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ACUERDOS
FECODE-GOBIERNO NACIONAL
11 de septiembre 2013
Prensa Fecode
PRESENTACIÓN
Prensa Fecode
Prensa Fecode
En 2009 y 2011 FECODE presentó peticiones
respetuosas al gobierno nacional. La expedición del
Decreto 1092 de 2013 permite la presentación de
Pliegos de Peticiones a los Funcionarios Públicos.
En este marco, se presentó el Pliego Nacional del
magisterio de 2013 , que culminó con una Acta de
acuerdos y desacuerdos.
Los procesos de negociación colectiva en Colombia
fueron adoptados en el art. 55 de la C.P.N./91, a través
del Convenio 151 de la OIT, aprobado mediante Ley 411
de 1997, sobre garantía del Derecho de Negociación
Colectiva para regular las relaciones laborales.
Ha sido constante del gobierno firmar actas de
acuerdos con diferentes sectores y cumplirlas
parcialmente, ¡o no cumplirlas!
¡Si!, esto se ha demostrado en el
clima de inconformidad y agitada
movilización contra las políticas
neoliberales del gobierno de Juan
Manuel Santos.
¡Un contexto
bastante
agitado!
Además, en ese momento, y aún, se
llevaba a cabo el proceso de
negociación de La Habana entre el
gobierno y las FARC-EP.
Por eso se realizaron las diferentes
protestas de los campesinos, los
pequeños
mineros, transportadores, cafeteros,
paperos, lecheros, indígenas y
estudiantes de la MANE.
Prensa Fecode
Como en el magisterio también evidenció
incumplimiento del gobierno, la Junta Nacional
de FECODE, aprobó el Paro Nacional el 23 de
agosto, con tres objetivos y unas tareas
concretas; además, teniendo en cuenta que
habían fortalezas y debilidades en las regiones.
El 10 de septiembre se realizaron fuertes y
grandiosas marchas en las capitales y la
Internacional de la Educación realizó acciones de
solidaridad en diferentes países.
Se logró que con el
compromiso directo del
presidente y, por fuera del
tiempo definido por el Decreto
1092, se llevara a cabo la
negociación.
Tras cumplir con citas en el
MEN, el Congreso, de elaborar
el borrador de Acta, y de hacer
el análisis, el Comité Ejecutivo
firmó el Acta.
Para que en todos los rincones del país
los docentes analicen, argumenten y
determinar los alcances de los
acuerdos y desacuerdos, se edita esta
cartilla como complemento del
documento oficial.
OBJETIVOS
Cumplimiento pliego
de condiciones
servicios de salud.
Pago de deudas.
Cumplimiento de los
acuerdos.
Prensa Fecode
Reclamar salud digna es una acción
justa y necesaria que requiere acciones
inmediatas a los múltiples problemas
en los servicios médico asistenciales
que afectan a los docentes y a sus
familias.
En Mayo 21 de este año se suscribieron
16 acuerdos y 7 desacuerdos. FECODE
exige en el paro nacional el
cumplimiento.
Pago de deudas por diversos
conceptos:
cesantías, pensiones, retroactivida
d de la Prima de Servicios sin
condiciones ni
restricciones, homologaciones, zon
as de difícil acceso, primas
extralegales, ...
Esquemadeseguimientoalas
obligacionescontractualescon
operadoresdesalud.
Auditorías médicas.
Plan de mejoramiento -
incumplimiento - procesos
sancionatorios.
Visitas a regiones con
MEN, FECODE y
FIDUPREVISORA.
Planes de mejoramiento
Grupo de auditores para
seguimiento de operadores en
lo administrativo y financiero.
Revisan pagos, carteras, pagos
a redes de servicios, bases de
datos, entre otros.
Tutelas de maestros contra
operadores – Fiduprevisora.
Procesos sancionatorios.
Procesos de incumplimiento
abiertos contra operadores.
Región 5 UT Oriente.
Región 4 UT Magisterio.
Región 2 UT Medicol Salud.
Región 1 UT Magisalud.Aprobación de nuevo manual
de sanciones.
Comités Regionales de
Prestaciones Sociales – el
MEN expidió la Directiva 18
de junio 28 de 2013.
Prensa Fecode
La normatividad aplicable en el proceso de los
contratos médicos se rige por lo dispuesto en las
Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y 1474 de
2011, decretos reglamentarios y normas
concordantes.
El proceso de selección se adelanta en
concordancia con la Ley 598 de 2000 y el Decreto
3512 de 2003 que reglamenta el Sistema de
Información para la Vigilancia de la Contratación
Estatal, SICE.
Estado de pagos a
operadores por alto
Costo, Promoción y
Prevención y Salud
Ocupacional.
Pagar entre 9 y 13 de
septiembre de 2013.
Por parte de los
Operadores que
prestan los servicios de
salud.
Adoptar plan de
choque para ponerse al
día.
Asignar citas represadas.
Entregar medicamentos
pendientes.
Realizar los procedimientos
quirúrgicos retrasados y
aprobar los pendientes.
Efectuar reembolsos
pendientes.
Cumplir pliegos de
condiciones y prestar un
servicio eficaz y de calidad.Prensa Fecode
Ajustar procesos
administrativos pago
oportuno de
capitaciones.
PAGO POR CAPITACIÓN
Es la remuneración de una
suma fija mensual que se hace
por cada usuario (afiliado o
beneficiario) que tiene derecho
a ser atendido con el Plan de
Beneficios en Salud del
FNPSM, durante el plazo
contractual, y que se denomina
UPCM.
Por parte de
Fiduprevisora.
Pagar a más tardar el 30
septiembre, última cápita contrato
anterior.
