Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo, C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza. Consulta en Internet http://www.consejeria.df.gob.mx/gacetas.php GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V., CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA No. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860. TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80 (Costo por ejemplar $10.50)