El ejercicio de la función de regulación de la autoridad de Salud, en el marco de la relación Estado – Mercado – Sociedad
1. EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN DE
REGULACIÓN DE LA AUTORIDAD DE SALUD,
EN EL MARCO DE LA RELACIÓN
ESTADO – MERCADO - SOCIEDAD
Julio Mendigure Fernández / Luis Robles Guerrero
Perú 2012 Julio Mendigure/Luis Robles Guerrero
3. EL ESTADO Y LA SALUD
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERU - 1993
Artículo 2°.- Toda persona tiene derecho:
A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre
desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le
favorece.
Artículo 7°.- Todos tienen derecho a la protección de su salud,
Artículo 9°.- El Estado determina la política nacional de salud. El Poder Ejecutivo
norma y supervisa su aplicación. Es responsable de diseñarla y conducirla en
forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los
servicios de salud.
Artículo 11°.- El Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de salud
25% de la población enferma NO ACCEDE a los servicios de Salud
Julio Mendigure/Luis Robles Guerrero
4. Ley N° 27657. LEY DEL MINISTERIO DE SALUD
TÍTULO I
Capítulo I
DEL MINISTERIO DE SALUD
Artículo 2º.- De la naturaleza del Ministerio de Salud
El Ministerio de Salud es un órgano del Poder Ejecutivo. Es el ente
rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la
intervención del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de
lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la
promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud
y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los
derechos fundamentales de la persona, desde su concepción
hasta su muerte natural.
Capítulo II
DE LAS COMPETENCIAS DE RECTORÍA SECTORIAL DEL
MINISTERIO DE SALUD
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5. LEY Nº 26842, LEY GENERAL DE SALUD
TITULO QUINTO
DE LA AUTORIDAD DE SALUD
(…)
Artículo 123. Entiéndase que la Autoridad de Salud de nivel nacional es el
órgano especializado del Poder Ejecutivo que tiene a su cargo la dirección y
gestión de la política nacional de salud y actúa como la máxima autoridad
normativa en materia de salud.
Artículo 124. En aplicación y cumplimiento de las normas de salud que dicta la
Autoridad de Salud de nivel nacional, los órganos desconcentrados o
descentralizadas quedan facultados para disponer, dentro de su ámbito, medidas
de prevención y control de carácter general o particular en las materias de su
competencia.
Artículo 125. El ejercicio descentralizado de competencias de control en materias
de salud, no supone, en ningún caso, el ejercicio de competencia normativa, salvo
estipulación en contrario de la propia ley.
La delegación de competencias de control en materia de salud, no supone,
en ningún caso, la delegación de facultades normativas.
Artículo 126. No se podrá dictar normas que reglamentan leyes o que tengan
jerarquía equivalente, que incidan en materia de salud, sin el refrendo de la
Autoridad de Salud de nivel nacional. Julio Mendigure/Luis Robles Guerrero
6. LEY N° 29158
LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO
Ninguna base legal (Ley o Decreto Supremo) relativa a la
Descentralización, confiere la Rectoría Sectorial
a los niveles subnacionales (Gobierno regional o local)
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7. El Ministerio de Salud es el ente rector
del Sector Salud.
El MINSA debe consolidar el ejercicio de
la Rectoría Sectorial.
En el proceso de Descentralización es
indispensable desarrollar y fortalecer la
Rectoría Sectorial.
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8. La Rectoría Sectorial en Salud
También denominada Rectoría del Sector Salud, es la
capacidad del Estado para conducir el Sector Salud, y
para tomar responsabilidad por la salud y el bienestar
de la población. La Rectoría Sectorial es una función
indelegable e ineludible del Estado a través de la
Autoridad Sanitaria Nacional.
En el Perú, el Estado delega en el Ministerio de Salud ("el
órgano especializado del Poder Ejecutivo", Art. 123° de la Ley
General de Salud) la rectoría sectorial, y es la Autoridad
Sanitaria Nacional.
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9. La Rectoría Sectorial en Salud
Es una función de competencia característica del
gobierno, ejercida mediante la Autoridad Sanitaria
Nacional.
En tanto el Ministerio de Salud, como Autoridad
Sanitaria Nacional, ejerce la Rectoría Sectorial, vela por
el bien público en materia de salud, y en razón de ella
ejerce dicha Rectoría en todo el Sector Salud, es decir
en todos los que integran dicho Sector.
Es conocida también como gobernancia del Sector
Salud o stewardship en inglés.