Garantizar entrega oportuna de
información completa a la mesa
técnica.
Verificar y exigir auditorías
médicas que constaten
cumplimiento de compromisos y
obligaciones contractuales.
Por parte Consejo
Directivo del
FOMAG, Gobierno y
FECODE.
Septiembre 2013: modificaciones
al “Reglamento Para Imposición de
Sanciones”.
Emitir comunicación a Secretarías
de Educación para que cumplan la
Directiva 18 del MEN.
Prensa Fecode
Fondo de alto
costo, enfermedades
alto
costo, medicamentos
y UPCM.
UNIDAD DE PAGO POR
CAPITACIÓN DEL MAGISTERIO
(UPCM): Corresponde a la
Unidad de Pago por Capitación
(UPC) del Régimen Contributivo
de acuerdo al grupo etario y
zona geográfica, a la que se
adiciona un porcentaje fijo de
la UPC promedio de acuerdo a
la región, que cubre aquellos
aspectos que son inherentes al
Régimen de Excepción.
Establecer el régimen de servicio
de salud del magisterio
mediante Decreto ley dictado en
uso de precisas facultades
extraordinarias
Incluir el siguiente artículo en el
proyecto de Ley de Salud que se debate
actualmente en el Congreso de la
República.
“ARTÍCULO XX. De conformidad con el
numeral 10 del artículo 150 de la
Constitución Política, revístese al Presidente
de la República de precisas facultades
extraordinarias, hasta por el término de seis
(6) meses, contados a partir de la
promulgación de la presente ley, para
expedir un decreto con fuerza de ley que
reglamente el régimen excepcional de salud
de los afiliados al Fondo Nacional de
Prestaciones Sociales del Magisterio, sin que
en ningún caso se puedan menoscabar las
condiciones actuales del mismo. En el
desarrollo de estas facultades se garantizará
la participación de los representantes de
FECODE”.
Conformar una mesa de trabajo con representantes del MEN, FECODE y
Minsalud, para elaborar conjuntamente el proyecto de Decreto Ley.
Prensa Fecode
En el actual proyecto de
Ley de salud que cursa en
el Senado, no hay
derogatoria expresa, ni
tácita del art. 279 de la Ley
100/93 que exceptúa al
magisterio.
Pasivo
pensional y
reserva
técnica del
FOMAG
Hacienda aprobará el cálculo actuarial
en septiembre 2013.
El MEN hará gestiones para que las entidades territoriales autoricen el
gir o de recursos del FONPET al FOMAG.
Minhacienda gestionará recursos que permitan pago efectivo de
pensiones que se vayan causando en el Fondo del Magisterio.
Prensa Fecode
Minhacienda hará petición para que en carta de
modificaciones del presupuesto 2014 se incluya partida
adicional para pensiones. ESTA DIAPO PUEDE DIVIDIRSE EN
DOS, LA PRIMERA EXPLICANDO LOS TERMINOS Y LA
SEGUNDA CON LOS 4 ACUERDOS.
Cálculo actuarial de pensiones, es el
valor presente y aleatorio de una serie de
pagos a realizar, vitalicio o temporal, ya
sea por la obligación pensional de una
empresa con sus empleados, de una
entidad de seguridad social que ampara
estas prestaciones o de una compañía de
seguros que asuma las pensiones de un
tercero.
*Principio de
responsabilidad, art. 6 C.
P.N., de los servidores
públicos por infringir la
Constitución y la ley, por
omisión o
extralimitación de sus
funciones.
FONPET: Fondo Nacional de Pensiones de las
Etidades Territoriales (Ley
549/1999), determina los recursos necesarios
para cubrir el pasivo pensional. Los recursos
provienen de las Entidades Territoriales y la
Nacio, son administrados por Minhacienda por
medio de patrimonios autónomos manejados
por fiducias y fondos de pensiones.
FOMAG: Fondo de Prestaciones Sociales del
Magisterio (Ley 91/1989), cuenta especial de la
Nación, sin personería jurídica, con
independencia patrimonial contable y
estadística, recursos manejados por entidad de
fiducia estatal o de economía mixta. Administra
los recursos.
PASIVO PENSIONAL: Pensiones de
jubilación que el ente económico
deberá hacer a favor de personas que
tengan o vayan a adquirir ese
derecho, de conformidad con normas
legales o contractuales.
PRECISAR EXPLICACION
Pago de deudas
(ascensos, homologaciones
, zonas de difícil acceso y
primas extralegales).
A septiembre 6
en
Minhacienda.
Certificadas:
$320.000
millones.
Septiembre $150.000 mil
millones.
Octubre $40.000 millones.
Noviembre $ 50.000
millones.
Diciembre $ 80.000 millones.
(si no, $ 40.000 febrero y $
40.000 marzo).
Sin certificar:
$560 mil
millones.
Mesas seguimiento a
certificación desde octubre.
Entre MEN, SED y FECODE
enero 2014 Hacienda.
Acuerdo de pago que
cumplan requisitos.
<10 mil millones
en mes siguiente.
>10 mil millones
60 días.
Prensa Fecode
Hasta julio 31 de 2014.
Deudas Certificadas: tienen
sustento legal del gasto, y
reúnenlos requisitos para
hacer efectivo el pago. Art. 148
de Ley 1450/2011.
DEUDA SIN CERTIFICAR: Las
que no tienen sustento legal
del gasto y Minhacienda no
puede comprometerse a
cancelar, ya que puede ser
mayor o menor el valor.
Proceso de certificación de deudas
(Ley 1450 de 2011, art. 148)
1. Una vez las ET envíen al MEN la documentación correspondiente, este hace
el proceso de certificación de la deuda.
