5. ACTORES DE LA ENTIDAD : Titular de la Entidad: Es la más alta autoridad ejecutiva, de conformidad con las normas de organización. En empresas Estatales es el Gerente General. Aprueba, autoriza y supervisa los procesos de contrataciones, Designa al Comité Especial, Resuelve las Observaciones no acogidas, etc.
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18. El OSCE señalará la forma en que se aplicará la obligatoriedad de las contrataciones de servicios vía electrónica para las demás Entidades, así como la forma en que se aplicará la obligatoriedad de las contrataciones electrónicas a los procesos de Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicaciones Directas en sus distintas modalidades y Adjudicación de Menor Cuantía para bienes, consultoría de obras y ejecución de obras.
19. PROCESOS DE SELECCIÓN POR ENCARGO : Por razones económicas o de especialidad en el objeto de la convocatoria, una Entidad podrá encargar a otra Entidad pública o privada, nacional o internacional u organismos internacionales, mediante convenio interinstitucional, la realización del proceso de selección que aquélla requiera para la contratación de bienes, servicios y obras, previo informe técnico legal que sustente la necesidad y viabilidad del Encargo, el mismo que será aprobado por el Titular de la Entidad. La aprobación del Expediente de Contratación y de las Bases será competencia de la Entidad encargante