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10. Las Funciones de la Rectoría
del Sector Salud
Julio Mendigure/Luis Robles Guerrero
11. Las Funciones de la Rectoría del Sector Salud
La OMS ha identificado que las Dimensiones o Funciones de
la Rectoría en el Sector Salud comprenden:
1. CONDUCCIÓN SECTORIAL
2. REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
3. ARMONIZACIÓN DE LA PROVISIÓN DE LOS SERVICIOS
DE SALUD
4. GARANTÍA DEL ASEGURAMIENTO
5. MODULACIÓN DEL FINANCIAMIENTO
6. EJECUCIÓN DE LAS FUNCIONES ESENCIALES DE
SALUD PÚBLICA (FESPs)
FUNCIONES EXCLUSIVAS
FUNCIONES COMPARTIDAS
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12. Conducción
Sectorial
Regulación y
Fiscalización
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13. FUNCIONES DE LA RECTORÍA SECTORIAL DE LA
AUTORIDAD NACIONAL DE SALUD
CONDUCCIÓN SECTORIAL
REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
ORGANIZACIÓN DE LA PROVISIÓN DE SERVICIOS
MODULACIÓN DEL FINANCIAMIENTO
GARANTÍA DEL ASEGURAMIENTO EN SALUD
MEDICIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE FESP
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14. CONDUCCIÓN
SECTORIAL
MEDICIÓN GARANTÍA
DEL REGULACIÓN DEL
CUMPLI-
Y ASEGU-
FISCALIZACIÓN
MIENTO RAMIENTO
DE FESP EN SALUD
INTERRELACIÓN DE
LAS FUNCIONES DE LA
RECTORÍA SECTORIAL
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15. SECTOR SALUD,
RECTORÍA SECTORIAL
Y AUTORIDAD NACIONAL DE SALUD
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16. El concepto de Sector Salud se
aplica a todo el territorio
nacional como una unidad.
Sector Salud como un espacio
social que es un todo, y por eso
puede tener un Ente Rector,
el Ministerio de Salud.
No hay Sector Salud por Departamentos o
Provincias o Distritos. Julio Mendigure/Luis Robles Guerrero
17. Para la
perspectiva territorial
en el contexto de la
Descentralización,
aplica el concepto de
Autoridad de Salud.
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18. El concepto de
Autoridad de Salud,
implica que hay una
Autoridad Nacional de Salud
para todo el territorio nacional,
y corresponde al
Ministerio de Salud,
que es parte del Gobierno
Nacional .
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19. A su vez, en cada ámbito
regional hay una
Autoridad Regional
de Salud, que es parte
del Gobierno Regional.
Es necesario fortalecer el rol de cada
Autoridad Regional de Salud
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20. AUTORIDAD NACIONAL DE SALUD Y LA RECTORÍA SECTORIAL
AUTORIDAD NACIONAL AUTORIDAD REGIONAL
DE SALUD DE SALUD
ENTE RECTOR
Compartidas con
DEL SECTOR SALUD
(pero no Abdicadas)
Funciones Rectoras Exclusivas
Funciones Rectoras Compartidas Julio Mendigure/Luis Robles Guerrero
21. RECTORIA DE LA AUTORIDAD
NACIONAL DE SALUD DESDE LA
PERSPECTIVA DE LA SALUD
INTERNACIONAL
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Perú 2012 Mendigure/Luis Robles Guerrero
Julio
23. MODELO DE DESARROLLO
• Refleja la relación del Estado – Mercado- Sociedad
• Si el Estado define como modelo uno basado en el libre
mercado, las reglas que imperen y el marco legal que se
apruebe fomentan ese modelo.
• Puede restringir sus propias capacidades y competencias
para ejercer la defensa de la Salud como bien público.
• Dentro de ello está el rol de la Autoridad Nacional de Salud
que puede ejercerse con debilidad o con solidez, según lo
que convenga al fortalecimiento del modelo de desarrollo.
• Una ANS débil puede ser necesaria para consolidar un
modelo de desarrollo basado en el libre mercado.
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24. EL COMERCIO
• Se soporta en el Estado para
establecer las reglas que más le
conviene, por encima de su
repercusión en la Salud de la
población.
• El poder del capital + la
globalización + las empresas + los
inversionistas no se limitan a las
fronteras geográficas han logrado
Estados amigables para generar
rentabilidad y utilidades de la
Auer, A. , Godue, C., Guerrero, E.(2010) Abordaje de temas de salud
inversión privada.
bajo la perspectiva de la salud internacional y la construcción de un
modelo conceptual para su comprensión. OPS.