2. Suscripción del encargo fiduciario que realizará los pagos a los
beneficiarios.
3.Elaborar el acuerdo de pago respectivo entre la Entidad Territorial y la
Nación-Minhacienda.
4. Ingresar los excedentes de los recursos del SGP que haya certificado
el MEN.
5. Efectuar los trámites presupuestales necesarios por parte de la ET para
recibir los recursos del acuerdo de pago.
6. Que la Nación tenga definida la apropiación presupuestal.
Prensa Fecode
Estado de pago de cesantías parciales y definitivas por la Fiduciaria
*Aplicación Ley 1071/06 ???
Fiduciaria
gestiones
administrati
vas de
solicitudes
en los
términos
legales.
Tramitadas 46
mil cesantías
y 6.000 en
estudio que
serán
tramitadas en
20 días
hábiles a
partir del
acuerdo.
De las
6.000, public
arán cédulas
en WEB para
conocer
estado del
trámite.
www.fomag.gov.co,
link: cesantías
Fiduciaria
digitalizará
solicitudes de
cesantías a
partir de
octubre 1 de
2013, una vez
finalizado el
plan piloto
actual.
Este proceso
permitirá a los
docentes
conocer en
tiempo real, el
estado de su
trámite de
cesantías.
MEN requerirá
a Secretarías
de
Educación, co
n copia a
entes de
control, el
envío
oportuno de
solicitudes de
prestaciones a
Fiduprevisora.
Actualmente
hay
aproximadamen
te 33.000
cesantías en
trámite en las
Secretarías de
Educación.
Prensa Fecode
Reliquidación de pensiones por factores salariales
MEN y Minhacienda
transferir $ 150 mil millones
de 2013 al FOMAG y
garantizar la apropiación
presupuestal para 2014 y
2015.
Dentro de los 30 días
siguientes a firma de
acuerdo, el gobierno
solicitará audiencia a la
Corte Constitucional para
que tenga en cuenta
argumentos de los
Ministerios y de FECODE.
25.000 docentes pensionados entre
2003 y 2007 tienen derecho a
reliquidación de pensión por factores
salariales.
Reliquidación asciende a
$486 mil millones.
Sentencia de unificación de
la Corte Constitucional.
Consejo de
Estado: sobre lo
devengado
(sector público).
Corte Suprema de
Justicia: sobre lo
aportado
(sector privado).
FECODE considera que el fallo del
Consejo de Estado (Decreto
3752/2003), reconociendo el art.
3 que debe ser aplicado de
inmediato.
Prensa Fecode
9.000 docentes han
ganado demanda.
* En el marco de la Jurisprudencia y la Ley: Ley 71/88, art. 9 “las personas pensionadas o con derecho a la pensión del sector público en todos sus niveles que no se hayan
retirado… Tendrán derecho a la reliquidación de su pensión.
*Fallo del Consejo de Estado, oct. 29/2010; Fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, oct. 13/2010.
*Sentencia T 694/06 de agosto 22 – Magistrado Jaime Araujo Rentería.
*Fallo Sala Consulta y Servicio civil agosto 10/2011.
Factores salariales: es lo que
recibe el trabajador de
manera habitual y periódica
como contraprestación directa
de su servicio: prima de
navidad, salario, prima de
vacaciones.
Lo acordado
es
Modificación Decreto 1545 Prima de
Servicios
FECODE:
Prensa Fecode
Solicita que en motivación del Decreto se
incluya la voluntad de las partes porque la
redacción no se ajusta a lo pactado.
En el Pliego de peticiones de
2013, FECODE solicita el reconocimiento
el pago de la Prima de Servicios para
todos los docentes.
El gobierno reconoce el derecho, incluye
en el Sistema General de Participaciones 7
días de 2014 y 15, y a partir de 2015 el
pago total. Expide el Decreto sin darlo a
conocer previamente a FECODE.
Comisión integrada por FECODE, MEN y
Agencia Nacional del Derecho, para
buscar solución a los procesos judiciales
en curso por cobro de retroactividad.
Revisar entre MEN y FECODE la memoria
justificativa, ajustarla, publicarla y divulgarla
masivamente desde el MEN.
Decreto 1042/78 Artículo 58º.- La prima
de servicio. Los funcionarios a quienes se
aplica el presente Decreto tendrán
derecho a una prima de servicio anual
equivalente a quince días de
remuneración, que se pagará en los
primeros quince días del mes de julio de
cada año.
*
FECODE solicita que sea factor
salarial para pensiones. NO HUBO ACUERDO EN ESTE PUNTO.
FECODE no comparte
incompatibilidad con otras
primas que tengan el
mismo origen.
Mesa técnica con Departamento Administrativo
de la Función Pública (DAFP), MEN, FECODE y
Mintrabajo para analizar primas que existen y
determinar cuáles son incompatibles, según el
hecho generador, el origen y la favorabilidad para
el docente..
FECODE no está de
acuerdo con facultad DAFP
en interpretación de
normas relacionadas con
remuneración del empleo
público.
MEN y FECODE pactan que DAFP no interfiera con
la mesa de trabajo de acuerdo 11 (mayo/2013).
Modificación Decreto 1545 Prima de
Servicios
Pedagogía del Decreto 1782 traslados por
seguridad
MEN realizará talleres de
socialización con:
la Policía Nacional,
CIPOL,
Unidad Nacional de Protección,
líderes de talento humano y de
control interno de Secretarías de
Educación.
Desarrollará instructivo,
infografías,
piezas de radio,
creará en su web un ABC de
preguntas y respuestas;
divulgación en CVN; y,
socialización en programas
institucionales de radio y tv.
