2. Es la impugnación de un acto administrativo ante un órgano de la
administración que puede ser el propio autor del acto o su superior
jerárquico.
Es de Rango
Constituciona
l
Art. 259
CRBV
Es Judicial, Es la
única
jurisdicción
atribuida al
Poder Judicial
Es
Universal
Es Subjetiva,
consagrada en el Art.
259 Numeral 3
3. Recurso
de
Reconciliación
Recurso
de
Jerárquico
Recurso
de
Revisión
Recurso
de
Queja
Es el que se
presenta ante la
instancia
administrativa en
este caso la
Administración
Publica
Es aquel que se
solicita ante un
superior con
jerarquía. En este
caso un Juez
Es un recurso de
carácter
extraordinario, a
diferencia de los
otros recursos ya
que puede
interesarse por
motivos
transcendente al
acto
administrativo
firme recurrido
Es un recurso
administrativo
extraordinario
4. Ley Orgánica de Procedimiento Administrativo
regula las relaciones jurídicas entre los
administrados y la administración, para lo cual
prevé un conjunto de poderes, prerrogativas y
obligaciones de la administración y una serie de
derechos y obligaciones de los particulares en
sus relaciones con aquella.