• En Alianza con otros actores han
logrado transgredir la salud pública
y los derechos de las poblaciones.
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25. LA DIPLOMACIA INTERNACIONAL
• Establece marcos regulatorios multilaterales, incluidos
los aspectos referidos al comercio.
• La existencia de normas legales de nivel internacional
que protegen el comercio entre los países, protegen los
intereses de los inversionistas y empresarios
involucrados, y no siempre esas reglas privilegian la
salud y la defensa de los intereses de la población.
• Los tratados internacionales comprometen y obligan a
los países hacer evaluaciones previas y aprobaciones de
instancias internacionales y de la industria, antes de que
se pueda aprobar un dispositivo que busque proteger la
salud pública.
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26. ACTORES INVOLUCRADOS, LITIGIOS, ESTRATEGIAS Y DINAMICA
R
Autoridad Nacional de Salud/ E Sector Industrial
MINSA G o Industria Farmacéutica
Poder Ejecutivo U o Industria Alimentaria
o PCM
L
o Otros industriales
A
o Ministerio de Economía y Sector Comercio
C
Finanzas I o Importadores
o Ministerio de Comercio Ó o Comercializadores
Exterior y Turismo N Medios de Comunicación
o Ministerio de la
E
Producción Cooperación Internacional
N
Congreso de la República
S Sociedad Civil
Gobiernos Regionales A o Colegios profesionales
EsSalud
L
o Org. sindicales
U
Sanidades de las FF AA y PNP Población
D
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27. PROYECTO PAIS:
EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN DE
REGULACIÓN DE LA AUTORIDAD DE SALUD,
EN EL MARCO DE LA RELACIÓN ESTADO –
MERCADO - SOCIEDAD
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Perú 2012
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28. EL PROBLEMA
La rectoría de la ANS es parte del desarrollo del Estado y del rol
que éste asume dentro de la sociedad a la que pertenece.
Al Estado le corresponde construir una sociedad con Salud y
Equidad
El rol de la Rectoría implica para la ANS, el ejercicio de la Función
de Regulación y Fiscalización.
Regulación y fiscalización son indesligables para alcanzar un
adecuado desempeño como Autoridad Nacional de Salud.
Mecanismos de supervisión y control, que aseguren la
verificación positiva del cumplimiento de lo normado
¿De qué manera ejerce la Autoridad Nacional de Salud la
función de Regulación y Fiscalización en el marco de la relación
Estado-Mercado-Sociedad?
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29. OBJETIVO GENERAL
Reconocer cómo ha desarrollado la Autoridad
Sanitaria Nacional el ejercicio de la función de
Regulación y Fiscalización en el marco de la
relación Estado-Mercado-Sociedad en los
últimos diez años.
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30. OBJETIVOS ESPECIFICOS
1. Identificar los factores que han influido en el ejercicio de la
Función de Regulación y Supervisión, en el marco de la
relación Estado - Mercado – Sociedad en los últimos diez
años.
2. Analizar la influencia del marco normativo vinculante en el
ejercicio de la Función de Regulación y Supervisión, en el
marco de la relación Estado - Mercado – Sociedad en los
últimos diez años.
3. Sugerir algunas recomendaciones a partir de los hallazgos del
ejercicio de la Función de Regulación y Supervisión, en el
marco de la relación Estado - Mercado – Sociedad en los
últimos diez años que permita fortalecer las capacidades
nacionales para el desempeño de su rol de regulación.
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31. ETAPAS DEL PROYECTO
Primera etapa: Identificación de Normas y Actores Clave
Segunda etapa: Descripción y análisis del ejercicio de la
función de regulación de la ANS:
Marco institucional y respaldo legal para el ejercicio de la función de
regulación, fiscalización y control;
La regulación y control de insumos médicos (medicamentos, equipos y
dispositivos médicos) y tecnología sanitaria;
La regulación y control sanitario de bienes y servicios
Las normas para el control sanitario del medio ambiente;
La regulación y certificación de recursos humanos en salud.
Tercer etapa: Propuesta de fortalecimiento de la función de
regulación de la ANS
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32. EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN DE
REGULACIÓN DE LA AUTORIDAD DE SALUD,
EN EL MARCO DE LA RELACIÓN
ESTADO – MERCADO - SOCIEDAD
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