Socialización inicia con teleconferencia, apoya ESAP.
Prensa Fecode
Favorece a los docentes
amenazados, agilizando su
traslado para preservar el
derecho a la vida, al trabajo y a la
dignidad humana.
Protocolo para evaluación de
docentes del Decreto 1278
que son directivos sindicales
Comunicar a
CNSC que se
harán ajustes al
protocolo.
FECODE hará
llegar al MEN los
ajustes con el fin
de que el
protocolo sea
garantía del
ejercicio de la
libertad sindical.
Se organizará
reunión
conjunta
MEN, FECODE y
CNSC.
Prensa Fecode
CNSC: Comisión
Nacional del
Servicio Civil
Se demuestra al gobierno
que el Decreto 1278 no
garantiza el Derecho de
Asociación y Libertad
Sindical del Convenio 152
de la OIT.
Comisión de trabajo integrada por
representantes del DAFP, del MEN y
representantes de FECODE.
Cálculos en noviembre/2013 y aplicar a
partir de enero/2014, incluyéndolo en
decreto de salarios.
Prensa Fecode
Para docentes en grado 2, que
tienen maestrías o doctorados.
INCENTIVO SALARIAL
DOCENTES 1278 CON
MAESTRÍAS Y
DOCTORADOS
OJOOOO…
INCENTIVO: Es una adición en dinero, al salario aprobado para los
docentes, que tiene implicaciones de factor salarial, esto es, que
incrementa el slario, la prima de navidad, la prima de servicio, las
cesantías.
Convocatorias de la Comisión Tripartita
•Realizar reuniones cada quince días.
•MEN solicitará colaboración a los Srs.
Ministro del Interior y Presidente para
lograr la asistencia de los congresistas.
Prensa Fecode
FECODE ha propuesto el Estatuto Único
Docente con el propósito de lograr
estabilidad laboral, libertad de
enseñanza, ascensos por
títulos, experiencia y producción
académica, esto es, dignificación de la
profesión tanto para los docentes regidos
por el Decreto 1278 de 2002, como del
2277 de 1979.
COMISIONES Y MESAS DE TRABAJO
1. Comisión con representantes de Mintrabajo, Minhacienda, MEN y FECODE, con
el propósito de que la Corte Constitucional analice los argumentos de los
ministerios en mención y de FECODE, sobre factores salariales.
2. Se organizará una reunión conjunta MEN, FECODE y CNSC para tratar lo
referente al protocolo para la evaluación de docentes en permiso sindical.
3. Comisión de trabajo DAFP, el MEN y FECODE para materializar incentivo a
docentes en grado 2 del Decreto 1278.
4. Mesas de trabajo MEN, Secretarías de Educación, FECODE y Minhacienda para
seguimiento al proceso de certificación de las deudas.
Prensa Fecode
COMISIONES Y MESAS DE TRABAJO
1. Mesa de trabajo con representantes de MEN, FECODE y Minsalud para elaborar
conjuntamente el proyecto de decreto ley que reglamente el régimen
excepcional de salud.
2. Mesa técnica conformada por representantes del DAFP, MEN, FECODE y
Mintrabajo para analizar primas que existen y determinar cuáles son
incompatibles con la prima de servicios.
3. Mesa de trabajo Agencia de Defensa Jurídica de la Nación, FECODE y MEN, para
dar cumplimiento al acuerdo 11 de la concertación laboral de mayo 2013.
4. Comisión Técnica de Salud.
Prensa Fecode
CRONOGRAMA
Pago de deudas laborales: $150.000 millones.
Aprobación del Cálculo actuarial.
Presupuesto 2014: inclusión partida adicional para
pensiones.
Pago a operadores por: alto costo, salud
ocupacional, Prevención y Promoción, entre 9 y 13 de
septiembre de 2013.
Pago a los prestadores: finalizado el mes, se garantiza
pago de última cápita contrato 2012.
Plan de choque de salud: informes de auditoría y plan de
mejoramiento.
Prensa Fecode
S
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P
T
I
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M
B
R
E
CRONOGRAMA
Plan de visitas MEN, FECODE y FIDUPREVISORA.
Pago de cesantías: 6.000 en trámite en 20 días y
publicación en la web.
Manual de sanciones a los prestadores.
Desarrollo pedagogía sobre aplicación del Decreto
1782.
Protocolo directivos sindicales del 1278: se aceptan
modificaciones.
Incentivos 1278: Convocatoria de la comisión.
Reactivación de la Comisión Tripartita 18 de septiembre de
2103.
Prensa Fecode
S
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I
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M
B
R
E
CRONOGRAMA
Pago de deudas laborales: $40.000 millones de pesos.
Seguimiento a certificación de deudas y pago mes siguiente
máximo julio 2014
Pago de cesantías parciales y definitivas y trámite de las
pendientes.
El 1 de octubre inicia proceso de digitalización que permite ver
estado del trámite.
Se realizarán y ajustarán el trámite en los términos de Ley.
Existen 33 mil solicitudes represadas en las regiones.
Reliquidación de pensiones por factores salariales: para 2013 se
presupuestaron $150.000 millones.
Gobierno solicitará en 30 días audiencia esperando sentencia de
unificación de la Corte Constitucional.
Prensa Fecode
O
C
T
U
B
R
E
CRONOGRAMA
Prensa Fecode
N
O
V
I
E
M
B
R
E
Pago de deudas laborales: $ 50.000 millones.
Seguimiento a certificación de deudas y pago mes
siguiente, máximo julio 2014.
Comisión técnica de salud entrega estudio sobre
fondo alto costos, enfermedades y medicamentos
alto costo y UPCM.
Noviembre 30 entrega de la información de la
comisión sobre incentivos salariales 1278.
CRONOGRAMA
Prensa Fecode
D
I
C
I
E
M
B
R
E
Pago de deudas laborales: $ 80 mil
millones, si ello no es posible, se pagaran
$ 40 mil millones en febrero y $ 40 mil
millones en marzo de 2014.
Seguimiento a certificación de deudas y
pago máximo en julio de 2014.
Para garantizar pago de reliquidación de
pensiones por factores salariales, se
dejaron $ 150 mil millones en 2014 y el
saldo en 2015.
PLAN DE ACCION
• COMITÉ EJECUTIVO
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LA NECESARIA UNIDAD DEL MAGISTERIO EN LAS
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2 Acuerdos sept 2013- modif juridica ceid

  • 1. ACUERDOS FECODE-GOBIERNO NACIONAL 11 de septiembre 2013 Prensa Fecode
  • 3. Prensa Fecode En 2009 y 2011 FECODE presentó peticiones respetuosas al gobierno nacional. La expedición del Decreto 1092 de 2013 permite la presentación de Pliegos de Peticiones a los Funcionarios Públicos. En este marco, se presentó el Pliego Nacional del magisterio de 2013 , que culminó con una Acta de acuerdos y desacuerdos. Los procesos de negociación colectiva en Colombia fueron adoptados en el art. 55 de la C.P.N./91, a través del Convenio 151 de la OIT, aprobado mediante Ley 411 de 1997, sobre garantía del Derecho de Negociación Colectiva para regular las relaciones laborales. Ha sido constante del gobierno firmar actas de acuerdos con diferentes sectores y cumplirlas parcialmente, ¡o no cumplirlas! ¡Si!, esto se ha demostrado en el clima de inconformidad y agitada movilización contra las políticas neoliberales del gobierno de Juan Manuel Santos. ¡Un contexto bastante agitado! Además, en ese momento, y aún, se llevaba a cabo el proceso de negociación de La Habana entre el gobierno y las FARC-EP. Por eso se realizaron las diferentes protestas de los campesinos, los pequeños mineros, transportadores, cafeteros, paperos, lecheros, indígenas y estudiantes de la MANE.
  • 4. Prensa Fecode Como en el magisterio también evidenció incumplimiento del gobierno, la Junta Nacional de FECODE, aprobó el Paro Nacional el 23 de agosto, con tres objetivos y unas tareas concretas; además, teniendo en cuenta que habían fortalezas y debilidades en las regiones. El 10 de septiembre se realizaron fuertes y grandiosas marchas en las capitales y la Internacional de la Educación realizó acciones de solidaridad en diferentes países. Se logró que con el compromiso directo del presidente y, por fuera del tiempo definido por el Decreto 1092, se llevara a cabo la negociación. Tras cumplir con citas en el MEN, el Congreso, de elaborar el borrador de Acta, y de hacer el análisis, el Comité Ejecutivo firmó el Acta. Para que en todos los rincones del país los docentes analicen, argumenten y determinar los alcances de los acuerdos y desacuerdos, se edita esta cartilla como complemento del documento oficial.
  • 5. OBJETIVOS Cumplimiento pliego de condiciones servicios de salud. Pago de deudas. Cumplimiento de los acuerdos. Prensa Fecode Reclamar salud digna es una acción justa y necesaria que requiere acciones inmediatas a los múltiples problemas en los servicios médico asistenciales que afectan a los docentes y a sus familias. En Mayo 21 de este año se suscribieron 16 acuerdos y 7 desacuerdos. FECODE exige en el paro nacional el cumplimiento. Pago de deudas por diversos conceptos: cesantías, pensiones, retroactivida d de la Prima de Servicios sin condiciones ni restricciones, homologaciones, zon as de difícil acceso, primas extralegales, ...
  • 6. Esquemadeseguimientoalas obligacionescontractualescon operadoresdesalud. Auditorías médicas. Plan de mejoramiento - incumplimiento - procesos sancionatorios. Visitas a regiones con MEN, FECODE y FIDUPREVISORA. Planes de mejoramiento Grupo de auditores para seguimiento de operadores en lo administrativo y financiero. Revisan pagos, carteras, pagos a redes de servicios, bases de datos, entre otros. Tutelas de maestros contra operadores – Fiduprevisora. Procesos sancionatorios. Procesos de incumplimiento abiertos contra operadores. Región 5 UT Oriente. Región 4 UT Magisterio. Región 2 UT Medicol Salud. Región 1 UT Magisalud.Aprobación de nuevo manual de sanciones. Comités Regionales de Prestaciones Sociales – el MEN expidió la Directiva 18 de junio 28 de 2013. Prensa Fecode La normatividad aplicable en el proceso de los contratos médicos se rige por lo dispuesto en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y 1474 de 2011, decretos reglamentarios y normas concordantes. El proceso de selección se adelanta en concordancia con la Ley 598 de 2000 y el Decreto 3512 de 2003 que reglamenta el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal, SICE.
  • 7. Estado de pagos a operadores por alto Costo, Promoción y Prevención y Salud Ocupacional. Pagar entre 9 y 13 de septiembre de 2013. Por parte de los Operadores que prestan los servicios de salud. Adoptar plan de choque para ponerse al día. Asignar citas represadas. Entregar medicamentos pendientes. Realizar los procedimientos quirúrgicos retrasados y aprobar los pendientes. Efectuar reembolsos pendientes. Cumplir pliegos de condiciones y prestar un servicio eficaz y de calidad.Prensa Fecode Ajustar procesos administrativos pago oportuno de capitaciones. PAGO POR CAPITACIÓN Es la remuneración de una suma fija mensual que se hace por cada usuario (afiliado o beneficiario) que tiene derecho a ser atendido con el Plan de Beneficios en Salud del FNPSM, durante el plazo contractual, y que se denomina UPCM.
  • 8. Por parte de Fiduprevisora. Pagar a más tardar el 30 septiembre, última cápita contrato anterior. Garantizar entrega oportuna de información completa a la mesa técnica. Verificar y exigir auditorías médicas que constaten cumplimiento de compromisos y obligaciones contractuales. Por parte Consejo Directivo del FOMAG, Gobierno y FECODE. Septiembre 2013: modificaciones al “Reglamento Para Imposición de Sanciones”. Emitir comunicación a Secretarías de Educación para que cumplan la Directiva 18 del MEN. Prensa Fecode Fondo de alto costo, enfermedades alto costo, medicamentos y UPCM. UNIDAD DE PAGO POR CAPITACIÓN DEL MAGISTERIO (UPCM): Corresponde a la Unidad de Pago por Capitación (UPC) del Régimen Contributivo de acuerdo al grupo etario y zona geográfica, a la que se adiciona un porcentaje fijo de la UPC promedio de acuerdo a la región, que cubre aquellos aspectos que son inherentes al Régimen de Excepción.
  • 9. Establecer el régimen de servicio de salud del magisterio mediante Decreto ley dictado en uso de precisas facultades extraordinarias Incluir el siguiente artículo en el proyecto de Ley de Salud que se debate actualmente en el Congreso de la República. “ARTÍCULO XX. De conformidad con el numeral 10 del artículo 150 de la Constitución Política, revístese al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias, hasta por el término de seis (6) meses, contados a partir de la promulgación de la presente ley, para expedir un decreto con fuerza de ley que reglamente el régimen excepcional de salud de los afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, sin que en ningún caso se puedan menoscabar las condiciones actuales del mismo. En el desarrollo de estas facultades se garantizará la participación de los representantes de FECODE”. Conformar una mesa de trabajo con representantes del MEN, FECODE y Minsalud, para elaborar conjuntamente el proyecto de Decreto Ley. Prensa Fecode En el actual proyecto de Ley de salud que cursa en el Senado, no hay derogatoria expresa, ni tácita del art. 279 de la Ley 100/93 que exceptúa al magisterio.
  • 10. Pasivo pensional y reserva técnica del FOMAG Hacienda aprobará el cálculo actuarial en septiembre 2013. El MEN hará gestiones para que las entidades territoriales autoricen el gir o de recursos del FONPET al FOMAG. Minhacienda gestionará recursos que permitan pago efectivo de pensiones que se vayan causando en el Fondo del Magisterio. Prensa Fecode Minhacienda hará petición para que en carta de modificaciones del presupuesto 2014 se incluya partida adicional para pensiones. ESTA DIAPO PUEDE DIVIDIRSE EN DOS, LA PRIMERA EXPLICANDO LOS TERMINOS Y LA SEGUNDA CON LOS 4 ACUERDOS. Cálculo actuarial de pensiones, es el valor presente y aleatorio de una serie de pagos a realizar, vitalicio o temporal, ya sea por la obligación pensional de una empresa con sus empleados, de una entidad de seguridad social que ampara estas prestaciones o de una compañía de seguros que asuma las pensiones de un tercero. *Principio de responsabilidad, art. 6 C. P.N., de los servidores públicos por infringir la Constitución y la ley, por omisión o extralimitación de sus funciones. FONPET: Fondo Nacional de Pensiones de las Etidades Territoriales (Ley 549/1999), determina los recursos necesarios para cubrir el pasivo pensional. Los recursos provienen de las Entidades Territoriales y la Nacio, son administrados por Minhacienda por medio de patrimonios autónomos manejados por fiducias y fondos de pensiones. FOMAG: Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio (Ley 91/1989), cuenta especial de la Nación, sin personería jurídica, con independencia patrimonial contable y estadística, recursos manejados por entidad de fiducia estatal o de economía mixta. Administra los recursos. PASIVO PENSIONAL: Pensiones de jubilación que el ente económico deberá hacer a favor de personas que tengan o vayan a adquirir ese derecho, de conformidad con normas legales o contractuales. PRECISAR EXPLICACION
  • 11. Pago de deudas (ascensos, homologaciones , zonas de difícil acceso y primas extralegales). A septiembre 6 en Minhacienda. Certificadas: $320.000 millones. Septiembre $150.000 mil millones. Octubre $40.000 millones. Noviembre $ 50.000 millones. Diciembre $ 80.000 millones. (si no, $ 40.000 febrero y $ 40.000 marzo). Sin certificar: $560 mil millones. Mesas seguimiento a certificación desde octubre. Entre MEN, SED y FECODE enero 2014 Hacienda. Acuerdo de pago que cumplan requisitos. <10 mil millones en mes siguiente. >10 mil millones 60 días. Prensa Fecode Hasta julio 31 de 2014. Deudas Certificadas: tienen sustento legal del gasto, y reúnenlos requisitos para hacer efectivo el pago. Art. 148 de Ley 1450/2011. DEUDA SIN CERTIFICAR: Las que no tienen sustento legal del gasto y Minhacienda no puede comprometerse a cancelar, ya que puede ser mayor o menor el valor.
  • 12. Proceso de certificación de deudas (Ley 1450 de 2011, art. 148) 1. Una vez las ET envíen al MEN la documentación correspondiente, este hace el proceso de certificación de la deuda. 2. Suscripción del encargo fiduciario que realizará los pagos a los beneficiarios. 3.Elaborar el acuerdo de pago respectivo entre la Entidad Territorial y la Nación-Minhacienda. 4. Ingresar los excedentes de los recursos del SGP que haya certificado el MEN. 5. Efectuar los trámites presupuestales necesarios por parte de la ET para recibir los recursos del acuerdo de pago. 6. Que la Nación tenga definida la apropiación presupuestal. Prensa Fecode
  • 13. Estado de pago de cesantías parciales y definitivas por la Fiduciaria *Aplicación Ley 1071/06 ??? Fiduciaria gestiones administrati vas de solicitudes en los términos legales. Tramitadas 46 mil cesantías y 6.000 en estudio que serán tramitadas en 20 días hábiles a partir del acuerdo. De las 6.000, public arán cédulas en WEB para conocer estado del trámite. www.fomag.gov.co, link: cesantías Fiduciaria digitalizará solicitudes de cesantías a partir de octubre 1 de 2013, una vez finalizado el plan piloto actual. Este proceso permitirá a los docentes conocer en tiempo real, el estado de su trámite de cesantías. MEN requerirá a Secretarías de Educación, co n copia a entes de control, el envío oportuno de solicitudes de prestaciones a Fiduprevisora. Actualmente hay aproximadamen te 33.000 cesantías en trámite en las Secretarías de Educación. Prensa Fecode
  • 14. Reliquidación de pensiones por factores salariales MEN y Minhacienda transferir $ 150 mil millones de 2013 al FOMAG y garantizar la apropiación presupuestal para 2014 y 2015. Dentro de los 30 días siguientes a firma de acuerdo, el gobierno solicitará audiencia a la Corte Constitucional para que tenga en cuenta argumentos de los Ministerios y de FECODE. 25.000 docentes pensionados entre 2003 y 2007 tienen derecho a reliquidación de pensión por factores salariales. Reliquidación asciende a $486 mil millones. Sentencia de unificación de la Corte Constitucional. Consejo de Estado: sobre lo devengado (sector público). Corte Suprema de Justicia: sobre lo aportado (sector privado). FECODE considera que el fallo del Consejo de Estado (Decreto 3752/2003), reconociendo el art. 3 que debe ser aplicado de inmediato. Prensa Fecode 9.000 docentes han ganado demanda. * En el marco de la Jurisprudencia y la Ley: Ley 71/88, art. 9 “las personas pensionadas o con derecho a la pensión del sector público en todos sus niveles que no se hayan retirado… Tendrán derecho a la reliquidación de su pensión. *Fallo del Consejo de Estado, oct. 29/2010; Fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, oct. 13/2010. *Sentencia T 694/06 de agosto 22 – Magistrado Jaime Araujo Rentería. *Fallo Sala Consulta y Servicio civil agosto 10/2011. Factores salariales: es lo que recibe el trabajador de manera habitual y periódica como contraprestación directa de su servicio: prima de navidad, salario, prima de vacaciones. Lo acordado es
  • 15. Modificación Decreto 1545 Prima de Servicios FECODE: Prensa Fecode Solicita que en motivación del Decreto se incluya la voluntad de las partes porque la redacción no se ajusta a lo pactado. En el Pliego de peticiones de 2013, FECODE solicita el reconocimiento el pago de la Prima de Servicios para todos los docentes. El gobierno reconoce el derecho, incluye en el Sistema General de Participaciones 7 días de 2014 y 15, y a partir de 2015 el pago total. Expide el Decreto sin darlo a conocer previamente a FECODE. Comisión integrada por FECODE, MEN y Agencia Nacional del Derecho, para buscar solución a los procesos judiciales en curso por cobro de retroactividad. Revisar entre MEN y FECODE la memoria justificativa, ajustarla, publicarla y divulgarla masivamente desde el MEN. Decreto 1042/78 Artículo 58º.- La prima de servicio. Los funcionarios a quienes se aplica el presente Decreto tendrán derecho a una prima de servicio anual equivalente a quince días de remuneración, que se pagará en los primeros quince días del mes de julio de cada año. *
  • 16. FECODE solicita que sea factor salarial para pensiones. NO HUBO ACUERDO EN ESTE PUNTO. FECODE no comparte incompatibilidad con otras primas que tengan el mismo origen. Mesa técnica con Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), MEN, FECODE y Mintrabajo para analizar primas que existen y determinar cuáles son incompatibles, según el hecho generador, el origen y la favorabilidad para el docente.. FECODE no está de acuerdo con facultad DAFP en interpretación de normas relacionadas con remuneración del empleo público. MEN y FECODE pactan que DAFP no interfiera con la mesa de trabajo de acuerdo 11 (mayo/2013). Modificación Decreto 1545 Prima de Servicios
  • 17. Pedagogía del Decreto 1782 traslados por seguridad MEN realizará talleres de socialización con: la Policía Nacional, CIPOL, Unidad Nacional de Protección, líderes de talento humano y de control interno de Secretarías de Educación. Desarrollará instructivo, infografías, piezas de radio, creará en su web un ABC de preguntas y respuestas; divulgación en CVN; y, socialización en programas institucionales de radio y tv. Socialización inicia con teleconferencia, apoya ESAP. Prensa Fecode Favorece a los docentes amenazados, agilizando su traslado para preservar el derecho a la vida, al trabajo y a la dignidad humana.
  • 18. Protocolo para evaluación de docentes del Decreto 1278 que son directivos sindicales Comunicar a CNSC que se harán ajustes al protocolo. FECODE hará llegar al MEN los ajustes con el fin de que el protocolo sea garantía del ejercicio de la libertad sindical. Se organizará reunión conjunta MEN, FECODE y CNSC. Prensa Fecode CNSC: Comisión Nacional del Servicio Civil Se demuestra al gobierno que el Decreto 1278 no garantiza el Derecho de Asociación y Libertad Sindical del Convenio 152 de la OIT.
  • 19. Comisión de trabajo integrada por representantes del DAFP, del MEN y representantes de FECODE. Cálculos en noviembre/2013 y aplicar a partir de enero/2014, incluyéndolo en decreto de salarios. Prensa Fecode Para docentes en grado 2, que tienen maestrías o doctorados. INCENTIVO SALARIAL DOCENTES 1278 CON MAESTRÍAS Y DOCTORADOS OJOOOO… INCENTIVO: Es una adición en dinero, al salario aprobado para los docentes, que tiene implicaciones de factor salarial, esto es, que incrementa el slario, la prima de navidad, la prima de servicio, las cesantías.
  • 20. Convocatorias de la Comisión Tripartita •Realizar reuniones cada quince días. •MEN solicitará colaboración a los Srs. Ministro del Interior y Presidente para lograr la asistencia de los congresistas. Prensa Fecode FECODE ha propuesto el Estatuto Único Docente con el propósito de lograr estabilidad laboral, libertad de enseñanza, ascensos por títulos, experiencia y producción académica, esto es, dignificación de la profesión tanto para los docentes regidos por el Decreto 1278 de 2002, como del 2277 de 1979.
  • 21. COMISIONES Y MESAS DE TRABAJO 1. Comisión con representantes de Mintrabajo, Minhacienda, MEN y FECODE, con el propósito de que la Corte Constitucional analice los argumentos de los ministerios en mención y de FECODE, sobre factores salariales. 2. Se organizará una reunión conjunta MEN, FECODE y CNSC para tratar lo referente al protocolo para la evaluación de docentes en permiso sindical. 3. Comisión de trabajo DAFP, el MEN y FECODE para materializar incentivo a docentes en grado 2 del Decreto 1278. 4. Mesas de trabajo MEN, Secretarías de Educación, FECODE y Minhacienda para seguimiento al proceso de certificación de las deudas. Prensa Fecode
  • 22. COMISIONES Y MESAS DE TRABAJO 1. Mesa de trabajo con representantes de MEN, FECODE y Minsalud para elaborar conjuntamente el proyecto de decreto ley que reglamente el régimen excepcional de salud. 2. Mesa técnica conformada por representantes del DAFP, MEN, FECODE y Mintrabajo para analizar primas que existen y determinar cuáles son incompatibles con la prima de servicios. 3. Mesa de trabajo Agencia de Defensa Jurídica de la Nación, FECODE y MEN, para dar cumplimiento al acuerdo 11 de la concertación laboral de mayo 2013. 4. Comisión Técnica de Salud. Prensa Fecode
  • 23. CRONOGRAMA Pago de deudas laborales: $150.000 millones. Aprobación del Cálculo actuarial. Presupuesto 2014: inclusión partida adicional para pensiones. Pago a operadores por: alto costo, salud ocupacional, Prevención y Promoción, entre 9 y 13 de septiembre de 2013. Pago a los prestadores: finalizado el mes, se garantiza pago de última cápita contrato 2012. Plan de choque de salud: informes de auditoría y plan de mejoramiento. Prensa Fecode S E P T I E M B R E
  • 24. CRONOGRAMA Plan de visitas MEN, FECODE y FIDUPREVISORA. Pago de cesantías: 6.000 en trámite en 20 días y publicación en la web. Manual de sanciones a los prestadores. Desarrollo pedagogía sobre aplicación del Decreto 1782. Protocolo directivos sindicales del 1278: se aceptan modificaciones. Incentivos 1278: Convocatoria de la comisión. Reactivación de la Comisión Tripartita 18 de septiembre de 2103. Prensa Fecode S E P T I E M B R E
  • 25. CRONOGRAMA Pago de deudas laborales: $40.000 millones de pesos. Seguimiento a certificación de deudas y pago mes siguiente máximo julio 2014 Pago de cesantías parciales y definitivas y trámite de las pendientes. El 1 de octubre inicia proceso de digitalización que permite ver estado del trámite. Se realizarán y ajustarán el trámite en los términos de Ley. Existen 33 mil solicitudes represadas en las regiones. Reliquidación de pensiones por factores salariales: para 2013 se presupuestaron $150.000 millones. Gobierno solicitará en 30 días audiencia esperando sentencia de unificación de la Corte Constitucional. Prensa Fecode O C T U B R E
  • 26. CRONOGRAMA Prensa Fecode N O V I E M B R E Pago de deudas laborales: $ 50.000 millones. Seguimiento a certificación de deudas y pago mes siguiente, máximo julio 2014. Comisión técnica de salud entrega estudio sobre fondo alto costos, enfermedades y medicamentos alto costo y UPCM. Noviembre 30 entrega de la información de la comisión sobre incentivos salariales 1278.
  • 27. CRONOGRAMA Prensa Fecode D I C I E M B R E Pago de deudas laborales: $ 80 mil millones, si ello no es posible, se pagaran $ 40 mil millones en febrero y $ 40 mil millones en marzo de 2014. Seguimiento a certificación de deudas y pago máximo en julio de 2014. Para garantizar pago de reliquidación de pensiones por factores salariales, se dejaron $ 150 mil millones en 2014 y el saldo en 2015.
  • 28. PLAN DE ACCION • COMITÉ EJECUTIVO Prensa Fecode
  • 29. LA NECESARIA UNIDAD DEL MAGISTERIO EN LAS PRESENTES Y FUTURAS CONQUISTAS Prensa Fecode